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“Simposio de Legislación y Control de la Contaminación

por Residuos en la Región Fronteriza”

22 de octubre de 2008

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Ing. Leonardo Mendoza Valenzuela Departamento de manejo Integral de

Contaminantes

Legislación en materia de residuos peligrosos

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•Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR).

•Reglamento de la LGPGIR.

•NOM-052-SEMARNAT-2005

•NOM-138-SEMARNAT/SS-2003

•NOM-87-SEMARNAT/SSA1-2004

1. Ordenamientos jurídicos

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¡Si consumimos productos ¡Si consumimos productos con sustancias peligrosas con sustancias peligrosas

generamos residuos generamos residuos peligrosos!peligrosos!

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OBJETIVO de la LGPGIROBJETIVO de la LGPGIR

Garantizar el derechoGarantizar el derecho de toda persona al de toda persona al medio medio ambiente adecuadoambiente adecuado y y propiciar propiciar el desarrollo sustentableel desarrollo sustentable a través de a través de la la prevenciónprevención de la generación de la generación, , la la valorizaciónvalorización y y la la gestión integralgestión integral de de los residuos peligrososlos residuos peligrosos, los residuos , los residuos sólidos urbanos y de manejo especial, sólidos urbanos y de manejo especial, prevenir la contaminación de sitiosprevenir la contaminación de sitios con estos residuos y llevar a cabo se con estos residuos y llevar a cabo se remediaciónremediación. (Art. 1) . (Art. 1)

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Universo de Medidas para Prevenir, Valorizar, Tratar o Confinar Residuos a Regular

Prevención y Minimización

Reuso

Reciclado

Coprocesamiento

Tratamiento

I

C

Cambio de Hábitos de Producción y Consumo

Aplicando Análisis del Ciclo de Vida

Incluyendo el Energético

Físico, Químico o Biológico

Incineración

Confinamiento Restringido a Residuos no Valorizables

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Entes a Regular

• Los residuos

• Los generadores de residuos

• Los prestadores de servicios de manejo de residuos

• Las autoridades con competencia en la materia

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Definición de Residuos

oEn esencia un residuo se concibe para fines legales (Art. 5 de LGPGIR) como: Todo material o producto cuyo propietario o poseedor desecha

oCualquier material generado en los procesos de extracción, beneficio, transformación, producción, consumo, utilización cuya calidad no permita usarlo nuevamente en el proceso que lo genero (LGEEPA Art. 3 fracción XXXI).

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Tipos de Residuos y de Generadoresa Regular (Art. 5 de LGPGIR)

• TRES TIPOS DE RESIDUOS :TRES TIPOS DE RESIDUOS : – Sólidos UrbanosSólidos Urbanos– Manejo EspecialManejo Especial– PeligrososPeligrosos

CUATRO TIPOS DE GENERADORES:CUATRO TIPOS DE GENERADORES: – DomiciliosDomicilios– Establecimientos MicrogeneradoresEstablecimientos Microgeneradores– Pequeños GeneradoresPequeños Generadores– Grandes GeneradoresGrandes Generadores

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Residuos Peligrosos(Art. 16 de LGPGIR)

Residuos ListadosResiduos Listados

• Un residuo es Un residuo es considerado considerado como peligroso si como peligroso si aparece en los aparece en los listados listados contenidos en las contenidos en las Normas Normas

Residuos Residuos Caracterizados por Caracterizados por

ser:ser:

• CCorrosivosorrosivos

• RReactivoseactivos

•EExplosivosxplosivos

•TTóxicosóxicos

•IInflamablesnflamables

•BBiológico-infecciososiológico-infecciosos

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Clasificacion de Residuos(Art. 22 de LGPGIR)

Las personas que generen o manejen residuos y que requieran determinar si éstos son peligrosos, conforme a lo previsto en este ordenamiento, deberán remitirse a lo que establezcan las normas oficiales mexicanas que los clasifican como tales.

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Clasificación de Generadores de Residuos

Pequeños Generadores>400 Kg./año – <10 Ton/año

Grandes Generadores≥10 Ton/año

Micro Generadores< 400 Kg./año

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Responsabilidades de los GeneradoresResponsabilidades de los Generadores

Grandes Generadores (Art 46)

•Registrarse ante SEMARNAT

•Elaborar plan de manejo

•Bitácoras

•Informe anual

•Seguro Ambiental

Pequenos Generadores (Art 47)

•Registrarse ante SEMARNAT

•Sujetarse a los planes de manejo

•Bitácora

Microgeneradores

(Art 48)

•Registrarse ante autoridad competente

•Sujetarse a los planes de manejo

•Transportar sus residuos o utilizar prestadores de servicios.

