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MONAR EN

PABLO FERN.~NDEZ ALBALADEJO

Coordinador

.QU~A, IMPERIO Y PUEBLOS LA ESPARA MODERNA

Actas de la IV Reunión Científica de la Asociación Española

de Historia Moderna

Alicante, 27-30 de mayo de 1996

CAJA DE AHORROS DEL MEDITERRÁNEO UNIVERSIDAD DE ALICANTE

A. E. H. M. 1997

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O Caja de Ahorros del Mediterráneo Publicaciones de la Universidad de Alicante A. E. H. M.

ISBN Obra Completa: 84-7908-370-0 Tomo 1: 84-7908-371-9 Depósito Legal: A-1679-1997

Fotocomposición: B ~ s ~ a g m a f i c Aries, 7 . 0 511 47 58 - 51 1 47 94 Fax 511 50 13

Imprime: INGRA Impresores. Avda. del Zodíaco, 15. O 528 25 44

Encuadernaciones Alicante. Políg. Ind. Pla de la Vallonga, C 4, nave 11

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Defensa de los fueros y fidelidad a la Monarquía en la rebelión aragonesa de 1591(')

JESÚS GASCÓN PÉREZ

U n i v e r s i d a d d e Zarngozn

aEsto es Injrisficin qric nioiidn hacer. el re)' IIIIS~IU .seño~. o esle mbal lem por r r ~ i r l o i . ) ~ qrre Icbniito ~ari<leia g orro.~ <il~aroro.r <le sircm co i~ l i n si! re)' y seiior iiorrrrc,/, J ' I I U ~ C O ~ ~ ~ I I U L ~ C ~ O ~ . ) ' ~ i l b ~ m f < ~ ~ I o ~ ~ </e ~CSIC!

ciiidnlnd ), de las rlcn~os iriiil>crsi<lnrlcs y partes rlc esla Coroiiri <le Arf~goil, so color rlc libei~rirl. Lc i~iriii<l<i coi.rur 10 crrvczo coi@sc~sc<ii. sris bieiies J' iIerii611r siis CII.YOS, for.f<ile~os y ms~i l los , g riio.s se coi~<leiin c i l Iris deiiins pertrrs coz~riu los triles e.ctnbleci<los 110'. dcirchou.

Según las relaciones contemporáneas de los acontecimientos, este prególi acompañó, en la ñana del 20 de diciembre de 1591, al Justicia de Aragán, D. Juan de Lanuza, durante su trági- trayecto hacia el cadalso donde iba a ser ejecutado (1). A caballo entre la leyenda y la realidad, nos cronistas recogen la respuesta de Lamiza a tales palabras: « f i a ) ~ l o r . n o , i ~ ~ a l ~ r c o ~ ~ s e j ~ ~ ~ l o

(2). Sin duda resultaba difícil, para un miembro de una de las familias aragonesas que 1n6s se

La presente comunicación se incluye en un proyecto de Tesis Doctoral sobre la rebelión de 1591 dirigido por el doc- tor Gregario Colás Latorre y financido ~ io r la Diputación General de Aragón.

A[rcliivol M[unicipal del Z[aragozal, ms. 53, ff. 31-31v. Con ligeras variantes cn el texto. se cita también este pre- gón en sendas relaciones en B[ibliotecal N[acionall, ms. 6.049, F. 103v., y R[eal] A[cadeinia de la] H[istoria], ms. 911.079, f. 43. Entre los cronistas, tan sólo se da noticia de que fue hecho, como ocurrecn LEONARDOD~ ARUENSOI~A, Lupercio, hifoiriincidri <le los siiceros del reiiro <le Aiapóil eii los oños rle 1590g 1591, Madrid. 1808, pp. 139-140. Hiy ed. f,icsímil, Zaragoza, 1991.

BLASCO DE LANUZA, Vicencio, Hisforins eclesidslicns y secriloirs deA~.<igóii e11 qrre sc co1zfi1,rroii losAi~(iles <le Ciirita, J, rieii i l~os <le Cnilos V, Zaragoza, 1622, t. 11, p. 233. Murillo y Céspedes siguen su relato, como puedc verse cn MURILLO, Diego, Fiiildncióii Milugmso de 111 Col~ill<i Aiigclico !'Al~osfólicn <Ir Iri Mridir <le Dios del Pilcri-y (...)

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Naturalmente, la lectura de éstas y otras afirmaciones provocó iin hondo malestar en ainplios círculos de la sociedad aragonesa, que se veían acusados de graves delitos. Por ello, los primeros años del siglo XVII conocieron un notable esfuerzo de las autoridades a fin de rebatir tales niones y hacer prevalecer una visión de los acontecimientos de 1591 que reivindicara la fidelidad del reino y relativizara el alcance de la crisis. A pesar de que tan sólo algunas iniciativas se vieron recompensadas con la publicación de lo escrito (15), se constata en todos los textos la presencia de una serie de argumentos que constituyen la base de la visión oficial, apologéticci, de la rebeliól, aragonesa. En primer lugar, se subraya la fidelidad del reino a sus monarcas, cualidad innata a los aragoneses y manifestada incluso en los peores momentos del conflicto de 1591 (16). En conse. cuencia, se atribuye el protagonismo de la sublevación a un grupo reducido de personas I i a b i ~ ~ . das a observar comportamientos indecorosos y coi1 capacidad para movilizar, mediante el engafio y la argucia, a los estratos inferiores de la sociedad (17). En tercer lugar, los cronistas aragoneses, como la mayor parte de los autores contemporáneos que reflexionaron sobre las causas de las re. voluciones, hacen hincapié en la participación de la plebe, voluble y siempre dispuesta a noveda- des, en los acontecimientos (18). Precisamente la participación popular permitió a todos los auto- res justificar el estallido de los motines en dos sentimientos arraigados en los grupos sociales más bajos: el convencimiento de que se estaban violando los fueros y la manifestación de una profun- da compasión por la triste suerte de Antonio Pérez (19). Un quinto aserto es la restricción de la di- fusión geográfica del conflicto, que quedó circut~scrito exclusivame~ite a Zaragoza y 110 tuvo re- percusiones en ninguna otra localidad aragonesa (20). Una vez relativizado de este modo el al- cance de lo sucedido en 1591, tanto desde el punto de vista geográfico corno desde el social, iiiii- gún autor tuvo inconveniente en exaltar la magnanimidad y clemencia observadas por el monarca para con su reino a la hora de buscar una solución a la crisis (21). Un último asunto en el que coiii- ciden los cronistas (y que en realidad constihiye el objetivo último de sus respectivos discursos) es la constatación, en contra de lo apuntado por muchos escritores extranjeros, de la perviveiicia

15.Sobre los avatares sufridos por estas obras, puede verse nuestra Bibliogr(lfl<~ c f i i c a ..., pp. 19-23.

16.-Como apunta Gil Pujol, ~ c i , lod<,s csriis obi-os, n~ ico r i i o eii olios ~~ i i b l i codo ,~ osliii.<iiire ri<jliellos "170s sobe i>irl<r iriiii,i- e i l ~o l j, irl igioso, sc recolmbn Infi~lel i~l i idair igo~~e~s~i, iciiio que, de prrm e.~/>licilo, se /!izo tirrrlo eii el ti<it<r<lo (le Ali,yriel Mniriizez del Villoi; De hlr~ntnfidelilnle A r n g o r i e ~ ~ s i ~ ! ~ ! ~ , J' e,! ol io dclpro/ol>io Lii/icicio, (le lliiiilo i~ i i iy /~a i rc i< lo , del cjtie

sólo Iia qire<lrido iioricinu (GIL PUJOL, Xavicr, «Lupercio Lconerdo de Argensola. Ihistoriador, en I;i Iiistoiiognfíi! ilil su época),, en LEONARDO DE ARGENSOLA, Lupercio, hiforrivrcióri ..., Zaragoza, I991,li. XIV). Citarcrnos como ejcinplo la opinión del conde de Luna, para el ciial Aragón fue niiii wiio roii /en1 gfifiel p i e j<,iii<is se q>iii l, j i lcl coi,ociiiiieiito de irri solo Dios y de rri rey i inr i i iab (GURREA Y ARACON, Francisco DE, Coiiieiil(1iios .... p11. 11-12).

17.-E1 P. Murillo afirma con rotundirlad que eriiiri c o s n ~ ~ i i r ~ l o osegiiiar coiiio icligioso, qrie los ~~iai i rolores /i>riecij>(rlcs yiie oleittnv(iii 10s sedicioiies rio llcgomii rr seys, s, lo riiciios los qiie eiaii I>ersoii<rs (le nlgiiii(i coiisi<ki.<iciiiiis (MURILLO, Diego, F~iit<lnció!i Milograsn ..., p. 71).

18.-En palabras de Gilabert, lo sucedido en 1591 $ré lociiin <le/ iirilgoz (GILABERT, Fiili~cisco, RCSIIIIL'S~(I liecl~íl di Tialo<lo, relricióii ],<lircri,so hirrorinl que Aiiroirio dc H r m r r i lince de /los siicrsos c/c Aii!gói> sricerii(los cii i0.S (1fiOS

1591 y 1592, RAH, ms. 914.907. E l tcxto iue editadojunto con los Coisrnitoi.ios ... dc Liina, 1111. 475-508. L;i cits. p. 507).

