056-HCD-2016 Proyecto Comunicación obstrucción al transito generada por camiones de trasporte...
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San Isidro, 08 de Abril de 2016
VISTO:
Las obstrucción al transito y a la vía publica generada por camiones de
trasporte que diariamente realizan su actividad sobre la Av. Fondo de la Legua al
2200, en la localidad de Villa Adelina, partido de san isidro; y
CONSIDERANDO:
Que en dicho lugar se están llevando a cabo tareas de carga y descargar
de los camiones que abastecen a las empresas Paper Bags y Molinos Río De La
Plata SA, comúnmente llamada la empresa Matarazzo, ubicada en la calle Fondo
de la Legua al 2200 en la Localidad de Villa Adelina, partido de San Isidro.
Que los mencionados camiones realizan maniobras de ingreso y egresos
de ambas empresas sobre la calle Fondo de la Legua por la que circula un gran
caudal de vehículos, al ser una vía de acceso a la ruta Panamericana, además de
encontrarse ubicado en el centro de comercialización de materiales para la
construcción EASY, como así también las líneas de colectivo 707, 407 y 314 con
destino a la localidad de Martínez, Munro y Villa Adelina respectivamente; hecho
que complejiza el transito del lugar.
Que en la Ordenanza N° 6591, Artículo 1o establece la prohibición de
"Prohíbese el estacionamiento de vehículos en las calles de doble sentido, donde
circulen líneas de transporte público de pasajeros y cuyo ancho de calzada sea
inferior o hasta siete (7) metros"
Que los camiones obstruyen múltiples veces el total acceso sobre la
Avenida Fondo de la Legua a las dos vías de circulación interrumpiendo así la libre
circulación y generando caos de transito y un gran malestar en la comunidad.
Que ello provoca, no sólo los inconvenientes lógicos derivados de la
saturación del tránsito, si no además una serie de perjuicios colaterales en lo que
hace a la seguridad ciudadana, teniendo en cuenta que de acuerdo a denuncias
de los vecinos se han detectado acciones delictivas contra las personas,
sustracción de las ruedas de los vehículos estacionados, así como también
utilizado como deposito transitorio de autos robados de las construcciones
erigidas en el área en cuestión.
Que en la localidad de Villa Adelina cotidianamente circulan por sus calles
en búsqueda del acceso de la ruta panamericana vehículos de gran porte que no
solo constituyen un obstáculo para la circulación del transito, sino que además
generan constantemente daños a las capas asfálticas debiendo ser reparadas a
costo del municipio.
Que se ha constatado el estacionamiento permanente en ambas aceras en
todo horario de camiones y/o sus respectivos acoplados o semi-cargas
interrumpiendo en determinados momentos del día obstruyendo la circulación de
transito generando un caos vehicular y los constantes reclamos de la comunidad
del lugar.
Que día a día nuestro municipio es objeto de un sensible aumento de su
población y, por consiguiente, de un incremento de actividades que incide en el
tránsito de vehículos.
Que el poder ejecutivo debería generar un espacio físico adecuado dentro
del radio urbano local, con vías ordenadas de ingreso y egreso, en el que se
permita el estacionamiento y la permanencia de los vehículos de gran porte que
no cuenten con lugares propios para ello o solicitarle a dichas empresas que
dispongan espacios de estacionamiento dentro de sus predios, a los fines de
evitar que dichas unidades se conviertan en un obstáculo y peligro de obstrucción
a la circulación del resto de los usuarios de la vía pública, así como el deterioro y
la destrucción de las restantes calles del Municipio.
Que el municipio teniendo pleno poder de policía a su disposición debería
concretar tareas de prevención y sanción a los fines de llevar a cabo un mayor
control y aplicación de las normas de tránsito.
Que por todo lo expuesto el Bloque Partido Justicialista - Frente para la
Victoria de San Isidro propone el tratamiento y sanción del siguiente proyecto de:
COMUNICACIÓN:
Articulo 1o.-El Honorable Concejo Deliberante de San Isidro solicita al
Departamento Ejecutivo tenga a bien hacer cumplimentar la normativa vigente, en
particular la Ordenanza N° 6591, llevando a cabo las medidas necesarias para
evitar, prevenir y sancionar con la multa correspondiente por la obstrucción del
transito generada por el ingreso y egreso, mal estacionamiento permanente, carga
y descarga llevado a cabo por camiones de trasporte por las empresa Paper Bags
y Molinos Río de la Plata SA, ubicada en la calle Fondo de la Legua al 2200, en la
localidad de Villa Adelina.
Artículo 2°.- Se solicita al D.E. encontrar con ambas empresas un espacio de
estacionamiento interno en las mismas ajustado a la normativa vigente en materia
de Habilitaciones e Inspecciones de acuerdo a la normativa vigente en materia de
habilitación.
\
Artículo 3º.- De forma.
Leandro j. Martin .
CONCEJAL
ANEXO I
ANEXO II