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Que celebra el Consejo de Administración en Guápiles, con la siguiente asistencia:
Msc. Allan Hidalgo Campos Presidente Ejecutivo Prof. Virginia Aguiluz Barboza Vicepresidenta Ing. Rachid Esna Williams Director
Ing. Carlos Gómez Araya Director Sr. Carlos López Solano Director Licda. Marcela Soto Molina Directora
Sr. Rodolfo Vindas Gutierrez Director Sr. Carlos Thomas Arroyo Gerente General Ing. Danny Morris Brumley Gerente Portuario Ing. Carlos González Vega Gerente de Desarrollo Licda. Giselle Mora Arce Jefe Departamento Legal
Sra. Joyce Gayle Thompson Secretaria General El Lic. Kenneth Jimenez Otarola, Auditor General se disculpa por no poder asistir a la sesión. Preside: Msc. Allan Hidalgo Campos Al ser las 11:00 horas inicia la sesión. ORACION: (a cargo del Ing. Carlos González Vega) ARTICULO I APROBACION DE ACTAS ACUERDO No.258-12 Se aprueban las actas de las Sesiones Ordinaria No.20-2012 y
Extraordinaria No.-21 -2012, celebradas el 26 de julio 2012 . ARTICULO II ASUNTOS DE TRÁMITE URGENTE NO SE PRESENTARON ARTICULO III ASUNTOS DE LAS GERENCIAS III-a) NOTA GP- 0930 DE LA GERENCIA PORTUARIA “INFORME DE
LOS FUNCIONARIOS WARNER RIOS SOTO Y FREDDY POVEDA SOBRE LE CURSO DE CAPACITACIÓN TRAINMAR CELEBRADO EL PUERTO CORTES HONDURAS DEL 09 AL 13 DE JULIO SOBRE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO DE TERMINALES DE CONTENEDORES.
ING. DANNY MORRIS: “Presento el informe de los funcionarios Warner Ríos Soto y Freddy Poveda, y les transmito el agradecimiento de parte de ellos en cumplimiento con el acuerdo de Junta No.192-12 del 21 de junio 2012. SR. CARLOS LOPEZ: “En el informe veo algunas cosas importantes que no se si son rescatables., hablan de la importancia de la modernización como buscar aliados de interlocutores. Se pueden rescatar algunas cosas, con el informe se denota el apoyo a la acción del Consejo de Administración.
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Al respecto este informe SE DA POR RECIBIDO. III-b) NOTA GP-0948-12 DE LA GERENCIA PORTUARIA ,OFICIO PAP-
041-12 DE LA PROVEDURIA PORTUARIA EN DONDE SE ADJUNTA RESOLUCIÓN DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPUBLICA R.C.A 381-2012 DE LA LICITACIÓN ABREVIADA NUERO 2012 LA-000001-01 PARA LA CONTRATACIÓN DE REPARACIÓN DEL MOTOR 3512 CATERPILLAR A BORDO DEL REMOLCADOR DON JORGE.
SR. CARLOS THOMAS: Tenemos el oficio GP-0948-12 con respecto a la resolución R-DCA-381-2012 de la Contraloría General de la República con relación a la reparación del motor a babor para el remolcador Don Jorge. MSC. ALLAN HIDALGO:” No se si ustedes señores directores se acuerdan de la Licitación que declaramos infructuosa que no cerraba, leyendo la resolución de la Contraloría prácticamente le está dando la razón al apelante. Nosotros alegábamos el tema de los precios, ellos mantuvieron los precios total modificando los precios unitarios y nosotros nos sustentamos incluso con una resolución de la Contraloría General de la República que establece que los precios unitarios valen por encima sobre los totales, pero aquí la Contraloría dice que a pesar de la resolución para ellos no hay suficiente motivo para la declaratorio infructuosa para la licitación. SR. CARLOS LOPEZ: Aquí se basan del razonamiento inicial de adjudicarles a ellos técnicamente, se basaron de lo que los técnicos les dijeron. MSC. ALLAN HIDALGO: “Nosotros motivamos por la inconsistencia que había porque hubo cambios después, lo que ellos dicen es que no hay un criterio técnico que respalde la Administración. SR. CARLOS LOPEZ: Veámoslo por el lado bueno, porque hay que adjudicarles la reparación y acoger la resolución. MSC. ALLAN HIDALGO: En este caso habría que adjudicarle la reparación del motor 3512 Caterpillar a babor del Remolcador Don Jorge a Reparaciones y Reconstrucciones Moreira Coghi S.A , revocar el primero y acoger la resolución de la Contraloría y como Junta Directiva quedamos respaldados. ING. CARLOS GÓMEZ:”Pregunto ese motor quien lo desarmó? ING. DANNY MORRIS: “Lo desarmó en su momento MATRA cuando estaba realizando el diagnóstico. ING. CARLOS GÓMEZ: “Habría algún problema, el hecho de que alguna persona halla desarmado y que otra persona venga a armarlo? Luego de los comentarios los señores directores acuerdan: ACUERDO NO. 259-12 1.- REVOCAR EL ACUERDO No.105-12 DEL 03 DE MAYO EN DONDE SE DECLARA INFRUCTUOSA LA
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LICITACIÓN ABREVIADA NUMERO 2012LA-000001-01 LA CUAL FUE PROMOVIDA PARA LA CONTRATACIÓN DE REPARACIÓN DEL MOTOR CATERPILLAR PARA EL REMOLCADOR DON JORGE. 2.- EN VISTA DE LA RESOLUCIÓN NUMERO R-DCA-381-2012 DEJAR SIN EFECTO EL ACUERDO NO.121-12, ARTICULO III-e) DE LA SESIÓN ORDINARIA NO.11-2012 DEL 10 DE MAYO 2012. 3.- CONFORME LOS OFICIOS GP-0948-12 DE LA GERENCIA PORTUARIA, Y NOTA PAP-041-2012 DE LA PROVEEDURIA GENERAL, Y RESOLUCIÓN NUMERO R-DCA-381-2012 DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPUBLICA , SE ADJUDICA LA LICITACIÓN ABREVIADA 2012LA-000001-01 PROMOVIDA PARA EL SERVICIO DE REPARACIÓN DE MOTOR 3512 CATERPILLAR A BORDO DEL REMOLCADOR MARINO DON JORGE A LA EMPRESA DE REPARACIONES Y RECONSTRUCCIONES MOREIRA COGHI S.A DE ACUERDO A LOS SIGUIENTES TERMINOS: APROBADO POR UNANIMIDAD ACUERDO FIRME III-c) OFICIO GP-0949-12, CARTEL DE LICITACIÓN ABREVIADA
NO.2012LA-000005-01 PARA LA REPARACIÓN ESTRUCTURAL DEL MUELLE DE CRUCEROS EN PUERTO LIMÓN.
