1 Bases Perfil Saneam Piquiyacu

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  MUN IC IP AL ID A D D IS TR IT A L D E A LT O B IA V O  ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA N º 003-2014-CEP/MDAB 1  SUB DIRECCI N DE NORMATIVIDAD   DI RE CCI N T CNICO NORMATIVA ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO - OSCE BASES ESTÁNDAR DE ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS O PARA CONSULTORÍA EN GENERAL Aprobada mediante Directiva Nº 018-2012-OSCE/CD

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Bases Perfil Saneam Piquiyacu

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  • MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ALTO BIAVO

    ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA N 003-2014-CEP/MDAB

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    SUB DIRECCIN DE NORMATIVIDAD DIRECCIN TCNICO NORMATIVA

    ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO - OSCE

    BASES ESTNDAR DE ADJUDICACIN DIRECTA SELECTIVA PARA LA CONTRATACIN DE SERVICIOS O PARA CONSULTORA EN

    GENERAL

    Aprobada mediante Directiva N 018-2012-OSCE/CD

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    ADJUDICACIN DIRECTA SELECTIVA PARA LA CONTRATACIN DEL SERVICIOS O PARA

    CONSULTORA EN GENERAL

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    Primera Convocatoria

    CONTRATACIN DEL SERVICIO DE CONSULTORA: PARA LA ELABORACIN DEL ESTUDIO DE PRE INVERSION A

    NIVEL DE PERFIL DEL PROYECTO: MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE E INSTALACIN DEL SERVICIO DE

    ALCANTARILLADO DE LAS LOCALIDADES DE PUERTO BERMUDES, RAMN CASTILLA, NUEVO TRUJILLO LOS ANGELES

    Y PUERTO FRANCO, DISTRITO DE ALTO BIAVO, PROVINCIA DE BELLAVISTA, DEPARTAMENTO DE SAN MARTN

    CUZCO, MAYO 2014

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    SECCIN GENERAL

    DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIN

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    CAPTULO I ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIN

    1.1. BASE LEGAL

    - Ley N 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. - Decreto Legislativo N 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley. - Decreto Supremo N 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del

    Estado, en adelante el Reglamento. - Directivas del OSCE. - Ley N 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General. - Cdigo Civil. - Ley 27806 Ley de Transparencia y de Acceso a la Informacin Pblica. - Decreto Supremo N 007-2008-TR - Texto nico Ordenado de la Ley de Promocin

    de la Competitividad, Formalizacin y Desarrollo de la Micro y Pequea Empresa y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.

    - Decreto Supremo N 008-2008-TR - Reglamento de la Ley MYPE. Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso. Para la aplicacin del derecho deber considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.

    1.2. CONVOCATORIA Se efectuar de conformidad con lo sealado en el artculo 51 del Reglamento, en la fecha sealada en el cronograma.

    1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES El registro de participantes se efectuar desde el da siguiente de la convocatoria y hasta un (1) da hbil despus de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastar que se registre uno (1) de sus integrantes, de conformidad con el artculo 53 del Reglamento. La persona natural o persona jurdica que desee participar en el proceso de seleccin deber contar con inscripcin vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto de la convocatoria. La Entidad verificar la vigencia de la inscripcin en el RNP y que no se encuentre inhabilitada para contratar con el Estado. Al registrarse, el participante deber sealar la siguiente informacin: Nombres, apellidos y Documento Nacional de Identidad (DNI), en el caso de persona natural; razn social de la persona jurdica; nmero de Registro nico de Contribuyentes (RUC); domicilio legal; telfono y fax. IMPORTANTE:

    Para registrarse como participante en un proceso de seleccin convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con inscripcin vigente ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor informacin, podr ingresarse a la siguiente direccin electrnica: www.rnp.gob.pe.

    1.4. FORMULACIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

    Las consultas y observaciones a las Bases sern presentadas por un periodo mnimo de tres (3) das hbiles, contados desde el da siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en los artculos 55 y 57 del Reglamento.

    1.5. ABSOLUCIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES La decisin que tome el Comit Especial con relacin a las consultas y observaciones presentadas constar en el pliego absolutorio que se notificar a travs del SEACE, de conformidad con lo establecido en los artculos 54 y 56 del Reglamento, en la fecha

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    sealada en el cronograma del proceso de seleccin. El plazo para la absolucin no podr exceder de tres (3) das hbiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas y observaciones. De haberse presentado observaciones, el Comit Especial debe incluir en el pliego absolutorio el requerimiento de pago de la tasa por concepto de elevacin de observaciones al OSCE. IMPORTANTE:

    No se absolvern consultas ni observaciones a las Bases que se presenten extemporneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

    1.6. ELEVACIN DE OBSERVACIONES AL OSCE El plazo para solicitar la elevacin de observaciones para el pronunciamiento del OSCE es de tres (3) das hbiles, computados desde el da siguiente de la notificacin del pliego absolutorio a travs del SEACE. Los participantes pueden solicitar la elevacin de las observaciones para la emisin de pronunciamiento, en los siguientes supuestos:

    1. Cuando las observaciones presentadas por el participante no fueron acogidas o fueron acogidas parcialmente;

    2. Cuando a pesar de ser acogidas sus observaciones, el participante considere que

    tal acogimiento contina siendo contrario a lo dispuesto por el artculo 26 de la Ley, cualquier otra disposicin de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso de seleccin; y

    3. Cuando el participante considere que el acogimiento de una observacin formulada

    por otro participante resulta contrario a lo dispuesto por el artculo 26 de la Ley, cualquier otra disposicin de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso de seleccin. En este caso, el participante debe haberse registrado como tal hasta el vencimiento del plazo para formular observaciones.

    El Comit Especial, bajo responsabilidad, deber remitir la totalidad de la documentacin requerida para tal fin por el TUPA del OSCE, a ms tardar al da siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevacin de observaciones. La emisin y publicacin del pronunciamiento en el SEACE, debe efectuarse dentro de los diez (10) das hbiles siguientes de recibido el expediente completo por el OSCE.

    1.7. INTEGRACIN DE LAS BASES Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del proceso de seleccin por lo que debern contener las correcciones, precisiones y/o modificaciones producidas como consecuencia de la absolucin de las consultas y de las observaciones, las dispuestas por el pronunciamiento, as como las requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisin. Una vez integradas, las Bases no podrn ser cuestionadas en ninguna otra va ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restriccin no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del

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    proceso por deficiencias en las Bases. El Comit Especial integrar y publicar las Bases teniendo en consideracin los siguientes plazos:

    1. Cuando no se hayan presentado observaciones, al da siguiente de vencido el plazo para formularlas.

    2. Cuando se hayan presentado observaciones, al da siguiente de vencido el plazo para

    que los participantes soliciten la elevacin de dichas observaciones para la emisin de pronunciamiento, siempre que ningn participante haya hecho efectivo tal derecho.

    3. Cuando se haya solicitado la elevacin de observaciones, dentro de los dos (2) das

    hbiles siguientes de notificado el pronunciamiento respectivo en el SEACE. Corresponde al Comit Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los artculos 59 y 60 del Reglamento. De conformidad con el artculo 31 del Reglamento, el Comit Especial no podr efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.

    1.8. FORMA DE PRESENTACIN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIN Todos los documentos que contengan informacin referida a los requisitos para la admisin de propuestas y factores de evaluacin se presentarn en idioma castellano o, en su defecto, acompaados de traduccin oficial o certificada efectuada por traductor pblico juramentado o traductor colegiado certificado, segn corresponda, salvo el caso de la informacin tcnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catlogos o similares, que podr ser presentada en el idioma original. El postor ser responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. Las propuestas se presentarn en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendr la propuesta tcnica y el segundo la propuesta econmica. Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarn por medios mecnicos o electrnicos y sern foliadas correlativamente empezando por el nmero uno. Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, stos podrn ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual. En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rbrica del postor o de su representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea que el postor sea persona natural, en cuyo caso bastar que ste o su apoderado, indique debajo de la rbrica sus nombres y apellidos completos. Cuando la presentacin de propuestas se realice en acto pblico, las personas naturales podrn concurrir personalmente o a travs de su apoderado debidamente acreditado ante el Comit Especial, mediante carta poder simple (Formato N 1). Las personas jurdicas lo harn por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a travs de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntar el documento registral vigente que consigne la designacin del representante legal, expedido con una antigedad no mayor de treinta (30) das calendario a la presentacin de propuestas. (Formato N 1) En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante comn del consorcio, o por el apoderado designado por ste, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente:

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    1. En el caso que el representante comn del consorcio presente la propuesta, ste

    debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio. 2. En el caso que el apoderado designado por el representante comn del consorcio

    presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante comn del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio.

    3. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del

    consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditacin se realizar conforme a lo dispuesto en el sexto prrafo del presente numeral, segn corresponda.

    1.9. PRESENTACIN DE PROPUESTAS1

    En caso la presentacin de propuestas se realice en ACTO PBLICO, deber tenerse en consideracin lo siguiente: La presentacin de propuestas se realiza en acto pblico, en la fecha y hora sealadas en el cronograma del proceso. El acto se inicia cuando el Comit Especial empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendr por desistido. Si algn participante es omitido, podr acreditarse con la presentacin de la constancia de su registro como participante. Los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un consorcio. IMPORTANTE:

    En caso de convocarse segn relacin de tems, los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un consorcio en un mismo tem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en tems distintos.

