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    Ingeniera en Gerencia de la Administracin Pblica UMSS|Pg. i

    Universidad Mayor de San SimnEscuela Universitaria de PosgradoMaestra en Ingeniera Vial versin II

    NDICE GENERAL

    SISTEMA DE CONTABILIDAD INTEGRADA .............................................................................1

    1. GENERALIDADES ..............................................................................................................1

    1.1. Preparacin de estado financiero del sector pblico ............................................................. 1

    1.1.1. Administracin Central .......................................................................................................................1

    1.1.2. Instituciones Pblicas Descentralizadas sin Fines Empresariales .........................................................1

    1.1.3. Prefecturas Departamentales .............................................................................................................2

    1.1.4. Municipalidades .................................................................................................................................21.1.5. Universidades Pblicas .......................................................................................................................2

    1.1.6. Instituciones de Seguridad Social .................................... ..................................... ...............................2

    1.1.7. Empresas Pblicas no Financieras .......................................................................................................2

    1.1.8. Instituciones Pblicas Financieras .......................................................................................................3

    1.2. Jerarqua de las Normas Legales y Tcnicas aplicables al SCI ................................................. 3

    1.3. rgano Rector del Sistema de Contabilidad Integrada .......................................................... 4

    1.3.1. Atribuciones y Responsabilidades del rgano Rector .........................................................................4

    2. SISTEMA DE CONTABILIDAD INTEGRADA .........................................................................4

    2.1. Definicin de sistema de contabilidad integrada .................................................................. 4

    2.2. Objetivos del sistema de contabilidad integrada .................................................................. 5

    2.3. Requisitos para el funcionamiento del sistema integrado de informacin financiera ............. 6

    2.3.1. Registro Universal ..............................................................................................................................6

    2.3.2. Registro nico ....................................................................................................................................6

    2.3.3. Diseo de un Sistema Integrado de Cuentas ...................................... ..................................... ............62.3.4. Seleccin de Momentos de Registro Contable ....................................................................................6

    2.3.5. Conceptualizacin Ampliada de los Trminos Recursos y Gastos ........................................................6

    2.4. El SCI como instrumento oficial de informacin .................................................................... 7

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    2.5. El SCI como sistema de gestin y registro ............................................................................. 7

    3. ORGANIZACIN................................................................................................................8

    3.1. Niveles de Organizacin ....................................................................................................... 8

    3.1.1. Nivel Normativo y Consultivo. ............................................................................................................8

    3.2. Nivel Ejecutivo y Operativo. ................................................................................................. 9

    3.3. Estructura Operativa del Sistema de Contabilidad Integrada. ................................................ 9

    3.3.1. Sistema de Contabilidad Central .........................................................................................................9

    3.3.2. Sistema de Contabilidad Descentralizada. ........................................................................................10

    3.4. Integracin del Sistema de Contabilidad............................................................................. 10

    3.5. Direcciones Administrativas y Unidades Ejecutoras. ........................................................... 11

    3.6. Responsabilidad de las Direcciones Administrativas. .......................................................... 12

    3.7. Relacin con los Sistemas de Administracin y Control Gubernamentales. .......................... 12

    4. PROCESOS DEL SCI ..........................................................................................................14

    4.1. Procesamiento de la Informacin en el Sistema de Contabilidad Integrada ......................... 14

    4.2. Momentos de Registro de Recursos ................................................................................... 15

    4.3. Momentos de Registro de Gastos....................................................................................... 17

    4.4. Libros y Registros Auxiliares ............................................................................................... 19

    4.5. Archivo de Comprobantes Contables y de Documentos de Respaldo ................................... 19

    4.6. Archivos Informticos del Sistema ..................................................................................... 20

    4.7. Firma Electrnica ............................................................................................................... 20

    4.8. Clasificadores y Tablas del Sistema..................................................................................... 21

    4.9. Estructura del Plan nico de Cuentas ................................................................................. 21

    4.10. Bienes de Dominio Privado y Pblico................................................................................ 22

    4.11. Costos de Estudios, Investigacin y Supervisin ................................................................ 24

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    4.12. Depreciacin de los Bienes de Uso ................................................................................... 24

    4.13. Amortizacin del Activo Intangible ................................................................................... 26

    4.14. Valuacin y Presentacin de Inventarios .......................................................................... 26

    4.15. Previsin para la Valuacin de Cuentas de Activo ............................................................. 26

    4.16. Fondos en Avance............................................................................................................ 27

    4.17. Impuesto al Valor Agregado ............................................................................................. 27

    4.18. Presentacin de la Informacin de ejecucin presupuestaria a la Direccin General de

    Contadura ............................................................................................................................... 28

    4.19. Reexpresin de Estados Financieros ................................................................................. 28

    5. ESTADOS FINANCIEROS ..................................................................................................28

    5.1. Obligatoriedad de Elaborar Estados Financieros ................................................................. 29

    5.2. Naturaleza de los Estados Financieros Bsicos .................................................................... 29

    5.2.1. Balance General ...............................................................................................................................29

    5.2.2. Estado de Recursos y Gastos Corrientes ...........................................................................................30

    5.2.3. Estado de Flujo de Efectivo ...............................................................................................................30

    5.2.4. Estado de Cambios en el Patrimonio Neto ........................................................................................30

    5.2.5. Estado de Ejecucin del Presupuesto de Recursos ................................... ..................................... ....30

    5.2.6. Estado de Ejecucin del Presupuesto de Gastos ...............................................................................30

    5.2.7. Cuenta Ahorro Inversin Financiamiento..........................................................................................30

    5.2.8. Estados de Cuenta o Informacin Complementaria ..........................................................................31

    5.3. Notas a los Estados Financieros.......................................................................................... 31

    5.4. Estados Analticos del Sector Pblico elaborados por la Direccin General de Contadura .... 31

    5.5. Consolidacin de Estados Financieros de las Empresas Pblicas .......................................... 32

    5.6. Informacin sobre el Perodo Anterior o Estados Comparativos .......................................... 32

    5.7. Responsabilidad y Firma de los Estados Financieros ........................................................... 32

    5.8. Idoneidad del Personal del rea Contable .......................................................................... 32

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    5.9. Plazo de Presentacin ........................................................................................................ 33

    6. PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD INTEGRADA ................................................................... 34

    6.1. Naturaleza ........................................................................................................................ 34

    6.2. Concepto de Principios de Contabilidad Integrada (PCI) ...................................................... 34

    6.3. Principios de Contabilidad Integrada .................................................................................. 34

    6.3.1. Equidad ............................................................................................................................................34

    6.3.2. Legalidad ..........................................................................................................................................35

    6.3.3. Universalidad y Unidad .....................................................................................................................35

    6.3.4. Devengado .......................................................................................................................................36

    6.3.5. Ente ..................................................................................................................................................37

    6.3.6. Bienes Econmicos ...........................................................................................................................37

    6.3.7. Entidad en Marcha ...........................................................................................................................38

    6.3.8. Ejercicio ............................................................................................................................................38

    6.3.9. Moneda de Cuenta ...........................................................................................................................39

    6.3.10. Uniformidad ...................................................................................................................................39

    6.3.11. Objetividad .....................................................................................................................................40

    6.3.12. Prudencia .......................................................................................................................................40

    6.3.13. Valuacin al Costo ..........................................................................................................................41

    6.3.14. Importancia Relativa o Significatividad ...........................................................................................416.3.15. Exposicin ......................................................................................................................................42

    7. TRABAJOS CITADOS ........................................................................................................43

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    SISTEMA DE CONTABILIDAD INTEGRADA

    LEY 1178

    1.GENERALIDADES

    1.1.Preparacin de estado financiero del sector pblico

    Desde el punto de vista de la administracin financiera pblica y a efectos de aplicacin de las

    Presentes normas bsicas, se identifican los siguientes grupos institucionales:

    1.1.1.Administracin Central

    Est constituida por los Ministerios de Estado, unidades administrativas de los Poderes Legislativo

    y Judicial, Tesoro General de la Nacin (TGN) y otras establecidas por normas legales. Se considera

    a cada uno de ellos como organismos de la Administracin Central. Sus principales medios de

    financiamiento constituyen la percepcin de recursos de la comunidad a travs de impuestos y

    tasas; as como, la obtencin de crditos, transferencias y donaciones. El conjunto de los

    organismos de la Administracin Central se considera como un nico Ente contable.

    1.1.2.Instituciones Pblicas Descentralizadas sin Fines Empresariales

    Constituido por entidades con personera jurdica, patrimonio propio, presupuesto independiente

    y autonoma de gestin. Son creadas mediante disposicin legal expresa para el cumplimiento de

    objetivos especficos, bajo tuicin de los Ministerios Cabezas de Sector. Entre ellas se encuentran

    comits, academias, fondos, centros, institutos, superintendencias, direcciones, corporaciones yotras creadas para la prestacin de servicios. Su gestin se financia fundamentalmente con

    transferencias del TGN y venta de servicios.