ING. DANNY MORRIS: Para mi es muy urgente que se realice esa reparación estructural del Muelle de Cruceros en Puerto Limón, hablé con el Proveedor y me indicó que hay que elevar este cartel a la Junta, la idea es entregarlo ahora para que los señores directores lo puedan analizar . ESTE ASUNTO QUEDA PENDIENTE PARA LA PROXIMA SESIÓN. III-d) OFICIO DA-139-2012 , SOLICITUD DE APROBACIÓN DE 400 LITROS
DE COMBUSTIBLE POR VIAJE A LOS LOW BOY DE LA MUNICIPALIDAD DE TALAMANCA, MATINA, POCOCÍ PARA EL PROCESO DE RECUPERACIÓN DE LOS 70 PILOTES.
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ING. CARLOS GONZALEZ: Presento nota de la Jefatura del Departamento Administrativo de Desarrollo para la aprobación de la Junta Directiva del suministro de de 400 litros de combustible por viaje a los Low Boy de las Municipalidades de Talamanca, Matina y Pococí para el proceso de recuperación de los 70 pilotes que en su oportunidad fueron facilitados en calidad de préstamo al MOPT. Ante esta solicitud, los señores directores acuerdan: ACUERDO NO. 260-12 AUTORIZAR A LA GERENCIA DE DESARROLLO REALIZAR EL
TRAMITE CORRESPONDIENTE PARA EL SUMINISTRO DE 400 LITROS DE COMBUSTIBLE POR VIAJE A LOS LOW BOY DE LAS MUNICIPALIDADES DE TALAMANCA, MATINA Y POCOCÍ PARA EL PROCESO DE RECUPERACIÓN DE LOS 70 PILOTES PROPIEDAD DE JAPDEVA.
ASIMISMO SE LES INSTRUYE A LLEVAR EL CONTROL
ADECUADO DEL USO DEL COMBUSTIBLE. APROBADO POR UNANIMIDAD ACUERDO FIRME ARTICULO IV MOCIONES DE LOS SEÑORES DIRECTORES IV-a) SOLICITUD PARA BRINDAR APOYO A LOS
TRABAJADORES DE COOPEUTBA R.L QUE ESTÁN DESEMPLEADOS Y QUE ESTÉN EN PEORES CONDICIONES PARA AYUDARLOS A REALIZAR SUPLENCIAS EN JAPDEVA.
ING. RACHID ESNA:” Quiero informarles que algunos trabajadores de COOPEUTBA R.L, vinieron a conversar conmigo para ver que posibilidades hay para que en JAPDEVA se les pueda brindar una ayuda, he conversado con el Presidente Ejecutivo y me ha dado la anuencia, por la situación en que se encuentran, vamos ayudarles en lo que se pueda que sería en suplencias para mitigar un poco el problema. ING. CARLOS GÓMEZ: También sabemos que el IMAS está colaborando con algunos trabajadores. Con este tema SE TOMA NOTA. IV-b) SOLICITUD PARA LA REPARACIÓN DE CAMINOS DE LOS DISTRITOS DE GUAPILES-CARIARI Y COLORADO (PROF. VIRGINIA AGUILUZ) PROF. VIRGINIA AGUILUZ: Tengo una petición de las comunidades de los distritos de Guápiles, Cariari y Colorado en donde solicitan la colaboración de JAPDEVA con la maquinaria para aprovechar utilizar un material donado por la Municipalidad, solicito la aprobación de los directores con esta solicitud. Esta petición es acogida por los señores directores y se acuerda:
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ACUERDO NO.261-12 AUTORIZAR A LA ADMINISTRACIÓN DE DESARROLLO BRINDAR LA COLABORACIÓN CON LA MAQUINARIA NECESARIA PARA LA REPARACIÓN DE CAMINOS DE LOS DISTRITOS DE GUAPILES, CARIARI Y COLORADO. ESTA COLABORACIÓN SE BRINDARÁ SIEMPRE Y CUANDO ESTÉ DISPONIBLE LA MAQUINARIA. APROBADO POR UNANIMIDAD ACUERDO FIRME IV-c) NOTA DE LOS VECINOS DE BELLA VISTA LA LEONA ,
SOLICITUD DE MAQUINARIA PARA ARREGLOS DE CAMINOS DE LA COMUNIDAD (PROF. VIRGINIA AGUILUZ).
PROF. VIRGINIA AGUILUZ: Los vecinos de la comunidad de Bella Vista La Leona, están solicitando que se les ayude con la maquinaria para realizar la reparación de algunos caminos, no han tenido la colaboración de la Municipalidad correspondiente, por lo que solicito a los señores directores su aprobación. Al respecto los señores directores acuerdan: ACUERDO NO.262 -12 TRASLADAR A LA GERENCIA DE DESARROLLO NOTA DE
LOS VECINOS DE LA COMUNIDAD DE BELLA VISTA, LA LEONA PARA QUE SE LES BRINDE COLABORACIÓN CON LA MAQUINARIA PARA EL ARREGLO DE LOS CAMINOS DE DICHA COMUNIDAD.
LA COLABORACIÓN SE BRINDARÁ SIEMPRE Y CUANDO ESTÉ DISPONIBLE LA MAQUINARIA.
APROBADO POR UNANIMIDAD ACUERDO FIRME IV-d) SOLICITUD DE LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO
INTEGRAL EL PORVENIR DE TICABAN, SOLICITUD DE MAQUINARIA PARA REPARAR EL CAMINO DE LASTRE DESDE TICABAN FINCA 1 HASTA TICABAN FINCA 2 DE LA RITA DE POCOCI Y EL TRECHO DE PORVENIR A PRIMAVERA DE 2 KILOMETROS (PROF. VIRIGINIA AGUILUZ).