20.-El mismo Lupercio dc Argensola da noticia de las dificultades de Lanuza para reunir soldados, c ~ i o q u e fllg~110S ci"- <lodes re exciisobnir con jirslos cciiisns, y olrrir cort cnlloi; J' 110 riciidii-» (ihklciri, p. 119).

21.-Así, se llcga a maniiestar que la entrada del ejército era nbirii iinivei-sol rlcl reyiiou (BLASCO DE LANUZA, Vic~nci", Historias eclesiáslicns ..., t. 11, p. 210) y que nsi Sir M<!jesrorl iii<rii(ló I!ocer- (rlgiiiios cristigos <Ir gciilc iloble J I l O I ~ ~ ~ lo!; fiié iiiiiy jiisto, Iliies de oriilios esro(1os Iiiilio se(1iciosos qiie ti i ihnioii I(r ~ x i z ~>ríb/ico so calor (le r(Cfei~s(~ (le li.

bei-t<i<ler, otre se Ilniii<iboii crsi los fiieias y leyes con qiie se gobieiiioiiu (GURKEA Y ARAGÓN, Francisc0 de-

e los fueros aragoneses, siempre respetados por sus reyes y ahora mejorados en las Cortes de 592 gracias al celo mostrado por el propio Felipe 11. El entusiasmo con que estos autores defeii- ieron la continuidad del sistema político aragonés queda patente en el siguiente pái-rafo, conteni-

en el Borrador del conde de Luna:

nPlres i q i i é l~rivilegios, qiié libertodes, qiié lejas, qiiéfireios ii i i i~i<lo qriiloi. y rlcrogai. Sir Mcrgesgcsind? iQl ré orios le dio? 2 Qrié (illero, qrré riiiido del estado y govierrto l~o l i r ico <le Iri ad,iiiilisri-riciori ,le In jiisticni? ¿Qué bieilcs de I(is iirii~,eiridndes coiflsco? iQ i i é cis~lolo<ler, villris J, Iiigrires asolo? [...] ¿Por verirrira eri el gerieral edicto del l iei loi l y smgio que Si! M<!gesfod iiiiiiih ~~r ib l ic<r i hizo iiieitciori ilt irhelioii del reylo o que Cnrogocn o o l in isiii'eiridod 10 I!iibicsr co i i ie t ih coiiri.<i str coioiiri i m l J eseirito? No 11oi. cierlor (22).

No vamos a entrar en el estudio de las contradicciones y particularidades que encierra esta nterpretación, por lo demás subrayadas en otro lugar (23). No obstante, sí analizareinos sendos

fragmentos pertenecientes a dos obras cipologéticas. En primer lugar, los folios del ya citado orrador en los que se contiene una copia manuscrita de la obra de Pero Mexía sobre las coiiz~i- 'dades de Castilla (24). Ya de por sí resulta interesante constatar el conocimiento que un iniem- o de una de las principales casas nobles aragonesas poseía de esta obra, inédita hasta 1924. Pero e interés se multiplica al comprobar que los márgenes del texto contienen buen núiuero de ano- iones de mano del propio conde, en las que comenta las que a su juicio constituyen las priiici- les semejanzas y diferencias existentes entre los sucesos de 1521 y 1591. En dichas notas, Luna tera expresiones como «este es el proprio caso de Amgóiz» o «esto ncaescio cil pie de la letrci Aragónx (25), mediante las cuales subraya las coincidencias que observa entre ambos coiiflic-

S: la reunión de juntas de sediciosos, la inoperancia de los ministros del rey y la huida de mu- os de sus servidores, la participación activa del clero y de las cofradías de oficios en los acoii- imientos, la actividad «q~tirrtcrcol~~iiznista~~ de algunos nobles, que fingieron colaborar con los

omotores del levantamiento al tiempo que trataba11 de impedir que llevasen a cabo sus planes, el ntrol de las puertas de la ciudad por los sublevados, la difusión de pasquiiies y la comisión de sacatos constantes contra las autoridades, el amotinamiento de la población al toque de campa- S, la reunión de tropas por los sediciosos y la dilación del castigo por parte del monarca «Iicrstc~

~- -

ie se vio en el estado que convino para castigar» (26). No obstante estas coincidencias, nuestro autor muestra especial ciiidado en resaltar aquellos

sgos que a su entender son denotativos de que lo sucedido en Aragón tuvo una gravedad inucho enor que las com~inidades castellanas y por lo tanto no merecieron un castigo tan riguroso coino que se aplicó. Así, al comparar los desacatos cometidos contra las autoridades reales, hace no- que «no ay cosa que si se lehe no se nlle al pie de la letra fue en lo de Arcigóiz nsi quanto crl te-

i; pero nunca los desacatosfilero~ corito estos» (27). Igualmente, recuerda dos episodios en los

. S o b r e cste particular, puede consultarse nuestro trabajo Ln i rbe l ió~ i rir(igories<r <le 1591: i-esisióii hisloiiogriíc<t J, riiie~~osfiieirtes, Memoria dc Licenciatura, Universidad de Zaragoza, 1994, pp. 88-189.

.-Se trata del Lih ia Scyiiitrlo de In Vida B Isfoi io del iiii>icrislnio riiii>er<idoi don C<iilos Oiiiiito de csic iioiribic irip (le

, a

Coiiiiiiiidndes de Cnsfilln, Barcelona, 1985.

.-GURREA Y ARACÓN, Rancisco de, Borro<loi:.., t. 1, ff. 24v. y 30v., respectivamente.

.-lbideiii, 1. 1, 1. 19v.

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que los comuneros manifestaron con claridad su afán de subvertir la autoridad: la toma del casti. El otro pasaje al que vamos a referirnos procede de la obra que el P. Diego Murillo dedicó a Ilo de Segovia, que lleva a Luna a explicar que «esto iziinca lo hicieron en Aragógón, aiinqiie trata. exaltar las excelencias de Zaragoza y, a pesar de su brevedad, es el fragmento más elaborado sobre ron de acometer la YnqiiisiciÚn» (28), y la provisión del obispado de Palencia, que le hace exda- lo inexacto de aplicar el término «rebelión» al caso aragonés. Murillo comienza por aclarar a sus mar: «jQuando se hico en Aragón esta rizaldad de q~tererprovelzer los obispados!» (29). Además, lectores que *no qualq~riera desobediencia del prbzcipe, aunque sea con cilbolato g turiinlto, se ha llama la atención sobre el comportamiento de las ciudades del reino, que, a diferencia de las cas- de llanzar rebelión, o Ntfidelidad, hablando propriainente, segun el rigor del Derecho. Porqae pcim tellanas, «al reves fue en Caragoca: que quando en ella Iziivo rizofines y daños qiiisieion las derizas merecer este noiizbre 11 poder dezir con verdad qiie iina república se ha rebelado, es necesario que ciudades juntarse y por miedo desto lo estorvo el rey nuestro señor q~iando les scrivio no se jlm- aya conspimción de las cabecas de la tal república eiz odio del principe contra sii real estcido. De tasen» (30). lo qiial se sigue qire en las rebeliones necesarianzeizte ha de preceder consiilta p con~ibiilnciúiz de

