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DERECHO CIVIL

PARTE GENERAL

Nociones FundamentalesDerecho Público / Derecho Privado

Derecho Privado / Derecho Civil

Fuentes del Derecho Civil

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DERECHO CIVIL / Parte General

Nociones Fundamentales:

Derecho Público / Privado Derecho Privado / Civil

• Concepto• Características• Evolución• Formación del D. Civil chileno

Fuentes del Derecho Civil

La Ley• Definición – Clasificación• Código Civil• Leyes modificatorias del CC• Leyes complementarias del CC• Interpretación• Efectos• Ley de Efecto Retroactivo• Derogación

La costumbre Otras Fuentes

• Jurisprudencia• Doctrina• Principios Generales de Derecho

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NOCIONES FUNDAMENTALESDerecho Público / Privado / Derecho Civil

Derecho

Público “Conjunto de principios y reglas que establecen las atribuciones

de los poderes públicos, la organización de sus instituciones,y las garantías de los particulares frente a él”.

Privado “Conjunto de principios y reglas que norman las relaciones jurídicas de los particulares entre sí, y con el Estado cuando

éste actúa como particular”.

Intermedio (Mixto)Relaciones grupales (Cooperativas, Sindicatos, Asoc. Gremiales)

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NOCIONES FUNDAMENTALESDerecho Privado / Civil

Relación género – especie. Concepto de Derecho Civil

Características

Evolución Ocaso (Intervención del Estado /

desintegración).

Formación del D. Civil chileno.

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NOCIONES FUNDAMENTALESConcepto de Derecho Civil

Clemente De Diego:“Conjunto de normas reguladoras

de las relaciones ordinarias y más

generales de la vida, en que elhombre se manifiesta como tal, esdecir, como sujeto de derechos,miembro de una familia, y titular deun patrimonio, para elcumplimiento de sus finesindividuales dentro del concierto

social”.

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NOCIONES FUNDAMENTALESCaracterísticas del Derecho Civil

Derecho de la persona.

Derecho común.

Generalidad. Carácter trocal-basal.

Necesidad de demostrar aplicación de normasespeciales.

Derecho supletorio (art. 4).

“preferencia”.

Caracterización de la familia del sistema.

Derecho generalmente modificable (disponibilidad). Límite: Orden público.

Concepto doctrinario tentativo:• “Conjunto de principios y reglas que se consideran

fundamentales en la estructuración de las instituciones jurídicas de un país en un momento histórico determinado”.

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FUENTES DEL D. CIVIL CHILENOLA LEY

Definición - Clasificación (art. 1 CC). Imperativas:

Concepto: “La que impone requisitos para la ejecución de unhecho o la celebración de un acto”.

Sanción

Prohibitivas: Concepto: “La que impide la ejecución de un hecho ocelebración de un acto bajo todo respecto o circunstancia.”

Sanción: (10 - 1466 - 1682). Indisponibilidad (1469 / 1683).

Permisivas: Concepto: “Las que autorizan a una persona a hacer o no hacer 

algo; y obligan a las demás a respetar la facultad concedida aaquélla.”

Renuncia del derecho (12).

Sanción: Indemnización de perjuicios.

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FUENTES DEL D. CIVIL CHILENOLeyes Imperativas

SANCION

ACTOS

HECHOS

Interés público: Nulidad absoluta.

Interésprivado

Requisitos esenciales establecidos en consideracióna la naturaleza del acto: Nulidad Absoluta (1682).

Excepto sanciones especiales (Ej.: 1026 inc.2°).

Requisitos no sustanciales, o establecidos en

consideración al estado o calidad de laspartes: Nulidad Relativa. (1682).

Requisitos establecidos a favor de terceros:Inoponibilidad.

Requisitos establecidos por vía de prueba:

Privación del medio de prueba.

Sanción que la propia ley establece.A falta de sanción expresa, sanción contemplada enordenamiento jurídico.

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FUENTES DEL D. CIVIL CHILENOLA LEY  – El Código Civil

EL CODIGO CIVIL CHILENOGestación

FuentesEstructura

Principios fundamentales

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FUENTES DEL D. CIVIL CHILENOLA LEY  – El Código Civil

Gestación:

Antecedentes. Comisión de Legislación del Congreso Nacional (1840). Junta Revisora (1841). Fusión (1846). 1848-49: extinción.

Proyecto del ’53 (presentado en 1852) . Comisión Revisora: “Proyecto inédito”.

Nuevo examen: Proyecto “definitivo” de 1855.

Ley aprobatoria: 14-12-1855. Vacancia: 01-01-1857. Resumen de proyectos del Código Civil:

Proyecto 1841-1845 (“El Araucano”).

Proyecto 1846-1847 (impreso en 1847). Proyecto de 1853. Proyecto inédito. Proyecto definitivo o aprobado (1855).

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FUENTES DEL D. CIVIL CHILENOLA LEY  – El Código Civil

FUENTES:Legislativas:Derecho Romano.

Código Civil Francés.Leyes españolas.Otros Códigos Civiles.

Doctrinarias.Pothier, Domat, Savigny, Delvincourt,

Troblong, García Goyena, etc…

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FUENTES DEL D. CIVIL CHILENOLA LEY  – Estructura del Código Civil

Estructura General: Un Título Preliminar y uno Final. 4 Libros.