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    1.1.3.Prefecturas Departamentales

    Representan al Poder Ejecutivo a nivel departamental. Sus principales fuentes de financiamiento

    son: transferencias del TGN, regalas, fondos de compensacin, participacin en impuestos,crditos y emprstitos contrados y otros ingresos por la prestacin de los servicios

    individualizados con usuarios.

    1.1.4.Municipalidades

    Son entidades autnomas, de derecho pblico, con personalidad jurdica y patrimonio propio,

    cuyo propsito es la satisfaccin de las necesidades de la comunidad. Sus recursos provienen

    principalmente de impuestos municipales, coparticipacin tributaria, tasas, contribuciones

    especiales por mejoras, patentes y otros gravmenes sealados por Ley.

    1.1.5.Universidades Pblicas

    Las universidades pblicas tienen el propsito de prestar servicios de educacin superior,

    fomentar el desarrollo cientfico y tecnolgico as como la investigacin. Su principal fuente de

    financiamiento constituyen las transferencias por coparticipacin tributaria.

    1.1.6.Instituciones de Seguridad Social

    Conformadas por las Cajas de Salud, cuyo propsito es la proteccin a los trabajadores y sus

    dependientes a travs de las prestaciones establecidas en los regmenes de salud. Financian sus

    actividades con aportes patronales sealados por Ley.

    1.1.7.Empresas Pblicas no Financieras

    Conformado por las empresas pblicas donde el Estado tiene la mayora del patrimonio. Sus

    caractersticas son la produccin de bienes y/o servicios, teniendo como medio de financiamientolos ingresos por la venta de los mismos.

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    1.1.8.Instituciones Pblicas Financieras

    Instituciones Pblicas Financieras no Bancarias, realizan actividades crediticias para el

    desarrollo econmico - social de determinados sectores pblicos y privados. Financian susactividades mediante la intermediacin de activos y pasivos financieros y comisiones por servicios.

    Instituciones Pblicas Financieras Bancarias, constituido bsicamente por el Banco Central de

    Bolivia, autoridad monetaria del pas y rgano Rector de todo el sistema de captacin de recursos

    e intermediacin financiera. Financia sus actividades a travs de la obtencin de ingresos

    financieros e intereses por depsitos.

    1.2.Jerarqua de las Normas Legales y Tcnicas aplicables al SCI

    Se establece la siguiente jerarqua de las normas legales y tcnicas para su aplicacin en el Sistema

    de Contabilidad Integrada del Sector Pblico:

    Constitucin Poltica del Estado, Leyes, Decretos Supremos, Resoluciones Supremas y

    Resoluciones Ministeriales del rgano Rector.

    Normas Bsicas y Principios de Contabilidad Integrada.

    Interpretaciones de las normas bsicas y principios, emitidas por la DIGENSAG.

    Manuales, instructivos y guas de contabilidad, elaboradas por la DIGENSAG.

    Reglamento Especfico de Contabilidad, elaborado por cada entidad.

    Manual de contabilidad especfico, elaborado por cada entidad o grupo de entidades

    similares, cuando corresponda.

    En caso de presentarse situaciones particulares en los procesos de valuacin, registro y exposicin

    de los hechos econmicos y financieros no previstos en el ordenamiento tcnico legal del SCI, se

    acudir en primera instancia a la Direccin General de Sistemas de Administracin Gubernamental

    y como punto de referencia profesional y tcnico a las Normas de Contabilidad del Consejo

    Tcnico Nacional de Auditora y Contabilidad del Colegio de Auditores de Bolivia y a las Normas

    Internacionales de Contabilidad del Sector Pblico (NICSP).

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    1.3.rgano Rector del Sistema de Contabilidad Integrada

    El Ministerio de Hacienda es el rgano Rector del SCI. La Direccin General de Sistemas de

    Administracin Gubernamental (DIGENSAG), dependencia del Viceministerio de Presupuesto yContadura, es la unidad tcnica especializada que ejerce la direccin y supervisin del Sistema de

    Contabilidad Integrada.

    1.3.1.Atribuciones y Responsabilidades del rgano Rector

    En concordancia con el Artculo 20 de la Ley 1178, se establecen como atribuciones del rgano

    Rector del SCI, las siguientes: Para la Direccin General de Sistemas de Administracin

    Gubernamental:

    a) Emitir la norma, reglamentos e instructivos del SCI.

    b) Fijar los plazos y condiciones para que las entidades pblicas elaboren las normas

    secundarias o especializadas y la implantacin del SCI

    c) Compatibilizar o evaluar segn corresponda, las disposiciones especficas que elabore

    cada entidad o grupo de entidades que realizan actividades similares.

    Para la Direccin General de Contadura

    d) Vigilar el funcionamiento adecuado del sistema en las entidades pblicas e integrar la

    informacin generada por las mismas.

    e) Elaborar los Estados Financieros de la Administracin Central.

    f) Administrar el Sistema Integrado de Gestin y Modernizacin Administrativa.

    2.SISTEMA DE CONTABILIDAD INTEGRADA

    2.1.

    Definicin de sistema de contabilidad integradaEL Sistema de Contabilidad Integrada (SCI), articulo 9; es el conjunto de principios, normas,

    recursos y procedimientos que consideran regulaciones jurdicas, normas tcnicas y/o prcticas

    administrativas utilizadas para valuar, procesar y exponer los hechos econmicos que afectan o

    pueden afectar el patrimonio de las entidades del sector pblico. Aplica los preceptos de la teora

    contable, en los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados, las Normas Generales de

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    Contabilidad Nacionales e Internacionales, y Principios, Normas Generales y Bsicas del Control

    Interno Gubernamental emitidas por la Contralora General de la Repblica. La Contabilidad

    Integrada opera como un sistema comn, nico y uniforme integrador de los registros

    presupuestarios, econmicos, financieros y patrimoniales, orientado a determinar el costo de las

    acciones del Estado. Genera informacin financiera clara y transparente que resulte de fcil

    comprensin para los usuarios. La integracin de los registros presupuestarios, patrimoniales y

    financieros es posible mediante el cumplimiento de los requisitos del sistema establecidos en los

    Requisitos para el Funcionamiento del Sistema Integrado de Informacin Financiera (Artculo 11)

    de las presentes normas. Los registros presupuestarios en los momentos definidos, corresponden

    a la ejecucin presupuestaria resultado de la gestin pblica. Los registros patrimoniales en

    cuentas y auxiliares a travs de asientos patrimoniales de partida doble, son producto de laconversin de partidas y rubros presupuestarios a cuentas contables por medio de matrices de

    conversin y de otros registros solamente patrimoniales. Los registros financieros son producto de

    la programacin y ejecucin financiera del presupuesto de caja expresados en flujos de efectivo o

    equivalentes.

    2.2.Objetivos del sistema de contabilidad integrada

    Los objetivos del SCI son artculo 10:

    a) Registrar todas las transacciones presupuestarias, financieras y patrimoniales que se

    producen en las entidades pblicas.

    b)Facilitar que todo servidor pblico que reciba, pague o custodie fondos, valores o bienes

    del Estado, rinda cuentas de la administracin a su cargo.

    c) Procesar y producir informacin presupuestaria, patrimonial y financiera til y

    beneficiosa, con caractersticas de oportunidad, razonabilidad y confiabilidad para la toma

    de decisiones por los responsables de la gestin financiera pblica y para terceros

    interesados en la misma.

    d) Presentar la informacin contable y la respectiva documentacin sustentatoria,

    ordenada de tal forma que facilite las tareas de control interno y externo posterior.

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    2.3.Requisitos para el funcionamiento del sistema integrado de informacin financiera

    El diseo, implantacin y funcionamiento del SCI como un sistema integral que vincule los

    registros presupuestarios, financieros y patrimoniales, debe cumplir con los requisitos delpresente (artculo 11):

    2.3.1.Registro Universal

    Todas las transacciones con efecto presupuestario, financiero y patrimonial, deben

    registrarse en el SCI en forma separada, combinada o integral.

    2.3.2.Registro nico

    Cada transaccin debe ser incorporada una sola vez en el SCI afectando, segn su

    naturaleza, los distintos mdulos y evitando la duplicidad y traslado de registros.

    2.3.3.Diseo de un Sistema Integrado de Cuentas

    Uso de clasificadores presupuestarios, patrimoniales, financieros y econmicos

    debidamente integrados.

    2.3.4.

    Seleccin de Momentos de Registro Contable

    Registro de las transacciones presupuestarias, financieras y patrimoniales en momentos

    claramente definidos, que permitan la integracin del sistema.