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Plan de Manejo

Es un instrumento cuyo objetivo es minimizar la generación y maximizar la valorización de residuos.

Basado en criterios de eficiencia ambiental, tecnológica, económica y social.

Diseñado bajo los principios de responsabilidad compartida y manejo integral

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Plan de Manejo

Estan obligados a la formulación y ejecución de planes de manejo (Art. 28 LGPGIR):

•Los productores, importadores, exportadores y distribuidores de los productos que al desecharse se conviertan en RP.

•Aceite lubricante usado•disolventes organicos usados•convertidores catalíticos de vehículos•acumuladores de vehículos c/ plomo•baterias de mercurio o niquel-cadmio•lámparas fluorecentes o de vapor de mercurio•aditamentos que contengan mercurio, cadmio o plomo

Articulo 31 de LGPGIR

•fármacos

•Plaguicidas y envases con remanentes

•compuestos orgánicos persistentes

•lodos de perforación base aceite

•lodos de plantas de aguas residuales

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Plan de Manejo

Estan obligados a la formulación y ejecución de planes de manejo (Art. 28 LGPGIR):

•Los Grandes generadores de RP

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Se requiere autorización Se requiere autorización de la SEMARNAT (Art. 50):de la SEMARNAT (Art. 50):

• La prestación de servicios de manejo La prestación de servicios de manejo de de RPRP

• La utilización de La utilización de RPRP en procesos en procesos productivos, de conformidad con lo productivos, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 63dispuesto en el Art. 63

• El acopio y almacenamiento de El acopio y almacenamiento de RPRP provenientes de tercerosprovenientes de terceros

• La realización de las actividades La realización de las actividades relacionadas con el manejo de relacionadas con el manejo de RPRP provenientes de terceros.provenientes de terceros.

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Se requiere autorización Se requiere autorización de la SEMARNAT (Art. 50):de la SEMARNAT (Art. 50):

• La incineración de La incineración de RPRP• El transporte de El transporte de RPRP• El establecimiento de confinamientos dentro de El establecimiento de confinamientos dentro de

las instalaciones en donde se manejen los las instalaciones en donde se manejen los RPRP• La transferencia de autorizaciones expedidas por La transferencia de autorizaciones expedidas por

la SEMARNATla SEMARNAT• La utilización de tratamientos térmicos de La utilización de tratamientos térmicos de

residuos por esterilización o termólisisresiduos por esterilización o termólisis• La importación y exportación de La importación y exportación de RPRP..• Las demás que establezcan la presente Ley y las Las demás que establezcan la presente Ley y las

NOMsNOMs

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Disposiciones de la LGPGIRDisposiciones de la LGPGIR

• Los envases y embalajes que contuvieron Los envases y embalajes que contuvieron material peligroso y que NO sean utilizados material peligroso y que NO sean utilizados con el mismo fin y para el mismo material, con el mismo fin y para el mismo material, serán considerados como serán considerados como RP RP (Art. 55 de la (Art. 55 de la LGPGIR)LGPGIR)

• Se prohíbe el almacenamiento de Se prohíbe el almacenamiento de RP RP por un por un periodo mayor a seis meses a partir de su periodo mayor a seis meses a partir de su generación. generación. (Art. 56 párrafo segundo de la LGPGIR)(Art. 56 párrafo segundo de la LGPGIR)

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Disposiciones de la LGPGIRDisposiciones de la LGPGIR

• Aquellos generadores que reciclen Aquellos generadores que reciclen RP RP dentro del mismo predio en donde se dentro del mismo predio en donde se generaron, deberán presentar ante la generaron, deberán presentar ante la Secretaría, con 30 días de anticipación a Secretaría, con 30 días de anticipación a su reciclaje un informe técnico, que su reciclaje un informe técnico, que incluya los procedimientos, métodos o incluya los procedimientos, métodos o técnicas mediante los cuales llevaran el técnicas mediante los cuales llevaran el procesos de recicladoprocesos de reciclado (Art. 57 de la LGPGIR)(Art. 57 de la LGPGIR)

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Reglamento de la LGPGIR

( Publicada en el DOF el 30 de noviembre del 2006)

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DISPOSICIONES DEL DISPOSICIONES DEL REGLAMENTOREGLAMENTO

Artículo 16.- Los planes de manejo para residuos se podrán Artículo 16.- Los planes de manejo para residuos se podrán establecer en una o más de las siguientes modalidades:establecer en una o más de las siguientes modalidades:

I.I. Atendiendo a los sujetos que intervienen en ellos, podrán ser:Atendiendo a los sujetos que intervienen en ellos, podrán ser:a)a) Privados,Privados, los instrumentados por los particulares los instrumentados por los particulares b)b) MixtosMixtos, los que instrumenten los señalados en el inciso anterior con , los que instrumenten los señalados en el inciso anterior con

autoridades autoridades

II.II. Considerando la posibilidad de asociación de los sujetos Considerando la posibilidad de asociación de los sujetos obligados a su formulación y ejecución, podrán ser:obligados a su formulación y ejecución, podrán ser:

a)a) IndividualesIndividuales, sólo un sujeto obligado establece en un único plan, el , sólo un sujeto obligado establece en un único plan, el manejo integral que dará a uno, varios o todos los residuos que manejo integral que dará a uno, varios o todos los residuos que genere, ogenere, o

b)b) ColectivosColectivos, La aplicarse por varios sujetos obligados., La aplicarse por varios sujetos obligados.

III.III. Conforme a su ámbito de aplicación, podrán ser:Conforme a su ámbito de aplicación, podrán ser:a)a) NacionalesNacionales, cuando se apliquen en todo el territorio nacional;, cuando se apliquen en todo el territorio nacional;b)b) RegionalesRegionales, cuando se apliquen en el territorio de dos o más estados , cuando se apliquen en el territorio de dos o más estados

o el Distrito Federal, o de dos o más municipios de un mismo estado o o el Distrito Federal, o de dos o más municipios de un mismo estado o de distintos estados, yde distintos estados, y

c)c) LocalesLocales, cuando su aplicación sea en un solo estado, municipio o el , cuando su aplicación sea en un solo estado, municipio o el Distrito Federal.Distrito Federal.

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DISPOSICIONES DEL REGLAMENTODISPOSICIONES DEL REGLAMENTO

Artículo 20.- Artículo 20.- Los sujetos que, conforme a Los sujetos que, conforme a la Ley, estén obligados a la elaboración de la Ley, estén obligados a la elaboración de planes de manejo podrán implementarlos planes de manejo podrán implementarlos mediante la suscripción de los mediante la suscripción de los instrumentos jurídicos que estimen instrumentos jurídicos que estimen necesarios y adecuados para fijar sus necesarios y adecuados para fijar sus responsabilidadesresponsabilidades. En este caso, sin . En este caso, sin perjuicio de lo pactado por las partes, perjuicio de lo pactado por las partes, dichos instrumentos podrán contener lo dichos instrumentos podrán contener lo siguiente.siguiente.I.Los residuos objeto del plan de manejo, así como la I.Los residuos objeto del plan de manejo, así como la cantidad que se estima manejar de cada uno de ellos;cantidad que se estima manejar de cada uno de ellos;II.La forma en que se realizará la minimización de la II.La forma en que se realizará la minimización de la cantidad, valorización o aprovechamiento de los cantidad, valorización o aprovechamiento de los residuos;residuos;Los mecanismos para que otros sujetos obligados Los mecanismos para que otros sujetos obligados puedan incorporarse a los planes de manejo, ypuedan incorporarse a los planes de manejo, yLos mecanismos de evaluación y mejora del plan de Los mecanismos de evaluación y mejora del plan de manejo.manejo.

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DISPOSICIONES DEL REGLAMENTODISPOSICIONES DEL REGLAMENTO

Artículo 43.- Las personas que conforme a la Ley estén Artículo 43.- Las personas que conforme a la Ley estén obligadas a registrarse ante la Secretaría como obligadas a registrarse ante la Secretaría como generadores de residuos peligrosos se sujetarán al generadores de residuos peligrosos se sujetarán al siguiente procedimiento:siguiente procedimiento:

I. I. Incorporarán al portal electrónico de la Secretaría la siguiente información:Incorporarán al portal electrónico de la Secretaría la siguiente información:

a)a) Nombre, denominación o razón social del solicitante, domicilio, giro o actividad Nombre, denominación o razón social del solicitante, domicilio, giro o actividad preponderante;preponderante;

b)b) Nombre del representante legal, en su caso;Nombre del representante legal, en su caso;

c)c) Fecha de inicio de operaciones;Fecha de inicio de operaciones;

d)d) Clave empresarial de actividad productiva o en su defecto denominación de la Clave empresarial de actividad productiva o en su defecto denominación de la actividad principal;actividad principal;

e)e) Ubicación del sitio donde se realiza la actividad;Ubicación del sitio donde se realiza la actividad;

f)f) Clasificación de los residuos peligrosos que estime generar, yClasificación de los residuos peligrosos que estime generar, y

g)g) Cantidad anual estimada de generación de cada uno de los residuos peligrosos Cantidad anual estimada de generación de cada uno de los residuos peligrosos por los cuales solicite el registro;por los cuales solicite el registro;