Títulos – Párrafos - Artículos (1°al 2524; art. final). Estructura Temática:

Título Preliminar. La ley - Definiciones generales.

Libro I “De las Personas”.

Personas Naturales - Atributos de la personalidad - Principio y fin de su existencia -Matrimonio - Filiación - Tutelas y curadurías -Personas Jurídicas. Libro II “De los bienes y de su dominio, posesión, uso y goce”.

Clases de bienes - El dominio - Modos de adquirir el dominio - Derechos realeslimitados - Reivindicación - Acciones posesorias.

Libro III “De la sucesión por causa de muerte y de las donaciones entre vivos”.

Reglas generales - Sucesión intestada - Sucesión testamentaria - Donacionesentre vivos.

Libro IV “De las obligaciones en general y de los contratos”. Definiciones - Clasificación de las obligaciones - Efectos de las obligaciones -

Interpretación de los contratos - Modos de extinguir las obligaciones - Prueba de lasobligaciones - Regímenes matrimoniales - Contratos - Cuasicontratos - Delitos ycuasidelitos - Prelación de créditos – Prescripción.

Título Final. Observancia del Código.

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FUENTES DEL D. CIVIL CHILENOLA LEY  – El Código Civil

Principios fundamentales del Código Civilchileno:

Igualdad jurídica entre chilenos yextranjeros. (art. 57).

Protección de la familia legítima.

Libre circulación de la riqueza yprotección a la propiedad privada.

Autonomía de la voluntad – libertadcontractual.

Evolución.

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FUENTES DEL D. CIVIL CHILENOLA LEY  – Interpretación

Objeto general: cosa, hecho o idea. Concepto: Interpretar una norma significa

DETERMINAR SU VERDADERO SENTIDO YALCANCE.

Sentido: significado.Alcance: campo de aplicación. Tradición romanista: 3 elementos de la Ley:Letra.

Sentido ( sensus  ) (su significado gramatical).Razón (ratio) (su finalidad.

La ratio última de toda ley es la equidad.

Domat la llamó “Espíritu” de la Ley (así lo tomó el CC de Lousiana

del proyecto de CC francés de 1800, recurrido por Bello en los art.s19 a 24 CC) (Guzmán).

S C C O

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FUENTES DEL D. CIVIL CHILENOLA LEY  – Interpretación

… ¿Cuándo es necesario interpretar una norma?

Algunos: Las normas claras no requieren serinterpretadas “in claris non fit interpretatio” (Justiniano) (art. 19-1).

Actualmente, idea mayoritaria: Toda norma debe

interpretarse (Savigny, Claro Solar).Argumento lógico: Para determinar si una norma es o no

clara u obscura, debe ser interpretada.Dificultad del lenguaje: Expresiones ambiguas

(equivocas) (varios significados) y vagas (significado

impreciso).Necesidad de relacionar la norma con el resto del

ordenamiento.Art. 19 CC no dice que las leyes claras no se interpretan;

tampoco se refiere a su tenor (claro u obscuro); se refiere

al sensus.

FUENTES DEL D CIVIL CHILENO LA

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FUENTES DEL D. CIVIL CHILENO LALEY  – Interpretación

CLASIFICACION DE LA INTERP.JUR.Según su origen:

(Privada/Pública).Según su regulación: (Reglada / No

Reglada).

Según su extensión o alcance:(Declarativa (estricta)/Restrictiva/Extensiva).

Según el método o doctrina.

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FUENTES DEL D. CIVIL CHILENOLA LEY  – Interpretación

Según su origen: I. Privada (doctrinaria): Particulares. Noobligatoria; su influencia depende delprestigio del intérprete (Jurisp. En sentido

amplio; ciencia del D; Dogmática jur.). I. Pública (de autoridad).

I. Legislativa (auténtica): Ley interpretativa.(art. 9).

I. Judicial: Juez en la sentencia. (art. 3-2 CC). I. Administrativa: Organos de la adm. Del E.

dentro de su especialidad. Es general, perobajo control de la I. Judicial.

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FUENTES DEL D. CIVIL CHILENOLA LEY  – Interpretación

Según su regulación:I. Reglada: El ordenamiento

contiene reglas de interpretación.Graduable.Sist. Chileno es reglado (19 a 24

CC: I. Ley; 1560 a 1566 I. contratos;

1069: I. Testamento)I. No Reglada (libre).

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FUENTES DEL D. CIVIL CHILENOLA LEY  – Interpretación

Según su resultado (extensión o alcance):Extensiva: la norma resulta aplicable a un

mayor numero de situaciones de aquellas quese desprenden de su tenor literal.

Declarativa (estricta): la norma resultaaplicable a las mismas situaciones que sedesprenden de su tenor literal.

Restrictiva: la norma resulta aplicable a menos

situaciones de las que se desprenden de sutenor literal.

Adagio.

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FUENTES DEL D. CIVIL CHILENOLA LEY  – Interpretación

Método Gramatical oFilológico.

Estricto apego a la letra de laley; hay que atenerse fielmentea las palabras y expresiones que

se emplean en la normas.

