Í N D I C E ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO · 2018-03-27 · Órgano de...
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Órgano de Difusión del Gobierno de la Ciudad de México
VIGÉSIMA ÉPOCA 09 DE MARZO DE 2018 No. 278
Í N D I C E Este Ejemplar se acompaña de un anexo digital
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Jefatura de Gobierno
Acuerdo por el que se delega en la persona servidora pública titular de la Dirección del Seguro de Desempleo de la
Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo, las facultades que se indican 3
Secretaría de Movilidad
Aviso por el que se da a conocer el estudio del balance entre la oferta y la demanda de Transporte Público Colectivo de
Pasajeros en el corredor concesionado “Chapultepec, Paseo de la Reforma – Satélite, Valle Dorado” 5
Secretaría de Seguridad Pública
Aviso por el que se da a conocer el cambio de domicilio de diversas Unidades Administrativas de la Secretaría de
Seguridad Pública 33
Aviso por el que se da a conocer el Calendario Presupuestal de la Caja de Previsión de la Policía Auxiliar de la Ciudad
de México, para el Ejercicio Fiscal 2018, comunicado por la Secretaría de Finanzas 36
Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades
Aviso por el que se modifican las Reglas de Operación 2018 del Programa Social de Cultura Alimentaria, Artesanal,
Vinculación Comercial y Fomento de la Interculturalidad y Ruralidad, 2018, publicadas en la Gaceta Oficial de la
Ciudad de México, el 31 de enero de 2018 37
Continúa en la Pág. 2
2 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
Consejería Jurídica y de Servicios Legales
Lineamientos para otorgar el visto bueno previamente al Ejercicio de los Recursos Autorizados para cubrir los gastos
por Conciliaciones de Juicios en Trámite o para el cumplimiento de Sentencias Definitivas favorables a las personas
físicas o morales, en los Procesos Judiciales de Carácter Civil, Mercantil, Agrario y Contencioso - Administrativo,
promovidos por la Administración Pública de la Ciudad de México o en contra de ésta, para el año 2018 39
Lineamientos para otorgar el visto bueno previo al Ejercicio de los Recursos Autorizados para cubrir los gastos por
Conciliaciones de Juicios en Trámite promovidos en contra de la Administración Pública de la Ciudad de México o por
liquidaciones de Laudos emitidos o Sentencias Definitivas dictados por Autoridad competente favorables a los
trabajadores al servicio de la administración pública de la Ciudad de México, para el año 2018 43
Delegación Azcapotzalco
Aviso por el cual se dan a conocer las Reglas de Operación de los Programas de Desarrollo Social, para el Ejercicio
Fiscal 2018 47
Delegación Cuajimalpa de Morelos
Aviso por el cual se da a conocer la Relación de Beneficiarios de los Programas Sociales, para el Ejercicio Fiscal 2017 136
Aviso por el cual se dan a conocer la Convocatoria abierta de las Acciones Institucionales, para el Ejercicio Fiscal
2018 137
Delegación Cuauhtémoc
Aviso por el cual se dan a conocer los Padrones de Beneficiarios de los Programas de Desarrollo Social, durante el
Ejercicio Fiscal 2017 149
Delegación Miguel Hidalgo
Acuerdo por el que se declaran y dan a conocer como días inhábiles los que se indican y en consecuencia, se suspenden
los Términos Inherentes para la Orientación, Información, Recepción, Integración, Registro, Gestión, Resolución,
Entrega y Notificación de Documentos que se relacionen con Solicitudes de Acceso a la Información Pública; de
Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición de Datos Personales; Atención de Recursos de Revisión, Resoluciones
y Denuncias por Incumplimiento a las Obligaciones de Transparencia; así como la Recepción, Registro, Control,
Seguimiento, Turno y Despacho de la Correspondencia que se reciba en las Unidades Administrativas de Apoyo
Técnico Operativo Adscritas a la Coordinación de Gestión Delegacional en el Órgano Político Administrativo en
Miguel Hidalgo, correspondientes al año 2018 y al mes de enero de 2019 151
Acuerdo por el que se declaran días inhábiles y en consecuencia se suspenden Términos para los Trámites Inherentes a
los Procedimientos Administrativos del Órgano Político Administrativo en Miguel Hidalgo 154
Delegación Xochimilco
Acuerdo por el que se ordena la suspensión de actividades para vender bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones en
los establecimientos mercantiles ubicados dentro del perímetro que comprende el Pueblo de San Gregorio Atlapulco de
la Delegación Xochimilco, durante los días indicados 156
Acuerdo por el que se ordena la suspensión de actividades para vender bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones en
los establecimientos mercantiles ubicados dentro del perímetro que comprende el Pueblo de Santiago Tepalcatlalpan de
la Delegación Xochimilco, durante los días indicados 158
CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS
Oficialía Mayor.- Licitación Pública Nacional Número LPN/OM/DGRMSG/01/2018.- Enajenación de diversos
desechos de bienes muebles 160
Delegación Miguel Hidalgo.- Licitación Pública Nacional Número DMH/LP/002/2018.- Convocatoria
DMH/LPN/002/2018.- Continuación de los trabajos de construcción 162
Delegación Tláhuac.- Licitaciones Públicas Nacionales Números 30001121-01-18 y 30001121-02-18.- Convocatoria
001-18.- Presupuesto participativo 2018 y obras complementarias a la escuela 164
Edictos 167
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ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
JEFATURA DE GOBIERNO
MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA, Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, con fundamento en lo dispuesto
por los artículos 122, Apartado A, Base III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Transitorios
Primero y Segundo del Decreto por el que se declaran reformadas y derogadas diversas disposiciones de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de la Reforma Política de la Ciudad de México; 8° fracción II, 12
fracciones I, IV y VI, 67 fracciones II y XXXI, y 90 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 5° primer párrafo, 7°, 12
primer párrafo, 14 párrafo tercero, 15 fracción XVIII y 23 Ter de la Ley Orgánica de la Administración Pública de la
Ciudad de México; 7 fracción XVII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y
C O N S I D E R A N D O
Que de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Orgánica de la
Administración Pública de la Ciudad de México, el Jefe de Gobierno promulgará, publicará y ejecutará las Leyes y Decretos
que expida la Asamblea Legislativa, proveyendo en la esfera administrativa su exacta observancia, mediante la expedición
de Reglamentos, Decretos y Acuerdos.
Que el Jefe de Gobierno es el titular de la Administración Pública de la Ciudad de México, correspondiéndole originalmente
todas las facultades establecidas en los ordenamientos jurídicos relativos a la Ciudad de México, quien podrá delegarlas a
las personas servidoras públicas subalternas mediante Acuerdos que se publicarán en la Gaceta Oficial de la Ciudad de
México.
Que la organización administrativa de la Ciudad de México debe atender, en los procedimientos y actos administrativos en
general, los principios de simplificación, agilidad, economía, información, precisión, legalidad, transparencia e
imparcialidad.
Que la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo, es una Dependencia de la Administración Pública de la Ciudad de
México, a la que corresponde el despacho de las materias relativas al trabajo, previsión social y protección al empleo, que
específicamente, cuenta con facultades para programar, dirigir y ejecutar el Seguro de Desempleo en la Ciudad de México;
promover la generación de nuevas fuentes de empleo y consolidar las existentes en la Ciudad de México; promover y
observar que los programas y acciones de capacitación local y/o de regulación federal fortalezcan y eleven la calidad y
productividad de la fuerza de trabajo y economía; fomentar una cultura emprendedora entre las clases, grupos y personas
más desprotegidos y vulnerables de la sociedad a fin de que accedan a mejores niveles de bienestar, a través de programas y
acciones de carácter laboral, económico y educativo de contenido social; determinar, expedir, coordinar y gestionar la
convocatoria para acceder al seguro de desempleo; de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 5 de la Ley de
Protección y Fomento al Empleo para el Distrito Federal.
Que para el despacho de los asuntos de su competencia, se auxilia de la Dirección del Seguro de Desempleo, Unidad
Administrativa de Apoyo Técnico Operativo, encargada de la operación del Programa Social “Seguro de Desempleo”.
Que para efectos de lograr una administración ágil, eficiente y oportuna, es preciso dictar las medidas necesarias que
permitan el mejoramiento administrativo de los procesos y procedimientos que desarrollan al interior la Dirección del
Seguro de Desempleo de la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo, a través de la delegación de atribuciones; por lo
que, con fundamento en las disposiciones jurídicas y consideraciones antes expuestas, tengo a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA EN LA PERSONA SERVIDORA PÚBLICA TITULAR DE LA
DIRECCIÓN DEL SEGURO DE DESEMPLEO DE LA SECRETARÍA DE TRABAJO Y FOMENTO AL
EMPLEO, LAS FACULTADES QUE SE INDICAN
PRIMERO.- Se delega en la persona servidora pública titular de la Dirección del Seguro de Desempleo de la Secretaría de
Trabajo y Fomento al Empleo de la Ciudad de México, la facultad de suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus
atribuciones, celebrar, otorgar y suscribir los contratos, convenios, escrituras públicas y demás actos jurídicos de carácter
administrativo o de cualquier otra índole dentro del ámbito de su competencia, necesarios para el ejercicio de sus funciones
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y en su caso de las unidades administrativas que le estén adscritas; así como la facultad de certificar y expedir copias
certificadas de los documento que obren en sus archivos y de aquellos que expidan, en el ejercicio de sus funciones, los
servidores públicos que les estén subordinados.
SEGUNDO.- La delegación de las facultades a que se refiere este Acuerdo se entenderá hecha sin perjuicio del ejercicio
directo del suscrito.
TERCERO.- La Contraloría General acompañará y vigilará el cumplimiento del presente Acuerdo.
T R A N S I T O R I O S
PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
SEGUNDO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación.
Dado en la Residencia Oficial del Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, a los quince días del mes de febrero de dos mil
dieciocho.- EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA.-
FIRMA.- LA SECRETARIA DE GOBIERNO, DORA PATRICIA MERCADO CASTRO.- FIRMA.- LA
SECRETARIA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO, AMALIA DOLORES GARCÍA MEDINA.- FIRMA.
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AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL ESTUDIO DEL BALANCE ENTRE LA OFERTA Y LA
DEMANDA DE TRANSPORTE PÚBLICO COLECTIVO DE PASAJEROS EN EL CORREDOR
CONCESIONADO “CHAPULTEPEC, PASEO DE LA REFORMA – SATÉLITE, VALLE DORADO”.
CARLOS AUGUSTO MENESES FLORES, Secretario de Movilidad de la Ciudad de México, con fundamento en lo
dispuesto por los artículos 28 párrafo décimo primero y 122 apartado C, inciso a) de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 1°, 2°, 8° fracción II, 12 fracciones I, II, IV y VI, 67 fracción XXVI, 87, 93, 115 fracción VI y 118
fracción VII del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1°, 2°, 3° fracciones, I, VIII y XIV, 5° párrafo primero, 12
párrafo segundo, 15 fracción IX, 16 fracción IV y 31 fracciones I, II, IV, VII, XII, XIII, XIV, XV, XVIII y XX de la Ley
Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de México; así como en los Transitorios Tercero y Quinto de su
Reforma publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 14 de julio del 2014; 1, 2 fracción I; 5, 6 7, 9 fracción XXIV,
12 fracciones I, V,VI,VII, IX, XVI, XX, XXII, XXV, XXVI y XXVII, 55 fracción I, 56 fracción I inciso b), 61, 84, 85
fracción I, 87 de la Ley de Movilidad del Distrito Federal, así como en los Transitorios Cuarto, Quinto y Sexto de su
Decreto publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 14 de julio del 2014; 1, 72, 75, 153, 157, 158 y 159 numeral 2
del Reglamento de la Ley de Movilidad del Distrito Federal, y,
C O N S I D E R A N D O
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley de Movilidad del Distrito Federal, la prestación de los
servicios públicos de transporte en esta Ciudad son de utilidad pública e interés general, cuya obligación de proporcionarlos
corresponde originalmente a la Administración Pública, ya sea a través de empresas de participación estatal u organismos
descentralizados, o bien, por conducto de personas físicas o morales mediante concesiones.
Que es política del Gobierno de la Ciudad de México emprender acciones a corto y mediano plazo tendientes a simplificar
la regulación y mejorar los mecanismos de control para la prestación del Servicio de Transporte Público Colectivo de
Pasajeros, al amparo de un marco jurídico eficiente, dotado de legalidad y transparencia, pero sobre todo bajo los principios
de confianza y buena fe.
Que para tales efectos, el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México se auxilia de la Secretaría de Movilidad, a la que
corresponden entre otras facultades la de fomentar, impulsar, ordenar y regular el desarrollo del Servicio de Transporte
Público Colectivo de Pasajeros en la Ciudad de México, con objeto de proporcionar un servicio de calidad que satisfaga las
necesidades de la ciudadanía, garantizando su prestación en las mejores condiciones de seguridad, comodidad e higiene.
Que la Ciudad de México necesita contar con un sistema de transporte público de pasajeros basado en el diseño de
corredores estratégicos en las principales vialidades, que de manera individual representan soluciones que coadyuvan a
resolver problemas viales y urbanos para un sector de la Ciudad, pero que de manera conjunta son una alternativa que
contribuye a la mejora del sistema de transporte público y del medio ambiente metropolitano.
Que para el mejoramiento del servicio de transporte público colectivo de pasajeros, es indispensable la renovación del
parque vehicular obsoleto y contaminante con que operan actualmente los prestadores de este servicio, así como la
aplicación de nuevas tecnologías y esquemas de operación para mejorar la atención de los usuarios, con calidad, eficiencia y
cuidado del medio ambiente.
Que se llevan a cabo acciones para avanzar hacia un solo sistema integrado de transporte, que mejore la experiencia de viaje
de los usuarios, realizando estudios que indican la forma de estructurar e integrar gradualmente el sistema de transporte
público, con condiciones óptimas de operación.
Que el 15 de octubre de 2014 se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el Programa Integral de Movilidad 2013-
2018, que señala como objetivos, el avanzar hacia un sistema integrado de transporte público que articule los diferentes
modos de transporte, física, operativa y tecnológicamente, así como la información y comunicación hacia los usuarios, con
un esquema tarifario que garantice la prestación de un servicio confiable, eficiente, cómodo y seguro.
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Que tratándose del servicio público de transporte de pasajeros, la Secretaría debe publicar previamente a la emisión de la
Declaratoria de Necesidad, el estudio que contiene el balance entre la oferta y la demanda, que debe incluir los resultados
del estudio de ascenso –descenso, el inventario de servicios de transporte que participan en la vialidad de la que se trate y el
estudio de frecuencia de paso y ocupación en las secciones de mayor demanda y en el periodo de máxima demanda, la
oferta de unidades equivalentes para cada modalidad que se pretenda concesionar, la demanda atendida, para cada
modalidad y prestadores de servicio que actualmente se encuentren en operación y ocupación promedio de los vehículos
para cada modalidad.
Que en los Corredores de Transporte, la Secretaría otorgará preferentemente la concesión correspondiente a la persona
moral que integre como socios a los concesionarios individuales de transporte colectivo que originariamente prestan los
servicios en las vialidades significativas señaladas en los estudios respectivos.
Que existe la imperiosa necesidad de mejorar el servicio de transporte colectivo de pasajeros que se presta en la zona
norponiente, estableciendo un Corredor de Transporte Público de Pasajeros, con el objeto de que cumpla eficientemente su
función, atendiendo con eficiencia y de manera sustentable la demanda de transporte público de pasajeros por dichas
vialidades, así como dotar de la infraestructura adecuada para la prestación del servicio, mejorar el entorno urbano y reducir
la emisión de contaminantes a la atmósfera.
Que se debe impulsar una transformación del transporte público concesionado que propicie la conformación de empresas
prestadoras del servicio que cumplan con estándares establecidos por la autoridad y que funcionen en el marco de una clara
regulación, control y transparencia, privilegiando la eficiencia, bajas emisiones, accesibilidad, confiabilidad, seguridad,
comodidad e integración con otros modos de transporte.
Que de conformidad con el artículo 12 fracción XXVI de la Ley de Movilidad del Distrito Federal y 159 numeral 2 del
Reglamento de la Ley de Movilidad del Distrito Federal, el día siete de marzo de dos mil dieciocho, se publicó en la Gaceta
Oficial de la Ciudad de México, AVISO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS VIALIDADES EN LAS QUE SE
IMPLEMENTARÁ EL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO COLECTIVO DE PASAJEROS DEL
CORREDOR “CHAPULTEPEC, PASEO DE LA REFORMA – SATELITE, VALLE DORADO”. Por lo que el
presente estudio del balance entre la oferta y la demanda, precisa los diversos itinerarios en la Ciudad de México del
corredor de transporte, las descripciones de los mismos, la longitud de cada uno de ellos y tiempos de ciclo, así como la
demanda del servicio que atenderán, no obstante que el mismo tiene diversos destinos en el Estado de México. Debiéndose
ajustar en algunos casos sus derroteros, con motivo del cambio en la infraestructura para el servicio de transporte en sus
diferentes modalidades de la Ciudad de México, así como por los cambios en la operación de la movilidad y el sentido de
circulación de las vialidades.
Que fueron seleccionadas diferentes vialidades con características particulares de oferta y demanda, y por requerir de bajas
inversiones en infraestructura y ante la necesidad de mejorar el Servicio Público de transporte Colectivo de Pasajeros que
prestan los actuales concesionarios, la renovación de su parque vehicular y la aplicación de nueva tecnología sustentable
para una mejor atención de sus usuarios.
Que se realizó el presente estudio técnico del balance de oferta – demanda en la zona de influencia de los servicios de Ruta
02, el cual presenta los siguientes resultados, por lo que he tenido a bien emitir el:
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL ESTUDIO DEL BALANCE ENTRE LA OFERTA Y LA
DEMANDA DE TRANSPORTE PÚBLICO COLECTIVO DE PASAJEROS EN EL CORREDOR
CONCESIONADO “CHAPULTEPEC, PASEO DE LA REFORMA – SATÉLITE, VALLE DORADO”.
La Ruta 2 ofrece servicios de carácter metropolitano, cuyos orígenes en la Ciudad de México, son del Metro Chapultepec y
Av. Oaxaca – Av. Insurgentes, y los destinos, son los autorizados por las autoridades del Estado de México, en la zona de
Valle Dorado, Municipio de Tlalnepantla, Satélite y Municipio de Naucalpan, los cuales benefician de manera directa las
delegaciones Cuauhtémoc, Azcapotzalco, Miguel Hidalgo así como los Municipios de Naucalpan y Tlalnepantla en el
Estado de México.
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CONDICIONES ACTUALES DEL SERVICIO
Actualmente el servicio es atendido por la Ruta 02 y presta los siguientes servicios:
DERROTERO PARQUE VEHICULAR
1. Metro Chapultepec –Satélite - Valle Dorado
214 UNIDADES 2. Glorieta de Insurgentes (Oaxaca) – Valle Dorado
3. Metro Chapultepec – Suburbia Plaza Satélite
4. Metro Chapultepec – Av. Cinco – Av. 1° de Mayo
La demanda del servicio que en promedio se atiende y transporta diariamente es de 44,589 pasajeros, demanda que fue
analizada y estudiada en tiempo y forma individual, de tal manera que los resultados obtenidos de estos estudios sean más
precisos. Las características generales y los parámetros operativos de cada uno de ellos se muestran más adelante. En
cumplimiento a la Ley de Movilidad del Distrito Federal y al Reglamento de la Ley de Movilidad del Distrito Federal, se
estructura el presente estudio con el fin de establecer como producto final el balance entre la oferta y la demanda del
servicio.
Cabe señalar que se ajustarán los derroteros anteriormente señalados, con motivo del cambio en la infraestructura para el
servicio de transporte en sus diferentes modalidades de la Ciudad de México, así como por los cambios en la operación de la
movilidad y el sentido de circulación de las vialidades.
DESCRIPTIVOS DE ITINERARIOS PUNTOS FIJOS DE ASCENSO Y DESCENSO PARÁMETROS DE
OPERACIÓN:
1.- METRO CHAPULTEPEC - SATÉLITE - VALLE DORADO
DESCRIPCIÓN DE ITINERARIO.
Sentido: Sur - Norte Sentido: Norte - Sur
Movimiento Vialidad de Circulación Movimiento Vialidad de Circulación
Inicia CETRAM Metro Chapultepec Inicia Proviene del Estado de México
Izquierda Lieja Continua Boulevard Manuel Ávila Camacho a la
altura del Toreo de Cuatro Caminos,
Límite con la Ciudad de México
Continúa Río Ródano Continua Blvd. Manuel Ávila Camacho
Continúa Leibnitz Derecha Av. Paseo de la Reforma
Izquierda Tolstoi Vuelta en "U" Montes Escandinavos
Derecha Av. Paseo de la Reforma Continua Av. Paseo de la Reforma
Continua Av. Paseo de la Reforma Derecha Circuito Interior
Continua Boulevard Manuel Ávila Camacho a la
altura del Toreo de Cuatro Caminos. Límite
con el Estado de México.
Continúa Puente vehicular de acceso a CETRAM
Chapultepec
Finaliza CETRAM Metro Chapultepec
2.- GLORIETA DE INSURGENTES (OAXACA) - VALLE DORADO
DESCRIPCIÓN DE ITINERARIO.
Sentido: Sur - Norte Sentido: Norte - Sur
Movimiento Vialidad de Circulación Movimiento Vialidad de Circulación
Inicia Oaxaca Inicia Proviene del Estado de México
Derecha Puebla Continua Boulevard Manuel Ávila Camacho a la
altura del Toreo de Cuatro Caminos,
Límite con la Ciudad de México
Derecha Monterrey Continua Blvd. Manuel Ávila Camacho
continua Florencia Derecha Av. Paseo de la Reforma
8 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
Derecha Rio Ródano Vuelta en "U" Montes Escandinavos
Continúa Leibnitz Continua Av. Paseo de la Reforma (lateral)
Izquierda Tolstoi Derecha Sevilla
Derecha Av. Paseo de la Reforma Izquierda Av. Chapultepec
Continua Boulevard Manuel Ávila Camacho a la
altura del Toreo de Cuatro Caminos. Límite
con el Estado de México.
Derecha
Oaxaca
Finaliza Oaxaca
3.- METRO CHAPULTEPEC – SUBURBIA PLAZA SATÉLITE
DESCRIPCIÓN DE ITINERARIO.
Sentido: Sur - Norte Sentido: Norte - Sur
Movimiento Vialidad de Circulación Movimiento Vialidad de Circulación
Inicia CETRAM Metro Chapultepec Inicia Proviene del Estado de México
Izquierda Lieja Continua Boulevard Manuel Ávila Camacho a la
altura del Toreo de Cuatro Caminos,
Límite con la Ciudad de México
Continúa Río Ródano Continua Blvd. Manuel Ávila Camacho
Continúa Leibnitz Derecha Av. Paseo de la Reforma
Izquierda Tolstoi Vuelta en "U" Montes Escandinavos
Derecha Av. Paseo de la Reforma Continua Av. Paseo de la Reforma
Continua Av. Paseo de la Reforma Derecha Circuito Interior
Continua Boulevard Manuel Ávila Camacho a la
altura del Toreo de Cuatro Caminos. Límite
con el Estado de México.
Continúa Puente vehicular de acceso a CETRAM
Chapultepec
Finaliza CETRAM Metro Chapultepec
4.- METRO CHAPULTEPEC – AV. CINCO – AV. 1° DE MAYO
DESCRIPCIÓN DE ITINERARIO.
Sentido: Sur - Norte Sentido: Norte - Sur
Movimiento Vialidad de Circulación Movimiento Vialidad de Circulación
Inicia CETRAM Metro Chapultepec Inicia Proviene del Estado de México
Izquierda Lieja Continua Boulevard Manuel Ávila Camacho a la
altura del Toreo de Cuatro Caminos,
Límite con la Ciudad de México
Continúa Río Ródano Continua Blvd. Manuel Ávila Camacho
Continúa Leibnitz Derecha Av. Paseo de la Reforma
Izquierda Tolstoi Vuelta en "U" Montes Escandinavos
Derecha Av. Paseo de la Reforma Continua Av. Paseo de la Reforma
Continua Av. Paseo de la Reforma Derecha Circuito Interior
Continua Boulevard Manuel Ávila Camacho a la
altura del Toreo de Cuatro Caminos. Límite
con el Estado de México.
Continúa Puente vehicular de acceso a CETRAM
Chapultepec
Finaliza CETRAM Metro Chapultepec
ESTUDIO DE ASCENSO – DESCENSO (EAD) Y TIEMPOS DEL ITINERARIO
ESTUDIO DE ASCENSO – DESCENSO
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Estudios que se realizaron abordo de las unidades durante turnos completos en ambos sentidos, de base origen a base de
destino, registrándose principalmente el número de pasajeros que abordan y descienden de las unidades en horas y puntos
determinados a lo largo de cada ramal, así como la localización y ubicación de todas las paradas que realiza la unidad
determinándose las secciones, puntos y horas de máxima demanda. Es importante señalar, que únicamente se presentan en
la presente publicación los datos correspondientes a los recorridos en la Ciudad de México, sin embargo para la
determinación del parque vehicular proyectado, se tienen considerados los datos de la oferta y la demanda conforme al
estudio completo que implica recorridos en el Estado de México.
1.- METRO CHAPULTEPEC - VALLE DORADO
N°
Circula por: Calle más próxima Pasajeros Totales Pasajeros Promedio
Ascenso Descenso Abordo Ascenso Descenso Abordo
1 Metro Chapultepec Circuito Interior 339 0 339 16 0 16
2 Tolstoi Calzada Gral. Mariano
Escobedo 6 2 343 0 0 16
3 Paseo de la
Reforma Avenida Grutas 12 2 353 1 0 17
4 Paseo de la
Reforma
Calzada Mahatma
Gandhi (Museo de
Antropología I)
9 10 352 0 0 17
5 Paseo de la
Reforma
Calzada Mahatma
Gandhi (Museo de
Antropología II)
0 11 341 0 1 16
6 Paseo de la
Reforma Rubén Darío 12 15 338 1 1 16
7 Paseo de la
Reforma Auditorio Nacional 165 23 480 8 1 23
8 Paseo de la
Reforma Calle Julio Verne 18 17 481 1 1 23
9 Paseo de la
Reforma
Av. Moliere(Fuente de
Petróleos ) 23 59 445 1 3 21
10 Blvd. Manuel Ávila
Camacho Calle Monte Elbruz 31 22 454 1 1 22
11 Blvd. Manuel Ávila
Camacho
Campos Elíseos
(Honda Polanco) 14 31 437 1 1 21
12 Blvd. Manuel Ávila
Camacho
Av. Presidente
Masaryk 3 4 436 0 0 21
13 Blvd. Manuel Ávila
Camacho
Privada de Horacio
(McDonald's) 22 37 421 1 2 20
14 Blvd. Manuel Ávila
Camacho Avenida Horacio 18 45 394 1 2 19
15 Blvd. Manuel Ávila
Camacho Avenida Homero 3 10 387 0 0 18
16 Blvd. Manuel Ávila
Camacho
Avenida Ejercito
Nacional 7 11 383 0 1 18
17 Blvd. Manuel Ávila
Camacho
Boulevard Miguel de
Cervantes
Saavedra(Legaría)
6 14 375 0 1 18
18 Blvd. Manuel Ávila
Camacho
Avenida Ingenieros
Militares(SEAT) 10 7 378 0 0 18
10 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
19 Blvd. Manuel Ávila
Camacho
Lic. Rafael Reyes
Espíndola (Carso
Periférico, en
construcción)
5 27 356 0 1 17
20 Blvd. Manuel Ávila
Camacho
Antonio Velázquez(El
Portón) 34 104 286 2 5 14
Boulevard Manuel Ávila Camacho a la altura
del Toreo de Cuatro Caminos. Límite con el
Estado de México.
VALLE DORADO - METRO CHAPULTEPEC
N°
Circula por: Calle más próxima Pasajeros Totales Pasajeros Promedio
Ascenso Descenso Abordo Ascenso Descenso Abordo
1 Proviene del Estado
de México
Av. Parque de
Chapultepec
(Cinépolis Hollywood)
59 73 347 3 3 17
2 Blvd. Manuel Ávila
Camacho Centro Israelita 28 16 359 1 1 17
3 Blvd. Manuel Ávila
Camacho Av. del Conscripto 44 40 363 2 2 17
4 Blvd. Manuel Ávila
Camacho
Av. Industria Militar
(Calzada Legaría) 12 24 351 1 1 17
5 Blvd. Manuel Ávila
Camacho
Gral. Juan Cabral
(Ejército Nacional) 9 13 347 0 1 17
6 Blvd. Manuel Ávila
Camacho
Gral. García Conde
Palomas (Escuela
Médico Militar)
15 16 346 1 1 16
7 Blvd. Manuel Ávila
Camacho San Isidro 43 23 366 2 1 17
8 Blvd. Manuel Ávila
Camacho
Sierra Candela ( Paseo
de las Palmas) 27 25 368 1 1 18
9 Blvd. Manuel Ávila
Camacho Lomas Plaza (Bahía) 30 14 384 1 1 18
10 Blvd. Manuel Ávila
Camacho
Privada del
Castillo(Edificio
MetLife)
20 9 395 1 0 19
11 Paseo de la
Reforma
Avenida Prado
Norte(Montes
Escandinavos)
3 3 395 0 0 19
12 Paseo de la
Reforma Anatole France 14 17 392 1 1 19
13 Paseo de la
Reforma Auditorio Nacional 27 244 175 1 12 8
14 Paseo de la
Reforma
Avenida Acuario
(Zoológico) 18 2 191 1 0 9
15 Paseo de la
Reforma
Avenida Grutas (Lago
de Chapultepec ) 4 7 188 0 0 9
16 Paseo de la
Reforma
Calzada Mahatma
Gandhi(Museo de Arte
Moderno)
2 15 175 0 1 8
17 Circuito Interior
José Vasconcelos Metro Chapultepec 0 175 0 0 8 0
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 11
339
481
356
219
96
0
100
200
300
400
500
600
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48
Poligono de Carga (Sección de Maxima Demanda)Pasajeros Totales por Parada y Sentido
Ascenso Descenso Abordo
Sección de Maxima
Demanda
Auditorio Nacional
M. Chapultepec
ValleDorado
114
302
395
175
0
50
100
150
200
250
300
350
400
450
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42
Poligono de Carga (Sección de Maxima Demanda)Pasajeros Totales por Parada y Sentido
Ascenso Descenso Abordo
Sección de Maxima
Demanda
Prado Norte
M. Chapultepec
ValleDorado
2.- GLORIETA DE INSURGENTES (OAXACA) - VALLE DORADO
N°
Circula por: Calle más próxima Pasajeros Totales Pasajeros Promedio
Ascenso Descenso Abordo Ascenso Descenso Abordo
1 Oaxaca (Glorieta
de Insurgentes) Puebla 25 0 25 3 0 3
2 Puebla Monterrey 1 0 26 0 0 3
3 Monterrey Av. Chapultepec 2 0 28 0 0 3
4 Florencia Londres 2 0 30 0 0 3
5 Florencia Paseo de la Reforma 17 0 47 2 0 5
6 Paseo de la
Reforma Río Misisipi 11 2 56 1 0 6
7 Paseo de la
Reforma Río Ródano 17 1 72 2 0 8
8 Paseo de la
Reforma
Calz. Gral. Mariano
Escobedo 5 1 76 1 0 8
12 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
9 Paseo de la
Reforma Tolstoi 8 4 80 1 0 9
10 Paseo de la
Reforma Avenida Grutas 7 1 86 1 0 10
11 Paseo de la
Reforma
Calzada Mahatma
Gandhi (Museo de
Antropología I)
1 1 86 0 0 10
12 Paseo de la
Reforma
Calzada Mahatma
Gandhi (Museo de
Antropología II)
1 0 87 0 0 10
13 Paseo de la
Reforma Rubén Darío 4 4 87 0 0 10
14 Paseo de la
Reforma Auditorio Nacional 114 5 196 13 1 22
15 Paseo de la
Reforma Calle Julio Verne 7 1 202 1 0 22
16 Paseo de la
Reforma
Av. Moliere(Fuente de
Petróleos ) 6 35 173 1 4 19
17 Blvd. Manuel Ávila
Camacho Calle Monte Elbruz 7 5 175 1 1 19
18 Blvd. Manuel Ávila
Camacho
Campos Eliseos
(Honda Polanco) 4 9 170 0 1 19
19 Blvd. Manuel Ávila
Camacho
Av. Presidente
Masaryk 0 12 158 0 1 18
20 Blvd. Manuel Ávila
Camacho
Privada de Horacio
(McDonald's) 9 11 156 1 1 17
21 Blvd. Manuel Ávila
Camacho Avenida Horacio 8 14 150 1 2 17
22 Blvd. Manuel Ávila
Camacho Avenida Homero 5 0 155 1 0 17
23 Blvd. Manuel Ávila
Camacho
Avenida Ejercito
Nacional 1 0 156 0 0 17
24 Blvd. Manuel Ávila
Camacho
Boulevard Miguel de
Cervantes Saavedra
(Legaria)
2 8 150 0 1 17
25 Blvd. Manuel Ávila
Camacho
Avenida Ingenieros
Militares(SEAT) 4 1 153 0 0 17
26 Blvd. Manuel Ávila
Camacho
Lic. Rafael Reyes
Espíndola (Carso
Periférico, en
construcción)
4 24 133 0 3 15
27 Blvd. Manuel Ávila
Camacho
Antonio Velázquez(El
Portón) 7 29 111 1 3 12
Boulevard Manuel Ávila Camacho a la altura
del Toreo de Cuatro Caminos. Límite con el
Estado de México.
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 13
VALLE DORADO - GLORIETA DE INSURGENTES (OAXACA)
N° Circula por: Calle más próxima Pasajeros Totales Pasajeros Promedio
Ascenso Descenso Abordo Ascenso Descenso Abordo
1
Proviene del
Estado de
México. Blvd.
Manuel Ávila
Camacho
Centro Israelita 9 9 54 2 2 9
2 Blvd. Manuel
Ávila Camacho Av. del Conscripto 4 8 50 1 1 8
3 Blvd. Manuel
Ávila Camacho
Av. Industria Militar (Calzada
Legaria) 4 4 50 1 1 8
4 Blvd. Manuel
Ávila Camacho
Gral. Juan Cabral (Ejército
Nacional) 5 0 55 1 0 9
5 Blvd. Manuel
Ávila Camacho
Gral. García Conde Palomas
(Escuela Médico Militar) 9 0 64 2 0 11
6 Blvd. Manuel
Ávila Camacho San Isidro 9 5 68 2 1 11
7 Blvd. Manuel
Ávila Camacho Sierra Candela (Palmas) 9 8 69 2 1 12
8 Blvd. Manuel
Ávila Camacho Lomas Plaza (Bahía) 10 3 76 2 1 13
9 Blvd. Manuel
Ávila Camacho Privada del Castillo (MetLife) 14 3 87 2 1 15
10 Paseo de la
Reforma
Avenida Prado Norte(Montes
Escandinavos) 1 1 87 0 0 15
11 Paseo de la
Reforma Anatole France 5 2 90 1 0 15
12 Paseo de la
Reforma Auditorio Nacional 9 50 49 2 8 8
13 Paseo de la
Reforma Avenida Acuario (Zoológico) 6 1 54 1 0 9
14 Paseo de la
Reforma
Avenida Grutas (Lago de
Chapultepec ) 1 7 48 0 1 8
15 Paseo de la
Reforma
Calzada Mahatma Gandhi(Museo
de Arte Moderno) 3 15 36 1 3 6
16
Circuito Interior
José
Vasconcelos
Av. Chapultepec 0 11 25 0 2 4
17 Av. Chapultepec Av. Sonora 0 23 2 0 4 0
18 Av. Chapultepec Valladolid 0 1 1 0 0 0
19 Av. Chapultepec Monterrey 0 0 1 0 0 0
20 Av. Chapultepec Oaxaca 0 1 0 0 0 0
14 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
30
87
202
153
78
45
0
50
100
150
200
250
1 3 5 7 9 11 13 15 17 19 21 23 25 27 29 31 33 35 37 39 41 43 45 47 49 51 53 55
Polígono de Carga Pasajeros Totales por Parada y Sentido
Ascenso Descenso Abordo
Sección de Maxima
Demanda
Julio Verne
GlorietaInsurgentes
Valle Dorado
2016
48
46 47
90
54
25
0
10
20
30
40
50
60
70
80
90
100
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46
Poligono de Carga (Sección de Maxima Demanda)Pasajeros Totales por Parada y Sentido
Ascenso Descenso Abordo
Sección de Maxima
Demanda
Valle Dorado GlorietaInsurgentes
Anatole France
3.- METRO CHAPULTEPEC - SUBURBIA PLAZA SATÉLITE
N° Circula por: Calle más próxima Pasajeros Totales Pasajeros Promedio
Ascenso Descenso Abordo Ascenso Descenso Abordo
1 Metro
Chapultepec Circuito Interior 78 0 78 20 0 20
2 Tolstoi Calzada Gral. Mariano Escobedo 0 0 78 0 0 20
3 Paseo de la
Reforma Avenida Grutas 0 0 78 0 0 20
4 Paseo de la
Reforma
Calzada Mahatma Gandhi (Museo
de Antropología I) 0 2 76 0 1 19
5 Paseo de la
Reforma
Calzada Mahatma Gandhi (Museo
de Antropología II) 0 4 72 0 1 18
6 Paseo de la
Reforma Rubén Darío 2 6 68 1 2 17
7 Paseo de la
Reforma Auditorio Nacional 21 8 81 5 2 20
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15
8 Paseo de la
Reforma Calle Julio Verne 0 4 77 0 1 19
9 Paseo de la
Reforma Av. Moliere(Fuente de Petróleos ) 4 14 67 1 4 17
10 Blvd. Manuel
Ávila Camacho Calle Monte Elbruz 4 4 67 1 1 17
11 Blvd. Manuel
Ávila Camacho Campos Elíseos (Honda Polanco) 4 12 59 1 3 15
12 Blvd. Manuel
Ávila Camacho Av. Presidente Masaryk 0 0 59 0 0 15
13 Blvd. Manuel
Ávila Camacho Privada de Horacio (McDonald's) 0 8 51 0 2 13
14 Blvd. Manuel
Ávila Camacho Avenida Horacio 0 9 42 0 2 11
15 Blvd. Manuel
Ávila Camacho Avenida Homero 0 2 40 0 1 10
16 Blvd. Manuel
Ávila Camacho Avenida Ejercito Nacional 0 4 36 0 1 9
17 Blvd. Manuel
Ávila Camacho
Boulevard Miguel de Cervantes
Saavedra(Legaría) 0 4 32 0 1 8
18 Blvd. Manuel
Ávila Camacho
Avenida Ingenieros
Militares(SEAT) 4 4 32 1 1 8
Boulevard Manuel Ávila Camacho a la altura del
Toreo de Cuatro Caminos. Límite con el Estado de
México.
SUBURBIA PLAZA SATÉLITE - METRO CHAPULTEPEC
N° Circula por: Calle más próxima Pasajeros Totales Pasajeros Promedio
Ascenso Descenso Abordo Ascenso Descenso Abordo
1
Proviene del
Estado de
México. Blvd.
Manuel Ávila
Camacho
Centro Israelita 11 4 41 3 1 10
2 Blvd. Manuel
Ávila Camacho Av. del Conscripto 10 5 46 3 1 12
3 Blvd. Manuel
Ávila Camacho
Av. Industria Militar (Calzada
Legaría) 4 4 46 1 1 12
4 Blvd. Manuel
Ávila Camacho
Gral. Juan Cabral (Ejército
Nacional) 3 4 45 1 1 11
5 Blvd. Manuel
Ávila Camacho
Gral. García Conde Palomas
(Escuela Médico Militar) 4 3 46 1 1 12
6 Blvd. Manuel
Ávila Camacho San Isidro 15 4 57 4 1 14
7 Blvd. Manuel
Ávila Camacho
Sierra Candela ( Paseo de las
Palmas) 10 4 63 3 1 16
8 Blvd. Manuel
Ávila Camacho Lomas Plaza (Bahía) 3 4 62 1 1 16
9 Blvd. Manuel
Ávila Camacho
Privada del Castillo(Edificio
MetLife) 5 0 67 1 0 17
16 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
10 Paseo de la
Reforma
Avenida Prado Norte(Montes
Escandinavos) 0 0 67 0 0 17
11 Paseo de la
Reforma Anatole France 4 6 65 1 2 16
12 Paseo de la
Reforma Auditorio Nacional 7 29 43 2 7 11
13 Paseo de la
Reforma Avenida Acuario (Zoológico) 4 0 47 1 0 12
14 Paseo de la
Reforma
Avenida Grutas (Lago de
Chapultepec) 0 3 44 0 1 11
15 Paseo de la
Reforma
Calzada Mahatma Gandhi(Museo
de Arte Moderno) 0 4 40 0 1 10
16 Cto. Interior José
Vasconcelos Metro Chapultepec 0 39 1 0 10 0
11
25 34
67
4340
0
10
20
30
40
50
60
70
80
1 2 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31
Poligono de Carga (Sección de Maxima Demanda)Pasajeros Totales por Parada y Sentido
Ascenso Descenso Abordo
Sección de Maxima
Demanda
Surburbia Plaza Satelite
M. Chapultepec
Av. Prado Norte
7881
51
32
1610
0
10
20
30
40
50
60
70
80
90
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38
Poligono de Carga (Sección de Maxima Demanda)Pasajeros Totales por Parada y Sentido
Ascenso Descenso Abordo
Sección de Maxima
Demanda
Auditorio Nacional
Surburbia Plaza SateliteM. Chapultepec
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17
4.- METRO CHAPULTEPEC – AV. CINCO - AV PRIMERO DE MAYO
N° Circula por: Calle más próxima Pasajeros Totales Pasajeros Promedio
Ascenso Descenso Abordo Ascenso Descenso Abordo
1 Metro
Chapultepec Circuito Interior 121 0 121 30 0 30
2 Tolstoi Calzada Gral. Mariano Escobedo 0 0 121 0 0 30
3 Paseo de la
Reforma Avenida Grutas 0 0 121 0 0 30
4 Paseo de la
Reforma
Calzada Mahatma Gandhi (Museo
de Antropología I) 0 1 120 0 0 30
5 Paseo de la
Reforma
Calzada Mahatma Gandhi (Museo
de Antropología II) 0 0 120 0 0 30
6 Paseo de la
Reforma Rubén Darío 4 7 117 1 2 29
7 Paseo de la
Reforma Auditorio Nacional 16 3 130 4 1 33
8 Paseo de la
Reforma Calle Julio Verne 0 4 126 0 1 32
9 Paseo de la
Reforma Av. Moliere(Fuente de Petróleos ) 4 15 115 1 4 29
10
Boulevard
Manuel Ávila
Camacho
Calle Monte Elbruz 1 18 98 0 5 25
11
Boulevard
Manuel Ávila
Camacho
Campos Elíseos (Honda Polanco) 2 10 90 1 3 23
12
Boulevard
Manuel Ávila
Camacho
Av. Presidente Masaryk 3 5 88 1 1 22
13
Boulevard
Manuel Ávila
Camacho
Privada de Horacio (McDonald's) 3 17 74 1 4 19
14
Boulevard
Manuel Ávila
Camacho
Avenida Horacio 1 20 55 0 5 14
15
Boulevard
Manuel Ávila
Camacho
Avenida Homero 0 3 52 0 1 13
16
Boulevard
Manuel Ávila
Camacho
Avenida Ejercito Nacional 0 14 38 0 4 10
17
Boulevard
Manuel Ávila
Camacho
Boulevard Miguel de Cervantes
Saavedra(Legaría) 1 16 23 0 4 6
18
Boulevard
Manuel Ávila
Camacho
Avenida Ingenieros
Militares(SEAT) 1 8 16 0 2 4
18 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
121 130
88
16
0
20
40
60
80
100
120
140
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25
Poligono de Carga (Sección de Maxima Demanda)Pasajeros Totales por Parada y Sentido
Ascenso Descenso Abordo
Sección de
Maxima Demanda
M. Chapultepec
Av. Cinco - Blvd. Toluca
Auditorio Nacional
47
90
78
68
36
0
10
20
30
40
50
60
70
80
90
100
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20
Poligono de Carga (Sección de Maxima Demanda)Pasajeros por Parada y Sentido
Ascenso Descenso Abordo
Sección de Maxima
Demanda
Av. 1° de Mayo
M. Chapultepec
Parque Chapultepec
ESTUDIO DE TIEMPO DE ITINERARIO VELOCIDAD EN H.M.D. EN LOS RECORRIDOS
a.- Tiempos de itinerario
Registro que se efectúa abordo de una unidad y durante turnos completos para conocer el tiempo de itinerario que una
unidad tarda en viajar de terminal, permitiendo evaluar las condiciones que afectan la circulación en el derrotero como son:
desperfectos viales , falta de infraestructura y señalamientos viales , congestionamientos, puntos de transferencia, etc.
Determinándose así mismo las secciones más conflictivas del itinerario en horas de máxima demanda. La presente
información contempla el total del recorrido conforme al estudio de la oferta y la demanda.
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 19
Recorrido Sentido Tiempo en
Terminal
Tiempo de
Recorrido
Tiempo de Ciclo Velocidad de
Operación en
HMD
Metro
Chapultepec -
Valle Dorado
Sur - Norte
00:05
01:14
03:02 19.7
Norte - Sur 00:05 01:38
Recorrido Sentido Tiempo en
Terminal
Tiempo de
Recorrido
Tiempo de Ciclo Velocidad de
Operación en
HMD
Glorieta de
Insurgentes
(Oaxaca) - Valle
Dorado
Sur - Norte 00:26 02:14
04:25 16.6 Norte - Sur
00:26 01:19
Recorrido Sentido Tiempo en
Terminal
Tiempo de
Recorrido Tiempo de Ciclo
Velocidad de
Operación en
HMD
Metro
Chapultepec –
Suburbia Plaza
Satélite
Sur - Norte
5
00:55 02:04 15.0
Norte - Sur 4 01:00
Recorrido Sentido Tiempo en
Terminal
Tiempo de
Recorrido Tiempo de Ciclo
Velocidad de
Operación en
HMD
Metro
Chapultepec -
Calle 5 y Av.
Primero de Mayo
Sur - Norte
00:56 01:56 15.0
Norte - Sur 01:00
b.- Pasajeros transportados por viaje. (La presente información contempla el total del recorrido conforme al estudio de la
oferta y la demanda).