    2.3.5.Conceptualizacin Ampliada de los Trminos Recursos y Gastos

    El SCI considera como Recurso toda transaccin que signifique la utilizacin de un medio

    de financiamiento (fuente de fondos) y, como Gasto, toda transaccin que implique una

    aplicacin financiera (uso de fondos), independientemente de si los mismos tienen o no

    incidencia en el efectivo.

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    2.4.El SCI como instrumento oficial de informacin

    El SCI, responsable del registro de las operaciones presupuestarias, financieras y patrimoniales y

    parte componente de los sistemas de administracin sealados por Ley, se constituye en el nicomedio vlido de registro, procesamiento y generacin de informacin presupuestaria, financiera y

    patrimonial del sector pblico. La informacin generada, enviada, recibida, archivada o procesada

    a travs de medios informticos, tiene la misma validez y fuerza probatoria de los documentos

    escritos y flujos de documentacin, generando responsabilidades a los efectos jurdicos

    correspondientes. La metodologa de valuacin, registro y exposicin de las transacciones

    registradas en el SCI, es nica para todo el sector pblico.

    2.5.

    El SCI como sistema de gestin y registro

    La gestin pblica en procura de producir bienes y servicios para la comunidad, se operativiza a

    travs de los sistemas administrativo - financieros sealados por Ley. El SCI registra los efectos

    econmicos y financieros ocurridos en el proceso de gestin pblica, convirtindolo en un sistema

    contable de gestin y registro simultneo.

    El Sistema Integrado de Gestin y Modernizacin Administrativa (SIGMA), desarrollado por el

    rgano Rector, y aprobado por norma legal correspondiente, se constituye en el instrumento de

    gestin de uso obligatorio para toda entidad del sector pblico. Su implantacin se efectuar, en

    forma gradual en las entidades del estado.

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    3.ORGANIZACIN

    3.1.Niveles de Organizacin

    El Sistema de Contabilidad Integrada tiene dos niveles de organizacin:

    3.1.1.Nivel Normativo y Consultivo.

    A cargo del rgano Rector, cuyas atribuciones bsicas estn reguladas en el Artculo 20 de la Ley

    1178.

    La Direccin General de Sistemas de Administracin Gubernamental, por delegacin del rgano

    Rector, es la unidad tcnica especializada del SCI, que acta como rgano Normativo y

    Coordinador. La Direccin General de Contadura administra el Sistema de Contabilidad Integrada

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    mediante el Sistema Integrado de Gestin y Modernizacin Administrativa, con las atribuciones

    establecidas en el Artculo 6 de las presentes normas.

    3.2.

    Nivel Ejecutivo y Operativo.

    A cargo de las entidades pblicas con las siguientes funciones, atribuciones y responsabilidades:

    Cumplir y hacer cumplir las presentes normas bsicas

    Elaborar su reglamento especfico, en el marco de las normas bsicas, de los manuales

    contables e instructivos emitidos por el rgano Rector del sistema;

    Registrar sus operaciones y la ejecucin presupuestaria, a travs de los sistemas yprocedimientos administrativos establecidos;

    Integrar su ejecucin presupuestaria en la base de datos del Sistema de Contabilidad

    Integrada Central a cargo de la DGC; y

    Procesar sus propios Estados Financieros para facilitar la toma de decisiones

    institucionales y cumplir con normas legales y tcnicas vigentes.

    3.3.Estructura Operativa del Sistema de Contabilidad Integrada.

    Est compuesta por el Sistema de Contabilidad Integrada Central y los Sistemas de Contabilidad

    Integrada Descentralizados.

    3.3.1.Sistema de Contabilidad Central

    Administrado por la DGC, registra la ejecucin presupuestaria del total de los organismos de la

    Administracin Central, incluyendo a las unidades administrativas de los Poderes Legislativo y

    Judicial, elabora los asientos de partida doble en el marco de los principios y normas tcnicas

    contables, produciendo los Estados Financieros de la Administracin Central, como nico Ente

    Contable.

    La funcin de ejecutar el presupuesto est desconcentrada en cada uno de los organismos que

    componen la Administracin Central.

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    Registra la informacin de los patrimonios netos de todas las entidades pblicas, excepto.

    Municipalidades y sus empresas para registrarlos como inversiones en el Balance Patrimonial de la

    Administracin Central.

    Adems, recopila e incorpora en el sistema de informacin, la ejecucin presupuestaria del

    conjunto de las entidades pblicas, a fin de obtener la informacin de ejecucin presupuestaria de

    todo el sector pblico.

    3.3.2.Sistema de Contabilidad Descentralizada.

    A cargo de las entidades pblicas con personera jurdica, patrimonio propio y presupuesto

    independiente identificado en el Presupuesto General de la Nacin, es decir las entidades

    mencionadas en el Artculo 3 de las presentes normas. Estas entidades llevan la contabilidad con

    base en sus operaciones, la misma que muestra los resultados de su gestin presupuestaria,

    patrimonial y financiera, identificando sus activos, pasivos y patrimonio.

    Las instituciones comprendidas como Entidades Pblicas Descentralizadas sin Fines Empresariales,

    Prefecturas Departamentales, Municipalidades, Universidades Pblicas, Instituciones de Seguridad

    Social, Empresas Pblicas no Financieras y Entidades del Sector Pblico Financiero, generan

    ejecucin presupuestaria, asientos de partida doble y Estados Financieros en su propio sistema

    contable.

    Opera con clasificadores comunes a todo el sistema, dispone de matrices de conversin de

    registros presupuestarios a patrimoniales. La informacin se procesa en la misma base de datos

    del sistema, proporcionando informacin presupuestaria, financiera y patrimonial, a los usuarios

    del Sistema.

    3.4.Integracin del Sistema de Contabilidad.

    La integracin del SCI se produce a travs del procesamiento de la informacin registrada entre los

    subsistemas: patrimonial, presupuestario y de tesorera, la cual se obtiene mediante una red

    informtica conectada a una base de datos administrada por la DGC, donde se registran las

    operaciones generadas por las Unidades Ejecutoras y Direcciones Administrativas de las entidades

    del sector pblico.

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    de gastos y ordenadoras de pagos dentro de la estructura de la administracin financiera,

    constituyndose en centros de generacin de informacin para el SCI.

    Operativamente las Unidades Ejecutoras tienen a su cargo una o ms categoras programticas.

    3.6.Responsabilidad de las Direcciones Administrativas.

    Sin perjuicio de las responsabilidades sealadas por Ley, las Direcciones Administrativas son

    responsables de:

    a)Registrar toda transaccin con documentacin de soporte correspondiente;

    b) Archivar la documentacin de respaldo, en el lugar donde se generan y registran las

    transacciones, para posterior uso y verificacin por parte de personas y entidades sealadas por

    Ley.

    3.7.Relacin con los Sistemas de Administracin y Control Gubernamentales.

    El SCI administrador de la informacin financiera, presupuestaria y patrimonial del Ente, tiene

    relacin con todos los sistemas de administracin y control sealados por la Ley 1178 y de manera

    particular con los sistemas de Presupuesto, Tesorera y Crdito Pblico, Administracin de

    Personal y, Administracin de Bienes y Servicios.

    Las operaciones con efectos econmicos y financieros que se ejecutan a travs de estos sistemas,

    como resultado de los procesos propios de gestin pblica, se registran en el SCI.

    El SCI registra las transacciones que resultan de la ejecucin del plan operativo anual producto del

    Sistema de Programacin de Operaciones, a travs de la ejecucin presupuestaria y proporciona

    informacin para el seguimiento de las metas establecidas en el mismo.

    Tiene una relacin integral con los sistemas de Presupuesto y Tesorera y Crdito Pblicodebido a

    que las acciones de naturaleza financiera que se ejecutan por estos, se registran en el SCI.

    Se registran en el SCI, las transacciones resultantes de la aprobacin y ejecucin del presupuesto

    de recursos y gastos del Sistema de Presupuesto, de la programacin financiera, conciliacin

    bancaria y de la operatoria de la Cuenta nica del Tesoro; como componentes del Sistema de

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    Tesorera; de igual manera la obtencin de crditos y el servicio de la deuda a travs del Sistema

    de Tesorera y Crdito Pblico.

    El Sistema de Contabilidad captura y registra de manera simultnea al acto administrativo, losefectos econmicos y financieros generados en los procesos de los sistemas de Administracin de

    Bienes y Servicios y Administracin de Personal.

    El Sistema de Contabilidad registra la ejecucin del presupuesto. El presupuesto es la expresin

    financiera en el corto plazo de los planes y programas de largo y mediano plazo, expresados en el

    Sistema Nacional de Planificaciny, del programa y detalle de las inversiones a ejecutarse en el

    ejercicio fiscal sealadas en el Sistema Nacional de Inversin Pblica. El Sistema de Presupuesto,

    al tener como objetivo especfico, posibilitar la instrumentacin anual de los objetivos, polticas ymetas definidas por las autoridades de mayor nivel nacional, se sirve de la contabilidad para

    informar sobre el logro o no de estos objetivos.