    En el caso que el Comit Especial rechace la acreditacin del apoderado, representante legal o representante comn, segn corresponda en atencin al numeral 1.8, y este exprese su disconformidad, se anotar tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendr la propuesta y los documentos de acreditacin en su poder hasta el momento en que el participante formule apelacin. Si se formula apelacin se estar a lo que finalmente se resuelva al respecto. Despus de recibidas las propuestas, el Comit Especial proceder a abrir los sobres que contienen la propuesta tcnica de cada postor, a fin de verificar que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados en las Bases. En el caso que de la revisin de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta tcnica, o la omisin de presentacin de uno o ms documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos tcnicos mnimos siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pblica nacional o un privado en ejercicio de funcin pblica, tales como autorizaciones, permisos, ttulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza anloga, para lo

    1 De acuerdo con lo establecido por el artculo 64 del Reglamento, el acto de presentacin de propuestas en una

    Adjudicacin Directiva Selectiva puede ser pblico o privado, lo que debe determinarse en la seccin especfica de las Bases.

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    cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentacin de propuestas,, se actuar conforme lo dispuesto en el artculo 68 del Reglamento. Este es el nico momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta tcnica. En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos sealados en el prrafo anterior, se devolver la propuesta, tenindola por no admitida, salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotar tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendr la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelacin. Si se formula apelacin se estar a lo que finalmente se resuelva al respecto. Despus de abierto cada sobre que contiene la propuesta tcnica, el Notario (o Juez de Paz) proceder a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la propuesta tcnica. A su vez, si las Bases han previsto que la evaluacin y calificacin de las propuestas tcnicas se realice en fecha posterior, el Notario (o Juez de Paz) proceder a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas econmicas dentro de uno o ms sobres, los que sern debidamente sellados y firmados por l, por los miembros del Comit Especial y por los postores que as lo deseen, conservndolos hasta la fecha en que el Comit Especial, en acto pblico, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluacin de las propuestas tcnicas. Al terminar el acto pblico, se levantar un acta, la cual ser suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos sus miembros, as como por los veedores y los postores que lo deseen. De conformidad con lo dispuesto en el artculo 64 del Reglamento, en los actos de presentacin de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podr contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participar como veedor y deber suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciar el proceso.

    En caso la presentacin de propuestas se realice en ACTO PRIVADO, deber tenerse en consideracin lo siguiente: Los participantes presentarn sus propuestas, con cargo y en sobre cerrado, en el lugar, el da y horario sealados en la seccin especfica de las Bases, bajo responsabilidad del Comit Especial. Los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un consorcio. IMPORTANTE:

    En caso de convocarse segn relacin de tems, los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un consorcio en un mismo tem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en tems distintos .

    De conformidad con lo dispuesto en el artculo 64 del Reglamento, en los actos de presentacin de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podr contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participar como veedor y deber suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciar el proceso.

    1.10. CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONMICA La propuesta econmica (Sobre N 2) deber incluir obligatoriamente lo siguiente: La oferta econmica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislacin vigente, as como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el

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    costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocer pago adicional de ninguna naturaleza. El monto total de la propuesta econmica y los subtotales que lo componen debern ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrn ser expresados con ms de dos decimales. IMPORTANTE:

    Tratndose de un proceso segn relacin de tems, cuando los postores se presenten a ms de un tem, debern presentar sus propuestas econmicas en forma independiente.

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    1.11. EVALUACIN DE PROPUESTAS

    La evaluacin de propuestas se realizar en dos (2) etapas: La evaluacin tcnica y la evaluacin econmica. Los mximos puntajes asignados a las propuestas son los siguientes: Propuesta Tcnica : 100 puntos Propuesta Econmica : 100 puntos 1.11.1. EVALUACIN TCNICA

    En caso se hubiese previsto la presentacin de propuestas en ACTO PBLICO, en la evaluacin se deber tener en consideracin lo siguiente: Se verificar que la propuesta tcnica cumpla con los requerimientos tcnicos mnimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no sern admitidas. Slo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comit Especial hubiese otorgado plazo de subsanacin, pasarn a la evaluacin tcnica. En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanacin de la propuesta, el Comit Especial deber determinar si se cumpli o no con la subsanacin solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanacin, el Comit Especial tendr la propuesta por no admitida. Una vez cumplida la subsanacin de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuar con la evaluacin de las propuestas tcnicas admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodologa de asignacin de puntaje establecida para cada factor. Las propuestas tcnicas que no alcancen el puntaje mnimo de ochenta (80) puntos, sern descalificadas en esta etapa y no accedern a la evaluacin econmica.

    En caso se hubiese previsto la presentacin de propuestas en ACTO PRIVADO, en la evaluacin se deber tener en consideracin lo siguiente: Se proceder a la apertura de las propuestas tcnicas presentadas y se verificar que contengan los documentos de presentacin obligatoria y cumplan con los requerimientos tcnicos mnimos contenidos en las presentes Bases. Las

    2 Luego de efectuada la evaluacin tcnica, cabe la posibilidad que dicho postor haya obtenido el puntaje necesario para acceder a la evaluacin econmica nicamente en algunos de los tems a los

    que se present, por lo que, de acuerdo con el artculo 71 del Reglamento, correspondera devolver las propuestas econmicas sin abrir, lo que no resultara posible si la totalidad de las propuestas

    econmicas del postor se incluyen en un solo sobre.

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    propuestas que no cumplan dichos requerimientos no sern admitidas. En el caso que de la revisin de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta tcnica, o la omisin de presentacin de uno o ms documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos tcnicos mnimos siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pblica nacional o un privado en ejercicio de funcin pblica, tales como autorizaciones, permisos, ttulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza anloga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentacin de propuestas, se actuar conforme lo dispuesto en el artculo 68 del Reglamento. Este es el nico momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta tcnica. IMPORTANTE:

    En tanto OSCE no comunique a travs de su portal institucional la implementacin del mecanismo de notificacin electrnica en el SEACE para la Entidad, el Comit Especial deber notificar al postor el requerimiento de subsanacin de la propuesta tcnica en forma personal, conforme a lo dispuesto por la Dcima Disposicin Complementaria Transitoria del Reglamento.

    En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos sealados en el prrafo anterior, se tendr por no admitida. El Comit Especial incluir el motivo de esa decisin en el acta de los resultados del proceso que se publicar en el SEACE, debiendo devolver los sobres que contienen la propuesta tcnica y econmica, una vez consentido el otorgamiento de la Buena Pro. Slo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comit Especial hubiese otorgado plazo de subsanacin, pasarn a la evaluacin tcnica. En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanacin de la propuesta, el Comit Especial deber determinar si se cumpli o no con la subsanacin solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanacin, el Comit Especial tendr la propuesta por no admitida. Una vez cumplida la subsanacin de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuar con la evaluacin de las propuestas tcnicas admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodologa de asignacin de puntaje establecida para cada factor. Las propuestas tcnicas que no alcancen el puntaje mnimo de ochenta (80) puntos, sern descalificadas en esta etapa y no accedern a la evaluacin econmica. En caso de la descalificacin de la propuesta, el Comit Especial incluir el motivo de esa decisin en el acta de los resultados del proceso que publicar en el SEACE.

    1.11.2. EVALUACIN ECONMICA

    Si la propuesta econmica excede el valor referencial, ser devuelta por el Comit Especial y se tendr por no presentada, conforme lo establece el artculo 33 de la Ley. La evaluacin econmica consistir en asignar el puntaje mximo establecido a la propuesta econmica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignar

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    un puntaje inversamente proporcional, segn la siguiente frmula:

    Pi = Om x PMPE Oi

    Donde: i = Propuesta Pi = Puntaje de la propuesta econmica i Oi = Propuesta Econmica i Om = Propuesta Econmica de monto o precio ms bajo PMPE = Puntaje Mximo de la Propuesta Econmica IMPORTANTE:

    En caso el proceso se convoque bajo el sistema de precios unitarios, tarifas o porcentajes, el Comit Especial deber verificar las operaciones aritmticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorreccin, deber corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le corresponda. Dicha correccin debe figurar expresamente en el acta respectiva.

    Slo cuando se haya previsto (segn el caso concreto) aceptar propuestas econmicas que incluyan propuestas de financiamiento, la propuesta econmica se evaluar utilizando el mtodo del valor presente neto del flujo financiero que comprenda los costos financieros y el repago de la deuda. Se tomarn en cuenta todos los costos del financiamiento, tales como la tasa de inters, comisiones, seguros y otros, as como la contrapartida de la Entidad si fuere el caso, conforme a las disposiciones contenidas en el artculo 70 del Reglamento.