PROF. VIRGINIA AGUILUZ: “.Presento nota de solicitud de la Asociación de Desarrollo Integral de El Porvenir TICABÁN, en donde solicitan la colaboración con la maquinaria necesaria para la reparación del camino de lastre que comprende desde TICABAN Finca 1 hasta TICABÁN Finca 2 de la Rita de POCOCÍ el cual consiste en 3 kilómetros, el material a utilizar es del Tajo del Indio en San Gerardo TICABÁN y se tiene los permiso de salida para el camino. Asimismo la reparación del trecho que comunica el Porvenir con la comunidad de Primavera de 2 kilómetros el cual está muy deteriorada. Solicito a los señores directores su aprobación.
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Luego de los comentarios lo señores directores acuerdan. ACUERDO NO.263-12 TRASLADAR A LA GERENCIA DE DESARROLLO NOTA DE
LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DEL PORVENIR DE TICABAN PARA COLABORAR CON LA MAQUINARIA NECESARIA PARA LA REPARACIÓN DEL CAMINO DE LASTRE DESDE TICABAN FINCA 1 HASTA TICABAN FINCA 2 DE LA RITA DE POCOCÍ. ASIMISMO EL TRECHO QUE COMUNICA A PORVENIR CON LA COMUNIDAD DE PRIMAVERA APROXIMADAMENTE 2 KILOMETROS.
ESTA COLABORACIÓN SE BRINDARÁ SIEMPRE Y CUANDO HAYA DISPONIBILIDAD DE MAQUINARIA.
APROBADO POR UNANIMIDAD ACUERDO FIRME IV-e) SOLICITUD DE UNOS CABLES PARA REPARACIÓN DE UN PUENTE COLGANTE DE LA COMUNIDAD NAZARETH (PROF. VIRGINIA AGUILUZ). PROF. VIRGINIA AGUILUZ: La comunidad de NAZARETH está solicitando ayuda para que se les brinde unos cables que están en desuso para arreglar un puente colgante de la comunidad que pasa sobre el Río SIERPE, por la necesidad solicito la aprobación de esta solicitud. Al respecto se acuerda: ACUERDO 264-12 AUTORIZAR A LA GERENCIA DE DESARROLLO DONAR UNOS CABLES ACERO PARA LA REPARACIÓN DE UN PUENTE COLGANTE DE LA COMUNIDAD DE NAZARETH DEL DISTRITO LA RITA. APROBADO POR UNANIMIDAD ACUERDO FIRME ARTICULO V ASUNTOS DE LA PRESIDENCIA EJECUTIVA V-a) SOLICITUD DE TRASLADAR LA SESIÓN DE JUNTA DEL 02 DE
AGOSTO PARA EL MIERCOLES 01 DE AGOSTO 2012. MSC. ALLAN HIDALGO :”En vista de que el día jueves 02 de agosto es feriado por la celebración de la Virgen de Los Ángeles, solicito que la Sesión de esa fecha se traslade para el Miércoles 01 de agosto 2012 en Moin. Luego de las explicaciones los señores directores acuerdan:
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ACUERDO NO.265-12 TRASLADAR LA SESIÓN DEL DIA JUEVES 02 DE AGOSTO
2012 PARA EL MIERCOLES 01 DE AGOSTO EN LA SALA DE SESIONES EN MOIN.
APROBADO POR UNANIMIDAD ACUERDO FIRME V-b) NOMBRAMIENTO DE RECARGO DE FUNCIONES DEL GERENTE
GENERAL COMO GERENTE DE LA ADMINISTRACIÓN DE DESARROLLO MIENTRAS SE NOMBRE AL TITULAR.
MSC. ALLAN HIDALGO: Quiero informarles que en vista de haber cumplido su periodo de labor el Ing. Carlos Gonzalez como Gerente de la Administración de Desarrollo al 31 de julio 2012, solicito a los señores directores su aprobación para recargar las funciones al Sr. Carlos Thomas Gerente General hasta que se realice el nombramiento del titular para la Gerencia de Desarrollo.
ACUERDO NO. 266-12 RECARGAR LAS FUNCIONES AL SEÑOR CARLOS THOMAS ARROYO, COMO GERENTE DE LA ADMINISTRACIÓN DE DESARROLLO A PARTIR DEL 01 DE AGOSTO 2012, POR MOTIVO DE QUE EL ING. CARLOS GONZALEZ HA CUMPLIDO CON SU PERIODO DE GESTIÓN COMO GERENTE AL 31 DE JULIO 2012.
EL NOMBRAMIENTO ES UN RECARGO TEMPORAL MIENTRAS SE
DESIGNA AL TITULAR PERMANENTE DE LA GERENCIA DE DESARROLLO.
APROBADO POR UNANIMIDAD ACUERDO FIRME
V-c) NOTA TUR 015-2012 DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PROYECTO DE “LEY DE PROTECCIÓN A LOS CIUDADANOS OCUPANTES DE ZONAS CLASIFICADAS COMO ESPECIALES “ EXPEDIENTE LEGISLATIVO NO.18.440 EN SESIÓN NO.03 DE ESE ORGANO.
ESTE ASUNTO SE DEJA PENDIENTE A LA ESPERA DE LA RESPUESTA DEL DEPARTAMENTO LEGAL. ARTICULO VI ASUNTOS DE LA AUDITORIA GENERAL NO SE PRESENTARON ARTICULO VII ASUNTOS LEGALES VII-a) CONVENIO DE REGULACIÓN DE PERMISO DE USO DEL
TERRENO EN TIERRAS PATRIMONIALES DE LA JUNTA DE ADMINISTRACIÓN PORTUARIA Y DE DESARROLLO ECONOMICO
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DE LA VERTIENTE ATLANTICA A FAVOR DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARRILLADOS..