Después de llevar a cabo estudios de transporte en campo, se pudieron identificar los siguientes promedios de usuarios que
utilizan nuestros servicios por viaje, en cada uno de los recorridos en día laborable, se muestra a continuación
Metro Chapultepec- Valle Dorado
Hora Ascensos Salidas Total
6 - 7 64 10 640
7 - 8 55 13 719
8 - 9 51 10 509
9 - 10 45 18 801
10 - 11 37 26 962
11 - 12 48 26 1,248
12 - 13 43 24 1,037
13 - 14 48 24 1,146
14 -15 49 24 1,165
15 - 16 36 24 873
16 - 17 55 30 1,657
17 -18 60 43 2,563
18 - 19 65 29 1,887
20 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
Valle Dorado- Glorieta de Insurgentes
Hora Ascensos Salidas Total
6 - 7
7 - 8
8 - 9
9 - 10 48 19 910
10 - 11 35 17 597
11 - 12 32 13 411
12 - 13 33 6 195
13 - 14 29 4 114
14 -15 27 8 214
15 - 16 41 6 243
16 - 17 27 7 189
17 -18 22 7 154
18 - 19 21 7 145
19 -20 39 6 235
20 - 21 47 4 188
399 104 3,595
Chapultepec - Suburbia Plaza Satélite
Hora Ascensos Salidas Total
6 - 7 35 2 97
7 - 8 33 9 323
8 - 9 38 19 749
9 - 10 39 19 768
10-11 30 2 87
175 51 2,024
19 -20 57 28 1,609
20 - 21 54 22 1,189
597 318 18,005
Valle Dorado - Metro Chapultepec
Hora Ascensos Salidas Total
6 - 7 40 5 269
7 - 8 39 6 303
8 - 9 34 10 409
9 - 10 35 9 384
10 - 11 37 8 365
11 - 12 37 19 772
12 - 13 53 34 1,871
13 - 14 33 21 762
14 -15 49 21 1,098
15 - 16 45 19 924
16 - 17 59 20 1,249
17 -18 68 20 1,429
18 - 19 71 14 1,063
19 -20 65 3 264
20 - 21 60 3 249
725 212 11,411
Glorieta de Insurgentes- Valle Dorado
Hora Ascensos Salidas Total
6-7
7-8
8-9
9-10 37 8 295
10 - 11 37 11 407
11 - 12 34 15 515
12 - 13 33 10 325
13 - 14 39 9 349
14 -15 51 5 254
15 - 16 63 5 314
16 - 17 32 5 159
17 -18 51 5 254
18 - 19 64 4 255
19 -20 45 4 179
20 - 21 45 2 89
529 83 3,395
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 21
Metro Chapultepec- Calle 5 y Av. Primero de Mayo Calle 5 y Av. Primero de Mayo - Metro Chapultepec
Metro Chapultepec- Valle Dorado Valle Dorado - Metro Chapultepec
Sur - Norte Norte - Sur
Servicio Nocturno Servicio Nocturno
ESTUDIO DE FRECUENCIA DE PASO Y OCUPACIÓN ((EFPO)
a.- DETERMINACIÓN DE LA HORA DE MÁXIMA DEMANDA (HMD) Y VOLUMEN DE PASAJEROS POR HORA
DE MÁXIMA DEMANDA (VHMD)
Se determinaron 3 estaciones maestras de aforo, mismas que fueron seleccionadas con base en los estudios de ascensos y
descensos de pasajeros.
En dichos puntos el personal aforador identificó la hora, el número de unidades que pasaban y la ocupación de las mismas,
durante el periodo del servicio ofrecido.
Los resultados de estos estudios son:
Determinación de la hora de máxima demanda.
Número de unidades que pasan por hora
Nivel de ocupación de las unidades
Demanda horaria
Intervalo de paso de las unidades
Variación Horaria
Estación Maestra: Circuito Arquitectos - Autopista México – Querétaro Sentido: Norte-Sur
Hora Unidades Oferta Demanda Ocupación Intervalo
6-7
7-8
8-9 16 560 209 37% 4
9-10 13 455 165 36% 5
10-11 27 945 213 23% 2
11-12 22 770 169 22% 3
12-13 24 840 129 15% 3
13-14 30 1,050 206 20% 2
Chapultepec - Suburbia Plaza Satélite
Hora Ascensos Salidas Total
6 - 7 30 6 208
7 - 8 52 12 652
8 - 9 30 12 389
9 - 10 52 10 549
164 40 1,798
Chapultepec - Suburbia Plaza Satélite
Hora Ascensos Salidas Total
6 - 7 41 21 889
7 - 8 34 18 648
8 - 9 37 16 621
9 - 10 30 8 269
10 - 11 30 4 149
11 - 12 25 2 79
197 69 2,655
Chapultepec - Suburbia Plaza Satélite
Hora Ascensos Salidas Total
22 - 23 16 19 296
23 - 24 19 13 251
24 -1 18 13 234
1 - 2 16 13 208
69 58 989
Chapultepec - Suburbia Plaza Satélite
Hora Ascensos Salidas Total
22 - 23 14 18 255
23 - 24 11 19 202
24 -1 12 12 141
1 - 2 9 13 119
46 62 717
22 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
14-15 26 910 188 21% 2
15-16 31 1,085 181 17% 2
16-17 36 1,260 265 21% 2
17-18 33 1,155 230 20% 2
18-19 25 875 304 35% 2
19-20 21 735 135 18% 3
20-21
10,640 2,394 23%
Estación Maestra: Satélite (Plaza Satélite ) Sentido: Sur-Norte
Hora Unidades Oferta Demanda Ocupación Intervalo
6-7
7-8
8-9 9 315 124 39% 7
9-10 24 840 196 23% 3
10-11 24 840 100 12% 3
11-12 19 665 91 14% 3
12-13 19 665 91 14% 3
13-14 17 595 128 22% 4
14-15 20 700 81 12% 3
15-16 24 840 89 11% 3
16-17 22 770 110 14% 3
17-18 15 525 257 49% 4
18-19 22 770 368 48% 3
19-20 18 630 221 35% 3
20-21 6 210 96 46% 10
8,365 1,952 23%
368
0
50
100
150
200
250
300
350
400
Psa
jero
s
Determinación de la Hora Máxima DemandaSur - Norte
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 23
Estación Maestra: Ings. Militares - Periférico Sentido Norte – Sur
Hora Unidades Oferta Demanda Ocupación Intervalo
6-7 4 140 135 96% 15
7-8 51 1,785 1,504 84% 1
8-9 53 1,855 1,733 93% 1
9-10 37 1,295 887 68% 2
10-11 41 1,435 781 54% 1
11-12 25 875 494 56% 2
12-13 14 490 256 52% 4
13-14 26 910 388 43% 2
14-15 30 1,050 540 51% 2
15-16 33 1,155 503 44% 2
16-17 15 525 222 42% 4
17-18 34 1,190 477 40% 2
18-19 13 455 210 46% 5
19-20 4 140 72 51% 15
20-21 3 105 60 57% 20
13,405 8,262 62%
Hora Unidades Oferta Demanda Ocupación Intervalo
6-7 4 140 135 96% 15
7-8 51 1,785 1,504 84% 1
8-9 53 1,855 1,733 93% 1
9-10 37 1,295 887 68% 2
10-11 41 1,435 781 54% 1
11-12 25 875 494 56% 2
12-13 14 490 256 52% 4
13-14 26 910 388 43% 2
14-15 30 1,050 540 51% 2
15-16 33 1,155 503 44% 2
16-17 15 525 222 42% 4
17-18 34 1,190 477 40% 2
18-19 13 455 210 46% 5
24 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
Hora Unidades Oferta Demanda Ocupación Intervalo
6-7 13 455 50 11% 5
7-8 71 2,485 207 8% 1
8-9 55 1,925 229 12% 1
9-10 50 1,750 245 14% 1
10-11 47 1,645 211 13% 1
11-12 46 1,610 314 20% 1
12-13 41 1,435 434 30% 1
13-14 26 910 383 42% 2
14-15 9 315 75 24% 7
15-16 29 1,015 687 68% 2
16-17 26 910 764 84% 2
17-18 30 1,050 953 91% 2
18-19 26 910 903 99% 2
19-20 6 210 248 118% 10
20-21 5 175 183 105% 12
16,800 5,886 35%
19-20 4 140 72 51% 15
20-21 3 105 60 57% 20
13,405 8,262 62%
953
0
200
400
600
800
1000
1200
Pas
aje
ros
Determinación de la Hora Máxima DemandaSur - Norte
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 25
Estación Maestra: Calle Horacio y Blvd. Ávila Camacho Sentido: Sur-Norte
Hora Unidades Oferta Demanda Ocupación Intervalo
6-7 7 245 103 42 9
7-8 32 1,120 554 49 2
8-9 58 2,030 956 47 1
9-10 52 1,820 979 54 1
10-11 33 1,155 457 40 2
11-12 29 1,015 488 48 2
12-13 27 945 393 42 2
13-14 14 490 215 44 4
14-15 28 980 552 56 2
15-16 28 980 500 51 2
16-17 31 1,085 584 54 2
17-18 26 910 609 67 2
18-19 18 630 481 76 3
19-20 8 280 231 83 8
20-21 9 315 260 83 7
14,000 7,362 53%
Estación Maestra: Auditorio Nacional Sentido: Norte-Sur
Hora Unidades Oferta Demanda Ocupación Intervalo
6-7 16 560 78 14% 4
7-8 60 2,100 242 12% 1
8-9 110 3,850 256 7% 1
9-10 72 2,520 141 6% 1
10-11 88 3,080 124 4% 1
11-12 69 2,415 84 3% 1
12-13 55 1,925 136 7% 1
13-14 45 1,575 89 6% 1
14-15 41 1,435 83 6% 1
15-16 54 1,890 153 8% 1
16-17 59 2,065 83 4% 1
17-18 51 1,785 187 10% 1
979
0
200
400
600
800
1000
1200
Pas
aje
ros
Título del eje
Determinación de la Hora Máxima DemandaSur - Norte
26 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
18-19 43 1,505 289 19% 1
19-20 32 1,120 158 14% 2
20-21 22 770 91 12% 3
28,595 2,193 8%
Estación Maestra: Auditorio Nacional Sentido: Sur-Norte
Hora Unidades Oferta Demanda Ocupación Intervalo
6-7 13 455 260 57 5
7-8 34 1,190 907 76 2
8-9 35 1,225 930 76 2
9-10 34 1,190 836 70 2
10-11 41 1,435 908 63 1
11-12 32 1,120 614 55 2
12-13 42 1,470 625 43 1
13-14 28 980 614 63 2
14-15 21 735 595 81 3
15-16 32 1,120 656 59 2
16-17 35 1,225 874 71 2
17-18 24 840 570 68 3
18-19 17 595 455 76 4
19-20 16 560 435 78 4
20-21 13 455 248 55 5
14,595 9,527 65%
Distribución del Parque vehicular propuesto.
Una vez determinado el dimensionamiento de los servicios a continuación se describen la distribución de unidades con base
en la demanda registrada en los estudios técnicos para el inicio de operaciones, mismas que de acuerdo al comportamiento
de la demanda futura en los recorridos previstos se verá incrementada.
N° Recorrido Flota
Laborable Sábado Domingo
1 Metro Chapultepec - Valle Dorado 67 48 38
2 Glorieta de Insurgentes - Satélite - Valle Dorado 13 10 8
3 Metro Chapultepec - Suburbia Plaza Satélite 4 3 2
4 Metro Chapultepec - Av. Cinco - 1° de Mayo 9 6 5
Total 93 67 53
Indicadores de Dimensionamiento
Con el fin de disponer con parámetros operativos que nos permitan tomar elementos de juicio para la adecuada operación y
rentabilidad del servicio, se ilustran en las tablas siguientes los indicadores de: Total de ascensos promedio por recorrido,
ocupación máxima, captación de usuarios por kilómetro, velocidad de operación, índice de rotación de los usuarios,
distancia promedio recorrida de los usuarios, el total de pasajeros por kilómetro y la ocupación por kilómetro.
METRO CHAPULTEPEC - VALLE DORADO
Indicador
Total de Ascensos (pas) 46
Ocupación Máxima (pas) 23
Captación por Km (pas/km) 2
Velocidad de Operación (km/h) 23.50
Velocidad Comercial (km/h) 19.98
Índice de Rotación 2.00
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 27
Distancia promedio recorrida por usuario 5.40
Suma PAS-KM 248
Ocupación por kilómetro 12.24
VALLE DORADO - METRO CHAPULTEPEC
Indicador
Total de Ascensos (pas) 45
Ocupación Máxima (pas) 19
Captación por Km (pas/km) 2
Velocidad de Operación (km/h) 17.26
Velocidad Comercial (km/h) 14.67
Índice de Rotación 2.37
Distancia promedio recorrida por usuario 5.17
Suma PAS-KM 231
Ocupación por kilómetro 10.92
GLORIETA DE INSURGENTES (OAXACA) - VALLE DORADO
Indicador
Total de Ascensos (pas) 37
Ocupación Máxima (pas) 22
Captación por Km (pas/km) 2
Velocidad de Operación (km/h) 16.58
Velocidad Comercial (km/h) 14.09
Índice de Rotación 1.66
Distancia promedio recorrida por usuario 4.77
Suma PAS-KM 178
Ocupación por kilómetro 8.90
VALLE DORADO - GLORIETA DE INSURGENTES (OAXACA)
Indicador
Total de Ascensos (pas) 39
Ocupación Máxima (pas) 15
Captación por Km (pas/km) 2
Velocidad de Operación (km/h) 20.21
Velocidad Comercial (km/h) 17.18
Índice de Rotación 2.58
Distancia promedio recorrida por usuario 3.64
Suma PAS-KM 141
Ocupación por kilómetro 6.66
METRO CHAPULTEPEC - SUBURBIA PLAZA SATÉLITE
Indicador
Total de Ascensos (pas) 35
Ocupación Máxima (pas) 20
Captación por Km (pas/km) 2
Velocidad de Operación (km/h) 19.08
Velocidad Comercial (km/h) 16.22
Índice de Rotación 1.70
28 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
Distancia promedio recorrida por usuario 3.42
Suma PAS-KM 118
Ocupación por kilómetro 7.84
SUBURBIA PLAZA SATÉLITE - METRO CHAPULTEPEC
Indicador
Total de Ascensos (pas) 41
Ocupación Máxima (pas) 17
Captación por Km (pas/km) 3
Velocidad de Operación (km/h) 19.58
Velocidad Comercial (km/h) 16.64
Índice de Rotación 2.43
Distancia promedio recorrida por usuario 3.48
Suma PAS-KM 142
Ocupación por kilómetro 8.86
METRO CHAPULTEPEC - CALLE 5 - AV PRIMERO DE MAYO
Indicador
Total de Ascensos (pas) 39
Ocupación Máxima (pas) 33
Captación por Km (pas/km) 4
Velocidad de Operación (km/h) 17.23
Velocidad Comercial (km/h) 14.65
Índice de Rotación 1.21
Distancia promedio recorrida por usuario 3.90
Suma PAS-KM 153
Ocupación por kilómetro 15.25
CALLE 5 - AV PRIMERO DE MAYO - METRO CHAPULTEPEC
Indicador
Total de Ascensos (pas) 41
Ocupación Máxima (pas) 30
Captación por Km (pas/km) 4
Velocidad de Operación (km/h) 17.48
Velocidad Comercial (km/h) 14.86
Índice de Rotación 1.37
Distancia promedio recorrida por usuario 4.47
Suma PAS-KM 183
Ocupación por kilómetro 18.10
PROPUESTA DE DIMENSIONAMIENTO DEL SERVICIO (HMD)
El dimensionamiento del servicio considera los resultados de la obtención de los parámetros operativos con base en la
demanda registrada en los estudios de campo en la totalidad de los recorridos de la Ciudad de México y Estado de México, a
través de los cuales se determinó el número de unidades que se requieren para el servicio y la obtención de la reserva
técnica de mantenimiento. Tal como se muestra a continuación:
Metro Chapultepec - Valle Dorado
Parámetros Operativos
a) Capacidad vehicular (pas) 60
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 29
b) Volumen de diseño (pas/h) 1,209
c) Factor de ocupación 85%
d) Tiempo de recorrido O - D (min) 76.3
e) Tiempo de recorrido D - O (min) 76.3
f) Tiempo en terminal (min) 15.4
g) Tiempo de ciclo (min) 168
h) Intervalo de servicio (min) 2.5
i) Número de unidades en operación 67
j) Número de unidades en reserva 4
Glorieta de Insurgentes (Oaxaca) - Satélite - Valle Dorado
Parámetros Operativos
a) Capacidad vehicular (pas) 60
b) Volumen de diseño (pas/h) 272
c) Factor de ocupación 85%
d) Tiempo de recorrido O - D (min) 79.3
e) Tiempo de recorrido D - O (min) 79.3
f) Tiempo en terminal (min) 15.4
g) Tiempo de ciclo (min) 174
h) Intervalo de servicio (min) 13
i) Número de unidades en operación 13
j) Número de unidades en reserva 1
Metro Chapultepec - Suburbia Plaza Satélite
Parámetros Operativos
a) Capacidad vehicular (pas) 60
b) Volumen de diseño (pas/h) 79
c) Factor de ocupación 85%
d) Tiempo de recorrido O - D (min) 57.6
e) Tiempo de recorrido D - O (min) 57.6
f) Tiempo en terminal (min) 11.8
g) Tiempo de ciclo (min) 127
h) Intervalo de servicio (min) 32
i) Número de unidades en operación 4
j) Número de unidades en reserva 1
Metro Chapultepec - Av. Cinco - 1° de Mayo
Parámetros Operativos
a) Capacidad vehicular (pas) 60
b) Volumen de diseño (pas/h) 173
c) Factor de ocupación 85%
d) Tiempo de recorrido O - D (min) 44.5
e) Tiempo de recorrido D - O (min) 44.5
f) Tiempo en terminal (min) 9
g) Tiempo de ciclo (min) 98
h) Intervalo de servicio (min) 11
i) Número de unidades en operación 9
j) Número de unidades en reserva 1
30 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
Dimensionamiento de los Parámetros Operativos de los Servicios de la Ruta 2 Satélite
N° Recorrido
Demand
a
Registra
da (Pas)
Longitud
de
Operación
(km)
Tiempo
de
Ciclo
Velocidad
Comercial
(km/h)
VHMD
(pas/h)
Intervalo de
servicio
Flota Vehicular
Requerida
1 Metro Chapultepec
- Valle Dorado 31,122 41.41 168 15 1,209 2.50 55
2
Glorieta de
Insurgentes -
Satélite - Valle
Dorado
6,990 43.40 174 15 272 13 9
3
Metro Chapultepec
- Suburbia Plaza
Satélite
2,024 31.07 127 15 79 32 4
4
Metro Chapultepec
- Av. Cinco - 1° de
Mayo
4,453 18.53 98 15 173 11 7
44,589 1,733 75
Flota vehicular
de reserva 20%
90
PROGRAMACIÓN DEL SERVICIO
1.- Metro Chapultepec – Satélite - Valle Dorado
Capacidad de la Unidad 60 Longitud de Ruta (Vuelta) 41.41
Factor de Ocupación 0.85 Tiempo de Ciclo 168
Rango
Horario
Volumen de
Pasajeros Frecuencia
Tiempo de
Ciclo Salidas
Intervalo
Óptimo
Total de Kilómetros
Recorridos
6 -7 909 18 29.4 9 3.4 361.9
7 -8 1,022 20 32.4 11 3.0 448.8
8 -9 918 18 36.0 11 3.3 447.8
9 - 10 1,185 23 38.5 15 2.6 617.2
10 -11 1,327 26 41.4 18 2.3 742.6
11 - 12 2,020 40 36.0 24 1.5 984.1
12 -13 2,908 57 31.8 30 1.1 1251.7
13 -14 1,908 37 37.9 24 1.6 978.5
14 -15 2,263 44 31.4 23 1.4 960.7
15 -16 1,797 35 37.6 22 1.7 914.5
16 -17 2,906 57 26.8 25 1.1 1053.4
17 -18 3,992 78 24.0 31 0.8 1295.5
18 -19 2,950 58 22.5 22 1.0 897.8
19 -20 1,873 37 25.0 15 1.6 633.3
20 -21 1,438 28 26.8 13 2.1 522.1
29,416 292
Metro Chapultepec- Valle Dorado (Servicio Nocturno)
Capacidad de la Unidad 60 Longitud de Ruta (Vuelta) 41.41
Factor de Ocupación 0.85 Tiempo de Ciclo 99
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31
Rango
Horario
Volumen de
Pasajeros Frecuencia
Tiempo de
Ciclo Salidas
Intervalo
Óptimo
Total de Kilómetros
Recorridos
22 - 23 551 11 101.4 18 5.6 756.4
23 - 24 453 9 103.3 15 6.8 632.8
24 -1 375 7 102.9 13 8.2 522.0
1 - 2 327 6 121.7 13 9.4 538.3
1,706 59
2.- Glorieta de Insurgentes (Oaxaca) - Valle Dorado
Capacidad de la Unidad 60 Longitud de Ruta (Vuelta) 44.47
Factor de Ocupación 0.85 Tiempo de Ciclo 174
Rango
Horario
Volumen de
Pasajeros Frecuencia
Tiempo de
Ciclo Salidas
Intervalo
Óptimo
Total de Kilómetros
Recorridos
6 -7
7 -8
8 -9
9 - 10 1,205 4 36.1 14 2.5 632.1
10 -11 1,004 4 42.4 14 3.0 619.1
11 - 12 926 4 46.4 14 3.3 624.4
12 -13 520 8 47.1 8 5.9 355.8
13 -14 463 9 45.5 7 6.6 306.0
14 -15 468 10 39.5 6 6.5 268.4
15 -16 557 11 29.6 5 5.5 239.8
16 -17 348 10 52.0 6 8.8 263.2
17 -18 408 11 42.0 6 7.5 249.2
18 -19 400 13 36.2 5 7.7 210.6
19 -20 414 12 36.5 5 7.4 219.4
20 -21 277 20 33.4 3 11.0 134.6
6,990 93
3.- Metro Chapultepec- Suburbia Plaza Satélite
Capacidad de la Unidad 60 Longitud de Ruta (Vuelta) 31.07
Factor de Ocupación 0.85 Tiempo de Ciclo 127
Rango
Horario
Volumen de
Pasajeros
Frecuenc
ia
Tiempo de
Ciclo
Salid
as
Intervalo
Óptimo
Total de Kilómetros
Recorridos
6 -7 97 30 63.1 2 31.5 62.1
7 -8 323 7 85.3 9 9.5 279.6
8 -9 749 3 77.6 19 4.1 590.3
9 - 10 768 3 75.7 19 4.0 590.3
10 -11 87 30 70.3 2 35.2 62.1
2,024 51
4.- Metro Chapultepec- Calle 5 y Av. 1° de Mayo
Capacidad de la Unidad 60 Longitud de Ruta (Vuelta) 18.53
Factor de Ocupación 0.85 Tiempo de Ciclo 98
32 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
Rango
Horario
Volumen de
Pasajeros
Frecuenc
ia
Tiempo de
Ciclo
Salid
as
Intervalo
Óptimo
Total de Kilómetros
Recorridos
6 -7 1,097 4 43.0 15 2.8 286.3
7 -8 1,300 4 35.6 15 2.4 280.1
8 -9 1,010 4 45.7 15 3.0 279.3
9 - 10 818 6 37.3 10 3.7 184.8
10 -11 149 78 15.8 1 20.5 14.2
11 - 12 79 19 122.0 3 38.7 58.6
4,453 60
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese el presente aviso en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
SEGUNDO.- El presente Aviso entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de
México.
Ciudad de México, Distrito Federal a los ocho días del mes de marzo de dos mil dieciocho.
SECRETARIO DE MOVILIDAD
(Firma)
LIC. CARLOS AUGUSTO MENESES FLORES
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 33
SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
LICENCIADO HIRAM ALMEIDA ESTRADA, Secretario de Seguridad Pública de la Ciudad de México, con
fundamento en lo dispuesto en los artículos 21, párrafo noveno de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 15, fracción X y último párrafo, 16 fracción IV y 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del
Distrito Federal; 3, 4, 8, fracciones I, II, III y XIX, y 24 de la Ley Orgánica de la Secretaria de Seguridad Pública del
Distrito Federal; 7, fracción X, y 26, fracciones V y XVII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito
Federal; 1, 5, 6, 7, 8, fracciones I y II del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, y
CONSIDERANDO
Que la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México es una Dependencia de la Administración Pública
Centralizada de la Ciudad de México a la que corresponde entre otras cuestiones, realizar en el ámbito territorial y material
de la Ciudad de México, las acciones dirigidas a salvaguardar la integridad y patrimonio de las personas, prevenir la
comisión de delitos e infracciones, así como a preservar las libertades, el orden y la paz públicos.
Que con motivo del sismo ocurrido el 19 de septiembre del 2018, diversas instalaciones de esta Dependencia resultaron
dañadas, por lo que fue necesaria su reubicación.
Que el día 20 de septiembre del 2017, se publicó la DECLARATORIA DE EMERGENCIA CON MOTIVO DEL
FENÓMENO SÍSMICO OCURRIDO EL DÍA DIECINUEVE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE EN LA
CIUDAD DE MÉXICO, emitida por el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, en cuyo artículo Sexto se estableció la
suspensión de todos los términos y procedimientos administrativos a cargo de las Dependencias, Entidades, Órganos
Desconcentrados y Delegaciones de la Ciudad de México, hasta en tanto se publique en la Gaceta Oficial de la Ciudad de
México el término de la misma.
Que con fecha 26 de septiembre del 2017, se publicó el DECRETO POR EL QUE SE INSTRUYE LA ELABORACIÓN
DEL PROGRAMA Y SE CREA EL ÓRGANO DE APOYO ADMINISTRATIVO A LAS ACTIVIDADES DEL JEFE DE
GOBIERNO DENOMINADO COMISIÓN PARA LA RECONSTRUCCIÓN, RECUPERACIÓN Y
TRANSFORMACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO EN UNA CDMX CADA VEZ MÁS RESILIENTE, emitido por el
Jefe de Gobierno de la Ciudad de México.
Que las Unidades Administrativas que se señalan están en posibilidad de desahogar sin riesgo alguno para la seguridad de
los servidores públicos, trabajadores y usuarios, diversos trámites y servicios a cargo de la Secretaría de Seguridad Pública
de la Ciudad de México.
Que en virtud de lo anterior he tenido a bien expedir el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL CAMBIO DE DOMICILIO DE DIVERSAS UNIDADES
ADMINISTRATIVAS DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
ÚNICO.- Se establece como nuevo domicilio para las Unidades Administrativas de la Secretaría de Seguridad pública de la
Ciudad de México que se señalan más adelante, tanto para la recepción y atención de las solicitudes de trámites y servicios
que le competa, así como para oír y recibir notificaciones y todo tipo de documentos, el ubicado en:
ÁREA DOMICILIO ESTADÍA
Oficina de la Oficialía Mayor Berna número 18, colonia Juárez, Delegación
Cuauhtémoc, código postal 06600, Ciudad de México
PERMANENTE
Dirección General de Recursos
Financieros
Calzada México Xochimilco número 4985, colonia
Guadalupe, Delegación Tlalpan, código postal 14388,
Ciudad de México
PERMANENTE
34 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
Dirección Ejecutiva de Rendición
de Cuentas
Calzada México Xochimilco número 4985, colonia
Guadalupe, Delegación Tlalpan, código postal 14388,
Ciudad de México
PERMANENTE
Dirección Ejecutiva de Desarrollo
Organizacional y Administrativo
Calzada México Xochimilco número 4985, colonia
Guadalupe, Delegación Tlalpan, código postal 14388,
Ciudad de México
PERMANENTE
Dirección General de
Mantenimiento y Servicios
Calzada México Xochimilco número 4985, colonia
Guadalupe, Delegación Tlalpan, código postal 14388,
Ciudad de México
PERMANENTE
Dirección de Construcción y
Mantenimiento
Subdirección de Obras
Dirección de Servicios
Subdirección de Mantenimiento de
Bienes
Calle Cecilio Robelo sin número, colonia Aeronáutica
Militar, Delegación Venustiano Carranza, código
postal 15900, Ciudad de México
PERMANENTE
Jefatura de Unidad Departamental de
Mantenimiento de Bienes Muebles
Jefatura de Unidad Departamental de
Mantenimiento de Inmuebles
Dirección General de
Administración de Personal
Calzada México Xochimilco número 4985, colonia
Guadalupe, Delegación Tlalpan, código postal 14388,
Ciudad de México
PERMANENTE
Dirección de Recursos Humanos
Dirección de Remuneraciones,
Prestaciones y Cumplimientos
Oficina de Credencialización Calle Doctor Atl número 50, colonia Santa María La
Ribera, Delegación Venustiano Carranza, código postal
15900, Ciudad de México
PERMANENTE
Oficina de Control Documental y
Módulo de Recepción de Incidencias
Calle Cecilio Robelo sin número, colonia Aeronáutica
Militar, Delegación Venustiano Carranza, código
postal 15900, Ciudad de México
PERMANENTE
Centro de Desarrollo Infantil
Balbuena
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 35
Centro de Desarrollo Infantil
Iztapalapa
Calle 71 sin número, Unidad Habitacional Santa Cruz
Meyehualco, Delegación Iztapalapa, Ciudad de México
PERMANENTE
Dirección General de Recursos
Materiales
Calzada México Xochimilco número 4985, colonia
Guadalupe, Delegación Tlalpan, código postal 14388,
Ciudad de México
PERMANENTE
Dirección de Transportes Calle Cecilio Robelo sin número, colonia Aeronáutica
Militar, Delegación Venustiano Carranza, código
postal 15900, Ciudad de México
PERMANENTE
Subdirección de Almacenes y
Aseguramiento
Avenida Apaches y Tlahuicas, P.B., colonia San
Francisco Culhuacán, Delegación Coyoacán, Ciudad de
México
PERMANENTE
Dirección Ejecutiva de Salud y
Bienestar Social
Calzada México Xochimilco número 4985, colonia
Guadalupe, Delegación Tlalpan, código postal 14388,
Ciudad de México
PERMANENTE
Dirección de Servicios Médicos
Dirección General de Prevención
del Delito
Calzada México Xochimilco número 4985, colonia
Guadalupe, Delegación Tlalpan, código postal 14388,
Ciudad de México
PERMANENTE
Dirección General de Participación
Ciudadana
Calzada México Xochimilco número 4985, colonia
Guadalupe, Delegación Tlalpan, código postal 14388,
Ciudad de México
PERMANENTE
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
SEGUNDO.- El presente Acuerdo surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación.
Dado en la Sede de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México, el 22 de febrero de 2018.
EL SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA
DE LA CIUDAD DE MÉXICO
(Firma)
SUPERINTENDENTE GENERAL
LICENCIADO HIRAM ALMEIDA ESTRADA
36 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
CAJA DE PREVISIÓN DE LA POLICÍA AUXILIAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Lic. Eric Larios Wong, Director de Administración y Finanzas de la Caja de Previsión de la Policía Auxiliar de la Ciudad de
México, en uso de las atribuciones que me confieren los artículos 21, 44, 47 y 117 de la Ley de Presupuesto y Gasto
Eficiente del Distrito Federal, 2° fracción I, 37, 38, 39 y 40 del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del
Distrito Federal, y en cumplimiento a la Circular Número JG/MAM/0099/2014, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal, el 10 de noviembre de 2014, se emite el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL CALENDARIO PRESUPUESTAL DE LA CAJA DE PREVISIÓN
DE LA POLICÍA AUXILIAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2018,
COMUNICADO POR LA SECRETARÍA DE FINANZAS DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
MES MONTO
ENERO 80’700,700.00
FEBRERO 79’905,196.00
MARZO 79’416,690.00
ABRIL 73’934,912.00
MAYO 73’642,788.00
JUNIO 74’794,579.00
JULIO 75’342,394.00
AGOSTO 75’982,912.00
SEPTIEMBRE 77’146,394.00
OCTUBRE 76’027,912.00
NOVIEMBRE 68’482,403.00
DICIEMBRE 151’269,225.00
TOTAL 986’646,105.00
TRANSITORIO
ÚNICO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Ciudad de México, a 22 de febrero de 2018
(Firma)
LIC. ERIC LARIOS WONG
DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DE LA
CAJA DE PREVISIÓN DE LA POLICÍA AUXILIAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO
__________________________________________________________________________
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 37
SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES
MTRO. ADOLFO ALBERTO SAVIN CRAVIOTO, Director General de Desarrollo Rural de la Secretaría de Desarrollo
Rural y Equidad para las Comunidades, con fundamento en los artículos 15 Fracción XX y 23 Quintus de la Ley Orgánica
de la Administración Pública de la Ciudad de México; los artículos 6, 33 y 34 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito
Federal; 50 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 37 fracción I y XVIII del Reglamento
Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; el Acuerdo número COPLADE/SO/I/06/2018 del Comité de
Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México de fecha 25 de enero de 2018, y el acuerdo CTI-SEDEREC/SO-
1/07/2018 del 15 de enero de 2018 emite el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE MODIFICAN LAS REGLAS DE OPERACIÓN 2018 DEL PROGRAMA SOCIAL DE
CULTURA ALIMENTARIA, ARTESANAL, VINCULACIÓN COMERCIAL Y FOMENTO DE LA
INTERCULTURALIDAD Y RURALIDAD, 2018 A CARGO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO
RURAL DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES,
PUBLICADAS EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EL 31 DE ENERO DE 2018.
EN LA PÁGINA 682, IV.3 ALCANCES, PRIMER PÁRRAFO DICE:
Este programa proporciona ayudas económicas, en especie y/o servicios para apoyar a las personas productoras de la zona
rural de la Ciudad de México a difundir y comercializar los productos agroalimentarios cosechados y/o transformados por
ellos contribuyen al ejercicio del derecho a la alimentación, a través del fortalecimiento y promoción de los procesos de
comercialización y la cultura agroalimentaria para impulsar el consumo local y la gastronomía tradicional entre los
habitantes de la Ciudad de México.
EN LA PÁGINA 682, IV.3 ALCANCES, PRIMER PÁRRAFO DEBE DECIR:
Este programa proporciona ayudas económicas, en especie y/o servicios para apoyar a las personas productoras
preferentemente de la zona rural de la Ciudad de México a difundir y comercializar los productos agroalimentarios
cosechados y/o transformados, y productos artesanales, a través del fortalecimiento y promoción de los procesos de
comercialización y la cultura agroalimentaria para impulsar el consumo local y la gastronomía tradicional entre los
habitantes de la Ciudad de México.
EN LA PÁGINA 682, V. METAS FÍSICAS, PRIMER PÁRRAFO DICE:
Con el programa se espera otorgar al menos 764 ayudas económicas y/o en especie y/o servicios a productoras y
productores para el impulso a la comercialización y capacitación, que beneficien al menos a 200 mil personas, desglosadas
de la siguiente forma:
EN LA PÁGINA 682, V. METAS FÍSICAS, PRIMER PÁRRAFO DEBE DECIR:
Con el programa se espera otorgar al menos 764 ayudas económicas y/o en especie y/o servicios a productoras y
productores preferentemente de la zona rural, para el impulso a la comercialización y capacitación, que beneficien al
menos a 200 mil personas, desglosadas de la siguiente forma:
EN LA PÁGINA 683, PRIMER PÁRRAFO DICE:
Realizar acciones para favorecer el
incremento del consumo local y la
gastronomía tradicional, con productos
agroalimentarios cultivados y
transformados en la Ciudad de México.
265475S032 Espacios de Impulso
Agroalimentario
Al menos 500 personas productoras
participantes en espacios de impulso
agroalimentario por medio de eventos de
Consume Local CDMX con la afluencia de 199
mil 200 personas asistentes.
Al menos 200 personas productoras
participantes en espacio de impulso
agroalimentario Consume Local CDMX de
productos agroalimentarios preparados.
Al menos 700 personas
productoras y 199 mil 200
asistentes.
38 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
EN LA PÁGINA 683, PRIMER PÁRRAFO DEBE DECIR:
Realizar acciones para favorecer el
incremento del consumo local y la
gastronomía tradicional, con productos
agroalimentarios cultivados y
transformados en la Ciudad de México.
265475S032 Espacios de Impulso
Agroalimentario y artesanal
Al menos 500 personas productoras
participantes en espacios de impulso
agroalimentario y artesanal por medio de
eventos de Consume Local CDMX con la
afluencia de 199 mil 200 personas asistentes.
Al menos 200 personas productoras
participantes en espacio de impulso
agroalimentario y artesanal Consume Local
CDMX de productos agroalimentarios
preparados y artesanales.
Al menos 700 personas
productoras y 199 mil
200 asistentes.
EN LA PÁGINA 683 ÚLTIMO PÁRRAFO y 684, PRIMER PÁRRAFO DICE:
265475S032 Espacios de Impulso Agroalimentario
Al menos 500 personas productoras participantes en espacios de
impulso agroalimentario por medio de eventos de Consume Local
CDMX con la afluencia de 199 mil 200 personas asistentes.
Al menos 200 personas productoras participantes en espacio de
impulso agroalimentario Consume Local CDMX de productos
agroalimentarios preparados.
$8,013,290.00 en servicios al año.
EN LA PÁGINA 683 ÚLTIMO PÁRRAFO y 684, PRIMER PÁRRAFO DEBE DECIR:
265475S032 Espacios de Impulso Agroalimentario
Al menos 500 personas productoras participantes en
espacios de impulso agroalimentario y artesanal por medio
de eventos de Consume Local CDMX con la afluencia de
199 mil 200 personas asistentes.
Al menos 200 personas productoras participantes en
espacio de impulso agroalimentario y artesanal Consume
Local CDMX de productos agroalimentarios preparados y
artesanales.
$8,013,290.00 en servicios al año.
ÚNICO.- Publíquese el presente Aviso en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Ciudad de México a 06 de marzo de 2018
(Firma)
________________________________
MTRO. ADOLFO ALBERTO SAVIN CRAVIOTO
Director General de Desarrollo Rural de la Secretaría de Desarrollo Rural
y Equidad para las Comunidades
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 39
CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES
LINEAMIENTOS PARA OTORGAR EL VISTO BUENO PREVIO AL EJERCICIO DE LOS RECURSOS
AUTORIZADOS PARA CUBRIR LOS GASTOS POR CONCILIACIONES DE JUICIOS EN TRÁMITE O PARA
EL CUMPLIMIENTO DE SENTENCIAS DEFINITIVAS FAVORABLES A LAS PERSONAS FÍSICAS O
MORALES, EN LOS PROCESOS JUDICIALES DE CARÁCTER CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y
CONTENCIOSO - ADMINISTRATIVO, PROMOVIDOS POR LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA
CIUDAD DE MÉXICO O EN CONTRA DE ÉSTA, PARA EL AÑO 2018.
EMMANUEL NÉQUIZ CASTRO, Director General de Servicios Legales y Presidente de la Mesa de Asuntos Civiles de
la Comisión de Estudios Jurídicos de la Ciudad de México, con fundamento en los artículos 122, Apartado A, Base III,
transitorios Primero y Segundo del Decreto por el que se declaran reformadas y derogadas diversas disposiciones de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de la Reforma Política de la Ciudad de México; 8°,
fracción II, 12, fracciones I, II, IV y VI, 67, fracción II, y 87 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2°, 5°, 7°, 14 y
15, fracción XVI, 16, fracciones I y IV, y 35, fracciones I, VII y IX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del
Distrito Federal; 7°, fracción XV, numeral 2, 37, fracciones I, VIII, XV y XVIII, 115, fracciones I, II, VIII y X, y 116,
fracciones VI y XI, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y el “Acuerdo por el que se
delega en el Director General de Servicios Legales, de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, la facultad de otorgar
el visto bueno, previo al ejercicio de los recursos autorizados para cubrir los gastos por conciliaciones de juicios en trámite
o para el cumplimiento de sentencias definitivas favorables a las personas físicas o morales, en los procesos judiciales de
carácter civil, mercantil, agrario y contencioso- administrativo, promovidos por la Administración Pública de la Ciudad de
México o en contra de ésta, y por el que se constituye la Mesa de Asuntos Civiles, de la Comisión de Estudios Jurídicos de
la Ciudad de México”, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el cinco de marzo del año dos mil dieciocho;
y
C O N S I D E R A N D O
Que de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Estatuto de Gobierno del Distrito
Federal, se deben instrumentar acciones tendentes a simplificar los procedimientos administrativos mediante la expedición
de reglamentos, decretos y acuerdos, a fin de cumplir de manera ágil y oportuna con las atribuciones correspondientes.
Que el artículo 34 del Decreto por el que se expide el Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el Ejercicio
Fiscal 2018, prevé que las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político-Administrativos y Entidades previo
al ejercicio de los recursos autorizados para cubrir los gastos por conciliaciones de juicios en trámite promovidos en contra
de la Administración Pública de la Ciudad de México o por liquidaciones de sentencias definitivas dictados por autoridad
competente favorables a los trabajadores al servicio de la Administración Pública de la Ciudad de México, deberán contar
con el visto bueno de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales.
Que la Comisión de Estudios Jurídicos es un órgano colegiado a cargo de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales,
debidamente establecido en el artículo 115 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, con
atribuciones para preparar y en su caso expedir las interpretaciones y homologación de criterios jurídicos que permitan la
adecuada protección de los intereses generales y del patrimonio de la Ciudad de México.
Que fue publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 5 de marzo de 2018, el Acuerdo por el que se delega en el
Director General de Servicios Legales, de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, la facultad de otorgar el visto bueno
previo al ejercicio de los recursos autorizados para cubrir los gastos por conciliaciones de juicios en trámite o para el
cumplimiento de las sentencias definitivas dictadas por autoridad competente favorables a las personas física o morales, en
los procesos judiciales de carácter civil, mercantil, agrario y contencioso-administrativo, promovidos por la Administración
Pública de la Ciudad de México o en contra de ésta y por el que se constituye la Mesa de Asuntos Civiles de la Comisión de
Estudios Jurídicos de la Ciudad de México.
Que para la defensa de los intereses de la Ciudad de México, el pago de las conciliaciones de juicios en trámite promovidos
por la Administración Pública de la Ciudad de México o en contra de ésta y el cumplimiento de sentencias definitivas
favorables a las personas físicas o morales, en los procesos judiciales de carácter civil, mercantil, agrario y contencioso-
administrativo, es necesario establecer los lineamientos que deberán cumplir las Dependencias, Órganos Desconcentrados,
40 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
Órganos Político-Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México para solicitar el
otorgamiento del Visto Bueno, en la materia de competencia de esta Unidad Administrativa, he tenido a bien expedir los
siguientes:
LINEAMIENTOS PARA OTORGAR EL VISTO BUENO PREVIAMENTE AL EJERCICIO DE LOS
RECURSOS AUTORIZADOS PARA CUBRIR LOS GASTOS POR CONCILIACIONES DE JUICIOS EN
TRÁMITE O PARA EL CUMPLIMIENTO DE SENTENCIAS DEFINITIVAS FAVORABLES A LAS PERSONAS
FÍSICAS O MORALES, EN LOS PROCESOS JUDICIALES DE CARÁCTER CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO
Y CONTENCIOSO - ADMINISTRATIVO, PROMOVIDOS POR LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA
CIUDAD DE MÉXICO O EN CONTRA DE ÉSTA, PARA EL AÑO 2018.
PRIMERO. Los Titulares de las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político–Administrativos y Entidades
de la Administración Pública de la Ciudad de México, a través del Área Jurídica o Área de Administración correspondiente,
deberán presentar por oficio ante la Dirección General de Servicios Legales, solicitud de visto bueno previamente al
ejercicio de los recursos autorizados para cubrir los gastos por conciliaciones de juicios en trámite o para el cumplimiento
de sentencias definitivas favorables a las personas físicas o morales, en los procesos judiciales de carácter civil, mercantil,
agrario y contencioso-administrativo, promovidos por la Administración Pública de la Ciudad de México o en contra de
ésta, debiendo señalar con precisión el monto por el cual se solicita el Visto Bueno, y si éste constituye el pago total de la
condena o pago parcial.
SEGUNDO. A la solicitud señalada en el punto anterior, se deberá acompañar la documentación que a continuación se
precisa:
I. “Estado Procesal” en el que se describa detalladamente el trámite del asunto desde el inicio (actos o prestaciones
reclamadas) hasta su conclusión, señalando los recursos interpuestos en defensa de los intereses de la Administración
Pública, de los cuales se desprenda que fueron agotados todos los medios de defensa, hasta llegar a la sentencia definitiva,
incluyendo los conceptos, cantidades líquidas y periodos a cubrir como cumplimiento de la condena. Debiendo ser firmado
por el área jurídica solicitante.
II. Copia simple de la demanda, documentos base de la acción o del acto reclamado, contestación a la demanda, de las
resoluciones definitivas emitidas en el juicio, de las resoluciones dictadas en los recursos interpuestos, así como de las
resoluciones incidentales de liquidación que condene al pago de cantidades líquidas, y de los requerimientos realizados por
el órgano jurisdiccional, constancias que deberán estar debidamente foliadas cronológicamente.
III. Acreditar mediante documento expedido por el titular del área administrativa correspondiente, que se cuenta con la
suficiencia presupuestal autorizada y comprometida para el ejercicio fiscal 2018, por la cantidad total a cubrir.
IV. “Justificación de Pago o Conciliación”, en la que se señalen los motivos y las consideraciones legales por las que se
propone realizar el pago o conciliar el mismo, y el beneficio que representa para la Administración Pública de la Ciudad de
México. Debiendo ser firmado por el área jurídica solicitante.
V. Para el caso de que exista una modalidad en el cumplimiento de la condena o para la conciliación, deberá adjuntarse el
proyecto de convenio para dar por concluido el juicio.
VI. En caso de que se le haya otorgado anteriormente visto bueno a la autoridad obligada, en relación con el juicio y
expediente por el que se está solicitando el visto bueno, se deberá informar y anexar las constancias que acrediten por qué
no se dio cumplimiento o si se realizó algún pago parcial.
TERCERO. En caso de considerarse necesario, se citará a las partes en el juicio a efecto de corroborar las condiciones en
que se llevará a cabo el cumplimiento de la sentencia y en su caso el convenio respectivo.
CUARTO. Considerando que en términos de la normatividad aplicable las Dependencias, Órganos Desconcentrados,
Delegaciones y Entidades son las responsables del manejo y aplicación de su presupuesto autorizado, en caso de no contar
con suficiencia en la partida específica, deberán cancelar o disminuir el alcance de las acciones programadas con base en su
presupuesto, salvo las orientadas al concepto de servicios personales, con la finalidad de que tramiten las correspondientes
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 41
Adecuaciones Presupuestarias Compensadas que les permitan asignar los recursos suficientes para el cumplimiento de sus
compromisos económicos derivados de conciliaciones de juicios en trámite o para el cumplimiento de sentencias definitivas
favorables a las personas físicas o morales, en los procesos judiciales de carácter civil, mercantil, agrario y contencioso -
administrativo, promovidos por la Administración Pública de la Ciudad de México o en contra de ésta.
QUINTO. La falta de cualquier requisito o presentación de documentos establecidos en el Acuerdo y en los presentes
lineamientos será causa de devolución sin el correspondiente visto bueno. Si la omisión se refiere al requisito contenido en
la fracción III del Lineamiento Segundo, la Dirección General de Servicios Legales dará vista al Órgano de Control
correspondiente.
SEXTO. Las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político-Administrativos y Entidades de la Administración
Pública de la Ciudad de México, deberán informar por oficio al Director General de Servicios Legales, del ejercicio de los
recursos que les fueron autorizados mediante el visto bueno otorgado.