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FUENTES DEL D. CIVIL CHILENOLA LEY  – Interpretación

Método Exegético o Histórico.Algunos: Hay que indagar en la

voluntad del legislador. Ahí está laratio legis.

Savigny: Hay que indagar en lasituación en que se encontraba el

D en el momento anterior a ladictación de la norma interpretada.Esto explica el cambio legislativo.

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FUENTES DEL D. CIVIL CHILENOLA LEY  – Interpretación

Método Lógico oSistemático.

Racionalismo Jur. –

Positivismo: La ley tiene vida yvoluntad propia.

El sentido debe encontrarse enella misma y no en elementosajenos.

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FUENTES DEL D. CIVIL CHILENOLA LEY  – Interpretación

Método de la EvoluciónHistórica.

El significado de las normasvaría con el tiempo según loscambios sociales y culturales; el

significado de la norma es algodinámico y evolutivo, no fijo ypétreo.

FUENTES DEL D CIVIL CHILENO

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FUENTES DEL D. CIVIL CHILENOLA LEY  – Interpretación

Método de la Libre Investigacióncientífica.El interprete debe reconstruir el

pensamiento del legislador, pero puedeapartarse de éste cuando se trata denociones cambiantes (ej: buenascostumbres, orden público, etc..).

Tiene la mayor libertad, cuando hayoscuridades insalvables o vacíoslegales, pues en este caso, no hayintención del legislador. Luego, elintérprete pueda resolverlas libremente.

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FUENTES DEL D. CIVIL CHILENOLA LEY  – Interpretación

Método de la jurisprudencia delos intereses. escuela sociológicadel derecho

Versión moderna del método teleológico.Leyes: resultante de intereses de

múltiple índole.

Intérprete debe investigar los interesesen conflicto.

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FUENTES DEL D. CIVIL CHILENOLA LEY  – Interpretación

Generalidades Concepto: Son ciertos factores que se emplean con el fin

de interpretar las normas jurídicas. Sistematizados por Von Savigny (Sistema de derecho 

Romano Actual) en 4 elementos (clásicos):GRAMATICAL; LOGICO; HISTORICO; SISTEMATICO

Entre nosotros, tratados por Luis Claro Solar(Explicaciones de Derecho Civil Chileno y Comparado)(comienzos siglo XX). Posteriormente se han agregadoconfusamente algunas características (prelación,exclusión, etc…) ajenos a la noción de Savigny.

Bello no tuvo por referencia a Savigny en materia de

interpretación. Tomó de modelo el Código de Louisiana,unico estado con c.c) que tomó el proyecto de CC francésde 1800: Doctrina de Jean Domat. (Guzmán).

No obstante, el esquema de Savigny es buen instrumentode análisis.

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FUENTES DEL D. CIVIL CHILENO  – LA LEY – Interpretación- ELEM. GRAMATICAL

ELEMENTO GRAMATICAL

CONSISTE EN DETETRMINAR ELSENTIDO O ALCANCE DE UNA NORMAEXAMINANDO LAS PALABRAS, FRASESY ORACIONES DE QUE SE COMPONE EL

TEXTO DE LA LEY.Se atiene a las palabras o expresiones de la NJ yconsiste en determinar el significado o sentido conque se emplean.

“La palabra sirve de medio de comunicación entre

el pensamiento del legislador y el nuestro”(Alessandri-Somarriva-Vodanovic). “El elemento gramatical implica el análisis de la

semántica (significado de las palabras) y de lasintáctica (estructura de las expresiones) delprecepto legal.” (Ducci).

REGLAS

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FUENTES DEL D. CIVIL CHILENO  – LA LEY – Interpretación  – ELEM. GRAMATICAL

REGLAS: Las palabras definidas por la ley: significado

legal art. 20, segunda parte). art. 19 inc.1: regla programática. Ejs: Arts. 25 y sgtes.

Para “ciertas materias”: ej: 55: condición 1473 Las palabras técnicas art. 21:

Ej.: acc posesorias 916 y sgtes. “a menos que aparezca claramente”: Art 920

“embarazo”

Regla residual y mayoritaria: sentido naturaly obvio, según el uso general de laspalabras (art. 20). Hay algunas sentencias de la Corte Suprema:

RAE.

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FUENTES DEL D. CIVIL CHILENO  – LA LEY – Interpretación  – ELEM. HISTORICO

ELEMENTO HISTORICO.

CONSISTE EN DETERMINAR EL SENTIDO YALCANCE DE UNA NORMA EXAMINANDO LOSANTECEDENTES Y CIRCUNSTANCIASIMPERANTES EN LA ÉPOCA EN QUE SE DICTÓLA NORMA Y AÚN OTROS MÁS REMOTOS QUE

PUEDAN HABERSE CONSIDERADO. Art. 19-2: “fidedigna” discutido: Algunos: sólo aquellos antecedentes que forman parte del

proceso de formación de la ley: actas de discusionesparlamentarias, acta de moción….

Otros (más amplio): esos antecedentes y otros, con tal que

estén consignados como efectivos en documentos u obrashistóricas generalmente consolidadas o respetadas por suseriedad.

En general parece prevalecer la segunda posición. Ej:1447: demente.