A pesar del indudable carácter vindicativo del trabajo del conde de Luna, compuesto en de- los conjiirados, porqiie sin esta no puede aver conspirociúiz» (35). En este párrafo quedan asenta- fensa del reino de Aragón, de la casa de Villahermosa y de su propia persona, no podemos por me. das las tres condiciones necesarias para poder calificar de rebelión a un movimiento social, a las nos de reconocer el valor de las comparaciones establecidas por el autor entre los conflictos cas. cuales se alude de modo aún más explícito a partir de la autoridad emanada de las Sagradas tellano y aragonés. Y esto tanto por lo que se refiere a las semejanzas, referidas a comportainien. Escrituras. En concreto, se recuerda la «Parábola de las miizas» (36), en uno de cuyos pasajes, se- tos o actitudes individuales y a la composición social de ambos inovimientos, como a las diferen. ún apunta nuestro autor, «en breves palabras pitso Christo todas las condiciones de la verdndcrc~ cias, que radican en el grado de resistencia a la autoridad mostrado por los sublevados y en el belión. La primera, que es hazerse en odio del rey, en aqiiello que clize: que los ciiidciclcirios del desajuste entre éste y la represión monárquica subsiguiente. El riguroso trato dispensado por >no le aborrecian. Ln segunda, que es lci conspirnción, en la enzboxcida que le eiizbiciron de p c i ~ Felipe 11 a sus súbditos aragoneses lleva al autor a considerar que, en conjunto, «niinca ci esto /le- de todos; porque para eiizbialla, priiizero consiiltnron si era bien crdizitille y hiego coi~sl~iiiirorz garon los desacatos en Aragún, aiinq~refiieron nzds custigados» (31). Esta dura crítica, excepcio- liberando que izo le qiierían adinitir por re)! Y la tercera, qiie es ser Ici corzspiiuciúiz coizfrci el es- nal dentro del repertorio de los apologistas, no lo es tanto en el conjunto del Bormdor, cuya dedi- , en que no admitiéndole se le qiierían altar con el re)no. Esta si, e m verdcrclerci rebelión. Pero catoria tiene como destinatario a Felipe 111, «viendo elfi,i coiz que Virestril Mngestad veiició el árzi- s iriqiiietiides qiie hasta nora aveinos referido, tan lexos estiivieron de ser rebelión qiie r~Nzg~inci mo real de su padre, no se apañando a vencer su drziiizo alín asta las Mltinias vocadas de sn iiziiei. las tres condiciones se hallard en ellas. Porqiie ni hiivo conspimciún [...l. Ni se hizo cosa eii odio te, en las qiiales mas rigurosamente se declaraban sentencias en este gérzero de suceso» (32). Si1 Magestad [...l. Nifinalmente los alboiotosfiieivn contra el estodo real» (37). Como vemos, don Francisco no sólo rehúsa utilizar el término «rebelión» para referirse a 1591, Ambos razonamientos ilustran el camino por donde Murillo ha de llevar su discurso: no exis- recurriendo, para reforzar su argumentación, a comparar el conflicto aragonés con las coiizlmidc~. rebelión sin conjuración previa de sus promotores y sin la participación de los grupos dirigen- des castellanas, lo cual le permite concluir que éstas fueron un episodio mucho más grave que de la sociedad. Dado que en Aragón se produjeron tan sólo alborotos repentinos del pueblo, aquél. Además, alza su voz contra una represión que afectó a la totalidad del reino, cualido, a su as cabezas del reino y la ciudad se mostraron siempre fieles al monarca y jamás se cont'abu- modo de ver (y en esto coincide con el resto de cronistas aragoneses), se trató de una sublevación contra él y que no había motivos para odiar al rey y por lo tanto nadie pensó en eximirse de de unos cuantos particulares y con un alcance limitado. Así lo indica en otro pasaje de sil Boucr(lor, ediencia, la conclusión de fray Diego es tajante: en Aragón no hubo rebelión. De ahí que a donde se expresa en términos similares a los utilizados por el P. Murillo, a cuya obra atenderemos ntinuación reitere que «si los qiie cargaiz al reyno en esto y a la ci~idad de Cnragogo llnniniz re- a continuación: *Digan nos q~iando precedio junta, convocación, nciierdo y delibemcióiz de todo lión los alborotos del vulgo, hablan inzpropianzente; porqiie ni riún los qiie execiitcriarz e1 caso el reyno o de la mayor parte del para alcurse y resistir al exevito de SLL Magestcrd, o qiiando apra- ar~lbas ocasiones tiivieron dnN1Nizo de rebelarse, pues ni lo hizieron en odio del re): sino penscm- bu el rizotín y ensayo que qiiisieron hazer los sedi~iosos. Que estos son los dos modos conzo lcr irfti- defender sus fueros 12 libertades, ni precediú en ellos conspiración, presupilesto que lo hiziemz versidad peca y delinqiie: deterr~zinando cosas tales o ciprobándolas» (33). La conclusiói~ cae por entinarizente y sin aver avido consulta, ni irilaginaron inachinar coscr nlgiina contrci el estaclo su propio peso: en Aragón no hubo una rebelión del reino, por lo que Luna mostró constantemen- 1, antes pensavcin conservarle defendiendo los fueros con qiie se conservci el reiiiox (38). te su preocupación por que una causa rpurtic~ilar 11 de pocos mines» pudiera dar lugar a u11 casti- almente, aduce la sentencia pronunciada por el Consejo de Aragón el 18 de septiembre de 1598, go general que afectara a todo el reino, sus fueros y gobierno (34). e revocaba la condena por crimen de lesa majestad emitida inicialmente contra un caballero (no

ica su nombre) por haber reunido gente armada para liberar a Antonio Pérez el 24 de septiein-

28.-lbfil<,m, t. 1, f. 30. e de 1591. El razonamiento de Murillo es sencillo: si dicho caballero, a pesar de la gravedad de s culpas, no cometió delito de lesa majestad y, por tanto, no puede ser considerado rebelde con-

29.-Ibídeiit, t. 1, f. 42.

30.-lbideiii, t. 1, f. 14~ . -MURILLO, Diego, Fl,ii<lncióii Milc~giosn ..., pp. 96-97. 31.-Ibídcin, t. 1, f. 47v.

32.-lbídem, t. 1, f. 11. Citada ibídeia, p. 97, el texto es tomado de S. Lucas, 19, 11-28.

-1cleiii. Murillo se refiere al versículo 14, donde sc explica que, Ihabiendo rnanliado un scñor a recibir la dignidad re- 33.-Ibideni, t. 111, s.f. al, «sir> ciirclodoitos le <rborrecÍ(in 1, citviniaii def,ís de él rrriri legncióii, dicieilrlo: No qrierriiios qtre é.sie i r i i ie rohir 34.-Carta del conde de Luna a D. Juan Carnpi, sin fecha, en GURREA Y ARAGÓN, Francisco de, Coriioi~riilos.... Pl1. 3

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tsa su rey, «bien se sigue, qiie la dernas gente qiie conciirrió repentinarizente y sin proceder confn. biilacion o cons~ilta riziiclzo rizenos le piido cornetel: Y asi es grande igizoranciri llarizar al diclzo tu. nziilto rebelión, si no es hablando irnpropria~iiente» (39).

Hasta aquí el pensamiento manifestado por los cronistas, representantes de lo que Gil pujol denomina «ima niieva ciilfura politica aragonesa, que, nacida cle una dolorosa reflexidz histórica sobre el pasado reciente y preociipada por resta,iar siis heridas, iba abriéndose cainino erztre los grupos dorizinantes del reino; iina cultiira politica que entendía que lafidelidricl a lo corvrzn pie.

clariiada en los trcitados sobre 1591 debla iizostrarse igiialiiiente en la práctica g~iberrzcrtii,u en el reino. (40). Sin duda alguna, a tales propósitos hay que atribuir las constantes alusiones a la fide- lidad de los aragoneses y a la clemencia del monarca, así como la rotunda afirinacióii de la pervi- vencia del ordenamiento fosal del reino a pesar de las evidentes ~nodificaciones sufridas el1 el transcurso de las Cortes deTarazona. Por ello, coino apunta el mismo autor en otso lugar, nel sig. nificado de la labor legislrrtivo de esas Cortes en el ordenarii.iento j~irídico-político n~rtúctoizo ha. bía sido objeto de debate erztre jiiristas y otros tratadistas, tanto nragoizeses como e,rtr(irqjeios, Tradición constitiicionalista, obediencia debida j1 heclzos realrizerite s~icedidos centraron 1ci pol¿ilii. ca, pero la auténtica cuestión de fondo era diliicidar si se Izcibia prorliicido r-ebeliórz contru i1i1 rey /e. gitinzox (41). Al hilo de esta inquietud manifestada por los cronistas del siglo XVII, en su irayoría testigos directos (e incluso, como los Argensola o Luna, protagonistas) de los sucesos de 1591, ca- be preguntarse si puede observarse una reflexión similar en alguno de los protagonistas de la rebe- lión y si, en caso de existir ésta, influyó de alguna manera en su comportamiento durante la crisis.

Responder a esta pregunta exige, por supuesto, revisar y ampliar la base docuinetital sob1.e l a que hasta ahora se han apoyado los estudios acerca del conflicto aragonés. Así, vamos a coineii- zar por referirnos a uiios papeles que la Real Audieiicia de Aragón halló e ititerviiio en el escrito- rio de D. Juan de Lanuza y que finalmente fueron entregados por mano del regente Urbaiio Ximénez de Aragüés al comisario real Miguel de Lanz (42). Aitnque las fuentes no aclaran si fue la mano del propio Justicia la que los redactó, no creemos desatinado pensar que, cuando menos, compartía punto por punto su contenido, aun cuando hubieran sido escritas por uiia inaiio ajetia. Lo que aquí nos importa es que reflejan el notable conflicto de fidelidades que si11 duda apareció como irresoluble ante los ojos de quienes, como Lanuza, debían defender los fueros del reino y zt la vez servir fielmente a su rey. Dichos papeles coinienzan con una frase significativa del elevado concepto que su redactor tenía de la fidelidad a la Monarquía: «Lo qiie iirz genex11 ha de 11rrzcr es jiistificar su causa con Dios, con el Papa con sil rey 11 con las deiizas gentes» (43). Bajo esta lirc- misa, que pretendía, sin lugar a dudas, mostrar la fidelidad del redactor del texto, se buscaba legi- timar la adopción de las medidas que debían garantizar el éxito de la empresa militar puesta el1 marcha para resistir a las tropas castellanas. Las disposiciones contenidas en estos folios no care-

39.-Iliídem, p. 99. 40.-Gi~Puio~, Xavier, ~Lupercio Leonardo de Argensola...», p. XLVIII.

41 .-GIL PUIOL, Xavier, «Olivares y Aragóns, en L« Esl>oñ~r del Coiidc D~irqiie de 0lii1or.e~ Eiiciiei~tia liirciiincioiml .S«. brr la del Coiide Dirqiie de Olisnres celebrrirlo eit Toin los <lios 15.18 de .sel>iiniibie <le 1987, ~ a i k i d ~ ~ i ~ l ~ 1990, p. 577.