LICDA. GISELLE MORA: Hoy traemos un Convenio de Regulación de Permiso de Uso del Terreno en Tierras Patrimoniales de JAPDEVA, que se le va a dar al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, esto es por el Proyecto de Limón Ciudad Puerto, en la cláusula una encontramos que el objeto es darle un permiso de uso por 265 metros cuadrados en cumplimiento con el contrato de Préstamo No.7498 suscrito entre el Gobierno de la Republica de Costa Rica con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) y es para cumplir con una de las metas del Proyecto de Limón ciudad Puerto y la vigencia es por noventa y nueve años. Las personas que van a fiscalizar, tenemos al Ing. Guillermo Meléndez en un inicio. MSC. ALLAN HIDALGO:”Los señores directores (as) que estén de acuerdo favor levantar la mano. Al respecto se acuerda: ACUERDO NO.267-12 APROBAR EL CONVENIO DE REGULACION DE PERMISO DE USO DE TERRENOS EN TIERRAS PATRIMONIALES DE LA JUNTA DE ADMINISTRACION PORTUARIA Y DE DESARROLLO ECONOMICO DE LA VERTIENTE ATLANTICA, A FAVOR DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS QUE SE TRANSCRIBE SEGUIDAMENTE:
CON- -2012
CONVENIO DE REGULACION DE PERMISO DE USO DE TERRENOS EN TIERRAS PATRIMONIALES DE
LA JUNTA DE ADMINISTRACION PORTUARIA Y DE DESARROLLO DE LA VERTIENTE ATLANTICA, A FAVOR DE ACUEDUCTOS Y
ALCANTARILADOS
Entre nosotros, la JUNTA DE ADMINISTRACION PORTUARIA Y DE
DESARROLLO ECONOMICO DE LA VERTIENTE ATLANTICA, cédula de
personería jurídica número cuatro- cero cero cero – cero cuatro dos uno cuatro ocho – cero
uno, en adelante denominada JAPDEVA, representada en este acto por ALLAN HIDALGO
CAMPOS, mayor, soltero, abogado y notario, vecino de San Francisco de Heredia, con
cédula de identidad uno-setecientos veintidós-ochocientos once, PRESIDENTE
EJECUTIVO, con facultades de Apoderado Generalísimo sin Límite de Suma, personería
que consta en el Acuerdo del Consejo de Gobierno, y que consta en el Acta de la Sesión
Ordinaria número uno, artículo tercero, celebrada el ocho de mayo del dos mil diez y
publicado en el Diario Oficial La Gaceta número ciento doce, de fecha jueves diez de junio
del dos mil diez; personería inscrita en el Registro Público, Sección Personas Jurídicas, al
tomo dos mil diez, asiento ciento ochenta y cuatro mil cuarenta y uno, consecutivo uno,
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secuencia uno, y EL INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS y
ALCARILLADOS, cédula jurídica número dos-ciento cuarenta y dos mil once-cero tres, en
adelante denominado “AYA”, representada en este acto por YESENIA CALDERÓN
SOLANO, mayor, con número de cédula uno- quinientos noventa y tres- cero veintitrés,
casada, Ingeniera Civil, vecina de Zapote, en su condición de PRESIDENTA EJECUTIVA
del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, con PODER GENERALÍSIMO
SIN LIMITE DE SUMA con personería inscrita en el Registro Público, Sección Personas, al
Tomo dos mil once, Asiento doscientos treinta y ocho mil trescientos noventa y ocho,
Consecutivo uno, secuencia dos, ostentando la REPRESENTACIÓN JUDICIAL Y
EXTRAJUDICIAL del Instituto, con las facultades que determina el artículo mil doscientos
cincuenta y tres del Código Civil, y los artículos doce y veinticinco de la Ley Constitutiva de
dicho Instituto, junto con leyes y reglamentos conexos y de conformidad con el
nombramiento realizado mediante Acuerdo Ejecutivo 242-P de fecha rige a partir del 30 de
abril del 2011, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número noventa, Alcance veintiocho
del once de mayo del 2011, hemos acordado suscribir el presente convenio que se regirá por
las siguientes cláusulas:
CONSIDERANDO
1. Que la función esencial y prioritaria del Estado es velar por la conservación,
protección, administración, aprovechamiento y fomento de los recursos públicos con
que cuenta el país, de conformidad con el principio de uso adecuado y sostenible, por
tanto es uno de los actores responsables para el desarrollo de alianzas estratégicas
dado su compromiso con la sociedad.
2. Que de conformidad con la Ley Constitutiva del Instituto Costarricense de Acueductos
y Alcantarillados, No. 2726, del 27 de Agosto de 1961, reformada por la Ley 5915, del
12 de julio de 1976, indica que corresponderá al AYA, Con el objeto de dirigir, fijar
políticas, establecer y aplicar normas, realizar y promover el planeamiento,
financiamiento y desarrollo y de resolver todo lo relacionado con el suministro de
agua potable y recolección y evacuación de aguas residuales y residuos industriales
líquidos, para todo el territorio nacional se crea el Instituto Costarricense de
Acueductos y Alcantarillados, como institución autónoma del Estado.
3. Que de conformidad con la Ley N° 5337, del veintisiete de agosto de mil novecientos
setenta y tres, JAPDEVA tiene dentro de sus fines el promover el desarrollo
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socioeconómico, integral, rápido y eficiente de la Vertiente Atlántica, siendo que para
tal efecto cuenta con un instrumento de la planificación, que busca detectar la
problemática de la zona, así como determinar sus potencialidades y oportunidades, con
el propósito de impulsar acciones que procuren el bienestar de la población.
4. Que el Artículo dos de la Ley constitutiva de JAPDEVA establece que ésta Institución
promoverá el desarrollo socio económico y eficiente de la Vertiente Atlántica de Costa
Rica, por lo que en cumplimiento de este mandato conviene dar en permiso de uso
parte de las tierras que por ley le fueron otorgadas, con el objetivo de que en ellas el A
y A construya y administre una estación de bombeo para su funcionamiento en la zona
de Los Cocos, en un terreno de aproximadamente 265 metros cuadrados, terreno que
linda con el lote 235 de la Primera etapa de la Urbanización Los Cocos. de esta forma
se colabora directamente con el desarrollo necesario de una parte de la vertiente
atlántica, con lo anterior, se optimizan esfuerzos y recursos.
5. Que la normativa que rige a JAPDEVA, no la faculta para hacer donaciones de bienes
inmuebles a instituciones públicas.
6. Que la Ley Nº 8725 “Contrato de Préstamo Nº 7498 CR”, el Convenio de Préstamo
Nº. 7498-CR, suscrito por el Gobierno de la República de Costa Rica, con el Banco
Internacional de Reconstrucción y fomento (BIRF), con el objeto de revitalizar la
Ciudad de Limón mediante el desarrollo de diferentes proyectos de infraestructura.
Dentro de los componentes del Programa y a cargo de A y A se encuentra:
La construcción del sistema de recolección de aguas residuales en las áreas de
Limoncito y Pueblo Nuevo.
Control de la contaminación en la Playa Los Baños (construcción de redes de
alcantarillado en los Barrios: Cerrito, Gertrudis, El Mirador y parte de Santa Eduviges)
Pavimentación de las calles de Limoncito
Suministro de equipo de Operación y Mantenimiento y
Mejoras en el Sistema de Tratamiento.