    1.12. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

    En caso el otorgamiento de la Buena Pro se realice en ACTO PBLICO, se deber tener en consideracin lo siguiente: En la fecha y hora sealada en las Bases, el Comit Especial se pronunciar sobre la admisin y la evaluacin tcnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta ltima. El Comit Especial proceder a la apertura de los sobres que contienen las propuestas econmicas de aquellos postores cuyas propuestas tcnicas hubieran alcanzado el puntaje tcnico mnimo requerido en las Bases. La evaluacin de las propuestas econmicas se realizar de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. La determinacin del puntaje total se har de conformidad con el artculo 71 del Reglamento. IMPORTANTE:

    En el caso de contratacin de servicios a ser prestados fuera de las provincias de Lima y Callao, a solicitud del postor, se asignar una bonificacin equivalente al diez por ciento (10%) sobre la sumatoria de las propuestas tcnica y econmica de los postores con domicilio en la provincia donde se prestar el servicio objeto del proceso de seleccin o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo

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    departamento o regin. El domicilio ser el consignado en la constancia de inscripcin ante el RNP

    3.

    El Comit Especial proceder a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de seleccin a travs de un cuadro comparativo en el que se consignar el orden de prelacin en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes tcnico, econmico y total obtenidos por cada uno de ellos. En el supuesto que dos (2) o ms propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuar observando lo sealado en el artculo 73 del Reglamento. Al terminar el acto pblico se levantar un acta, la cual ser suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos los miembros del Comit Especial, as como por los veedores y los postores que deseen hacerlo. El otorgamiento de la Buena Pro se presumir notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregar a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluacin. Dicha presuncin no admite prueba en contrario. Esta informacin se publicar el mismo da en el SEACE.

    En caso que el otorgamiento de la Buena Pro se realice en ACTO PRIVADO, se deber tener en consideracin lo siguiente: El Comit Especial proceder a la apertura de los sobres que contienen las propuestas econmicas de aquellos postores cuyas propuestas tcnicas hubieran alcanzado el puntaje tcnico mnimo requerido en las Bases. La evaluacin de las propuestas econmicas se realizar de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. La determinacin del puntaje total se har de conformidad con el artculo 71 del Reglamento. IMPORTANTE:

    En el caso de contratacin de servicios a ser prestados fuera de las provincias de Lima y Callao, a solicitud del postor, se asignar una bonificacin equivalente al diez por ciento (10%) sobre la sumatoria de las propuestas tcnica y econmica de los postores con domicilio en la provincia donde se prestar el servicio objeto del proceso de seleccin o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o regin. El domicilio ser el consignado en la constancia de inscripcin ante el RNP

    4.

    El Comit Especial proceder a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, elaborando en forma previa un cuadro comparativo en el que se consignar el orden de prelacin en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes tcnico, econmico y total obtenidos por cada uno de ellos. En el supuesto que dos (2) o ms propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuar observando lo sealado en el artculo 73 del Reglamento. Al terminar el acto se levantar un acta, la cual ser suscrita por todos los miembros del

    3 La constancia de inscripcin electrnica se visualizar en el portal web del Registro Nacional de Proveedores:

    www.rnp.gob.pe 4 La constancia de inscripcin electrnica se visualizar en el portal web del Registro Nacional de Proveedores:

    www.rnp.gob.pe

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    Comit Especial, as como por los veedores, de ser el caso. El otorgamiento de la Buena Pro se publicar y se entender notificado a travs del SEACE, el mismo da de su realizacin, bajo responsabilidad del Comit Especial, debiendo incluir el acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo.

    1.13. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO Cuando se hayan presentado dos (2) o ms propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producir a los cinco (5) das hbiles de la notificacin de su otorgamiento, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelacin. En este caso, el consentimiento se publicar en el SEACE al da hbil siguiente de haberse producido. En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producir el mismo da de la notificacin de su otorgamiento, y podr ser publicado en el SEACE ese mismo da o hasta el da hbil siguiente.

    1.14. CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO De acuerdo con el artculo 282 del Reglamento, a partir del da hbil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro o de haberse agotado la va administrativa conforme a lo previsto en el artculo 115 del Reglamento, hasta el dcimo quinto da hbil de producido tal hecho, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedicin de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. El OSCE no expedir constancias solicitadas fuera del plazo establecido.

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    CAPTULO II SOLUCIN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIN

    2.1. RECURSO DE APELACIN

    A travs del recurso de apelacin se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de seleccin, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebracin del contrato. El recurso de apelacin se presenta ante la Entidad que convoc el proceso de seleccin y es resuelto por el Titular de la Entidad o el funcionario a quien este haya delegado dicha facultad. Los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrn impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.

    2.2. PLAZOS DE INTERPOSICIN DEL RECURSO DE APELACIN La apelacin contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (5) das hbiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro. La apelacin contra los actos distintos a los indicados en el prrafo anterior debe interponerse dentro de los cinco (5) das hbiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.

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    CAPTULO III DEL CONTRATO

    3.1. DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO

    Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, dentro de los siete (7) das hbiles siguientes, sin mediar citacin alguna, el postor ganador deber presentar a la Entidad la documentacin para la suscripcin del contrato prevista en las Bases. Asimismo, dentro de los tres (3) das hbiles siguientes a la presentacin de dicha documentacin, deber concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato. En el supuesto que el postor ganador no presente la documentacin y/o no concurra a suscribir el contrato, segn corresponda, en los plazos antes indicados, se proceder de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 3 del artculo 148 del Reglamento. El contrato ser suscrito por la Entidad, a travs del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratndose de persona natural, y tratndose de persona jurdica, a travs de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artculo 139 del Reglamento. Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deber presentar, adems de los documentos previstos en las Bases, los siguientes: Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. Garanta por el monto diferencial de propuesta, en caso corresponda. Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. Cdigo de cuenta interbancario (CCI). Traduccin oficial efectuada por traductor pblico juramentado de todos los

    documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompaados de traduccin certificada, de ser el caso.

    3.2. VIGENCIA DEL CONTRATO

    En aplicacin de lo dispuesto en el artculo 149 del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el da siguiente de la suscripcin del documento que lo contiene. Dicha vigencia rige hasta que el funcionario competente d la conformidad de la recepcin de la prestacin a cargo del contratista y se efecte el pago correspondiente.

    3.3. DE LAS GARANTAS 3.3.1. GARANTA POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA

    Cuando la propuesta econmica fuese inferior al valor referencial en ms del diez por ciento (10%) de ste, para la suscripcin del contrato, el postor ganador deber presentar una garanta adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta econmica. Dicha garanta deber tener vigencia hasta la conformidad de la recepcin de la prestacin a cargo del contratista.

    3.4. REQUISITOS DE LAS GARANTAS Las garantas que se presenten debern ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realizacin automtica en el pas al slo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisin de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantas; o estar consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categora que peridicamente publica el Banco Central de Reserva del Per. IMPORTANTE:

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    Corresponde a la Entidad verificar que las garantas presentadas por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptacin y eventual ejecucin.

    3.5. EJECUCIN DE GARANTAS

    Las garantas se harn efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artculo 164 del Reglamento.

    3.6. ADELANTOS La Entidad entregar adelantos directos, conforme a lo previsto en el artculo 171 del Reglamento, siempre que ello haya sido previsto en la seccin especfica de las Bases. En el supuesto que no se entregue el adelanto en el plazo previsto, el contratista tiene derecho a solicitar la ampliacin del plazo de ejecucin de la prestacin por el nmero de das equivalente a la demora, conforme al artculo 172 del Reglamento.

    3.7. DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Las penalidades por retraso injustificado en la ejecucin del servicio y las causales para la resolucin del contrato, sern aplicadas de conformidad con los artculos 165 y 168 del Reglamento, respectivamente. De acuerdo con los artculos 48 de la Ley y 166 del Reglamento, en las Bases o el contrato podrn establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artculo 165 del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto mximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del tem que debi ejecutarse. Estas penalidades se calcularn de forma independiente a la penalidad por mora.

    3.8. PAGOS La Entidad deber realizar todos los pagos a favor del contratista por concepto de los servicios objeto del contrato. Dichos pagos se efectuarn despus de ejecutada la respectiva prestacin; salvo que, por razones de mercado, el pago del precio sea condicin para la realizacin del servicio. La Entidad deber pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista en la forma y oportunidad (pago nico o pagos parciales) establecida en las Bases o en el contrato, siempre que el contratista los solicite presentando la documentacin que justifique el pago y acredite la ejecucin de la prestacin de los servicios, conforme a la seccin especfica de las Bases. Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestacin de los servicios, deber hacerlo en un plazo que no exceder de los diez (10) das calendario de ser stos prestados, a fin que la Entidad cumpla con la obligacin de efectuar el pago dentro de los quince (15) das calendario siguientes, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato. En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizar de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio. En caso de retraso en el pago, el contratista tendr derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artculo 48 de la Ley, contado desde la oportunidad en que el pago debi efectuarse.

    3.9. DISPOSICIONES FINALES Todos los dems aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirn supletoriamente por la Ley y su Reglamento, as como por las disposiciones legales vigentes.

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    SECCIN ESPECFICA

    CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIN

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    CAPTULO I GENERALIDADES

    1.1. ENTIDAD CONVOCANTE

    Nombre : Municipalidad Distrital de Alto Biavo.

    RUC N : 20199960939.

    Domicilio legal : Jr. Jos Olaya S/N, distrito de Alto Biavo, provincia de Bellavista, departamento de San Martn Per.