42.-Una copia de estos papeles puede consultarse en AGS, Estado, 1. 36, f f 225-228. Lis noticias sobre su proicdeiici;i, ibíderii, ff. 14-16,

43.-IOí<lern, f. 225. De acuerdo con lo expuesto, el Justicia remitió el I de noviembre de 1591 una carta a Felipe plicándole las razones que le habían movido a convocar al reino. Una copia de la misiva, en PIDALCARNEADO, José, Historia de Ins alteincioirer,.., t. II, pp. 444-445.

n de cierto buen sentido militar, pues, entre otras cosas, proponeii nombrar a los oficiales esco- 'éndolos de entre quienes hubieran sido ya soldados y dotar a la tropa de todos los oficios nece- rios: polvoristas, artilleros, maestros de arcabuces, armero, médico, barbero, boticario, confeso- S, enfermero mayor, ... Además, repasa los pertrechos y bastimentos que se debían reuiiir (pan,

arne salada, ganado, leña, hierro, caballos), hace hincapié en la necesidad de embargar las provi- ones y municiones existentes en el reino, así como los caballos y la madera, y encarece la obli- atoriedad de fabricar picas en la montaña y hierros en la ciudad y de proveerse de armas de

taluña o de donde hubiese. Por supuesto, los diputados habían de reunir todo el dinero que pu- san, a fin de cubrir los gastos derivados de la campaña que se avecinaba (44).

Junto a estas medidas «técnicas» hay que citar otras de carácter estratégico, dirigidas a neu- lizar la efectividad de las tropas enviadas por el rey y los efectos de posibles focos de inestabi- d interna: así, se apunta la necesidad de desalojar a los soldados reales de los presidios que ha- n el reino, impedir el reclutamiento de hoinbres para el ejército castellaiio, vigilar a los ofi- s reales en Aragón y disponer guardas y apercibir espías. Llevando las prevenciones hasta sus

imas consecuencias, el texto considera que había que fortificar Zaragoza, reunir a las tropas pa- esperar el movimiento de Vargas, defender las fronteras de Calatayud y Daroca con gente, mu-

ciones y mantenimientos, tratar de que las villas por las que pasase el eiietnigo le hostigasen por etaguardia y enviar a Cataluña un caballero coi1 creencia para solicitar socorro urgente. Dos didas llaman la atención entre las recogidas en el discurso: la que propone escribir a los obis-

e Jaca, Huesca y Barbastro solicitando el alzamiento de la excomunión dictada contra los mo- , a fin de que acudiesen más soldados a unirse a las tropas del Justicia, nporqire con esto b(r-

am doblada gente no grán descorizulgados a l campo», y la que establece que se debía ahorcar quien proveyese a los castellanos (45). La conclusión del escrito resulta harto expresiva de las

ontradicciones presentes en el pensamiento de las clases dirigentes aragonesas de la época, que, pesar de plantear la posibilidad de una resistencia abierta, todavía mantenían viva la esperanza e una solución que conjugase la fidelidad debida al monarca y el respeto de éste por los fueros: Y siernpre qiie don Alonso de Bargas pasare con sil exército de paz, serville y regakalle y clalle antenirizientos, teniendo sieficiente segiiridnd de qiie no nos ha de hcizer rizal. Y qiiierz sciliere (1 solior esro o rohrir cavallos o otro coso en que 10s obligrien, c~rsfigrrllo» (46).

Muchas de estas iniciativas coinciden con las medidas propuestas y adoptadas por el conse- de guerra reunido para organizar la resistencia y por la Diputación del reino (47). Entre ellas, el vía de cartas al rey, la intimación al virrey para que no ayudase a la entrada de tropas extran-

-AGS, Estado. 1.36, f. 225. De ahí su interés en ocupar a Andrés Pérez y Juan Gótnez, giie «soir sol<loilos liicjos y soii los cnl~iiniies de losl>rrri<lios rlc Aj'risn J, Bciioiini,l», así corno a Pedro Lamuela. soldado vicjo de La Milela (Iliirltiii,

l.? I t . ii 1 2 2 4 l . . 1 , J t J J . r i . . i...,~-,~iii~li. 1 , t ! , 2

1.0 i~ ~ I L . I ~ I L ~ . I Jc Iihrc, :ir;.~l.i:~.io l l i , ~ , \ I 6 . i ~ I t I( i.1.i; l. 5 .l.(,. . . I l :r. o :.,i \ , I I .II 15 1 . i . I . < . 1 . 111 ,c c,t.~l~..n IC ! n~ t i i J . CII 7 IKI; 1). lli~.. . ,q,. Jc J1.11,) 11rc;'m. nli.I,, l . i l 5

.-lbírleiii, f. 228. Folios atrás se recoge una copia de la procura otorgada el 30 de octubre por cl Justicia y los diputa- dos en favor de Francisco Cavero y Gaspar de Lagasa para acudir ante Vargas a iiiformarse de la naturaleza de sus intenciones (ihírlerii, f t 216v.-218). El texto de la embajada, cn PIDAL CARNEADO, Pedro José, Historio de liis cihem- cioiies ..., t. 11, pp. 294-295. El consejo de guerra, nombrado el día 3 de noviembre, estuvo compuesto por cuatro nobles: el duque de Villahermosa, el conde de Aranda, D. Pedro de Híjar y D. Miguel de Gurrea. Una copia del registro de sus sesiones en AGS, Estado, 1. 36, s.f. Con variantes, también en PIDAL CARNEADO, Pedro José, Hisroiinde Ir» alicincioiics.., t. 11, pi>. 452-462. Copia de los acuerdos de la Diputación a comienzos de noviembre de 1591. en AGS. Estado. 1. 36. ff. i96-199v.

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jeras, el encargo a varios caballeros del reclutamiento de soldados, la elaboración de una lista de tropas y de personas «platicas de cosas de giierra» para encargarles oficios y la petición de ayu. da a los diputados de Cataluña. Los términos sugeridos para redactar esta Última propuesta son ilustrativos del esfuerzo de los diputados aragoneses por mantener la ficción de que sus actos no eran contrarios a la fidelidad debida a su monarca, como puede verse en el texto que sigue:

ePodrlnse Niliioi. /riego riii crii~nlleia ri los dipil>ritodor <iL' Cc~rnlii~io, escilbieiidoles el rinb~~jo ceii qrie e,sia

este reyio g I<i ley qiie tieiieri, eit jiiei-$0 de 10 qirnl se opei-cile Ixim hfciiderse, y los oficios qiie ,yc I , ~ , , hcclto con Sii Mngesind, lo siisl>erisioii con que esloirios, (lizieii~lo se les iln iiizorl rlc lodo por los iitiilos que ny [...]), Ilorgiie In iiecesi<lnd 11odrin oblignr. a volcrae de sri [ryii11[1. Lo qrial iiiiiic<r se perliri<r sieo di. In riinrieia qiie coi,fo>riie ri sir3 coitsrirrizioiies pridicieii, sirifilr<ii- n Iafi<lelirlc~d qire (11 re), iiiicsim stfioi. sc

[lebe; qrie 10 tiene esre rqsro mri e11 el coinyoii q~.r<e se <lerfliatr ocrlwi. todos ~1,rIes que crel~~,,iiail~» (4x1,

La ley del reino «en fiierca de la qual se apercibe para defenderse>) a pesar de su acendrada fidelidad es un fuero promulgado por Juan 11 de Aragón en las Cortes de Calatayud de 1461, cuyo texto reproduce, entre otros, Lupercio de Argensola (49). En dicho fuero se establece petia (le muerte contra cualquier oficial o persona extranjera (y se aclara que dicho término incluye a 10s *que no son del regno de Aragónx) que entre en territorio aragonés persiguiendo a malhechores pa. ra capturarlos o sacarlos de Aragón, para ejercer jurisdicción alguna o para causar daños dentro del reino, y se faculta al Justicia y a los diputados, conjuntamente, para que epiiedniz é hayaii cle coit. vocaG d expensas del regno, las gentes del dito regno qiie les parecerán aecescirias pcim resistir 6 las sobreditas cosas niano ariizada; é qiie piiedarz conil~eler d aqiiellos que les ser4 bien visto, satis- féitoles de sil salario condecient». En consecuencia, los requerimientos, o reqaestas, presentados a los diputados en los últiinos días de octubre de 1591 insistieron en denunciar el carácter cxtraiije- ro de las tropas al mando de D. Alonso de Vargas y su propósito de realizar destrozos eii el reitio y ejercer jurisdicción. La información abierta sobre el caso, el dictamen de los abogados del reir10 y la declaración de resistencia pronunciada por la Diputación y secundada por el Justicia iiicideii en estos aspectos (50). Y las cartas mediante las cuales Justicia y diputados requirieron el envío de tropas para hacer frente al ejército invasor exponían a sus destinatarios la decisión de «resistir coiz- fonize afiiero la gente de guerra estiungera qiie entra en el reyno don Aloizso de Bcii;pcis>~ (51).