7. Que el A y A para ejecutar el proyecto, necesita construir como parte del sistema de
alcantarillado para el sector de Limoncito una estación de bombeo, para lo cual la
Unidad Ejecutora A y A, de acuerdo al pre-diseño para el alcantarillado sanitario del
Sector de Limoncito, ENVACO y alrededores recomendó adquirir un lote de 265 m2.
La finca afectada está inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sistema de
Folio Real número 45160 Submatrícula 000, con un área de 1.267.813,80 m2.
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8. El lote de interés para el Proyecto Limón-Ciudad Puerto mide 265 m2, según plano
catastrado número L-1500229-2011, ubicado en la Provincia de Limón, contiguo al
lote 235 de la Primera etapa de la Urbanización Los Cocos, Distrito uno Limón,
Cantón uno Limón.
POR TANTO:
Hemos acordado celebrar el presente Convenio de Cooperación Interinstitucional, el cual se
regirá en lo general por el ordenamiento jurídico de la República de Costa Rica y en lo
particular por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: Objeto del convenio. El objeto del presente convenio es colaborar de forma
directa con AYA, de la siguiente manera: por parte de JAPDEVA otorgar un permiso de uso
de un lote de 265 m2, según plano catastrado L-1500229-2011, que es parte de la finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sistema de Folio Real número 45160
Submatrícula 000 de interés anteriormente descrita, con la finalidad de que AYA construya y
administre una de las estaciones de bombeo de alcantarillado sanitario proyectadas para el
Cantón Central de Limón.
FINALIDAD DEL CONVENIO: En cumplimiento con el Contrato de Préstamo Nº 7498
CR”, el Convenio de Préstamo Nº. 7498-CR, suscrito entre el Gobierno de la República de
Costa Rica, con el Banco Internacional de Reconstrucción y fomento (BIRF), este convenio
se acuerda en virtud del Proyecto Limón Ciudad Puerto, a través del desarrollo de diferentes
proyectos de infraestructura con la finalidad de dotar a los vecinos del denominado Sector 1
del servicio de alcantarillado sanitario, siendo así que la construcción de la estación de
bombeo del sistema, permitirá eliminar la contaminación originada por las aguas residuales
en ríos, quebradas y cuerpos de agua en general y así eliminar los posibles focos o fuentes de
enfermedades de origen hídrico a las que actualmente están expuestos los habitantes del
citado sector. Para lograr este objetivo de gestión del proyecto requiere la construcción de
redes de alcantarillado, estaciones de bombeo y mejoramiento de la Estación de Pre-
Acondicionamiento (EPA), donde son necesarias en este Sector ya que la topografía del
terreno es muy plana lo cual NO permite recolectar y conducir las aguas residuales a la
(EPA) por gravedad. Además de los beneficios que genera el Alcantarillado Sanitario el
proyecto también contempla la pavimentación de aproximadamente 30 kilómetros de
caminos que serán de gran beneficio para la población.
SEGUNDA: Obligaciones de las partes:
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1- Obligaciones de JAPDEVA:
JAPDEVA se compromete a:
1. Dar en permiso de uso, por un tiempo de noventa y nueve años en un terreno de 265
metros cuadrados, conforme plano catastrado número L-1500229-2011, el cual se
destinará a un fin público, y que afecta la finca inscrita en el Registro Público, Partido
de Limón, Sistema de Folio Real número 45160 Submatrícula 000, con un área de
1.267.813,80 m2, propiedad de JAPDEVA ubicado en la Provincia de Limón, situado
contiguo al lote 235 de la Primera etapa de la Urbanización Los Cocos, Distrito uno
Limón, Cantón uno Limón, para que el AYA proceda a realizar el trámite
correspondiente para la construcción de una estación de bombeo, su operación y
mantenimiento.
2. Proteger el inmueble libre de invasiones, que afecten la construcción de la estación de
bombeo o el servicio que brinda el A y A. Asimismo notificar al A y A, de cualquier
situación relacionada con el citado inmueble y deba tener conocimiento el A y A.
2- Obligaciones del AYA:
El AYA se compromete a:
A. Utilizar el área antes indicada, conforme a los fines previstos según su Ley
Constitutiva, durante el tiempo en que se establece el permiso de uso, así mismo darle
el debido cuido, mantenimiento a la infraestructura, vigilancia a los materiales de
construcción, así como informar cualquier situación relativa al mismo que se pueda
presentar y en cuya solución sea necesaria la intervención de JAPDEVA. La Región
Huetar Atlántica de A y A, estará a cargo del manejo operativo y funcional de la
estación de bombeo.
B. Realizar la construcción de la estación de bombeo, conforme al diseño final del
proyecto de Alcantarillado Sanitario del Sector de Limoncito, Envaco y alrededores.
C. Deberá cumplir con los requerimientos que la normativa nacional le imponga
tratándose de ese tipo de construcciones, así mismo por estar el mismo al margen de
un río, deberá respetar la normativa existe en relación a dicho particular. Para tal
efecto, la Dirección Regional del Área de Conservación La Amistad Caribe, del
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Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) del Ministerio de Ambiente
Energía y Tecnología (MINAET), mediante documento SINAC-ACLAC-PNE-097/11
de fecha 21 de setiembre del año 2011, otorgó el aval para construir la estación de
bombeo.
D. Se estima que las obras inicien en el primer semestre del año 2013 con una duración
de 18 meses, dependiendo de los trámites de contratación de diseño y construcción, y
ejecución del proyecto, así como la formalización de adquisición de terrenos que están
pendientes.
E. Informar a los representantes de JAPDEVA, sobre la fecha de inicio de estudios, obras
y cualquier otro que el A y A requiera llevar a cabo en el lote objeto de Convenio.
TERCERA: Restricciones: Las partes no podrán modificar el destino y uso del espacio
físico destinado.
CUARTA: Institución ejecutora: El presente convenio se ejecutará por parte del Instituto
Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AYA)
QUINTA: Fiscalización:
Al ser el presente un convenio para otorgar un permiso de uso, se establece una fiscalización
inicial y una posterior.