SÉPTIMO. Las solicitudes de visto bueno deberán presentarse con la finalidad de dar cumplimiento total a las sentencias
definitivas favorables a las personas físicas o morales, en los procesos judiciales de carácter civil, mercantil, agrario y
contencioso-administrativo, dictadas por autoridad competente; excepcionalmente se podrá otorgar el visto bueno para
pagos parciales, sólo cuando sea necesario para proteger el patrimonio de la Administración Pública de la Ciudad de
México, la libertad o permanencia de los Titulares de las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político-
Administrativos y Entidades.
OCTAVO.- De conformidad con lo establecido en el punto OCTAVO del Acuerdo Delegatorio publicado en la Gaceta
Oficial de la Ciudad de México el 05 de marzo de 2018, la Mesa de Asuntos Civiles está facultada para otorgar el visto
bueno únicamente en estricto acatamiento a lo ordenado mediante acuerdo emitido por los Juzgados de Distrito, Tribunales
Colegiados de Circuito o la Suprema Corte de Justicia de la Nación para dar cumplimiento a una ejecutoria de amparo, aún
y cuando la autoridad directamente obligada no cumpla con los requisitos de forma establecidos en dicho Acuerdo y en los
presentes Lineamientos. Sin embargo, será exclusiva responsabilidad de las Dependencias, Órganos Desconcentrados,
Órganos Políticos Administrativos y Entidades a las que se les otorgue el visto bueno, que el pago que se realice a favor de
la parte quejosa, esté apegado conforme a las directrices establecidas por el Órgano Jurisdiccional.
NOVENO.- En caso de que las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Políticos Administrativos y Entidades
de la Administración Pública de la Ciudad de México, omitan alguna información o documentación relevante, o manifiesten
hechos falsos con el propósito de que la Mesa de Asuntos Civiles les otorgue de manera favorable un visto bueno, serán los
únicos responsables del ejercicio de los recursos autorizados, así como de las responsabilidades administrativas y legales
que de ello surjan; toda vez, que el otorgamiento de visto bueno se efectúa con base en la información y documentación
proporcionada por la autoridad solicitante. Lo anterior, con independencia de las acciones legales que procedan para
deslindar responsabilidades.
DÉCIMO. Las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político-Administrativos y Entidades de la
Administración Pública de la Ciudad de México, tendrán como fecha límite para presentar solicitud de visto bueno el 13 de
diciembre de 2018, para cumplir los compromisos económicos derivados de las conciliaciones de juicios en trámite y el
cumplimiento de sentencias definitivas, con el presupuesto autorizado y comprometido para el ejercicio fiscal 2018.
DÉCIMO PRIMERO.- Los presentes lineamientos se emiten para proteger, el patrimonio de la Ciudad de México, así
como a los servidores públicos del Gobierno de la Ciudad de México en su respectivo carácter de autoridades responsables,
vinculadas y superiores jerárquicos, así como para garantizar el cumplimiento total y trasparente de los juicios que se
encuentran en trámite o sentencias dictados por autoridad jurisdiccional, sin que su emisión impliquen dilación, en virtud de
que las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Políticos Administrativos y Entidades de la Administración
Pública de la Ciudad de México, son los únicos responsables de su oportuno y cabal cumplimiento.
42 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
T R A N S I T O R I O S
PRIMERO. Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
SEGUNDO. Los presentes Lineamientos entrarán en vigor a partir del día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial
de la Ciudad de México.
TERCERO. Se dejan sin efectos todas aquellas disposiciones administrativas que se opongan a lo establecido en los
presentes lineamientos.
Dado en la Ciudad de México, a los ocho días del mes de marzo del año dos mil dieciocho.
EL DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS LEGALES
(Firma)
EMMANUEL NÉQUIZ CASTRO
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 43
LINEAMIENTOS PARA OTORGAR EL VISTO BUENO PREVIO AL EJERCICIO DE LOS RECURSOS
AUTORIZADOS PARA CUBRIR LOS GASTOS POR CONCILIACIONES DE JUICIOS EN TRÁMITE
PROMOVIDOS EN CONTRA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO O POR
LIQUIDACIONES DE LAUDOS EMITIDOS O SENTENCIAS DEFINITIVAS DICTADOS POR AUTORIDAD
COMPETENTE FAVORABLES A LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, PARA EL AÑO 2018.
EMMANUEL NÉQUIZ CASTRO, Director General de Servicios Legales y Presidente de la Mesa de Asuntos Laborales
de la Comisión de Estudios Jurídicos de la Ciudad de México, con fundamento en los artículos 122, Apartado A, Base III,
transitorios Primero y Segundo del Decreto por el que se declaran reformadas y derogadas diversas disposiciones de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de la Reforma Política de la Ciudad de México; 8°,
fracción II, 12, fracciones I, II, IV y VI, 67, fracción II, y 87 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2°, 5°, 7°, 14 y
15, fracción XVI, 16, fracciones I y IV, y 35, fracciones I, VII y IX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del
Distrito Federal; 7°, fracción XV, numeral 2, 37, fracciones I, VIII, XV y XVIII, 115, fracciones I, II, VIII y X, y 116,
fracciones VI y XI, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y el “Acuerdo por el que se
delega en el Director General de Servicios Legales, de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, la facultad de otorgar
el visto bueno previo al ejercicio de los recursos autorizados para cubrir los gastos por conciliaciones de juicios en trámite
promovidos en contra de la Administración Pública de la Ciudad de México o por liquidaciones de laudos emitidos o
sentencias definitivas dictados por autoridad competente favorables a los trabajadores al servicio de la Administración
Pública de la Ciudad de México, y por el que se constituye la Mesa de Asuntos Laborales de la Comisión de Estudios
Jurídicos de la Ciudad de México”, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el cinco de marzo del año dos
mil dieciocho; y
C O N S I D E R A N D O
Que de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Estatuto de Gobierno del Distrito
Federal, se deben instrumentar acciones tendentes a simplificar los procedimientos administrativos mediante la expedición
de reglamentos, decretos y acuerdos, a fin de cumplir de manera ágil y oportuna con las atribuciones correspondientes.
Que el artículo 34 del Decreto por el que se expide el Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el Ejercicio
Fiscal 2018, prevé que las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político-Administrativos y Entidades previo
al ejercicio de los recursos autorizados para cubrir los gastos por conciliaciones de juicios en trámite promovidos en contra
de la Administración Pública de la Ciudad de México o por liquidaciones de sentencias definitivas dictados por autoridad
competente favorables a los trabajadores al servicio de la Administración Pública de la Ciudad de México, deberán contar
con el visto bueno de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales.
Que la Comisión de Estudios Jurídicos es un órgano colegiado a cargo de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales,
debidamente establecido en el artículo 115 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, con
atribuciones para preparar y en su caso expedir las interpretaciones y homologación de criterios jurídicos que permitan la
adecuada protección de los intereses generales y del patrimonio de la Ciudad de México.
Que fue publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 05 de marzo de 2018, el “Acuerdo por el que se delega en
el Director General de Servicios Legales, de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, la facultad de otorgar el visto
bueno, previo al ejercicio de los recursos autorizados para cubrir los gastos por conciliaciones de juicios en trámite
promovidos en contra de la Administración Pública de la Ciudad de México o por liquidaciones de laudos emitidos o
sentencias definitivas dictados por autoridad competente favorables a los trabajadores al servicio de la Administración
Pública de la Ciudad de México, y por el que se constituye la Mesa de Asuntos Laborales de la Comisión de Estudios
Jurídicos de la Ciudad de México”.
Que para la defensa de los intereses de la Ciudad de México, el pago por las conciliaciones de juicios en trámite promovidos
en contra de la Administración Pública de la Ciudad de México y el cumplimiento de las resoluciones judiciales dictadas
por autoridad competente, es necesario establecer lineamientos que deberán cumplir las Dependencias, Órganos
Desconcentrados, Órganos Políticos Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México para
solicitar el otorgamiento del visto bueno, en la materia de competencia de esta Unidad Administrativa, he tenido a bien
expedir los siguientes:
44 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
LINEAMIENTOS PARA OTORGAR EL VISTO BUENO PREVIO AL EJERCICIO DE LOS RECURSOS
AUTORIZADOS PARA CUBRIR LOS GASTOS POR CONCILIACIONES DE JUICIOS EN TRÁMITE
PROMOVIDOS EN CONTRA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO O POR
LIQUIDACIONES DE LAUDOS EMITIDOS O SENTENCIAS DEFINITIVAS DICTADOS POR AUTORIDAD
COMPETENTE FAVORABLES A LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, PARA EL AÑO 2018.
PRIMERO.- Los Titulares de las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Políticos Administrativos y
Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México, a través de su Área Jurídica o de Administración
correspondientes, deberán presentar mediante oficio ante la Dirección General de Servicios Legales su solicitud de visto
bueno.
SEGUNDO.- A la solicitud de visto bueno, se deberá anexar la documentación que a continuación se precisa:
I. “Estado Procesal”, desde el inicio hasta su conclusión, del cual se desprenda que fueron agotados todos los medios de
defensa hasta llegar al laudo o sentencia definitiva, mencionando los juicios, recursos e incidentes interpuestos, así como las
últimas actuaciones y acuerdos relevantes del juicio. En caso de que el actor y/o quejoso haya promovido más de un juicio
se deberá señalar los antecedentes y el estatus en que se encuentran.
II. Copia simple de la resolución administrativa y/o acto impugnado, sentencia definitiva o laudo firme, así como de las
resoluciones dictadas en los juicios, recursos e incidentes interpuestos, acuerdos y constancias relevantes de los juicios
promovidos por el actor y/o quejoso y últimos requerimientos emitidos por la autoridad jurisdiccional.
III. Copia simple de la identificación oficial, CURP y RFC del actor y/o quejoso.
IV. Documento expedido por el titular del área administrativa correspondiente, que acredite que se cuenta con la suficiencia
presupuestal en la partida 1521 “Liquidaciones por indemnizaciones y por sueldos y salarios caídos” o 1522 “Liquidaciones
por haberes caídos”, autorizada y comprometida para el Ejercicio Fiscal 2018, señalando nombre del actor y/o quejoso,
importe bruto e importe neto a pagar.
V. Planilla de liquidación firmada por el área correspondiente, con la cuantificación desglosada de los conceptos, cantidades
y períodos a cubrir como cumplimiento total de la condena, así como las deducciones y retenciones de ley. Anexando las
constancias respectivas que acrediten el período inicial y final que se está cuantificando.
VI. Constancia de aplicación del cese o sanción, donde deberá estar señalado en forma precisa la fecha de inicio y término
de la misma, debiendo estar firmada por el titular de la Unidad Administrativa que la ejecutó.
VII. Documento alimentario y/o acta circunstanciada en caso de existir reinstalación y/o renivelación.
VIII. “Proyecto de convenio”, para el cumplimiento total de la condena o conciliación, que contenga las partes que lo
suscriben, esto es, el actor y/o quejoso y el funcionario facultado para celebrar dicho convenio; los antecedentes del juicio;
las cláusulas correspondientes en las que se especifique la situación laboral del actor y/o quejoso; las prestaciones materia
de la condena que se pretenden pagar o se han pagado; indicando período, importe bruto, las retenciones correspondientes y
el líquido a pagar.
IX. “Justificación de conciliación”, donde se señale los motivos y las consideraciones legales por los que se propone
negociar, el costo real de la condena y el beneficio que representa para la Administración Pública de la Ciudad de México,
debiendo ser firmado por el titular del área jurídica solicitante.
X. En caso de que se le haya otorgado anteriormente visto bueno a la autoridad obligada, en relación con el juicio y
expediente por el que se está solicitando el visto bueno, se deberá informar y anexar las constancias que acrediten porque no
se dio cumplimiento o si se realizó algún pago parcial.
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 45
TERCERO.- La falta de cualquier requisito o presentación de documentos establecidos en el Acuerdo Delegatorio y en los
presentes Lineamientos, será causa de devolución sin el correspondiente visto bueno. Si la omisión se refiere al requisito
contenido en la fracción IV del Lineamiento Segundo, la Dirección General de Servicios Legales dará vista al Órgano de
Control correspondiente.
CUARTO.- Considerando que en términos de la normatividad aplicable, las Dependencias, Órganos Desconcentrados,
Órganos Políticos Administrativos y Entidades son las responsables del manejo y aplicación de su presupuesto autorizado,
en caso de no contar con suficiencia en la partida específica, deberán cancelar o disminuir el alcance de las acciones
programadas con base en su presupuesto, salvo las orientadas al concepto de servicios personales, con la finalidad de que
tramiten las correspondientes Adecuaciones Presupuestarias Compensadas que les permitan asignar los recursos suficientes
para el cumplimiento de sus compromisos económicos derivados de conciliaciones de juicios en trámite promovidos en
contra de la Administración Pública de la Ciudad de México o por liquidaciones de laudos emitidos o sentencias definitivas
dictados por autoridad competente favorables a los trabajadores al servicio de la Administración Pública de la Ciudad de
México.
QUINTO.- Las solicitudes de visto bueno deberán presentarse con la finalidad de dar cumplimiento total a las
conciliaciones o liquidaciones de laudos y sentencias dictados por autoridad competente favorables a los trabajadores al
servicio de la Administración Pública de la Ciudad de México; excepcionalmente se podrá otorgar el visto bueno para pagos
parciales, sólo cuando sea necesario para proteger el patrimonio de la Administración Pública de la Ciudad de México, la
libertad o permanencia de los Titulares de las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Políticos Administrativos
y Entidades.
SEXTO.- De considerarse necesario, se citará a los Titulares del Área Jurídica o Administrativa de las Dependencias,
Órganos Desconcentrados, Órganos Políticos Administrativos y Entidades, encargados de la atención a los asuntos
presentados ante la Dirección General de Servicios Legales para el otorgamiento de visto bueno, a efecto de corroborar las
condiciones en que se pretende dar cumplimiento a la sentencia definitiva, resolución o laudo firme, o el juicio que se
encuentra en trámite.
SÉPTIMO.- De conformidad con lo establecido en el punto OCTAVO del Acuerdo Delegatorio publicado en la Gaceta
Oficial de la Ciudad de México el 05 de marzo de 2018, la Mesa de Asuntos Laborales está facultada para otorgar el visto
bueno únicamente en estricto acatamiento a lo ordenado mediante acuerdo emitido por los Juzgados de Distrito, Tribunales
Colegiados de Circuito o la Suprema Corte de Justicia de la Nación para dar cumplimiento a una ejecutoria de amparo, aún
y cuando la autoridad directamente obligada no cumpla con los requisitos de forma establecidos en dicho Acuerdo y en los
presentes Lineamientos. Sin embargo, será exclusiva responsabilidad de las Dependencias, Órganos Desconcentrados,
Órganos Políticos Administrativos y Entidades a las que se les otorgue el visto bueno, que el pago que se realice a favor de
la parte quejosa, esté apegado conforme a las directrices establecidas por el Órgano Jurisdiccional.
OCTAVO.- En caso de que las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Políticos Administrativos y Entidades
de la Administración Pública de la Ciudad de México, omitan alguna información o documentación relevante, o manifiesten
hechos falsos con el propósito de que la Mesa de Asuntos Laborales les otorgue de manera favorable un visto bueno, serán
los únicos responsables del ejercicio de los recursos autorizados, así como de las responsabilidades administrativas y legales
que de ello surjan; toda vez, que el otorgamiento de visto bueno se efectúa con base en la información y documentación
proporcionada por la autoridad solicitante. Lo anterior, con independencia de las acciones legales que procedan para
deslindar responsabilidades.
NOVENO.- Las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Políticos Administrativos y Entidades de la
Administración Pública de la Ciudad de México, tendrán como fecha límite para presentar solicitud de visto bueno el 13 de
diciembre del 2018, para cumplir los compromisos económicos derivados de las conciliaciones o liquidaciones de laudos y
sentencias con el presupuesto autorizado y comprometido para el Ejercicio Fiscal 2018.
DÉCIMO.- Los presentes lineamientos se emiten para proteger los derechos de los trabajadores al servicio de la
Administración Pública de la Ciudad de México, el patrimonio de la Ciudad de México, así como a los servidores públicos
del Gobierno de la Ciudad de México en su respectivo carácter de autoridades responsables, vinculadas y superiores
jerárquicos, así como para garantizar el cumplimiento total y trasparente de los juicios que se encuentran en trámite, laudos
46 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
o sentencias dictados por autoridad jurisdiccional, sin que su emisión impliquen dilación, en virtud de que las
Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Políticos Administrativos y Entidades de la Administración Pública de
la Ciudad de México, son los únicos responsables de su oportuno y cabal cumplimiento.
T R A N S I T O R I O S
PRIMERO. Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
SEGUNDO. Los presentes Lineamientos entrarán en vigor a partir del día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial
de la Ciudad de México.
TERCERO. Se dejan sin efectos todas aquellas disposiciones administrativas que se opongan a lo establecido en los
presentes lineamientos.
Dado en la Ciudad de México, a los ocho días del mes de marzo del año dos mil dieciocho.
EL DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS LEGALES
(Firma)
EMMANUEL NÉQUIZ CASTRO
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 47
DELEGACIÓN AZCAPOTZALCO
DR. PABLO MOCTEZUMA BARRAGÁN, Jefe Delegacional en Azcapotzalco, con fundamento en lo dispuesto por el
Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 37, 38, 39, fracción XIII, XXXI, XXXVII, XLI, XLIII, XLV y LXXVII en los
artículos 32, 33, 34, 35, 36, 37 y 38 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal; artículos 102 y 102 Bis de la Ley de
Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; 117, fracciones I, II y XI, de la Ley Orgánica de la Administración
Pública de la Ciudad de México; 120, 121, 122 Bis, fracción II, inciso E, 50 y 70 del Reglamento de la Ley de Desarrollo
Social del Distrito Federal; del Reglamento Interior de la Administración Pública de la Ciudad de México y artículo 21 del
Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2018, Emito el siguiente:
AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE
DESARROLLO SOCIAL, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2018, QUE A CONTINUACIÓN SE ENLISTAN:
* Apoyo a Estudiantes de Secundaria Azcapotzalco 2018.
* Apoyo Económico a Adultos Mayores 60 – 64.
* Apoyo Económico a Niñas y Niños Chintololos.
* Apoyo Económico a Deportistas de Alto Rendimiento.
* Multiplicadores de Asistencia Social para la Salud.
* Apoyo Económico Músicos Sinfónica de Azcapotzalco.
CONSIDERANDO
I. Que los programas sociales que las Delegaciones lleven a cabo deben estar elaborados y publicados de conformidad con
lo dispuesto en la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal y su Reglamento, atendiendo los criterios contenidos en
la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y en congruencia
con el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013- 2018, así como los Programas Sectoriales que de éste se
desprenden, y, en su caso, los Programas Delegacionales de Desarrollo Social; y
II.- Que la Delegación Azcapotzalco es un Órgano Político Administrativo de la Administración Pública del Distrito
Federal con autonomía funcional en acciones de gobierno en los términos que establecen la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, la Ley Orgánica de la Administración Pública del
Distrito Federal y el Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.
III.- Que la Delegación Azcapotzalco tiene personalidad jurídica y patrimonio para el desarrollo de sus propias actividades y
funciones.
IV.- Que la Delegación Azcapotzalco tiene competencia dentro de su jurisdicción en materia de servicios, actividades
sociales y demás que señalen las leyes. Que, además, el ejercicio de tales atribuciones se realiza siempre de conformidad
con las leyes y demás disposiciones normativas aplicables a cada materia y respetando las asignaciones presupuestales.
V.- Que con el fin de dar seguridad jurídica a todas las personas en relación con los trámites y procedimientos sustanciados
a cargo de la Dirección General de Desarrollo Social, se hace del conocimiento del público en general la
determinación del titular de la Delegación Azcapotzalco respecto de las Reglas de Operación de los Programas Sociales,
mediante su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
VI.- Que los Actos de la Administración Pública de la Ciudad de México, darán atención a los principios de simplificación,
agilidad, economía, información, precisión, legalidad, transparencia e imparcialidad.
VIII. Que la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal y su Reglamento establecen que las Delegaciones deberán
publicar en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, a más tardar el treinta y uno de enero de cada año, las reglas de
operación de los programas sociales que tengan a su cargo, a fin de que cualquier persona pueda conocerlas.
48 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
APOYO A ESTUDIANTES DE SECUNDARIA AZCAPOTZALCO 2018.
I. NOMBRE DE PROGRAMA SOCIAL Y DEPENDENCIA O ENTIDAD RESPONSABLE.
1.1 Programa de Apoyo a Estudiantes de Secundaria AZCAPOTZALCO 2018
1.2 Delegación Azcapotzalco, órgano político-administrativo directamente responsable de la ejecución del programa y
ejecutor del gasto.
1.3 Dirección General de Desarrollo Social (coordinación para la implementación del programa de desarrollo social).
1.4 Dirección de Educación y Cultura (verificación, supervisión, control del programa y evaluación interna).
1.5 Subdirección de Educación (seguimiento a la operación e instrumentación del programa social, concentración y
sistematización de documentación y datos).
II. Alineación Programática
El presente programa se alinea con los siguientes Ejes Programáticos, Objetivos, Metas y Líneas de Acción del Programa de
Desarrollo del Distrito Federal 2013 – 2018, conforme a lo siguiente
Eje Programático Problemáticas Objetivos Metas Líneas de Acción
Equidad e inclusión
social
3. La calidad aun
indeficiente de la
educación y la
persistencia de
inequidad en el acceso
a la misma.
2. Aumentar la
equidad en el acceso a
una educación formal,
consolidando los
derechos asociados a
la educación y
programas de apoyo
institucional, con
estándares de calidad
y abatir la deserción
escolar, con especial
atención hacia las
personas en
desventaja y
condiciones de
vulnerabilidad.
1. Generar
mecanismos e
instrumentos para que
las personas en edad
de estudiar a lo largo
de su ciclo de vida,
así como las personas
en situación de
vulnerabilidad por su
origen étnico,
condición jurídica,
social o económica,
condición migratoria,
estado de salud, edad,
sexo capacidades,
apariencia física,
orientación o
preferencia sexual,
forma de pensar,
situación de calle u
otra, accedan a una
educación con
calidad, con énfasis
en la educación básica
y media superior.
1. Consolidar los
programas de apoyo
institucional que
cubren los derechos
asociados a la
educación,
asegurando la equidad
en el acceso y
permanencia a la
educación pública de
calidad en el Distrito
Federal. 2. Promover
una oferta cultural de
calidad en espacios
públicos, que
favorezca la
apreciación estética,
el goce y disfrute del
tiempo libre y el
sentido de comunidad.
4. El insuficiente
acceso a los
servicios y bienes
culturales
1. Consolidar a la
ciudad de México
como un espacio de
multiculturalidad
abierto al mundo,
equitativo, incluyente,
creativo y diverso,
donde se promueva la
implementación de
políticas culturales, y
participativas al
servicio de la
ciudadanía, del
desarrollo sostenible y
del mejoramiento de
1. Aumentar el acceso
y la participación de
la población del
Distrito Federal en los
servicios y bienes
culturales y naturales
y promover el
bienestar a partir de la
gestión de patrimonio
y la diversidad
cultural de sus
habitantes.
Favorecer a través de
la iniciación artística
desde la niñez, la
creación y el
desarrollo de las artes
escénicas, visuales y
plásticas, como
componentes
indispensables de
acceso a la cultura y
la participación.-
Promover el fomento
a la lectura, a partir de
diferentes estrategias
didácticas que
4. El insuficiente
acceso a los servicios
y bienes culturales
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 49
la calidad de vida y
del bienestar de sus
habitantes.
que contribuyan a la
formación integral de
las personas
En relación al Programa de Desarrollo Delegacional el cual contempla implementar políticas públicas que incluyan
programas sociales que beneficien a la mayoría de la población, especialmente a los grupos más vulnerables y que tiene
como objetivo general: Implementar programas y acciones de desarrollo social con equidad que promuevan la acción
colectiva para la solución de las necesidades de los habitantes de Azcapotzalco donde la cultura, la salud, la educación y el
deporte sean prioridad. Se alinea con los 43 puntos del programa, específicamente con el punto número 12, el cual
establece: “administración honesta, eficiente y responsable, con total transparencia y amplia información hacia la población.
Ayudas económicas a estudiantes, jefas de familia, personas de capacidad diferente y tercera edad. “
El programa también contribuye al objetivo específico 9.1. Promover la igualdad y no discriminación en el acceso y
permanencia del alumnado en los diferentes niveles educativos y extraescolares del Programa de Derechos de la Ciudad de
México, el cual incluye como estrategia 137. Continuar la operación y ampliar la cobertura de los programas sociales de
apoyo a la educación, como los de entrega de útiles y uniformes escolares, becas y otros programas que promuevan el
acceso y permanencia del alumnado en los diferentes niveles educativos.
Por otro lado dentro de la Agenda 2030, el numeral 4” Educación de Calidad” establece que de manera anual se atienden a
mas de 34 mil niñas, niños y adolecentes derecho habientes de los programas de Educación Garantizada y Becas Escolares y
la delegación contribuirá en atender a 1000 beneficiados en Azcapotzalco.
III. Diagnóstico
El presente programa inició en el año 2016 en la administración del Jefe Delegacional, Pablo Moctezuma Barragán, con el
nombre de Programa de apoyo Económico a Estudiantes de 1° y 2 ° de Secundaria otorgando apoyos de $400.00
(cuatrocientos pesos 00/100) bimestrales a cada estudiante.
En el 2017 el nombre del programa cambia a Programa de Apoyos para Estudiantes de Secundaria, toda vez que los
estudiantes al momento del registro están cursando el primero o segundo año pero cuando pasan a tercero de secundaria aún
se les otorga el apoyo, otorgando apoyos de $420.00 (cuatrocientos veinte pesos 00/100) bimestrales a cada estudiante y
Para el año 2018 el programa actualiza su nombre especificando la demarcación y ejercicio fiscal al que pertenece con el
nombre de “PROGRAMA APOYO A ESTUDIANTES DE SECUNDARIA AZCAPOTZALCO 2018”.
III. 2 Programa Social Atendido por el Programa Social
Las y los jóvenes de entre 12 y 14 años que cursan el nivel escolar básico se encuentran en condiciones vulnerables debido a
las condiciones sociales en las que habitan, pues, de acuerdo al Índice de Desarrollo Social de la Ciudad de México 2010 del
Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México, en Azcapotzalco 330 154 personas de 414 516,
habitan en colonias donde su índice de desarrollo es medio, bajo y muy bajo y de las 87 colonias que enlistan todas se
encuentran con alto rezago educativo.
Aunque no hay datos específicos de Azcapotzalco, en la Ciudad de México se refleja que el abandono escolar se presenta
mayormente en el nivel básico secundaria, en el año 2014-2015 el número de alumnos en nivel primaria era de 431 026,
disminuyendo en nivel secundaria a 193 235 alumnos y para la educación media superior sólo se encontraban 146, 825.
Según estadísticas del INEA realizadas en el año 2010, en el Distrito Federal hay 6,715 516 personas mayores de 15 años y
un total de 140,199 de analfabetas, 437,748 con primaria y 117,770 con secundaria sin terminar dando esto un rezago total
de 1,695,717 personas mayores de 15 años. A nivel Delegacional, existen 5,325 analfabetas, 17,584 personas sin primaria y
53,102 sin secundaria.
En Azcapotzalco habitan 46,420 personas de 6 a 14 años de las cuales 21,837 son mujeres y 24,583 son hombres. De
acuerdo al INEGI 5,663 alumnos egresan de las secundarias de Azcapotzalco.
El PROGRAMA APOYO A ESTUDIANTES DE SECUNDARIA AZCAPOTZALCO 2018, busca atender a 1000
beneficiarios ya que el problema que se detecto fue el rezago educativo con el que cuenta Azcapotzalco y en los dos años
50 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
anteriores se priorizo a niños que vivieran en colonias de menor índice de desarrollo como lo establece EVALUA ,cuidando
la paridad de género y no discriminando de acuerdo a su edad, es por eso que la Delegación Azcapotzalco busca disminuir
el rezago educativo en el que se encuentran los adolecentes y jóvenes que viven y estudian dentro de la demarcación tomado
en cuenta que el mejor caso de éxito con el que se puede contar es el del programa de PREPA SI.
De las personas atendidas durante el desarrollo del programa el 91% de las personas beneficiarias habitan en colonias de
bajo y medio índice de desarrollo y se han beneficiado a más hombre que mujeres. Los datos utilizados fueron obtenidos
por encuestas realizadas por la unidad administrativa involucrada (Subdirección de Educación).
III.3 Definición de la Población Objetivo del Programa Social
La Población Potencial del programa son las y los estudiantes que habitan en Azcapotzalco y cursan sus estudios en alguna
de las escuelas secundarias públicas dentro de la demarcación o que por diversos motivos acuden a las demarcaciones que
limitan con la delegación, en promedio son 5,663 alumnos que se encuentran en las escuelas secundarias de Azcapotzalco.
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 51
La Población Objetivo son todos aquellos estudiantes de secundaria, residentes prioritariamente en las colonias de menor índice de desarrollo social o en los bolsones de pobreza que están definidos en zonas de evidente condición de marginación ubicadas en colonias de alto índice de desarrollo social en Azcapotzalco. Con fundamento en el artículo 11 de la Constitución Política de la Ciudad de México en el que se establecen los grupos de atención prioritaria, como Ciudad Incluyente, la Población Beneficiaria será de hasta 1137 estudiantes de secundaria, que estudien en escuelas públicas, que habiten en las colonias, pueblos o barrios de menor índice de desarrollo social en Azcapotzalco o en las escuelas colindantes de la demarcación. IV. Objetivos y Alcances IV.1 Objetivo General Otorgar apoyos económicos para las y los estudiantes de nivel básico de secundaria para evitar el abandono escolar por falta de recursos. IV.2 Objetivos específicos - Otorgara ayudas económicas en dos exhibiciones a cada una de las y los beneficiarios del programa. - Promover la participación de adolescentes y jóvenes en programas sociales. - Fomentar el desarrollo escolar de adolescentes y jóvenes de Azcapotzalco - Garantizar el derecho a la educación IV.3 Alcances El presente programa busca reconocer a un sector social en crecimiento y desarrollo que requiere la atención inmediata y eficiente para disminuir el abandono escolar de las y los jóvenes que cursan la secundaria. La Delegación Azcapotzalco, por medio del Programa de Apoyo para Estudiantes de Secundaria de Azcapotzalco 2018, busca evitar el abandono escolar, promoviendo el derecho a la educación a través de transferencias monetarias. V. Metas físicas: Se Otorgarán apoyos económicos de $2,100.00 (dos mil cien pesos 00/100 M.N) a cada una de las y los beneficiarios del programa en dos ministraciones de $1,050.00 (un mil cincuenta pesos 00/100 M.N) cada una, durante el ejercicio fiscal 2018. Con este programa se beneficiarán hasta 1137 jóvenes de secundaria que vivan en las colonias, barrios o pueblos de esta demarcación con menores índices de desarrollo social y estén inscritos en alguna escuela secundaria pública, como lo establece el artículo 27 de la ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal y articulo 47. La meta física que se espera alcanzar para el ejercicio fiscal 2018, será cuantificable, medible y verificable. VI. Programación presupuestal: Considerando el principio de orientación del presupuesto con responsabilidad social, que permita a la administración pública asegurar la aplicación del mismo de forma eficiente, eficaz, honrada y con transparencia, se asignó mediante la partida 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”, la cantidad de $2,387,700.00(dos millones trescientos ochenta y siete mil setecientos pesos 00/100) para su ejecución en el ejercicio fiscal 2018. Bajo los lineamientos ya previstos será distribuido de la siguiente forma:
Total de beneficiarias/os Monto unitario anual Frecuencia de Ministración Presupuesto Total Anual
1137 $2,100.00
$ 1,050.00 (un mil cincuenta pesos 00/100 M.N) por ministración. Que será entregado en efectivo, en los meses de Mayo y Septiembre periodos establecidos por la Subdirección de Educación.
$2,387,700.00
VII. Requisitos y Procedimiento de Acceso VII.3 Procedimientos de acceso.
52 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
VII.1 Difusión.
7.1 El programa se dará a conocer a la población, así como los cambios realizados a éste, a través de los siguientes medios:
- A través de las redes sociales y paginas oficiales de la Delegación Azcapotzalco (www.azcapotzalco.cdmx.gob.mx) y de la
Gaceta Oficial de la Ciudad de México (www.consejeria.cdmx.gob.mx).
7.2 - En las colonias, pueblos, barrios, secundarias publicas dentro de la demarcación a través del periódico Hormiguero
Informativo.
7.3 Para solicitar información del Programa de Apoyo para Estudiantes de Secundaria las y los interesados pueden acudir a
la Subdirección de Educación ubicada en Jardín Hidalgo s/n Col. Centro de Azcapotzalco o llamar al teléfono 53 52 51 88,
en un horario de 9:00 a 20:00 horas de lunes a domingo. El periodo de acceso al programa será del 01 al 30 de marzo del
2018.
VII. Requisitos de Acceso
7.4 Las y los solicitantes, deberán reunir los siguientes requisitos:
-Residir en la Delegación Azcapotzalco, preferentemente en alguna de las colonias, barrios o pueblos de menores índices de
desarrollo social.
-Al momento de realizar el registro el estudiante deberá estar cursando el primero o segundo año de secundaria en una
escuela pública de la delegación o que limite con la demarcación.
-No solicitar o recibir más apoyos económicos de transferencia monetaria de los programas sociales de la Delegación
Azcapotzalco.
-El registro sólo lo podrá realizar el padre, madre, tutor o algún familiar directo del estudiante. NO se recibirán solicitudes
de vecinos, conocidos o una persona ajena a la familia de la o el estudiante que no demuestre ser tutor del menor.
- No ser familiar directo de personal de estructura de la delegación.
7.5 Las y los solicitantes deberán de presentar en la Subdirección de Educación copia y original (únicamente para cotejo)
de los siguientes documentos:
Requisitos generales:
-Dos copias de identificación oficial con fotografía vigente del padre, madre o tutor (INE, IFE, Pasaporte, INAPAM, cedula
profesional o Licencia de conducir)
-Dos copias de la Cedula Única de Registro Poblacional (CURP) de padre, madre o tutor.
-Dos copias de la Cedula Única de Registro Poblacional (CURP) del alumno.
-Dos copias del comprobante de domicilio vigente con una antigüedad no mayor a tres meses (boleta predial, recibo de
agua, recibo de teléfono TELMEX, recibo de gas, recibo de luz).
Requisitos específicos del programa:
- Llenar Solicitud de inscripción al programa
- Constancia de estudios o credencial que acredite que la o el menor se encuentra inscrito en alguna escuela pública de la
Delegación Azcapotzalco o colindante con la demarcación.
- Carta de protesta de decir verdad firmada por el padre, madre o tutor a través de la cual manifiesten que no recibe o
solicitará más apoyos económicos de transferencia monetaria de los programas sociales de la Delegación Azcapotzalco
que serán entregadas en la Subdirección de Educación y que se compromete a dar seguimiento a la solicitud ingresada.
7.6 En caso de de que se presente una situación de contingencia, desastre o emergencia en la Ciudad de México los
requerimientos y documentación a presentar para la inclusión social, puede variar, en cuyo caso, se emitirá lineamientos
específicos.
VII.3 Procedimientos de Acceso
7.7. El acceso al presente programa será por demanda mediante la convocatoria pública que se emitirá en la Gaceta Oficial
de la Ciudad de México, en el periódico Hormiguero Informativo, convocatoria impresa y medios de comunicación
electrónica (Redes sociales de la Delegación). El periodo de inscripción al programa será del 01 al 30 de marzo del 2018.
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 53
Las Reglas de Operación del presente Programa se podrán consultar en los medios electrónicos de la Delegación, medios
impresos y en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, misma que estará abierta para la población de Azcapotzalco.
7.8 Se dará prioridad a jóvenes que, cumplan con los requisitos, que no haya sido beneficiado en el ejercicio fiscal 2017,
que vivan en las colonias, barrios o pueblos o bolsones de pobreza iniciando con las de menor índice de desarrollo social en
la Delegación, de acuerdo a lo establecido por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México
(Evalúa D.F.) de acuerdo a la presentación de su solicitud, hasta completar 1137 beneficiarios
7.9 Los requisitos, formas de acceso y criterios de selección establecidos por el programa son públicos y se encontraran de
manera visible dentro de las instalaciones de la Subdirección de Educación.
7.10 Todas las solicitudes recibidas serán analizadas de igual manera dando cumplimiento a los requisitos y documentos
solicitados buscando tener igualdad de oportunidades cuidando las acciones afirmativas de hombre y mujer.
7.11 Una vez que sea autorizado el programa, las y los interesados deberán solicitar por cuenta propia su inclusión, en las
oficinas de la Subdirección de Educación, ubicada en el Jardín Hidalgo s/n (frente al quiosco), Colonia Azcapotzalco
Centro, de lunes a domingo de 9:00 a 14:00 y de 15:30 a 20:00 horas, con los documentos solicitados para el cotejo y
llenado del formato de solicitud y firma de la carta bajo protesta de decir verdad.
7.12El mecanismo de registro de las y los solicitantes será el siguiente.
7.13 No ser familiar directo del personal de estructura de la delegación.
- Presentarse en la Subdirección de Educación ubicada en Jardín Hidalgo para la entrega de la documentación establecida.
- El periodo de acceso al programa será del 01 al 28 de febrero del 2018.
- El registro se realizará de 9:00 a 14:00 y de 15:30 a 20:00 horas, de lunes a domingo.
- El periodo de registro estará comprendido a partir de la publicación de las presentes Reglas de Operación en la Gaceta
Oficial de la Ciudad de México y hasta agotar la metafísica.
- Solo se realizará el registro a las personas que presenten documentación completa y actualizada. En caso de que no contar
con algún documento solicitado, actualizado como lo establecen las presentes Reglas de Operación o que no cumpla con
los requisitos establecidos en la convocatoria se informara de manera inmediata la baja del solicitante.
7.13 En caso de que las solicitudes sean mayores a los recursos disponibles, se dará prioridad tomando como referencia el
artículo 11 “Ciudad Incluyente”. La Ciudad de México garantizara la atención prioritaria para el pleno ejercicio de los
derechos de las personas que debido a la desigualdad estructural enfrentan discriminación exclusión, maltrato, abuso,
violencia y mayores obstáculos para el pleno ejercicio de sus derechos y libertades fundamentales, a los siguientes casos y
en ese orden:
-A las y los jóvenes que cumplan con los requisitos, que no hayan sido beneficiados en el ejercicio fiscal 2017
-Que habiten en las colonias iniciando con las de menor índice de desarrollo social en la Delegación, de acuerdo al
comprobante de domicilio presentado y de acuerdo a lo establecido por Evalúa CDMX.
-Fecha de ingreso.
7.14 Para saber el estado que guarda su trámite, podrá llamar a la Subdirección de Educación y preguntar por el avance de
su solicitud, al teléfono 53 52 51 88. La lista de las y los jóvenes beneficiados del Programa, se publicará en la página
electrónica de la Delegación Azcapotzalco y demás conforme a la normatividad aplicable.
7.15 La Delegación, por medio de la Subdirección de Educación, entregará a las y los solicitantes un comprobante de haber
completado su registro al programa y se le asignará un número de folio con el cual la o el solicitante podrá dar seguimiento
a su solicitud.
7.16 En caso de que se presente una situación de contingencia, desastre o emergencia en la ciudad de México, los
procedimientos de acceso al programa social, puede variar, en cuyo caso, se emitirán lineamientos específicos.
7.17 Las y los beneficiarios del Programa de Apoyo para Estudiantes de Secundaria, formarán parte de un padrón que será
publicado conforme a la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal, será de carácter público, siendo reservados los datos
personales de acuerdo a la normatividad vigente.
7.18 En ningún caso, las y los servidores públicos podrán solicitar o proceder de manera diferente a lo establecido en las
presentes Reglas de Operación.
VII.4 Requisitos de Permanencia, Causales de Baja o Suspensión Temporal.
7.19 Requisitos de permanencia: La temporalidad de este programa quedará establecida sólo para el ejercicio fiscal 2018 y
la permanencia de las personas beneficiarias quedará sujeta a los siguientes criterios: una vez conformado el padrón de
beneficiarias/os, éstos permanecerán dentro del programa hasta que concluya la vigencia del mismo, siempre y cuando
54 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
continúen acudiendo a la escuela. Las y los beneficiarios deberán entregar cuando así se les solicite evidencias
documentales de su permanencia en la escuela secundaria.
7.20 Causas de Baja. Falta de interés del solicitante que se podrá manifestar de diversas formas como:
-No presentar documentación que acredite la totalidad de los requisitos o proporcionar datos falsos o documentación
apócrifa.
-No presentar la evidencia de que permanece estudiando en la escuela secundaria.
-No acudir en tiempo y forma para recibir el apoyo en el periodo establecido.
-Por defunción de él o la beneficiaria.
-No conducirse bajo el respeto a los derechos humanos.
-En caso de baja, se repetirá el proceso de selección para cubrir el espacio vacante. El apoyo se entregara a partir de su
incorporación.
VIII. Procedimientos de Instrumentación:
VIII.1 Operación.
8.2Subdirección de Educación:
-Atiende y recibe e informa a todos los solicitantes del programa
-Recaba la documentación e información pertinente de las y los solicitantes.
-Elabora y envía el padrón de beneficiarios a la Dirección General de Desarrollo Social
-Integra la lista de espera de los solicitantes.
-Informar a las y los beneficiarios el mecanismo y calendario de ministraciones.
-Aplica los indicadores correspondientes del programa e informa de los resultados a la Dirección General de Desarrollo
Social.
Dirección General de Desarrollo Social:
-Supervisar el desarrollo del Programa, desde la publicación de las Reglas de Operación
-Gestiona la publicación del padrón de beneficiados.
-Gestiona y supervisa el desarrollo del programa en todas las áreas correspondientes.
Dirección General de Administración
-Recibe padrón por el área de la Dirección General de Desarrollo Social
-Establece y Genera el pago de los beneficiados al programa.
8.3 Los datos personales de las personas solicitantes y beneficiarias y la información adicional generada y administrada, se
regirá por lo establecido en las Leyes de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y de Protección de Datos
Personales del Distrito Federal.
8.4 De acuerdo con el artículo 38 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal y el artículo 60 de su Reglamento, todo
material de difusión, convenios, cartas compromiso y otros instrumentos que se suscriban o formalicen con ellos, llevarán
impresa la siguiente leyenda:
“Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen
de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales,
de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en la Ciudad de
México, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”.
8.5 Los formatos y trámites a realizar para el Programa de Apoyo a Estudiantes de Secundaria de Azcapotzalco 2018 son
gratuitos.
8.6 Se invitara a las personas beneficiadas del programa social a diversas actividades de formación e información.
8.7 Durante los procesos electorales, en particular en las campañas electorales no se suspenderá el programa social, sin
embargo atendiendo a los principios de imparcialidad, equidad y neutralidad que deben observarse en los procesos
electorales, los beneficiados del programa social no serán entregados en eventos masivos o modalidades que afecten el
principio de equidad en la contienda electoral.
8.8 La ejecución del programa social se ajustara al objeto y reglas de operación establecidas, evitando su utilización con
fines electorales distintos al desarrollo social, en el marco de los procesos electorales, para evitar en todo momento, su
vinculación con algún partido político, coalición o candidatura particular.
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 55
VIII.2 Supervisión y control
8.6 La supervisión y control de este Programa Social se realizará a través de la base de datos de las y los beneficiarios, así
como mediante evidencias documentales de la permanencia de los alumnos en la escuela secundaria, cuando así se requiera.
La permanencia en el programa se llevará a través de la firma en padrones de la recepción de la ayuda.
8.7 La unidad administrativa responsable de realizar la supervisión y control es la Subdirección de Educación.
IX. Procedimiento de Queja o Inconformidad Ciudadana.
9.1 La ciudadanía podrá interponer una queja o mediante escrito libre directamente ante la Subdirección de Educación,
ubicada en Jardín Hidalgo o llamar al teléfono 53525188 donde se solicitará la siguiente información Nombre, domicilio,
número(s) telefónico(s), y en su caso, correo electrónico de la solicitante que presenta la queja, motivo de la queja,
descripción precisa del hecho.
9.2 En el caso de existir quejas, inconformidades y denuncias por incumplimiento de la garantía de acceso a los programas,
sobre el trato, acto, hecho u omisión de las o los servidores públicos responsables del programa, las y los ciudadanos podrán
presentarlas personalmente por escrito al Jefe Delegacional, a través del CESAC, o acudir a las oficinas de la Contraloría
Interna ubicadas en el Edificio delegacional tercer piso.
9.3 Asimismo, en caso de no ser resuelta su queja o inconformidad se podrá acudir a la Procuraduría Social del Distrito
Federal o bien podrán hablar al Servicio Público de Localización Telefónica (LOCATEL), quien deberá turnarla a la
Procuraduría Social del Distrito Federal y a la Contraloría General.
9.4 Se prohíbe cualquier acto o conducta discriminatoria por acción u omisión por parte de las personas servidoras publicas
en la implantación, seguimiento o evaluación del programa social. La violación a esta disposición será sancionada conforme
al marco jurídico vigente en la ciudad y las personas beneficiarias podrán acudir al Consejo Para Prevenir y Eliminar la
Discriminación de la Ciudad de México, COPRED, para su investigación.
Para denunciar cualquier delito electoral es la línea telefónica INETEL (01800 433 2000).
X. Mecanismos de Exigibilidad.
10.1 La Subdirección de Educación garantiza la difusión y distribución de las presentes reglas de operación, que estará
disponible para su consulta en el CESAC de la Delegación, ubicada en planta baja del edificio Delegacional, así como en las
oficinas de la Subdirección a partir de la fecha de publicación de las mismas.
10.2 En caso de existir alguna demanda de exigibilidad por el incumplimiento de un derecho social garantizado a través de
este programa, la ciudadana deberá presentarse en la Subdirección de Educación ubicada en Jardín Hidalgo, frente al
quiosco, Col. Azcapotzalco Centro, en un horario de 9:00 a 20:00 horas, de lunes a domingo la cual investigará, atenderá,
analizará y determinará las acciones a implementar y/o aclarar la queja o inconformidad en un plazo no mayor a 30 días
hábiles.
10.3 Para hacer exigible el derecho por incumplimiento del programa social, será bajo los siguientes casos:
“Los casos en los que se podrán exigir los derechos por incumplimiento o por violación de los mismos pueden ocurrir en al
menos los siguientes casos:
a) Cuando una persona solicitante cumpla con los requisitos y criterios de inclusión para acceder a determinado derecho
(garantizado por un programa social) y exija a la autoridad administrativa ser derechohabiente del mismo.
b) Cuando la persona derechohabiente de un programa social exija a la autoridad que se cumpla con dicho derecho de
manera integral en tiempo y forma, como lo establece el programa.
c) Cuando no se pueda satisfacer toda la demanda de incorporación a un programa por restricción presupuestal, y éstas
exijan que las incorporaciones sean claras, transparentes, equitativas, sin favoritismos, ni discriminación.”
