01_2017 Hidmo Parte i disposiciones generales + reglamentos
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Código Aduanero de la Unión con desarrollo de
ReglamentosPARTE I
I- DISPOSICIONES GENERALES
I- Disposiciones Generales
1.Ámbito de aplicación de la legislación aduanera, misión de las aduanas y definiciones2. Derechos y obligaciones de las personas en el marco de la legislación aduanera3. Conversión de divisas y plazos
1.Ámbito de aplicación del CAU ART.1 CAU
Se aplicará de manera uniforme
en todo el territorio
aduanero de la Unión
Se podrá aplicar determinadas
disposiciones de la legislación aduanera fuera del territorio aduanero de la Unión cuando se prevea en normas reguladoras de ámbitos específicos o en
convenios internacionales
Determinadas disposiciones de la
legislación aduanera, incluidos los
procedimientos simplificados
contemplados, serán aplicables al comercio de mercancías de la Unión
entre partes de su territorio aduanero a las que sean
aplicables las disposiciones de la Directiva 2006/112/CE –IVA-o de la Directiva 2008/118/CE-IIEE-y partes de ese territorio a las que no sean aplicables, así como al comercio entre partes
de ese territorio a las que no sean aplicables dichas
disposiciones.
PP Noticia 19.01.17
2.Derechos y obligaciones de las personas en el marco de la legislación aduanera
2.1.Sistemas de intercambio y almacenamiento de información y requisitos comunes en materia de datos
Todo intercambio de información, como declaraciones, solicitudes o decisiones entre las autoridades aduaneras y entre estas y los operadores económicos, y el almacenamiento de esa información necesario con arreglo a la legislación aduanera deberán efectuarse mediante técnicas de tratamiento electrónico de datos.
2.2. Registro EORI
REGLA GENERAL: Obligación de registro de los Operadores Económicos
Los operadores económicos establecidos en el territorio aduanero de la Unión se registrarán ante las autoridades aduaneras responsables del lugar en el que estén establecidos
NO ESTABLECIDOS EN EL TAU: se registrarán ante las autoridades aduaneras responsables del lugar en el que presenten por primera vez una declaración o una solicitud de decisión.
2.3. Suministro de información a las autoridades aduaneras
Toda persona que presente a las autoridades aduaneras:
Será responsable de lo siguiente:
a) la exactitud y completud de la información que contenga la declaración, notificación o solicitud
b) la autenticidad, exactitud y validez de los documentos justificativos de la declaración, notificación o solicitud
c) en su caso, el cumplimiento de todas las obligaciones derivadas del régimen aduanero en el que se incluyan las mercancías o de la realización de las operaciones que se hayan autorizado
una declaración en aduana
una declaración de depósito temporal
una declaración sumaria de entrada
una declaración sumaria de salida
una declaración de reexportación o una notificación de reexportación
una solicitud de autorización o de cualquier otra decisión
2.4. Control de mercancías• Vuelos y cruceros en el interior de la Unión (art.49 CAU)
• Equipaje facturado y de mano transportado por vía aérea:
Vuelos de tránsito (art.37 RECAU)
Vuelos de tránsito en aeronaves de negocios o de turismo (art 38 RECAU)
Vuelos de conexión entrantes (art. 39 RECAU)
Vuelos de conexión salientes (art. 40 Reg. Ejecución)
Transbordo a una aeronave de turismo o de negocios (art.41 Reg. Ejecucion)
Transbordos entre aeropuertos situados en el territorio del mismo Estado miembro (art 42 Reg Ejecución)
Etiqueta del equipaje (art.44 Reg. Ejecución)
Lista de aeropuertos internacionales de la Unión (art.45 Reg. Ejecución)
• Equipaje transportado por mar
Embarcaciones de recreo (art 46 Reg. Ejecución)
Travesías de conexión (art.47 Reg. Ejecución)
2.5. Representación Aduanera
DIRECTA: el representante aduanero actuará en nombre y por cuenta de otra persona
INDIRECTA: actuará en su propio nombre pero por cuenta de otra persona.
Nombrar un representante
aduanero
Deberán estar establecidos en el TAU
Salvo disposición en contrario, los representantes aduaneros estarán dispensados de ese requisito cuando actúen por
cuenta de personas que no tengan obligación de estar establecidas en el territorio aduanero de la Unión.