La fiscalización inicial se realizará por parte de JAPDEVA, con la intención de verificar y
fiscalizar las obras o instalaciones finales a realizar, en tal caso se establece por parte de la
Gerencia de Desarrollo que la misma estará a cargo del Ing. Guillermo Emilio Meléndez
Marín, jefe de la sección de Topografía y miembro de la Comisión Ejecutora del Proyecto
Ordenamiento Territorial de la Tierras Patrimoniales de JAPDEVA, el mismo podrá ser
contactado al fax 2799-11-29, al teléfono 2799-11-20, o al correo electrónico
[email protected], le corresponderá al mismo verificar que la instalación se efectúe
en el área autorizada e igualmente comprobar que el área asignada se utilice para los fines
del presente convenio. Dicha fiscalización será por tiempo indefinido y hasta tanto finalicen
las obras, momento en el cual brindara el respectivo informe de lo ejecutado.
La fiscalización posterior se realizará por un funcionario que designe la Administración de
Desarrollo, una vez finalizadas las obras y la fiscalización inicial, el objetivo será fiscalizar
el correcto uso de los terrenos, según los fines previstos, por tiempo indefinido y mientras
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dure el plazo de noventa y nueve años o la totalidad prorrogada, se establecerán visitas
periódicas al sitio.
El personal encargado del Proyecto por parte de A y A, será el Director de la Unidad Técnica
del Proyecto Limón-Ciudad Puerto-A y A, teléfono 2242-5723.
SEXTA: Perdidas: En caso de pérdida, robo, hurto de infraestructura de A y A, se exime
de toda responsabilidad a JAPDEVA.
SETIMA: Solución de divergencias.
El presente Convenio Específico tiene naturaleza administrativa y su régimen jurídico vendrá
determinado por sus propias estipulaciones. El orden jurisdiccional contencioso
administrativo será el competente para conocer las cuestiones litigiosas que pudieran
presentarse. No obstante lo anterior, las partes tratarán de resolver previamente y de forma
amistosa cuantas discrepancias pudieran surgir en la ejecución e interpretación del presente
Convenio. En caso de divergencia o incumplimiento por alguna de las partes en cuanto a las
condiciones establecidas en este instrumento, el asunto será analizado primero por un
funcionario nombrado por cada parte suscribiente, los cuales en conjunto analizarán la
situación presentada, de no ser solucionado en ese nivel, será sometido a la consideración de
las autoridades superiores de cada una de las partes para su resolución.
OCTAVA: De las Modificaciones.
Cualquier modificación a los términos del presente acuerdo deberá ser acordada por las
partes mediante la celebración por escrito de un addendum.
NOVENA: De la Vigencia.
VIGENCIA: La vigencia del presente convenio se inicia con su firma y se mantendrá en
vigor durante todo el tiempo que se mantenga las potestades dadas a JAPDEVA Y AYA,
a través de las leyes No.5337 y No. 2726 respectivamente. El presente convenio tendrá
como vigencia un plazo de NOVENTA Y NUEVE AÑOS, pudiendo prorrogarse de común
acuerdo, por una única vez, por un periodo igual, siempre que las partes no manifiesten su
deseo de darlo por terminado con al menos treinta días naturales de antelación a su
vencimiento, y rige a partir de su firma , al contar con la aprobación de las partes y el visto
bueno de las Asesorías Jurídicas de ambas instituciones, según lo establece el artículo 3
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inciso 6) del Reglamento sobre Refrendo de las Contrataciones Administrativas de la
Administración Pública, Resolución N° R-CO-44-2007 de las nueve horas del once de
octubre de 2007, emitida por la Contraloría General de la República.
DECIMA: Estimación: Por su naturaleza, el presente convenio es de cuantía inestimable.
DECIMA PRIMERA: Normativa De Aplicación Y Documentos Integrantes:
Forman parte integral del presente convenio: La Ley Orgánica de JAPDEVA, N° 5337, del
veintisiete de agosto de mil novecientos setenta y tres y sus reformas, y la Ley Constitutiva
del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, No. 2726, del 27 de Agosto de
1961, y sus reformas, Ley General de la Administración Pública Nº 6227, la Ley Nº 8725
“Contrato de Préstamo Nº 7498 CR”, el Convenio de Préstamo Nº. 7498-CR, suscrito por el
Gobierno de la República de Costa Rica, con el Banco Internacional de Reconstrucción y
fomento (BIRF), con el objeto de revitalizar la Ciudad de Limón mediante el desarrollo de
diferentes proyectos de infraestructura, denominados Limón-Ciudad Puerto, entre los cuales
está el Proyecto de Alcantarillado Sanitario. El documento SINAC-ACLAC-PNE-097/11 de
fecha 21 de setiembre del año 2011, de la Dirección Regional del Área de Conservación La
Amistad Caribe, del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) del Ministerio de
Ambiente Energía y Tecnología (MINAET). Plano catastrado número L-1500229-2011.
DECIMA SEGUNDA: Normas supletorias:
En lo no previsto expresamente en el presente CONVENIO, regirá supletoriamente la
normativa interna de cada institución, las leyes aplicables y los principios generales que
rigen el ordenamiento jurídico administrativo.
DECIMA TERCERA: Responsabilidad Civil: Las partes no serán responsables por gastos
provenientes o relacionados con actividades no contempladas en el presente Convenio.
Las partes se acogen al ordenamiento jurídico que regula lo referente a la responsabilidad
civil relacionada con lesiones o muerte que puedan ocurrir a funcionarios, o a clientes de la
contraparte o a terceros, durante la ejecución de este instrumento, así como a las normas que
rigen lo relativo a una eventual responsabilidad objetiva surgida con ocasión del presente
convenio.
DECIMA CUARTA: Aprobación interna:
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El presente convenio requerirá de aprobación interna de ambas instituciones mediante su
respectiva Junta Directiva.
DECIMA QUINTA: Aprobación JAPDEVA:
El presente convenio se aprueba mediante Acuerdo número de la Sesión Ordinaria del
Consejo de Administración de JAPDEVA Número -2012, celebrada el de abril del
2012.
DECIMA SEXTA: Aprobación AyA:
El presente convenio se aprueba mediante Acuerdo número de la Sesión Ordinaria de la
Junta Directiva de AYA, Número -2012, celebrada el de abril del 2012.
Leído el presente Convenio y conscientes las partes de los alcances que éste conlleva, las
mismas se manifiestan conformes y firman en la ciudad de Limón, a los …..... días del mes
de junio del año dos mil doce.