10.4 Con base en el artículo 51 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal
“Las personas derechohabientes o beneficiarias de los programas sociales, tendrán los siguientes derechos y obligaciones: a)
A recibir una atención oportuna, de calidad, no discriminatoria y apegada al respeto, promoción, protección y garantía de
sus derechos; b) En cualquier momento podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, en
los términos de la normativa aplicable; c) Acceder a la información de los programas sociales, reglas de operación, vigencia
del programa social, cambios y ajustes; de conformidad con lo previsto por las Leyes de Transparencia y de Protección de
56 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
Datos Personales; d) A interponer quejas, inconformidades, reclamos, denuncias y/o sugerencias, las cuales deberán ser registradas y atendidas en apego a la normatividad aplicable; e) Bajo ninguna circunstancia le será condicionado la permanencia o adhesión a cualquier programa social, siempre que cumpla con los requisitos para su inclusión y permanencia a los programas sociales; f) A solicitar de manera directa, el acceso a los programas sociales; g) Una vez concluida la vigencia y el objetivo del programa social, y transcurrido el tiempo de conservación, la información proporcionada por las personas derechohabientes o beneficiarias, deberá ser eliminada de los archivos y bases de datos de la Administración Pública de la Ciudad de México, previa publicación del aviso en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, con al menos 10 días hábiles de anticipación. h) Toda persona derechohabiente o beneficiario queda sujeta a cumplir con lo establecido en la normativa aplicable a cada programa social. 10.5 La Contraloría del Gobierno de la Ciudad de México es el órgano competente para conocer las denuncias de violaciones e incumplimiento de derechos en materia de desarrollo social. XI. Mecanismos de Evaluación e Indicadores. XI.1 Evaluación 11.1 Como lo establece el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, la Evaluación Externa del programa social será realizada de manera exclusiva e independiente por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social del Distrito Federal, en caso de encontrarse considerado en su Programa Anual de Evaluaciones Externas. 11.2 La evaluación interna se realizara en apego a lo establecido en los Lineamientos para la Evaluación Interna de los programas Sociales, emitidos por el Consejo de Evaluación Interna del Desarrollo Social de la Ciudad de México y los resultado serán publicados y entregados a las instancias que establece el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, en un plazo no mayor a seis meses después de finalizado el ejercicio fiscal. 11.3 La encargada de realizar la evaluación interna será la Subdirección de Educación. 11.4 Los indicadores del presente programa será evitar el abandono escolar de las y los beneficiarios, solicitando evidencia de la permanencia de los mismos, a si mismo se levantara una encuesta de satisfacción del la implementación del programa. X1.2 Indicadores de Gestión y de Resultados 11.5 Para la construcción de los indicadores se seguirá la metodología de Marco lógico de acuerdo a las características del programa. 11.6 Tal como lo indica la metodología de Marco Lógico (MML), se integra la matriz de indicadores.
Nivel de Objetivo
Objetivo
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Fórmula de Cálculo
Tipo de Indicador
Unidad de medida
Desagregación
Medios de Verificación
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09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 57
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58 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
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11.7 Los avances trimestrales de la Matriz de indicadores del programa Social serán reportados de forma acumulada a la
Dirección General de Desarrollo Social, de acuerdo a la periodicidad y características de los indicadores diseñados, por
medio de la Subdirección de Educación.
XII. Formas de Participación Social.
Como lo menciona la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal y de acuerdo a lo establecido por la Ley de Participación
Ciudadana del Distrito Federal, la sociedad podrá participar activamente en la planeación, programación, implementación y
evaluación de los programas y acciones de Desarrollo Social, por lo cual: Podrán participar a través de propuestas
formuladas a la Dirección General de Desarrollo Social de la Delegación Azcapotzalco, las y los residentes de
Azcapotzalco, las organizaciones civiles y sociales, las instituciones médicas y todas aquellas cuyos objetivos estén
dirigidos a la atención y mejoramiento en la calidad de vida de los estudiantes de secundaria.
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 59
Modalidad de participación
Participante Etapa en la que participa Forma de Participación Modalidad
Residentes de la
Delegación
Azcapotzalco, que
cursen la secundaria,
que tengan hijos o sean
parte del consejo de
padres de familia.
Implementación y Evaluación
Formular propuestas a la
Dirección General de
Desarrollo Social,
Contestando encuestas en los
niveles de Satisfacción a la
Subdirección de Educación.
Expresando la satisfacción
y mejoramiento del
programa.
XIII. Articulación con Otros Programas y Acciones Sociales.
13.1 El programa de Apoyo para Estudiantes de Secundaria forma parte de la política social que la Delegación
Azcapotzalco, implementada a través de la Subdirección de Educación y se articula con otros programas como el
Programa Guardianes de la Paz.
13.2
Programa o Acción Social con
el que se articula
Dependencia o Entidad
responsable
Acciones en las que
colaboran
Etapas del programa
comprometidas
Programa Guardianes de la
Paz.
Delegación Azcapotzalco Apoyo a jóvenes en
situaciones vulnerables
Ninguna
XIV. Mecanismos de Fiscalización
14.1 El Programa de Apoyo para estudiantes de Secundaria fue aprobado por el comité de planeación de la Ciudad de
México (COPLADE), en la Primera Sesión Extraordinaria de fecha de febrero de 2018.
14.2 Como parte del informe trimestral remitido a la secretaría de finanzas de la Ciudad de México, se enviaran los avances
en la operación del programa social, la población beneficiaria, el monto de los recursos otorgados la distribución según sea
el caso, por delegación y colonia.
14.3 La contraloría de la Ciudad de México, en el ámbito de su competencia verificara que el gasto guarde congruencia con
lo dispuesto en la ley de presupuesto y gasto eficiente de la Ciudad de México y en el presupuesto de la Ciudad de México.
14.4 Se proporcionara la información que sea solicitada por la Contraloría y/o los órganos del control interno, a fin de que
estas puedan realizar las funciones de fiscalización, inspección y verificación del ejercicio del gasto público.
14.5 Las personas contraloras ciudadanas de la red de contralorías ciudadanas que coordina y supervisa la contraloría
general, vigilaran en el marco de sus derechos y obligaciones establecidos en la ley de participación ciudadana del Distrito
Federal y en los lineamientos del programa de contraloría ciudadana, el cumplimiento de las presentes reglas de operación,
a si como de las normas y procedimientos aplicables a la programación y ejecución del programa social y el ejercicio de los
recursos públicos.
XV. Mecanismos de rendición de cuentas
15.1 De acuerdo con las obligaciones de trasparencia en materia de programas sociales, de ayudas, subsidios estímulos y
apoyos establecidos en el artículo 122 de la Ley de trasparencia, acceso a la información pública y rendición de cuentas de
la ciudad de México la síguete información se mantendrá impresa para consulta directa se difundirá y mantendrá actualizada
en formatos y bases abiertas en la plataforma de trasparencia e indicar el sitio de internet http://azcapotzalco.cdmx.gob.mx/
de la entidad o en la Subdirección de Educación.
XVI. Criterios para la integración de la unificación del padrón universal d personas beneficiadas o derecho
habientes
16.1 La Delegación Azcapotzalco tiene a su cargo el programa de apoyo para estudiantes de secundaria publicara en la
Gaceta Oficial de la Ciudad de México, a más tardar el último día hábil de la primer quincena del mes de marzo del 2019,
el padrón de beneficiados del ejercicio fiscal 2017.
60 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
16.2 A efecto de construir en la Ciudad de México un padrón unificado y organizado por cada uno de los programas de las
Dependencias de la Administración Pública local, en el mismo periodo la Dependencia, Órgano Desconcentrado,
Demarcación Territorial o Entidad de la Administración Pública local de que se trate y que tiene a su cargo el programa
social en cuestión, entregará el respectivo padrón de beneficiarios en medios magnético, óptico e impreso a la Comisión de
Vigilancia y Evaluación de Políticas y Programas Sociales de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. Así como la
versión electrónica de los mismos a la Secretaría del Desarrollo Social de la Ciudad de México a efecto de incorporarlos al
Sistema de Información del Desarrollo Social (SIDESO) e iniciar el proceso de integración del padrón unificado de
beneficiarios de la CDMX, de acuerdo a lo establecido en la fracción II del Artículo 34 de la LDSDF.
16.3 La Delegación Azcapotzalco tiene a su cargo el programa social, cuando le sea solicitado, otorgará a la Contraloría
General de la Ciudad de México toda la información necesaria que permita cumplir con el programa de verificación de
padrones de beneficiarios de programas sociales, diseñado por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad
de México e implementado por la Contraloría. Ello con la intención de presentar los resultados del mismo al órgano
Legislativo de la Ciudad de México, salvaguardando siempre conforme a la Ley los datos personales de los beneficiarios.
16.4 En la página http://azcapotzalco.cdmx.gob.mx/ y en la Plataforma Nacional de Transparencia
http://www.plataformadetransparencia.org.mx/web/guest/inicio, de manera trimestral, la actualización de los avances de la
integración de los padrones de beneficiarios de cada uno de sus programas sociales que sean operados por la Delegación , el
cual deberá estar conformado de manera homogénea y contener las variables: nombre, edad, sexo, unidad territorial,
Demarcación Territorial, beneficio otorgado y monto del mismo, de acuerdo a lo establecido en la fracción II del artículo
122 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.
16.5 El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 34 de la LDS DF será sancionado en términos de la
Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
16.6 Una vez emitidos los Lineamientos para la integración del padrón universal, se dará estricto cumplimiento a los
mismos.
APOYO ECONÓMICO A ADULTOS MAYORES 60 – 64.
I. Nombre de Programa Social y Dependencia o Entidad Responsable.
1.1.1. Apoyo Económico a Adultos Mayores 60 - 64.
1.2. Dependencia o Entidad Responsable del Programa.
1.2.1. Delegación Azcapotzalco.
1.3. Unidades Administrativas involucradas en la operación del programa social.
1.3.1. Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC):
1.3.1.1. Recibir la solicitud de ingreso al Programa y asignación de folio por solicitud.
1.3.1.2. Informar diariamente de los folios ingresados a la Dirección General de Desarrollo Social y a la Subdirección de
Equidad Social.
1.3.1.3 Remitir las solicitudes ingresadas con una relación de los folios por fecha de recepción, en un máximo de dos días
hábiles a partir del ingreso.
1.3.2. Dirección General de Desarrollo Social:
1.3.2.1. Supervisar el desarrollo del Programa, desde la convocatoria, por medio de la Subdirección de Equidad Social.
1.3.2.2. Gestionar las publicaciones pertinentes en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el sitio web de la Delegación
Azcapotzalco, las redes sociales oficiales, los medios impresos, etc.
1.3.3. Subdirección de Equidad Social.
1.3.3.1. Supervisar la correcta aplicación de las Reglas de Operación del Programa Apoyo Económico a Adultos Mayores
de 60 a 64
1.3.3.2. Analizar la información remitida por el CESAC y convocar a las personas solicitantes seleccionadas, de acuerdo a
los criterios establecidos.
1.3.3.3. Recabar la documentación e información pertinente de las y los solicitantes.
1.3.3.4. Elaborar el padrón de beneficiarias y beneficiarios y la lista de espera de solicitantes; informar a las beneficiarias y
beneficiarios el mecanismo y calendario de ministraciones mensuales (apoyos).
1.3.3.5. Coordinar y dirigir las actividades de las personas beneficiarias del programa.
1.3.3.6. Supervisar el desarrollo del Programa.
1.3.3.7. Recibir y programar las mejoras solicitadas por la Delegación y/o los particulares.
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 61
1.3.3.8. Aplicar los indicadores correspondientes del programa e informar de los resultados a la Dirección General de Desarrollo Social. 1.3.3.9. Operar las etapas de requisitos y procedimientos de acceso, el procedimiento de instrumentación, vigilancia y control; realizar los mecanismos de evaluación en campo y la vinculación con otros programas sociales. 1.3.4. JUD de Equidad Social. 1.3.4.1. Ejecutar el programa de acuerdo a los lineamientos establecidos. 1.3.5. La Dirección General de Administración. 1.3.5.1. Dispersar los apoyos para las personas beneficiarias del programa. II. Alineación programática 2.1El presente proyecto se alinea con los siguientes Ejes Programáticos, Áreas de Oportunidad, Objetivos, Metas y Líneas de Acción del Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013 – 2018.
Eje Programático Problemáticas (Áreas de
Oportunidad)
Objetivos Metas Líneas de acción
1. Equidad e inclusión social para el desarrollo humano.
-Insuficientes oportunidades de ocupación y empleo en condiciones de equidad, así como discriminación en el ámbito laboral hacia los adultos mayores.
1. Impulsar la reincorporación de la población de 60 a 64 años de edad en la vida productiva, a través de la enseñanza a la comunidad de Azcapotzalco de los conocimientos que han adquirido a lo largo de su vida.
1. Promover la creación de empleos adecuados para los adultos mayores, considerando sus conocimientos y capacidades.
1. Ampliar las oportunidades de ocupación para la población de 60a 64 años, recibiendo un apoyo económico bimestral de $1,100.00 (un mil cien pesos 00/100 M.N.).
-La permanencia de conductas discriminatorias que llevan a la exclusión y al maltrato de personas que por su edad se vuelven vulnerables.
2. Fomentar el ejercicio pleno de los derechos humanos a través de acciones para combatir el aislamiento social de los adultos mayores, que permitan su inclusión en la actividad cotidiana y que sensibilicen a la comunidad.
2. Eliminar las prácticas discriminatorias que generan exclusión y maltrato hacia los adultos mayores.
2. Promover campañas para difundir los derechos de los adultos mayores en la Ciudad de México.
Se alinea con el Programa Especial de Igualdad de Oportunidades y no Discriminación hacia las Mujeres de la Ciudad de México 2015-2018.
EJE ÁREA DE OPORTUNIDAD
OBJETIVO META LÍNEAS DE ACCIÓN
Eje 2. Salud integral a niñas y mujeres.
Salud Promover una vida saludable a lo largo del ciclo de vida de las mujeres, a través de considerar los riesgos de salud que enfrentan, promover acciones de prevención y atención de enfermedades de mayor incidencia y fortaleciendo el
Favorecer el desarrollo de las mujeres, así como impulsar la incorporación de la perspectiva de género en los planteamientos de los servicios de salud.
Favorecer la salud física de mujeres y niñas. Promover y coadyuvar en el conocimiento y uso de los derechos sexuales y reproductivos.
62 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
acceso a sus derechos
sexuales y
reproductivos.
2.2. Así mismo, se alinea con el Programa de Desarrollo de la Delegación Azcapotzalco 2015-2018, publicado en la Gaceta
Oficial de la Ciudad de México No 70 Tomo I del 12 de mayo de 2016.
Eje Diagnóstico Objetivo General Metas Líneas de acción
Desarrollo social
incluyente y
equitativo.
b) Adultas/os
mayores: El 13.9% de
la población de la
demarcación cuenta
con 60 y más años
cumplidos, por lo que
se van a atender de
manera integral las
necesidades de las y
los adultos mayores,
con acciones que
incluyen actividades
recreativas, culturales
y de integración
social, campañas,
talleres, pláticas y
cursos en materia de
salud, programas
sociales que
coadyuvarán al
bienestar económico y
a la participación
comunitaria de este
sector.
Implementar
programas y acciones
de desarrollo social
con equidad que
promuevan la acción
colectiva para la
solución de las
necesidades de los
habitantes de
Azcapotzalco donde
la cultura, la salud, la
educación y el deporte
sean prioridad.
Combatir las prácticas
discriminatorias que
generan exclusión y
maltrato a fin de
lograr su erradicación.
Reforzar el diseño, la
legislación e
implementación de las
políticas, programas y
servicios de apoyo a
la población para
evitar la exclusión,
maltrato y/o la
discriminación hacia
las personas.
Reforzar y
desarrollar
programas sociales
de atención para las
personas excluidas,
maltratadas o
discriminadas debido
a su origen étnico,
condición jurídica,
social o económica,
migratoria, de salud,
de edad,
discapacidad, sexo,
orientación o
preferencia sexual,
Estado civil,
nacionalidad,
apariencia física,
forma de pensar o
situación de calle,
entre otras.
Asimismo, se alinea con el Programa Sectorial de Desarrollo Social con Equidad e Inclusión en los siguientes rubros:
ÁREA DE
OPORTUNIDAD
OBJETIVO META SECTORIAL LÍNEA DE ACCIÓN
Discriminación y Derechos
Humanos
1. Disminuir de manera
sustancial el 2.2% de la
población que se encuentra
en pobreza extrema en la
Ciudad de México.
1. Aplicar estrategias para
disminuir de manera
sustancial el 2.2% de la
población que se encuentra
en pobreza extrema,
aplicando programas
integrales que atiendan a
todos los grupos de edad
con la corresponsabilidad de
la sociedad civil organizada.
- Determinar los lugares
específicos para aplicar los
programas de combate a la
pobreza de manera
conjunta por tiempo
determinado. –Diseñar e
implementar programas
integrales contundentes en
contra de la pobreza en las
colonias de más alto índice
de marginalidad.
- Establecer indicadores
para evaluar la eficacia,
pertinencia e impacto de
los programas de combate
a la pobreza, en el corto y
mediano plazo.
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 63
Se alinea con el Programa de Derechos Humanos de la Ciudad de México, en su capítulo 15. Derecho al trabajo y derechos
humanos, en los siguientes rubros:
EJE ÁREA DE
OPORTUNIDAD
OBJETIVO META LÍNEAS DE ACCIÓN
Eje 1. Equidad
e inclusión
social para el
desarrollo
humano
7. Empleo con
equidad
Ampliar el acceso de la población
del Distrito Federal a trabajos
dignos, con protección social,
pleno respeto a los derechos
laborales y sin discriminación por
su origen étnico, condición
jurídica, social o económica,
migratoria, de salud, de edad,
discapacidad, sexo, embarazo,
orientación o preferencia sexual,
estado civil, nacionalidad,
apariencia física, forma de pensar
o situación de calle, entre otras.
busca crear e incentivar
políticas de desarrollo
para la Ciudad de
México que tengan
sostenibilidad
económica, es decir que
promuevan proyectos
de largo aliento capaces
de generar rentabilidad
económica y
distribuirla de forma
que la ciudadanía en su
conjunto experimente
beneficios en su calidad
de vida
III. Diagnóstico.
III.I. Antecedentes.
3.1. Inicio del programa y características. Este programa inicia en marzo de 2016, otorgando 300 apoyos bimestrales a
adultos mayores de 60 a 64 años, por la cantidad de $1,650,000.00 (un millón seiscientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.);
el presente busca combatir la exclusión de la vida productiva de las personas Adultas Mayores de entre 60 a 64 años seis
meses de edad que, vivan en la Delegación Azcapotzalco y recibiendo un apoyo económico de $1,100.00 (un mil cien pesos
00/100 M.N.) bimestrales. La población beneficiaria será de hasta 772 personas adultas mayores, pertenecientes a las
diferentes colonias, barrios y pueblos de la demarcación.
3.2 Modificaciones relevantes para el diseño y operación del programa social.
Las modificaciones relevantes del programa: se dio inicio en el 2016 con 300 beneficiarias y beneficiarios, en el 2017 se
otorgaron hasta 752 beneficiarias y beneficiarios, para el 2018 se espera una meta de 772 beneficiarias y beneficiarios.
III.2. Problema Social Atendido por el Programa Social.
3.3 Problema social que se atiende. Según el censo del 2010 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en la Ciudad
de México existen alrededor de 315,793 personas adultas mayores de entre 60 y 64 años de edad. El acceso al trabajo digno
y a oportunidades de ocupación para el desarrollo de una vida plena es un derecho del que toda persona adulta mayor
debiera gozar. Sin embargo, factores sociales, culturales y económicos, así como la insuficiencia de políticas públicas sobre
el tema, han dificultado que la población adulta mayor se inserte en la vida productiva de acuerdo a las capacidades,
vivencias y conocimientos adquiridos a lo largo de su vida.
La edad mediana en la demarcación es de 33 años; para las mujeres es de 35 años y para los hombres de 31 años de edad,
edades que se encuentran por arriba del promedio nacional y del DF.
Un aspecto importante que requiere atención rápida y de manera enfática es el proceso de envejecimiento. Azcapotzalco es
una de las demarcaciones con un índice de envejecimiento alto (69.41 personas de 60 años y más por cada 100 habitantes).
Respecto a este indicador, la Delegación ocupa el quinto lugar entre las delegaciones más envejecidas. Esto es de
importancia, debido a que cada vez más adultos mayores se encuentran en situaciones desempleo y van en aumento, lo que
da justificación al programa que pretende abonar que adultos mayores tengan alguna posibilidad económica y mejora su
calidad de vida.
3.4. Causas centrales del problema social. No proveer a las personas adultas mayores de oportunidades de ocupación
provoca su aislamiento social y su alejamiento del círculo familiar, ya que muchas de ellas se consideran a sí mismas como
cargas para sus allegados, merma su salud física y mental, deteriorando especialmente su autoestima, y aumenta su
vulnerabilidad haciéndolas objeto de diversos tipos de maltrato. La falta de motivación, en este caso por falta de fuentes de
empleo, genera problemáticas físicas, emocionales, etc., en las personas adultas mayores; muchas personas adultas mayores
que no cuentan con fuentes de empleo ni de esparcimiento se desgastan más rápido, adquieren enfermedades que tienen que
ver con procesos emocionales, perjudicando su calidad de vida.
64 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
3.5 Efectos centrales del problema social.
El desempleo y la desocupación en las personas adultas mayores tienen severas consecuencias en su bienestar y calidad de
vida, entendiéndose con dicho término y según la Organización Mundial de la Salud como “la satisfacción que
experimentan los individuos como resultado de su participación en las actividades que realizan en el medio familiar, en el
centro de trabajo y en el ámbito comunal y nacional, en relación con las cuales se ejercitan sus capacidades humanas y
desarrollan su personalidad”.
El no atacar el problema de falta de fuentes de empleo en personas adultas mayores es discriminación, y genera una suerte
de segmentación social en donde las personas con condiciones socioeconómicas desfavorables parecieran estar condenadas
a vivir en entornos territoriales inseguros e insalubres, carentes de servicios o con servicios deficientes, mientras que las
personas de niveles socioeconómicos altos generan sus propios entornos y pagan sus propios servicios; una dinámica que
limita la interacción e impide la convivencia y conocimiento mutuo, lo que profundiza prejuicios y estereotipos que impiden
la visibilización y aceptación de lo diverso como una posibilidad de enriquecimiento, de aprendizaje mutuo y de
reconocimiento recíproco de la dignidad de todas y todos.
3.6. Derechos vulnerados.
Según el censo del 2010 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en el Distrito Federal existen alrededor de
315,793 adultos mayores de entre 60 y 64 años de edad. El acceso al trabajo digno y a oportunidades de ocupación para el
desarrollo de una vida plena es un derecho del que toda persona adulta mayor debiera gozar. Sin embargo, factores sociales,
culturales y económicos, así como la insuficiencia de políticas públicas sobre el tema, han dificultado que la población
adulta mayor se inserte en la vida productiva de acuerdo a las capacidades, vivencias y conocimientos adquiridos a lo largo
de su vida, por lo que sus derechos a un nivel de vida adecuado se ven afectados. Ante esto, el programa social busca que
con el apoyo económico que se les otorga a las personas adultas mayores, puedan acercarse un nivel de vida adecuado, al
tener recursos económicos para acceder a la cultura, la salud, etc.
Se consideran estos derechos como el acceso al trabajo, ya que es un derecho que repercute de manera exponencial en una
continuidad de derechos que son vulnerados al no contar con fuentes de empleo las personas adultas mayores, la falta de
ingresos económicos, muchas veces les impide tener acceso a salud, alimentación, cultura, etc.
3.7. Pertinencia.
El Programa social Pensión Alimentaría para Adultos Mayores de 68 años que Residen en la CDMX, impulsado por la
SEDESO busca de manera similar que los adultos mayores tengan acceso a un nivel de vida adecuado, pero por medio de la
alimentación, lo que indica que este sector de la población se encuentra en vulnerabilidad y son necesarios estos tipos de
programas. Este programa se empara con el de Apoyo económico a adultos mayores de 60-64, ya que ambos buscan
mejorar la calidad de vida de las personas adultas mayores al otorgarles apoyos que les permiten mejorar sus condiciones,
por un lado en cuestiones de alimentación, por el otro en acceso a recurso económico.
3.8 Línea de base. La Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores en el Distrito Federal (Publicada en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 7 de marzo del 2000, última reforma publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 18
de diciembre de 2014) establece que los adultos mayores tienen derecho, entre otros, a expresar su opinión libremente,
conocer sus derechos y a participar en el ámbito familiar y comunitario, a participar en la vida cultural, deportiva y
recreativa de su comunidad y a gozar, en igualdad de oportunidades, de acceso al trabajo o de otras posibilidades de obtener
un ingreso propio. Según la el censo del 2010 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en el Distrito Federal
existen alrededor de 315,793 adultos mayores de entre 60 y 64 años de edad. El acceso al trabajo digno y a oportunidades de
ocupación para el desarrollo de una vida plena es un derecho del que toda persona adulta mayor debiera gozar. Sin embargo,
factores sociales, culturales y económicos, así como la insuficiencia de políticas públicas sobre el tema, han dificultado que
la población adulta mayor se inserte en la vida productiva de acuerdo a las capacidades, vivencias y conocimientos
adquiridos a lo largo de su vida.
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 65
Pirámide de población por edad en Azcapotzalco.
III.3. Definición de la Población Objetivo del Programa Social.
3.9. Población Potencial: Corresponde a 68,096 personas adultas mayores de 60 años y más, que habitan en las 111
Unidades Territoriales de la demarcación.
3.10. Población Objetivo: Está compuesta por aproximadamente 20,008 personas adultas mayores de 60 a 64 años con seis
meses de edad (Encuesta Ínter censal 2015, INEGI) que habitan en la demarcación y que soliciten su inclusión al programa.
3.11. Población Beneficiaria: Estará comprendida por 1041 personas adultas mayores de 60 a 64 años con seis meses de
edad, de escasos recursos y que vivan en las colonias, pueblos y barrios con muy alto, alto y medio índice de desarrollo
social, que soliciten ser beneficiarios y que cumpla con todos los requisitos de acceso.
3.12 Focalización territorial: En referencia al artículo 11 “Ciudad Incluyente” de la Constitución Política de la Ciudad de
México se establecen los grupos de atención prioritaria, indicando que: La Ciudad de México garantizará la atención
prioritaria para el pleno ejercicio de los derechos de las personas que debido a la desigualdad estructural enfrentan
discriminación, exclusión, maltrato, abuso, violencia y mayores obstáculos para el pleno ejercicio de sus derechos y
libertades fundamentales. Reconoce como grupos de atención prioritaria, al menos y de manera enunciativa a: las mujeres,
las niñas, niños y adolescentes, las personas jóvenes, personas mayores, personas con discapacidad, personas LGBTTTI,
personas migrantes y sujetas de protección internacional, víctimas de violaciones a los derechos humanos o de la comisión
de delitos, personas en situación de calle, personas privadas de su libertad, personas que residen en instituciones de
asistencia social, personas afrodescendientes y personas de identidad indígena.
IV. Objetivos y Alcances.
IV.I. Objetivo General:
4.1. Bienes y/o servicios. Este es un Programa de Transferencia Monetaria.
4.2. La población a la que va dirigido el programa: estará comprendida por 772 personas adultas mayores de 60 a 64 años
con seis meses de edad, que recibirán un apoyo bimestral de $1,100.00(un mil cien pesos 00/100 M.N), estas personas serán
de escasos recursos y con alto grado de vulnerabilidad o en situación de excepción, que vivan en las colonias, pueblos y
barrios del territorio Delegacional, que soliciten ser beneficiarias y beneficiarios y que cumpla con todos los requisitos de
acceso.
4.3. Objetivo. Este programa busca atender a personas adultas mayores de 60 a 64 años, que por no estar económicamente
activas, pueden sentirse aisladas y poco útiles, debido a que su edad no les permite competir en el ámbito laboral con la
población más joven, causándoles esto problemas emocionales, físico.
IV.2. Objetivos Específicos.
4.4. Acciones:
a) Coadyuvar con la economía de las y los adultos mayores de la Delegación Azcapotzalco.
b) Garantizar a las y los adultos mayores el derecho a una vida digna.
66 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
c) Combatir permanentemente la discriminación, la exclusión y el maltrato hacia las personas adultas mayores.
d) Impulsar la reincorporación de las personas de 60 a 64 años seis meses de edad en la vida productiva de la Delegación
Azcapotzalco, proporcionándoles a setecientos setenta y dos adultos mayores de ambos sexos, que habiten en la
demarcación en colonias, pueblos y barrios con muy alto, alto y medio índice de desarrollo social, un apoyo económico
bimestral de $1,100.00 (un mil cien pesos 00/100 M.N.) con la finalidad de que cuenten con un apoyo que les ayude a
mejorar su calidad de vida y se les reconozca su condición de personas adultas mayores.
4.5. Estrategias y mecanismos previstos para fomentar la equidad social y la igualdad.
Este programa busca incluir a las personas adultas mayores a generar un proceso de reintegración social, mediante un
apoyo económico, para mejorar la calidad de vida de estos, mejorando sus condiciones de riesgo como la falta de empleo,
alimentación, esparcimiento, etc., por medio del apoyo mensual que reciben pueden generarse mejores condiciones. No se
hará distinción alguna por la condición social, económica, de género, etc., al ingresar al programa.
La manera en que este programa social busca contribuir a la resolución del problema identificado. El desempleo y la
desocupación en las personas adultas mayores tienen severas consecuencias en su bienestar y calidad de vida, entendiéndose
con dicho término y según la Organización Mundial de la Salud como “la satisfacción que experimentan los individuos
como resultado de su participación en las actividades que realizan en el medio familiar, en el centro de trabajo y en el
ámbito comunal y nacional, en relación con las cuales se ejercitan sus capacidades humanas y desarrollan su personalidad".
No proveer a las personas adultas mayores de oportunidades de ocupación puede provocar su aislamiento social y
alejamiento del círculo familiar, ya que muchas de ellas se consideran a sí mismas como cargas para sus allegados,
mermando su salud física y mental, deteriorando especialmente su autoestima, y aumenta su vulnerabilidad haciéndolas
objeto de diversos tipos de maltrato; es por ello que con este apoyo económico se prende abonar en la construcción de una
vida útil para las personas adultas mayores.
Ante esto, el programa social busca que con el apoyo económico que se les otorga a las personas adultas mayores, puedan
acercarse un nivel de vida adecuado, al tener recursos económicos para acceder a la cultura, la salud, etc.
IV.3. Alcances
4.6. Derechos sociales que buscan garantizarse. La Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores en el Distrito
Federal (Publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 7 de marzo del 2000, última reforma publicada en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 18 de diciembre de 2014) establece que las personas adultas mayores tienen derecho, entre
otros, a expresar su opinión libremente, conocer sus derechos y a participar en el ámbito familiar y comunitario, a participar
en la vida cultural, deportiva y recreativa de su comunidad y a gozar, en igualdad de oportunidades, de acceso al trabajo o
de otras posibilidades de obtener un ingreso propio.
A través del programa “APOYO ECONÓMICO A ADULTOS MAYORES 60 – 64” se busca combatir la exclusión de la
vida productiva de las personas adultas mayores de entre 60 a 64 años seis meses de edad que vivan en la Delegación
Azcapotzalco y recibiendo un apoyo económico de $1,100.00 (un mil cien pesos 00/100 M.N.) bimestrales, en cuatro
entregas bimestrales. La población beneficiaria será de hasta 772 personas adultas mayores, que habiten en colonias barrios
y pueblos de la demarcación.
4.7. Trascendencia y repercusión del programa. Este programa social busca que las y los adultos mayores puedan tener otras
posibilidades de obtener un ingreso propio, mejorando su calidad de vida, al otorgarles un apoyo a sus ingresos, que pueden
utilizar para moverse, disfrutar la ciudad, acceder a otros espacios; también el programa abona a mejorar la calidad de vida
de las y los adultos mayores al sentirse parte de una demarcación y que su trabajo y trayectoria tienen importancia para la
sociedad, por lo que se les retribuye de alguna manera con este tipo de programas.
V. Metas Físicas.
5.1. Meta de cobertura. Se beneficiará hasta 772 adultos mayores de entre 60 a 64 años seis meses de edad, de ambos sexos,
que habiten en la Delegación Azcapotzalco, que se encuentren en condiciones de vulnerabilidad.
5.2. Estrategias de universalidad. El programa no podrá cumplir el principio de universalidad, mandatado en el artículo 27
de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal y artículo 47 de su Reglamento, debido a que no cuenta con el
presupuesto suficiente para dicho fin, por lo que se dará preferencia a las personas adultas mayores que se encuentren en
colonias, pueblos y barrios con muy alto, alto y medio índice de desarrollo social.
5.3. Metas físicas. Para el año 2018 se harán cuatro entregas bimestrales de un apoyo económico de $1,100.00 (un mil cien
pesos 00/100 M.N.) a hasta 772 personas mayores de entre 60 a 64 años seis meses de edad, de ambos sexos, que habiten en
la Delegación Azcapotzalco, que se encuentren en colonias, pueblos y barrios con muy alto, alto y medio índice de
desarrollo social. El total por beneficiario es de $4,400.00 (cuatro mil cuatrocientos pesos 00/100 M.N.).
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 67
5.4. Resultados esperados. Para el año 2018 se harán cuatro entregas bimestrales de un apoyo económico de $1,100.00 (un
mil cien pesos 00/100 M.N.) a hasta 772 personas mayores de entre 60 a 64 años seis meses de edad, de ambos sexos, que
habiten en la Delegación Azcapotzalco, que se encuentren en condiciones de vulnerabilidad. El total por beneficiario es de
$4,400.00 (cuatro mil cuatrocientos pesos 00/100 M.N.).
V.I. Programación Presupuestal
6.1. Y 6.2. Considerando el principio de orientación del presupuesto con responsabilidad social, que permita a la
administración pública asegurar la aplicación del mismo de forma eficiente, eficaz, honrada y con transparencia.
Total de beneficiarios Monto unitario bimestral Frecuencia de Ministración Presupuesto Total Anual
772
$1,100.00 (un mil cien pesos
00/100 M.N) por
beneficiario
Cuatro exhibiciones
bimestrales Marzo-Abril,
Mayo-Junio y Julio-Agosto
y Septiembre-Octubre.
$3,396,800.00 (tres
millones trescientos
noventa y seis mil
ochocientos pesos 00/100
M.N.)
1er Bimestre
Marzo-Abril.
2° Bimestre Mayo-
Junio.
3er Bimestre
Julio- Agosto.
4to Bimestre
Septiembre-
Octubre.
TOTAL
$849,200.00 $849,200.00 $849,200.00 $849,200.00 $3,396,800.00
Calendario de apoyo por bimestre, El apoyo se entregará a las y los beneficiarios, mediante pago en efectivo o por medio de
una transferencia electrónica.
Monto bimestral por
beneficiario $1,100.00
Total por beneficiario
$4,400.00
VII. Requisitos y Procedimientos de Acceso
VII.1. Difusión
7.1. Formas de dar a conocer el programa social. La Delegación Azcapotzalco dará a conocer el programa social y sus
probables cambios a través de los siguientes medios:
- Publicación de las Reglas de Operación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
- Redes Sociales oficiales (FB: /Azcapotzalco MX).
- Periódico impreso oficial (Hormiguero Informativo).
- Sitio web oficial de la Delegación Azcapotzalco (www.azcapotzalco.cdmx.gob.mx/).
7.2. Se realiza la difusión del programa y los requisitos para su ingreso, se realizará en carteles en lugares de mucha
afluencia, así como el periódico mensual de la Delegación (Hormiguero).
7.3. Solicitar información. Para solicitar información de este programa pueden llamar a la J.U.D. de Equidad Social al
5354-9994 ext. 1161 y 1162 en un horario de 9:00 a 15 horas.
VII.2. Requisitos de Acceso.
7.4. Requisitos.
- Tener de 60 a 64 años seis meses de edad al momento de solicitar la incorporación al programa.
- No pertenecer a otro Programa Social de la Delegación Azcapotzalco.
- No recibir pensión u otro apoyo económico por este concepto
- No ser familiar directo de personal de estructura de la delegación.
- Ser residente de la Delegación Azcapotzalco.
7.5. Documentación y tiempos.
La solicitud de acceso se hará a petición de las personas beneficiadas por escrito, donde se registre el nombre completo de la
solicitante, el domicilio, un número telefónico local de contacto y/o un correo electrónico personal y programa en el que
desea participar, anexando copia de comprobante de domicilio vigente (agua. boleta predial, teléfono, recibo de gas natural
o luz). El escrito deberá ser dirigido al Jefe Delegacional en Azcapotzalco, e ingresado a través de la Coordinación del
Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC), ubicado en la planta baja del edificio Delegacional, con domicilio en
Castilla Oriente s/n, Colonia Azcapotzalco Centro, de lunes a viernes en un horario de 9:00 a 14:00 hrs. y de 15:00 a 19:00
horas.
Deberá presentar los siguientes documentos:
68 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
- Presentar comprobante de edad al momento de solicitar la incorporación al programa: copia de la Clave Única de Registro
de Población (CURP).
- Presentar copia del comprobante de domicilio con un máximo de tres meses de antigüedad (agua. boleta predial, teléfono,
recibo de gas natural o luz).
- Copia de identificación oficial vigente (INE ó IFE, INAPAM, Licencia de conducir o Cedula profesional)
Un(a) promotor(a) social de la Subdirección de Equidad Social asistirá al domicilio de las personas adultas mayores o
podrán ser convocadas vía telefónica a las oficinas de la Subdirección de Equidad Social, únicamente para realizar un
estudio socioeconómico y posteriormente se le notificará si fueron aceptadas, aceptados o no en el programa.
Los datos personales de las personas solicitantes y beneficiarias y la información adicional generada y administrada, se
regirá por lo establecido en las Leyes de Transparencia, Acceso a la Información Pública, de Protección de Datos Personales
y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.
De acuerdo con el artículo 38 de la Ley de Desarrollo Social para la Ciudad de México y el artículo 60 de su Reglamento,
todo material de difusión, convenios, cartas compromiso y otros instrumentos que se suscriban o formalicen con ellos,
llevarán impresa la siguiente leyenda:
“Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen
de los impuestos que pagan todas y todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos,
electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en la
Ciudad de México, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”
7.6. En caso de que se presente una situación de contingencia, desastre o emergencia en la Ciudad de México, los
requerimientos y documentación a presentar para la inclusión de las personas en el programa social, puede variar, en cuyo
caso, se emitirán lineamientos específicos.
VII.3. Procedimientos de Acceso
7.7. Forma de acceder al programa social. Las Reglas de Operación del presente programa se podrán consultar en la página
electrónica de la Delegación (www.azcapotzalco.cdmx.gob.mx/), dichas reglas estarán al alcance de la población y se
podrán consultar por medios electrónicos o en las oficinas de la delegación.
Una vez que sea autorizado el programa, las interesadas deberán solicitar por propia cuenta su inclusión al mismo en las
oficinas de la Coordinación del Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC), ubicado en la planta baja del edificio
Delegacional, con domicilio en Castilla Oriente s/n, Colonia Azcapotzalco Centro, de lunes a viernes en un horario de 9:00
a 14:00 hrs. y de 15:00 a18:00 hrs.
7.8. El mecanismo de registro de las y los solicitantes será el siguiente:
Presentar en la Coordinación del Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC), la solicitud de ingreso mencionada
en el apartado 7.4 de las presentes Reglas. El CESAC remitirá las solicitudes a la Dirección General de Desarrollo Social,
quien las turnará a la Subdirección de Equidad Social, quien determinará la elegibilidad de los solicitantes.
7.9. Los requisitos, forma de acceso y criterios de selección establecidos por el programa social son públicos. Estos
documentos, además de estar publicados en la gaceta oficial vigente, estarán pegados a la vista en las oficinas de la
Subdirección de Equidad Social.
7.10. Criterios y procedimientos de acceso para poblaciones vulneradas. Este programa es Universal, por lo que no se
tomará en cuenta ninguna forma de discriminación ni revictimización, de cualquiera que fueran las condiciones de las
personas que solicitan acceso al programa. En caso de recibir petición de acceso de población vulnerada se le dará prioridad
y se le dará acompañamiento en todo el proceso por parte de la subdirección de Equidad Social.
7.11. Mecanismos, procedimientos, lugares, horarios de atención, y periodos de registro de las personas solicitantes;
señalando las unidades administrativas responsables. La solicitud de acceso se hará a petición de las personas beneficiadas
por escrito, donde se registre el nombre completo de la solicitante, el domicilio, un número telefónico local de contacto y/o
un correo electrónico personal y programa en el que desea participar, anexando copia de comprobante de domicilio vigente
(agua. luz, boleta predial, teléfono, recibo de gas natural o CFE). El escrito deberá ser dirigido al Jefe Delegacional en
Azcapotzalco, e ingresado a través de la Coordinación del Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC), ubicado en
la planta baja del edificio Delegacional, con domicilio en Castilla Oriente s/n, Colonia Azcapotzalco Centro, de lunes a
viernes en un horario de 9:00 a 14:00 hrs. y de 15:00 a 19:00 horas.
7.12. En el artículo 11 “Ciudad Incluyente” de la Constitución Política de la Ciudad de México se establecen los grupos de
atención prioritaria, indicando que: La Ciudad de México garantizará la atención prioritaria para el pleno ejercicio de los
derechos de las personas que debido a la desigualdad estructural enfrentan discriminación, exclusión, maltrato, abuso,
violencia y mayores obstáculos para el pleno ejercicio de sus derechos y libertades fundamentales. Reconoce como grupos
de atención prioritaria, al menos y de manera enunciativa a: las mujeres, las niñas, niños y adolescentes, las personas
jóvenes, personas mayores, personas con discapacidad, personas LGBTTTI, personas migrantes y sujetas de protección
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 69
internacional, víctimas de violaciones a los derechos humanos o de la comisión de delitos, personas en situación de calle,
personas privadas de su libertad, personas que residen en instituciones de asistencia social, personas afrodescendientes y
personas de identidad indígena.
Para saber el estado que guarda su trámite podrá hablar a la JUD de Equidad Social y preguntar por el avance de su solicitud
a los teléfonos 5354 9994 ext.1161 y 1162.
7.13. La Entidad responsable entregará a las personas solicitantes un comprobante de haber completado su registro al
programa social
7.14. En el caso de que se presente una situación de contingencia, desastre o emergencia en la Ciudad de México, los
procedimientos de acceso al programa social, pueden variar, en cuyo caso, se emitirán lineamientos específicos.
7.15. Una vez que las personas solicitantes son incorporadas al programa social, formarán parte de un Padrón de Personas
Beneficiarias, que conforme a la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal será de carácter público, siendo
reservados sus datos personales, de acuerdo con la normatividad vigente; los cuales en ningún caso podrán emplearse para
propósitos de proselitismo político, religioso o comercial, ni para ningún otro fin distinto al establecido en las Reglas de
Operación del programa social.
7.16. En ningún caso las y los servidores públicos podrán solicitar o proceder de manera diferente a lo establecido en las
Reglas de Operación.
VII.4. Requisitos de Permanencia, Causales de Baja o Suspensión Temporal
7.17. Requisitos de permanencia. Para permanecer como beneficiarias y beneficiarios del programa, deberá acudir a la JUD
de Equidad Social cada que se les solicite vía correo electrónico, vía telefónica o mediante oficio para tramitar su
supervivencia.
Causas de baja: falsear información, el fallecimiento del beneficiario o beneficiaria o que alguna o alguno de estos cambie
de domicilio a otra delegación de la CDMX u otro lugar de residencia.
No hay suspensión temporal.
7.18. Documentación, forma y tiempos de permanencia, baja o suspensión temporal.
La solicitud de acceso se hará a petición de las personas beneficiadas por escrito, donde se registre el nombre completo de la
solicitante, el domicilio, un número telefónico local de contacto y/o un correo electrónico personal y programa en el que
desea participar, anexando copia de comprobante de domicilio vigente (agua. luz, boleta predial, teléfono, recibo de gas
natural o CFE). El escrito deberá ser dirigido al Jefe Delegacional en Azcapotzalco, e ingresado a través de la Coordinación
del Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC), ubicado en la planta baja del edificio Delegacional, con domicilio
en Castilla Oriente s/n, Colonia Azcapotzalco Centro, de lunes a viernes en un horario de 9:00 a 14:00 hrs. y de 15:00 a
19:00hrs.
a) El solicitante deberá proporcionar en el CESAC un número telefónico donde se le pueda contactar.
b) Al momento de solicitar el ingreso al programa en el CESAC, la persona adulta mayor deberá presentar copia del
comprobante de edad (CURP), copia del comprobante de domicilio (agua. luz, boleta predial, teléfono, recibo de gas
natural o CFE) y copia de su identificación oficial vigente.
c) Una vez ingresada la solicitud en el CESAC, se entregará a la persona adulta mayor un acuse sellado con número de
folio.
d) Un Promotor o promotora Social acudirá a su domicilio o se comunicará vía telefónica para la entrevista, en caso de
cubrir los requisitos.
e) Después de que la o el solicitante haya sido entrevistada o entrevistado por la o el Promotor Social, se le notificará en su
domicilio o por vía telefónica si fue aceptada, aceptado o no al programa. El listado de las personas aceptadas se dará a
conocer también en el sitio web oficial de la Delegación, www.azcapotzalco.cdmx.gob.mx Dicho Padrón de Beneficiarios
será de carácter público, de acuerdo a la Ley de Desarrollo Social para la Ciudad de México.
f) El trámite será gratuito y deberá realizarse de manera individual y directa.
g) Los datos personales recabados en el procedimiento de acceso serán reservados de acuerdo a la Ley de Protección de
Datos Personales de la Ciudad de México.
h) En caso de que las solicitudes superen el presupuesto asignado, se dará prioridad para su inscripción al programa
conforme al orden de prelación.
i) Para información sobre el programa, las y los interesados se pueden comunicar a la Jefatura de Unidad Departamental de
Equidad Social a los teléfonos 53-54-99-94 Ext. 1161 y1162.
j) En ningún caso, las personas involucradas en este programa podrán proceder de manera diferente a lo establecido en estas
Reglas de Operación.
En caso de presentar inconformidad con la causal de baja, deberá presentarse a la JUD de Equidad Social para conocer su
estatus.