Cabe recordar, en fin, la carta enviada por Lanuza y Luna a varias localidades aragotiesas acompañada por un memorial de las causas que les habían movido a abandonar a sus tropas (52). En ambos escritos se echa de ver que la causa de desistir de sus propósitos no fue el considerar que atentaban contra la autoridad real, sino la imposibilidad de llevar a buen térmiiio la resisten- cia como consecuencia de dos razones fundamentales: haberse reunido un contingente militar re-

48.-Ibídein, ff. 199-199~. LEO LEO NARDO DE ARCENSOLA, Lupercio, ~ff~foirll<ici~>l .... pp. 113-1 16. 50.-Copia de las irqriesinr y de la información ordenada por las diputados, en RAH, ms. 111.877, ff. 41-56 y AGS,

Estado, 1.36, ff. 213-216v. y 271.310~. Del requerimiento al Justicia, ibídein, ff. 31 1-313. Las reqriesios del ~iriordc la Seo y de los caballeros fueron publicadas en Colecciórt de Dociiiiieiiros ..., t. XII, pp. 468-473.

51.-Carta de los diputados y el Justicia a los jurados de Borja fechada cn Zaragoza a 3 de noviembre de 1591. Uila al-

pia, ibídern, ff. 222-222v. 52.-Ambos documentos han sido reproducidos hasta la saciedad por los cronistas e I!isioriadores desde el siglo XVll

la nuestros días. Firmados por el Justicia y D. Juan de Luna, están fechados en Epila el 13 y el 11 de novicinbrc, pectivamente. ARCENS~LA los reproduce en su I~~irnociórr,,,, pp. 128-132. Existe una copia en AGS, Estado, 1.3 ff. 379-381v. La carta aparece también ibí~leiii, ff. 372.372~.

ducido, mal armado, indisciplinado y al que nada habían aportado las ciudades y villas aragonesas, y haberse elaborado unos planes de defensa que juzgabati descabellados. Por ello, explican que cre- ían más conveniente retirarse a la villa de Épila «y crllí llriiiiar los personeis que iios I>nre.sceiuri in6s nl prrosi to pala co i l f ab~~ l f~r lo yile coiiibendm U Iri coiiseivcicióiz clc lo.rSi,eilis y leyes rleste rql- no». Como indica Lupercio de Argensola, además de considerar que no habían obrüdo cosa alguna en contra del rey y que la declaración de resistencia era legítima, coi1 estas palabras «rlescabricril haber sidofalta defirerzos, 11 no de voliintad, el clesisfir cle la resistei!cia» (53). No es de extrañar, por tanto, que algún cronista dedujera que el contenido de estos papeles, y no su actitud durante la crisis, había sido el motivo que detenninó el trágico fin de los firmantes (54). Las graves conse- cuencias que tuvo la estancia en Épild de algunos de los protagonistas de la rebelióii, a pesar de que la falta de docuineiitacióii al respecto impide conocer a fondo lo que allí se trató, han sido piiestas de relieve en nuestros días por Manuel Gracia Rivas, quien subraya que «la Jiriitcr (le Él~ilci se coii- virtió e~isegiiida en el foco de oterición [le toclos los encargcr(1os cle resolver In crisis cirugonesci, pues sii cictitlid rel~resentnbci iitc rzirevo desafío a Ir1 ciirtoriclad real resiilta soiprendeiite qiie los

il~licados no se dierun ciieiitei clel peligro en el qiie se encoiitrabmt» (55). Tras todo lo dicho hasta aquí, no debe perderse de vista que en ninguno de los testiinoiiios

ucidos se pone en cuestión la autoridad del monarca, que queda a salvo incluso en las requestcis . . chas ante ¡os diputados y en las cartas remitidas a las ciudades. En ambos casos se p r o p ~ g ~ i a la cesidad de nresistir confomze n fuero la gente cle giierlzr esfrerrigern que entre en el i-eyiio rloiz onso [le Bargas» (56). El respeto a la persona del rey y la confiaiiza en sus buenas iiiteticioiies ra con el reino permanecieron invariables incluso en tan crispados motnentos, coino puso de ina- iesto el prior de la Seo de Zaragoza, D. Vicencio Agustín, al representar a los diputados que tilo puede creer qiie iin príncipe tciiz cristiniio coiilo el re)' iiltestro seiior coiz 1117. reino tnizfiel coiiio te quiera iisar de luz iiiedio tan crspero 11 taii contiilrio a s ~ i s leyes sin haberle piiesto ell. iiiiigii- ohligocióii., coiiio es iiotorioa (57). Todavía después de la entrada de las tropas en el reitio eii- ramos testimonios de absoluta confianza en Felipe 11, como el que nos proporcioiia uiia carta itida por D. Miguel de Gurrea a D. Pedro Latrás el 20 de noviembre, en la que sostiene que «el

.eer yo que el rei iziiestio seiior izo nos qiiiso qliebrcrrfiieios lo iengo por nliii cierto, esl~ecieil- ente nvienclo eiiibiaclo iirz ceipitan general toii princil~al ceiiallero y tciii. christiaizo conio el seiior , Alonso de Vargas. Y n iiii iize parece iiiiii bieii. qiie se rrvrícrrz de jai!tar los dil~iitnclos, ~~iiiversi- des y Iri nobleza, 11arci ver que orden se deve tener paro gire I r jlisticio y trihiii!ciles biielv«iz eii. firer~o acost~iiiibiudn. Porqiie S e Mngestad tiene miii grcrride rucon en querer que seciil casti-

gados los que tiivierniz cu l l~n en estas altemcioites. Y todos, no (ligo qiie secriz iiriestrws ciiiiigos, iiins aiiiiqiie seaii. iiiiestros hijos, lo avenios cle obeclecer» (58).

.-LEONARDO DE AKCENSOLA, Lupercio, Iiforriincioii ..., p. 132.

.-Argensole dice que Kfireiait crrieies rcstiiiioiiios coiitin el Jtisiiciri (le Aiiigóii J (Ioii .liior> (Ic Liiiian (ihilloi~, ]J. 132). En similares términos se exl~resaii MUKILLO, Diego, I;iill<liici<i>i Milngiosc~ ..., p. 115, BLASCO DE LANUZA, Vicencio, Historias eclesirislicos .... t. 11, p. 228, y GURREA Y ARACON, Francisco DE. Coiiieiiroiios ..., p. 223.

.-GRACIA RIYAS, Manuel, L<i rliii'<rsióiz» (le Aiugóii en 1591. Uiiri soliicióii i~iiliiiir. ii lils iilreiaciuries <le1 iriilo, Zaragwia, 1992, p. 143.

.-Carta de Justicia y diputados a la ciudad dc Borja. citada en n. SI

-Reqircsic< presentada por el prior de la Seo ante la Diputación el 26 de octi~bre de 1591, cuya copia sc recogeen AGS, Estado, 1. 36, ff. 213.216~. La cita, en f. 214v.

.-Caria de D. Miguel de Gurrcii a D. Pedro Latrás fcclinda en Garrea el 20 dc novieinbre dc 1591, copiada por Juan Francisco Andrés de Uztarroz en 1652. cn BN, ms. 1.762, f. 45.

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Un buen ejemplo de las contradicciones a que hubieron de enfrentarse muchos aragoneses a fi. nes del siglo XVI es el comportamiento de D. Martín de Bolea, que puede estudiarse a partir de ,],, conjunto de cartas redactadas por ordeii suya que se guardan en la Biblioteca Nacional (59). De es. te caballero, señor de la baronía de Siétamo y doiniciliado en Zaragoza (60), nos dice Blasco de Lanuza que «Do11 Mnrtín Abarca de Boleci C(istro, vnrort (le Claiitosn, señor de Ins iJnroizicis (le Sietaino, Torres y de otros I~ignirs en este reyno, honró eiz iziiestias tienipos lo poesícr y coiiiprtso coit aventajado estylo en octnvcis el libia que intitirló Orlmzdo el Determincido. Y nsiiitisiiio iiii/~riiiiió ocrrrvci riitzci el qiie llniitd las ~gri i i icis de S. Pedro, 11 la historia de lcrs Aiiznzoizcts. Otros dij%reiltes poemas coitipiiso, no se yo que se hayan intpreso hostci nlzom» (61). Se trata, por tanto, de itii taba. Ileso culto, perteneciente a una de las familias principales del reino, la cual acabó uniéndose años des. pués con la casa condal de Aranda. Tampoco podemos olvidar, fiiialineiite, sus lazos de amistad coii la nobleza castellana, como se desprende de su queja por haber estado auseiite de Zaragoza el 24 de mayo y, por lo tanto, no haber podido defender al marqués de Almenara, coi1 quien se setitía oblijia- do «por la antistnd bieja 11 la del de Melito, su tío, qiie taiztci iizerced iiie hizo> (62).