    Telfono/Fax:

    :

    042-783203

    1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

    El presente proceso de seleccin tiene por objeto la seleccin de la consultora que se encargar de la elaboracin del Estudio de Pre inversin a Nivel de Perfil del Proyecto: MEJORAMIENTO DEL SERVICIO AGUA POTABLE E INSTALACIN DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO DE LAS LOCALIDADES DE PUERTO BERMUDES, RAMN CASTILLA, NUEVO TRUJILLO LOS ANGELES Y PUERTO FRANCO, DISTRITO DE ALTO BIAVO, PROVINCIA DE BELLAVISTA, DEPARTAMENTO DE SAN MARTN.

    1.3. VALOR REFERENCIAL5

    El valor referencial asciende a la suma de NOVENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE y 64/100 NUEVOS SOLES (S/. 98,999.64), incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total del servicio. El valor referencial ha sido calculado al mes de Abril del 2014.

    IMPORTANTE: De conformidad con el artculo 13 del Reglamento, cuando se trate de una contratacin por relacin de tems, tambin debern incluirse los valores referenciales en nmeros y letras de cada tem. Las propuestas econmicas que excedan el valor referencial o aquellas que fueren inferiores al noventa por ciento (90%) del mismo, sern devueltas por el Comit Especial tenindolas por no admitidas. Si durante la fase de actos preparatorios, las Entidades advierten que es posible la participacin de proveedores que gozan del beneficio de la exoneracin del IGV prevista en la Ley N 27037, Ley de Promocin de la Inversin en la Amazona, deber tomarse en cuenta la regulacin de la Cuarta Disposicin Complementaria Final del Reglamento. De conformidad con lo sealado en el numeral 2 de la citada Disposicin Complementaria Final, en las Bases del respectivo proceso de seleccin deber establecerse adems del valor referencial, los lmites de ste, con y sin IGV, tal como se indica a continuacin:

    5 El monto del valor referencial indicado en esta seccin de las Bases no debe diferir del monto del valor referencial

    consignado en la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradiccin entre estos montos, primar el monto del valor referencial indicado en las Bases aprobadas.

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    Valor Referencial (VR)

    Lmite Inferior Lmite Superior

    Con IGV Sin IGV Con IGV Sin IGV

    S/. 98,999.64 (NOVENTA Y OCHO MIL

    NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE y

    64/100 NUEVOS SOLES)

    No se ha establecido

    S/. 98,999.64 (NOVENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS

    NOVENTA Y NUEVE y 64/100

    NUEVOS SOLES)

    S/. 83,898.00 (OCHENTA Y

    TRES MIL OCHOCIENTOS

    NOVENTA Y OCHO y 00/100

    NUEVOS SOLES]

    1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIN

    El expediente de contratacin fue aprobado mediante Resolucin de Alcalda N 077- 2014-MDAB-A, de fecha 09 de Mayo del 2014.

    1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO Recursos Determinados

    1.6. SISTEMA DE CONTRATACIN

    El presente proceso se rige por el sistema de SUMA ALZADA, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratacin respectivo.

    1.7. REQUERIMIENTOS TCNICOS MNIMOS

    El servicio a contratar est definido en los Trminos de Referencia que forman parte de la presente Seccin en el Captulo III.

    1.8. PLAZO DE EJECUCIN DE LA CONSULTORA

    Los servicios materia de la presente convocatoria se prestarn en el plazo de NOVENTA (90) DAS CALENDARIO. Dicho plazo constituye un requerimiento tcnico mnimo que debe coincidir con lo establecido en el expediente de contratacin.

    1.9. COSTO DE REPRODUCCIN DE LAS BASES

    El costo de reproduccin de las bases es de Veinte y 00/100 Nuevos Soles (S/. 20.00)

    1.10. BASE LEGAL

    Ley N 29951, Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2014.

    Ley N 29952 Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Pblico del ao fiscal 2014.

    Decreto Legislativo N 1017 Aprueba la Ley de Contrataciones del Estado. en adelante ley

    Decreto Supremo N 184-2008-EF que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del estado, en adelante el Reglamento.

    Decreto Supremo N 021-2009-EF, Modificacin del Reglamento de la Ley de Contrataciones del estado.

    Ley N 29873 que Modifica la Ley de Contrataciones del estado.

    Decreto Supremo N 138-2012-EF que modifica el Reglamento de la Ley de Contrataciones del estado.

    Directivas de OSCE

    Cdigo Civil.

    Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N 184- 2008-EF, y sus modificatorias.

    Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

    Ley N 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Informacin Pblica.

    Ley N 28015, Ley de Formalizacin y Promocin de la Pequea y Microempresa.

    Ley N 27143, Ley de Promocin Temporal del Desarrollo Productivo Nacional.

    Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y conexas, de ser el caso.

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    CAPTULO II DEL PROCESO DE SELECCIN

    2.1. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIN

    Etapa Fecha, hora y lugar

    Convocatoria : 13/05/2014

    Registro de participantes : Del: 14/05/2014 Al: 21/05/2014

    Formulacin de Consultas y Observaciones a las Bases

    : Del: 14/05/2014 Al: 16/05/2014

    Absolucin de Consultas y Observaciones a las Bases

    : 19/05/2014

    Integracin de las Bases : 20/05/2014

    Presentacin de Propuestas : 27/05/2014 - De 08:00 a 16.00 horas

    En acto privado : En la sede de la Municipalidad Distrital de Alto Biavo

    Calificacin y Evaluacin de Propuestas

    : 27/05/2014

    Otorgamiento de la Buena Pro : 27/05/2014

    A TRAVES DE SEACE

    2.2. REGISTRO DE PARTICIPANTES

    El registro de los participantes es gratuito y se realizar en la Oficina de Abastecimiento de la Municipalidad Distrital del Alto Biavo, sito en Jr. Jos Olaya S/N, en las fechas sealadas en el cronograma, en el horario de 08:00 a 16:00 horas. En el momento del registro, se emitir la constancia o cargo correspondiente en el que se indicar: nmero y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que efecto el registro, as como el da y hora de dicha recepcin. IMPORTANTE: Los participantes registrados tienen el derecho de solicitar un ejemplar de las Bases, para cuyo efecto deben cancelar el costo de reproduccin de las mismas.

    2.3. FORMULACIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES Las consultas y observaciones se presentarn por escrito, debidamente fundamentadas, ante la ventanilla de Mesa de Partes de la Entidad, sito en Jr. Jos Olaya S/N, distrito de Alto Biavo, San Martn Per, en las fechas sealadas en el cronograma, en el horario de 08:00 horas a 16:00 horas, debiendo estar dirigidos al Presidente del Comit Especial de la ADJUDICACIN DIRECTA SELECTIVA N 003-2014-CEP/MDAB.

    2.4. PRESENTACIN DE PROPUESTAS

    Los participantes presentarn sus propuestas en sobre cerrado, en la direccin, en el da y horario sealados en las Bases, bajo responsabilidad del Comit Especial, conforme a lo indicado en la seccin general de las presentes Bases. Las propuestas se presentarn en dos sobres cerrados y estarn dirigidas al Comit Especial de la ADJUDICACIN DIRECTA SELECTIVA N 003-2014-CEP/MDAB, conforme al siguiente detalle:

    SOBRE N 1: Propuesta Tcnica. El sobre ser rotulado:

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    SOBRE N 2: Propuesta Econmica. El sobre ser rotulado:

    2.1. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS

    2.5. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS 2.5.1. SOBRE N 1 - PROPUESTA TCNICA

    Se presentar en un original y una copia. El sobre N 1 contendr, adems de un ndice de documentos, la siguiente documentacin: Documentacin de presentacin obligatoria:

    a) Declaracin jurada de datos del postor. Cuando se trate de consorcio, esta declaracin jurada ser presentada por

    cada uno de los consorciados. (Anexo N 1). b) Declaracin jurada de cumplimiento de los Requerimientos Tcnicos Mnimos

    contenidos en el Captulo III de la presente seccin (Anexo N 2). c) Declaracin jurada simple de acuerdo al artculo 42 del Reglamento (Anexo N

    3). En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaracin

    jurada, salvo que sea presentada por el representante legal comn del consorcio.

    d) Promesa de consorcio, de ser el caso, en la que se consigne los integrantes, el

    representante comn, el domicilio comn y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio as como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo N 4)

    Seores

    MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ALTO BIAVO Jr. Jos Olaya S/N Cuzco Frente A La Plaza De Armas Att.: Comit Especial Permanente

    ADJUDICACIN DE DIRECTA SELECTIVA N [ .]

    Denominacin de la convocatoria: [ .]

    SOBRE N 1: PROPUESTA TCNICA [NOMBRE / RAZN SOCIAL DEL POSTOR]

    Seores

    MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ALTO BIAVO Jr. Jos Olaya S/N Cuzco Frente A La Plaza De Armas Att.: Comit Especial Permanente

    ADJUDICACIN DE DIRECTA SELECTIVA N [ .]

    Denominacin de la convocatoria: [ .]