Mba. Allan Hidalgo Campos. Ing. Yesenia Calderón Solano
Presidente Ejecutivo JAPDEVA Presidenta Ejecutiva A y A
SON AUTÉNTICAS:
El suscrito Lic. RODOLFO LIZANO ROJAS en mi condición de Director Jurídico de A y
A, hago constar que el presente Convenio se ha realizado de conformidad con nuestro
Ordenamiento Jurídico, San José......., del 2012.
El Departamento Legal de JAPDEVA ha determinado la conformidad del presente Convenio
con el Ordenamiento Jurídico. Limón,…. del 2012.
APROBADO POR UNANIMIDAD ACUERDO FIRME VII-b) ADENDUM AL CONVENIO CON 006-2011 CONVENIO INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA JUNTA DE ADMINISTRACIÓN Y DE DESARROLLO ECONOMICO DE LA VERTIENTE ATLANTICA (JAPDEVA)
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LA MUNICIPALIDAD DE TALAMANCA Y EL INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO (IDA). MSC. ALLAN HIDALGO: Se conoce adendum al convenio CON-006-2011, convenio interinstitucional entre JAPDEVA , Municipalidad de Talamanca y el Instituto de Desarrollo Agrario (IDA) para su aprobación. Al respecto los señores directores acuerdan: ACUERDO NO.268-12 APROBAR ADENDUM AL CONVENIO CON 006-2011 CONVENIO INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA JUNTA DE ADMINISTRACIÓN Y DE DESARROLLO ECONOMICO DE LA VERTIENTE ATLANTICA (JAPDEVA) LA MUNICIPALIDAD DE TALAMANCA Y EL INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO (IDA) QUE SE TRANSCRIBE SEGUIDAMENTE:
ADENDUM AL CONVENIO CON-006-2011
CONVENIO INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA JUNTA DE ADMINISTRCIÓN PORTUARIA Y DE DESARROLLO ECONOMICO DE LA VERTIENTE ATLANTICA (JAPDEVA), LA MUNICIPALIDAD DE TALAMANCA Y EL INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO (IDA).
CONSIDERANDO 1)Que existe un referente legal de primer orden denominado “Convenio marco de Cooperación Interinstitucional entre la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (JAPDEVA) y el Instituto de Desarrollo Agrario el cual fue aprobado por la Junta Directiva del IDA mediante acuerdo tomado en Artículo N° 3 de la Sesión Extraordinaria 015-2008 celebrada el 9 de junio del 2012 y se mantiene vigente.
2).Que en función del convenio Marco en fecha 04 de diciembre del 2010 la Junta Directiva en audiencia al Gerente de Desarrollo de la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (JAPDEVA) a la Directora de Desarrollo y a la Coordinadora de Infraestructura del Instituto de Desarrollo Agrario para tratar las necesidades de caminos en el asentamiento del IDA de la Región Atlántica y en esa reunión la Junta directiva del IDA adopta el acuerdo tomado en Artículo N°2 de la Sesión Extraordinaria 040 celebrada el 04 de diciembre 2010 que ordena el diseño de un Plan Estratégico para la Región Atlántica para el tema de caminos. 3) Que se elaboró un plan Marco de Cooperación Interinstitucional denominado “Carta de Entendimiento entre la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (JAPDEVA) y el Instituto de Desarrollo Agrario (IDA) que surge de la necesidad de compartir esfuerzos interinstitucionales a favor de la infraestructura vial de los asentamientos del IDA en la Región Atlántica y en ese sentido se elaboró la denominada “PROPUESTA CARTA DE ENETENDIMIENTO ENTRE LA JUNTA DE ADMINSTRACIÓN PORTUARIA Y DE DESARROLLO ECONOMICO DE LA VERTIENTE ATALANTICA (JAPDEVA) Y EL INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO (IDA). 4) Que dicha propuesta fue preliminarmente recibida para estudio por la Junta Directiva del IDA mediante acuerdo tomado en Artículo tres, de la Sesión Extraordinaria 016-2011 celebrada el 07 de junio del 2011.
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5) Que la Junta Directiva del Instituto de Desarrollo Agrario mediante acuerdo tomado en Artículo
3… Sesión Extraordinaria 20-2011… celebrada el 05 de julio del 2011aprobó la propuesta
de Carta de Entendimiento entre la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo
Económica de la Vertiente Atlántica ( JAPDEVA ) y el Instituto de Desarrollo Agrario (IDA)
autorizó al Presidente Ejecutivo Rolando González Ulloa a firmar ese convenio marco
denominado Carta de Entendimiento entre el Instituto de Desarrollo Agrario – JAPDEVA y la
Municipalidad de Talamanca.
6) Que la Junta Directiva del Desarrollo Agrario mediante Acuerdo tomado en Articulo 76, Sesión
Ordinaria 026-2011 celebrada el 18 de Julio del 2011 aprobó la propuesta de Carta de
Entendimiento entre la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económica de la
Vertiente Atlántica ( JAPDEVA ) y el Instituto de Desarrollo Agrario (IDA) autorizó al Presidente
Ejecutivo Rolando González Ulloa a firmar ese convenio marco denominado Carta de
Entendimiento entre el Instituto de Desarrollo Agrario – JAPDEVA y la Municipalidad de Pococí.
7) Que la Junta Directiva del IDA mediante acuerdo tomado en Articulo N°69 de la Sesión
Ordinaria 028.2011 celebrada el 08 de agosto del 2011 acordó acoger la moción del Presidente
Ejecutivo para reafirmar la vigencia del Convenio Marco Cooperación Interinstitucional entre
JAPDEVA y el IDA aprobado mediante acuerdo tomado en Articulo 3 Sesión Extraordinaria
015-2008 celebrada el 09 de junio del 2008, confirmar la validación de la Cartas de
Entendimiento con las Municipalidades de Pococí y Talamanca y ratificar la voluntad del IDA
de asignar los recursos necesarios para el programa de caminos convenido y que su ejecución
sea entre el 2011 – 2012.
8) Que la Junta Directiva del IDA mediante Acuerdo tomado en Articulo N°54 de la Sesión
Ordinaria 030-2011 celebrada el 23 de agosto del 2011 aprueba la recepción del acuerdo de la
Municipalidad de Talamanca señor Melvin Cordero Cordero para firmar convenio JAPDEVA
– IDA- Municipalidad de Talamanca.