70 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
VIII. Procedimientos de Instrumentación VIII. I. Operación 8.1. Actividades, acciones y gestiones. a) Una vez conformado el Padrón de Beneficiarios por la Jefatura de Unidad Departamental de Equidad Social, se enviará para su autorización a la Subdirección de Equidad Social y a la Dirección General de Desarrollo Social. b) Autorizado lo anterior, se hará la difusión de las y los beneficiarios. c) El apoyo económico bimestral se realizará mediante pago en efectivo, en ventanilla o transferencia electrónica, hecha por la Delegación Azcapotzalco. d) La Subdirección de Equidad Social supervisará constantemente la operación del presente programa. e) Los datos personales de las personas adultas mayores beneficiarias del programa “APOYO ECONÓMICO A ADULTOS MAYORES 60 - 64”, y la información adicional generada y administrada, se regirán por lo establecido en las Leyes de Transparencia, Acceso a la Información Pública, de Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. f) Todos los trámites de ingreso al programa y los formatos utilizados en el proceso son gratuitos. 8.2. Unidades administrativas responsables. 1. Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC): a) Recibir la solicitud de ingreso al Programa de acuerdo al apartado VII.2 numeral 7.5 y asignación de folio por solicitud. b) Informar diariamente de los folios ingresados a la Dirección General de Desarrollo Social y a la Subdirección de Equidad Social. c) Remitir las solicitudes ingresadas con una relación de los folios por fecha de recepción, en un máximo de dos días hábiles a partir del ingreso a la J.U.D. de Equidad Social. 2. J.U.D. de Equidad Social: a) Analizar la información remitida por el CESAC y convocar a las solicitantes seleccionadas. b) Recabar la documentación e información pertinente de las solicitantes, de acuerdo a lo establecido en el apartado VII.2. de este documento. c) Elaborar el padrón de beneficiarias y la lista de espera de solicitantes e informar a la Dirección General de Desarrollo Social. d) Autorizado lo anterior, se hará la difusión de las y los beneficiarios. 3. Subdirección de Equidad Social: a) Supervisar el desarrollo del Programa. b) Informar de manera bimestral a la Dirección General de Desarrollo Social, de los avances del Programa, así como de los resultados de los indicadores. 4. Dirección General de Desarrollo Social: a) Supervisar el desarrollo del Programa, desde la convocatoria, por medio de la Subdirección de Equidad Social. b) Gestionar las publicaciones pertinentes en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el sitio web de la Delegación Azcapotzalco, las redes sociales oficiales, etc. 8.3. Los datos personales de las personas beneficiarias o derechohabientes del programa social, y la información adicional generada y administrada, se regirá por lo establecido en la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y la Ley de Protección de Datos Personales del Distrito Federal. 8.4. De acuerdo con el artículo 38 de la Ley de Desarrollo Social para la Ciudad de México, y artículo 60 de su Reglamento, todo material de difusión, convenios, cartas compromiso y otros instrumentos que se suscriban o formalicen con ellos, deben llevar impresa la siguiente leyenda: “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todas y todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en la Ciudad de México, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”. 8.5. Los formatos y los trámites a realizar para el ingreso al programa son gratuitos. 8.6. Se invitará a las personas participantes o beneficiarias del programa social a diversas actividades de formación e información como: pláticas, talleres, cursos, encuentros, o foros sobre los diversos tipos y modalidades de violencia de género, así como la capacitación en materia de derechos de las mujeres, y se proporcionarán materiales de difusión, relacionados con estos temas y la información respecto a los lugares e instituciones a los cuales pueden tener acceso, para mayor información y atención, en caso necesario (art. 38 Bis, Ley de Desarrollo Social de la Ciudad de México). 8.7. Durante los procesos electorales, en particular en las campañas electorales no se suspenderá el programa social, sin embargo, atendiendo a los principios de imparcialidad, equidad y neutralidad que deben observarse en los procesos electorales, los beneficios del programa social no serán entregados en eventos masivos o modalidades que afecten el principio de equidad en la contienda electoral. 8.8. La ejecución del programa social, se ajustará al objeto y reglas de operación establecidas, evitando su utilización con fines electorales distintos al desarrollo social, en el marco de los procesos electorales, para evitar en todo momento, su vinculación con algún partido político, coalición o candidatura particular.
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 71
VIII.2. Supervisión y Control
8.9. Para supervisar y controlar adecuadamente el funcionamiento del presente programa, se utilizarán las siguientes
herramientas:
a) se realizará una encuesta trimestral a las y los beneficiarios por la Jefatura de Unidad Departamental de Equidad Social,
para conocer si las personas adultas mayores se sienten satisfechas con el programa y cómo ha mejorado su vida.
b) Con la información obtenida de lo anterior, la Jefatura de Unidad Departamental de Equidad Social hará un análisis que
será enviada a la Subdirección de Equidad Social y a la Dirección General de Desarrollo Social.
8.10. La unidad administrativa responsable de realizar la supervisión y control es la J.U.D. de Equidad Social.
IX. Procedimiento de Queja o Inconformidad Ciudadana
9.1.La ciudadanía podrá interponer una queja directamente a la Coordinación del Centro de Servicios de Atención
Ciudadana (CESAC), ubicado en la planta baja del edificio Delegacional, de lunes a viernes en un horario de 9:00 a 14:00
hrs. y de 15:00 a 19:00 hrs., con domicilio en Castilla Oriente s/n, Colonia Azcapotzalco, Centro, (53549994 Ext. 1134 y
1135) o directamente en la Subdirección de Equidad Social, sita en PB del Edificio Delegacional, Col. Azcapotzalco centro,
mediante escrito libre o llamando a los tels. 5354-99-94 Ext. 1161 y1162.
Los requisitos mínimos que debe contener el escrito de queja son:
- Nombre, domicilio, número(s) telefónico(s), y en su caso, correo electrónico de las y los solicitantes que presenta la queja.
- Motivo de la queja.
- Descripción precisa del hecho que motivo la queja.
La respuesta a la queja presentada se dará en un plazo máximo de 30 días hábiles a partir de la fecha de recepción, por
escrito o por correo electrónico.
9.2.En el caso de existir quejas, inconformidades y denuncias por incumplimiento de la garantía de acceso a los programas,
sobre el trato, acto, hecho u omisión de las o los servidores públicos responsables del programa, las y los ciudadanos podrán
presentarlas personalmente por escrito al Jefe Delegacional, a través del CESAC.
Así mismo, en caso de no ser resuelta su queja o inconformidad se podrá acudir a la Procuraduría Social de la Ciudad de
México o bien podrán hablar al Servicio Público de Localización Telefónica (LOCATEL), quien deberá turnarla a la
Procuraduría Social de la Ciudad de México y a la Contraloría General.
En un plazo no mayor a 30 días hábiles, la Subdirección de Equidad Social deberá emitir respuesta a la queja presentada, si
cumple con los requisitos establecidos.
9.3. En caso de que la dependencia o entidad responsable del programa social no resuelva la queja, las personas
beneficiarias o derechohabientes podrán presentar quejas por considerarse indebidamente excluidos de los programas
sociales o por incumplimiento de la garantía de acceso a los programas ante la Procuraduría Social de la Ciudad de México
o bien registrar su queja a través del Servicio Público de Localización Telefónica, LOCATEL, quien deberá turnarla a la
Procuraduría Social para su debida investigación y en su caso a la instancia correspondiente. De la misma forma a la
Contraloría General de la Ciudad de México.
9.4. Se prohíbe cualquier acto o conducta discriminatoria por acción u omisión por parte de las personas servidoras públicas
en la implementación, seguimiento o evaluación del programa social. La violación a esta disposición será sancionada
conforme al marco jurídico vigente en la Ciudad y las personas beneficiarias podrán acudir al Consejo Para Prevenir para
Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México, COPRED, para su investigación.
9.5. El mecanismo para brindar a la ciudadanía información para denunciar cualquier delito electoral es la línea telefónica
INETEL (01800 433 2000).
X. Mecanismos de Exigibilidad
10.1. En la Dirección General de Desarrollo Social se garantizará la difusión y distribución de las presentes reglas de
operación, así como el padrón de beneficiarias y beneficiarios, de la población de la Delegación Azcapotzalco, mismas que
estará disponibles para su consulta en el CESAC de la Delegación, sita planta baja del edificio Delegacional, a partir de la
fecha de publicación de las mismas.
10.2. En caso de existir alguna demanda de exigibilidad por el incumplimiento de un derecho social garantizado a través de
este programa, la ciudadana deberá presentarse en la Subdirección de Equidad Social con domicilio en PB del Edificio
Delegacional, Col. Azcapotzalco centro, en un horario de 9:00 a 15:00 hrs., la cual investigará, atenderá, analizará y
determinará las acciones a implementar y/o aclarar la queja o inconformidad en un plazo no mayor a 30 días hábiles.
10.3. Para hacer exigible el derecho por incumplimiento del programa social, será bajo los siguientes casos:
a) Cuando una persona solicitante cumpla con los requisitos y criterios de inclusión para acceder a determinado derecho
(garantizado por un programa social) y exija a la autoridad administrativa ser derechohabiente del mismo.
72 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
b) Cuando la persona derechohabiente de un programa social exija a la autoridad que se cumpla con lo dicho de manera integral en tiempo y forma, como lo establece el programa. c) Cuando no se puede satisfacer toda la demanda de incorporación a un programa por restricción presupuestal, y éstas exijan que las incorporaciones sean claras, transparentes, equitativas, sin favoritismos, ni discriminación. 10.4. Con base en el artículo 51 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal se deberá de señalar de manera textual que: “Las personas derechohabientes o beneficiarias de los programas sociales, tendrán los siguientes derechos y obligaciones: a) A recibir una atención oportuna, de calidad, no discriminatoria y apegada al respeto, promoción, protección y garantía de sus derechos; b) En cualquier momento podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, en los términos de la normativa aplicable; c) Acceder a la información de los programas sociales, reglas de operación, vigencia del programa social, cambios y ajustes; de conformidad con lo previsto por las Leyes de Transparencia y de Protección de Datos Personales; d) A interponer quejas, inconformidades, reclamos, denuncias y/o sugerencias, las cuales deberán ser registradas y atendidas en apego a la normatividad aplicable; e) Bajo ninguna circunstancia le será condicionado la permanencia o adhesión a cualquier programa social, siempre que cumpla con los requisitos para su inclusión y permanencia a los programas sociales; f) A solicitar de manera directa, el acceso a los programas sociales; g) Una vez concluida la vigencia y el objetivo del programa social, y transcurrido el tiempo de conservación, la información proporcionada por las personas derechohabientes o beneficiarias, deberá ser eliminada de los archivos y bases de datos de la Administración Pública de la Ciudad de México, previa publicación del aviso en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, con al menos 10 días hábiles de anticipación. h) Toda persona derechohabiente o beneficiario queda sujeta a cumplir con lo establecido en la normativa aplicable a cada programa social. 10.5. La Contraloría del Gobierno de la Ciudad de México es el órgano competente para conocer las denuncias de violaciones e incumplimiento de derechos en materia de desarrollo social. XI. Mecanismos de Evaluación e Indicadores XI.1. Evaluación 11.1.Tal como lo establece el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, la Evaluación Externa del programa social será realizada de manera exclusiva e independiente por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México, en caso de encontrarse considerado en su Programa Anual de Evaluaciones Externas. 11.2. La Evaluación Interna se realizará en apego a lo establecido en los Lineamientos para la Evaluación Interna de los Programas Sociales, emitidos por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México y que los resultados serán publicados y entregados a las instancias que establece el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Social para la Ciudad de México, en un plazo no mayor a seis meses después de finalizado el ejercicio fiscal. 11.3. La encargada de realizar la evaluación interna será la J.U.D. de Programas Sociales, mediante los indicadores establecidos en el presente programa y los resultados serán publicados y entregados a las instancias que establece el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Social para la Ciudad de México. 11.4. Los indicadores de eficacia y eficiencia del presente programa serán la percepción de las y los beneficiarios y de la población potencial, mediante la aplicación de encuestas a una muestra del padrón de beneficiarios. De las cuales en la primera entrega se aplicará el cuestionario de apoyo, en la segunda y tercera entrega se aplicará las encuestas de evaluación de satisfacción, a una muestra del 25% a las y los beneficiarios para medir el impacto del programa. XI.2. Indicadores de Gestión y de Resultados 11.5. Para la construcción de los indicadores se seguirá la Metodología de Marco Lógico, así como cuestionarios de entrega de apoyo, encuestas de satisfacción. 11.6. La presentación de los indicadores en las Reglas de Operación del programa debe realizarse como se muestra en la siguiente Matriz de Indicadores:
Niv
el
de
Ob
jeti
vo
Objetivo
Indicador
Fórmula de
Cálculo
Tipo de Indicador
Unidad de Medida
Desagregación
Medios de Verificación
Unidad Responsable
Supuestos
Metas
Fin
Porcentaje de población de
(Adultos mayores de 60-64 años que
Eficacia Adultos mayores de 60-64 años
La desagregación será
Encuesta de satisfacción.
J. U. D. de Programa s
Las personas adultas mayores
772 adultos mayores beneficia
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 73
Fin
inclusión
social en
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n de
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de 60 a
64 años
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772
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Social
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60 a 64 años
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Eficaci
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Adultos
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J.U.D.
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Social
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772
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Porcent
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mayore
s de 60
a 64
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edad.
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económicos
disponibles
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mayores de
60 a 64 años
de edad
durante el
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Apoyos
económicos
programados
en el periodo
X ) * 100
Eficaci
a
Apoyos
económ
icos
Apoyos
económi
cos
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cos
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Social
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La
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n
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apoyos
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Medios
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74 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
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09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 75
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11.7 Los avances trimestrales de la Matriz de Indicadores del Programa Social serán reportados de forma acumulada al
Consejo de Evaluación del Desarrollo Social, de acuerdo a la periodicidad y características de los indicadores diseñados,
señalando el área o unidad responsable de realizarlo.
XII. Formas de Participación Social
Como lo establece el Artículo 39 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, “la sociedad podrá participar
activamente en la planeación, programación, implementación y evaluación de los programas y acciones de Desarrollo
Social, de acuerdo a lo establecido por la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México. Las organizaciones
civiles y sociales, las instituciones académicas, las organizaciones empresariales y todas aquellas cuyos objetivos se
comprendan en el concepto de Desarrollo Social, podrán participar con el Gobierno en la ejecución de políticas de
Desarrollo Social, sin perjuicio de las obligaciones que la ley impone a la Administración, así como generar iniciativas de
proyectos y programas que serán presentadas a la Secretaría.”
12.1. Indicar la forma como participan en la planeación, programación, implementación y evaluación de los programas y
acciones de desarrollo social la población: de manera individual y/o colectiva; a través de algún órgano de representación
como: Consejos, Comités Vecinales, Comités de seguimiento de Administración, de Supervisión, de control, entre otros.
Las y los adultos mayores de 60 a 64 años de edad que son beneficiarios, participan en la implementación del programa al
recibir el apoyo económico.
También a través de la inclusión de manera aleatoria para el llenado de cuestionarios y encuestas de satisfacción para la
evaluación del programa.
76 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
12.2. Además señalar cuál es la modalidad de participación social: información, consulta, decisión, asociación, deliberación,
entre otras.
Se debe incluir lo anterior en un cuadro como el siguiente:
Participante Etapa en la que participa Forma de Participación Modalidad
Adulto Mayor de 60 a 64
años de edad
Ejecución del programa Llenar encuesta de
satisfacción
Beneficiarias y
beneficiarios del programa
XIII. Articulación con Otros Programas y Acciones Sociales
13.1. El presente programa social no se articula con oro programa.
13.2. No aplica.
XIV. Mecanismos de Fiscalización
La Contraloría General de la Ciudad de México, conforme a sus atribuciones, vigilará el cumplimiento de los presentes
Lineamientos. En este apartado se debe:
14.1. El programa Apoyo económico a Adultos Mayores 60-64 fue aprobado por el Comité de Planeación del Desarrollo de
la Ciudad de México (COPLADE) en la Primera Sesión Extraordinaria de fecha de febrero de 2018.
14.2. Como parte del informe trimestral remitido a la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México, se enviarán los
avances en la operación del programa social, la población beneficiaria, el monto de los recursos otorgados, la distribución,
según sea el caso, por delegación y colonia.
14.3. La Contraloría General de la Ciudad de México, en el ámbito de su competencia verificará que el gasto guarde
congruencia con lo dispuesto en la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México y en el Presupuesto de
Egresos de la Ciudad de México.
14.4. Se proporcionará la información que sea solicitada por la Contraloría y/o los órganos de control interno, a fin de que
éstas puedan realizar las funciones de fiscalización, inspección y verificación del ejercicio del gasto público.
14.5. Las personas Contraloras Ciudadanas de la Red de Contralorías Ciudadanas que coordina y supervisa la Contraloría
General, vigilarán en el marco de sus derechos y obligaciones establecidos en la Ley de Participación Ciudadana del Distrito
Federal y en los Lineamientos del programa de Contraloría Ciudadana, el cumplimiento de las presentes reglas de
operación, así como de las normas y procedimientos aplicables a la programación y ejecución del programa social y el
ejercicio de los recursos públicos.
XV. Mecanismos de Rendición de Cuentas
En este apartado se deberá indicar que:
15.1. De acuerdo con las Obligaciones de Transparencia en materia de Programas Sociales, de Ayudas, Subsidios,
Estímulos y Apoyos establecidas en el artículo 122 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y
Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, la siguiente información se mantendrá impresa para consulta directa, se
difundirá y mantendrá actualizada en formatos y bases abiertas en la Plataforma Nacional de Transparencia e indicar el sitio
de internet de la entidad o dependencia en el que también se podrá disponer de esta información:
- Los criterios de planeación y ejecución del programa, especificando las metas y objetivos anualmente y el presupuesto
público destinado para ello;
- La siguiente información del programa social será actualizada: a) Área; b) Denominación del programa; c) Periodo de
vigencia; d) Diseño, objetivos y alcances; e) Metas físicas; f) Población beneficiada estimada; g) Monto aprobado,
modificado y ejercido, así como los calendarios de su programación presupuestal; h) Requisitos y procedimientos de
acceso; i) Procedimiento de queja o inconformidad ciudadana; j) Mecanismos de exigibilidad; k) Mecanismos de
evaluación, informes de evaluación y seguimiento de recomendaciones; l) Indicadores con nombre, definición, método de
cálculo, unidad de medida, dimensión, frecuencia de medición, nombre de las bases de datos utilizadas para su cálculo; m)
Formas de participación social; n) Articulación con otros programas sociales; o) Vínculo a las reglas de operación o
Documento equivalente; p) Vínculo a la convocatoria respectiva; q) Informes periódicos sobre la ejecución y los resultados
de las evaluaciones realizadas; r) Padrón de beneficiarios mismo que deberá contener los siguientes datos: nombre de la
persona física o denominación social de las personas morales beneficiarias, el monto, recurso, beneficio o apoyo otorgado
para cada una de ellas, su distribución por unidad territorial, en su caso, edad y sexo; y
- El resultado de la evaluación del ejercicio y operación del programa.
XVI. Criterios para la Integración y Unificación del Padrón Universal de Personas Beneficiarias o Derechohabientes
16.1. La Dependencia, Órgano Desconcentrado, demarcación territorial o Entidad de la Administración Pública local de que
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 77
se trate y que tiene a su cargo el programa social en cuestión, publicará en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, a más
tardar el último día hábil de la primera quincena del mes de marzo de 2019, el padrón de beneficiarios correspondiente,
indicando nombre, edad, sexo, unidad territorial y demarcación territorial. Considerando que dichos padrones estarán
ordenados alfabéticamente e incorporados en el “Formato para la Integración de Padrones de Beneficiarios de Programas
Sociales de la Ciudad de México”, que para tal fin, el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México
ha diseñado. En donde, adicional a las variables de identificación: “nombre, edad, sexo, unidad territorial y demarcación
territorial”, se precisará el número total de beneficiarios y si se cuenta con indicadores de desempeño de alguna índole, tal
como lo establece el artículo 34 de la LDSDF.
16.2. A efecto de construir en la Ciudad de México un padrón unificado y organizado por cada uno de los programas, la
Delegación Azcapotzalco, entregará el respectivo padrón de beneficiarios en medios magnético, óptico e impreso a la
Comisión de Vigilancia y Evaluación de Políticas y Programas Sociales de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. Así
como la versión electrónica de los mismos a la Secretaría del Desarrollo Social de la Ciudad de México a efecto de
incorporarlos al Sistema de Información del Desarrollo Social (SIDESO) e iniciar el proceso de integración del padrón
unificado de beneficiarios de la CDMX, de acuerdo a lo establecido en la fracción II del Artículo 34 de la Ley de Desarrollo
Social para la Ciudad de México.
16.3. La Delegación Azcapotzalco, cuando le sea solicitado, otorgará a la Contraloría General de la Ciudad de México toda
la información necesaria que permita cumplir con el programa de verificación de padrones de beneficiarios de programas
sociales, diseñado por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México e implementado por la
Contraloría. Ello con la intención de presentar los resultados del mismo al órgano Legislativo de la Ciudad de México,
salvaguardando siempre conforme a la Ley los datos personales de los beneficiarios.
16.4. Se publicará en formato y bases abiertas, la actualización de los avances de la integración de los padrones de
beneficiarios de cada uno de sus programas sociales que sean operados por la Delegación Azcapotzalco, el cual deberá estar
conformado de manera homogénea y contener las variables: nombre, edad, sexo, unidad territorial, Demarcación Territorial,
beneficio otorgado y monto del mismo, de acuerdo a lo establecido en la fracción II del artículo 122 de la Ley de
Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, en la página:
www.azcapotzalco.cdmx.gob.mx. Así como en la Plataforma Nacional de Transparencia:
http://www.plataformadetransparencia.org.mx/web/guest/inicio.
16.5. “el incumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 34 de la Ley de Desarrollo Social para la Ciudad de
México será sancionado en términos de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos”.
16.6. Una vez emitidos los Lineamientos para la integración del padrón universal, se dará estricto cumplimiento a los
mismos.
APOYO ECONÓMICO A NIÑAS Y NIÑOS CHINTOLOLOS.
I. NOMBRE DE PROGRAMA SOCIAL Y DEPENDENCIA O ENTIDAD RESPONSABLE.
1.1 Programa de Apoyo Económico a Niñas y Niños Chintololos
1.2 Delegación Azcapotzalco, órgano político-administrativo directamente responsable de la ejecución del programa y
ejecutor del gasto.
1.3 Dirección General de Desarrollo Social (coordinación para la implementación del programa de desarrollo social).
1.4 Dirección del Deporte (verificación, supervisión, control del programa y evaluación interna).
1.5 Subdirección de Fomento al Deporte (seguimiento a la operación e instrumentación del programa social, concentración
y sistematización de documentación y datos).
1.6 JUD de Fomento y Difusión al Deporte (operación e instrumentación del programa, atención a las solicitudes de las
personas interesadas en ser beneficiarias, estadística aplicable social y resguardo de la documentación de las personas
interesadas en ser beneficiarias del programa social) Dirección General de Administración, a través de la Dirección de
Recursos Financieros (transferencias monetarias a las personas beneficiarias del programa) y Subdirección de Tesorería e
Ingresos Autogenerados (concentración y sistematización de información bancaria de las personas beneficiarias del
programa).
II. Alineación Programática.
El programa está relacionado con los Derechos Humanos consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, en el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; en la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; y en el
Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018, al contribuir al ejercicio del derecho a la práctica del
deporte para contribuir a un mejor desarrollo humano; como se aprecia a continuación:
PROGRAMA GENERAL DE DESARROLLO DEL DISTRITO FEDERAL.
78 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
Eje 1.-Equidad e Inclusión Social para el Desarrollo Humano.
ÁREA DE OPORTUNIDAD 1. Discriminación y Derechos Humanos.
Línea de Acción. Promover una cultura de corresponsabilidad social entre las personas participantes de los
programas sociales.
ÁREA DE OPORTUNIDAD 2. Salud
OBJETIVO 5. Reducir el sedentarismo físico en la población del Distrito Federal.
Línea de Acción.- Promover el aumento de la oferta y los espacios para la práctica de actividades físicas, recreativas
y deportivas.
Línea de Acción.- Promover el conocimiento de los beneficios de la cultura física y el deporte.
PROGRAMA DELEGACIONAL DE DESARROLLO
Eje “Desarrollo Social Equitativo e Incluyente”
La función del desarrollo social es lograr que la población ejerza su derecho al buen vivir, a fin de mejorar las
condiciones de vida de la población, propiciar el goce de sus derechos básicos como educación, salud, alimentación,
identidad, deporte, esparcimiento, vivienda y seguridad social.
PROGRAMA PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN EN LA CIUDAD DE MÉXICO 2016-
2018.
1.4.2 Factores socioculturales y desigualdad de trato y oportunidades
La discriminación repercute finalmente en la desigualdad de trato social a los grupos que se encuentran en situación
de mayor vulnerabilidad; en la restricción y violación de los derechos humanos de personas y grupos, así como en la
negación de oportunidades para su desarrollo. De acuerdo con el Diagnóstico de Derechos Humanos de la Ciudad de
México (DDHCDMX) elaborado en 2008, en la Ciudad de México se observa:
Las personas y grupos que componen una comunidad o una sociedad; se excluye porque a menudo se siente que
estas diferencias amenazan la propia identidad, sin comprender que esta diversidad es la que lleva al
enriquecimiento mutuo; se discrimina por el miedo que provoca lo desconocido, lo otro, lo diferente a las
costumbres, tradiciones, ideología, formas de pensar y de sentir de un grupo social. Se discrimina por los prejuicios,
los estereotipos y los estigmas que se han aprendido.
Derivado de lo anterior, es necesario implementar una política contra la discriminación, a partir de tres núcleos
problemáticos, a saber:
1. Mecanismos de exigibilidad y efectivo acceso a la justicia;
2. Políticas públicas con enfoque de igualdad y derechos humanos; y
3. Educación, promoción y cultura de no discriminación.
Programa Especial de Igualdad y no Discriminación hacia las Mujeres de la Ciudad de México, 2015-2018.
OBJETIVO 1.- PROMOCIÓN DEL EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS MUJERES Y
NIÑAS.
Desarrollar acciones que amplíen el acceso y permanencia de las mujeres y las niñas en la educación (básica, media y
superior), en igualdad de condiciones para su desarrollo social, económico y político. Promover el conocimiento y
ejercicio de los Derechos Humanos de las mujeres y las niñas así como combatir todas de las formas de
discriminación que se presenten en espacios de participación ciudadana, desarrollo sustentable, cultura y
esparcimiento, así como ampliar el acceso a nuevas tecnologías de la información y comunicación.
III. Diagnóstico.
3.1. Antecedentes.
En la presente administración delegacional se ha implementado el programa de apoyo económico a niñas y niños
chintololos que practican alguna actividad deportiva dentro de los centros deportivos con los que cuenta la demarcación,
con lo cual se ha venido fortaleciendo la participación activa de niñas y niños de Azcapotzalco en actividades que los
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 79
beneficien de manera directa y además generen en la comunidad una mejor cohesión y convivencia social. En este sentido,
es importante señalar que en dos años de ejercicio de gobierno, se han beneficiado a poco más de mil cien niñas y niños
deportistas, los cuales practican actividades como futbol, basquetbol, atletismo, artes marciales, entre otras disciplinas más.
Durante el ejercicio fiscal 2016, se apoyaron a cerca de 400 niñas y niños que llevaron a cabo la práctica de algún deporte
en los centros deportivos con los que cuenta Azcapotzalco, sin embargo el apoyo económico no fue suficiente, por lo que se
ajustó la cantidad de dinero y de esta manera fue posible entregar en el ejercicio fiscal 2017, la cantidad de $1,650.00 (un
mil seiscientos cincuenta pesos 00/100 M.N.) a por lo menos 300 niñas y niños y posteriormente fue posible integrar a cien
beneficiarios más, por la alta demanda que se tuvo durante dicho ejercicio, por parte las personas interesadas e ser
beneficiarios del presente programa de desarrollo social.
3.2. Problema social atendido por el Programa Social.
El compromiso de la presente administración delegacional en su último año de ejercicio de gobierno, es el de seguir
fomentando la práctica deportiva entre la población de la demarcación y en especial de los más pequeños, coadyuvando con
la sana recreación de ese grupo poblacional y masificando la realización de actividades deportivas.
A pesar de que la delegación Azcapotzalco presenta un índice de desarrollo Alto, de acuerdo al Índice de Desarrollo Social
de la Ciudad de México por Colonias y Manzanas 2016, elaborado por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la
Ciudad de México (EVALUA CDMX), aún presenta ciertas deficiencias el ejercicio de uno o varios derechos sociales, por
parte de la población que habita en Azcapotzalco, entre ellos se encuentran el derecho a la cultura física y el deporte.
En la delegación Azcapotzalco, según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), la población infantil
con una edad de entre 6 y 16 años, se considera que poco más de la mitad de ellos, no realiza ningún deporte fuera de las
actividades físicas que desarrollan en la escuela, por lo tanto, niñas, niños y adolescentes, aún presentan carencias de
satisfactores para una vida digna; según una investigación a cargo del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de
Desarrollo Social (CONEVAL), en la Ciudad de México, donde residen cerca de un millón novecientos treinta y nueve mil
quinientas ochenta y un niñas y niños de 0 a 16 años de edad, el 41.3% de ésta población carece de las condiciones mínimas
para garantizar la práctica deportiva de manera gratuita en las zonas donde residen, esto se debe a la falta de espacios
públicos para el desarrollo de dichas actividades, así como la impartición de disciplinas deportivas que no generen
erogación alguna por parte de los habitantes; en el caso de las personas que si llevan a cabo algunas actividades deportivas,
un porcentaje sustancial de ellos las realiza dentro de clubes privados y un porcentaje menor, desarrolla sus actividades de
manera gratuita.
De igual manera, existen factores de riesgo para la población mexicana que se han acentuado en los últimos años, dentro de
estos se encuentra el sedentarismo y la obesidad. La obesidad según cálculos de la Organización Mundial para la Salud, es
una pandemia que afecta a poco más de 3500 millones de personas en el mundo, en México se estima que poco más de 70
millones de personas padecen este mal, en el caso de las niñas y niños, uno de cada tres menores padece de sobrepeso u
obesidad infantil; la delegación Azcapotzalco se encuentra en el segundo lugar de las demarcaciones de la Ciudad de
México que presentan este problema de acuerdo al Censo de Obesidad y Sobrepeso del año 2012.
La cultura física y el deporte son herramientas de transformación social, las cuáles no deben estar exentas de las políticas
públicas que emprende la administración pública para beneficio de la población, aunque debe reconocerse que hacen falta
mecanismos que articulen una política pública efectiva para esta área.
Una preocupación de la presente administración es el combate al sedentarismo, así como emprender un efectivo fomento y
promoción a la práctica y al desarrollo del deporte como estrategias imprescindibles para mejorar el bienestar individual y
colectivo de la sociedad, y de esta manera cimentar las condiciones para una vida digna de los habitantes en comunidad.
Por tal motivo la delegación Azcapotzalco considera que la promoción y difusión al deporte es de vital importancia para el
beneficio del individuo en el seno de la sociedad y contribuye a mejorar las relaciones sociales, además de ser un factor de
integración social.
Por ello, el gobierno delegacional ha tenido a bien desarrollar programas sociales que contribuyan a garantizar el ejercicio
pleno de los derechos sociales de su población, facilitando el acceso a la práctica del deporte y estimulando la participación
constante y activa de niñas y niños en las diferentes disciplinas que existen y se imparten en los centros deportivos con los
que cuenta Azcapotzalco. Por lo anterior, se ha resuelto continuar con la implementación del programa social de Apoyo
Económico a Niñas y Niños Chintololos con el cual se busca que las niñas y niños deportistas no abandonen la práctica
deportiva por cuestiones de índole económica y estimularlos a que sigan desarrollando sus actividades deportivas en
categorías subsecuentes por medio de competencias a nivel Ciudad de México, nacionales e inclusive a nivel internacional,
poniendo en alto sus metas y el nombre de Azcapotzalco, la cual se ha distinguido como una delegación con una tradición
deportiva importante y destacada en la Ciudad.
3.3. Definición de la Población Objetivo del Programa Social.
El objetivo del programa social en cuestión se desglosa e indica de la siguiente manera:
80 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
La Población Potencial: 64,030 niñas, niños que habitan las 111 unidades territoriales (colonias, pueblos, barrios y
unidades habitacionales) que componen a la delegación Azcapotzalco.
La Población Objetivo: 1,360 niñas y niños que habitan en Azcapotzalco y que llevan a cabo la práctica de alguna
disciplina deportiva en cualquiera de los parques y centros deportivos adscritos a la delegación Azcapotzalco.
La Población Beneficiada: Hasta 363 niñas y niños, que habitan en la delegación Azcapotzalco, y que practiquen una
disciplina deportiva en alguno de los parques y centros deportivos adscritos a la delegación Azcapotzalco durante el
ejercicio fiscal 2018 y cuenten con el aval del entrenador o entrenadora de la disciplina a la que pertenezcan.
IV. OBJETIVOS Y ALCANCES.
4.1. Objetivo General:
Estimular el desarrollo de actividades deportivas por parte de niñas y niños que habitan en la delegación Azcapotzalco,
contribuyendo a mejorar la calidad de vida de los mismos, impulsando su participación y talento en actividades físicas y
deportivas, otorgando apoyos económicos de $1,800.00 (un mil ochocientos pesos 00/100 M.N.) hasta 363 niñas y niños
deportistas, éste estímulo económico tiene la finalidad de evitar la deserción de la disciplina deportiva que practican y el
mejoramiento constante en sus actividades deportivas.
4.2. Objetivos Específicos:
Fomentar el ejercicio del derecho al deporte entre la infancia y juventud de los habitantes de la demarcación, como medida
preventiva en el cuidado a la salud, que mejore su desarrollo físico, intelectual y su capacidad para integrarse en una vida en
comunidad.
Garantizar el ejercicio del derecho social al deporte y a la recreación, por parte de niñas y niños y jóvenes que demuestren la
práctica constante de alguna disciplina, evitando su deserción de estas actividades debido a diversos factores, entre ellos los
de índole económica.
Contribuir para que niñas, niños y jóvenes deportistas continúen su permanencia en las actividades deportivas de los
equipos que representan a nuestra demarcación en diversas competencias estatales y nacionales.
4.3 Alcances.
Con la implementación del programa social de transferencia monetaria se busca contribuir a garantizar el derecho al deporte
e incrementar la calidad de vida de las niñas, niños y jóvenes chintololos de entre 6 y 18 años de edad, generando así un
progreso óptimo y de competencia en las diversas actividades deportivas en las cuales participarán a lo largo de la duración
del programa, coadyuvando a elevar el desarrollo de actividades deportivas en las instalaciones de la demarcación y de esta
forma, acercar al deporte a un sector importante de la sociedad, para contener los niveles de vulnerabilidad social al que
pueden verse sujetos y desarrollando así una mejor convivencia social entre niñas y niños propiciando condiciones de
igualdad y no discriminación.
V. METAS FÍSICAS.
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 27 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, y el artículo 47 de
su Reglamento, se indica que en el Ejercicio Fiscal 2018, por cuestiones de índole presupuestal, el programa de desarrollo
social no está en condiciones de alcanzar la universalidad, por tanto, las metas físicas del mismo, son las siguientes:
5.1. De Operación:
Apoyar con $1,800.00 (un mil ochocientos pesos 00/100 M.N.) hasta 363 niñas y niños que practiquen alguna disciplina
deportiva en las instalaciones deportivas de la Delegación Azcapotzalco.
5.2. De Resultados:
Coadyuvar con la realización de actividades deportivas por parte de las personas que resulten beneficiarias, garantizando el
ejercicio del derecho a la salud, deporte y el desarrollo físico de las niñas y niños de la delegación; estimulando así la
participación activa en competencias oficiales que recompensen el esfuerzo y estimulen la práctica deportiva, contribuyendo
al restablecimiento del tejido social y lograr una mejor cohesión social.
VI. PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL.
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 81
Monto total autorizado: Hasta $653,400.00 (seiscientos cincuenta y tres mil cuatrocientos pesos 00/100 M. N.), con cargo
a la partida 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”. El cual podrá sufrir modificaciones de acuerdo a lo autorizado en
el Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México, y al gasto autorizado por la Secretaría de Finanzas del Gobierno de la
Ciudad de México.
Monto unitario anual por beneficiario:$1,800.00 (un mil ochocientos pesos 00/100 M. N.); que se entregarán hasta 363
niñas, niños y jóvenes deportistas que resulten beneficiarios del programa social, los cuales se entregaran en dos
ministraciones a razón de $900.00 (novecientos pesos 00/100 M.N.) en los meses de abril y agosto del Ejercicio Fiscal
2018.
Primera ministración Abril Segunda ministración Agosto Total
$326,700.00 $326,700.00 $653,400.00
El apoyo económico se entregará a los beneficiarios o a su tutor o tutora, mediante pago en efectivo o por medio de una
transferencia monetaria.
VII. REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO.
7.1. Difusión
La Dirección General de Desarrollo Social, a través de la Dirección del Deporte, a partir de la fecha de publicación de las
presentes reglas de operación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México (www.consejeria.cdmx.gob.mx), diseñará y
elaborará un extracto que se tornará en convocatoria, la cual contendrá los requisitos, documentación, lugares, fechas de
registro y criterios de selección de las personas beneficiarias del programa.
La convocatoria del programa se publicará para conocimiento de la población en general y, a través de materiales
elaborados por el área ejecutora, tales como: medios impresos (carteles, mantas, volantes, trípticos, en el periódico de
difusión a través de la Delegación “El Hormiguero, Informativo”.), así como colocados en los centros o espacios deportivos
de la Delegación Azcapotzalco (Deportivo Azcapotzalco, Deportivo 20 de Noviembre, Deportivo Victoria de las
Democracias, Deportivo Ceylán, Deportivo Renovación y Deportivo Xochinahuac), en la página oficial de Internet
(www.azcapotzalco.cdmx.gob.mx), y en las redes sociales de la Delegación.
Las personas interesadas en recibir información sobre cualquier aspecto relacionado con la implementación del programa,
podrán acudir de lunes a domingo, en un horario de 10 a 17 horas a las oficinas de la Dirección del Deporte, ubicadas en
Avenida San Pablo Xalpa, esquina eje 5 Norte, colonia Santa Bárbara, código postal 02230, Ciudad de México, o
comunicarse al teléfono 53824554.
7.2. Requisitos de Acceso:
* Ser habitante de Azcapotzalco.
* Practicar una disciplina deportiva en algún Centro Deportivo adscrito a la Delegación Azcapotzalco o espacio público
deportivo de la demarcación.
* Tener entre 6 y 18 años de edad.
* No ser beneficiario de algún otro programa social de esta Demarcación.
* Sólo podrán ser hasta dos beneficiarios por familia.
* No ser hijo o hija de personal de estructura de la Delegación Azcapotzalco.
Las personas interesadas en ser beneficiarias del programa, deberán presentar la siguiente documentación en original y en
una copia fotostática simple para la creación del expediente respectivo:
*Acta de nacimiento;
*Clave Única de Registro de Población (C.U.R.P.);
*Comprobante de domicilio expedido en 2018. Puede ser cualquiera de los siguientes documentos: Boleta de cobro de
derechos por el Suministro de Agua, boleta de cobro del Impuesto Predial, boleta de cobro de servicio telefónico doméstico
TELMEX, boleta de cobro de suministro de gas doméstico, boleta de cobro de suministro de energía eléctrica, no mayor a
tres meses, contrato de arrendamiento vigente o constancia de residencia vigente expedida por la Delegación Azcapotzalco.
* Carta del profesor o entrenador que imparte la disciplina deportiva, que avale y de constancia que la niña o niño lleva cabo
sus actividades deportivas de manera invariable, así como el lugar y horarios donde las lleva a cabo.
82 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
* Identificación con fotografía del menor. Puede ser credencial vigente de la escuela a la que asiste.
En caso de tratarse de menores de edad las personas interesadas en ser beneficiarias del programa social, será la madre,
padre o tutor responsable del o la menor quien deba entregar todos los documentos del solicitante anteriormente
mencionados, con excepción de aquellos con los que no cuente por su minoría de edad; y, además, deberá presentar en
original para cotejo y en una copia fotostática simple para anexarlo al expediente del menor.
* Identificación oficial vigente con fotografía. Puede ser cualquiera de las siguientes: Credencial para Votar, emitida por el
Instituto Federal Electoral (IFE) o Instituto Nacional Electoral (INE), Cédula Profesional, emitida por la Secretaría de
Educación Pública, Tarjeta del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM) o Pasaporte, expedido por la
Secretaría de Relaciones Exteriores, Licencia de conducir vigente, expedida por la Secretaría de Movilidad de la CDMX.
* Clave Única de Registro de Población (C.U.R.P.), del padre, madre o tutor.
A ninguna persona se le solicitarán mayores o menores requisitos que los contenidos en las reglas de operación del
programa de desarrollo social. En ningún caso, las o los servidores públicos, podrán solicitar o proceder de manera diferente
a lo establecido en las presentes reglas de operación.
En el caso de que se presente una situación de contingencia, desastre o emergencia en la Ciudad de México, los
requerimientos y documentación a presentar para la inclusión de las personas en el programa social, puede variar, en cuyo
caso, se emitirán lineamientos específicos.
7.3. Procedimiento de Acceso
De acuerdo a lo estipulado en el artículo 33 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal y 50 de su Reglamento,
el acceso al programa será a través de convocatoria, la cual será publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México
(www.consejeria.cdmx.gob.mx), en el Sistema de Información del Desarrollo Social (SIDESO www.sideso.cdmx.gob.mx),
a través de medios impresos, en la página oficial de Internet y en redes sociales de la Delegación Azcapotzalco
(www.azcapotzalco.cdmx.gob.mx).
• Sólo podrán ser beneficiarias, las personas que cumplan con todos los requisitos y aporten la documentación completa
solicitada.
• No podrán ser beneficiarios hijos o familiares directos de personal de estructura de la delegación Azcapotzalco.
• Sólo podrá ser beneficiario hasta dos integrante de cada familia, con el fin de dar oportunidades de acceso a mayor número
de población.
7.4. Criterios de Selección.
Los criterios de selección de las personas que serán beneficiarias del programa de desarrollo social, serán los siguientes:
1.- Se dará prioridad a las personas que cumplan con los requisitos estipulados en las presentes reglas de operación de
manera cronológica.
2.- La información proporcionada por la persona solicitante estará sujeta a comprobación por parte de la Dirección del
Deporte, por medio de visitas domiciliarias y de verificación al área que donde práctica sus actividades deportivas.
3.- Asimismo en caso de no haber sido seleccionado durante el proceso para ser beneficiario del programa, ingresará a una
lista de espera que será enlistada en el orden que se entreguen los documentos para de ser el caso de alguna baja en el
programa, podrán ingresar de manera escalonada basándose en la lista de espera antes mencionada.
Los requisitos, documentos, forma de acceso y criterios de selección de personas beneficiarias del programa, son públicos,
podrán ser consultados en la Dirección del Deporte, sita en Avenida San Pablo Xalpa, esquina eje 5 Norte, colonia Santa
Bárbara, código postal 02230, Ciudad de México y en el teléfono 5382 4554.
El padrón de personas beneficiarias será publicado en la página oficial de Internet de la Delegación Azcapotzalco y en la
Gaceta Oficial de la Ciudad de México (www.consejeria.cdmx.gob.mx), así como en el Sistema de Información del
Desarrollo Social (SIDESO www.sideso.cdmx.gob.mx) de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la Ley de Desarrollo
Social para el Distrito Federal y 50 de su Reglamento.
7.5. Restricciones.
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 83
La recepción de la documentación y el proceso de registro al programa, no garantiza la entrega del apoyo económico,
exclusivamente le permiten a la persona solicitante, participar en el inicio del trámite. Dicha solicitud estará sujeta a la
revisión de la documentación y la valoración de la situación social, económica y de vulnerabilidad de la persona solicitante,
para determinar si se ajusta o no al programa.
El programa de desarrollo social puede ser suspendido por la Delegación sin incurrir en responsabilidad alguna.
7.6. Causales de Baja
Las causales de baja del listado de beneficiarias y beneficiarios del programa de desarrollo social, y por lo tanto el retiro del
apoyo económico, aplicarán cuando se dé alguno de los siguientes supuestos:
* Cuando se compruebe la duplicidad como beneficiaria o beneficiario en este programa.
* Cuando se verifique que la beneficiaria o beneficiario no cumple con los requisitos señalados en las reglas de operación
del programa.
* Cuando la beneficiaria o beneficiario abandone la práctica deportiva.
* Cuando la beneficiaria o beneficiario renuncie a la ayuda por voluntad propia. En este caso, deberá firmar el formato de
baja establecido para tal fin.
* Cuando se compruebe que la beneficiaria o beneficiario haya proporcionado información o documentación falsa.
* Cuando la beneficiaria o beneficiario no de continuidad con los trámites que permitan la entrega del apoyo económico.
* Cuando la beneficiaria o beneficiario fallezca.
VIII. PROCEDIMIENTOS DE INSTRUMENTACIÓN.
8.1. Registro:
La Dirección del Deporte a través de la Subdirección de Fomento al Deporte y la JUD de Fomento y Difusión al Deporte,
estará encargada del registro y recepción de documentación de las personas interesadas en ser beneficiarias del programa, a
las cuales les entregará un comprobante impreso con un número de folio único que acreditará su registro y con el cual
podrán dar seguimiento a su solicitud.
Una vez que las personas solicitantes son incorporadas al programa social, formarán parte de un Padrón de Personas
Beneficiarias, que conforme a la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal será de carácter público, siendo
reservados sus datos personales, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y
Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal; los
cuales en ningún caso podrán emplearse para propósitos de proselitismo político, religioso o comercial, ni para ningún otro
fin distinto al establecido en las Reglas de Operación del programa social.
De acuerdo a lo estipulado en el artículo 38 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, todos los formatos
utilizados en la implementación del programa de desarrollo social, llevarán impresa la siguiente leyenda:
“Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen
de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos electorales,
de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en la Ciudad de
México, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”.
Todos los trámites a realizar y los formatos creados para la implementación del programa de desarrollo social, son gratuitos.
8.2. Operación:
Una vez concluido el periodo de registro de la población objetivo, y habiendo alcanzado la meta programada, se procederá
de la siguiente manera:
La Dirección del Deporte, a través de la Subdirección de Fomento al Deporte y la JUD de Fomento y Difusión al Deporte,
sistematizará la documentación proporcionada por las personas interesadas en ser beneficiarias del programa, a efecto de
determinar si cumplen con los requisitos y entregaron la documentación completa solicitada, con lo cual, procederá a
elaborar una lista preliminar de las personas beneficiarias.
84 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
Una vez concluida la lista de personas beneficiarias, ésta será remitida por la Subdirección de Fomento al Deporte a la
Dirección del Deporte, quien le dará validez al cumplimiento de las reglas de operación del programa, posteriormente
enviará la lista a la Dirección General de Desarrollo Social, para su validación final y para su publicación en la página
oficial de Internet de la Delegación; también para la continuación de los trámites administrativos a que haya lugar para la
entrega del apoyo.
La Dirección General de Desarrollo Social, enviará a la Dirección de Recursos Financieros, el listado de personas
beneficiarias del programa, mismo que incluirá el nombre de la persona, el del padre, madre o tutor así como su Clave
Única de Registro de Población.
La Dirección de Recursos Financieros, llevarán a cabo los trámites necesarios, a efecto de que se entreguen los apoyos
económicos a las personas beneficiarias del programa.
La Dirección de Recursos Financieros, será responsable de realizar las transferencias monetarias correspondientes, así como
de programar la fecha en que éstas se realizarán.