    SOBRE N 2: PROPUESTA ECONOMICA [NOMBRE / RAZN SOCIAL DEL POSTOR]

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    La promesa formal de consorcio deber ser suscrita por cada uno de sus integrantes. Se presume que el representante comn del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representacin del mismo en todos los actos referidos al proceso de seleccin, suscripcin y ejecucin del contrato, con amplias y suficientes facultades.

    e) Declaracin Jurada de Infraestructura y Equipamiento Mnimo, de acuerdo a lo establecido en los Trminos de Referencia - Anexo N 05.

    f) Declaracin Jurada de Plazo de prestacin del servicio (Anexo N 06).

    IMPORTANTE: La omisin de alguno de los documentos enunciados acarrear la no admisin, sin perjuicio de lo sealado en el artculo 68 del Reglamento.

    Documentacin de presentacin facultativa: a) Certificado de inscripcin o reinscripcin en el Registro de la Micro y Pequea

    Empresa REMYPE, de ser el caso6.

    b) En el caso de microempresas y pequeas empresas integradas por personas

    con discapacidad o en el caso de consorcios conformados en su totalidad por stas, deber presentarse una constancia o certificado con el cual acredite su inscripcin en el Registro de Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad

    7

    c) Factor Experiencia del Postor: Copia simple de contratos u rdenes de servicio,

    y su respectiva conformidad por la prestacin efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelacin se acredite documental y fehacientemente. Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio, deber presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben presentar el Anexo N 6 y 7, referido a la Experiencia del Postor.

    d) Copias simples de contratos de trabajo, constancias o certificados para acreditar experiencia del personal propuesto (Factor C).

    IMPORTANTE: En el caso de la ejecucin de servicios que se presten fuera de las provincias de Lima y Callao podr presentarse una solicitud de bonificacin por servicios ejecutados en la provincia o provincias colindantes, segn Anexo N 10. Los postores que soliciten el beneficio de la exoneracin del IGV previsto en la Ley N 27037, Ley de Promocin de la Inversin en la Amazona, deben presentar la declaracin jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicacin de la exoneracin del IGV (Anexo N 9). En el caso de consorcios, todos los integrantes que figuran en la promesa formal de consorcio deben reunir las condiciones exigidas para acceder al beneficio de la exoneracin del IGV, debiendo presentar de manera independiente la declaracin jurada antes sealada. IMPORTANTE:

    6 Dicho documento se tendr en consideracin en caso de empate, conforme a lo previsto en el artculo 73 del Reglamento.

    7 Dicho documento se tendr en consideracin en caso de empate, conforme a lo previsto en el artculo 73 del Reglamento.

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    En caso exista contradiccin entre la informacin presentada en la propuesta tcnica, la propuesta ser descalificada.

    2.5.2. SOBRE N 2 - PROPUESTA ECONMICA

    8

    El Sobre N 2 deber contener la siguiente informacin obligatoria:

    Oferta econmica en letras y nmeros, el cual deber incluir todos los impuestos, tributos, gastos generales, utilidad, seguros, transporte, inspecciones, pruebas, o cualquier otro concepto, el que no podr tener borradura alguna, enmendadura o correccin, caso contrario se considerar como no presentada. (Anexos N 18 y N 19). El monto total de la propuesta econmica y los subtotales que lo componen debern ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrn ser expresados con ms de dos decimales. El monto total de la Propuesta ser en NUEVOS SOLES.

    IMPORTANTE:

    La admisin de la propuesta econmica que presenten los postores depender de si aquella se encuentra dentro los mrgenes establecidos en el artculo 33 de la Ley y el artculo 39 de su Reglamento. La propuesta econmica de los postores que presenten la Declaracin jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicacin de la exoneracin del IGV (Anexo N 09), debe encontrase dentro de los lmites del valor referencial sin IGV.

    En caso la informacin contenida en la propuesta econmica difiera de la informacin contenida en la propuesta tcnica, la propuesta econmica ser descalificada.

    2.6. DETERMINACIN DEL PUNTAJE TOTAL

    Una vez evaluadas las propuestas tcnica y econmica se proceder a determinar el puntaje total de las mismas. El puntaje total de las propuestas ser el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente frmula:

    PTPi = c1 PTi + c2 PEi Donde: PTPi = Puntaje total del postor i PTi = Puntaje por evaluacin tcnica del postor i PEi = Puntaje por evaluacin econmica del postor i Se aplicarn las siguientes ponderaciones:

    c1 = Coeficiente de ponderacin para la evaluacin tcnica = 0.80. c2 = Coeficiente de ponderacin para la evaluacin econmica = 0.20.

    IMPORTANTE:

    En el caso de contratacin de servicios ser prestados fuera de las provincias de Lima y Callao, a solicitud del postor, se asignar una bonificacin equivalente al diez por ciento (10%) sobre la sumatoria de las propuestas tcnica y econmica de los postores con domicilio en la provincia donde se prestar el servicio objeto del

    8 De acuerdo con el artculo 63 del Reglamento la propuesta econmica solo se presentar en original.

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    proceso de seleccin o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o regin. El domicilio ser el consignado en la constancia de inscripcin ante el RNP

    9.

    2.7. REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO

    El postor ganador de la Buena Pro deber presentar los siguientes documentos para suscribir el contrato: a) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. b) Carta fianza como garanta por el monto diferencial de la propuesta, de ser el caso. c) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. d) Cdigo de cuenta interbancario (CCI). e) Traduccin oficial efectuada por traductor pblico juramentado de todos los

    documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompaados de traduccin certificada, de ser el caso.

    f) Domicilio para efectos de la notificacin durante la ejecucin del contrato.

    IMPORTANTE:

    En caso de que el postor ganador de la Buena Pro sea un consorcio y la Entidad opte por solicitar como garanta para la suscripcin del contrato carta fianza o pliza de caucin, conforme a lo indicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en los Oficios N 5196-2011-SBS y N 15072-2012-SBS, a fin de que no existan problemas en la ejecucin de las mencionadas garantas, resulta necesario que stas consignen en su texto, el nombre, denominacin o razn social de todas y cada una de las personas naturales y/o jurdicas que integran el consorcio .

    Adicionalmente, puede considerarse otro tipo de documentacin a ser presentada, tales como: a) Copia de DNI del Representante Legal. b) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa. c) Copia de la constitucin de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado. d) Copia del RUC de la empresa. e) Certificado de habilidad de los profesionales propuestos. f) Asimismo, el postor ganador de la buena pro deber presentar una DECLARACIN

    JURADA de Fiel Cumplimiento del Contrato10

    IMPORTANTE:

    La Entidad no podr exigir documentacin o informacin adicional a la consignada en el presente numeral para la suscripcin del contrato.

    2.8. PLAZO PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO El postor ganador de la Buena Pro, sin mediar citacin alguna por parte de la Entidad, deber presentar toda la documentacin prevista para la suscripcin del contrato dentro del plazo de siete (7) das hbiles, contados a partir del da siguiente de consentida la Buena Pro. Asimismo, dentro de los tres (3) das hbiles siguientes a la presentacin de dicha documentacin, deber concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato.

    9 La constancia de inscripcin electrnica se visualizar en el portal web del Registro Nacional de Proveedores:

    www.rnp.gob.pe

    10 De acuerdo a lo dispuesto en el numeral 2 del artculo 161 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado,

    aprobada por Decreto Supremo N 184-2008-EF.

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    La citada documentacin deber ser presentada en la sede de la Municipalidad Distrital de Alto Biavo, sito en en Jr. Jos Olaya S/N, en el horario de 08:00 horas hasta las 16:00 horas.

    2.9. FORMA DE PAGO

    La Entidad deber realizar el pago de la contraprestacin pactada a favor del contratista en pagos mensuales al siguiente detalle: De acuerdo con el artculo 176 del Reglamento, para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad deber contar con la siguiente documentacin:

    Recepcin y conformidad de la Administracin del Contrato, la misma que ha sido designada en el Contrato suscrito con el Contratista.

    Informe del funcionario responsable del rea emitiendo su conformidad del servicio prestado.

    Factura. El pago por el servicio de la consultora se realizar en armadas, en el siguiente detalle: 1ra Armada: 30% del monto total contratado, a la firma del contrato, con la presentacin respectiva del Plan de Trabajo de la consultora. 2da Armada: 20% del monto total contratado, a la presentacin y aprobacin del informe N 01. 3ra Armada: 15% del monto total contratado, a la presentacin y aprobacin del informe N 02. 4ta Armada: 35% del monto total contratado, a la presentacin del informe N 03 y 04, con un informe de conformidad de la UF y OPI.

    2.10. PLAZO PARA EL PAGO

    La Entidad debe efectuar el pago dentro de los quince (15) das calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las dems condiciones establecidas en el contrato.

    2.11. REAJUSTE DEL PAGO

    En este proceso no se considerar reajuste de pago alguno.

