Secretaría Distrital de Hacienda, Bogotá D.C. | Presentación presupuesto 2012
1 EL MARCO JURIDICO DE LA HACIENDA PUBLICA EL SALVADOR Comisión de Hacienda y Especial del...
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EL MARCO JURIDICO DE LA HACIENDA PUBLICA
EL SALVADOR
Comisión de Hacienda y Especial del PresupuestoUnidad de Análisis y Seguimiento del Presupuesto
Asamblea Legislativa
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AGENDA
El Parlamento Salvadoreño y la Hacienda Pública
El Proceso de Aprobación del Presupuesto en El Salvador
El Marco Normativo Relacionado
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EL PARLAMENTO SALVADOREÑO Y LA HACIENDA PUBLICA
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EL PARLAMENTO Y LA HACIENDA PUBLICA
De acuerdo al Art. 131 de la Constitución de la República de El Salvador corresponde a la Asamblea Legislativa;
Decretar impuestos, tasas y demás contribuciones sobre toda clase de bienes, servicios e ingresos en relación equitativa.
Decretar el Presupuesto de Ingresos y Egresos, y sus reformas.
Crear y suprimir plazas, así como asignar los sueldos a los funcionarios
Decretar beneficios e incentivos fiscales o de cualquier naturaleza, para la promoción de actividades culturales científicas, agrícolas, industriales, comerciales o de servicios.
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EL PARLAMENTO Y LA HACIENDA PUBLICA
Aprobar concesiones referidos al patrimonio del Estado y que son de uso público tal como lo establece el Art. 120 de la Constitución de la República.
Decretar leyes sobre el reconocimiento de la deuda pública y crear y asignar los fondos necesario para su pago.
Facultar al Organo Ejecutivo para que contrate empréstitos voluntarios, dentro o fuera de la República, cuando una grave y urgente necesidad lo demande, y para que garantice obligaciones contraídas por entidades estatales o municipales de interés público.
Decretar empréstitos forzosos en caso de calamidad pública y si no bastaren las rentas públicas ordinarias.
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EL PARLAMENTO Y LA HACIENDA PUBLICA
Aprobar recursos sustraídos del Fondo General o de ejercicios Futuros para obras de interés público o administrativo, o para la consolidación de la deuda pública, con tales finalidades la Asamblea Legislativa podrá aprobar presupuestos extraordinarios o según dicte la ley:
Ley pensiones o fondo de pensiones
Ley de Creación del Fondo para el Desarrollo Económico Social de los Municipios
Ley del Fondo de Conservación Vial (FOVIAL)
Ley del Fondo de Salud (FOSALUD), etc.
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EL MARCO CONSTITUCIONALDE LA HACIENDA PUBLICA
La Constitución delega en el Organo Ejecutivo la Administración de la Hacienda Pública, a través del Ministerio de Hacienda, el cual organiza, dirige y controla en el ámbito de su competencia la recaudación, custodia y erogación de los fondos públicos.
Es en la Constitución que se establece que una ley especial establecerá lo concerniente a la preparación, votación y ejecución y rendición de cuentas de los presupuestos y regulará el procedimiento que deba seguirse cuando al cierre de un nuevo ejercicio fiscal no este aún en vigor el Presupuesto del nuevo Ejercicio.
Los contratos para realizar obras o adquirir bienes muebles en que hayan de comprometerse fondos o bienes públicos, deberán de someterse a Licitación Pública (Ley LACAP)
Que es la Corte de Cuentas según el Art. 195 la encargada de vigilar la recaudación, la custodia, el compromiso y la erogación de los fondos públicos; así como la liquidación impuestos, tasas, derechos y demás contribuciones cuando la ley lo determine.
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SECTOR PUBLICO
Sector Público No Financiero
Sector Público Financiero
Política Fiscal
Política de Ingresos
Política de Gastos
Política Inversión y Deuda
Política Monetaria
Política de Integración
Reservas Monetarias
Instrumentos Monetarios
Instrumentos Fiscales
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O rgano J udicial
O rgano E jecu tivo
O rgano Legislativo
Un idades Primarias M inisterio Público I nstit. Auxiliares
Gobierno Central I nstituciones Descentralizadas no Empresariales Empresas Públicas
S E C T O R P U BL I C O N O F I N A N CI E R O
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EL PROCESO DE APROBACION DEL
PRESUPUESTO EL SALVADOR
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Aprobación de Ley de Presupuesto
Ministerio de Hacienda entrega Proyecto de
Presupuesto a J.D.
Junta Directiva recibe Proyecto de Presupuesto
Junta Directiva presenta a Pleno Legislativo el
Proyecto de Presupuesto
Pleno Legislativo traslada elProyecto de Presupuesto a la Comisión de Hacienda
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Estudio del Proyecto de Ley de Presupuesto
Comisión de Hacienda y especial discute proyecto de presupuesto y toma
decisiones de acuerdo a sus funciones y objetivos y
aprueba dictamen.
Comisión de Hacienda, traslada
Proyecto a UASP para su análisis
UASP se reúne con UFIS
institucionales, para aclarar dudas.
UASP consulta con Hacienda y
sus dependencias
UASP redacta informe para
comisión
UASP expone informe para comisión y esta
toma decisiones
Pleno aprueba la Ley Presupuesto
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Estudio del Proyecto de Ley de Presupuesto
Las Fuentes de Financiamiento• Ingresos Tributarios
• Ingresos no Tributarios
• Los Ingresos propios
• Las Donaciones
• Los Préstamos internos y Externos
La Estructura del Gasto programado• Unidades Presupuestarias
• Líneas de Trabajo
• Rubros Presupuestarios
• Metas y resultados Esperados
• Instituciones Responsables
• Políticas Institucionales
Destino del Gasto• Gastos Corrientes
• Gastos de Capital
• Servicio de la Deuda
• Cumplimiento de Obligaciones Generales del Estado
• El recurso humano y el tipo de sistema de pago
Análisis de Impacto• Indicadores Macroeconómicos
• Indicadores financieros
• Incidencia del Gasto
• Marco jurídico relacionado
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EL MARCO NORMATIVO RELACIONADO
Disposiciones Generales y Específicas del Presupuesto
Ley de la Corte de Cuentas
Normas de Control Interno
Reglamento de Interno de la Asamblea Legislativa
Reglamento Interno del Organo Ejecutivo
Leyes específicas ( Ley de Renta, IVA, FOSALUD, FOVIAL
FODES, etc.)
Decretos Específicos,
16
Muchas Gracias