    El Sistema de Organizacin Administrativa, al establecer la estructura organizacional en cada

    entidad pblica, proporciona el mbito de competencia necesario a niveles de responsabilidad y

    autorizacin de las diferentes transacciones econmico financieras registradas en el Sistema de

    Contabilidad.

    La Contralora General de la Repblica, como rgano Rector del Sistema de Control

    Gubernamental, ejerce la supervigilancia normativa del Sistema de Contabilidad Integrada. Toda

    entidad pblica en la aplicacin del SCI, debe observar obligatoriamente los Principios, Normas

    Generales y Bsicas del Control Interno Gubernamental.

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    4.PROCESOS DEL SCI

    4.1.Procesamiento de la Informacin en el Sistema de Contabilidad Integrada

    El procesamiento de la informacin contable se realiza en forma manual y/o automtica por el

    sistema computacional definido y sobre la base de la informacin de las transacciones realizadas.

    El proceso de generacin de informacin en el SCI se realiza mediante instrumentos tales como:

    clasificadores presupuestarios, catlogo nico de cuentas, matrices de conversin, tablas del

    sistema, registros contables, metodologa de registro y otros.

    La informacin en el SCI se procesa en forma de flujos financieros, a excepcin del Balance General

    que requiere de valores acumulados. Los flujos financieros se refieren a la medicin de las

    transacciones y otras operaciones correspondientes a un perodo o ejercicio fiscal.

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    La DGC procesa la informacin presupuestaria, financiera, patrimonial y econmica de la

    Administracin Central con base en la informacin presupuestaria y otra informacin contable,

    operada por los organismos componentes de este sector. Adems, tiene como funcin bsica,

    consolidar la ejecucin presupuestaria del sector pblico en su conjunto.

    Las instituciones comprendidas como Entidades Pblicas Descentralizadas sin Fines Empresariales,

    Prefecturas Departamentales, Municipalidades, Universidades Pblicas, Instituciones de Seguridad

    Social, Empresas Pblicas no Financieras y Entidades del Sector Pblico Financiero, procesan su

    informacin de carcter presupuestario, financiero y patrimonial, en su Sistema Descentralizado

    de Contabilidad Integrada.

    El proceso de la Contabilidad Integrada, se inicia con el registro del presupuesto aprobado para elejercicio fiscal, y el asiento contable de apertura.

    Los registros de partida doble, a travs de matrices de conversin, se producen en forma

    simultnea a la ejecucin presupuestaria en momentos de devengado y percibido para los

    recursos y devengado y pagado para los gastos, en forma cronolgica en el libro diario, mayores y

    mayores auxiliares.

    El SCI adems, permite relacionar las cuentas contables de imputacin con el detalle de la

    informacin capturada a travs de los comprobantes de ejecucin de recursos y gastos, tales como

    objetos del gasto, rubros de los recursos, fuentes de financiamiento, organismos financiadores,

    categoras programticas, etc. y otros registros nicamente patrimoniales, con los que se obtiene

    informacin agregada en las cuentas de la contabilidad.

    Los Estados Financieros bsicos y estados de cuenta o informacin complementaria, son productos

    del SCI, detallados en los Artculos 39 y 41 de las presentes normas.

    4.2.Momentos de Registro de Recursos

    a) Estimacin

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    La estimacin de recursos es el momento en el cual se registran los importes de los recursos por

    rubros aprobados en el presupuesto de las entidades del sector pblico. Implica la apertura de los

    auxiliares de la ejecucin presupuestaria de recursos por rubros.

    b) Devengado de Recursos

    El devengado de recursos implica una modificacin cualitativa y cuantitativa en la composicin del

    patrimonio, originada por transacciones con incidencia econmica y financiera.

    En un sentido prctico se considera devengado de recursos al registro del derecho de cobro a

    terceros, por venta de bienes, servicios y otros. El registro del devengado de recursos debe ser

    objetivo, por tanto, tiene que:

    identificar al deudor o contribuyente, establecer el importe a cobrar, contar con respaldo legal

    del derecho de cobro, e indicar medio de percepcin

    El momento que ocurre el devengado del recurso, se produce la ejecucin del presupuesto y se

    genera automticamente el asiento de partida doble en la contabilidad patrimonial.

    El devengado de recursos, en la mayora de los casos, se registra de manera simultnea al

    percibido, debido a la naturaleza de la administracin financiera pblica, donde los recursos se

    registran cuando efectivamente se los percibe; excepto casos en los que exista suficiente

    certidumbre amparada en un documento vlido que respalde y justifique su devengamiento.

    c) Percibido

    Se produce cuando los fondos ingresan en cuentas bancarias o se ponen a disposicin de una

    oficina recaudadora, de un agente del Tesoro General de la Nacin o de cualquier otro funcionario

    facultado para recibirlos, o cuando en casos especiales se recibe un bien o servicio por

    transacciones en especie o valores.

    Se consideran recursos percibidos: la recepcin de efectivo en caja, depsitos en bancos, u otros

    medios de percepcin tales como ttulos o valores legalmente reconocidos.

    En el momento de la percepcin, la contabilidad registra el asiento de partida doble que

    corresponda, previa identificacin de la existencia del devengado del recurso.

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    4.3.Momentos de Registro de Gastos

    a) Apropiacin o Asignacin

    La apropiacin o asignacin de gastos es el momento en el cual se registran en el sistema, los

    importes aprobados en el presupuesto de las entidades del sector pblico, para cada una de las

    partidas por objeto del gasto. Apertura los registros auxiliares de la ejecucin presupuestaria de

    gastos.

    b) Compromiso

    Es un registro generado en un acto de administracin interna que confirma la afectacin

    preventiva de un crdito presupuestario aprobado y que disminuye la disponibilidad de la cuota

    de compromiso establecida para un perodo determinado.

    Se origina en una relacin jurdica con terceros, establecida mediante la firma de un contrato o la

    emisin de una orden de compra que dar lugar, a una eventual salida de fondos. Su registro en el

    sistema, asegura que en los procesos de gestin pblica, no se adquieran compromisos para los

    cuales no exista crdito presupuestario.

    El compromiso es un registro presupuestario que no afecta a la contabilidad general, porque no

    modifica la composicin del patrimonio.

    c) Devengado de Gastos

    Se considera que un gasto esta devengado, cuando nace la obligacin de pago a favor de terceros,

    la cual puede producirse:

    Por la recepcin conforme de los bienes o servicios adquiridos por la entidad,

    Al vencimiento de la fecha de pago de una obligacin, o

    Cuando por acto de una autoridad competente, se efecta una donacin o transferencia a

    terceros.

    El devengamiento del gasto implica la ejecucin del presupuesto y generalmente establece una

    obligacin de pago.

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    El registro del devengado de gastos produce una modificacin cualitativa y cuantitativa en la

    composicin del patrimonio, por transacciones con incidencia econmica y financiera.

    No todo devengamiento de gastos genera una contraprestacin de bienes o servicios, tal es el casode las donaciones o transferencias otorgadas.

    El registro del devengado es generalmente posterior al registro del compromiso y permite contar

    con informacin del nivel de deuda flotante al comparar la ejecucin con los pagos efectuados.

    La conversin de partidas por objeto del gasto a cuentas de la contabilidad se inicia en este

    momento, ya que el registro del devengado produce automticamente el asiento de partida doble

    en la contabilidad patrimonial.

    El registro del devengado de los gastos se realiza sobre la base de documentos que respalden el

    perfeccionamiento jurdico y econmico de la operacin.

    d) Pagado

    Representa la cancelacin de obligaciones; se realiza mediante la emisin de: ordenes de

    transferencias electrnicas, cheques, ttulos y valores, efectivo en casos de pagos con fondos de

    caja y en casos excepcionales con bienes u otros medios.

    El concepto de pagado presupuestario a travs de ttulos y valores, especies, bienes,

    compensacin entre deudas exigibles y operaciones sin flujo financiero es distinto al concepto del

    pagado patrimonial, donde necesariamente se produce un flujo financiero.

    La entrega de efectivo, afecta la disponibilidad de la caja y disminuye la deuda contrada. La

    emisin de un cheque u orden de transferencia afecta la disponibilidad en bancos y disminuye la

    deuda.

    El pago por medio de ttulos o valores, disminuye la deuda establecida y aumenta la deuda a largo

    plazo, esta operacin no registra movimiento de fondos, es una operacin de cambio de deuda,

    entre cuentas del pasivo.

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    El registro del pagado permite conocer el grado de cumplimiento de deudas contradas, saldos

    disponibles en bancos, cajas, rdenes de transferencias emitidas, cheques entregados y pagados.

    El registro del momento del pagado en el presupuesto, genera un asiento de partida doble en lacontabilidad patrimonial.