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    CAPTULO III TRMINOS DE REFERENCIA Y REQUERIMIENTOS TCNICOS MNIMOS

    ESTUDIO:

    MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE E INSTALACION DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO DE LAS LOCALIDADES DE PUERTO BERMUDES, ROMON CASTILLA,

    NUEVO TRUJILLO LOS ANGELES Y PUERTO FRANCO, ALTO BIAVO - BELLAVISTA - SAN MARTIN

    I. HIPTESIS La hiptesis del problema que se plantea es Alta incidencia de enfermedades diarreicas, parasitosis y drmicas en las Localidades de Puerto Bermdez, Ramn Castilla, Nuevo Trujillo, Los ngeles Y Puerto Franco, Las enfermedades ms frecuentes en la poblacin del rea de estudio y que tenga que ver con el consumo de agua son las enfermedades diarreicas gastroenterocolitis, as como las infecciones de la piel y del tejido subcutneo. El sector salud a fin de mitigar en parte el consumo de agua en forma directa realiza campaas de sensibilizacin dentro de la comunidad con charlas y en forma Radial. El nombre de la Propuesta del estudio es Mejoramiento Del Servicio De Agua Potable E Instalacin Del Servicio De Alcantarillado De Las Localidades De Puerto Bermdez, Ramn Castilla, Nuevo Trujillo Los ngeles Y Puerto Franco, Alto Biavo - Bellavista - San Martin

    II. ANTECEDENTES.

    Las localidades De Puerto Bermdez, Ramn Castilla, Nuevo Trujillo Los ngeles Y Puerto Franco, cuenta actualmente con el servicio de agua entubada por gravedad , el cual fue construido por los mimos pobladores el ao 2006, cuya fuente de captacin proviene del afloramiento de una quebrada en la parte alta de la localidad de Puerto Franco y que abastece las mencionadas localidades, Cabe mencionar que el sistema de agua entubada cuenta con 01 captacin Directa de una quebrada, lnea de conduccin, aduccin, redes de distribucin y conexiones domiciliarias.

    La administracin del servicio de agua entubada actualmente est a cargo de la de los pobladores y sus funciones estn distribuidas en las diversas unidades de su organizacin.

    La instalacin del sistema de agua entubada tiene una antigedad de 09 aos, lo cual requieren de ser mejorados y/o renovados por haber superado su tiempo de vida til lo cual fue realizada sin direccin tcnica profesional generando prdidas de agua, de igual forma no se cuenta con las vlvulas, los grifos y purgas lo cual dificultando las purga de agua en las redes de distribucin, no se cuenta con sistema de macro y micro medicin , la misma que genera una fuga de agua, la que conlleva a la falta de control de parte de la junta administrativa para con los usuarios.

    Las Localidades de Puerto Bermdez, Ramn Castilla, Nuevo Trujillo, Los ngeles Y Puerto Franco, no cuentan con el sistema de alcantarillado sanitario, generando haci que la poblacin haga su disposicin de excretas al campo libre ( montes, ros, etc.), algunas veces el uso de sus letrinas o pozos ciego construidas de manera artesanal sin ningn criterio tcnico.

    Asimismo las aguas que se utilizan para el consumo humano es vertida por los huertos y discurren hacia las calles. Generando una contaminacin por un lado de los recursos hdricos y de la poblacin que hace uso de estas aguas para sus diferentes actividades.

    Por tal motivo tambin se estn realizando campaas permanentemente en la desinfeccin de pozo ciegos, pero no es suficiente el control y por ello la presencia de estas enfermedades hace que, la vida promedia de este sector sea baja, las condiciones fsicas estn por debajo de los estndares, repercutiendo en el sistema de aprendizaje en la educacin, innovacin de ideas aparato productivo y el nivel cultural de los habitantes.

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    La presencia de las aguas servidas en las localidades est generando focos infecciosos, las cuales originan diversas enfermedades en la poblacin, contando con una poblacin que presentan cuadros de desnutricin en la niez, enfermedades diarreicas, presencia de parsitos y diferentes enfermedades a la piel por la presencia de aguas servidas en el medio.

    Lineamientos de Poltica Sectorial La poltica sectorial en el rea de saneamiento se orienta a la ampliacin de la cobertura y mejoramiento de la calidad de los servicios de saneamiento, su sostenibilidad y la reduccin de la contaminacin ambiental, en consecuencia, este proyecto al incrementar la cobertura generando acciones que fortalezcan la sociedad civil, transfiriendo conocimientos y capacidades a los usuarios, se circunscribe en las prioridades del sector. La estrategia sectorial en el mbito rural se basa en establecer condiciones mnimas que deben reunir las comunidades, en forma previa a la ejecucin de las obras. Entre estas condiciones se considera que: Las Comunidades deben estar organizadas formalmente para recibir apoyo financiero y

    para la administracin, operacin y mantenimiento de los servicios de agua potable;

    La Comunidad debe demostrar capacidad para cubrir los costos de operacin y mantenimiento del tipo de sistema a instalarse;

    La comunidad y los municipios deben contribuir, como mnimo, con un 20% de las Inversiones, sea en dinero, mano de obra o materiales;

    Se priorizar principalmente el mejoramiento de la calidad del agua y la disposicin sanitaria de excretas y aguas grises.

    Participacin de los municipios apoyando y supervisando las funciones que actualmente son de competencia exclusiva de las comunidades.

    El objetivo del Sector Vivienda en lo referente a saneamiento, es contribuir a disminuir la incidencia de enfermedades parasitarias, diarreicas agudas, gastrointestinales, entre otros causados por el consumo de agua no tratada de la poblacin rural, a travs de la implementacin y el mejoramiento de la calidad de los servicios de agua y saneamiento, la adopcin de mejores prcticas de higiene por parte de la poblacin, el fortalecimiento de las capacidades de la Municipalidades y otras organizaciones responsables de la administracin, operacin y mantenimiento de los servicios, para asegurar de esta manera su sostenibilidad. Las estrategias para el logro de estos objetivos son: Generar en las comunidades atendidas, la capacidad de gestin a travs de efectivos

    procesos de participacin en el ciclo del proyecto que les permita valorar el agua y los servicios sanitarios.

    Construir, mejorar y/o rehabilitar servicios de agua y saneamiento en el mbito rural, a travs de nuevos mecanismos de intervencin propuestos por el proyecto.

    Fortalecer la capacidad tcnica de los gobiernos locales para supervisar, fiscalizar y controlar los servicios de agua y saneamiento en su jurisdiccin, y dar asistencia tcnica y apoyo a las organizaciones comunales (JASS) cuando sea necesario.

    Mejorar los hbitos de aseo e higiene de la poblacin, mediante una intensiva educacin sanitaria.

    El presente proyecto est enmarcado dentro de los dispositivos y normas del Sistema Nacional de Inversin Pblica SNIP: Ley N 27293 del 28 de Julio del 2000 y sus modificatorias, as como los siguientes dispositivos vigentes. Decreto Supremo N 102-2007-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley del SNIP en

    vigencia desde el 02 agosto de 2007 y modificado por el Decreto Supremo N 038-2009-EF, del 15 de febrero de 2009.

    Resolucin Directoral N 002-2009-EF/68.01 que aprueba la Directiva N 001-2009-EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversin Pblica.

    Resolucin Directoral N 003-2011-EF/68.01 que aprueba la Directiva General del SNIP Directiva N 001-2011-EF/68.01, del 09 de abril 2011

    Resolucin Directoral N 001-2011-EF/68.01 que modifica el Anexo SNIP 10 Parmetros de Evaluacin de la Directiva N 001-2011-EF/68.01

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    Resolucin Directoral N 002-2011-EF/68.01 aprueban Guas Metodolgicas para Proyectos de Inversin Pblica y el Anexo SNIP 25 de la Directiva General del SNIP aprobada por Resolucin Directoral N 003-2011-EF/68.01

    Lineamientos de Poltica Municipal. De acuerdo a la Ley 27972 Ley Orgnica de Municipalidades, Art 87 las municipalidades provinciales para cumplir su fin de atender las necesidades de los vecinos, podrn ejercer otras funciones y competencias no establecidas especficamente en la presente ley o en leyes especiales, de acuerdo a sus posibilidades y en tanto dichas funciones y competencias no estn reservadas expresamente a otros organismos pblicos de nivel regional o nacional. Considerando lo anteriormente descrito podemos decir que el proyecto se encuentra enmarcado dentro del contexto local como priorizado e incluido en su Presupuesto participativo del ao 2012, el cual est orientado a mejorar las condiciones de vida de las Localidades de Puerto Bermdez, Ramn Castilla, Nuevo Trujillo, Los ngeles Y Puerto Franco, de tal manera de satisfacer una de las necesidades como es contar con adecuados servicios de agua potable y alcantarillado y/o letrinas. Lineamientos de Poltica Regional Con respecto a las polticas regionales, podemos decir que, el proyecto se encuentra enmarcado en los lineamientos y prioridades de desarrollo del Gobierno Regional: Formular un Plan Concertado de Promocin y Accin Social orientado a mejorar los

    servicios bsicos de la poblacin menos favorecida. Asimismo crear las bases para el establecimiento de adecuados mecanismos de proteccin del medio ambiente.

    Fortalecimiento de la infraestructura de la JAAS, para demostrar que es posible para el pas lograr la prestacin de servicios de saneamiento de buena calidad de manera sostenible y sustentable, mediante la adopcin de un modelo en el cual concurran los esfuerzos del Estado para equilibrar las economas de escala que se producen en pequeas localidades con los ingresos, las posibilidades de pago de la poblacin y su derecho a disponer de servicios de saneamiento que les brinden seguridad para su vida y salud, adems de contribuir a la creacin de condiciones propicias para el desarrollo social y econmico de la poblacin.