Las cartas coiisultadas nos presentan a D. Martín alineado incondicioiialineiite coti la Monarquía, tal y como el propio noble pretendió dejárselo entender a Antonio Pérez cuaiido, re- cordando su propia amistad y la que antaño mantuvieron sus padres, le había pedido ayuda para autentificar la letra de Felipe 11 en una carta que iba a incluir coino prueba eii sus descargos (63). Bolea se negó a ayudarle, tanto por considerar que «en. conociiiiiento de letros suele hnvo. tcriitos eitgaños por la seiitejanp )lgiinldarl que a)) erz iiilichas>> coino «por iio lzozer iiznln fe (t los pci- peles qiie de Su Mngestad tengo, pues estos Izan. de servir pam honro de iiii cosa g iio ~~íirci otrris coiitprnhnciones» (64). Otros testimonios corroboran la fidelidad de D. Martíii, pues el 2 de sep- tiembre escribe al señor de Huerto que ha llegado a Huesca y que «Cabero 11 los de sli volriiztcirl iite asigiirrrn qiie dizeit ~ i e i z desgarros de di/~~itridos y letmrlos y de los deiiiús qiie soiitos riiiiigos de paz» (65). El misino día, se dirige a sti primo, D. Pedro de Bolea, uno de los priiicipales iinpii- cados en la rebelión, encareciéndole que nconsidere qite Iloberzí esto sobre todos g qiic qirniirlo mds qiierniitos izo hablu reinedio. Esto le siiplico, nzi ~~riiizo, por las llngus cle Dios, y 170 creo ri ese desatiizcrdo de don Martín de Lnniip, qiie ha de ser perdicioiz deste reyizoa. Al inisino tieiiil>o, le ruega que se una a él formando uii cuerpo eii defensa de Su Majestad, cqiie es iiiejor que Aiitniiio Pérez y hareiitos lo qiie deveiizos» (66). Días inás tarde, Bolea informa a Felipe 11 del inotíii del 24

-- 59.-La mayor parte de las cartas a que nos vamos a referir son copias quc se incliiycn ha,¡~ el cpigrafc Cnirns esciilflsiioi.

</ort Moirírt rlc Bolen y Cortio ,,ti señoi.<lel nño 1591 rin,~isrin~lolospoi.i~ii Jonii Coiistoiiiirio, BN, lns. 6.380. ff. 33-36!,.

60.-Así lo iniinifiesta en su declaración ante el comisario Lanzen Zaragoza cl 14 de marzo (le 1594. Coliiii de la iniisi11~1.

e n ~ ~ ~ , i n s . 9 1 I . 8 7 9 , rf. 114v.-115.

61.-BLASCO DE LANUZA, Vicencio, Hi,slni.ins cclrri<isficiis ..., t. 11, 11. 574.

62.-Carta dc D. Martin a p . Luis de Bolea, dada en Siétarno el 8 dc marzo de 1592, eii BN, ms. 6.380, fr. 34-35v.

63.-Carta de Antonio Pérez a D. Martín de Bolea fecl,;idn el 2 de jiilio de 1590. Sendas copias, cii BN, ins. 1.762, f. 14 y BN. tns. 6.380, f. 26.

64.-Respuesta de Bolca a Pércz fecliadn cn Siétamo cl 15 de julio de 1590, il>íliciri, ff. 26-26v. Uii extracto, en BN. I1ls.

1.762, ff. 14-14". No obstaiite la respuesta de Bolca, éste concluyú sii carta reiterando su ofreciinie~ito ilc nyibd;lr ;l Pérez en cualquier otro asunto.

65.-Carta dc D. Martín de Bolea al señor de Huerto fechada en Siétarno el 2 rle septicmbre de 1591 y rec0:iil;i ms. 6.380, f. 30v.

66.-Carta de D. Martín a D. Pedro de Bolea fechada en Siéiamo el 2 dc sepiieinbre de 1591 y recogida ibí</ciii. Ofn pia, en BN, ms. 1.762, f. 31v.

e septiembre y pide amparo al monarca tras las vejaciones sufridas durante el tuinulto, que iii-

luyen una huida a través de los tejados junto a Villahermosa, Aranda y el gobernador. Tnis rela- r sus peripecias, concluye: «Destu siierte esca(miitos. Qite ilo prirlecerlo coi1 n'iziino cle que es por iestra Magestnd no haj~pcicien~ia qiie lo sufra izi comzon qiie izo rebieiztea (67). Ya en pleiio mes octubre, Bolea remitió otras inisivas tanto a Felipe 11 coino a D. Alotiso de Vargas, en las que ormaba del estado de alteración en que vivía el reino y explicaba que «estantos coizto ovejas sin stor; rigiiairlnndo por iizoiitentos la bnl~ied(lkrd destci gente plebeya, codiciosa de iziiestrci sciilgrea, es «los miizistros de Vilestm Mcigestad atienden riiús a coritteiii/~lacioizes qiie n riiziinciritos izi rnos órdenes de lo conviizieiite» (68).

Las dudas que fuera del reino se tenían en cuanto al coinportamiento de los próceres arago- eses a lo largo del conflicto afectar011 también a D. Martín de Bolea, tal y coino se desprende del iguiente pasaje de una carta remitida por Felipe 11 a Vargas, eii la que le advierte que «des/)a6s se ittiende que doiz Mnrtín. a biielto (1 Carngoca y qiie ollí le havíriii. iioiizbmdo por irno de los cupi-

tanes de parrochias. Alinqire izo se sabe lo que hizo en. esto, ijos lo eilteizdereys alla y coiifointe n qltefiiere y ci lo qiie vieredes coizveizirl~rocedere)'~ cort él» (69). No volveinos a teiier iioticias respecto del asunto. Aiites bien, consta que D. Martíii fue uno de los principales colaboradores

e la Monarquía e11 los meses posteriores a la rebelión, tal y corno recotioce él inismo eii uiia car- eiiviada desde Huesca al citado D. Pedro Liitrás. En ella le da cuenta de la prisióii de Aranda y

illahermosa y de la ejecución de Lailuza, y afirma que (<yo he Ilegodo n esto iitontriñn nqilípor rden de Sri Magestttd a trntcir de sosiego eiz esta fieriu, y se hace iiilii bien, conio destcr c i r i~kd se oilfín. Y nsi es jiisto se prosiga en totlo lo restante» (70). Del inisino modo, Bolea colaboró acti- ameiite con Vargas para rechazar a las tropas que invadieron el valle de Tena en los priineros dí-

de febrero de 1592. Su participación se alargó durante varios meses, pues a comieiizos de abril cribió a sil hermano, D. Luis, coinunicándole que acababa de regresar de los puertos porque el

eneral había decidido retirar de allí a todos los soldados, tanto los del ejército como los aporta- os por el propio Bolea (71). Casi treinta días antes, en otra inisiva dirigida a D. Luis, le coiitaba on detalle su activación ante «la eiztiiida de los l~itemnos g~iiados por itite~txi hoitrnclr c(iilnIlci» 72). Allí explicaba que había salido con doscientos soldados, vasallos y amigos, pagados a su cos- , a hacer frente a los iiivasores, y que después D. Alonso de Val-gas le envió al piterlo de enasque con una compañía del ejército. Permaneció en dicho lugar hasta el 7 de inarzo, fecha en iie, informado de la grave eiiferinedad de su esposa, regresó a Siétaino. D. Martín aprovecha la casión para enfatizar la iinportaiicia de sus servicios al tnoiiarca, coiisiderando que «yo estoy eiz. qiiel desierto be)~izte y tres dí«s Izri, lidiando con diablos y e11 la peor tierra del iiiii~irlo. Y qiie eil-

67.-Carta dc D. Mairiii de Bolea a Fclipe II fecliada en Huesca el 26 de septicmbre de 1591, ihí~leiii, f. 31

68.-Carta de D. ivlartin de Bolea a Felipe 11 fecliada en Zaragoza el 23 dc uciiibre dc 1591. Al pie de la misma se apun- ta: «&ir, cniiofirr por vio del coii<le rlcAiai,<l<i. No tiiire ieiliiiean» (BN, ms. 6.380, f. 31). Aunque no se reproiliice el texto, tambiCri se cita una caria «o <Ion Aloiiso de B<ligos, gci>eiril del eiér~ilu <le Sii Mrigesind de Cniugofi~ [...] de octiibie o Ágied<i </mide esirivn. Llesolo Jirnit Fi.<irici.sco Cosidci. Año 15912 (ibíilciii, f. 31v.). E l propio Cosida confirma que a fines de octubre estuvo en Agreda 110r orden de Bolea (AGS, Eslado, 1. 36, f. 288).

9.-AGS. Guerra y Marina, leg. 336, n" 4. Fechada en E l Pardo el 5 de noviembre dc 1591.

O.-Carta dc D. Martín de Bolea a D. Pedro Latris fechadaeii Hucsca el 21 dc diciembre de 1591 y copiada por Uztarroz en 1652. Esta copia se recoge eii RN, ms. 1.762, f. 40v. Bolea adjuntó a su carta otra qiie D. Aloiiso de Vargas Ic Iha- bia encoinendado pera Lairis.

1.-Carta de D. Martiti a D. Luis de Bolea fecliada en Siétamo el 4 de abril de 1592, cli BN, ins. 6.380, f. 3 6 ~ .

2.-Caria fecliada en Siétamo el 8 de marzo de 1592, ihírkiii, ff 34-35v.

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tiendo hai~er heclio grandísiiiio servicio ci Su Magestad e11 hover eiitrciclo solclcirlos srigos cloiielejcl. iiids hovían. oseido entra?; )' esto sLz aspereza ni ocasión de disgzisto. Que izo es poco coi7 geilre i,,. dónii ta~. Igualmente, expone ante su hermano los servicios prestados al monarca en el trai1scurso de la crisis aragonesa. Entre ellos, cita el rechazo del nombramiento de capitán de las tropas del reino y la disuasióii a los jurados de Huesca de su decisión de enviar tropas a Zaragoza.