    Aclaracin sobre el Preventivo

    El preventivo, es un acto administrativo, til para dejar constancia, certificar o verificar la

    disponibilidad de crditos presupuestarios y efectuar la reserva de los mismos al inicio de un

    trmite de gastos. No constituye un momento contable, sino un registro auxiliar de la

    administracin de crditos en la ejecucin presupuestaria, registra un importe provisorio con el

    propsito de reservar asignacin presupuestaria, hasta el momento del compromiso. Es utilizado

    por las entidades conectadas al Sistema Integrado de Gestin y Modernizacin Administrativa.

    4.4.Libros y Registros Auxiliares

    Los libros contables y los auxiliares del sistema son:

    a) Libro Diario;

    b) Libro Mayor;

    c) Mayores auxiliares;

    d) Libro de Bancos; y

    e) Libretas bancarias de la Cuenta nica del Tesoro (CUT). Para las entidades conectadas al

    Sistema Integrado de Gestin y Modernizacin Administrativa.

    En el SCI se consideran auxiliares fijos aquellos que trasladan los saldos de un ejercicio a otro.

    4.5.Archivo de Comprobantes Contables y de Documentos de Respaldo

    El archivo y conservacin de comprobantes y registros contables sean magnticos o fsicos, as

    como sus documentos de respaldo, debe ser protegido y archivado en forma adecuada, de tal

    manera que ofrezca seguridad y fcil localizacin, en cumplimiento a normas legales.

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    Los comprobantes y registros contables son producto del SCI; las transacciones registradas en los

    comprobantes contables, deben estar suficientemente respaldadas por contratos, facturas,

    planillas, autorizaciones escritas y otros en originales o copias legalizadas.

    Cada entidad del sector pblico es responsable del adecuado archivo de los comprobantes

    contables y sus documentos de respaldo, permitiendo su localizacin oportuna, para uso de

    ejecutivos y personal de la entidad, para revisin por parte de los organismos que ejercen tuicin,

    por el rgano Rector y por el Sistema de Control Gubernamental.

    El acceso a la informacin contable y documentacin de respaldo, ser posible con autorizacin

    expresa del responsable del rea administrativa financiera.

    Los comprobantes de contabilidad y la documentacin de respaldo, sean estos registros manuales

    o producto de procesos electrnicos, deben ser conservados por el tiempo de diez aos, contados

    a partir del cierre del ejercicio fiscal que corresponda o desde la fecha del ltimo asiento,

    documento o comprobante de la gestin.

    4.6.Archivos Informticos del Sistema

    La documentacin financiera de la gestin pblica y la informacin generada por el sistema de

    contabilidad, radican en un archivo constituido por un conjunto de procedimientos y equipos de

    tecnologa digital.

    La documentacin as archivada, de conformidad a norma legal vigente, constituye prueba de los

    actos administrativos y tiene como propsito economizar recursos y mejorar la calidad y eficiencia

    de las consultas de informacin.

    El archivo digital debe asegurar la perdurabilidad e inalterabilidad de la informacin.

    4.7.Firma Electrnica

    Se refiere a los mecanismos de seguridad de los sistemas informticos, que tienen plena validez

    legal y fuerza probatoria, generando los efectos jurdicos correspondientes y responsabilidad

    equivalente a las firmas manuscritas. Estos mecanismos de seguridad identifican a los

    responsables autorizados para registrar, verificar y aprobar las operaciones.

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    Los responsables de los efectos y consecuencias que puedan generar la incorrecta operacin y/o

    utilizacin de los sistemas informticos, de la informacin procesada y enviada y del uso de los

    mecanismos de seguridad, son los servidores pblicos autorizados y las mximas autoridades

    ejecutivas de las entidades del sector pblico.

    4.8.Clasificadores y Tablas del Sistema

    El SCI opera a travs de un conjunto ordenado de clasificadores, tablas, plan nico de cuentas

    contables, auxiliares y matrices de conversin, debidamente integrados, que facilitan el proceso

    contable y estos son:

    a) Clasificadores presupuestarios: entre los que se tiene el institucional, de categoras

    programticas, por fuentes de financiamiento, por organismos financiadores, por objeto del gasto,

    por rubros de recursos, por entidad de transferencia origen y destino, de sectores y subsectores

    econmicos, de funciones, geogrfico y otros.

    b) Plan nico de Cuentas, estructurado en activo, pasivo, patrimonio, recursos, gastos, cuentas de

    cierre y de orden.

    c) Tablas: de beneficiarios, medios de percepcin y pago, catlogo de bienes y servicios,

    movimientos bancarios, estructura programtica, cdigo de retenciones y documentos de

    respaldo.d) Matrices de conversin: permiten la conversin de ejecucin presupuestaria de rubros de

    recursos y partidas de gasto, en asientos de partida doble.

    4.9.Estructura del Plan nico de Cuentas

    El Plan nico de Cuentas del SCI, definido por la DIGENSAG y la DGC, se estructura en diferentes

    niveles de desagregacin siguiendo un mtodo de codificacin numrico decimal:

    a) Ttulo, constituido por cada una de las partes principales en que se divide el plan de cuentas,

    ejemplo; Activo.

    b) Captulo, corresponde a la desagregacin de los ttulos, segn la naturaleza de los conceptos,

    ejemplo; Activo Corriente.

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    Los Bienes de Dominio Privado estn sujetos a depreciacin, revalorizacin y actualizacin de

    acuerdo a disposiciones establecidas para el efecto.

    Adems, integran este tipo de bienes las Construcciones en Proceso de Bienes de DominioPrivado, las mismas que a su conclusin son incorporadas al Patrimonio Institucional.

    Mientras dura la construccin de estos bienes, no son sujetos de depreciacin. Los bienes de

    dominio privado o institucionales entregados en concesin o explotacin al sector privado, deben

    ser tratados contablemente de acuerdo a las clusulas contractuales establecidas.

    b) Bienes de Dominio Pblico

    Son bienes de uso irrestricto por la comunidad como puentes, carreteras, plazas, reas verdes, etc.En algunos casos de uso restringido por tasas o derechos que no tienen el propsito de reponer

    dichos bienes; por ejemplo autopistas, franjas de aterrizaje, etc.

    Constituyen activos del Ente ejecutor durante el perodo de su construccin o mejoramiento, una

    vez terminados deben darse de baja y registrarse en cuentas de orden.

    No constituyen bienes rentables y aun cuando lo fueren tienen siempre un fin distinto al lucro o

    actividad del mercado privado de los bienes econmicos.

    Los bienes de dominio pblico no se deprecian, ni se actualizan.

    Los bienes de dominio pblico no pueden ser enajenados, ni adquiridos por derecho, tienen valor

    de uso (su fin es prestar un servicio medible cualitativamente) y no as valor de cambio (no son

    sujetos de intercambio en el mercado). Por tanto, no pueden ser incluidos en el activo de la

    institucin una vez que estos hayan sido concluidos, ni formar parte de su patrimonio. Igual

    tratamiento corresponde a toda inversin que represente una mejora de los mismos.

    La baja de los bienes de dominio o uso pblico, por la entrega de los mismos a la comunidad, por

    parte de la institucin pblica que los adquiri o construy, se realiza con dbito a la cuenta del

    Patrimonio Pblico, creado durante el proceso de su construccin. El Patrimonio Pblico se

    establece en la proporcin de la inversin en las construcciones de bienes de dominio pblico, a

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    travs de asientos de ajuste que debitan las Transferencias de Capital o los Resultados del

    Ejercicio.

    4.11.

    Costos de Estudios, Investigacin y Supervisin

    Los costos de estudios e investigacin se capitalizan cuando sobre los mismos existe certeza

    suficiente de que generarn bienes de capital los que permitirn a futuro el mejoramiento o la

    prestacin de servicios pblicos. Deben estar presupuestados como proyectos de formacin bruta

    de capital.

    Cuando estos costos no cumplan los requisitos sealados anteriormente, deben constituir un

    gasto de la gestin y deben estar inscritos en el presupuesto como proyectos de inversin social.

    Los costos de estudios e investigacin para proyectos de inversin en bienes de dominio privado y

    pblico, se activan durante el perodo de su desarrollo. Cuando el estudio ha sido concretado en

    un proyecto de inversin, al inicio de las obras civiles vinculadas a dichos estudios, este debe ser

    contablemente cargado a la construccin en proceso.

    Cuando los estudios e investigaciones no se concretan en proyectos de inversin de capital, los

    que correspondan a estudios de dominio pblico, deben darse de baja contra el patrimonio

    pblico y los que correspondan a estudios para bienes de dominio privado se dan de baja contra el

    patrimonio institucional.

    Los costos de supervisin de las inversiones en bienes de dominio privado y pblico, se activan

    hasta la conclusin de los bienes, debiendo incorporarse estos costos al valor de los activos

    supervisados.