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DISPOSICIONES DEL REGLAMENTODISPOSICIONES DEL REGLAMENTO

Artículo 65.- Los generadores o prestadores de Artículo 65.- Los generadores o prestadores de servicios que soliciten prórroga de seis meses servicios que soliciten prórroga de seis meses adicionales para el almacenamiento de residuos adicionales para el almacenamiento de residuos peligrosos presentarán ante la Secretaría una peligrosos presentarán ante la Secretaría una solicitud con veinte días hábiles de anticipación a solicitud con veinte días hábiles de anticipación a la fecha en que venza el plazo autorizado por la la fecha en que venza el plazo autorizado por la Ley para el almacenamiento, la cual contendrá la Ley para el almacenamiento, la cual contendrá la siguiente información:siguiente información:

I.I. Nombre, denominación o razón social y número de registro o Nombre, denominación o razón social y número de registro o autorización, según corresponda, yautorización, según corresponda, y

II.II. Justificación de la situación de tipo técnico, económico o Justificación de la situación de tipo técnico, económico o administrativo por la que es necesario extender el plazo de administrativo por la que es necesario extender el plazo de almacenamiento.almacenamiento.

La Secretaría dará respuesta a la solicitud en un plazo máximo de diez La Secretaría dará respuesta a la solicitud en un plazo máximo de diez días hábiles, de no darse respuesta en dicho plazo se considerará días hábiles, de no darse respuesta en dicho plazo se considerará que la prórroga ha sido autorizada.que la prórroga ha sido autorizada.

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DISPOSICIONES DEL REGLAMENTODISPOSICIONES DEL REGLAMENTO

Artículo 68.- Los generadores que por algún motivo dejen de generar residuos peligrosos deberán presentar ante la Secretaría un aviso por escrito que contenga el nombre, denominación o razón social, número de registro o autorización, según sea el caso, y la explicación correspondiente.

Cuando se trate del cierre de la instalación, los generadores presentarán el aviso señalado en el párrafo anterior, proporcionando además la información DE ACUERDO A SU CATEGORIA DE GENERACION de conformidad con este articulo

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DISPOSICIONES DEL REGLAMENTODISPOSICIONES DEL REGLAMENTO

ArtículoArtículo 72.- 72.- Los grandes generadores de Los grandes generadores de residuos peligrosos deberán presentar residuos peligrosos deberán presentar anualmente ante la Secretaría un anualmente ante la Secretaría un informe mediante la Cédula de Operación informe mediante la Cédula de Operación Anual, Anual,

Lo dispuesto en el presente articulo es Lo dispuesto en el presente articulo es aplicable para los prestadores de aplicable para los prestadores de serviciosservicios

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DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO EN MATERIA ALMACENAMIENTO EN MATERIA ALMACENAMIENTO

ArtículoArtículo 82.- Establecen los requisitos de 82.- Establecen los requisitos de las áreas de almacenamiento de RP de los las áreas de almacenamiento de RP de los pequeños y los grandes generadores de pequeños y los grandes generadores de residuos peligrosos y los prestadores de residuos peligrosos y los prestadores de serviciosservicios

ArtículoArtículo 83.- Establecen los requisitos de 83.- Establecen los requisitos de las las áreas de almacenamiento de RP de las las áreas de almacenamiento de RP de los micro generadores de residuos peligrososlos micro generadores de residuos peligrosos

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DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO EN DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO EN MATERIA DE RECOLECCION Y TRASPORTEMATERIA DE RECOLECCION Y TRASPORTE

Artículo 85.- Establece los requisitos para la Artículo 85.- Establece los requisitos para la obtención de la autorización a los obtención de la autorización a los prestadores de serviciosprestadores de servicios

por otra parte este mismo articulo establece que los micro generadores de RP, que decidan trasportar sus propios residuos en sus vehículos, a centro de acopio debidamente autorizado, deben identificar los residuos, envasándolos y empaquetándolos en recipientes seguros que eviten cualquier tipo de derrame Y que el embarque de RP no debe rebasar, por viaje, y por generador de 200 kilogramos o su equivalente en otra unidad de medida.

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Ing. Leonardo Mendoza ValenzuelaIng. Leonardo Mendoza ValenzuelaTel: 2 592730/2718Tel: 2 592730/2718

Unidad de Gestión AmbientalUnidad de Gestión AmbientalDELEGACION FEDERAL SEMARNATDELEGACION FEDERAL SEMARNAT

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GraciasGracias