La imagen que D. Martín de Bolea transmite de sí mismo a través de los testimonios citaclos en los párrafos anteriores es la de un súbdito inquebrantablemeiite fiel a su monarca y que gozaba plenamente de la gracia de su señor Por ello, no resulta extraño que se permitiera escribir sendas cartas al regente Urbano Ximénez de Aragüés y al virrey, conde de Morata, avalando a uii aspinll. te al oficio de alcaide de la cárcel real (73). Sin embargo, esta imagen debe ser matizada, COI,,^ ha podido deducirse de la opinión manifestada por el propio Felipe 11 y como lo tleinuesli-a el Irecllo de que Bolea firmase algunas de las reqltestos presentadas a los diputados en los ineses dc inayo y de junio (74). El inisino D. Martín se remonta más atrás en el tiempo, y justifica su i~itervención el pleito con la ciudad de Zaragoza por causa de la aplicación del privilegio de veinte y e11 el pro. ceso que concluyó con la condena de Torralba y Chález, lugartenientes de la corte del Justicia de Aragón, por el tribunal de los diecisiete judicaiites. Tal y como aclara a su hermano, «eii lo [le la beyntenci dizisetencr y aprehensión de las colles de Ccirc~gocn iio iiiego que Iiize ateipo coi! to. dos los deiiids, por yrnos tcrizto eii ello, y que a)~~iclé coi1 nii Iieizieridci 11arci los leyto tos que por jlis- ticin se pasavan eiitoiices. Pero Ilegciclo en haverlas con SIL Mcrgestcrcl, iiiiig~iiio hizo lo que yo, c/lre fue romper con ellos por no querer toiiiar iiti consejo» (75). Para concluir, D. Martíir (le Bolea rei- tera su pensamiento acerca de la diferente naturaleza de las accioiies llevadas a cabo en los iiiicios y en el momento álgido de la crisis y justifica su adhesión inicial en la iinposibilidatl de predecir el decurso de los acontecimientos hasta sil trágico fin. Por ello afirma que «en I-esolriciói~, digo qire f i i )~ ainigo de eso gente percliclo porque 111irzco pensé de ellos lo qrie veo. Les eíy~~elé g iicili eiz 111

be))nteiia, diez)zseteiia y lo de Icis ccrlles. Eso nccrvcrclo, jcriiiós iiie inezclé coi1 ellus siiio poro red~i- zirlos o bien dos vezes, por orclen del virre)~ y del coiisejo, y, vista $11 obstincrción. i-uiii/~í coi1 ellos en. haviendo pribndo los I~~gcirestenientes en j~iicio. Y de ciy crclelciirte iii los i~ i , iii los o): iii clziise por vía directa izi indirecta trutor con elloss (76).

La decisión tomada por Bolea constituye un ejemplo de la que clebieroii tomar todos los par- ticipantes en la rebelión coiiforine sus promotores iban apuntando a la coiisecució~i de Iiuevos ob- jetivos. Por ello, coincidimos con la apreciación de los profesores Solano y Arinillas, que hace clos décadas observaron que más que la juventud y la iiiexperiencia (razones aducidas por la Iiistorio- grafía para explicar el comportamiento del Justicia de Ara~ón) , marcó el destino de la ir un^ la elec- ción q;e hizoal encontrarse en la encrucijada entre el servicio al rey y el servicio a los fueros (77).

73.-En concreto, Bolea recomienda,py el puesto, vacante por cnucrtc de Juan Iirancisco Giiirca, al ya cirailo Jiiaii

Francisco Cosida, infanzón. domiciliado y vecino deViliaiiiieva deG:illego. Ambas cartas cstiii fechadas cl Y de m;ir- zo dc 1592 y recogidas ibídeiii, f. 36.

74.-Cosa de todas csras ieorierr<rr sc halla eii AGS, Eslado, l. 36. fr. 229.263". D. Martín iirina la iprescntada el 13 de in;i- , , 1 . . , , , . s . l . ' , . , . , , 1 1 1 ? ) , 1 : 1 : 1 J 1 , 1 : 1 1 . l . l . . 1 ' : , l . 1 1 I r ! ; i 1 . i s. r:$i, ,. , 11 . .,.d i o . ~ ii n i oi~ii:;.. 1.i ii.ii l . 19 : i : i i i , i , ~ i , i i . ?.a , 1 1 . \ .> I " , . - , ción con la Inquisición y ajustarla ñ los fueros (f. 250v.).

75.-BN, ms. 6.380. f. 34".

76.-Ibídeiii, f. 35.

77 -SOLANO COSTA, Fernando y ARMILLAS VIcLNTr. José Antonio, Hr~ioiro rie Zoingoza 11 Edad Morlei~i<i, Zarego7.6 1976, p 209

Al igual que Lanuza y Bolea, muchos aragoneses hubieron de tomar partido. El resultado, en pa- labras de Gregorio Colás, fue que «Aragón estuvo iiiriy lejos de,foniinr nizfreiite coiitríiz unte sil rey Mds alíiz, h ~ i b o iiwclios amgoneses que por aiiibiciórz o por coizvericiiizieizto sirvieivii los iiz- tereses reales cirztes que los de szi reino. Eii. c~icrlq~iier cciso, hubo clos giüiides gr~i l~os , fl~eristcis realistas, iilieiztras uiln gmlz parte de la /Io/~/ocióit 11ors11s condicioiiantes socioecoilóiizicos y 110- líticos ~ie~iiianecierniz ol iilciigeiz cle lo l~tcl~cr. Eii ariibos pcrrtidos fouiiaroiz geiztes de los estcriizeiz- tos privilegiciclos y del paehlo» (78). En la toma de la decisión final, qué duda cabe, debieron de tener importancia las circunstancias personales de cada individuo, y no han de echarse en saco ro- to la gratitud de quienes alcanzaron recompensas por sus servicios al rey, el desencanto de los 110-

bles y caballeros que vieron insatisfechas sus esperanzas de promoción social y política de manos de la Monarquia, las rivalidades entre familias o entre partic~ilai-es (constatables en y ent1.e todos los grupos sociales) o el peso de los lazos clientelares, especialmente acusado en las sociedades del Antiguo Régimen. Pero también hay que tener en cuenta el extraordinario vigor de la iinagen que presentaba al monarca como vicario de Dios en la tierra y amantísiino padre de sus súbditos. De ahí que, como apunta el profesor Colás, «levctiitaiae coiitrci el iiioiicrrcc~ s~il~oiiíc~ veiicer aiieí se- rie de convicciones )) seiztiiiiientos ccisi scrgrodos. Una cosa era Icz clesobeclieiicic~ y otin Ici nbelióii, auizq~ie las n~~turiclades trcitciruiz de vencer esas resisteiicicis hocieiiclo coife.sióii p~íblicci de s~z,ficle- liclad ol iizoiiarca, preseiitondo el e~lfr.eiitcriiiieizto iiiilitor coiiio ziiz ii~rrnckrto [le los misiiiosflieros, li- iiiitado lógicciniente cr su defensa, 11 distirzg~iiendo eiitre el ejército reo1 y el ccistelleiiio, sritil dife- reiicia que denzirzcicr en defiiiitiva lo costoso que erci i-oiiiper con el ccrrisii~a cle Icz riioiicirq~ríu» (79). De la contribución de las clases dirigentes aragonesas a la perviveiicia de esta imagen puecleii ser buena muestra las exequias celebradas en Zaragoza a la muerte de Felipe 11, tan sólo siete anos después de los graves sucesos de 1591. En el volumen compuesto por Jua~i Martínez para dejar constancia de la magnificencia de los funerales por el difunto monarca, el autor encarece ((qliniitcz rilds justa cazisa tiene el iii~inclo, y enpartic~ilcir Ccriugoccr, ~ ~ e i r u iiiostrcir tristezc~ B seiztiiiiieiitu. hn- viéiidole llevado In iizíierte su cabeca, que coiz tciiitci przideiicia la regíc~ y goveuiavn, su señor na- t~iit-11, que taiz bien iiiirc~vn por su pinveclio, g su podre, que tc~iz tieriioiiieizte la oincrvcr» (80).

Para concluir, hay que hacer mención de la existencia en Aragóii de una teoría de la resis- tencia foral cuya formulación, surgida independientemente de las tesis calvinistas de resisteiicia al gobernante por los magistrados inferiores y de las concepcioiies iieoescolásticas castellaiias so- bre el tiranicidio, puede rastrearse en los escritos de buen número de cronistas y juristas desde la Baja Edad Media (81). El profesor Gil Pujol distingue en dicha teoría argumentos de naturaleza legal junto a otros de naturaleza doctrinal, a la vez que constata que «tliis theory >vas iiotforiii~i- lated lising tlie terliz <resistcrizce>, b ~ i t as a deferice of tliefi~erus oiid liberties» (82). Las reticeii- ias mostradas por los juristas aragoneses a la hora de traiisformar su discurso en una doctrina de

resistencia armada contrastan, según subraya el citado autor, coii las palabras coiiteiiidas eii,

. COLAS LATOKRE, Grcgorio, «Felipe I de Aragónn, en Ginit Eiiciclol>e<liri Aingoiieso, Zaragoza, 1980, t. V. p. 1.341.

~ORRS. Gregorio, «Las "revolucioiics" de 1591 y Bartolomé Lconardo de Argcnsolan, cn Cii<!dciiios <le Estiidior Bojjoiios, Boda, 1991, vol. XXV-XXVI. p. 130.