Previo a cada ministración, la Dirección General de Desarrollo Social, remitirá a la Dirección de Recursos Financieros, el
listado de personas beneficiarias del programa, a efecto de que puedan ser transferidos los apoyos económicos.
La Subdirección de Tesorería e Ingresos Autogenerados, será responsable de concentrar y sistematizar la información
bancaria de las personas beneficiarias del programa, misma que le remitirá de manera periódica a la Dirección del Deporte,
a efecto de comprobar y garantizar que las personas beneficiarias han recibido el apoyo económico.
La Dirección del Deporte, a través de la Subdirección de Fomento al Deporte, informará a las personas beneficiarias a través
de llamadas telefónicas, o mensajes en plataformas electrónicas sobre los lugares, fechas y horarios en los que se les
entregará el apoyo económico; así como los mecanismos que se aplicarán en caso de que no puedan recogerlos en las fechas
estipuladas para tal efecto. Se hará de conocimiento del Órgano de Control Interno en la Delegación Azcapotzalco, sobre la
realización de eventos en los cuales se haga la entrega del apoyo económico.
La Dirección del Deporte, a través de la Subdirección de Fomento al Deporte, será la responsable de resguardar la
información, la Jefatura de Unidad Departamental de Difusión y Fomento al Deporte será la responsable de resguardar los
expedientes de las personas solicitantes, así como de las beneficiarias; a la par de realizar uninforme sobre el estado de
ejecución del programa de desarrollo social.
8.3. Supervisión y Control:
La Dirección General de Desarrollo Social, será la responsable de la validación final de cada una de las etapas que den
cumplimiento a la implementación del programa.
La Subdirección de Fomento al Deporte, será la instancia encargada de llevar a cabo el seguimiento, la supervisión y control
del cumplimiento de los procedimientos dispuestos en las reglas de operación del programa.
La Dirección del Deporte, será la encargada de la evaluación interna del programa, a que hace referencia la Ley de
Desarrollo Social para el Distrito Federal.
Las personas participantes o beneficiarias del programa social serán invitadas a diversas actividades de formación e
información como: pláticas, talleres, cursos, encuentros, o foros sobre los diversos tipos y modalidades de violencia de
género, así como la capacitación en materia de derechos de las mujeres, y se proporcionarán materiales de difusión,
relacionados con estos temas y la información respecto a los lugares e instituciones a los cuales pueden tener acceso, para
mayor información y atención, en caso necesario, de acuerdo a lo establecido en el artículo 38 Bis, de la Ley de Desarrollo
Social para el Distrito Federal.
Durante los procesos electorales a desarrollarse durante el año 2018, en particular en las campañas electorales, no se
suspenderá el programa social, sin embargo, atendiendo a los principios de imparcialidad, equidad y neutralidad que deben
observarse en los procesos electorales, los beneficios del programa social no serán entregados en eventos masivos o
modalidades que afecten el principio de equidad en la contienda electoral.
Por lo tanto, la ejecución del programa social, se ajustará al objeto y reglas de operación establecidas, evitando su
utilización con fines electorales distintos al desarrollo social, en el marco de los procesos electorales, para evitar en todo
momento, su vinculación con algún partido político, coalición o candidatura particular.
IX. PROCEDIMIENTO DE QUEJA O INCONFORMIDAD CIUDADANA.
Si alguna persona considera que ha sido perjudicada en la aplicación del programa de desarrollo social, ya sea por una
acción u omisión de una o un servidor público, podrá, en primera instancia, presentar una queja o inconformidad, ya sea de
manera verbal o por escrito, ante la Dirección del Deporte, ubicada en Avenida San Pablo Xalpa sin número, esquina Eje 5
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 85
Norte, colonia Santa Barbará, código postal 02230, Ciudad de México, de lunes a viernes en un horario de 10:00 a 18:00
horas, donde será atendida personalmente y de ser necesario, se emitirá respuesta por escrito en un plazo máximo de diez
días hábiles.
En caso de que la Dirección del Deporte, no resuelva con base en las pretensiones del quejoso, la persona interesada podrá
presentar una queja ante la Procuraduría Social del Distrito Federal, sita en Calle Jalapa, número 15, Colonia Roma,
Delegación Cuauhtémoc; y/o ante el Órgano de Control Interno de la Delegación Azcapotzalco, sito en calle Castilla
Oriente, sin número, esquina 22 de Febrero, planta baja del edificio delegacional, colonia Azcapotzalco Centro, código
postal 02008, Ciudad de México. También podrá registrar su queja a través del Servicio Público de Localización Telefónica
“LOCATEL”, quien deberá turnarla a la Procuraduría Social de la Ciudad de México y en su caso a la instancia
correspondiente, para su debida investigación.
Queda estrictamente prohibido cualquier acto o conducta discriminatoria por acción u omisión por parte de las personas
servidoras públicas durante la implementación, seguimiento o evaluación del programa social. La violación a esta
disposición, será sancionada conforme al marco jurídico vigente en la Ciudad de México y las personas beneficiarias podrán
acudir al Consejo Para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México (COPRED), para su investigación.
En caso de que el presente programa social sea utilizado de manera indebida y dolosa en la consecución de algún beneficio
de índole electoral por parte de las personas servidoras públicas, las personas beneficiarias podrán denunciar cualquier
delito electoral ante la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE); además, podrá registrar su
queja en la línea telefónica del Instituto Nacional Electoral (INE): 01800 433 2000 (INETEL).
X. MECANISMOS DE EXIGIBILIDAD.
Se garantiza que todas las personas que cumplan con los requisitos a que hacen referencia las reglas de operación del
programa de desarrollo social, podrán solicitar el registro. Para la elaboración del padrón de beneficiarias y beneficiarios, no
se aplicarán favoritismos, ni discriminación; las condiciones serán claras, transparentes, equitativas y calendarizadas.
Con los mecanismos implementados para la elaboración del padrón se fomenta la equidad social, de género, logrando
igualdad en la diversidad.
Cualquier persona que cumpla con los requisitos y criterios de selección dispuestos en las reglas de operación del programa,
podrá ser incorporada como beneficiaria del mismo.
Cualquier persona puede exigir a la Delegación Azcapotzalco, que las incorporaciones al listado de personas beneficiarias
del programa, sean claras, transparentes, equitativas, sin favoritismos, ni discriminación.
Cualquier persona podrá exigir a la Delegación Azcapotzalco, que en todo momento sean respetadas las reglas de operación
del programa de desarrollo social.
Cualquier persona beneficiaria podrá exigir a la Delegación Azcapotzalco, sean cumplidos en tiempo y forma, los plazos
establecidos para la entrega de los apoyos económicos.
Con base en el artículo 51 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal: “Las personas derechohabientes o
beneficiarias de los programas sociales, tendrán los siguientes derechos y obligaciones:
a) A recibir una atención oportuna, de calidad, no discriminatoria y apegada al respeto, promoción, protección y garantía de
sus derechos;
b) En cualquier momento podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, en los términos de
la normativa aplicable;
c) Acceder a la información de los programas sociales, reglas de operación, vigencia del programa social, cambios y ajustes;
de conformidad con lo previsto por las Leyes de Transparencia y de Protección de Datos Personales;
d) A interponer quejas, inconformidades, reclamos, denuncias y/o sugerencias, las cuales deberán ser registradas y atendidas
en apego a la normatividad aplicable;
e) Bajo ninguna circunstancia le será condicionado la permanencia o adhesión a cualquier programa social, siempre que
cumpla con los requisitos para su inclusión y permanencia a los programas sociales;
f) A solicitar de manera directa, el acceso a los programas sociales;
g) Una vez concluida la vigencia y el objetivo del programa social, y transcurrido el tiempo de conservación, la información
proporcionada por las personas derechohabientes o beneficiarias, deberá ser eliminada de los archivos y bases de datos de la
Administración Pública de la Ciudad de México, previa publicación del aviso en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México,
con al menos 10 días hábiles de anticipación.
h) Toda persona derechohabiente o beneficiario queda sujeta a cumplir con lo establecido en la normativa aplicable a cada
programa social.
86 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
La Contraloría General del Gobierno de la Ciudad de México, sita en Avenida Tlaxcoaque, número 8, edificio “Juana de
Arco”, colonia Centro, Teléfono 5627-9700; es el órgano competente para conocer las denuncias de violación e
incumplimiento de derechos en materiade desarrollo social.
XI. MECANISMOS DE EVALUACIÓN E INDICADORES.
11.1. Evaluación.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, la Evaluación Externa
del programa social será realizada de manera exclusiva e independiente por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social
de la Ciudad de México (EVALUA CDMX), en caso de encontrarse considerado en su Programa Anual de Evaluaciones
Externas.
En el caso de la Evaluación Interna del programa social, ésta se realizará en apego a lo establecido en los Lineamientos para
la Evaluación Interna de los Programas Sociales, emitidos por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad
de México y los resultados serán publicados y entregados a las instancias que establece el artículo 42 de la Ley de
Desarrollo Social para el Distrito Federal, en un plazo no mayor a seis meses después de finalizado el ejercicio fiscal.
La Dirección del Deporte en apego a lo establecido en los Lineamientos para la Evaluación Interna de los Programas
Sociales, emitidos por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México, realizará la evaluación
interna del programa.
11.2. Indicadores de Gestión y de Resultados.
Para la realización de la evaluación interna, se empleará información generada en campo, tal como encuestas y entrevistas,
información generada por el propio programa.
Para la construcción de los indicadores se seguirá la Metodología de Marco Lógico; es decir, se medirán indicadores de
cumplimiento de metas asociadas a los objetivos, que permitan la evaluación del cumplimiento de los objetivos, su
desempeño e impacto en la población beneficiaria, así como el costo administrativo de su operación; además se emplearán
instrumentos complementarios de evaluación cuantitativa y/o cualitativa.
Lo anterior, de acuerdo a lo siguiente:
Nivel de Objetivo: Fin
Objetivo: Al término del ejercicio fiscal, haber entregado apoyo económico a los beneficiarios del programa
Indicador: Reporte estadístico
Fórmula de Cálculo: Número de personas a las que no se les pudo entregar apoyo por cien entre el número total de
personas a las que se les puede ayudar con la implementación del programa
Tipo de Indicador: Cuantitativo
Unidad de Medida: Porcentaje
Medios de Verificación: Reporte de entrega de apoyos y comprobantes de entrega de apoyos
Unidad Responsable de la Medición: Subdirección de Fomento al Deporte.
Nivel de Objetivo: Propósito
Objetivo: Coadyuvar a la consecución de seguridad económica básica
Indicador: Encuestas
Fórmula de Cálculo: Número de personas que consideran haber conseguido seguridad económica básica por cien entre el
número de personas que recibieron el apoyo económico
Tipo de Indicador: Cuantitativo
Unidad de Medida: Porcentaje
Medios de Verificación: Análisis estadístico sobre las opiniones vertidas por los beneficiarios
Unidad Responsable de la Medición: Jefatura de Unidad Departamental de Difusión y Fomento al Deporte.
Nivel de Objetivo: Componentes
Objetivo: Establecimiento de un sistema de protección social básico.
Indicador: Encuestas.
Fórmula de Cálculo: Número de personas que consideran adecuada la implementación del programa por cien entre el
número de personas que recibieron el apoyo económico.
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 87
Tipo de Indicador: Cualitativo.
Unidad de Medida: Porcentaje.
Medios de Verificación: Análisis estadístico sobre las opiniones vertidas por los beneficiarios.
Unidad Responsable de la Medición: Jefatura de Unidad Departamental de Difusión y Fomento al Deporte.
Nivel de Objetivo: Actividades.
Objetivo: Diseñar reglas de operación, Elaborar y publicar convocatoria, Establecer punto de registro de beneficiarios,
sistematizar información proporcionada, Seleccionar beneficiarios, Realizar gestiones ante la institución bancaria y Entregar
apoyos económicos.
Indicador: Encuesta.
Fórmula de Cálculo: Número de personas que consideran adecuado el procedimiento de implementación del programa por
cien entre el número de personas que recibieron el apoyo económico
Tipo de Indicador: Cualitativo.
Unidad de Medida: Porcentaje.
Medios de Verificación: Análisis estadístico sobre las opiniones vertidas por los beneficiarios.
Unidad Responsable de la Medición: Jefatura de Unidad Departamental de Difusión y Fomento al Deporte.
Los avances trimestrales de la Matriz de Indicadores del Programa Social serán reportados de forma acumulada al Consejo
de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México, de acuerdo a la periodicidad y características de los
indicadores diseñados, señalando el área o unidad responsable de realizarlo.
XII. FORMAS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL.
Con base en lo dispuesto por la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, la sociedad podrá participar
activamente en el programa de desarrollo social.
Podrán participar en la modalidad de información, consulta y evaluación, ya sea de manera individual o colectiva; a través
de algún órgano de representación ciudadana.
La participación se hará efectiva en cualquier momento, a petición de la persona interesada; las propuestas realizadas, serán
tomadas en cuenta por la Dirección General de Desarrollo Social, a través de la Dirección del Deporte, quien determinará la
forma en la que han de aplicarse en la implementación del programa, siempre y cuando no contravengan lo dispuesto en las
reglas de operación del programa de desarrollo social.
XIII. ARTICULACIÓN CON OTRAS ACTIVIDADES INSTITUCIONALES Y PROGRAMAS SOCIALES.
El programa de desarrollo social se articula con los diferentes programas y actividades institucionales que implementa la
Dirección General de Desarrollo Social, para la atención de niñas y niños, en materia de fomento deportivo, implementados
en los diferentes centros deportivos con los que cuenta la delegación Azcapotzalco, en el Ejercicio Fiscal 2018.
XIV. MECANISMOS DE FISCALIZACIÓN.
La Contraloría General de la Ciudad de México, conforme a sus atribuciones, vigilará el cumplimiento de los presentes
Lineamientos. En este apartado se debe:
14.1. El programa Apoyo Económico a Niñas y Niños Chintololos fue aprobado por el Comité de Planeación del Desarrollo
de la Ciudad de México (COPLADE) en Primera Sesión Extraordinaria de fecha de febrero de 2018.
14.2 Como parte del informe trimestral remitido a la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México, se enviarán los
avances en la operación del programa social, la población beneficiaria, el monto de los recursos otorgados, la distribución,
según sea el caso, por delegación y colonia.
14.3 La Contraloría General de la Ciudad de México, en el ámbito de su competencia verificará que el gasto guarde
congruencia con lo dispuesto en la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México y en el Presupuesto de
Egresos de la Ciudad de México.
14.4 Se proporcionará toda información que sea solicitada por la Contraloría o los órganos de control interno, a fin de que
éstas puedan realizar las funciones de fiscalización, inspección y verificación del ejercicio del gasto público.
14.5 Las personas Contraloras Ciudadanas de la Red de Contralorías Ciudadanas que coordina y supervisa la Contraloría
General de la Ciudad de México, vigilarán en el marco de sus derechos y obligaciones establecidos en la Ley de
88 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
Participación Ciudadana del Distrito Federal y en los Lineamientos del programa de Contraloría Ciudadana, el
cumplimiento de las presentes reglas de operación, así como de las normas y procedimientos aplicables a la programación y
ejecución del programa social y el ejercicio de los recursos públicos.
XV. MECANISMOS DE RENDICIÓN DE CUENTAS.
De acuerdo con las Obligaciones de Transparencia en materia de Programas Sociales, de Ayudas, Subsidios, Estímulos y
Apoyos establecidas en el artículo 122 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas
de la Ciudad de México, la siguiente información se mantendrá impresa para consulta directa, se difundirá y mantendrá
actualizada en formatos y bases abiertas en la Plataforma Nacional de Transparencia
(http://www.plataformadetransparencia.org.mx/web/guest/inicio) y en el apartado de transparencia de la página oficial de
internet de la delegación Azcapotzalco (www.azcapotzalco.cdmx.gob.mx) , en la que también se podrá disponer de esta
información:
Los criterios de planeación y ejecución del programa, especificando las metas y objetivos anualmente y el presupuesto
público destinado para ello;
La siguiente información del programa social será actualizada trimestralmente: a) Área; b) Denominación del programa; c)
Periodo de vigencia; d) Diseño, objetivos y alcances; e) Metas físicas; f) Población beneficiada estimada; g) Monto
aprobado, modificado y ejercido, así como los calendarios de su programación presupuestal; h) Requisitos y procedimientos
de acceso; i) Procedimiento de queja o inconformidad ciudadana; j) Mecanismos de exigibilidad; k) Mecanismos de
evaluación, informes de evaluación y seguimiento de recomendaciones; l) Indicadores con nombre, definición, método de
cálculo, unidad de medida, dimensión, frecuencia de medición, nombre de las bases de datos utilizadas para su cálculo; m)
Formas de participación social; n) Articulación con otros programas sociales; o) Vínculo a las reglas de operación o
Documento equivalente; p) Vínculo a la convocatoria respectiva; q) Informes periódicos sobre la ejecución y los resultados
de las evaluaciones realizadas; r) Padrón de beneficiarios mismo que deberá contener los siguientes datos: nombre de la
persona física o denominación social de las personas morales beneficiarias, el monto, recurso, beneficio o apoyo otorgado
para cada una de ellas, su distribución por unidad territorial, en su caso, edad y sexo; y
El resultado de la evaluación del ejercicio y operación del programa.
XVI. CRITERIOS PARA LA INTEGRACIÓN Y UNIFICACIÓN DEL PADRÓN UNIVERSAL DE PERSONAS
BENEFICIARIAS O DERECHOHABIENTES.
Con base en la Ley de Desarrollo para el Distrito Federal, se entiende por padrón de beneficiarios a la relación oficial de
personas que forman parte de la población atendida por los programas de desarrollo social y que cumplen los requisitos de
la normatividad correspondiente, en este caso, lo establecido en las presentes Reglas de Operación. En este sentido, los
elementos con que cuenta la delegación Azcapotzalco, ejecutor del presente programa social, para la adecuada integración
de los datos respectivos al padrón de sus beneficiarios, son los siguientes:
La delegación Azcapotzalco, responsable de la ejecución del programa de desarrollo social, publicará en la Gaceta Oficial
de la Ciudad de México, a más tardar el último día hábil de la primera quincena del mes de marzo de 2019, el padrón de
beneficiarios correspondiente, indicando nombre, edad, sexo, unidad territorial y demarcación territorial. Considerando que
dichos padrones estarán ordenados alfabéticamente e incorporados en el “Formato para la Integración de Padrones de
Beneficiarios de Programas Sociales de la Ciudad de México”, que para tal fin, el Consejo de Evaluación del Desarrollo
Social de la Ciudad de México ha diseñado. En donde, adicional a las variables de identificación: “nombre, edad, sexo,
unidad territorial y demarcación territorial”, se precisará el número total de beneficiarios y si se cuenta con indicadores de
desempeño de alguna índole, tal como lo establece el artículo 34 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.
A efecto de construir en la Ciudad de México un padrón unificado y organizado por cada uno de los programas de las
Dependencias de la Administración Pública local, en el mismo periodo la delegación Azcapotzalco, entregará el respectivo
padrón de beneficiarios en medios magnético, óptico e impreso a la Comisión de Vigilancia y Evaluación de Políticas y
Programas Sociales de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, así como la versión electrónica de los mismos a la
Secretaría del Desarrollo Social de la Ciudad de México a efecto de incorporarlos al Sistema de Información del Desarrollo
Social (SIDESO) e iniciar el proceso de integración del padrón unificado de beneficiarios de la Ciudad de México, de
acuerdo a lo establecido en la fracción II del Artículo 34 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.
El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 34 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal
será sancionado en términos de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
Una vez emitidos los Lineamientos para la integración del padrón universal, se dará estricto cumplimiento a los mismos.
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 89
APOYO ECONÓMICO A DEPORTISTAS DE ALTO RENDIMIENTO.
I. DEPENDENCIA O ENTIDAD RESPONSABLE.
1.1 Programa de Apoyo Económico a Deportistas de Alto Rendimiento. 1.2 Delegación Azcapotzalco, órgano político-administrativo directamente responsable de la ejecución del programa y
ejecutor del gasto.
1.3 Dirección General de Desarrollo Social (coordinación para la implementación del programa de desarrollo social)
1.4 Dirección del Deporte (verificación, supervisión, control del programa y evaluación interna).
1.5 Subdirección de Fomento al Deporte (seguimiento a la operación e instrumentación del programa social,
concentración y sistematización de documentación y datos).
1.6 JUD de Fomento y Difusión al Deporte (operación e instrumentación del programa, atención a las solicitudes de las
personas interesadas en ser beneficiarias, estadística aplicable social y resguardo de la documentación de las personas
interesadas en ser beneficiarias del programa social); Dirección General de Administración, a través de la Dirección de
Recursos Financieros (transferencias monetarias a las personas beneficiarias del programa) y Subdirección de Tesorería e
Ingresos Autogenerados (concentración y sistematización de información bancaria de las personas beneficiarias del
programa).
II. ALINEACIÓN PROGRAMÁTICA.
El programa está relacionado con los Derechos Humanos consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, en el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; en la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal;
Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018; el Programa para Prevenir y Eliminar la Discriminación en
la Ciudad de México 2016-2018 y el Programa Especial de Igualdad y no Discriminación hacia las Mujeres de la Ciudad de
México, 2015-2018, al contribuir al ejercicio del derecho a la práctica del deporte para contribuir a un mejor desarrollo
humano; como se aprecia a continuación:
PROGRAMA GENERAL DE DESARROLLO DEL DISTRITO FEDERAL.
Eje 1.-Equidad e Inclusión Social para el Desarrollo Humano.
ÁREA DE OPORTUNIDAD 1. Discriminación y Derechos Humanos.
Línea de Acción. Promover una cultura de corresponsabilidad social entre las personas participantes de los
programas sociales.
ÁREA DE OPORTUNIDAD 2. Salud
OBJETIVO 5. Reducir el sedentarismo físico en la población del Distrito Federal.
Línea de Acción.- Promover el aumento de la oferta y los espacios para la práctica de actividades físicas, recreativas
y deportivas.
Línea de Acción.- Promover el conocimiento de los beneficios de la cultura física y el deporte.
PROGRAMA DELEGACIONAL DE DESARROLLO
Eje “Desarrollo Social Equitativo e Incluyente”
La función del desarrollo social es lograr que la población ejerza su derecho al buen vivir, a fin de mejorar las
condiciones de vida de la población, propiciar el goce de sus derechos básicos como educación, salud, alimentación,
identidad, deporte, esparcimiento, vivienda y seguridad social.
PROGRAMA PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN EN LA CIUDAD DE MÉXICO 2016-
2018.
1.4.2 Factores socioculturales y desigualdad de trato y oportunidades
La discriminación repercute finalmente en la desigualdad de trato social a los grupos que se encuentran en situación
de mayor vulnerabilidad; en la restricción y violación de los derechos humanos de personas y grupos, así como en la
negación de oportunidades para su desarrollo. De acuerdo con el Diagnóstico de Derechos Humanos de la Ciudad de
México (DDHCDMX) elaborado en 2008, en la Ciudad de México se observa:
90 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
Las personas y grupos que componen una comunidad o una sociedad; se excluye porque a menudo se siente que
estas diferencias amenazan la propia identidad, sin comprender que esta diversidad es la que lleva al
enriquecimiento mutuo; se discrimina por el miedo que provoca lo desconocido, lo otro, lo diferente a las
costumbres, tradiciones, ideología, formas de pensar y de sentir de un grupo social. Se discrimina por los prejuicios,
los estereotipos y los estigmas que se han aprendido.
Derivado de lo anterior, es necesario implementar una política contra la discriminación, a partir de tres núcleos
problemáticos, a saber:
1. Mecanismos de exigibilidad y efectivo acceso a la justicia;
2. Políticas públicas con enfoque de igualdad y derechos humanos; y
3. Educación, promoción y cultura de no discriminación.
Programa Especial de Igualdad y no Discriminación hacia las Mujeres de la Ciudad de México, 2015-2018.
OBJETIVO 1.- PROMOCIÓN DEL EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS MUJERES Y
NIÑAS.
Desarrollar acciones que amplíen el acceso y permanencia de las mujeres y las niñas en la educación (básica, media y
superior), en igualdad de condiciones para su desarrollo social, económico y político. Promover el conocimiento y
ejercicio de los Derechos Humanos de las mujeres y las niñas así como combatir todas de las formas de
discriminación que se presenten en espacios de participación ciudadana, desarrollo sustentable, cultura y
esparcimiento, así como ampliar el acceso a nuevas tecnologías de la información y comunicación.
III. DIAGNÓSTICO.
3.1. Antecedentes.
Dentro de la estrategia que ha impulsado la presente administración delegacional para seguir apoyando a las mujeres y
hombres habitantes de Azcapotzalco para que desarrollen actividades deportivas, en 2016 a través de la Dirección General
de Desarrollo Social se llevó a cabo el “Programa de Apoyo Económico a Deportistas de Alto Rendimiento”, el cual
inicialmente, benefició a 20 atletas de alto rendimiento de diferentes disciplinas, contribuyendo a garantizar el derecho
social al deporte y el impulso al talento deportivo, a través de la entrega de $12,600.00 (doce mil seiscientos pesos 00/100
M.N.) divididos en dos trimestres, para que adquirieran materiales deportivos, cubrir los costos de traslado e incentivar la
práctica profesional del deporte y la participación activa en competencias oficiales. Durante el año 2017, se logró apoyar a
30 deportistas de alto rendimiento con $15,400.00 (quince mil cuatrocientos pesos 00/100 M.N.) aumentando el número de
beneficiarios así como del monto económico. En este sentido, es importante señalar que en dos años de ejercicio de
gobierno se han beneficiado a poco más de cincuenta deportistas, los cuales practican diferentes disciplinas deportivas a
nivel profesional.
3.2. Problema social atendido por el Programa Social.
El compromiso del gobierno delegacional en su último año de ejercicio de gobierno, es el de seguir apoyando el talento de
nuestros deportistas para que sigan participando en competencias oficiales de forma profesional, fomentando así, la práctica
deportiva entre la población de la demarcación, garantizando y promoviendo el acceso pleno al ejercicio de los derechos
sociales de las y los habitantes de la demarcación.
Azcapotzalco es una delegación que tiene una tradición deportiva significativa, cuenta con una infraestructura deportiva
importante y perceptible, muchos de sus habitantes se han distinguido por su gran profesionalismo y destacada trayectoria
deportiva. Por ejemplo, en el medallero nacional, la delegación ocupaba los primeros lugares con más preseas y una
cantidad considerable de deportistas de alto rendimiento; sin embargo, en los últimos años se ha presentado un rezago
deportivo, considerando que en el registro de rendimiento deportivo, ésta demarcación ocupa actualmente la posición
número nueve en el medallero de la Ciudad de México.
El deporte de alto rendimiento en nuestro país ha tenido serias desventajas, por ejemplo, el financiamiento público es
insuficiente, no existe una articulación de programas y proyectos que ayuden a desarrollar nuevos y mejores talentos
deportivos, además, hace falta un orden jurídico que establezca de manera precisa, las atribuciones de los institutos
encargados de la promoción y fomento al deporte, entre otros más.
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 91
Consciente de la situación que atraviesa el deporte de alto rendimiento en nuestro país, la presente administración
delegacional ha venido maximizando esfuerzos para fortalecer la cultura deportiva entre sus habitantes, coadyuvando con la
formación de talentos deportivos, y de esta manera, optimizar la formación, selección y desarrollo de talentos deportivos a
través de distintas estrategias centradas en el fomento de las actividades deportivas en las colonias y en los centros
destinados para la práctica del deporte como son, los deportivos, parques, módulos deportivos y todo espacio público que se
encuentre en el territorio de la demarcación.
Los deportistas de alto rendimiento además del entrenamiento rígido y la gran disciplina con la que deben contar, necesitan
recursos en materia de alojamiento y alimentación, medicina del deporte, artículos y ropa de última generación y adelantos
tecnológicos aplicados al deporte de acuerdo con cada especialidad. Esto sin tomar en cuenta lo que pueden ser pagos o
estímulos a deportistas, así como viáticos para asistir a justas deportivas. En este sentido, resulta indispensable apoyar a los
deportistas de alto rendimiento para que no abandonen la práctica del deporte por múltiples factores, entre ellos las
dificultades económicas de familias en situación de vulnerabilidad, que limitan el acceso a los derechos sociales entre los
que se encuentra el del deporte. Lo anterior, debido al incremento de los requerimientos a cubrir cuando un deportista entra
en un nivel competitivo.
Lo anterior, obliga a desarrollar programas que contribuyan a garantizar a deportistas de alto rendimiento la posibilidad de
continuar desarrollándose en su respectiva disciplina y no se deserte por falta de apoyo; además, el presente programa busca
retomar la atención y apoyo a deportistas de alto rendimiento y re direccionar los mecanismos de seguimiento para lograr un
mejor desempeño y competitividad.
Por ello es primordial la búsqueda de acciones que no solo promuevan el deporte, sino que garanticen la permanencia y
competitividad de sus deportistas talentosos, así como establecer como prioridad la mayor participación de las mujeres en
actividades deportivas de alto rendimiento y por consecuente, puedan ser beneficiarias del presente programa social.
3.3. Definición de la Población Objetivo del Programa Social.
El objetivo del programa social en cuestión se desglosa e indica de la siguiente manera:
La Población Potencial: 238 niñas, niños y jóvenes que habitan en las 111 unidades territoriales (pueblos, colonias, barrios
y unidades habitacionales) que componen a la delegación Azcapotzalco.
La Población Objetivo: 110 niñas, niños y jóvenes que habitan en Azcapotzalco y que practican alguna disciplina deportiva
de alto rendimiento.
La Población Beneficiada: 30 niñas, niños, jóvenes y deportistas paralímpicos, pertenecientes a alguna de las 111 colonias,
pueblos, barrios y unidades habitacionales de Azcapotzalco, que lleven a cabo la práctica de alguna disciplina deportiva de
alto rendimiento y que representen a la demarcación en las justas deportivas de tales disciplinas.
IV. OBJETIVOS Y ALCANCES.
4.1. Objetivo General:
Contribuir al desarrollo de deportistas de alto rendimiento de la delegación Azcapotzalco, impulsando su participación,
permanencia y desarrollo deportivo competitivo, otorgando apoyos económicos de $15,400.00 (quince mil cuatrocientos
pesos 00/100 M.N.) hasta 30 deportistas de alto rendimiento que sean habitantes de la Delegación Azcapotzalco y
representen a la demarcación en justas deportivas oficiales; éste estímulo tiene la finalidad de mejorar su grado de
competitividad y permanencia en la práctica de la disciplina que desempeñen.
4.2. Objetivos Específicos:
Elevar la competitividad deportiva de los deportistas habitantes de Azcapotzalco, buscando así su participación en más
competencias profesionales, que por cuestiones de índole económica, en ocasiones dejan de participar.
Fomentar el ejercicio del derecho social al deporte entre la infancia y las personas jóvenes de nuestra demarcación, como
medida preventiva en el cuidado a la salud, que mejore su desarrollo físico, intelectual y su capacidad para integrarse en una
vida en comunidad.
Generar un espíritu de identidad de los deportistas de alto rendimiento con Azcapotzalco, al lograr representar a la
Delegación y ser reconocidos en diversos ámbitos, entre ellos el social.
Garantizar el ejercicio del derecho social al deporte por parte de niñas, niños y jóvenes que demuestren un talento deportivo
para la práctica de alguna disciplina, evitando su deserción de estas actividades debido a factores de vulnerabilidad social,
evitando de esta manera la discriminación por motivos de género, situación económica entre otros.
4.3 Alcances.
92 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
Con la implementación del programa social de transferencia monetaria se busca contribuir a garantizar el derecho al deporte
e impulsar el talento deportivo de hasta 30 deportistas de alto rendimiento de entre 12 y 25 años de edad que habiten en la
delegación Azcapotzalco, además de estimular su participación más activa en competencias oficiales y evitando así la fuga
de los deportistas de la Delegación Azcapotzalco a otras zonas o estados, que en busca de apoyos, han tenido que dejar su
lugar de origen. Por lo tanto el presente programa de desarrollo social, pretende la participación activa de mujeres y
hombres que puedan alcanzar mejores lugares dentro del ranking nacional en las competencias oficiales, inter
delegacionales e inter estatales que estarán por desarrollarse durante el ejercicio fiscal 2018
V. METAS FÍSICAS.
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 27 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, y el artículo 47 de
su Reglamento, se indica que en el Ejercicio Fiscal 2018, por cuestiones de índole presupuestal, el programa de desarrollo
social no está en condiciones de alcanzar la universalidad, por tanto, las metas físicas del mismo, son las siguientes:
5.1. De Operación:
Apoyar con $15,400.00 (quince mil cuatrocientos pesos 00/100 M.N.) hasta 30 deportistas de alto rendimiento que sean
habitantes de la delegación Azcapotzalco, que demuestren ser de alto rendimiento y que participen en competencias
deportivas profesionales.
5.2. De Resultados:
Contribuir en la mejora del ingreso económico de los deportistas de alto rendimiento que resulten beneficiarios del presente
programa de desarrollo social, con la finalidad de poder aminorar los gastos que conllevan, debido a la práctica del deporte
de alto rendimiento, garantizando de esta manera, el ejercicio pleno del derecho al desarrollo físico y al de la salud; además
de coadyuvar con el desarrollo integral del deportista en su disciplina respectiva, para que de esta manera, puedan estar en
condiciones de participar en justas profesionales a nivel estatal, nacional e internacional representando a Azcapotzalco,
mejorando de esta manera el lugar de la demarcación en el medallero nacional.
VI. PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL.
Monto total autorizado: Hasta $462,000.00 (Cuatrocientos sesenta y dos mil pesos00/100 M. N.), con cargo a la partida
4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”. El cual podrá sufrir modificaciones de acuerdo a lo autorizado en el
Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México, y al gasto autorizado por la Secretaría de Finanzas del Gobierno de la
Ciudad de México.
Monto unitario anual por beneficiario: $15,400.00 (quince mil cuatrocientos pesos 00/100 M.N.); que se entregarán a 30
niñas, niños, mujeres y hombres jóvenes deportistas que resulten beneficiarios del programa social, los cuales se entregaran
en dos ministraciones a razón de $7,700.00 (siete mil setecientos pesos 00/100 M.N.) en los meses de abril y agosto del
Ejercicio Fiscal 2018.
Primera ministración
Abril
Segunda ministración
Agosto
Total
$231,000.00 $231,000.00 $462,000.00
El apoyo económico se entregará a las personas beneficiarias, a través de la emisión de órdenes de pago o cheque
nominativo a favor del beneficiario o del tutor que este registrado o por medio de una combinación de alguno de los
anteriores instrumentos de transferencia monetaria.
VII. REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO.
7.1. Difusión
La Dirección General de Desarrollo Social, a través de la Dirección del Deporte, a partir de la fecha de publicación de las
presentes reglas de operación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México (www.consejeria.cdmx.gob.mx), diseñará y
elaborará un extracto que se tornará en convocatoria, la cual contendrá los requisitos, documentación, lugares, fechas de
registro y criterios de selección de las personas beneficiarias del programa.
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 93
La convocatoria del programa se publicará para conocimiento de la población en general y, a través de materiales
elaborados por el área ejecutora, tales como: medios impresos (carteles, mantas, volantes, trípticos, en el periódico de
difusión a través de la Delegación “El Hormiguero Informativo”.), así como colocados en los centros o espacios deportivos
de la Delegación Azcapotzalco (Deportivo Azcapotzalco, Deportivo 20 de Noviembre, Deportivo Victoria de las
Democracias, Deportivo Ceylán, Deportivo Renovación y Deportivo Xochinahuac), en la página oficial de Internet
(www.azcapotzalco.cdmx.gob.mx), y en las redes sociales de la Delegación.
Las personas interesadas en recibir información sobre cualquier aspecto relacionado con la implementación del programa,
podrán acudir de lunes a domingo, en un horario de 10 a 17 horas a las oficinas de la Dirección del Deporte, ubicadas en
Avenida San Pablo Xalpa, esquina eje 5 Norte, colonia Santa Bárbara, código postal 02230, Ciudad de México, o
comunicarse al teléfono 53824554.
7.2. Requisitos de Acceso:
Las personas interesadas en ser beneficiarias del programa de desarrollo social, deberán observar los siguientes requisitos:
* Ser habitante de Azcapotzalco;
* Practicar una disciplina deportiva de alto rendimiento y representar exclusivamente a la delegación Azcapotzalco en todos
los eventos y competencias deportivas profesionales estatales o nacionales a los que sean convocados por la demarcación,
federación o asociación deportiva, previo conocimiento de la Dirección del Deporte en Azcapotzalco;
* Tener entre 12 y 25 años de edad; para atleta paralímpico no hay restricción de edad;
* No ser beneficiario de algún otro programa social de esta Demarcación; y
* No ser hijo o hija de personal de estructura de la Delegación Azcapotzalco.
7.3. Documentación:
Las personas interesadas en ser beneficiarias del programa, deberán presentar la siguiente documentación en original y en
una copia fotostática simple para la creación del expediente respectivo:
* Acta de nacimiento;
* Clave Única de Registro de Población (C.U.R.P.).
* Comprobante de domicilio expedido en 2018. Puede ser cualquiera de los siguientes documentos: Boleta de cobro de
Derechos por el Suministro de Agua, boleta de cobro del Impuesto Predial, boleta de cobro de servicio telefónico
doméstico, boleta de cobro de suministro de gas doméstico, boleta de cobro de suministro de energía eléctrica, no mayores
a tres meses, contrato de arrendamiento vigente o constancia de residencia vigente expedida por la Delegación
Azcapotzalco.
* Identificación oficial vigente con fotografía. Puede ser cualquiera de las siguientes: Credencial para Votar, emitida por el
Instituto Federal Electoral o Instituto Nacional Electoral, Cédula Profesional, emitida por la Secretaría de Educación
Pública, Pasaporte, expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores o Licencia de conducir vigente, expedida por la
Secretaría de Movilidad de la CDMX; en el caso de ser menor de edad podrá presenta credencial de la escuela a la que
asiste.
* Carta del entrenador, profesor que imparte la disciplina deportiva o asociación deportiva a la que pertenece, que avale y de
constancia que la o el deportista lleva cabo sus actividades deportivas de entrenamiento o competencias de manera
habitual, así como el lugar y horarios donde las lleva a cabo.
* Currículo deportivo.
* Programa de actividades o competencias que desarrollará en el primer semestre del año 2018.
En caso de que la persona interesada en ser beneficiaria del programa social sea menor de edad, será la madre, el padre o el
tutor responsable del menor quien deba entregar todos los documentos del solicitante anteriormente mencionados, con
excepción de aquellos con los que no cuente por su minoría de edad; y además, deberá presentar en original para cotejo y en
una copia fotostática simple para anexarlo al expediente del menor:
* Identificación oficial vigente con fotografía. Puede ser cualquiera de las siguientes: Credencial para Votar, emitida por el
Instituto Federal Electoral (IFE) o Instituto Nacional Electoral (INE), Cédula Profesional, emitida por la Secretaría de
Educación Pública, Tarjeta del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM) o Pasaporte, expedido por la
Secretaría de Relaciones Exteriores, Licencia de conducir vigente, expedida por la Secretaría de Movilidad de la CDMX; y
* Clave Única de Registro de Población (C.U.R.P.), del padre, madre o tutor.
A ninguna persona se le solicitarán mayores o menores requisitos que los contenidos en las reglas de operación del
programa de desarrollo social. En ningún caso, las o los servidores públicos, podrán solicitar o proceder de manera diferente
a lo establecido en las presentes reglas de operación.
94 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
En el caso de que se presente una situación de contingencia, desastre o emergencia en la Ciudad de México, los
requerimientos y documentación a presentar para la inclusión de las personas en el programa social, puede variar, en cuyo
caso, se emitirán lineamientos específicos.
7.3. Procedimiento de Acceso.
De acuerdo a lo estipulado en el artículo 33 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal y 50 de su Reglamento,
el acceso al programa será a través de convocatoria, la cual será publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México
(www.consejeria.cdmx.gob.mx), en el Sistema de Información del Desarrollo Social (SIDESO www.sideso.cdmx.gob.mx),
a través de medios impresos, en la página oficial de Internet y en redes sociales de la Delegación Azcapotzalco
(www.azcapotzalco.cdmx.gob.mx).
*Sólo podrán ser beneficiarias, las personas que cumplan con todos los requisitos y aporten la documentación completa
solicitada.
*No podrán ser beneficiarios hijos o familiares directos de personal de estructura de la delegación Azcapotzalco.
*Sólo podrán ser beneficiarios hasta dos integrantes de cada familia, con el fin de dar oportunidades de acceso a mayor
número de población.
7.4. Criterios de Selección.
Los criterios de selección de las personas que serán beneficiarias del programa de desarrollo social, serán los siguientes:
1.- Se dará prioridad a las personas que cumplan con los requisitos estipulados en las presentes reglas de operación de
manera cronológica.
2.- La información proporcionada por la persona solicitante estará sujeta a comprobación por parte de la Dirección del
Deporte, por medio de visitas domiciliarias y de verificación al área donde practica sus actividades deportivas.
3.- Así mismo en caso de haber entregado documentos y no haber sido seleccionado como beneficiario al programa, pasará
a una lista de espera generada en el orden como se entregó la documentación, que podrá ser utilizada en caso de alguna
baja del padrón de beneficiarios.
Los requisitos, documentos, forma de acceso y criterios de selección de personas beneficiarias del programa, son públicos,
podrán ser consultados en la Dirección del Deporte, sita en Avenida San Pablo Xalpa, esquina eje 5 Norte, colonia Santa
Bárbara, código postal 02230, Ciudad de México y en el teléfono 5382 4554.
El padrón de personas beneficiarias será publicado en la página oficial de Internet de la Delegación Azcapotzalco y en la
Gaceta Oficial de la Ciudad de México, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la Ley de Desarrollo Social para el
Distrito Federal y 50 de su Reglamento.
7.5. Restricciones.
La recepción de la documentación y el proceso de registro al programa, no garantiza la entrega del apoyo económico,
exclusivamente le permiten a la persona solicitante, participar en el inicio del trámite. Dicha solicitud estará sujeta a la
revisión de la documentación y lavaloración de la situación social, económica y de vulnerabilidad de la persona solicitante,
para determinar si se ajusta o no al programa.
El programa de desarrollo social puede ser suspendido por la Delegación sin incurrir en responsabilidad alguna.
7.6. Causales de Baja
Las causales de baja del listado de beneficiarias y beneficiarios del programa de desarrollo social, y por lo tanto el retiro del
apoyo económico, aplicarán cuando se de alguno de los siguientes supuestos:
* Cuando se compruebe la duplicidad como beneficiaria o beneficiario en este programa.
* Cuando se verifique que la beneficiaria o beneficiario no cumple con los requisitos señalados en las reglas de operación
del programa.
* Cuando la beneficiaria o beneficiario abandone la práctica deportiva.
* Cuando la beneficiaria o beneficiario renuncie a la ayuda por voluntad propia. En este caso, deberá firmar el formato de
baja establecido para tal fin.
* Cuando se compruebe que la beneficiaria o beneficiario haya proporcionado información o documentación falsa.
* Cuando la beneficiaria o beneficiario no de continuidad con los trámites que permitan la entrega del apoyo económico.
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 95
* Cuando la beneficiaria o beneficiario fallezca.
VIII. PROCEDIMIENTOS DE INSTRUMENTACIÓN.
8.1. Registro.
La Dirección del Deporte a través de la Subdirección de Fomento al Deporte y la JUD de Fomento y Difusión al Deporte,
estará encargada del registro y recepción de documentación de las personas interesadas en ser beneficiarias del programa, a
las cuales les entregará un comprobante impreso con un número de folio único que acreditará su registro y con el cual
podrán dar seguimiento a su solicitud.
Una vez que las personas solicitantes son incorporadas al programa social, formarán parte de un Padrón de Personas
Beneficiarias, que conforme a la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal será de carácter público, siendo
reservados sus datos personales, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y
Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal; los
cuales en ningún caso podrán emplearse para propósitos de proselitismo político, religioso o comercial, ni para ningún otro
fin distinto al establecido en las Reglas de Operación del programa social.
De acuerdo a lo estipulado en el artículo 38 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, todos los formatos
utilizados en la implementación del programa de desarrollo social, llevarán impresa la siguiente leyenda:
“Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen
de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos electorales,
de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en la Ciudad de
México, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”.
Todos los trámites a realizar y los formatos creados para la implementación del programa de desarrollo social, son gratuitos.
8.2. Operación.
Una vez concluido el periodo de registro de la población objetivo, y habiendo alcanzado la meta programada, se procederá
de la siguiente manera:
La Dirección del Deporte, a través de la Subdirección de Fomento al Deporte y la JUD de Fomento y Difusión al Deporte,
sistematizará la documentación proporcionada por las personas interesadas en ser beneficiarias del programa, a efecto de
determinar si cumplen con los requisitos y entregaron la documentación completa solicitada, con lo cual, procederá a
elaborar una lista preliminar de las personas beneficiarias.
Una vez concluida la lista de personas beneficiarias, ésta será remitida por la Subdirección de Fomento al Deporte a la
Dirección del Deporte, quien le dará validez al cumplimiento de las reglas de operación del programa, posteriormente
enviará la lista a la Dirección General de Desarrollo Social, para su validación final y para su publicación en la página
oficial de Internet de la Delegación; también para la continuación de los trámites administrativos a que haya lugar para la
entrega del apoyo.
La Dirección General de Desarrollo Social, enviará a la Dirección de Recursos Financieros, el listado de personas
beneficiarias del programa, mismo que incluirá el nombre de la persona, el del padre, madre o tutor así como su Clave
Única de Registro de Población.
La Dirección de Recursos Financieros, llevarán a cabo los trámites necesarios, a efecto de que se entreguen los apoyos
económicos a las personas beneficiarias del programa.
La Dirección de Recursos Financieros, será responsable de realizar las transferencias monetarias correspondientes, así como
de programar la fecha en que éstas se realizarán.
Previo a cada ministración, la Dirección General de Desarrollo Social, remitirá a la Dirección de Recursos Financieros, el
listado de personas beneficiarias del programa, a efecto de que puedan ser transferidos los apoyos económicos.
La Subdirección de Tesorería e Ingresos Autogenerados, será responsable de concentrar y sistematizar la información
bancaria de las personas beneficiarias del programa, misma que le remitirá de manera periódica a la Dirección del Deporte,
a efecto de comprobar y garantizar que las personas beneficiarias han recibido el apoyo económico.
La Dirección del Deporte, a través de la Subdirección de Fomento al Deporte, informará a las personas beneficiarias a través
de llamadas telefónicas, o mensajes en plataformas electrónicas sobre los lugares, fechas y horarios en los que se les
entregará el apoyo económico; así como los mecanismos que se aplicarán en caso de que no puedan recogerlos en las fechas
estipuladas para tal efecto. Se hará de conocimiento del Órgano de Control Interno en la Delegación Azcapotzalco, sobre la
realización de eventos en los cuales se haga la entrega del apoyo económico.