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FUENTES DEL D. CIVIL CHILENO  – LALEY  – Interpretación  – ELEM. LOGICO

ELEMENTO LOGICO CONSISTE EN DETERMINAR EL SENTIDO Y ALCANCE DE

UNA LEY PREFIRIENDO AQUELLA ALTERNATIVA DEINTERPRETACION CON LA CUAL LA NORMA PRESENTEARMONIA O COHERENCIA CON OTRAS SECCIONES DE LAMISMA LEY.

“El elem. Lógico tiene por objeto la descomposicióndel pensamiento o las relaciones lógicas que unen lasdiferentes partes de las leyes” (Savigny).

Art. 22 inc. 1°y 19 inc. 2°. También arts. 4 y 13. (principio de especialidad).Ej: 2260 si se interpreta extensivamente hay

contradicción con el 2263. Conforme al elemento lógicoresulta que hay que restringir la interpretación del2260.

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FUENTES DEL D. CIVIL CHILENO  – LA LEY – Interpretación – ELEM. SISTEMATICO

ELEMENTO SISTEMATICO

CONSISTE EN DETERMINAR EL SENTIDO YALCANCE DE UNA NORMA PREFIRIENDAOAQUELLA ALTERNATIVA DE

INTERPRETACION CON LA CUAL LANORMA MANTIENE COHERENCIA,ARMONÍA CON EL RESTO DELORDENAMIENTO JURIDICO.

ART. 22 INC. 2°- ART. 24.

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FUENTES DEL D. CIVIL CHILENO  – LALEY  – Interpretación  – LA EQUIDAD

La equidad como elemento deinterpretación.Art. 24.Justicia del caso particular.“natural” : noción iusnaturalista.

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FUENTES DEL D. CIVIL CHILENOLA LEY  – Interpretación

Reglas especiales deinterpretación

Regla de lo favorable uodioso (art. 23).Principio de especialidad(arts. 4 y 13).

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FUENTES DEL D. CIVIL CHILENOLA LEY  – Interpretación

Orden de aplicación de os elementos(Discusión)General aceptación en sgte. orden:

Elem gramatical.Elem lógico e histórico (sin precedencia).Elem sistemático y equidad natural.

Observaciones

No hay claridad en fundamentos de laprecedencia.En la práctica no hay rigurosidad en la

precedencia.

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FUENTES DEL D. CIVIL CHILENOLA LEY  – Interpretación

REGLAS PRACTICAS DE INTERPRETACION

Son afirmaciones breves que pretenden condensar resultados derazonamientos jurídicos, y que se tienen como verdades generalmenteaceptadas.

Son máximas que ha creado la doctrina que aplican criterios deinterpretación asentados en los principios generales del derecho. Ej: Argumento a simile o analogía: Donde existe la misma razón existe

la misma disposición. Argumento a fortiori: Quién puede lo más puede lo menos; y quién

tiene prohibido lo menos, con mayor razón tiene prohibido lo más. Argumento a contrario sensu : quien enuncia una afirmación, niega

la contraria. Argumento a generale sensu: Donde el legislador no distingue, no

es lícito al intérprete distinguir. Argumento ab absurdum: Debe rechazarse toda interpretación que

conduzca a una solución irracional o absurda.

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FUENTES DEL D. CIVIL CHILENOLA LEY  – Interpretación

EL DERECHO COMPARADO COMO ELEMENTODE INTERPRETACION.

Disciplina.Familias.Finalidades:

Progreso en la principiología.Perfeccionamiento de los ordenamientos jurídicos.

Interpretación (particularmente entre ordenamientosde una misma familia).Tendencia de uniformación de los ordenamientos.

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FUENTES DEL D. CIVIL CHILENOLA LEY  – Efectos

Ambitos de vigencia de la ley.Temporal, personal, espacial. Ambito temporal.

GeneralidadesPrincipio de irretroactividadDeterminación de cuándo una ley es

retroactiva (teorías)El legislador y la retroactividadLey de Efecto Retroactivo de la Leyes

FUENTES DEL D CIVIL CHILENO LA

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FUENTES DEL D. CIVIL CHILENO  – LALEY  – Efectos

Generalidades.3 fases de vigencia temporal

Desde promulgación hasta derogación(extensión normal).

Antes de promulgación.Después de derogación.

Entrada en vigenciaCese de la vigencia

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FUENTES DEL D. CIVIL CHILENO  – LA LEY  – Efectos

Entrada en vigencia (art. 7 CC)

INICIO

VIGENCIA

RG: PUBLICACION(art. 7 CC)

EXCEPCIONES

VACANCIA LEGAL(vacatio legis)

Con posterioridada la publicación.

RETROACTIVIDADCon anterioridada la publicación.

FUENTES DEL D CIVIL CHILENO LA LEY Ef t

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FUENTES DEL D. CIVIL CHILENO  – LA LEY  – Efectos

Cese de la vigencia

CESEVIGENCIA

RG: DEROGACION

EXCEPCIONES

Tácita; Expresa;Orgánica; por

Remisión

Total; Parcial

Causasintrínsecas(PLAZO;

CONDICION)

ULTRACTIVIDAD

FUENTES DEL D CIVIL CHILENO – LA

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FUENTES DEL D. CIVIL CHILENO  – LALEY  – Efectos

Principio de irretroactividadEfecto retroactivo – efecto inmediato.El derecho transitorio (intertemporal)Normas sustantivas - de conexiónConfrontación principios retroactividad –

irretroactividad

Normas de Derecho Transitorio chileno:

Normas transitorias.Art. 9 CC.Ley de Efecto Retroactivo de las Leyes.