    Cuando la supervisin corresponda a la construccin de bienes de dominio privado, los costos de

    supervisin se contabilizan en el activo respectivo. Cuando se trata de bienes de dominio pblico,estos costos se dan de baja al momento de la desincorporacin de los bienes.

    4.12.Depreciacin de los Bienes de Uso

    La depreciacin es la distribucin sistemtica a cada perodo contable, del importe despreciable de

    un activo durante su vida til estimada.

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    Activos depreciables son los bienes que:

    a) se espera que sern usados durante ms de un perodo contable y en varios procesos

    productivos;b) tienen una vida til limitada mayor a un ao;

    c) posee una institucin pblica para usarlos en la produccin o prestacin de bienes y servicio;

    d) tienen un valor mnimo razonable.

    Los Estados Financieros del sector pblico deben revelar para cada clase principal de activos

    depreciables:

    a) la depreciacin total asignada al perodo;

    b) el importe total del activo despreciable y la depreciacin acumulada respectiva.

    El mtodo de depreciacin debe aplicarse consistentemente de un perodo a otro, a menos que

    diferentes circunstancias justifiquen un cambio. En el perodo contable en el cual se modifique el

    mtodo, el efecto del cambio debe cuantificarse y las razones para ello deben exponerse.

    Los importes de las depreciaciones de las entidades pblicas se rigen a los porcentajes definidos

    por el Ministerio de Hacienda.

    El mtodo establecido para la depreciacin de los bienes de uso es el de lnea recta, salvo en casos

    especiales debidamente fundamentados.

    En ausencia de valores a depreciar sobre bienes de caractersticas especiales utilizados en el sector

    pblico no comprendidos en las normas citadas, se debe acudir a criterios tcnicos expuestos en

    normas de reconocida validez.

    Las depreciaciones constituyen transacciones patrimoniales sin incidencia en los mdulos

    presupuestario y de tesorera.

    Los bienes de uso se depreciarn desde el momento en que comienza su utilizacin efectiva. En el

    mes de inicio se calcularn los das correspondientes.

    Las obras de arte, joyas, piezas arqueolgicas y afines no se deprecian.

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    4.13.Amortizacin del Activo Intangible

    El activo intangible es un activo identificable de carcter no monetario y sin apariencia fsica, que

    se posee para ser utilizado en la produccin o suministro de bienes y servicios a la comunidad,para ser arrendado a terceros o para funciones relacionadas con la administracin de la entidad.

    Los importes a ser amortizados se rigen a los porcentajes definidos por el Ministerio de Hacienda.

    La amortizacin de programas informticos, de alta obsolescencia, debe ser determinada con base

    a criterios tcnicos debidamente sustentados. Por lo que, la amortizacin de estos activos

    intangibles puede darse en perodos menores a lo establecido en normas legales.

    4.14.Valuacin y Presentacin de Inventarios

    Las existencias de almacenes de materiales y suministros son valuadas a su costo histrico

    especfico por el mtodo de primeras entradas primeras salidas (PEPS). Las variaciones del valor de

    la moneda que modifican estas cifras del costo, son ajustes a la expresin numrica de los

    respectivos costos.

    El mtodo de primeras entradas primeras salidas asume que los lotes del inventario que fueron

    compradas primero, son consumidas primero, y, consecuentemente, las partidas remanentes en

    inventario al final del perodo son aquellas compradas o producidas ms recientemente.

    Al cierre del ejercicio fiscal, previo establecimiento de responsabilidades cuando corresponda, y

    dada la naturaleza de los bienes de almacn, se establecen las previsiones por concepto de

    obsolescencia, merma y otros, las mismas que inciden en el resultado del ejercicio, con base en la

    experiencia y evidencia confiables disponibles al momento de determinar las estimaciones.

    4.15.Previsin para la Valuacin de Cuentas de Activo

    Las entidades pblicas, en funcin a la naturaleza de sus operaciones, deben establecer las

    previsiones necesarias para valuar el activo corriente y no corriente a travs de las previsiones

    correspondientes.

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    Las Empresas Pblicas y las Instituciones Financieras, deben efectuar las previsiones para la

    incobrabilidad de sus cuentas a cobrar, debindose agotar previamente todos los medios para la

    recuperacin de los adeudos al estado.

    Comprende las estimaciones establecidas anualmente con el propsito de cubrir futuros

    quebrantos por incobrabilidad o prdida en el valor de las inversiones de corto y largo plazo,

    basadas en procedimientos tcnicos de verificacin y anlisis y a experiencia de gestiones

    anteriores y estimaciones del futuro inmediato. Estas previsiones son contabilizadas en cuentas de

    gastos correspondientes, las que inciden en la determinacin del Resultado del Ejercicio,

    Las previsiones constituyen transacciones patrimoniales sin incidencia en los mdulos de

    presupuesto y tesorera.

    4.16.Fondos en Avance

    Son entregas de fondos a servidores pblicos autorizados con cargo a rendicin de cuentas, bajo la

    responsabilidad de la mxima autoridad ejecutiva, para cumplir propsitos especficos

    relacionados con las actividades propias de la institucin.

    Corresponden a transacciones sin imputacin presupuestaria, registradas en el Activo Exigible.

    Quin los recibe debe responder mediante rendicin de cuenta documentada, y depositar el

    efectivo no utilizado en el perodo fiscal en el que se efectu la entrega, para que de esta manera

    se ejecute el presupuesto de gastos y se afecten los resultados del ejercicio.

    4.17.Impuesto al Valor Agregado

    Los organismos que conforman la Administracin Central y las Entidades Pblicas Descentralizadas

    sin Fines Empresariales, no consideradas por el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) como

    grandes contribuyentes cuya misin es la prestacin de servicios sin fines de lucro, que porsituaciones extraordinarias emiten facturas por la prestacin de servicios individualizados, deben

    registrar el total de la factura como un ingreso corriente con imputacin presupuestaria.

    Los organismos y entidades pblicas citadas no generan el crdito fiscal, debido a que: para el

    pago del impuesto al valor agregado (IVA), de dicha facturacin, sin derecho a compensacin del

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    crdito fiscal, se debe presupuestar en la partida de gastos correspondiente, el total del

    porcentaje del impuesto para efectuar el pago al SIN, el cual implica la ejecucin del presupuesto

    de gastos.

    Las Empresas Pblicas son sujeto de regmenes impositivos de acuerdo a leyes vigentes,

    generando el dbito y crdito fiscal y dems obligaciones impositivas.

    4.18.Presentacin de la Informacin de ejecucin presupuestaria a la Direccin General de

    Contadura

    Todos los organismos y entidades pblicas tienen la responsabilidad de presentar informacin de

    su ejecucin presupuestaria de recursos y gastos a la DGC en los plazos establecidos por Ley. Su

    incumplimiento generar sanciones establecidas en disposiciones legales.

    4.19.Reexpresin de Estados Financieros

    La reexpresin de los Estados Financieros de las entidades pblicas a moneda constante se efecta

    con base en la Norma de Contabilidad N 3 del Consejo Tcnico Nacional de Auditora y

    Contabilidad del Colegio de Auditores de Bolivia.

    El Ajuste integral es un procedimiento mediante el cual se actualizan con base a la Unidad de

    Fomento de Vivienda (UFV) y/o en la moneda pactada, las cuentas contables no monetarias y las

    monetarias con mantenimiento de valor o que expresan moneda extranjera, afectadas por la

    inflacin.

    5.ESTADOS FINANCIEROS

    El Sistema de Contabilidad Integrada (SCI) produce los siguientes Estados Financieros bsicos:

    Balance General

    Estado de Recursos y Gastos Corrientes

    Estado de Flujo de Efectivo

    Estado de Cambios en el Patrimonio Neto

    Estados de Ejecucin del Presupuesto de Recursos

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    Estados de Ejecucin del Presupuesto de Gastos

    Cuenta Ahorro Inversin Financiamiento

    Estados de Cuenta o Informacin Complementaria

    Las entidades del sector pblico, muestran, a travs de los Estados Financieros y estados de

    cuenta o informacin complementaria sealados por estas normas, su situacin presupuestaria,

    financiera y patrimonial.

    5.1.Obligatoriedad de Elaborar Estados Financieros

    La Direccin General de Contadura (DGC) elabora los Estados Financieros de la Administracin

    Central, como un solo Ente Contable.

    Los organismos que conforman la Administracin Central del Estado no constituyen por si mismos

    Entes Contables independientes, por tanto, no producen Estados Financieros patrimoniales.

    Las instituciones comprendidas como Entidades Pblicas Descentralizadas sin Fines Empresariales,

    Prefecturas Departamentales, Municipalidades, Universidades Pblicas, Instituciones de Seguridad

    Social, Empresas Pblicas no Financieras y Entidades del Sector Pblico Financiero, elaboran cada

    una sus propios Estados Financieros.