96 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
La Dirección del Deporte, a través de la Subdirección de Fomento al Deporte, será la responsable de resguardar la
información, la Jefatura de Unidad Departamental de Difusión y Fomento al Deporte será la responsable de resguardar los
expedientes de las personas solicitantes, así como de las beneficiarias; a la par de realizar un informe sobre el estado de
ejecución del programa de desarrollo social.
8.3. Supervisión y Control.
La Dirección General de Desarrollo Social, será la responsable de la validación final de cada una de las etapas que den
cumplimiento a la implementación del programa.
La Subidrección de Fomento al Deporte, será la instancia encargada de llevar a cabo el seguimiento, la supervisión y control
del cumplimiento de los procedimientos dispuestos en las reglas de operación del programa.
La Dirección del Deporte, será la encargada de la evaluación interna del programa, a que hace referencia la Ley de
Desarrollo Social para el Distrito Federal.
Las personas participantes o beneficiarias del programa social serán invitadas a diversas actividades de formación e
información como: pláticas, talleres, cursos, encuentros, o foros sobre los diversos tipos y modalidades de violencia de
género, así como la capacitación en materia de derechos de las mujeres, y se proporcionarán materiales de difusión,
relacionados con estos temas y la información respecto a los lugares e instituciones a los cuales pueden tener acceso, para
mayor información y atención, en caso necesario, de acuerdo a lo establecido en el artículo 38 Bis, de la Ley de Desarrollo
Social para el Distrito Federal.
Durante los procesos electorales a desarrollarse durante el año 2018, en particular en las campañas electorales, no se
suspenderá el programa social, sin embargo, atendiendo a los principios de imparcialidad, equidad y neutralidad que deben
observarse en los procesos electorales, los beneficios del programa social no serán entregados en eventos masivos o
modalidades que afecten el principio de equidad en la contienda electoral.
Por lo tanto, la ejecución del programa social, se ajustará al objeto y reglas de operación establecidas, evitando su
utilización con fines electorales distintos al desarrollo social, en el marco de los procesos electorales, para evitar en todo
momento, su vinculación con algún partido político, coalición o candidatura particular.
IX. PROCEDIMIENTO DE QUEJA O INCONFORMIDAD CIUDADANA.
Si alguna persona considera que ha sido perjudicada en la aplicación del programa de desarrollo social, ya sea por una
acción u omisión de una o un servidor público, podrá, en primera instancia, presentar una queja o inconformidad, ya sea de
manera verbal o por escrito, ante la Dirección del Deporte, ubicada en Avenida San Pablo Xalpa sin número, esquina Eje 5
Norte, colonia Santa Barbará, código postal 02230, Ciudad de México, de lunes a viernes en un horario de 10:00 a 18:00
horas, donde será atendida personalmente y de ser necesario, se emitirá respuesta por escrito en un plazo máximo de diez
días hábiles.
En caso de que la Dirección del Deporte, no resuelva con base en las pretensiones del quejoso, la persona interesada podrá
presentar una queja ante la Procuraduría Social de la Ciudad de México, sita en Calle Jalapa, número 15, Colonia Roma,
Delegación Cuauhtémoc; y/o ante el Órgano de Control Interno de la Delegación Azcapotzalco, sito en calle Castilla
Oriente, sin número, esquina 22 de Febrero, planta baja del edificio delegacional, colonia Azcapotzalco Centro, código
postal 02008, Ciudad de México. También podrá registrar su queja a través del Servicio Público de Localización Telefónica
“LOCATEL”, quien deberá turnarla a la Procuraduría Social del Distrito Federal y en su caso a la instancia correspondiente,
para su debida investigación.
Queda estrictamente prohibido cualquier acto o conducta discriminatoria por acción u omisión por parte de las personas
servidoras públicas durante la implementación, seguimiento o evaluación del programa social. La violación a esta
disposición, será sancionada conforme al marco jurídico vigente en la Ciudad de México y las personas beneficiarias podrán
acudir al Consejo Para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México (COPRED), para su investigación.
En caso de que el presente programa social sea utilizado de manera indebida y dolosa en la consecución de algún beneficio
de índole electoral por parte de las personas servidoras públicas, las personas beneficiarias podrán denunciar cualquier
delito electoral ante la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE); además, podrá registrar su
queja en la línea telefónica del Instituto Nacional Electoral (INE): 01800 433 2000 (INETEL).
X. MECANISMOS DE EXIGIBILIDAD.
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 97
Se garantiza que todas las personas que cumplan con los requisitos a que hacen referencia las reglas de operación del
programa de desarrollo social, podrán solicitar el registro. Para la elaboración del padrón de beneficiarias y beneficiarios, no
se aplicarán favoritismos, ni discriminación; las condiciones serán claras, transparentes, equitativas y calendarizadas.
Con los mecanismos implementados para la elaboración del padrón se fomenta la equidad social, de género, logrando
igualdad en la diversidad.
Cualquier persona que cumpla con los requisitos y criterios de selección dispuestos en las reglas de operación del programa,
podrá ser incorporada como beneficiaria del mismo.
Cualquier persona puede exigir a la Delegación Azcapotzalco, que las incorporaciones al listado de personas beneficiarias
del programa, sean claras, transparentes, equitativas, sin favoritismos, ni discriminación.
Cualquier persona podrá exigir a la Delegación Azcapotzalco, que en todo momento sean respetadas las reglas de operación
del programa de desarrollo social.
Cualquier persona beneficiaria podrá exigir a la Delegación Azcapotzalco, sean cumplidos en tiempo y forma, los plazos
establecidos para la entrega de los apoyos económicos.
Con base en el artículo 51 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal: “Las personas derechohabientes o
beneficiarias de los programas sociales, tendrán los siguientes derechos y obligaciones:
a) A recibir una atención oportuna, de calidad, no discriminatoria y apegada al respeto, promoción, protección y garantía de
sus derechos;
b) En cualquier momento podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, en los términos de
la normativa aplicable;
c) Acceder a la información de los programas sociales, reglas de operación, vigencia del programa social, cambios y ajustes;
de conformidad con lo previsto por las Leyes de Transparencia y de Protección de Datos Personales;
d) A interponer quejas, inconformidades, reclamos, denuncias o sugerencias, las cuales deberán ser registradas y atendidas
en apego a la normatividad aplicable;
e) Bajo ninguna circunstancia le será condicionado la permanencia o adhesión a cualquier programa social, siempre que
cumpla con los requisitos para su inclusión y permanencia a los programas sociales;
f) A solicitar de manera directa, el acceso a los programas sociales;
g) Una vez concluida la vigencia y el objetivo del programa social, y transcurrido el tiempo de conservación, la información
proporcionada por las personas derechohabientes o beneficiarias, deberá ser eliminada de los archivos y bases de datos de la
Administración Pública del Distrito Federal, previa publicación del aviso en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, con
al menos 10 días hábiles de anticipación.
h) Toda persona derechohabiente o beneficiario queda sujeta a cumplir con lo establecido en la normativa aplicable a cada
programa social.
La Contraloría General del Gobierno de la Ciudad de México, sita en Avenida Tlaxcoaque, número 8, edificio “Juana de
Arco”, colonia Centro, Teléfono 5627-9700; es el órgano competente para conocer las denuncias de violación e
incumplimiento de derechos en materiade desarrollo social.
XI. MECANISMOS DE EVALUACIÓN E INDICADORES.
11.1. Evaluación. De acuerdo a lo establecido en el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, la Evaluación Externa
del programa social será realizada de manera exclusiva e independiente por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social
de la Ciudad de México (EVALUA CDMX), en caso de encontrarse considerado en su Programa Anual de Evaluaciones
Externas.
En el caso de la Evaluación Interna del programa social, ésta se realizará en apego a lo establecido en los Lineamientos para
la Evaluación Interna de los Programas Sociales, emitidos por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad
de México y los resultados serán publicados y entregados a las instancias que establece el artículo 42 de la Ley de
Desarrollo Social para el Distrito Federal, en un plazo no mayor a seis meses después de finalizado el ejercicio fiscal.
La Dirección del Deporte en apego a lo establecido en los Lineamientos para la Evaluación Interna de los Programas
Sociales, emitidos por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social del Distrito Federal, realizará la evaluación interna
del programa.
11.2. Indicadores de Gestión y de Resultados.
98 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
Para la realización de la evaluación interna, se empleará información generada en campo, tal como encuestas y entrevistas,
información generada por el propio programa.
Para la construcción de los indicadores se seguirá la Metodología de Marco Lógico; es decir, se medirán indicadores de
cumplimiento de metas asociadas a los objetivos, que permitan la evaluación del cumplimiento de los objetivos, su
desempeño e impacto en la población beneficiaria, así como el costo administrativo de su operación; además se emplearán
instrumentos complementarios de evaluación cuantitativa o cualitativa.
Lo anterior, de acuerdo a lo siguiente:
Nivel de Objetivo: Fin
Objetivo: Al término del ejercicio fiscal, haber entregado apoyo económico a los beneficiarios del programa
Indicador: Reporte estadístico
Fórmula de Cálculo: Número de personas a las que no se les pudo entregar apoyo por cien entre el número total de
personas a las que se les puede ayudar con la implementación del programa
Tipo de Indicador: Cuantitativo
Unidad de Medida: Porcentaje
Medios de Verificación: Reporte de entrega de apoyos y comprobantes de entrega de apoyos
Unidad Responsable de la Medición: Subdirección de Fomento al Deporte.
Nivel de Objetivo: Propósito
Objetivo: Coadyuvar a la consecución de seguridad económica básica
Indicador: Encuestas
Fórmula de Cálculo: Número de personas que consideran haber conseguido seguridad económica básica por cien entre el
número de personas que recibieron el apoyo económico
Tipo de Indicador: Cuantitativo
Unidad de Medida: Porcentaje
Medios de Verificación: Análisis estadístico sobre las opiniones vertidas por los beneficiarios
Unidad Responsable de la Medición: Jefatura de Unidad Departamental de Difusión y Fomento al Deporte.
Nivel de Objetivo: Componentes
Objetivo: Apoyo económico como parte medular del programa social
Indicador: Encuestas
Fórmula de Cálculo: Número de apoyos económicos programados en el periodo, por el número de apoyos económicos que
pretende entregar el programa.
Tipo de Indicador: Eficacia
Unidad de Medida: Apoyos económicos
Medios de Verificación: Padrón de beneficiarios.
Unidad Responsable de la Medición: Jefatura de Unidad Departamental de Difusión y Fomento al Deporte.
Nivel de Objetivo: Actividades
Objetivo: Diseñar reglas de operación, Elaborar y publicar convocatoria, Establecer punto de registro de beneficiarios,
sistematizar información proporcionada, Seleccionar beneficiarios, Realizar gestiones ante la institución bancaria y Entregar
apoyos económicos
Indicador: Encuesta
Fórmula de Cálculo: Número de personas que consideran adecuado el procedimiento de implementación del programa por
cien entre el número de personas que recibieron el apoyo económico
Tipo de Indicador: Cualitativo
Unidad de Medida: Porcentaje
Medios de Verificación: Análisis estadístico sobre las opiniones vertidas por los beneficiarios
Unidad Responsable de la Medición: Jefatura de Unidad Departamental de Difusión y Fomento al Deporte.
Los avances trimestrales de la Matriz de Indicadores del Programa Social serán reportados de forma acumulada al Consejo
de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México, de acuerdo a la periodicidad y características de los
indicadores diseñados, señalando el área o unidad responsable de realizarlo.
XII. FORMAS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL.
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 99
Con base en lo dispuesto por la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, la sociedad podrá participar
activamente en el programa de desarrollo social.
Podrán participar en la modalidad de información, consulta y evaluación, ya sea de manera individual o colectiva; a través
de algún órgano de representación ciudadana.
La participación se hará efectiva en cualquier momento, a petición de la persona interesada; las propuestas realizadas, serán
tomadas en cuenta por la Dirección General de Desarrollo Social, a través de la Dirección del Deporte, quien determinará la
forma en la que han de aplicarse en la implementación del programa, siempre y cuando no contravengan lo dispuesto en las
reglas de operación del programa de desarrollo social.
XIII. ARTICULACIÓN CON OTRAS ACTIVIDADES INSTITUCIONALES Y PROGRAMAS SOCIALES.
El programa de desarrollo social se articula con los diferente programas y actividades institucionales que implementa la
Dirección General de Desarrollo Social, para la atención de niñas, niños, mujeres y hombres jóvenes habitantes de
Azcapotzalco, en materia de fomento deportivo implementados en los diferentes centros deportivos con los que cuenta la
delegación Azcapotzalco, en el Ejercicio Fiscal 2018.
XIV. MECANISMOS DE FISCALIZACIÓN.
La Contraloría General de la Ciudad de México, conforme a sus atribuciones, vigilará el cumplimiento de los presentes
Lineamientos. En este apartado se debe:
14.1. El programa Apoyo a Deportistas de Alto Rendimiento fue aprobado por el Comité de Planeación del Desarrollo de la
Ciudad de México (COPLADE) en la Primera Sesión Extraordinaria de fecha de febrero de 2018.
14.2 Como parte del informe trimestral remitido a la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México, se enviarán los
avances en la operación del programa social, la población beneficiaria, el monto de los recursos otorgados, la distribución,
según sea el caso, por delegación y colonia.
14.3 La Contraloría General de la Ciudad de México, en el ámbito de su competencia verificará que el gasto guarde
congruencia con lo dispuesto en la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México y en el Presupuesto de
Egresos de la Ciudad de México.
14.4 Se proporcionará toda información que sea solicitada por la Contraloría o los órganos de control interno, a fin de que
éstas puedan realizar las funciones de fiscalización, inspección y verificación del ejercicio del gasto público.
14.5 Las personas Contraloras Ciudadanas de la Red de Contralorías Ciudadanas que coordina y supervisa la Contraloría
General de la Ciudad de México, vigilarán en el marco de sus derechos y obligaciones establecidos en la Ley de
Participación Ciudadana del Distrito Federal y en los Lineamientos del programa de Contraloría Ciudadana, el
cumplimiento de las presentes reglas de operación, así como de las normas y procedimientos aplicables a la programación y
ejecución del programa social y el ejercicio de los recursos públicos.
XV. MECANISMOS DE RENDICIÓN DE CUENTAS.
De acuerdo con las Obligaciones de Transparencia en materia de Programas Sociales, de Ayudas, Subsidios, Estímulos y
Apoyos establecidas en el artículo 122 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas
de la Ciudad de México, la siguiente información se mantendrá impresa para consulta directa, se difundirá y mantendrá
actualizada en formatos y bases abiertas en la Plataforma Nacional de Transparencia y en el apartado de transparencia de la
página oficial de internet de la delegación Azcapotzalco, en la que también se podrá disponer de esta información:
Los criterios de planeación y ejecución del programa, especificando las metas y objetivos anualmente y el presupuesto
público destinado para ello;
La siguiente información del programa social será actualizada trimestralmente: a) Área; b) Denominación del programa; c)
Periodo de vigencia; d) Diseño, objetivos y alcances; e) Metas físicas; f) Población beneficiada estimada; g) Monto
aprobado, modificado y ejercido, así como los calendarios de su programación presupuestal; h) Requisitos y procedimientos
de acceso; i)Procedimiento de queja o inconformidad ciudadana; j) Mecanismos de exigibilidad; k) Mecanismos de
evaluación, informes de evaluación y seguimiento de recomendaciones; l) Indicadores con nombre, definición, método de
cálculo, unidad de medida, dimensión, frecuencia de medición, nombre de las bases de datos utilizadas para su cálculo; m)
Formas de participación social; n) Articulación con otros programas sociales; o) Vínculo a las reglas de operación o
Documento equivalente; p) Vínculo a la convocatoria respectiva; q) Informes periódicos sobre la ejecución y los resultados
de las evaluaciones realizadas; r) Padrón de beneficiarios mismo que deberá contener los siguientes datos: nombre de la
persona física o denominación social de las personas morales beneficiarias, el monto, recurso, beneficio o apoyo otorgado
para cada una de ellas, su distribución por unidad territorial, en su caso, edad y sexo.
100 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
El resultado de la evaluación del ejercicio y operación del programa.
XVI. CRITERIOS PARA LA INTEGRACIÓN Y UNIFICACIÓN DEL PADRÓN UNIVERSAL DE PERSONAS
BENEFICIARIAS O DERECHOHABIENTES.
Con base en la Ley de Desarrollo para el Distrito Federal, se entiende por padrón de beneficiarios a la relación oficial de
personas que forman parte de la población atendida por los programas de desarrollo social y que cumplen los requisitos de
la normatividad correspondiente, en este caso, lo establecido en las presentes Reglas de Operación. En este sentido, los
elementos con que cuenta la delegación Azcapotzalco, ejecutor del presente programa social, para la adecuada integración
de los datos respectivos al padrón de sus beneficiarios, son los siguientes:
La delegación Azcapotzalco, responsable de la ejecución del programa de desarrollo social, publicará en la Gaceta Oficial
de la Ciudad de México, a más tardar el último día hábil de la primera quincena del mes de marzo de 2019, el padrón de
beneficiarios correspondiente, indicando nombre, edad, sexo, unidad territorial y demarcación territorial. Considerando que
dichos padrones estarán ordenados alfabéticamente e incorporados en el “Formato para la Integración de Padrones de
Beneficiarios de Programas Sociales de la Ciudad de México”, que para tal fin, el Consejo de Evaluación del Desarrollo
Social de la Ciudad de México ha diseñado. En donde, adicional a las variables de identificación: “nombre, edad, sexo,
unidad territorial y demarcación territorial”, se precisará el número total de beneficiarios y si se cuenta con indicadores de
desempeño de alguna índole, tal como lo establece el artículo 34 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.
A efecto de construir en la Ciudad de México un padrón unificado y organizado por cada uno de los programas de las
Dependencias de la Administración Pública local, en el mismo periodo la delegación Azcapotzalco, entregará el respectivo
padrón de beneficiarios en medios magnético, óptico e impreso a la Comisión de Vigilancia y Evaluación de Políticas y
Programas Sociales de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, así como la versión electrónica de los mismos a la
Secretaría del Desarrollo Social de la Ciudad de México a efecto de incorporarlos al Sistema de Información del Desarrollo
Social (SIDESO) e iniciar el proceso de integración del padrón unificado de beneficiarios de la Ciudad de México, de
acuerdo a lo establecido en la fracción II del Artículo 34 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.
El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 34 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal
será sancionado en términos de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
Una vez emitidos los Lineamientos para la integración del padrón universal, se dará estricto cumplimiento a los mismos.
MULTIPLICADORES DE ASISTENCIA SOCIAL PARA LA SALUD.
I. Nombre de Programa Social y Dependencia o Entidad Responsable.
1.1. Nombre del Programa Social.
1.1.1. Multiplicadores de asistencia social para la salud.
1.2. Dependencia o Entidad Responsable del Programa.
1.2.1. Delegación Azcapotzalco.
1.3. Unidades Administrativas involucradas en la operación del programa social.
1.3.1. Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC).
1.3.1.1. Recibir la solicitud de ingreso al Programa y asignación de folio por solicitud.
1.3.1.2. Informar diariamente de los folios ingresados a la Dirección General de Desarrollo Social y a la Subdirección de
Enlace y Seguimiento de la DGDS.
1.3.1.3. Remitir las solicitudes ingresadas con una relación de los folios por fecha de recepción, en un máximo de tres días
hábiles a partir del ingreso.
1.3.2. Dirección General de Desarrollo Social.
1.3.2.1. Supervisar el desarrollo del Programa, desde la convocatoria, por medio de la Subdirección de Enlace y
Seguimiento de la DGDS
1.3.2.2. Gestionar las publicaciones pertinentes en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el sitio web de la Delegación
Azcapotzalco, las redes sociales oficiales, los medios impresos, etc.
1.3.3. Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS.
1.3.3.1. Supervisar la correcta aplicación de las Reglas de Operación del Programa.
1.3.3.2. Analizar la información remitida por el CESAC y convocar a las personas solicitantes seleccionadas, de acuerdo a
los criterios establecidos.
1.3.3.3. Recabar la documentación e información pertinente de las solicitantes.
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 101
1.3.3.4. Elaborar el padrón de beneficiarias y beneficiarios y la lista de espera de solicitantes; informar a las beneficiarias y
beneficiarios el mecanismo y calendario de ministraciones mensuales (apoyos).
1.3.3.5. Coordinar y dirigir las actividades de las personas beneficiarias del programa.
1.3.3.6. Supervisar el desarrollo del Programa.
1.3.3.7. Recibir y programar las mejoras solicitadas por la Delegación, de acuerdo a lo establecido en los numerales 11, 12 y
13 del apartado 6.1 de las presentes reglas.
1.3.3.8. Aplicar los indicadores correspondientes del programa e informar de los resultados a la Dirección General de
Desarrollo Social.
1.3.3.9. Operar las etapas de requisitos y procedimientos de acceso, el procedimiento de instrumentación, vigilancia y
control; realizar los mecanismos de evaluación en campo y la vinculación con otros programas sociales.
1.3.3.10. Ejecutar el programa de acuerdo a los lineamientos establecidos.
1.3.4. La Dirección General de Administración.
1.3.4.1 Dispersar los apoyos para las personas beneficiarias del programa.
Los formatos y trámites a realizar para el Programa Multiplicadores de asistencia social para la salud son gratuitos.
II. Alineación programática.
2.1. El presente proyecto se alinea con los siguientes Ejes Programáticos, Áreas de Oportunidad, Objetivos, Metas y Líneas
de Acción del Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013 – 2018.
EJE ÁREA DE
OPORTUNIDAD
OBJETIVO META LÍNEAS DE ACCIÓN
Eje 1. Equidad
e Inclusión
Social, para el
desarrollo
Humano.
2. Salud 1. Reducir la
incidencia de
enfermedades
crónico-
degenerativas.
1. Mejorar la calidad de
los servicios de salud
para la atención de las
enfermedades crónico-
degenerativas.
1. Fortalecer las acciones
anticipatorias,
promocionales,
preventivas y
restaurativas de los
programas de
prevención, detección y
atención de
enfermedades crónico-
degenerativas dirigidos a
las personas, las familias
y las comunidades.
2. Promover y acordar
con organizaciones
comunitarias y de la
sociedad civil una
estrategia para el
ejercicio de la
corresponsabilidad en
acciones anticipatorias,
promocionales y
preventivas.
Se alinea con el Programa Especial de Igualdad de Oportunidades y no Discriminación hacia las Mujeres de la Ciudad de
México 2015-2018.
EJE ÁREA DE
OPORTUNIDAD
OBJETIVO META LÍNEAS DE ACCIÓN
Eje 2. Salud
integral a niñas
y mujeres.
Salud Promover una vida
saludable a lo largo
del ciclo de vida de
las mujeres, a través
de considerar los
riesgos de salud que
enfrentan, promover
acciones de
Favorecer el desarrollo
de las mujeres, así como
impulsar la
incorporación de la
perspectiva de género en
los planteamientos de los
servicios de salud.
- Favorecer la salud
física de mujeres y
niñas.- Promover y
coadyuvar en el
conocimiento y uso de
los derechos sexuales y
reproductivos.
102 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
prevención y
atención de
enfermedades de
mayor incidencia y
fortaleciendo el
acceso a sus
derechos sexuales y
reproductivos.
También se alinea con el Programa para Prevenir y Eliminar la Discriminación en la Ciudad de México 2016-2018.
EJE ÁREA DE
OPORTUNIDAD
OBJETIVO META LÍNEAS DE ACCIÓN
Eje 5. Medidas
de inclusión en
la Ciudad de
México
No discriminación 5. Llevar a cabo
medidas de
inclusión para las y
los habitantes de la
Ciudad de México
con la finalidad de
transitar a la
eliminación de
obstáculos,
mecanismos o
desventajas para las
personas que se
encuentran en
situación de
discriminación
Contar con al menos 500
personas informadas en
materia de no
discriminación.
5.9. Llevar a cabo
procesos informativos en
materia de no
discriminación con
población en general, a
través de promotores/as
ciudadanos/as.
Se alinea con el Programa de Derechos Humanos de la Ciudad de México en los siguientes rubros:
EJE ÁREA DE
OPORTUNIDAD
OBJETIVO META LÍNEAS DE ACCIÓN
Capítulo 7.
Derecho a la
Alimentación.
Alimentación 7.4. Fomentar una
cultura de estilos de
vida saludable,
actividad física y
alimentación
adecuada
117. Fortalecer una
cultura de la
alimentación adecuada
mediante la difusión
masiva, que incluya los
beneficios de la
alimentación tradicional
mexicana.
117.1. Campañas
mediante dípticos, folletos
y anuncios sobre una
cultura de alimentación
adecuada, que incluya los
beneficios de la
alimentación tradicional
mexicana.
En relación al Programa de Gobierno de la Delegación Azcapotzalco, éste contempla, en su punto 40. Impulsar la
prevención de la salud. Desarrollar brigadas de salud en vecindades y colonias, educadoras para la salud en zonas
marginadas y campañas de salud, fomentar hábitos y alimentación sana desde la niñez.
El Programa Multiplicadores de asistencia social para la salud se apega con el Programa Delegacional Azcapotzalco
publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México No. 70 tomo I publicado el 12 de mayo de 2016.
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 103
Eje Objetivo
General
Objetivos Específicos Metas Líneas de acción
40.
Impulsar la
prevención
de la salud.
Fomentar el
cuidado de la
salud en la
población
Desarrollar brigadas de
salud en vecindades y
colonias, educadoras para la
salud en zonas marginadas
y campañas de salud,
fomentar hábitos y
alimentación sana desde la
niñez.
Coadyuvar en el
desarrollo comunitario y
la reintegración del
tejido social en la
Delegación a partir de
la prevención en salud.
Formar talleres y
capacitaciones en materia
de salud en las colonias,
pueblos, barrios y unidades
habitacionales de la
demarcación.
Asimismo, se alinea con el Programa Sectorial de Desarrollo Social con Equidad e Inclusión en los siguientes rubros:
ÁREA DE
OPORTUNIDAD
OBJETIVO META SECTORIAL LÍNEA DE ACCIÓN
Salud y Alimentación 2. Lograr el ejercicio pleno
y universal del derecho a la
salud.
3. ampliar la cobertura de la
atención a la salud de
calidad.
Asegurar a las personas el
derecho a la protección de
su salud,
independientemente de su
situación económica y/o
laboral.
III. Diagnóstico.
III.I. Antecedentes.
3.1. Inicio del programa y características. Este programa inició en Marzo de 2017 con 50 multiplicadores de asistencia
social para la salud, quienes replicaron talleres con temas de alimentación, economía solidaria, herbolaria, prevención de la
salud, coescucha, etc., se realizaron talleres en colonias, pueblos y barrios de Azcapotzalco con la intención de beneficiar a
la mayor población posible en materia de salud.
3.2 Modificaciones relevantes para el diseño y operación del programa social.
Este año 2018 el programa ampliará sus metas a 47 beneficiarias y beneficiarios.
III.2. Problema Social Atendido por el Programa Social.
3.3 Problema social que se atiende. La salud y la enfermedad son el resultado de una compleja interacción que involucra
condiciones geográficas, culturales, políticas y económicas que caracterizan a cada sociedad, de tal manera que la
promoción de la salud y la prevención de enfermedades requieren del trabajo conjunto del sector público, social y privado,
ya que muchos de los factores que determinan la salud de la población se encuentran fuera del sector salud, por lo que no
dependen directamente del mismo.
Por lo anterior, es necesario fortalecer la vinculación con todos los sectores cuyas actividades influyen de manera directa en
las condiciones de salud, y con quienes inciden en las condiciones de la vivienda, las escuelas, los sitios de trabajo, los
municipios y las ciudades para lograr que estos entornos favorezcan las prácticas saludables de las personas y las familias.
3.4. Causas centrales del problema social.
De acuerdo a la OCDE, México tiene la esperanza de vida más baja en relación a los otros países de esta Organización.
Mientras que la esperanza de vida se incrementó en promedio tres años entre el 2000 y el 2012 en otros países (de 77.1 años
a 80.2 años), la esperanza de vida en México se incrementó solamente un año durante el mismo periodo (de 73.3 a 74.4
años). Por lo tanto, la brecha de longevidad entre México y otros países miembros de la OCDE se ha ampliado de
aproximadamente cuatro a cerca de seis años.
De acuerdo a esta Organización, el lento progreso en la esperanza de vida en México se debe a los dañinos comportamientos
relacionados con la salud, incluyendo la poca prevención, malos hábitos de nutrición y las muy altas tasas de obesidad,
como también, al incremento en las tasas de mortalidad debido a la diabetes y a la no reducción en la mortalidad por
enfermedades cardiovasculares, la falta de cultura de prevención y autocuidado, así como a las persistentes barreras en el
acceso de cuidado de alta calidad.
104 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
En la Ciudad de México, la mayor parte de la población se encuentra entre los 20 y 44 años de edad, mientras que, a nivel
nacional, el grueso de la población se concentra en las edades de la niñez, adolescencia y juventud, de los cuales 49% son
mujeres. La esperanza de vida para las mujeres es de 78.4 años promedio mientras que para los hombres es de 73.6 años. El
acceso a servicios médicos e Instituciones de asistencia médica en el DF según cifras del INEGI (2010) es el siguiente:
Tabla. Población por sexo afiliada o no afiliada a servicios de salud pública.
POBLACIÓN TOTAL SIN AFILIACIÓN CON AFILIACIÓN NO ESPECIFICADO
Hombres 4´161,618 1´187,321 (28.5%) 2´972,806 (71.4%)
1,491
Mujeres 4´729,751 1´124,991 (23.8%) 3´604,760 (76.2%) 0
Estos datos muestran que muchas mujeres y hombres no cuentan con acceso a la salud, lo que representa un problema para
la ciudad. Principalmente para las mujeres en la ciudad de México, la falta de empleo, el no poder afiliarse a alguna
institución de salud, salario mal remunerado tan solo por ser mujeres, la violencia laboral y de género que existe, repercuten
en el acceso de estas a una salud y vida digna.
Las problemáticas anteriores tienen efectos negativos en el desarrollo integral de las mujeres; en un sentido económico, se
ven más vulneradas por un salario desigual o falta de empleo, impidiendo que estas mujeres tengan acceso a otros derechos
como el de una alimentación adecuada, a la cultura, etc. En la Ciudad de México han aumentado los hogares con jefas de
familia, quienes al ser discriminadas por cuestiones de género, se ven vulneradas. Estas mujeres son las encargadas de la
salud de la familia, y al no poder cubrirla, toda la familia se ve vulnerada.
3.5 Efectos centrales del problema social. La falta de prevención y atención en la salud de la población en México, deriva
en problemas de salud, tales como la diabetes y enfermedades cardiovasculares, así como en costos de salud más elevados
en el futuro. Por poner un ejemplo, en México, la tasa de obesidad en la población adulta, basada en medidas reales de talla
y peso, fue de un 32.4% en el 2012 (en comparación con una tasa de 24.2% en el 2000), la cual representa la segunda tasa
más alta de los países de la OCDE, después de los Estados Unidos (35.3% en 2012).
Por otro lado, según datos del INEGI y de la Organización Mundial de la Salud (OMS), las principales enfermedades en
México son las siguientes: enfermedades del corazón, diabetes, cáncer, enfermedades cerebrovasculares, enfermedades del
hígado, enfermedad pulmonar obstructiva crónica, enfermedades del riñón y obesidad, cuyo común denominador, es que
pueden ser prevenidas mediante el ejercicio de una vida saludable y la cultura del autocuidado.
Así, la manera en que este programa social busca contribuir a la resolución del problema identificado, es reconociendo,
después de muchos años de poca atención hacia la medicina tradicional o alternativa y sus recursos naturales, la importancia
de generar, especialmente en el ámbito de la medicina preventiva y la cultura del autocuidado, herramientas en la población
que permitan visibilizar la riqueza de las plantas medicinales del país que, desde hace unos años de investigación, han
dejado de ser vistas como un folclore, y ahora son vistas como una relevante actividad científica, ya que son una alternativa
viable en el desarrollo de nuevas técnicas terapéuticas, incluso en los países de primer mundo, quienes invierten grandes
cantidades de dinero en la investigación farmacológica de plantas medicinales. Prueba de ello es que en 1990, la
Organización Mundial de la Salud (OMS) reconoció la importancia de este recurso terapéutico y generó un programa de
reconocimiento y promoción de la medicina herbolaria, promoviendo una serie de recomendaciones para la regularización
de medicamentos herbolarios. A su vez, la Secretaría de Salud en México, reconoce que muchas de las plantas medicinales
ampliamente conocidas por la población, están siendo utilizadas por fitofármacos y que esta práctica cada día tiene mayor
relevancia, por lo que ha constituido el marco para la regulación de estos productos (medicamentos herbolarios).
3.6 Derechos vulnerados. El problema social identificado impide el acceso al derecho a la salud de miles de personas que
no cuentan con seguro, con un empleo o fuentes de ingreso que les permita tener una calidad de vida al mantener su salud.
3.7. Pertinencia: El programa “El médico en tu casa” que realiza la SEDESO de la CDMX y cuyos objetivos son localizar
e identificar a personas que por su condición de salud no pueden trasladarse a la unidad médica para su atención en las 16
delegaciones de la CDMX, es un programa que ha tenido éxito debido a la demanda de salud que hay en la ciudad, miles de
mujeres, sobre todo adultas mayores, se han visto beneficiadas; este programa ha tenido tal impacto que diversas
universidades han buscado colaborar e investigar el impacto del mismo, como lo muestra una publicación electrónica del
periódico Excélsior del 28 de octubre del 2017 visitada en la página:
http://www.excelsior.com.mx/comunidad/2017/10/28/1197740.
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 105
3.8. Línea de base. Dentro de las 91 Unidades Territoriales y 111 unidades territoriales de Azcapotzalco, existen 400,161
habitantes, de los cuales 12,845 son derechohabientes de servicios de salud en PEMEX, SEDENA y/o SEMAR, 36,345 de
Seguro Popular y 301,040 de otros servicios de salud, lo que deja a 49,931 personas sin seguridad en salud, lo que
representa casi un 20% de la población de la demarcación. (INEGI, 2010-2015). Aunado a lo anterior, de acuerdo a las
estadísticas sobre la salud de la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos) 2014, la esperanza
de vida en México es la que ha incrementado más lentamente en los últimos diez años, en comparación con cualquier otro
país de esta Organización, lo cual se relaciona con una pobre cultura de la prevención y el autocuidado. Esto, ha impactado
a su vez, en la economía familiar por aumentos significativos en el gasto en salud, particularmente en el sector hospitalario
(2012, OCDE).
El Instituto Nacional de Geriatría en su Propuesta para un Plan de Acción en Envejecimiento y Salud 2013, basado en una
encuesta de percepción, reporta que más de la mitad de los adultos mayores de 60 años conserva su salud y no tiene
discapacidad alguna, el 20% se encuentra en alguna condición de fragilidad, y uno de cada 5 cursa con discapacidad por lo
que son totalmente dependientes, es decir, necesitan un cuidador de tiempo completo. Así mismo hasta el 27% no acude a
buscar atención formal por cuestiones económicas. Con respecto a los servicios de salud, 1 de cada 6 no tiene
aseguramiento, la mitad acude al sector privado y 1 de cada 5 se atiende en farmacias.
La misma fuente señala que los hogares con adultos mayores consumen hasta 50% o más de los recursos en salud. Así
mismo del total de la población que estuvo hospitalizada en 2012, la mitad correspondía a personas adultas mayores. Por
último la ENSANUT 2012 reportó las principales causas de alteración funcional de éste grupo, integrándolas en tres rubros:
En el primer grupo destacan las enfermedades crónicas como Diabetes Mellitus, eventos Cerebro Vasculares, Cardiopatías e
Hipertensión Arterial; en el segundo se identifican los Síndromes Geriátricos, como Caídas, Anorexia/Sarcopenia,
Trastornos Neurosensoriales, Polimedicación, Dependencia y Depresión, y el último grupo está integrado por las
Pluripatologías.
III.3. Definición de la Población Objetivo del Programa Social.
3.9. Población Potencial. 49,931 personas sin seguridad en salud. de acuerdo al Banco de Datos de INEGI 2010-2015.
3.10. Población Objetivo. 500 habitantes de la demarcación.
3.11. Población Beneficiaria. 39 promotoras y promotores de salud y 8 coordinadoras y coordinadores.
3.12 Focalización territorial: En referencia al artículo 11 “Ciudad Incluyente” de la Constitución Política de la Ciudad de
México se establecen los grupos de atención prioritaria, indicando que: La Ciudad de México garantizará la atención
prioritaria para el pleno ejercicio de los derechos de las personas que debido a la desigualdad estructural enfrentan
discriminación, exclusión, maltrato, abuso, violencia y mayores obstáculos para el pleno ejercicio de sus derechos y
libertades fundamentales. Reconoce como grupos de atención prioritaria, al menos y de manera enunciativa a: las mujeres,
las niñas, niños y adolescentes, las personas jóvenes, personas mayores, personas con discapacidad, personas LGBTTTI,
personas migrantes y sujetas de protección internacional, víctimas de violaciones a los derechos humanos o de la comisión
de delitos, personas en situación de calle, personas privadas de su libertad, personas que residen en instituciones de
asistencia social, personas afrodescendientes y personas de identidad indígena.
IV. Objetivos y Alcances.
IV.I. Objetivo General:
4.1. Bienes y/o servicios. Este es un Programa de Transferencia Monetaria.
4.2. La población a la que va dirigido el programa. Habitantes mayores de edad que deseen promover la salud alternativa
y la cultura del autocuidado y así, insertarse en el mercado laboral, mediante el trabajo en su comunidad y/o brindando
capacitación a otros multiplicadores para la adquisición de conocimientos y habilidades en el uso de plantas medicinales, en
ambos casos con una beca de la Delegación, por medio de Talleres de Salud y Naturaleza.
4.3. Objetivo. Contribuir a recuperar tradiciones curativas, armonizar la sabiduría con la ciencia, recuperar la memoria
ancestral y las tradiciones en el uso de la herbolaria, elevar la calidad de vida y capacitar promotoras y promotores de la
salud popular y el auto cuidado, brindándoles herramientas para el trabajo, el auto conocimiento y la promoción de la
cultura y tradición de la herbolaria.
IV.2. Objetivos Específicos.
4.4. Acciones:
- Brindar servicios con calidad y calidez que permitan a mujeres y hombres conocer las tradiciones herbolarias.
- Fomentar en la población la cultura del auto cuidado.
106 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
- Coadyuvar con acciones afirmativas que permitan a la comunidad a empoderarse, auto conocerse, auto cuidarse y
contar con herramientas para el auto empleo.
4.5. Estrategias y mecanismos previstos para fomentar la equidad social y la igualdad.
La Delegación Azcapotzalco, por medio del Programa Talleres de Salud y Naturaleza, busca promover y garantizar el
derecho a un nivel de vida adecuado, el desarrollo humano, el ejercicio pleno de derechos, promover la cultura de la
prevención en salud y autocuidado, mediante procesos de participación social que reintegren a la comunidad en la
demarcación, eliminando prácticas discriminatorias.
IV.3. Alcances
4.6. Este programa busca promover y garantizar el derecho a un nivel de vida adecuado, el desarrollo humano, el ejercicio
pleno de derechos, promover la cultura de la prevención en salud y autocuidado.
4.7. Se pretende que, mediante una beca mensual y el fomento a la generación del autoempleo, se promueva la cultura de la
prevención y el autocuidado en la salud de la población de Azcapotzalco, mediante cursos y talleres dirigidos a la población
en general, sin ninguna distinción.
V. Metas Físicas.
5.1. Meta de cobertura. 500 hombres y mujeres que residan en la demarcación de Azcapotzalco.
5.2. Estrategias de universalidad. El programa no podrá cumplir el principio de universalidad, mandatado en el artículo 27
de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal y artículo 47 de su Reglamento, debido a que no cuenta con el
presupuesto suficiente para dicho fin, por lo que se dará preferencia a las personas que hayan participado en el programa
social de multiplicadores de asistencia social para la salud 2017, o que hayan tomado los talleres de salud y naturaleza
implementados por dicho programa.
5.3. Metas físicas. El Programa otorgará hasta 47 apoyos mensuales, un monto de $2,100.00 (dos mil cien pesos 00/100
M.N) para 39 promotoras y promotores de salud; y un monto mensual de $4,200.00 (cuatro mil doscientos pesos 00/100
M.N) para 8 coordinadoras y coordinadores. El apoyo se dará en ocho exhibiciones, a través de una tarjeta electrónica,
cheque a favor del beneficiario, efectivo o dispersión automática de pago, beneficiando a 47 habitantes de Azcapotzalco,
que sean mayores de edad y que deseen promover la salud alternativa y la cultura del autocuidado.
Se realizarán al menos 30 talleres en diferentes espacios de la demarcación de Azcapotzalco.
5.4. Resultados cualitativos esperados. Se pretende beneficiar a 47 hombres y mujeres de la demarcación con una beca
mensual, además de beneficiar a la población en general al realizar talleres de salud y naturaleza en las unidades
habitacionales, colonias, pueblos y barrios de Azcapotzalco
Se pretende realizar actividades en al menos 30 colonias.
V.I. Programación Presupuestal
6.1. Y 6.2. Considerando el principio de orientación del presupuesto con responsabilidad social, que permita a la
administración pública asegurar la aplicación del mismo de forma eficiente, eficaz, honrada y con transparencia.
Total de beneficiarias Monto unitario anual Frecuencia de
Ministración
Presupuesto Total Anual
39 Promotoras y
promotores
$16,800.00 (Dieciséis
mil ochocientos pesos
00/100 M.N.)
Ocho exhibiciones
mensuales de $2,100.00
(Dos mil cien pesos
00/100 M.N.)
$655,200.00 (Seiscientos
cincuenta y cinco mil
doscientos pesos 00/100
M.N.)
8 Coordinadoras y
coordinadores
$33,600.00 (treinta y tres
mil seiscientos pesos
00/100 MN)
Ocho exhibiciones
mensuales de $4,200.00
(Cuatro mil doscientos
pesos 00/100 MN)
$268,800.00 (Doscientos
sesenta y ocho mil
ochocientos pesos 00/100
MN)
Total 47
Total $924,000.00
(Novecientos veinticuatro
mil pesos 00/100 M.N.)
Calendario del apoyo económico por mes. El apoyo se entregara a los beneficiarios y beneficiarias, mediante pago en
efectivo o por medio de una transferencia electrónica
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 107
MES MONTO
MARZO $115,000.00
ABRIL $115,000.00
MAYO $115,000.00
JUNIO $115,000.00
JULIO $115,000.00
AGOSTO $115,000.00
SEPTIEMBRE $115,000.00
OCTUBRE $115,000.00
TOTAL $924,000.00
VII. Requisitos y Procedimientos de Acceso
VII.1. Difusión
7.1. Formas de dar a conocer el programa social. La Delegación Azcapotzalco dará a conocer a la población que cuenta
con este Programa Social, y en su caso, los cambios realizados a éste, se hará a través de los siguientes medios:
- A través de la publicación de las reglas de operación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México durante 2018.
- Por medio de las redes sociales oficiales de la Delegación Azcapotzalco
- Por medios impresos y/o electrónicos para el conocimiento de la población de la Delegación Azcapotzalco, en el sitio web
www.azcapotzalco.cdmx.gob.mx.
7.2. Se realiza la difusión del programa y los requisitos para su ingreso, se realizará en carteles en lugares de mucha
afluencia, así como el periódico mensual de la Delegación (Hormiguero).
7.3. Solicitar información. Para solicitar información de este programa pueden llamar a la Subdirección de Enlace y
Seguimiento de la DGDS 5354 9994 ext. 1353 y 1355 de 9:00 a 14:00 hrs y al 5561 8431
VII.2. Requisitos de Acceso.
7.4. Requisitos.
Las y los solicitantes, deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Residir en la Delegación Azcapotzalco.
b) Ser mayor de edad.
c) No ser familiar directo de personal de estructura de la delegación.
d) No ser trabajador activo de la delegación Azcapotzalco.
e) No ser beneficiarios en algún otro programa social ni tener familiares directos, que sean beneficiarios en otro Programa
Social en 2018.
e) Haber cursado el taller propedéutico cubriendo el 80% de asistencia.
f) Haber participado en el programa Multiplicadores de asistencia Social para la Salud 2017.
7.5. Documentación y tiempos. Una vez publicadas las reglas de operación, se podrá acceder al programa social mediante una solicitud de acceso que se
hará a petición de los ciudadanos por escrito, donde se registre el nombre completo de las y los solicitantes, el domicilio, un
número telefónico local de contacto y/o un correo electrónico personal y programa en el que desea participar. El escrito
deberá ser dirigido al Jefe Delegacional en Azcapotzalco, e ingresado a través de la Coordinación del Centro de Servicios y
Atención Ciudadana (CESAC), ubicado en la planta baja del edificio Delegacional, con domicilio en Castilla Oriente s/n,
Colonia Azcapotzalco Centro, de lunes a viernes en un horario de 9:00 a 14:00 horas. y de 15:00 a 19:00hrs.
Las y los solicitantes deberán de presentar una copia y el original (únicamente para cotejo) de los siguientes documentos:
a) Copia de identificación oficial con fotografía vigente (INE, cartilla militar, pasaporte o cédula Profesional).
b) Copia del CURP.
108 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
c) Copia de comprobante de domicilio vigente no mayor a tres meses de antigüedad (Boleta predial, agua o teléfono).
d) Llenar formato de registro del Programa.
e) Llenar carta compromiso de servicio a la comunidad, mientras permanezcan en el Programa.
Los datos personales de las personas solicitantes y beneficiarias y la información adicional generada y administrada, se
regirá por lo establecido en las Leyes de Transparencia, Acceso a la Información Pública, de Protección de Datos Personales
y Rendición de cuentas de la Ciudad de México.
De acuerdo con el artículo 38 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal y el artículo 60 de su Reglamento, todo
material de difusión, convenios, cartas compromiso y otros instrumentos que se suscriban o formalicen con ellos, llevarán
impresa la siguiente leyenda:
“Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen
de los impuestos que pagan todas y todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos,
electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en la
Ciudad de México, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”.
7.6. En caso de que se presente una situación de contingencia, desastre o emergencia en la Ciudad de México, los
requerimientos y documentación a presentar para la inclusión de las personas en el programa social, puede variar, en cuyo
caso, se emitirán lineamientos específicos.
VII.3. Procedimientos de Acceso
7.7. Forma de acceder al programa social.
La solicitud de acceso se hará a petición de las personas interesadas por escrito, donde se registre el nombre completo del o
la solicitante, el domicilio, un número telefónico local de contacto y/o un correo electrónico personal y programa en el que
desea participar, anexando copia de comprobante de domicilio vigente (agua, teléfono, boleta predial). El escrito deberá ser
dirigido al Jefe Delegacional en Azcapotzalco, e ingresado a través de la Coordinación del Centro de Servicios y Atención
Ciudadana (CESAC), ubicado en la planta baja del edificio Delegacional, con domicilio en Castilla Oriente s/n, Colonia
Azcapotzalco, Centro, de lunes a viernes en un horario de 9:00 a 14:00 horas. y de 15:00 a 19:00 horas.