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Á bit T l d l L gi l ió

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Ámbito Temporal de la Legislación

Normas de conflicto en sentido técnico:No imputan directamente una solución ensu supuesto normativo, sino queindirectamente: punto de conexión con

la norma aplicable.… Pero también pueden contener 

soluciones materiales al regular en formaespecífica y diferenciada un periodo de

transición (Ej.: 4ª disposición TransitoriaCPR).

Ámbito Temporal de la Legislación

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Ámbito Temporal de la Legislación

CONFRONTACION DE PRINCIPIOS

Principio de RETROACTIVIDAD: La ley deberegir también para el pasado (ex tunc): InterésGeneral; se supone más justa y perfecta que laanterior. Valor: JUSTICIA.

Principio de IRRETROACTIVIDAD: La leydebe regir sólo para el futuro (ex nunc): 

Valor: SEGURIDAD JURIDICA.

BurdeauSolución ecléctica: Principio General:

Irretroactividad; Excepcionalmente“Retroactividad benigna” (especialmente en

materia penal).

Ámbito Temporal de la Legislación

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Ámbito Temporal de la Legislación

Confrontación de valores Seg. Jur. -Justicia

BURDEAU: “La regla de irretroactividad

de la ley es considerada a justo títulocomo “el fundamento de la libertadcivil, por cuanto si la ley pudiere afectarretroactivamente lo que ha sido hecho

bajo el imperio de la ley precedente, nohabría ninguna seguridad jurídica y, porconsiguiente, ninguna garantía para la

que ha sido creado libremente”.

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Ámbito Temporal de la Legislación

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p g¿Cuándo una Ley es Retroactiva?

TEORIA DE LOS DERECHOS ADQUIRIDOS (Blondeau –

Merlin): Derecho Adquirido: Incorporado definitivamente al

patrimonio. Meras Expectativas: Esperanzas o posibilidad de adquirir un

derecho, con la contingencia que se frustre.

Facultad Legal (Baudry-Lacantinerie y Houques Foucarde):Derechos son aptitudes: libertad para usar o no. El derecho seadquiere cuando se ejerce. Facultad legal no ejercitada: aptitud para adquirir derechos y

ejercitarlos dentro del marco legal

Facultad legal ejercitada: Materialización exterior de la aptitud:Derecho adquirido.

La Ley es retroactiva cuando priva de un derechoadquirido; no lo es cuando priva de una mera expectativao de una facultad legal no ejercitada.

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Ámbito Temporal de la Legislación

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p g¿Cuándo una Ley es Retroactiva?

TEORIA DE LOS HECHOS CUMPLIDOS (Ferrara – García Maynez).

Todo hecho o acto jur. (aspectos formal ymaterial) y sus consecuencias o efectos

(presentes, pasados o futuros) debe sometersea la ley que regía al tiempo en que se realizó. “Lo que existía antes de la nueva ley” (Jurisp.

E.E.U.U.)

García M. acepta retroactividad “benéfica”.

Ámbito Temporal de la Legislación

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Ámbito Temporal de la Legislación

EL LEGISLADOR Y LA RETROACTIVIDAD

Art. 9 CC: Norma de referencia que obliga sólo al juez. (Jerarquía de Ley: no obliga al legislador).

El legislador PUEDE DICTAR NORMAS CON EFECTORETROACTIVO (salvo materias en que existe

limitación constitucional). No hay consagración general del principio de

irretroactividad en la CPR. Materia Penal: Art. 19 N.º 3 CPR. Consagración del

principio de IRRETROACTIVIDAD y RETROACTIVIDADBENEFICA (Pro-reo).

Materia civil

El problema de las leyes interpretativas

Ámbito Temporal de la Legislación

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Ámbito Temporal de la Legislación

LIMITACIONES CONSTITUCIONALES A LA

RETROACTIVIDAD en Materia Civil: Art. 19 N.º 24 CPR. “Nadie puede, en caso alguno, ser 

privado de su propiedad, del bien sobre que recae o dealguno de los atributos o facultades esenciales deldominio, sino en virtud de una ley general o especial que

autorice su expropiación por causa de utilidad pública ode interés nacional, calificada por el legislador.”

Una ley (retroactiva) que prive del dominio a una persona debe ser expropiatoria e indemnizatoria, de 

lo contrario será INCONSTITUCIONAL. La “propietarización de los derechos” (565, 576, 583 CC).

Ámbito Temporal de la LegislaciónEl bl d l l i i

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p gEl problema de las leyes interpretativas

Art. 9 inc. 2.º CC: “… se entenderán

INCORPORADAS…”

Efecto: La Ley interpretada siempre tuvo elsentido que le da la ley interpretativa.

¿Son retroactivas?Técnicamente: NO (producto de la incorporación).Fácticamente: SI (se aplican para el pasado).

Sentencias ejecutoriadas en tiempo intermedioconservan su validez.