~O.-MARTMEZ, Juan, R~.lricióii de los c.veqiiiris qoe 10 "tu)' i n s i ~ n e ciu<l<,d <le Garngocn 6 crlehio<lo />O'. el "")' <loii Plti l i] ic i i i ,c~~io Se,ir,t; 1 derte iioinbre, Zaragoza, 1599, p. 41. E l voliiinen se cierra con el serinón ~iroiiniiciado por el P. Murillo, qiiien compone un panegírico de todas las virtudes que oriiaban al inonarca.

l.-Sobre la formiilación dc esta teoría, piiede verse GIL PUIOL, Xavier, ~Aragoncse Constitiitionalism nnd Habsburg Rule: The Varying Meaiiings af Libertyr, en Sl~riiri, E~ i ropc oiid tlie Ailni!iic CVoil~l. E.ssoys iii Hoiloiii of .lo1111 H. Elliott, Cambridge. 1995, pp. 160-187.

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uno de los pasquines difundidos en el transcurso de la rebelión, donde se calificaba a Felipe 11 como tirano y se comparaba su actuació~i con la de Herodes (83). Por nuestra parte, añadire~llos que el conflicto de 1591 proporcionó la ocasión para dar tal paso, pues la declaracióri de hacer frente al ejército de D. Alonso de Vargas fue tomada de acuerdo con el dictamen pronut~ciad~ por una junta de letsados que, basándose en el ya citado fuero segundo de los Privilegios Geriei.ales, consideraba lícita la resistencia y hacía partícipes a Justicia y Diputacióti de la obligación de con. vocar a las gentes del reino para llevarla a efecto (84). La gravedad de este acto, sustentado por la autoridad de un conjunto de juristas, fue puesta de manifiesto por el conde de Luna en los si- guientes términos:

«Y In iii<iyor. iiiiserin qrie á iiim i.el~iililicn l~iiede verlii; izo es el iiiotiii i i i <len,<rií~~,r qrie el laiel>/o ni eaiiiio eit i~ndo toilo lo que liast(i oq~rí /lizo eii coiiil><~iricidrt rlc esrc qire se sigiiió (le In < I e c l ~ i « ~ i ~ , ~ , Poigrie esf<is <lesacititii.ns qiie el l>iicl>lo Iiace, siciiil>ie soir alboraros si11 11ies ~ili c<ilicrri i i i iirziii; lieio I>eg(~<los Ú estn oiirorl<l<!<l <le lognrlos, coi, coiicrii.so rle leriailos g seiilciici<i 'le jiicces <rpl"al><!iIns por el ,cl' g Coirc y jiieces iizfeiriiedios declni.o<loi.cs (le lo qiie el rejrio i to piie<le hncer 11or 1~1s leyes jtrin<l<is, n/j,, q~,cdniii el violo eit lo qiie ho esfo>zo(lo y l>irteiidicio jtrsi$c<rrse. ~>orecié!i<lolc qrie siis i~i<~l<l i i~les lo CS~«.,,

coi, esta <l~clnincióit>i (85).

Según esta opinión, lo que hasta entonces había sido un siinple motín popular piisó a coi>- vertirse, por mor del recurso al Derecho, en un episodio de mucha mayor gravedad, si bien D. Francisco, lo misino que el resto de los apologistas, no llegó nunca a aplicar el término <<r-ebelióii» al caso aragonés. Cotno expone Bartolomé de Argensola algunos años más tarde, «izo hr ibo cosrr

tan le jos d e l o s dnbizos aragoneses c o n l o la rebelióiz, ni e l deseo d e o t r o rey )' d e olrci ley» (86). En ningún momento se trataba de introducir innovaciones, según se desprende de las coiistiitites referencias a la defensa de los fueros y leyes vigentes en el reino coino fundamento de la actitud de los resistentes. De todos modos, conviene recordar, con Hespanha, que e las ( r e i ~ o l i r c i o i i c o de

la sociedad trcidicioizal d e l A n t i g u o Régiinerz han ten ido sieri7l~re l i n sent ido o i g d n i c o ), coiisei-t~[rrloi; al t ie i i i po que, eiz e l p l a n o d e l d iscurso q u e l i s legi t i i i~cr , rirz i i za~cr ido tu170 jur id ic is /c i>. E s decii; y j ~ i s t o al c o n t r a r i o d e lo q u e sucede con las revohtciones confeii7porcíizecrs, Iris inoderi7ris n o r c i v i i ~ d i -

can < lega l idad i-evobrcioi iaria> rilglincr: son ante todo eiiicrrzación d e la legcr l i~ lad (de ln legitii7zirlrrci) y r e r r e v o k i c i o n c r r i m (87). El conflicto aragonés, que comenzó articulátidose en torno a la defensa

83.-Il>í<lei?i, p. 178. El pasquín en cuestión es recogido en sii apéndice documental por SANCHEZ LOPEZ, Pilar, Lo o/I«s~- cióii cil Saiito Ojcio ert Aiagóii eii el siglo XVI, Meinoria de Licenciatura. Universidad Autónoma de Bsrccluii;i, 1982, quien a sii vez lo toma de B[ritisli] L[ibrary], Egertan, 1508, ff. 60-61v.

84.Sendns copias de este dictamen, fccliado el 31 de octubre de 1591, cn AGS, 1. 36, ff. 276v.-277v.. Colcccióii 11c Doarriiesros ..., t. XII, pp. 480-482, y PEDAL CARNEADO, Pedro José, Iiiisroii(i ilc I<is <ilieiiicioiies . . , t . 11, pp. 214-217. Los juristas que lo firman son Andrés Serveto de Aniñón, Bartolomé Diez, Diego dc Funes. BartolomC López Zniiata, Juan López de Bailo, Marcos Alonso de Laserna, Jcrónimo López, Carlos Montcsn, Felipe Gazo. Jiisepe Doiníiigiiez y Baltasar Andrés Barutel. Entre los cargos Iheclios por el fisco contra ellos, figura en lugar destacado el Ihahcr.iiisli- ficado la sedición y la resistencia al ejército (RAH, ms. 911.877, ff. 2-4v.j. Tomada la dccisión por los dipiilarlos y co. municada al Justicia, todavía éste consultó coi, sus lugartenientes y con micer López, inicer Liiliez de Bailo. tnicer López Zapata y miier Juan Garcki, quienes refrendaron el parecer dc sus colegas. Sobre esta seguticla coiisiilta. IJcie- den contrastarse las declaraciones de varios testigos ibíderii, R. 29-85. Lupcrcio de Argelisola apunta qiic ivlartíii Bautista de Laliuza, que se había ido fuera de Zaragoza, fue el único que se mnnifestó en contra de l a resistei1ci;i (LEONARDO DE ARCENSOLA, Lupercio, Iriforriincióri,,,, p. 112).

85.-CURREA Y ARACÓN, Francisco de, Coriiciiroiios ..., p. 153. 86.-Carta de Bartolomé de Argensola a fray Jerónimo de San José fechada en Zaragorn cl 31 de octiibre de 1628,

MuÑoz Y DEL MANZANO, Cipriano, collcle de la Viñiiza, ed., Obiau sireliris (le Lril~eicio )' Bai-foioirlé Lcollor~lo 11' Aigciisoln, Madrid, 1889, t. 11, pp. 332-333.

~~.-HESPANIIA, Antonio Manuel, «Revueltas y revolnciones~, eii Ln ginci<i de1 Deirclio. Ecoiioiiií<i </e /<l ciilfiii-(1 1

Ecl<rd Modei,zn, Madrid, 1993, pp. 295-321 (orig. purtugués, 1992), pp. 315-316.

del privilegio foral de la i i icinifestacióiz fretite a la pretensión real de alcanzar utia justicia rápida y expeditiva en la persona de Antonio Pérez, cultnitió en una declaracióti formal de resistencia a las tropas enviadas a Aragón por Felipe 11. El hecho de que no titviese lugar batalla alguna no etnpa- fia, a nuestro juicio, el alcance de la decisión tomada por los diputados y secundada por el Justicia. Al menos una parte de la poblacióii aragonesa había llevado liasta sus últitnas consecuencias la te- oría de la resistencia foral, obligando al resto de la sociedad a enfrentarse a la necesidad cle esco- ger entre dos fidelidades que por momentos parecían irreconciliables. Los testimotiios aquí reco- gidos han permitido esbozar la respuesta de algunos rnieinbros de la nobleza aragonesa. Sin duda, el dilema se plaiiteó igualmente en el resto de grupos sociales, si bieti carecemos de documenta- ción a este respecto. A la espera de poder completar este vacío, cabe recordar las palabras de D. Martín de Bolea, quien resume su actuación en los siguientes tésininos: ((Que I ie s i d o cri i i igo d e

d o n D i e g o [de Heredia] y q u e t r u t a v n c o n todos, i i o lo i i i ego . P e r o i i i r is a i i i i g o e r a d e Irrf ir lel ir lcid de i n i re)! Y s i 110 firercr así, n o t rc i tara c o i l i n i g o e l v i r r e y i r i e l co i i se jo l o p i e trcrtoi~aiz d e coi?-

fianzcru (88).

88 -Cartd de D Martín a D Luis de Bolea fechada en S~étamo el 8 de marzo de 1592, en BN, hn? 6 380, f 34v