    III. REA DE INFLUENCIA DEL PROYECTO

    El Estudio se desarrollara en cada localidad mencionada en el presente estudio de Preinversin, los mismos que se encuentran dentro de las jurisdicciones de Localidades de Puerto Bermdez, Ramn Castilla, Nuevo Trujillo, Los ngeles Y Puerto Franco en el distrito de Alto Biavo en la Provincia de Bellavista, Departamento de San Martn; siendo su actividad econmica Principal, la Agricultura y la ganadera.

    IV. OBJETIVOS DE LA ELABORACIN DEL ESTUDIO DE PREINVERSIN

    El objetivo principal es que el Consultor o Consultora designada a la Elaboracin del presente Estudio de Pre Inversin cumpla de manera responsable y profesional con la formulacin del Plan en inters, de acuerdo a las normas establecidas en el SNIP (Anexo 5A). En donde cuya premisa sea Mejoramiento Del Servicio De Agua Potable E Instalacin Del Servicio De Alcantarillado De Las Localidades De Puerto Bermdez, Ramn Castilla, Nuevo Trujillo Los ngeles Y Puerto Franco, Alto Biavo - Bellavista - San Martin Debe incluir: identificacin clara y concreta del problema y las causas que lo originan; los objetivos del Proyecto; las alternativas para la solucin del problema; la evaluacin de dichas alternativas y la seleccin de la mejor alternativa Integral, conforme la normativa del Sistema Nacional de Inversin Pblica SNIP, y su Gua Simplificada para Identificacin, Formulacin y Evaluacin Social de Proyectos de Saneamiento Bsico a Nivel de Perfil aprobado por R.D. N 002-2011-EF/63.01. Este estudio debe evaluar de manera exhaustiva las alternativas y metas fsicas a identificar, sobre la base de informacin principalmente secundaria (aunque podr ser requerida alguna informacin primaria especfica) y de esta manera establecer la intervencin integral que sea econmica, financiera y socialmente aceptable para el desarrollo de los servicios de saneamiento de calidad disminuyendo los casos de enfermedades diarreicas agudas (EDAs) en la zona, as como disminuir la contaminacin ambiental provocadas por la exposicin de

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    excretas, logrando de esta manera mejorar el nivel de vida de la poblacin beneficiaria contribuyendo con el desarrollo de las Localidades de Puerto Bermdez, Ramn Castilla, Nuevo Trujillo, Los ngeles Y Puerto Franco.

    Objetivos Especficos:

    Contar con redes y conexiones domiciliarias de agua potable.

    Contar con redes y conexiones domiciliarias de alcantarillado.

    Elevar la calidad de vida de la poblacin beneficiaria.

    Reducir considerablemente el ndice de enfermedades infecciosas y parasitarias.

    Reducir el gasto econmico en salud.

    Capacitacin a la poblacin con talleres de Educacin sanitaria, el uso eficiente del agua, etc.

    V. INFORMACIN DISPONIBLE.

    El Consultor o la Consultora designada a elaborar el presente Proyecto, deber basarse obligatoriamente en la siguiente normativa:

    Plano planmetro de la zona debidamente geo referenciado con coordenadas UTM para mejor ubicacin.

    Relacin de beneficiarios debidamente identificados y con el nmero de integrantes por familia.

    Disponibilidad de los terrenos donde se construirn las infraestructuras de captacin del agua subterrnea y de la disposicin de aguas servidas, es decir del terreno para la o las lagunas de oxidacin, as como de la lnea de conduccin hacia la laguna.

    Anlisis Bacteriolgico del agua de consumo actual realizado por la Direccin Regional de Salud donde se indican que actualmente no es apta para el consumo humano.

    Documento de la Posta Mdica de las localidades beneficiarias donde se indican la cantidad de EDAs (enfermedades diarreicas agudas) presentadas durante el ao 2013.

    Datos estadsticos proporcionados por el INEI respecto a la demografa y poblacin del Distrito de San pablo.

    Constitucin Poltica del Per. Ley N 27779: Ley Orgnica que modifica la Organizacin y funciones de los

    ministerios. Crea el ministerio de Vivienda, Construccin y Saneamiento. Ley N 27792: Ley de Organizacin y Funciones del Ministerio de Vivienda,

    Construccin y Saneamiento. Decreto Supremo N 002-2002- VIVIENDA: Reglamento de la Ley de Organizacin y

    funciones del Ministerio de Vivienda, Construccin y Saneamiento. Ley N 26338 Ley General de Saneamiento. Decreto Supremo N 023-2005- Vivienda: Texto nico de Ordenado del reglamento

    de la Ley General de servicios de Saneamiento. Decreto Supremo N 007-2006- VIVIENDA: Aprueba el Plan Nacional de

    Saneamiento 2006-2015. Ley N 27293: Ley del Sistema nacional de Inversin Pblica. Decreto Supremo N 157-2002-EF: Reglamente de Ley del Sistema Nacional de

    Inversin Pblica. Ley N 27783: Ley de Bases de la Descentralizacin Ley N 27867: Ley Orgnica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias. Ley N 27972: Ley Orgnica de Municipalidades. Decreto Ley 25965: Ley de Creacin de la Superintendencia Nacional de Servicios de

    Saneamiento. Ley N 28870: Ley para Optimizar la gestin de las Entidades prestadoras de

    Servicios de Saneamiento- EPS. Ley N 29061: Ley que crea el Fondo de Inversin Social en Saneamiento

    INVERSAN.

    VI. ALCANCES Y CONTENIDO DEL ESTUDIO DE PREINVERSIN (DE ACUERDO AL SNIP)

    El perfil debe ser formulado bajo el contenidos mnimos exigidos por el Sistema Nacional de Inversin Pblica (Anexo SNIP 05 A), y la Gua Simplificada para la Identificacin, Formulacin y Evaluacin Social de Proyectos de Saneamiento Bsico a Nivel de Perfil.

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    Los contenidos mnimos perfil para declarar la viabilidad del PIP; ANEXO SNIP 05 A, se desarrollara de acuerdo al siguiente esquema:

    1. RESUMEN EJECUTIVO: En este resumen, se deber presentar una sntesis del estudio de perfil que contemple los siguientes temas:

    A. Nombre del Proyecto de Inversin Pblica B. Objetivo del proyecto C. Balance oferta y demanda de los bienes o servicios del PIP D. Anlisis tcnico del PIP E. Costos del PIP F. Beneficios del PIP G. Resultados de la evaluacin social H. Sostenibilidad del PIP I. Impacto ambiental J. Organizacin y Gestin K. Plan de Implementacin L. Marco Lgico

    2. ASPECTOS GENERALES. Se caracterizar brevemente el PIP, sobre la base de la informacin del estudio. 2.1. Nombre del Proyecto. Definir la denominacin del proyecto, la cual debe permitir identificar el tipo de

    intervencin, el bien o servicio sobre el que se intervendr y la ubicacin, debindose mantener durante el ciclo del proyecto.

    2.2. Localizacin Presentar mapas, croquis de la localizacin del PIP

    2.3. Unidad Formuladora y la Unidad Ejecutora. Colocar el nombre de la Unidad Formuladora y el nombre del funcionario

    responsable de la formulacin. Proponer la Unidad Ejecutora del proyecto, sustentando la competencia funcional y las capacidades operativas. De ser el caso, especificar el rgano Tcnico de la Entidad que se encargar de coordinar o ejecutar los aspectos tcnicos en la fase de ejecucin. Sustentar la designacin.

    2.4. Participacin de los involucrados. Se deber describir los intereses y la de involucrados, las opiniones de los grupos sociales (beneficiados, perjudicados, etc.) y entidades involucradas con el proyecto, tanto en su ejecucin como con su operacin y mantenimiento, respecto a su percepcin del problema, intereses y compromisos de participacin en el ciclo del PIP. La fuente de informacin es el diagnstico de involucrados. As mismo, sealar la estrategia del PIP para resolver los problemas identificados de acuerdo a los intereses y expectativas de los involucrados, en especial del grupo afectado por el problema y del o los grupos que puedan ser afectados por el PIP.

    2.5. Marco de referencia En este punto se deber especificar los siguientes aspectos:

    Un resumen de los principales antecedentes del proyecto. La pertinencia del proyecto, a partir del anlisis de la manera en que se enmarca

    en los Lineamientos de Poltica Sectorial-funcional, los Planes de Desarrollo Concertados y el Programa Multianual de Inversin Pblica, en el contexto nacional, regional y local.

    3. IDENTIFICACION 3.1 Diagnstico de la situacin actual.

    El diagnstico debe cumplir dos condiciones: ser descriptivo, es decir, mostrar todos los elementos reales o visibles que demuestran la existencia de un problema Qu sucede?, y por otra, ser explicativo, es decir, debe efectuarse un anlisis de la situacin, de forma

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    que se comprenda las causas que lo originan y los efectos que producira si no se supera tal situacin, as como las interrelaciones existentes con otras reas o sectores por qu sucede?