Ley de Efecto Retroactivo de las Leyes

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Ley de Efecto Retroactivo de las Leyes

Función

Fundamentos Temas

Estado Civil

Capacidad

Personas Jurídicas Derechos Reales

Posesión

Derechos deferidos bajo Condición

Usufructos sucesivos Servidumbres

Sucesión por causa de muerte

Contratos

Procedimiento

Ley de Efecto Retroactivo de las Leyes

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Ley de Efecto Retroactivo de las Leyes

Función:

Derecho transitorio (intertemporal): solución deconflicto técnico de leyes en el tiempo.

Normas de conexión.

Fundamentos: Doctrina clásica de los derechosadquiridos. Razones:Época de la ley (1861).Utilización de expresiones típicas de esta

doctrina (“derecho adquirido”; “meraexpectativa”).

Muchas de las soluciones corresponden a ladoctrina clásica.

Estado Civil

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Estado Civil

Def.:

Art. 304 CC.: Calidad de un individuo que lo habilita paraejercer ciertos derechos y contraer ciertas obligacionesciviles.

Doctrina: Posición permanente que ocupa un individuoen la sociedad y que depende de sus relaciones de

familia (Somarriva). Soluciones LERL (art.s 2,3,4,5 y 6):Constitución del estado civil.

El estado civil adquirido se mantiene bajo el imperio de unaley nueva, aunque esta última varíe los requisitos oelementos para adquirirlo.

Efectos del estado civil. Se rigen por la ley vigente en le tiempo en que se producen. Efectos futuros se sujetan a la nueva ley. Efectos producidos se mantienen inalterables (pasan a ser

derechos adquiridos). Comentario art. 6.

Capacidad

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Capacidad

Concepto: Art. 1445 inc. 2º CC. Doctrina: Aptitud legal para adquirir derechos y ejercitarlos sin el

ministerio o autorización de otra persona. Clasificación: Goce – ejercicio. Incapacidades.

De goce (Ej.: art. 965 CC). De ejercicio (1447 CC).

Absolutas, Relativas, Especiales. Soluciones de la LERL (arts. 7 y 8).

Capacidad de Goce. No existe regla expresa (por su improbable privación). Según doctrina clásica, equivale a facultad legal. Solución en art. 7. Aplicación in actum, conservándose los

derechos ya adquiridos por esa capacidad ahora privada. Capacidad de ejercicio.

Art. 8. (contradicción de los inc. 1º y 2º. Se estima que lasolución está en el inc. 1º).

Se aparta de doctrina clásica: las personas que eran capaces(facultad legal) al momento de dictarse una ley modificatoria de

la capacidad permanecen capaces.

Personas Jurídicas

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Personas Jurídicas

Concepto: Art. 545 CC. Soluciones LERL: art. 10 y 11.Aplicación reglas del estado civil.

Crítica:Las personas jurídicas carecen de estadiocivil.

La LERL se refiere a la existencia (creación)

de la PJ, y sus consecuencias (efectos),haciéndole aplicables las normas de estadocivil.

Art. 11 no tiene aplicación práctica.

Derechos Reales

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Derechos Reales

Conceptos:Derecho Real: Art. 577 CC;Derecho personal: art. 578 CC.

Soluciones LERL: art. 12.Típico caso de derecho adquirido (doc.Clásica).

Crítica Luis Claro: al incluir la “extinción” del

derecho, se le da efecto retroactivo a lanueva ley.Solución: protección constitucional.

Posesión

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Posesión

Concepto de posesión: 700 CC.Presunción.

Protección a la posesión.

916 y sgtes. CC; 540 CPC. Solución de la LER: art. 13.No hay derecho adquirido.

Crítica (semejante a la del art. 12: las leyessobre posesión son retroactivas)

Ejemplo

Posesión

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Posesión

Ejemplo:Pedro posee una cosa, y Juan se la arrebata,

estando vigente el art. 920 inc. 2°(plazo 1 año).Han transcurrido 7 meses, Pedro no ha ejercido la

acción posesoria, y entra en vigencia una nueva Leyque reduce el plazo a 6 meses contados desde elacto de privación de la posesión

¿Puede Pedro ejercer la acción amparándose en el

plazo de 1 año de la ley antigua?R: No, se aplica la nueva ley

Derechos deferidos bajo Condición

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Derechos deferidos bajo Condición

Principio general del Derecho: no deben

mantenerse eternamente situacionesinciertas (seguridad jurídica).Plazo máximo de tolerancia.

En Chile: No hay norma expresa; doctrina: 10años.

Una nueva ley puede ampliar o abreviar esteplazo máximo. Solución: art. 14 LERL.

ExplicaciónEjemplos

Derechos deferidos bajo Condición

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Derechos deferidos bajo Condición

Norma:El derecho subsiste bajo el imperio de la ley

nueva por el tiempo de la ley antigua.

Excepción:El derecho caduca al cumplirse el plazo de la

ley nueva en caso de que el tiempo de la leyantigua exceda al de la ley nueva, contado

desde la entrada en vigencia de la ley nueva.

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Derechos deferidos bajo Condición

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Derechos deferidos bajo Condición

Ejemplo 2:El 01-01-2000 Pedro le donó a Juan su

biblioteca bajo condición de que se reciba deabogado.