2.6. Poder de representación
Quien omita declarar que está actuando como representante aduanero o declare estar actuando en tal condición sin poseer un poder de representación para ello, se considerará que actúa en su propio nombre y por cuenta propia. (INDIRECTA)
2.7. Tipos de autorización OEA
OEA Seguridad y Protección
OEA Simplificaciones Aduaneras
Son acumulables
2.8 Conservación de documentos y datos
Regla General:
Con el fin de posibilitar los controles aduaneros, las personas interesadas deberán conservar, al menos durante tres años, toda la documentación e información prevista en el artículo 15, apartado 1, en una forma que sea accesible y aceptable para las autoridades aduaneras.
Inicio computo del plazo:
• Mercancías despachadas a libre práctica o declaradas para la exportación: A partir del final del año en el que se admitan las declaraciones en aduana de despacho a libre práctica o de exportación.
• Mercancías que, en razón de su destino final, se despachen a libre práctica con exención de derechos o con un tipo reducido de derecho de importación: A partir del final del año en el que dejen de estar sujetas a la vigilancia aduanera.
• Mercancías incluidas en otro regímenes aduaneros o en depósito temporal: A partir del final del año en el que concluya el régimen en cuestión o finalice el depósito temporal.
3.Conversión de divisas y plazos
Días feriados: Todos los días previstos como tales en el Estado miembro.
Días hábiles: Todos los días menos festivos, sábados y domingos.
Reglamento (CEE, EURATOM) nº 1182/71 del Consejo de 3 Junio de 1971 por el que se
determinan las normas aplicables a los plazos, fechas y términos salvo que se disponga
lo contrario en la legislación aduanera
1 Objeto y ámbito de aplicación
2 Delegación de poderes
3 Misión de las autoridades aduaneras
4 Territorio aduanero
5 Definiciones 1
6
Sistemas de intercambio y almacenamiento de
información y requisitos comunes en materia de
datos 4 21 38 39 40 82 85 86 87 92 93 94 95 96 2 18
7 Delegación de poderes
8 Atribución de competencias de ejecución
9 Registro 6 7 9 6
10 Delegación de poderes
11 Atribución de competencias de ejecución
12
Comunicación de información y protección de
datos
13
Intercambio de información complementaria
entre las autoridades aduaneras y los operadores
económicos
14
Suministro de información por las autoridades
aduaneras
15
Suministro de información a las autoridades
aduaneras
16 Sistemas electrónicos 3 4 5 7 10 21 30 36 54 56
17 Atribución de competencias de ejecución
18 Representante aduanero
19 Poder de representación
20 Delegación de poderes
21 Atribución de competencias de ejecución
22 Decisiones adoptadas previa solicitud 5 8 10 11 12 13 14 19 20 26 28 29 82 92 8 9 11 12 14 16 17 29 31 32
23
Gestión de las decisiones adoptadas previa
solicitud 15 16 17 18 22 30 13 19 20 35
24 Delegación de poderes
25 Atribución de competencias de ejecución
26 Validez de las decisiones en toda la Unión
27 Anulación de decisiones favorables 16
28 Revocación y modificación de decisiones favorables 16 15 34
29 Decisiones adoptadas sin solicitud previa
30
Limitaciones aplicables a las decisiones relativas a
la inclusión de mercancías en un régimen
aduanero o en depósito temporal
31 Delegación de poderes
32 Atribución de competencias de ejecución
33
Decisiones relativas a las informaciones
vinculantes
34
Gestión de decisiones relativas a las
informaciones vinculantes 22 23
35
Decisiones relativas a las informaciones
vinculantes en relación con otros elementos
36 Delegación de poderes
37 Atribución de competencias de ejecución
38 Solicitud y autorización 23 24 25 33
39 Concesión del estatuto 24 25 26 27 28
40 Delegación de poderes
41 Atribución de competencias de ejecución
42 Imposición de sanciones
43 Decisiones adoptadas por la autoridad judicial
44 Derecho de recurso
45 Suspensión de decisiones
46 Gestión de riesgos y controles aduaneros
47 Cooperación entre autoridades
48 Control posterior al levante
49 Vuelos y cruceros en el interior de la Unión 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47
50 Atribución de competencias de ejecución
51 Conservación de documentos y datos
52 Gravámenes y costes
53 Conservación de documentos y datos 48
54 Gravámenes y costes
55 Plazos, fechas y términos
56 Arancel aduanero común y vigilancia 49 50 51 52 53 54 55 56
ARTÍCULOS
R Ejecución 2015/2447R Delegado 2015/2446
ARTÍCULOSARTÍCULOS
R 952/2013 CAU
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