    5.2.Naturaleza de los Estados Financieros Bsicos

    Los Estados Financieros producto del SCI, revelan la siguiente informacin:

    5.2.1.Balance General

    Muestra a una fecha determinada la situacin y cuantificacin de los bienes y derechos, expresado

    en partidas del activo corriente y no corriente. Las obligaciones a favor de terceros como pasivos

    corrientes y no corrientes y el correspondiente patrimonio que revela la participacin del estadoen las entidades pblicas y el patrimonio de la comunidad a travs del Patrimonio Pblico.

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    5.2.2.Estado de Recursos y Gastos Corrientes

    Es un resumen analtico de los hechos que, durante el perodo al que corresponden, dieron lugar a

    un aumento o disminucin de los recursos econmicos netos; por lo tanto, muestra el resultadode la gestin por las operaciones de recursos y gastos corrientes, realizados en el ejercicio fiscal.

    5.2.3.Estado de Flujo de Efectivo

    Identifica las fuentes y usos del efectivo o equivalentes empleados por la entidad. Este estado

    muestra el flujo de efectivo segn las actividades que las originan, sean estas: de operacin, de

    inversin o de financiamiento, mediante el mtodo indirecto y la base de caja.

    5.2.4.Estado de Cambios en el Patrimonio Neto

    Muestra las modificaciones, ocurridas en el ejercicio, de las cuentas que componen el Patrimonio

    Neto, incluyendo los ingresos y gastos de capital.

    5.2.5.Estado de Ejecucin del Presupuesto de Recursos

    Muestra los recursos estimados, las modificaciones presupuestarias, el presupuesto vigente, la

    ejecucin acumulada como devengada, lo percibido y el saldo por percibir, a nivel institucional,

    para cada rubro aprobado en el presupuesto.

    5.2.6.Estado de Ejecucin del Presupuesto de Gastos

    Muestra el presupuesto aprobado por Ley, las modificaciones presupuestarias, el presupuesto

    vigente, los compromisos, el saldo no comprometido, el presupuesto ejecutado o devengado, el

    saldo del presupuesto no ejecutado, las partidas pagadas del presupuesto y el saldo por pagar, a

    nivel institucional para cada una de las partidas aprobadas en el presupuesto.

    5.2.7.Cuenta Ahorro Inversin Financiamiento

    Muestra el ahorro o desahorro generado en la cuenta corriente, el supervit o dficit en la cuenta

    de capital y la magnitud del financiamiento del ejercicio.

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    5.2.8.Estados de Cuenta o Informacin Complementaria

    Son todos aquellos que detallan y amplan la informacin contenida en los diferentes estados

    bsicos, con el propsito de revelar informacin importante que sea necesaria para hacer claros ycomprensibles los Estados Financieros.

    5.3.Notas a los Estados Financieros

    Las entidades del sector pblico, deben hacer las revelaciones o declaraciones necesarias para

    facilitar la interpretacin de la informacin contenida en los Estados Financieros bsicos, mediante

    notas explicativas que forman parte integral de los mismos.

    Las notas a los Estados Financieros pueden presentarse: redactadas en forma narrativa (para

    eventos de carcter terico - conceptual) o compiladas en forma de planillas o cuadros (para

    ampliar y explicar los efectos cuantitativos de las cifras expuestas en los estados o producto de

    hechos importantes).

    a. Naturaleza de las operaciones de la entidad;

    b. Bases contables utilizadas y criterios de valuacin de los principales componentes de los

    c. Estados financieros;

    d. Restricciones sobre determinados componentes del balance general;

    e. Evolucin (cambios de una fecha a otra) o composicin, de acuerdo al grado de

    f. Desagregacin, de los componentes de los estados financieros;

    g. Acontecimientos posteriores relevantes que tengan implicancia en la interpretacin de los

    h. Estados financieros y que ocurran hasta la fecha de emisin de dichos estados;

    i. Naturaleza de los resultados obtenidos en cada ejercicio, tomando en cuenta que las

    j. Entidades del sector pblico no buscan fines de lucro, excepto las empresas pblicas; y

    k. Explicaciones acerca del cumplimiento legal sobre el uso de los recursos destinados, a

    l. Gastos corrientes o de funcionamiento e inversin real y social.

    5.4.Estados Analticos del Sector Pblico elaborados por la Direccin General de Contadura

    La DGC debe elaborar los siguientes estados analticos del sector pblico:

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    a. Ejecucin del Presupuesto de Recursos del Sector Pblico;

    b. Ejecucin del Presupuesto de Gastos del Sector Pblico;

    c. Clasificacin Econmica de Recursos y Gastos del Sector Pblico;

    d. Cuenta Ahorro - Inversin - Financiamiento del Sector Pblico; y

    e. Estadsticas de las Finanzas Pblicas.

    5.5.Consolidacin de Estados Financieros de las Empresas Pblicas

    Las empresas del sector pblico que posean ms del 50% del patrimonio de otra u otras empresas,

    deben presentar Estados Financieros consolidados con los de stas, independientemente de los

    propios.

    5.6.Informacin sobre el Perodo Anterior o Estados Comparativos

    Los Estados Financieros bsicos, excepto los de Ejecucin Presupuestaria de Recursos y Gastos,

    deben contener informacin de la gestin anterior.

    La informacin del ao actual estar presentada en la columna a continuacin de los conceptos

    que se informa y en la segunda columna la informacin de la gestin anterior, reexpresada a

    moneda de cierre de la gestin actual.

    5.7.Responsabilidad y Firma de los Estados Financieros

    Los Estados Financieros bsicos y estados de cuenta o informacin complementaria deben estar

    firmados, identificando nombres y cargos, por la mxima autoridad ejecutiva de la entidad (MAE),

    el responsable del rea financiera y el contador general de la entidad, en ejercicio a la fecha de

    emisin de los mismos.

    5.8.Idoneidad del Personal del rea Contable

    El Director General de Contadura administrador del SCI, debe contar con ttulo profesional en el

    rea econmica financiera, otorgado por una universidad plena, registro en el colegio profesional

    respectivo y experiencia en administracin financiera pblica.

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    Los Contadores de las entidades pblicas deben tener formacin profesional y registro en el

    colegio profesional respectivo, para el ejercicio de las funciones contables.

    La mxima autoridad ejecutiva es responsable de la contratacin, de profesionales idneos para elejercicio de la funcin contable.

    5.9.Plazo de Presentacin

    Dentro de los tres meses de concluido el ejercicio fiscal cada institucin del sector pblico, debe

    presentar obligatoriamente a la entidad que ejerce tuicin sobre ella, y a la DGC y poner a

    disposicin de la Contralora General de la Repblica, los Estados Financieros bsicos y estados de

    cuenta o informacin complementaria de la gestin anterior, que se definen en las presentes

    normas, acompaando el informe de confiabilidad del Auditor Interno. Dichos estados una vez

    remitidos, sern considerados como definitivos, los mismos no pueden ser modificados,

    independientemente que tengan o no dictamen de auditoria interna o externa.

    La DGC, mediante conducto regular, remitir al Ministro de Hacienda y al Presidente de la

    Repblica, y pondr a disposicin de la Contralora General de la Repblica, los Estados Financieros

    de la Administracin Central con sus respectivas notas explicativas, de acuerdo a disposiciones

    legales en vigencia, dentro de los 180 das siguientes a la finalizacin del ejercicio fiscal.

    Las Unidades Ejecutoras y/o Direcciones Administrativas que forman parte de una institucin

    pblica u organismo de la Administracin Central, deben entregar a la entidad de la cual dependen

    y a la DGC la informacin de ejecucin del presupuesto a su cargo y otra requerida por el rgano

    rector, en el plazo sealado por Ley, para su respectiva integracin a los Estados Financieros de la

    Administracin Central.

    Los proyectos que manejan recursos de origen externo en forma desconcentrada de la entidad de

    la cual forman parte, como Unidades Ejecutoras, independientemente de los reportes exigidos por

    el financiador, deben cumplir con la obligatoriedad sealada en el prrafo precedente.

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    6.PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD INTEGRADA

    6.1.Naturaleza

    Un principio de Contabilidad es una verdad fundamental, una ley o doctrina principal que seala

    los objetivos de la contabilidad y que sugieren la forma en que tales objetivos se alcanzan. Los

    Principios de Contabilidad Integrada (PCI) son una adaptacin de los Principios de Contabilidad

    Generalmente Aceptados (PCGA) a las particularidades del sector pblico. Debido a los objetivos y

    al medio en que se desenvuelven las entidades del Estado, la aplicacin e interpretacin de los

    principios contables en el sector pblico, deben considerar:

    a) La misin primordial de las entidades gubernamentales de prestar servicios pblicos sin

    fines de lucro, excepto las empresas pblicas; y

    b) La naturaleza de la administracin financiera pblica, que se rige por disposiciones legales,

    las cuales utilizan elementos de administracin y control que regulan el recurso y gasto

    pblicos.