El 30-03-2008 entra en vigencia una nuevaley que restringe el plazo máximo detolerancia para las condiciones a 5 años.

¿Cuál es último día en que Juan debe

recibirse para poder exigir la biblioteca?R: el 01-01-2010.

Usufructos sucesivos

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Usufructos sucesivos

Usufructo: art. 764 CCActualmente: prohibida la constitución

de usufructos sucesivos (art. 769 CC)

Solución de la LER: art. 15Para aplicarse, debería restablecerse y

luego volver a prohibirse

Aplicación del art. 12

Servidumbres

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Servidumbres

Definición: art. 820 CC. Clasificación (831 CC) Solución LER: arts. 16-17.

Art. 16: Doctrina generalizada: error en alusión a lasnaturales y voluntarias (art. 22): debe entenderse laalusión a las legales.

Podría sostenerse aplicación preferente del art. 16sobre el 22 por principio de especialidad (y conapoyo en el art. 12). Ejemplo

Art. 17: Doctrina generalizada: error en la alusión alas naturales; también debe entenderse la alusión alas legales (son las que impone la ley).

Servidumbres

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Servidumbres

Naturales.Las que provienen de la natural situación de

los lugares (ej.: Serv. del libre escurrimientode las aguas).

Legales:Las impuestas por ley (no operan de pleno

derecho) (ej.: serv. de tránsito, art. 847 CC).

Voluntarias:Las constituidas por un hecho del hombre.

Servidumbres

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Servidumbres

Ejemplo:Se constituye una servidumbre voluntaria de

tránsito y la ley vigente al momento decontratarse impone al titular la carga de

rendir 1 cuenta anual de su ejercicio. Luego,una nueva ley impone la carga de rendir 2cuentas anuales

¿Cuántas cuentas debe rendir el titular: 1 ó2?R: aplicando el art. 22: 1 cuenta; aplicando el

art. 16: 2 cuentas.

Sucesión por causa de muerte

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Suces ó po causa de ue te

Principios básicos deDerecho Sucesorio

Sucesión testada Sucesión intestada

Sucesión por causa de muerte

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p

Proceso de transmisión sucesoria. Sucesión testada / intestada. Libertad de disposición testamentaria

(asignaciones forzosas (1167 CC). Herederos / legatarios.

Sucesión por causa de muerte

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p

Sucesión testada.Solemnidades del testamento (req. externos):

Ley aplicable. La vigente al tiempo de suotorgamiento (art. 18).

Contenido del testamento (req. internos):Ley aplicable: la vigente al tiempo del fallecimiento

del testador (art. 18).Requisitos internos (capacidad y voluntad libre del

testador):Vacío legal. Doctrina: 3 tesis.

• Fabres: ley vigente al tiempo del fallecimiento del testador.Arg.: antes de ello el testamento es sólo un proyecto.• Alessandri: ley vigente al tiempo de su otorgamiento.• Claro: El testamento debe cumplir con los requisitos

establecidos en ambas leyes.

Sucesión por causa de muerte

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p

Sucesión intestada:Conceptos:

Apertura de la sucesión: hecho jurídico que origina latransmisión sucesoria

Delación de la herencia: actual llamamiento de la ley

a aceptar o repudiar una herencia.Partición: conjunto de actuaciones y diligenciastendientes a poner fin al estado de indivisión,radicando derechos cuotativos en bienes singulares.

Adjudicación: acto por el cual cierto bien se asigna a

cierto heredero con cargo a su cuota.Art. 20: se rige por ley vigente al tiempo de lamuerte del causante.

Art. 21: ley vigente al tiempo de la delación.Problema de delación condicional.

Contratos

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Problemas temporales: contratos en curso

de ejecución. Art. 22: Ley aplicable: la vigente al tiempo

de su celebración (incorporación).

Roubier.Excepciones:

Nuevas leyes en materia procesal (rigen in actum ).

Leyes que señalan penas a la infracción delcontrato (ley vigente al tiempo de lainfracción).

Prueba

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Concepto:Establecimiento por los medios legales de la exactitudde un hecho que sirve de fundamento a un derecho

que se reclama. Ambitos:

Sustantivo: normas que establecen los medios deprueba, su estructura, valor, admisibilidad y carga (341CPC; 1709 y sgtes CC; 1698 y 1547 CC).

Adjetivo: normas que establecen la forma de rendir laprueba ante el Tribunal (CPC).

Solución LER: Art. 23Medios de prueba: opción para quien debe probar.

Problema: utilización en bloque o indiscriminadaNormas procesales: ley vigente al tiempo de rendirse.

Procedimiento

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Normas procesales:Aquellas que establecen la organización y atribucionesde los órganos jurisdiccionales, y la forma o ritualidad

con que deben conocer y juzgar, y hacer ejecutar lo juzgado en los asuntos que le son sometidos.

Se estima que normas de procedimientopertenecen al D Público: no hay derechosadquiridos. Consecuencia: efecto inmediato

Solución LER: Art. 24: in actum. Excepciones:

Términos que hubieren empezado a correr.Diligencias ya iniciadas.