    Levantamiento de datos e informaciones disponibles, se deber identificar y realizar un diagnstico con una descripcin detallada de la zona donde se ejecutar el Proyecto, puntualizando el terreno en donde se construir la obra, precisando el estado actual, en base a ello propondr el diseo y soluciones tcnicas

    Los antecedentes mnimos que deben registrarse son el nombre y ubicacin de la localidad, caractersticas geogrficas e hidrolgicas de la regin, vas de comunicacin, caractersticas climticas, actividades laborales predominantes, niveles de ingresos, organizaciones comunitarias existentes, servicios pblicos y equipamiento de la localidad, urbanizacin y condiciones sanitarias existentes.

    El diagnstico debe centrar su anlisis en la zona de intervencin del proyecto y debe contemplar los siguientes aspectos:

    reas de expansin futura.

    Infraestructura existente de agua y Servicio de alcantarillado sanitario. La verificacin de su estado y operatividad es importante porque permite precisar los alcances del proyecto.

    Medios de abastecimiento de la poblacin no conectada (costo y consumo diario, tiempo empleado en el abastecimiento, etc.)

    Coordinar con las autoridades y entidades correspondientes (reas de salud, municipios, Junta de Agua Potable y Saneamiento JASS, junta de regantes, comits de gestin, EPS, Gobierno locales, etc.) para recabar informacin respecto a la situacin actual.

    Verificar la disponibilidad del terreno para la ubicacin de las obras generales (platas de tratamiento) y el paso de tuberas.

    Identificar los peligros y las condiciones de vulnerabilidad (Anlisis de Riesgo = AdR) que le expone a una serie de peligros: sismos, inundaciones, lluvias intensas, deslizamientos, sequas, entre otros, es decir, fenmenos naturales que pueden constituirse en un peligro, si es que no se disean mecanismos para reducir los riesgos.

    En el caso de una conexin a un servicio existente, verificar presin y caudal en el punto de empalme.

    En el caso de tener como fuente pozos, verificar la existencia de pozos aledaos, su rendimiento, altura esttica y dinmica, etc.

    Verificar el caudal en poca de estiaje y la calidad del agua de las posibles fuentes de abastecimiento.

    Precisar la fuente de la informacin en todos los casos.

    a) El rea de influencia y rea de estudio: Se debe definir el rea de influencia del estudio, el que debe estar enmarcado dentro del mbito geogrfico de la localidad donde se focaliza el problema. As mismo se debe hacer una breve descripcin del clima y condiciones geogrficas, a fin de especificar las principales caractersticas del rea de influencia del estudio. Teniendo una descripcin ms detallada en lo que corresponde a:

    Topografa (plana, pendiente o irregular). Para lo cual se ha de realizar un levantamiento topogrfico, presentando la planta y niveles del rea de influencia, identificando sectores crticos. Esta informacin se obtiene del estudio topogrfico realizado para la ingeniera bsica del proyecto.

    Tipo de suelo (Rocoso, semi rocoso, arenoso, arcilloso, etc.). Para lo cual se ha de contar con informacin primaria acerca de la geologa y geografa de la zona, lo mismo que realizar un estudio de mecnica de suelos, en los puntos

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    que se estimen convenientes para su anlisis, y posterior diseo de las estructuras.

    Profundidad del nivel fretico.

    La informacin obtenida y descrita, debe de acompaarse mediante ilustraciones, mapas cartogrficos, planos o croquis a una escala conveniente, donde se pueda visualizar la situacin del rea de influencia en estudio.

    b) Los bienes o servicios en los que intervendr el PIP: Se identificar la poblacin directamente beneficiada con la construccin de la obra, as como las de su radio de influencia, indicando sus distanciamientos, niveles de aceptacin y participacin de la poblacin para la ejecucin del proyecto y durante la fase de operacin y mantenimiento del mismo, as como la disponibilidad de mano de obra.

    Se desarrollar el diagnstico de la situacin socio-econmica de la poblacin, para determinar las posibilidades de crecimiento y desarrollo econmico del rea de influencia del estudio.

    Con la finalidad de obtener la informacin primaria necesaria para describir la situacin exacta del rea de influencia, se han de realizar encuestas socio econmicas para tomar los datos necesarios entre la poblacin. Se debe considerar la informacin estadstica a nivel general, local y sectorial, y la literatura especializada existente sobre el tema. Comprende la descripcin y el anlisis de los siguientes puntos:

    Poblacin total y afectada (tasa de crecimiento poblacional, proyeccin poblacin futura).

    Salud (Anlisis de estadsticas de morbilidad).

    Costumbres, hbitos de higiene y saneamiento.

    Vivienda (Nmero de viviendas, material de construccin, densidad de habitantes por vivienda).

    Educacin (Niveles de educacin, alfabetismo, centros de educacin, otros).

    Transporte (Vas de acceso a la localidad, medios de transporte).

    Actividades econmicas.

    Nivel de ingresos.

    Predisposicin al pago de los servicios.

    Otros servicios. Descripcin Socio-Econmico: Se identificar la poblacin directamente beneficiada con la construccin de la obra, as como las de su radio de influencia, indicando sus distanciamientos, niveles de aceptacin y participacin de la poblacin para la ejecucin del proyecto y durante la fase de operacin y mantenimiento del mismo, as como la disponibilidad de mano de obra. Se desarrollar el diagnstico de la situacin socio-econmica de la poblacin, para determinar las posibilidades de crecimiento y desarrollo econmico del rea de influencia del estudio. Con la finalidad de obtener la informacin primaria necesaria para describir la situacin exacta del rea de influencia, se han de realizar encuestas socio econmicas para tomar los datos necesarios entre la poblacin. Se debe considerar la informacin estadstica a nivel general, local y sectorial, y la literatura especializada existente sobre el tema. Comprende la descripcin y el anlisis de los siguientes puntos:

    Poblacin total y afectada (tasa de crecimiento poblacional, proyeccin poblacin futura).

    Salud (Anlisis de estadsticas de morbilidad).

    Costumbres, hbitos de higiene y saneamiento.

    Vivienda (Nmero de viviendas, material de construccin, densidad de habitantes por vivienda).

    Educacin (Niveles de educacin, alfabetismo, centros de educacin, otros).

    Transporte (Vas de acceso a la localidad, medios de transporte).

    Actividades econmicas.

    Nivel de ingresos.

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    Predisposicin al pago de los servicios.

    Otros servicios.

    Situacin del Servicio: Con la informacin que pueda brindar la Municipalidad Provincial de Bellavista, se han de realizar ensayos de laboratorio, y se ha de confeccionar una ficha, en la cual se pueda recoger los datos necesarios para plantear el diagnstico de la calidad del Servicio de Agua Potable y Servicio de Alcantarillado Sanitario que se brinda a la poblacin; tales como:

    Consumo de agua potable (litros/habitante/da)

    Continuidad (horas/da).

    Calidad del agua suministrada por el servicio. Anlisis fsico-qumico y bacteriolgico:

    o PH (und.) o Color (und.) o Turbidez (und.) o Olor (und) o Alcalinidad (und) o Conductividad () o Coniformes (PPM)

    Cobertura de agua potable y alcantarillado u otra opcin de disposicin de excretas (%).

    Presin (Pa, m.c.a., otros)

    Nmero de plantas de tratamiento de aguas residuales, sus caractersticas y nmero de viviendas que no cuentan con servicio de desage

    Cobertura de Servicio de alcantarillado sanitario (%) con tratamiento de aguas residuales.

    Caracterizacin de las aguas residuales muestras en descargas de desages; teniendo en cuenta los siguientes parmetros:

    o Temperatura (C) o Slidos Totales, Fijos, Voltiles, Suspendidos, Disueltos,

    Sedimentables (mg/l) o PH (und.) o Demanda Bioqumica de Oxgeno DBO (mg/l) o Demanda Qumica de Oxgeno DQO (mg/l) o Demanda Nitrogenosa de Oxgeno DNO (mg/l) o Nitratos (mg/l) o Oxgeno Disuelto (OD)

    Efectos de las aguas residuales en el cuerpo receptor.

    Situacin de la Infraestructura: Con la informacin que pueda brindar la Empresa Prestadora de Servicios, se deben de aforar (control o medicin del caudal disponible para el abastecimiento de agua)por el mtodo que se estime conveniente, los caudales de la fuente de abastecimiento, captacin, diseo del planta de tratamiento de agua potable y de las tuberas y de las conexiones; los mismo se ha de confeccionar una ficha, en la cual se pueda recoger los datos necesarios para plantear el diagnstico de la infraestructura con la cual se cuenta para brindar el servicio de agua potable y alcantarillado a la poblacin; tales como:

    Para Agua Potable, se consideran dos casos:

    a) Si el sistema es convencional, se debe detallar las caractersticas generales, incluyendo: capacidad de diseo y capacidad operativa (en litros/segundo, m

    3/segundo, m

    3/ao), dimetro de la tubera, longitud, material de

    construccin, antigedad, estado de conservacin, prdidas fsicas del agua, etc.; considerando los siguientes componentes:

    Fuente de abastecimiento, segn tipo (superficial, subterrnea), rendimiento, disponibilidad de caudal, calidad de agua.

    Captacin. Lnea de Aduccin.