    6.2.Concepto de Principios de Contabilidad Integrada (PCI)

    Los Principios de Contabilidad Integrada constituyen la base terica sobre la cual se fundamenta el

    proceso contable del SCI, cuyo propsito es uniformar los distintos criterios de valuacin,

    contabilizacin, exposicin, informacin y consolidacin, cuando corresponda, de los hechos

    econmico - financieros que se registran en la contabilidad del sector pblico.

    6.3.Principios de Contabilidad Integrada

    El postulado bsico del SCI es:

    6.3.1.Equidad

    La equidad es el postulado bsico o principio fundamental que debe orientar la actividad

    relacionada con la contabilidad y elaboracin de la informacin de cada Ente, de tal manera que el

    registro, evaluacin y exposicin de las transacciones presupuestarias, patrimoniales y financieras,

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    se efecten de manera imparcial. La aplicacin de este principio a la actividad contable, orienta a

    que los Estados Financieros se preparen de modo tal que reflejen en forma ecunime y objetiva y

    bajo un criterio equitativo la informacin financiera, sin pretender afectar intereses de ninguna de

    las partes involucradas.

    La equidad entre intereses del Estado y los particulares debe ser una preocupacin constante en la

    contabilidad, puesto que quienes se sirven de ella, o utilizan sus datos contables, pueden

    encontrarse ante el hecho de que sus intereses particulares se hallen en conflicto, de esto se

    desprende que los Estados Financieros deben prepararse de tal modo que reflejen con equidad,

    los distintos intereses en juego en las entidades pblicas.

    Los principios del Sistema de Contabilidad Integrada son:

    6.3.2.Legalidad

    Los hechos econmico - financieros de las entidades del sector pblico, se registran en elproceso

    contable previo cumplimiento de las disposiciones legales vigentes y pertinentes. Los principios

    contables deben encontrarse en armona con las disposiciones legales. Eventualmente cuando

    exista oposicin entre normas legales y tcnicas, prevalece la aplicacin del derecho pblico,

    debiendo informar de este hecho y su impacto en la posicin financiera y los resultados, en notas

    a los Estados Financieros.

    6.3.3.Universalidad y Unidad

    El Sistema de Contabilidad Integrada debe registrar todas las transacciones presupuestarias,

    financieras y patrimoniales en un sistema nico, comn, oportuno y confiable; afectando, segn la

    naturaleza de cada operacin, a sus componentes, en forma separada, combinada o integral,

    mediante registro nico Las operaciones que realiza el Ente corresponden a diversas etapas de su

    gestin pblica, por consiguiente, el universo de las mismas debe reflejarse en la contabilidad y

    sus estados. El SCI registra dichas transacciones una sola vez en un sistema nico lo que permite

    obtener informacin coherente, en razn a que la misma es originada en una nica fuente

    informativa.

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    6.3.4.Devengado

    El reconocimiento de recursos y gastos para determinar el resultado econmico y su efecto en el

    patrimonio, correspondiente a un ejercicio, debe registrarse en el momento en que sucede elhecho substancial que determina su origen y queda perfeccionado desde el punto de vista de la

    legislacin o prcticas comerciales aplicables y se hayan evaluado los riesgos inherentes a tal

    operacin, sin considerar si se han cobrado o pagado.

    Devengado de Recursos

    El devengamiento de los recursos, se produce cuando se crea una relacin jurdica entre la entidad

    y terceros por la entrega de bienes o la prestacin de servicios, en virtud de la cual se origina un

    derecho de cobro por parte de la entidad y una obligacin de pago por parte de terceros.

    En los casos de donaciones o transferencias, por no existir contraprestacin de bienes o servicios,

    ni derecho de cobro, el devengamiento es simultneo a la percepcin de los recursos.

    En la Administracin Central, Administraciones Departamentales y Municipalidades, se emplea la

    base de efectivo fundamentalmente para el reconocimiento de los recursos de naturaleza

    tributaria, este procedimiento no contradice el principio del devengado porque los recursos se

    contabilizan simultneamente en momentos de devengado y percibido cuando son efectivamente

    recaudados.

    Los recursos tributarios o de otra naturaleza, podrn ser devengados siempre y cuando exista una

    razonable certidumbre de su percepcin, identificacin plena del deudor y del monto de la

    operacin.

    Las entidades pblicas que reciben recursos transferidos por coparticipacin, subsidios o

    subvenciones y otros de la misma naturaleza, no pueden devengar estos recursos. Tampoco

    pueden anticipar gastos con cargo a los mismos, mientras estos no sean efectivamente percibidos.

    Devengado de Gastos

    El devengamiento del gasto se produce cuando se genera la obligacin de pago en favor de

    terceros por la recepcin de bienes o servicios a conformidad, adquiridos por la entidad, al

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    vencimiento de la fecha de pago de una obligacin o cuando por un acto de autoridad competente

    se dispone efectuar una transferencia a terceros.

    El devengamiento del gasto implica la afectacin definitiva de los crditos presupuestarioscorrespondientes, es decir, la ejecucin del presupuesto. Es a partir del devengado que se

    producen los asientos de partida doble en la contabilidad.

    6.3.5.Ente

    Los Estados Contables del sector pblico se refieren siempre a un Ente pblico. Ente contable, es

    una institucin de la administracin pblica, con personera jurdica propia, patrimonio

    independiente, responsable de administrar recursos y gastos asignados y diferenciados en el

    Presupuesto General de la Nacin, responsable de cumplir objetivos y metas, quien debe producir

    Estados Contables.

    Para fines del Sistema de Contabilidad Integrada, la Administracin Central se considera un slo

    Ente, con una estructura jurdica homognea, en la que los organismos que la conforman no

    tienen individualidad patrimonial propia y todos juntos constituyen un nico Ente Jurdico y

    Contable; con responsabilidad de la administracin de su presupuesto. Los programas y proyectos

    emergentes de convenios de crdito y/o donaciones con otros gobiernos u organismos

    internacionales que no cumplen con los requisitos sealados anteriormente, no constituyen Entes

    Contables. Deben procesar informacin segn lo establecido por el rgano Rector, de acuerdo a

    necesidades propias de informacin del programa o proyecto y las condiciones establecidas por

    dichos convenios.

    6.3.6.Bienes Econmicos

    La informacin contable se refiere a bienes materiales e inmateriales, derechos y obligaciones que

    poseen valor econmico y por tanto, son susceptibles de ser valuados objetivamente en trminos

    monetarios.

    Este principio define la naturaleza de los bienes que deben ser reconocidos en los Estados

    Financieros: activos, pasivos, patrimonio, recursos y gastos cuantificables econmicamente.

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    La contabilidad del sector pblico particulariza los Bienes de Dominio Privado o Institucional,

    constituidos por activos materiales o inmateriales de uso de la entidad, cuyo derecho propietario

    est registrado a nombre de la misma y contribuyen a la prestacin de servicios pblicos; los

    costos de depreciacin, amortizacin o agotamiento registrados, pueden ser confrontados con los

    recursos corrientes.

    Bienes de Dominio Pblico o de uso de la comunidad, como puentes, carreteras, plazas, reas

    verdes, etc. constituyen activos del Ente ejecutor durante el perodo de su construccin o

    mejoramiento, una vez terminados deben darse de baja y registrarse en cuentas de orden de la

    entidad destinataria o encargada de su mantenimiento. Son bienes de uso irrestricto por la

    comunidad; plazas y carreteras y, en algunos casos de uso restringido por tasas o derechos que no

    tienen el propsito de reponer dichos bienes; autopistas y aeropuertos (franjas de aterrizaje), etc.

    6.3.7.Entidad en Marcha

    Las Normas Bsicas, los PCI del SCI y sus Estados Financieros, presumen la continuidad indefinida

    de las operaciones del Ente de acuerdo con su norma legal de creacin, excepto que en la misma

    se estipule un plazo determinado para su funcionamiento, en cuyo caso se aplican tcnicas

    contables de reconocido valor.

    La aplicacin de este principio permite clasificar las operaciones de acuerdo con criterios de corto

    y largo plazo, en coincidencia con el criterio adoptado en la formulacin del presupuesto y en el

    plan de cuentas.

    6.3.8.Ejercicio

    Constituye el periodo en el que regularmente la entidad pblica debe medir los resultados

    econmicos, de ejecucin presupuestaria, situacin financiera, de tesorera y cumplimiento de

    metas de su programacin de operaciones. Los ejercicios deben ser de igual duracin para

    permitir su comparacin.

    El ejercicio contable comprende del 1 de enero al 31 de diciembre de cada ao, al final del cual se

    debe realizar el proceso de cierre. Cuando normas legales aplicables a empresas pblicas obliguen

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    a presentar Estados Financieros entre fechas diferentes, deben elaborarlos independiente de

    cumplir