Prescripción

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p

Concepto: art. 2.492. Solución LER: arts. 25, 26.Art. 25: Término pendiente: Opción del

prescribiente.Opción por plazo de nueva ley: éste se

computa desde que hubiese comenzado

a regir.Art. 26: Declaración de

imprescriptibilidad: in actum 

Derogación de la Ley

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g y

Concepto:

Es la cesación de los efectos de la ley en virtud dela disposición o disposiciones de otra ley posterior. Clases Problema no resuelto:

Derogación tácita / principio de especialidad. Causas intrínsecas de cesación de efectos de laley:Plazo de vigencia.Condición resolutoria. Institución que luego desaparece.Cumplimiento del objetivo propuesto por la ley.

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Efectos de la ley después de su derogación(Supervivencia de la ley o ultraactividad)

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(Supervivencia de la ley o ultraactividad)

Concepto:Hay “ultraactividad” o “supervivencia

de la ley” cuando ella extiende su

vigencia con posterioridad a suderogación.

Casos:

Ej.: 22 LER; 1545 CC.

LA COSTUMBRE

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Carácter secundario como fuente en nuestro

sistema. Importancia práctica.Aplicación: importante en D Internacional; formalmente

menor en Derecho Civil nacional.

Concepto: Observancia constante y uniforme de unaconducta por parte de la generalidad de los miembros deuna comunidad social, con la convicción de quecorresponde a un imperativo jurídico.

Elementos Clasificación Vigencia en el Derecho chileno Prueba de la costumbre

LA COSTUMBRE - Elementos

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Externos (objetivos):Observancia de una CONDUCTA.Observancia CONSTANTE

(estabilidad).Generalidad de los miembros de la

comunidad. Interno (subjetivo):CONVICCION de que correspondea un imperativo jurídico. (“opinio

iuris” ).

LA COSTUMBRE - Clasificación

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Atendiendo a su alcance territorial:

Nacional (general).Local .

Atendiendo a su función:Costumbre normativa.Costumbre interpretativa.

Atendiendo a su posición ante la Ley: Costumbre según la ley: (Secundum legem ).

Es aquella que la propia ley reconoce. Requiere remisiónexpresa.

Costumbre fuera de la ley: (Praeter legem)

Es aquella que rige a falta de ley, (vacío o laguna legal). Costumbre contra la ley: (Contra legem ).

Es aquella que tiene la fuerza de derogar la ley.

Desuso con costumbre derogatoria.

LA COSTUMBREVigencia en el Derecho chileno

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Vigencia en el Derecho chileno

Vigencia en el Derecho chileno:En materia civil: Art. 2 CC (según la ley).

Remisiones generales, ej: 1546, 1563.-Remisiones particulares ej: COMPRAVENTA:

Venta a prueba, art. 1.823 inciso 2º ,ARRENDAMIENTO: Uso de la cosaarrendada, art. 1938, reparaciones locativas,art. 1940 inc. 2º oportunidad de pago deprecio o renta, art. 1.944 inc. 1º; MANDATO:Monto del honorario: art. 2.117 inc. 2º.

En materia comercial: art. 4 CdeC (según y

fuera de la ley)

LA COSTUMBRE - Prueba

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Se discute si la costumbre debe o no probarse. Algunos: no requiere prueba. Argumentos:

Constituye derecho (Iure novit curia ). Hecho notorio (no requiere prueba).

Otros (tesis predominante): sí requiere prueba. Argumentos: Se trata de un hecho que no necesariamente consta al tribunal. Falta de publicidad oficial. En el CdeC existen normas sobre la prueba de la costumbre En materia civil no hay norma: puede probarse por cualquiera de los

medios probatorios existentes (1698 CC). Discusión en materia mercantil: art. 5 CdeC (ámbito de aplicación):

Algunos: aplicable a costumbres aludidas en el art. 4 CdeC. Otros: aplicable también a costumbre interpretativa del art. 6 CdeC

(no distinción). Parece justificada la distinción por carácter riguroso del art. 5

CdeC. El mayor rigor probatorio se justifica en costumbrenormativa (art. 4 CdeC).

OTRAS FUENTES

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Observación común: se discute su carácter de

fuente. ¿Qué es fuente? ¿la obligatoriedad es un requisito

esencial de la fuente? Amplitud del concepto de fuente: mediata / 

inmediata (formales / materiales). Jurisprudencia

Doctrina

Principios generales del Derecho

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OTRAS FUENTES - Doctrina

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Opiniones y exposiciones sobre distintas materias

 jurídicas elaboradas por los cultivadores delDerecho.

Función de cuidado del Derecho.

Fuerza obligatoria.Valor de convicción (prestigio).

Manifestación.Vías oral: docencia.Vía escrita: obras y revistas.

OTRAS FUENTES - Principiosgenerales del Derecho

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generales del Derecho Controversia conceptual. Aspectos:

Conjunto de postulados o nociones fundamentales decada ordenamiento jurídico (o de una familia).Algunos: surgen del ordenamiento positivo y vigentes en

un momento determinado en cierto país.Otros: Surgen de la tradición jurídica (noción histórica).

Otros: equivalen a los principios del Derecho Natural. Funciones:

Orientación del desarrollo del ordenamiento jurídico. Función interpretativa (art. 24 CC).

“Espíritu general de la legislación”.

Función de integración (170 N°5 CPC).