9) Que el Instituto de Desarrollo Agrario cumplió a cabalidad con dicho convenio y realizó las
Transferencias capital de empresas públicas no financieras en el programa Desarrollo de
Asentamientos y en ese sentido trasladó los recursos financieros a JAPDEVA por un total de
123.804.573.76 colones ciento veintitrés millones ochocientos cuatro mil quinientos setenta
y tres colones con setenta y seis céntimos de los cuales 44.170.851.000 colones
correspondieron para el programa de caminos en Asentamientos campesinos del IDA en
Talamanca y el resto los asentamientos campesinos del IDA en Talamanca y el resto para los
asentamientos de la zona de Pococí.
10)Que el programa de caminos en Talamanca fue cumplido exitosamente por medio de JAPDEVA-IDA- Municipalidad de Talamanca en todos los caminos identificados y programados y del monto general por el IDA, quedo un remanente de dinero que se puede aplicar a otros caminos en Asentamientos de la zona de Sixaola. 11) Que el asentamiento Vegas Las Palmas Sector Bonife tiene caminos internos en mal estado que requieren atención para favorecer la producción agrícola y el mejoramiento de las condiciones de vida de los beneficios del IDA. 12) Que el camino público de acceso al sector Bonife. Mata Limón y Gandoca tiene el código 704095 y enlaza con la ruta 36,debe de ser atendido directamente por la Municipalidad de
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Talamanca y de JAPDEVA, ya este camino público es de vital importancia para todas las instituciones públicas porque solo permite el acceso a los caminos del Asentamiento Bonife del IDA, sino también a las comunidades vecinas de Mata Limón y Gandoca y sirve adicionalmente al Refugio de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo, a la vigilancia policial control antidrogas y control de migración etc. 13) Que la cláusula Cuarta del Convenio Marco Cooperación Interinstitucional JAPDEVA-Ida aprobado por el Ida en 09 de junio del 2008 señala como responsables del funcionamiento y control a la Dirección de la Región Huetar Atlántica del IDA y la Gerencia de Desarrollo de JAPDEVA.
POR TANTO En consecuencia de lo anterior se elabora el presente adendum ,mediante el cual los jerarcas de JAPDEVA ,el Instituto de Desarrollo Agrario Municipal de Talamanca acordamos reinvertir en la misma zona y en el misma zona y en el mismo programa, el remanente de dinero el programa de caminos en asentamientos campesinos de Talamanca y por lo cual CONVENIMOS: Entre nosotros Rolando González Ulloa ,mayor, casado Licenciado en Educación, vecino de Alajuela, cedula dos—dos siete cuatro –cinco-cuatro cero en condición de Presidente Ejecutivo del Instituto de Desarrollo Agrario, Allan Hidalgo Campos Mayor soltero, Licenciado en Derecho vecino de San Francisco de Heredia, portador de la cédula de identidad número uno-setecientos veintidós-ochocientos once, en su condición de PRESIDENTE EJECUTVO, con facultades de Apoderado Generalísimo, sin límite de suma y MELVIN CORDERO CORDERO, mayor educador cedula 9-0061-0327,encondicióndeAlcalde Municipalidad de Talamanca cuyos credenciales constan en expediente de suma maro, soltero, abogado, cedula de identidad número nueve cero cero seis uno tres dos siete, en condición de Alcalde Municipal de Talamanca, cuyos credenciales constan en expediente principal Convenimos el siguiente, Adendum al convenio CON 006-2011 suscrito por los Presidente Ejecutivos de JAPDEVA y el IDA y el señor Alcalde de la Municipalidad de Talamanca, el cual se regirá de la siguiente manera: PRIMERO: Que el remanente de dinero del Convenio tripartito para caminos aportado por el Instituto de Desarrollo Agrario para asentamiento campesinos de Talamanca por un monto de ¢5.438.982.26 (Cinco millones cuatrocientos treinta y ocho mil novecientos ochenta y dos colones con veintiséis céntimos)será aplicado exclusivamente en el camino interno del Asentamiento Vegas Bonifé, por la urgente necesidad de los beneficiarios del IDA para mejorar su actividad agraria y otras necesidades fundamentales para el desarrollo humanos del Sector Bonifé . SEGUNDA: Que el camino público de acceso al Sector Bonifé Mata Limón y Gandoca tiene el código 704095 y enlaza con la ruta 36, debe ser atendido directamente por la Municipalidad de Talamanca y JAPDEVA, ya que este camino público es vital importancia para todas las instituciones públicas porque no solo permite el acceso a los caminos del Asentamiento Bonifé del IDA, sino también a las comunidades vecinas de Mata de Limón y Gandoca y sirve adicionalmente al Refugio de Vida silvestre Gandoca, Manzanillo, a la vigencia policial control antidrogas y control de migración etc. TERCERA: que la ejecución del trabajo de campo será ejecutado de inmediato en el mes de julio del año 2012 según los términos explicados .Firmamos en la ciudad de Limón a las diez horas con treinta minutos del cuatro de julio del dos mil doce…
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Rolando Gonzalez Ulloa Msc. Allan Hidalgo Campos Presidente Ejecutivo-IDA Presidente Ejecutivo-JAPDEVA
Melvin Cordero Cordero Alcalde Municipal Talamanca
APROBADO POR UNANIMIDAD ARTICULO VIII CORRESPONDENCIA NO SE PRESENTARON ARTICULO IX ASUNTOS VARIOS IX-a) SOLICITUD TRANSPORTE DE LA ESCUELA BALVANERO VARGAS MOLINA PARA TRASLADO DE ESTUDIANTEAS A SAN JOSE. MSC. ALLAN HIDALGO: Tengo una nota que me llegó de la Escuela Balvanero Vargas Molina sobre una solicitud de transporte para este 03 de agosto 2012 para la presentación de una obra a los estudiantes y a la vez para que conozcan el Estadio Nacional, siento que todavía no estamos para brindar estos servicios por lo tanto solicito que contestemos como se ha hecho hasta ahora con este tipo de solicitudes. Luego de los comentarios se acuerda: ACUERDO NO.269-12 COMUNICAR AL DIRECTOR DE LA ESCUELA BALVANERO VARGAS MOLINA QUE LAMENTABLEMENTE NO ES POSIBLE ATENDER LA SOLICITUD DE TRANSPORTE DEBIDO A LA CRISIS FINANCIERA DE NUESTRA INSTITUCIÓN. APROBADO POR UNANIMIDAD ACUERDO FIRME Al ser las 13:30 horas se concluye la sesión.