Para solicitar información de este programa pueden llamar la Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS, a los tels.
5354 9994 ext. 1353 y1355 y al 5561 8431, en un horario de 9:00 a 14 horas, para recibir asesoría.
7.8. Procedimientos de acceso.
Las Reglas de Operación del presente programa se podrán consultar en la página electrónica de la Delegación, misma que
estará abierta para la población en general.
Una vez que sea autorizado el programa, las y los interesados deberán solicitar por propia cuenta su inclusión al mismo en
las oficinas de la Coordinación del Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC), ubicado en la planta baja del
edificio Delegacional, con domicilio en Castilla Oriente s/n, Colonia Azcapotzalco, Centro, de lunes a viernes en un horario
de 9:00 a 19:00 horas.
Se dará prioridad a aquellas personas que habiten en colonias de medio, bajo y muy bajo índice de desarrollo social de la
Delegación, de acuerdo al comprobante de domicilio presentado y de acuerdo a lo establecido por Evalúa de la Ciudad de
México, hasta completar 47 beneficiarias y/o beneficiarios.
El mecanismo de registro de las y los solicitantes será el siguiente:
a) Presentar en la Coordinación del Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC), la solicitud de ingreso
mencionada en el apartado 5.2 de las presentes Reglas. El CESAC remitirá las solicitudes a la Dirección General de
Desarrollo Social, quien a su vez las remitirá a la Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS..
b) Una vez ingresada, personal de la Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS se comunicará con la persona al
teléfono proporcionado o por medio del correo electrónico personal registrado, donde se le programará una cita para la
entrega de la documentación establecida en el apartado 7.5. de este documento.
c) Una vez programada la cita, las y los solicitantes deberán presentarse en la Subdirección de Enlace y Seguimiento de la
DGDS ubicado en Castilla Oriente s/n col. Azcapotzlco Centro para la entrega de la documentación, el cotejo
correspondiente y la requisición del formato de registro.
d) El horario para el registro será de 9:00 a 14:00 y de 15:00 a 18:00 horas de lunes a viernes
e) El periodo de registro estará comprendido a partir de la publicación de las presentes Reglas de Operación en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal, hasta agotar el número de beneficiarias y beneficiarios.
En caso de que las solicitudes sean mayores a los recursos disponibles, se dará prioridad a los siguientes casos y en ese
orden:
- Se dará preferencia a las personas que hayan participado en el programa social de multiplicadores de asistencia social para
la salud 2017, o que hayan tomado los talleres de salud y naturaleza implementados por dicho programa en 2017.
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 109
- De acuerdo a la fecha de registro.
7.9. Los requisitos, forma de acceso y criterios de selección establecidos por el programa social son públicos. Estos
documentos, además de estar publicados en la Gaceta Oficial vigente de la Ciudad de México, estarán pegados a la vista en
las oficinas de la Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS y en la página de la Delegación Azcapotzalco:
www.azcapotzalco.cdmx.gob.mx.
7.10. Criterios y procedimientos de acceso para poblaciones vulneradas. Este programa es Universal, por lo que no se
tomará en cuenta ninguna forma de discriminación ni re victimización, de cualquiera que fueran las condiciones de las
personas que solicitan acceso al programa.
7.11. Mecanismos, procedimientos, lugares, horarios de atención, y periodos de registro de las personas solicitantes;
señalando las unidades administrativas responsables. Una vez ingresada la solicitud, se seleccionará a las y los candidatos para ingresar al programa, conforme a lo establecido en
los numerales 7.4 y 7.5 de las presentes reglas de operación. El personal de la Subdirección de Enlace y Seguimiento de la
DGDS se comunicará con las y los seleccionados al teléfono proporcionado o por medio del correo electrónico personal
registrado, donde se le programará una cita para la entrega de la documentación establecida en el apartado 7.5 de este
documento.
Una vez programada la cita, las y los solicitantes deberán presentarse en la Subdirección de Enlace y Seguimiento de la
DGDS ubicado en Castilla Oriente s/n col. Azcapotzalco Centro, para la entrega de la documentación, el cotejo
correspondiente y la requisición del formato de registro.
El período de registro estará comprendido a partir de la publicación de las presentes Reglas de Operación en la Gaceta
Oficial de la Ciudad de México, y hasta cubrir la meta física.
En caso de que las solicitudes sean mayores a los recursos disponibles, se dará prioridad de acuerdo a la fecha de registro.
Las demás solicitudes integrarán la lista de espera.
Para saber el estado que guarda su trámite, podrán llamar a la Subdirección Enlace y Seguimiento de la DGDS al 5354
9994 ext. 1355 y 1353 y al 5561 8431 La lista de las personas beneficiadas con el Programa, se publicará en la página
electrónica de la Delegación Azcapotzalco, así como en listados expuestos en el CESAC.
La Delegación Azcapotzalco, por medio de la Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS, entregará a las personas
beneficiarias una carta de aceptación a los participantes del Programa Multiplicadores de asistencia social para la salud.
Las personas beneficiarias formarán parte de un padrón que será publicado conforme a la Ley de Desarrollo Social del
Distrito Federal, será de carácter público, siendo reservados los datos personales de acuerdo a la normatividad vigente.
En ningún caso, las y los servidores públicos podrán solicitar o proceder de manera diferente a lo establecido en las
presentes Reglas de Operación.
7.12. En el artículo 11 “Ciudad Incluyente” de la Constitución Política de la Ciudad de México se establecen los grupos de
atención prioritaria, indicando que: La Ciudad de México garantizará la atención prioritaria para el pleno ejercicio de los
derechos de las personas que debido a la desigualdad estructural enfrentan discriminación, exclusión, maltrato, abuso,
violencia y mayores obstáculos para el pleno ejercicio de sus derechos y libertades fundamentales. Reconoce como grupos
de atención prioritaria, al menos y de manera enunciativa a: las mujeres, las niñas, niños y adolescentes, las personas
jóvenes, personas mayores, personas con discapacidad, personas LGBTTTI, personas migrantes y sujetas de protección
internacional, víctimas de violaciones a los derechos humanos o de la comisión de delitos, personas en situación de calle,
personas privadas de su libertad, personas que residen en instituciones de asistencia social, personas afrodescendientes y
personas de identidad indígena.
Para saber el estado que guarda su trámite, podrán llamar a la Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS y
preguntar por el avance de su solicitud, a los teléfonos 5354 9994 ext. 1353 y 1355 y 5561 84 31.
7.13. La Entidad responsable entregará a las personas solicitantes un comprobante de haber completado su registro al
programa social.
7.14. En el caso de que se presente una situación de contingencia, desastre o emergencia en la Ciudad de México, los
procedimientos de acceso al programa social, pueden variar, en cuyo caso, se emitirán lineamientos específicos.
7.15. Una vez que las personas solicitantes son incorporadas al programa social, formarán parte de un Padrón de Personas
Beneficiarias, que conforme a la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal será de carácter público, siendo
reservados sus datos personales, de acuerdo con la normatividad vigente; los cuales en ningún caso podrán emplearse para
propósitos de proselitismo político, religioso o comercial, ni para ningún otro fin distinto al establecido en las Reglas de
Operación del programa social.
7.16. En ningún caso las y los servidores públicos podrán solicitar o proceder de manera diferente a lo establecido en las
Reglas de Operación.
VII.4. Requisitos de Permanencia, Causales de Baja o Suspensión Temporal
110 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
7.16. Requisitos de permanencia
Asistir a los cursos, talleres o diplomados que considere pertinentes la Subdirección de Servicios Sociales para
mejorar los conocimientos de las y los beneficiarios.
Realizar las actividades mensuales solicitadas por la Subdirección de Servicios Sociales.
Las personas beneficiarias deberán entregar informes de atención o promoción establecidos de manera mensual, sin
excepción y bajo protesta de decir verdad, por ellas y por las personas beneficiadas en la promoción de la salud
alternativa o por la capacitación brindada en talleres o en jornadas comunitarias. En ambos casos, deberá integrarse
preferentemente evidencia fotográfica en formato digital.
Causas de Baja:
- Falta de interés de las y los solicitantes que se podrá manifestar de diversas formas como:
- No presentar documentación que acredite la totalidad de los requisitos en la fecha designada o proporcionar datos falsos o
documentación apócrifa.
- No presentarse en la fecha y hora indicadas para la entrega de la documentación.
- No presentarse en el periodo establecido para la firma de la carta compromiso y la recepción de la carta de aceptación al
programa, en un plazo no mayor a tres días hábiles posteriores a la publicación del padrón de beneficiarias/os.
- En caso de que no pueda localizarse en más de tres ocasiones a la persona beneficiaria vía telefónica o por medio de correo
electrónico, durante el desarrollo del programa.
- No prestar el servicio o capacitar a habitantes de su comunidad a solicitud de la Delegación o las y los habitantes de la
demarcación, mediante el formato establecido.
- No acudir en tiempo y forma a obtener el apoyo en un periodo de 10 días hábiles posteriores a la fecha de entrega y
asignación.
- Que su domicilio esté fuera del perímetro Delegacional.
- Por defunción de la persona beneficiaria.
- Negarse a prestar el servicio en su comunidad o a capacitara otras personas de su comunidad o de la Delegación.
- No entregar el informe mensual.
- No conducirse bajo el respeto a los derechos humanos y la no discriminación.
- Solicitar, durante el ejercicio del programa y dentro de las actividades realizadas en el mismo, remuneración adicional a la
población beneficiada, por la prestación del servicio o por la capacitación brindada.
En caso de baja de una persona beneficiaria, se repetirá el proceso de selección con las y los solicitantes en lista de espera
para cubrir el padrón.
No existe la suspensión temporal en ningún caso.
La Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS, deberá notificar de los casos anteriores a la Dirección General de
Desarrollo Social.
7.17. Documentación, forma y tiempos de permanencia, baja o suspensión temporal.
De la permanencia. Las y los beneficiarios permanecerán en el programa al realizar las actividades estipuladas en el
apartado 7.16 de las presentes reglas. La documentación requerida será entregada a la Subdirección de Enlace y
Seguimiento de la DGDS, para su revisión y archivo.
De la baja: Se dará de baja a quien no cumpla con los requisitos establecidos en el apartado 7.16 de las presentes reglas. Al
ser causal de baja se le notificará por medio de la Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS, quien realizará los
trámites correspondientes para dar de baja del padrón a quien no cumpla con lo establecido en el apartado 7.16.
De la suspensión temporal. No aplica.
VIII. Procedimientos de Instrumentación
VIII.1. Operación
8.1. Actividades, acciones y gestiones.
Durante la convocatoria, las personas interesadas ingresarán en el CESAC, sita en planta baja del edificio Delegacional, la
solicitud de incorporación al Programa Social Multiplicadores de asistencia social para la salud, llevando una copia de dicha
solicitud para que se le acuse de recibido.
El CESAC asignará un folio a la solicitud quedándose con un original devolviendo el otro a las y los interesados como
acuse.
El CESAC hará de conocimiento los folios ingresados a la Dirección General de Desarrollo Social, remitiendo las
solicitudes a la Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS.
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 111
Una vez recibida la solicitud en la Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS y analizada la información primaria
en relación al domicilio de la persona solicitante, ésta será convocada con cita a presentar su documentación, en la
Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS, ubicada en Castilla s/n col. Azcapotzalco Centro 3er piso en la fecha y
hora programados.
La Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS corroborará que las y los interesados cumplan con los requisitos y
documentos solicitados.
La Dirección General de Desarrollo Social supervisará la adecuada integración del expediente y valoración de cada caso.
Todas las personas solicitantes, sin excepción alguna, deberán acudir el día y hora asignados, ante la Subdirección de Enlace
y Seguimiento de la DGDS, con toda la documentación requerida, en original y copia (para cotejo), para la requisición del
formato de registro; en caso de faltar algún documento (cualquiera que sea este) se le informará a las y los interesados que
no cumple con los requisitos y se cancelará la solicitud.
En caso de que las y los interesados no se presenten en las oficinas de la Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS
en la fecha y horario asignados, se le concederá 20 minutos de tolerancia y de no presentarse dentro de este tiempo su
trámite será cancelado.
Una vez que el expediente se encuentre totalmente integrado con los documentos de las y los solicitantes, se entregará una
ficha de conclusión de trámite, la cual contendrá la siguiente información: “Se le informa que su trámite ha sido totalmente
concluido, esto no significa que sea usted beneficiaria(o), ya que su expediente quedará sujeto a revisión y validación,
debido a lo anterior le pedimos consultar el sitio web de la Delegación (www.azcapotzalco.cdmx.gob.mx), para conocer los
resultados y, en caso de resultar beneficiada, acudir dentro de los siguientes tres días hábiles a las oficinas de la
Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS para la firma de la carta compromiso como beneficiaria(o) del Programa
Multiplicadores de asistencia social para la salud de la Delegación Azcapotzalco. Es importante mencionar que de no acudir
personalmente en las fechas indicadas, su trámite quedará cancelado por falta de interés”.
La Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS elaborará la propuesta del padrón de personas beneficiarias, la lista
de espera y casos desfavorables, la cual se presentará a la Dirección General de Desarrollo Social para su validación,
aprobación y publicación correspondiente, de acuerdo a la Ley de Desarrollo Social de la Ciudad de México.
El padrón de personas beneficiarias se integrará por 47 solicitantes cuyo trámite haya resultado favorable, bajo el criterio de
incorporar a los casos más vulnerables. Una vez integrado el padrón de personas beneficiarias, después de habérsele
notificado debidamente a cada una(o) de las beneficiarias(os) el resultado, se cancelará y dará de baja del mismo, a toda
aquella que no preste el servicio en su comunidad a solicitud de la Delegación o las y los habitantes de la demarcación y/o
brinde capacitación a otras personas y entregue los reportes correspondientes.
La lista de espera se integrará por las personas solicitantes cuyo trámite haya resultado favorable pero que excedan el
padrón de 47 beneficiarias y beneficiarios que establece el programa. Por falta de presupuesto ya no pueden ser
beneficiarias del Programa, esto bajo el criterio de incorporar a los casos de acuerdo a la fecha de solicitud.
Las personas solicitantes que se encuentren en lista de espera podrán ingresar al padrón de personas beneficiarias cuando,
por alguna razón una o uno de los beneficiarios se haya cancelado y dado de baja del mismo; esto se hará dando prioridad a
las de mayor vulnerabilidad, de acuerdo a lo establecido en el apartado de las presentes reglas.
Los casos desfavorables serán todas las bajas, por cualquiera de los motivos expuestos en las presentes reglas.
Las personas en lista de espera que deseen conocer el estado de su trámite deberá acudir a la Subdirección de Enlace y
Seguimiento de la DGDS para solicitar dicha información, o llamar al teléfono 5354-9994 ext. 1353, 1355 y al 5561 8431.
Será una obligación de las personas beneficiarias brindar el servicio en su comunidad (prioritariamente en escuelas públicas,
centros comunitarios, en domicilios ubicados en zonas de bajos recursos, etc.) solicitados por las y los habitantes vía
CESAC o a través de la Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS, así como entregar los reportes de seguimiento.
Las personas beneficiarias podrán también replicar su conocimiento, capacitando a otras personas en salud alternativa,
reportando en todos los casos, sin excepción alguna, el número de personas capacitadas, por medio del formato establecido,
para control de la Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS.
Las personas beneficiarias deberán entregar en la Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS, para la recepción de
las ministraciones mensuales, los reportes de actividades.
Las personas beneficiarias percibirán una beca mensual por el servicio brindado y capacitaciones realizadas, por lo que no
solicitarán remuneración alguna a la comunidad. En caso de transgredir lo establecido en este punto, será causal de baja
definitiva.
La Dirección General de Desarrollo Social verificará y dará seguimiento de las responsabilidades de la Subdirección de
Enlace y Seguimiento de la DGDS, consistentes en:
Dar seguimiento a los avances y el grado de satisfacción de las personas beneficiarias (información que se obtendrá
mediante la aplicación de encuestas a una muestra del padrón de personas beneficiarias, así como una encuesta de
satisfacción integrada en el vale de servicio que responderá la comunidad al momento de que la persona beneficiaria
capacite o promueva la salud alternativa.)
112 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
Una vez que la Dirección de Administración defina el mecanismo por el que se entregarán las ministraciones mensuales,
informar a las personas beneficiarias de dicho mecanismo y, en su caso, solicitarles presentar en los plazos, horarios y
lugares establecidos por la Dirección de Administración, la documentación adicional que se requiera.
Notificar a las personas beneficiarias el calendario de entrega de ministraciones mensuales.
La Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS informará, de acuerdo los resultados, el estado de los avances y el
grado de satisfacción (información que se obtendrá mediante la aplicación de encuestas a una muestra del padrón de
personas beneficiarias, así como una encuesta de satisfacción integrada en el vale de servicio que responderá la comunidad
al momento de que la persona beneficiaria capacite o brinde el servicio), a la Dirección General de Desarrollo Social los
resultados del Programa.
La Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS podrá realizar visitas domiciliarias de seguimiento a los casos que
considere pertinentes.
En caso de considerarlo pertinente, la Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS, podrá convocar a las personas
beneficiarias para pláticas, cursos y talleres de desarrollo humano y crecimiento personal, prevención de violencia contra la
mujer, derechos humanos o autoempleo, siendo obligación de las personas beneficiarias asistir a estos cuando sean
convocadas o en caso de inasistencia, justificar de manera documental la causa.
8.2. Unidades administrativas responsables.
1. Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC):
a) Recibir la solicitud de ingreso al Programa y asignación de folio por solicitud.
b) Informar de los folios ingresados a la Dirección General de Desarrollo Social.
c) Remitir las solicitudes ingresadas a la Dirección general de desarrollo social, con una relación de los folios por fecha de
recepción, en un máximo de dos días hábiles a partir del ingreso de la solicitud.
2. Dirección General de Desarrollo Social.
a) Supervisar el desarrollo del Programa, desde la convocatoria, por medio de la Subdirección de Enlace y Seguimiento de
la DGDS
b) Gestionar las publicaciones pertinentes en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el sitio web de la Delegación
Azcapotzalco, las redes sociales oficiales, los medios impresos, etc.
3. Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS:
a) Analizar la información remitida por el CESAC y convocar a los solicitantes seleccionados.
b) Recabar la documentación e información pertinente de los solicitantes.
c) Elaborar el padrón de beneficiarias y la lista de espera de solicitantes e informar a la Dirección General de Desarrollo
Social del mismo.
d) Recibir y programar las mejoras solicitadas por la Delegación y/o los particulares.
8.3. Los datos personales de las personas beneficiarias o derechohabientes del programa social, y la información adicional
generada y administrada, se regirá por lo establecido en la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y
Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y la Ley de Protección de Datos Personales del Distrito Federal.
8.4. De acuerdo con el artículo 38 de la Ley de Desarrollo Social de la Ciudad de México y artículo 60 de su Reglamento,
todo material de difusión, convenios, cartas compromiso y otros instrumentos que se suscriban o formalicen con ellos,
deben llevar impresa la siguiente leyenda:
“Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen
de los impuestos que pagan todas y todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos,
electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en la
Ciudad de México, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”.
8.5. Los formatos y los trámites a realizar son gratuitos.
8.6. Se invitará a las personas participantes o beneficiarias del programa social a diversas actividades de formación e
información como: pláticas, talleres, cursos, encuentros, o foros sobre los diversos tipos y modalidades de violencia de
género, así como la capacitación en materia de derechos de las mujeres, y se proporcionarán materiales de difusión,
relacionados con estos temas y la información respecto a los lugares e instituciones a los cuales pueden tener acceso, para
mayor información y atención, en caso necesario (art. 38 Bis, LDSDF).
8.7. Durante los procesos electorales, en particular en las campañas electorales no se suspenderá el programa social, sin
embargo, atendiendo a los principios de imparcialidad, equidad y neutralidad que deben observarse en los procesos
electorales, los beneficios del programa social no serán entregados en eventos masivos o modalidades que afecten el
principio de equidad en la contienda electoral.
8.8. La ejecución del programa social, se ajustará al objeto y reglas de operación establecidas, evitando su utilización con
fines electorales distintos al desarrollo social, en el marco de los procesos electorales, para evitar en todo momento, su
vinculación con algún partido político, coalición o candidatura particular.
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 113
VIII.2. Supervisión y Control
8.9. Se realizará a través de la base de datos de las personas beneficiarias, la entrega de reportes de actividades por parte de
las y los multiplicadores de salud alternativa.
Así mismo, mediante la aplicación de encuestas a una muestra del padrón de personas beneficiarias.
8.10. La unidad administrativa responsable de realizar la supervisión y control es la Subdirección de Enlace y Seguimiento
de la DGDS.
IX. Procedimiento de Queja o Inconformidad Ciudadana
9.1. La ciudadanía podrá interponer una queja directamente a la Coordinación del Centro de Servicios de Atención
Ciudadana (CESAC), ubicado en la planta baja del edificio Delegacional, de lunes a viernes en un horario de 9:00 a 14:00
horas y de 15:00 a 19:00 horas, con domicilio en Castilla Oriente s/n, Colonia Azcapotzalco, Centro, 53549994 ext. 1355 o
directamente en la Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS, cita en Castilla Oriente s/n, Colonia Azcapotzalco,
Centro, 53549994 ext. 1355, 1353 y 5561 8431 Los requisitos mínimos que debe contener el escrito de queja son:
- Nombre, domicilio, número(s) telefónico(s), y en su caso, correo electrónico de las y los solicitantes que presentan la
queja.
- Motivo de la queja.
- Descripción precisa del hecho que motivo la queja.
La respuesta a la queja presentada se dará en un plazo máximo de 30 días hábiles a partir de la fecha de recepción, por
escrito o por correo electrónico.
9.2. En el caso de existir quejas, inconformidades y denuncias por incumplimiento de la garantía de acceso a los programas,
sobre el trato, acto, hecho u omisión de las o los servidores públicos responsables del programa, las y los ciudadanos podrán
presentarlas personalmente por escrito al Jefe Delegacional, a través del CESAC.
Así mismo, en caso de no ser resuelta su queja o inconformidad se podrá acudir a la Procuraduría Social de la Ciudad de
México o bien podrán hablar al Servicio Público de Localización Telefónica (LOCATEL), quien deberá turnarla a la
Procuraduría Social de la Ciudad de México y a la Contraloría General de la Ciudad de México.
En un plazo no mayor a 30 días hábiles, la Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS deberá emitir respuesta a la
queja presentada, si cumple con los requisitos establecidos.
9.3. En caso de que la dependencia o entidad responsable del programa social no resuelva la queja, las personas
beneficiarias o derechohabientes podrán presentar quejas por considerarse indebidamente excluidos de los programas
sociales o por incumplimiento de la garantía de acceso a los programas ante la Procuraduría Social de la Ciudad de México
o bien registrar su queja a través del Servicio Público de Localización Telefónica, LOCATEL, quien deberá turnarla a la
Procuraduría Social para su debida investigación y en su caso a la instancia correspondiente. De la misma forma a la
Contraloría General de la Ciudad de México.
9.4. Se prohíbe cualquier acto o conducta discriminatoria por acción u omisión por parte de las personas servidoras públicas
en la implementación, seguimiento o evaluación del programa social. La violación a esta disposición será sancionada
conforme al marco jurídico vigente en la Ciudad y las personas beneficiarias podrán acudir al Consejo para Prevenir para
Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México, COPRED, para su investigación.
9.5. El mecanismo para brindar a la ciudadanía información para denunciar cualquier delito electoral es la línea telefónica
INETEL (01800 433 2000).
X. Mecanismos de Exigibilidad
10.1. La Dirección General de Desarrollo Social a través de la Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS
garantizará la difusión y distribución de las presentes reglas de operación, así como el resguardo y la publicación del padrón
de beneficiarios.
10.2. En caso de existir alguna demanda de exigibilidad por el incumplimiento de un derecho social garantizado a través de
este programa, la ciudadana deberá presentarse en la Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS con domicilio en
Castilla Oriente s/n, Colonia Azcapotzalco, Centro, 53549994 ext. 1353- 1355 y 5561 8431, la cual investigará, atenderá,
analizará y determinará las acciones a implementar y/o aclarar la queja o inconformidad en un plazo no mayor a 30 días
hábiles.
10.3. Para hacer exigible el derecho por incumplimiento del programa social, será bajo los siguientes casos:
a) Cuando una persona solicitante cumpla con los requisitos y criterios de inclusión para acceder a determinado derecho
(garantizado por un programa social) y exija a la autoridad administrativa ser derechohabiente del mismo.
b) Cuando la persona derechohabiente de un programa social exija a la autoridad que se cumpla con dicho derecho de
manera integral en tiempo y forma, como lo establece el programa.
114 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
c) Cuando no se pueda satisfacer toda la demanda de incorporación a un programa por restricción presupuestal, y éstas
exijan que las incorporaciones sean claras, transparentes, equitativas, sin favoritismos, ni discriminación.”
10.4. Con base en el artículo 51 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal se deberá señalar de manera textual
que: “Las personas derechohabientes o beneficiarias de los programas sociales, tendrán los siguientes derechos y
obligaciones:
a) A recibir una atención oportuna, de calidad, no discriminatoria y apegada al respeto, promoción, protección y garantía de
sus derechos;
b) En cualquier momento podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, en los términos de
la normativa aplicable;
c) Acceder a la información de los programas sociales, reglas de operación, vigencia del programa social, cambios y ajustes;
de conformidad con lo previsto por las Leyes de Transparencia y de Protección de Datos Personales;
d) A interponer quejas, inconformidades, reclamos, denuncias y/o sugerencias, las cuales deberán ser registradas y atendidas
en apego a la normatividad aplicable;
e) Bajo ninguna circunstancia le será condicionado la permanencia o adhesión a cualquier programa social, siempre que
cumpla con los requisitos para su inclusión y permanencia a los programas sociales;
f) A solicitar de manera directa, el acceso a los programas sociales;
g) Una vez concluida la vigencia y el objetivo del programa social, y transcurrido el tiempo de conservación, la información
proporcionada por las personas derechohabientes o beneficiarias, deberá ser eliminada de los archivos y bases de datos de la
Administración Pública del Distrito Federal, previa publicación del aviso en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, con
al menos 10 días hábiles de anticipación.
h) Toda persona derechohabiente o beneficiario queda sujeta a cumplir con lo establecido en la normativa aplicable a cada
programa social.
10.5. La Contraloría del Gobierno de la Ciudad de México es el órgano competente para conocer las denuncias de
violaciones e incumplimiento de derechos en materia de desarrollo social.
XI. Mecanismos de Evaluación e Indicadores
XI.1. Evaluación 11.1. Tal como lo establece el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, la Evaluación Externa del
programa social será realizada de manera exclusiva e independiente por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social del
Distrito Federal, en caso de encontrarse considerado en su Programa Anual de Evaluaciones Externas.
11.2. La Evaluación Interna se realizará en apego a lo establecido en los Lineamientos para la Evaluación Interna de los
Programas Sociales, emitidos por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México y que los
resultados serán publicados y entregados a las instancias que establece el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Social para el
Distrito Federal, en un plazo no mayor a seis meses después de finalizado el ejercicio fiscal.
11.3. La encargada de realizar la evaluación interna será la Subdirección de Enlace y seguimiento de la DGDS , mediante
los indicadores establecidos en el presente programa y los resultados serán publicados y entregados a las instancias que
establece el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Social de la Ciudad de México.
11.4. Los indicadores de eficacia y eficiencia del presente programa serán la percepción de las y los beneficiarios, mediante
la aplicación de encuestas a las 47 personas del padrón de beneficiarias y beneficiarios.
XI.2. Indicadores de Gestión y de Resultados 11.5. Para la construcción de los indicadores se seguirá la Metodología de Marco Lógico.
11.6. Programa Multiplicadores de asistencia social para la salud.
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 115
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11.7 Los avances trimestrales de la Matriz de Indicadores del Programa Social serán reportados de forma acumulada al
Consejo de Evaluación del Desarrollo Social, de acuerdo a la periodicidad y características de los indicadores diseñados,
señalando el área o unidad responsable de realizarlo.
XII. Formas de Participación Social
12.1. Formas de participación
12.2. Modalidad de participación
Participante Etapa en la que participa Forma de Participación Modalidad
Multiplicadores de
asistencia social para la
salud
Ejecución del programa Realizar talleres Beneficiaros del programa
Población en general Ejecución del programa Recibir los talleres de las y
los multiplicadores
Beneficiarios del programa
XIII. Articulación con Otros Programas y Acciones Sociales Las presentes Regla de Operación serán aplicables durante la vigencia del programa Multiplicadores de Asistencia Social
para la Salud, mediante su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Durante el ejercicio fiscal 2018 y
hasta octubre de 2018.
13.1. El programa Multiplicadores de asistencia social para la salud forma parte de la política social de la Delegación
Azcapotzalco que implementa a través de la Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS y no se articula con otros
programas.
XIV. Mecanismos de Fiscalización
La Contraloría General de la Ciudad de México, conforme a sus atribuciones, vigilará el cumplimiento de los presentes
Lineamientos. En este apartado se debe:
14.1. El programa Multiplicadores de asistencia social para la salud fue aprobado por el Comité de Planeación del
Desarrollo de la Ciudad de México (COPLADE) Primera Sesión Extraordinaria de fecha 05de marzo 2018.
14.2. Como parte del informe trimestral remitido a la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México, se enviarán los
avances en la operación del programa social, la población beneficiaria, el monto de los recursos otorgados, la distribución,
según sea el caso, por delegación y colonia.
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 119
14.3. La Contraloría General de la Ciudad de México, en el ámbito de su competencia verificará que el gasto guarde
congruencia con lo dispuesto en la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México y en el Presupuesto de
Egresos de la Ciudad de México.
14.4. Se proporcionará la información que sea solicitada por la Contraloría y/o los órganos de control interno, a fin de que
éstas puedan realizar las funciones de fiscalización, inspección y verificación del ejercicio del gasto público.
14.5. Las personas Contraloras Ciudadanas de la Red de Contralorías Ciudadanas que coordina y supervisa la Contraloría
General, vigilarán en el marco de sus derechos y obligaciones establecidos en la Ley de
Participación Ciudadana del Distrito Federal y en los Lineamientos del programa de Contraloría Ciudadana, el
cumplimiento de las presentes reglas de operación, así como de las normas y procedimientos aplicables a la programación y
ejecución del programa social y el ejercicio de los recursos públicos.
XV. Mecanismos de Rendición de Cuentas
En este apartado se deberá indicar que:
15.1. De acuerdo con las Obligaciones de Transparencia en materia de Programas Sociales, de Ayudas, Subsidios,
Estímulos y Apoyos establecidas en el artículo 122 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y
Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, la siguiente información se mantendrá impresa para consulta directa, se
difundirá y mantendrá actualizada en formatos y bases abiertas en la Plataforma Nacional de Transparencia e indicar el sitio
de internet de la delegación Azcapotzalco en el que también se podrá disponer de esta información:
www.azcapotzalco.cdmx.gob.mx.
- Los criterios de planeación y ejecución del programa, especificando las metas y objetivos anualmente y el presupuesto
público destinado para ello;
- La siguiente información del programa social será actualizada mensualmente: a) Área; b) Denominación del programa; c)
Periodo de vigencia; d) Diseño, objetivos y alcances; e) Metas físicas; f) Población beneficiada estimada; g) Monto
aprobado, modificado y ejercido, así como los calendarios de su programación presupuestal; h) Requisitos y procedimientos
de acceso; i) Procedimiento de queja o inconformidad ciudadana; j) Mecanismos de exigibilidad; k) Mecanismos de
evaluación, informes de evaluación y seguimiento de recomendaciones; l) Indicadores con nombre, definición, método de
cálculo, unidad de medida, dimensión, frecuencia de medición, nombre de las bases de datos utilizadas para su cálculo; m)
Formas de participación social; n) Articulación con otros programas sociales; o) Vínculo a las reglas de operación o
Documento equivalente; p) Vínculo a la convocatoria respectiva; q) Informes periódicos sobre la ejecución y los resultados
de las evaluaciones realizadas; r) Padrón de beneficiarios mismo que deberá contener los siguientes datos: nombre de la
persona física o denominación social de las personas morales beneficiarias, el monto, recurso, beneficio o apoyo otorgado
para cada una de ellas, su distribución por unidad territorial, en su caso, edad y sexo; y
- El resultado de la evaluación del ejercicio y operación del programa.
XVI. Criterios para la Integración y Unificación del Padrón Universal de Personas Beneficiarias o Derechohabientes
16.1. La Delegación Azcapotzalco, publicará en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, a más tardar el último día hábil
de la primera quincena del mes de marzo de 2018, el padrón de beneficiarios correspondiente, indicando nombre, edad,
sexo, unidad territorial y demarcación territorial. Considerando que dichos padrones estarán ordenados alfabéticamente e
incorporados en el “Formato para la Integración de Padrones de Beneficiarios de Programas Sociales de la Ciudad de
México”, que para tal fin, el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México ha diseñado. En donde,
adicional a las variables de identificación: “nombre, edad, sexo, unidad territorial y demarcación territorial”, se precisará el
número total de beneficiarios y si se cuenta con indicadores de desempeño de alguna índole, tal como lo establece el artículo
34 de la LDSDF.
16.2. A efecto de construir en la Ciudad de México un padrón unificado y organizado por cada uno de los programas de las
Dependencias de la Administración Pública local, en el mismo periodo la Delegación Azcapotzalco, entregará el respectivo
padrón de beneficiarios en medios magnético, CD e impreso a la Comisión de Vigilancia y Evaluación de Políticas y
Programas Sociales de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. Así como la versión electrónica de los mismos a la
Secretaría del Desarrollo Social de la Ciudad de México a efecto de incorporarlos al Sistema de Información del Desarrollo
Social (SIDESO) e iniciar el proceso de integración del padrón unificado de beneficiarios de la CDMX, de acuerdo a lo
establecido en la fracción II del Artículo 34 de la LDSDF.
16.3. La Delegación Azcapotzalco, cuando le sea solicitado, otorgará a la Contraloría General de la Ciudad de México toda
la información necesaria que permita cumplir con el programa de verificación de padrones de beneficiarios de programas
sociales, diseñado por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México e implementado por la
Contraloría. Ello con la intención de presentar los resultados del mismo al órgano Legislativo de la Ciudad de México,
salvaguardando siempre conforme a la Ley los datos personales de los beneficiarios.
120 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
16.4. Se publicará en formato y bases abiertas, la actualización de los avances de la integración de los padrones de
beneficiarios de cada uno de sus programas sociales que sean operados por la Delegación Azcapotzalco, el cual deberá estar
conformado de manera homogénea y contener las variables: nombre, edad, sexo, unidad territorial, Demarcación Territorial,
beneficio otorgado y monto del mismo, de acuerdo a lo establecido en la fracción II del artículo 122 de la Ley de
Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, en la página:
www.azcapotzalco.cdmx.gob.mx. Así como en la Plataforma Nacional de Transparencia:
http://www.plataformadetransparencia.org.mx/web/guest/inicio
16.5. “el incumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 34 de la LDS DF será sancionado en términos de la
Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos”.
16.6. Una vez emitidos los Lineamientos para la integración del padrón universal, se dará estricto cumplimiento a los
mismos.
APOYO ECONÓMICO A MÚSICOS SINFÓNICA DE AZCAPOTZALCO.
I. Nombre de Programa Social y Dependencia o Entidad Responsable.
1.1. Apoyo Económico a Músicos Sinfónica de Azcapotzalco.
1.2. Dependencia o Entidad Responsable del Programa.
1.2.1. Delegación Azcapotzalco (Unidad Ejecutora de gasto).
1.3. Unidades Administrativas involucradas en la operación del programa social.
1.3.1. Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC).
1.3.1.1. Recibir la solicitud de ingreso al Programa y asignación de folio por solicitud.
1.3.1.2. Informar diariamente de los folios ingresados a la Dirección General de Desarrollo Social y a la Subdirección de
Cultura.
1.3.1.3. Remitir las solicitudes ingresadas con una relación de los folios por fecha de recepción, en un máximo de tres días
hábiles a partir del ingreso.
1.3.2. Dirección General de Desarrollo Social.
1.3.2.1. Supervisar el desarrollo del Programa, desde la convocatoria, Subdirección de Cultura.
1.3.2.2. Gestionar las publicaciones pertinentes en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el sitio web de la Delegación
Azcapotzalco, las redes sociales oficiales y medios impresos.
1.3.3. Subdirección de Cultura.
1.3.3.1 .Supervisar la correcta aplicación de las Reglas de Operación del Programa.
1.3.3.2. Analizar la información remitida por el CESAC y convocar a las personas solicitantes seleccionadas, de acuerdo a
los criterios establecidos.
1.3.3.3. Recabar la documentación e información pertinente de las solicitantes.
1.3.3.4. Elaborar el padrón de beneficiarias y la lista de espera de solicitantes; informar a las beneficiarias el mecanismo y
calendario de ministraciones mensuales (apoyos).
1.3.3.5. Coordinar y dirigir las actividades de las personas beneficiarias del programa.
1.3.3.6. Supervisar el desarrollo del Programa.
1.3.3.7. Recibir y programar las mejoras solicitadas por la Delegación y/o los particulares, de acuerdo a lo establecido en los
numerales 11, 12 y 13 del apartado 6.1 de las presentes reglas.
1.3.3.8. Aplicar los indicadores correspondientes del programa e informar de los resultados a la Dirección General de
Desarrollo Social.
1.3.3.9. Operar las etapas de requisitos y procedimientos de acceso, el procedimiento de instrumentación, vigilancia y
control; realizar los mecanismos de evaluación en campo y la vinculación con otros programas sociales.
1.3.3.10. Ejecutar el programa de acuerdo a los lineamientos establecidos.
1.3.4. La Dirección General de Administración.
1.3.4.1 Dispersar los apoyos para las personas beneficiarias del programa.
Todos los formatos y trámites a realizar para el Programa Apoyo económico a jóvenes, Sinfónica de Azcapotzalco son
gratuitos.
II. Alineación programática.
2.1. El presente proyecto se alinea con los siguientes Ejes Programáticos, Áreas de Oportunidad, Objetivos, Metas y Líneas
de Acción del Programa de Desarrollo del Distrito Federal 2013 – 2018.
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 121
Eje Programático
Área de oportunidad
Objetivos Metas Líneas de acción
1. Equidad e inclusión social
1) Discriminación y Derechos Humanos.
1. Realizar acciones que permitan el ejercicio pleno de los derechos de las personas independientemente de su origen étnico, condición jurídica social o económica, migratoria, de salud, de edad, discapacidad, sexo, orientación o preferencia sexual, estado civil, nacionalidad, apariencia física, forma de pensar o situación de calle, entre otras, para evitar bajo un enfoque de corresponsabilidad la exclusión, el maltrato y la discriminación.
1. Eliminar las prácticas discriminatorias que generan exclusión y maltrato.
- Promover una cultura de corresponsabilidad social entre las personas participantes de los programas sociales. - Promover las acciones comunitarias y la coinversión social dentro de los programas sociales, a favor de las personas en situación de pobreza y exclusión, así como de grupos vulnerables: mujeres, adultos mayores indígenas niñas y niños, jóvenes y personas con discapacidad, entre otros.
2. Reforzar el diseño, la legislación y la implementación de las políticas, programas y servicios de apoyo a la población para evitar la exclusión, el maltrato y/o la discriminación hacia las personas bajo un enfoque de corresponsabilidad social.
- Promover una cultura de corresponsabilidad social entre las personas participantes de los programas sociales. - Promover las acciones comunitarias y la coinversión social dentro de los programas sociales, a favor de las personas en situación de pobreza y exclusión, así como de grupos vulnerables: mujeres, adultos mayores indígenas niñas y niños, jóvenes y personas con discapacidad, entre otros.
En relación al Programa de Gobierno de la Delegación Azcapotzalco, éste contempla, en sus 43 puntos, específicamente en el punto número 6. Espacios y alternativas para los jóvenes, promover la capacitación y empleos; en el punto 22. Fomentar espacios adecuados, cursos y talleres en toda la Delegación, así como recorridos turísticos en Azcapotzalco, para jóvenes, mujeres, niños, gente mayor y personas con capacidades diferentes. El Programa Apoyo Económico a Músicos Sinfónica de Azcapotzalco, Se apega con el Programa Delegacional Azcapotzalco publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México No. 70 tomo I publicado el 12 de mayo de 2016.
Eje Objetivo General
Objetivos Específicos Metas Líneas de acción
8.3. Desarrollo Social Incluyente y Equitativo
Servicios Sociales Realizar actividades y desarrollar programas
Fomentar la participación de las personas adultas mayores mediante actividades de convivencia, recreativa y de rescate de tradiciones como lo es la
Coadyuvar en el desarrollo comunitario y la reintegración del tejido social en la Delegación
Integrar a la banda sinfónica de Azcapotzalco jóvenes músicos profesionales para incrementar el repertorio a interpretar en la
122 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
sociales que
fomenten el
desarrollo
comunitario,
eleven la
calidad de vida
de las y los
habitantes e
incrementen la
participación y
convivencia de
la comunidad.
práctica del danzón, además
de atender a un sector de la
población en situación
precaria se permite el
desarrollo de las personas
jóvenes a través de la
práctica de la música.
programación cultural de la
delegación Azcapotzalco.
Así mismo, se alinea con el Programa Sectorial de Desarrollo Social con Equidad e Inclusión en los siguientes rubros:
ÁREA DE
OPORTUNIDAD
OBJETIVO META SECTORIAL LÍNEA DE ACCIÓN
Discriminación y Derechos
Humanos
1. Realizar acciones que
permitan el ejercicio pleno de
los derechos de las personas,
independientemente de su
origen étnico, condición
jurídica, social o económica,
migratoria, de salud, de edad,
discapacidad, sexo, orientación
y/o preferencia sexual, estado
civil, nacionalidad, apariencia
física, forma de pensar o
situaciones de calle, entre otras,
para evitar bajo un enfoque de
corresponsabilidad la
exclusión, el maltrato y la
discriminación.
1. Eliminar las prácticas
discriminatorias que
generan exclusión y
maltrato.
Implementar programas y
actividades que
fortalezcan una cultura en
la que se eviten prácticas
discriminatorias en donde
los prejuicios,
estereotipos y estigmas
promuevan la exclusión y
el maltrato.
III. Diagnóstico.
III.I. Antecedentes.
3.1. Inicio del programa y características. Apoyo Económico a Músicos Sinfónica de Azcapotzalco es un programa social
de nueva creación como respuesta a la necesidad de coadyuvar a promover espacios de integración social para las personas
adultas mayores e involucra a músicos de Azcapotzalco a participar a través de la integración de la Orquesta Sinfónica de
Azcapotzalco en acciones que fomenten espacios de convivencia para las personas adultas mayores y la población en
general. Actualmente la Delegación Azcapotzalco comparte los problemas que se tienen a nivel nacional, falta de
oportunidades para las y los jóvenes, que deben migrar a otras delegaciones o fuera de la Ciudad de México en busca de
oportunidades de empleo. El espacio público se ha deteriorado por la falta de servicios de calidad, la inseguridad que ha
generado un ambiente de violencia han provocado el abandono de los espacios públicos y han impedido que la población
tenga espacios para el ejercicio pleno de sus derechos. Como respuesta a esta serie de problemáticas el gobierno de la
Delegación Azcapotzalco implementó desde 2003 una acción denominada “sábados de danzón” en el Jardín Hidalgo en
dónde se establece un espacio de convivencia principalmente enfocado a las personas adultas mayores como para la
población en general y se busca promover la cultura del danzón y el baile de salón para coadyuvar a garantizar el derecho a
la recreación y al esparcimiento
3.2 Modificaciones relevantes para el diseño y operación del programa social.
Al ser un programa de nueva creación no existen modificaciones en su diseño.
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 123
III.2. Problema Social Atendido por el Programa Social.
3.3 Problema social que se atiende. De acuerdo a los datos estadísticos de la Encuesta Intercensal 2015 del INEGI, la
población en la delegación Azcapotzalco es de 400,161habitantes, de los cuales el 22.11% son jóvenes de entre 15 y 29
años, aproximadamente 88,458 jóvenes (Estimadores de la Población Total en Viviendas Particulares por Delegación y
Grupos Quinquenales de Edad según Sexo de la Encuesta Intercensal 2015 del INEGI, ), y aunque no se encuentran en su
totalidad en situación de riesgo, resulta imprescindible garantizar estrategias para su desarrollo armónico y acceso al
cumplimiento cabal de los Derechos Humanos, ya que muchos de los jóvenes no tienen acceso a educación superior, acceso
a espacios públicos para su uso y disfrute, acceso a empleos, etc., aunado a esto, vivimos en una sociedad donde la violencia
se manifiesta en todos los ámbitos, como en la familia, en las calles, etc.
3.4. Causas centrales del problema social. La Problemática de Azcapotzalco no es ajena a la problemática nacional en
donde las familias y principalmente a los jóvenes, que en ella habitan se ven afectados por el incremento de la violencia,
la falta de empleo, la desindustrialización de la zona, la deserción escolar, las adicciones, la falta de espacios públicos
lúdicos y recreativos, es decir se encuentran en un proceso que está marcado por el deterioro y la desintegración del tejido
social.
El International Journal of Security & Development da una explicación sobre los índices de criminalidad en la Ciudad de
México y su área conurbada. Mencionan que la desintegración familiar, la falta de oportunidades económicas, la
desigualdad social contribuyen a este fenómeno. Dicen que aunque hay muchas políticas centradas a apoyar a los grupos
especialmente vulnerables, éstas todavía no llegan a los más necesitados.
Las y los jóvenes, al carecer de espacios para su desarrollo como son el ingreso al sistema educativo formal, la falta de
empleos bien remunerados, la falta de oportunidades para el desarrollo los deja en situación de especial vulnerabilidad. La
criminalización, y discriminación de la que son víctimas, la desintegración y violencia sufrida en los hogares, y la amenaza
constante del crimen organizado que busca cooptar a población cada vez más joven. Son problemáticas constantes que
empujan a la población joven a caer en conductas de riesgo y de delincuencia.
El consumo de drogas (ilegales o no) en la población aún constituye un problema social de primer orden a resolver. En
Azcapotzalco, de acuerdo a la última Encuesta de Consumo de Drogas en Estudiantes de la Ciudad de México 2012 del
IAPA, el 63.3% de las y los jóvenes de secundaria han consumido alcohol alguna vez en su vida y un alarmante 86% de
preparatorianos manifestaron haber consumido alcohol. Así, en el consumo de sustancias psicoactivas, un 23.7% de las y los
jóvenes de secundaria y un 32.4% de estudiantes de preparatoria, declararon haber probado algún tipo de droga ilegal.
Derivado de lo anterior, como Delegación consideramos urgente el trabajo interinstitucional y comunitario para la
prevención y atención de las adicciones, enfocando los esfuerzos no únicamente a las y los consumidores o a la población
en riesgo de serlo, si no a su entorno familiar, con la finalidad de tejer redes de apoyo que incrementen el impacto de las
acciones preventivas y de atención.
3.5 Efectos centrales del problema social. Las y los jóvenes, al carecer de espacios para su desarrollo como son el ingreso
al sistema educativo formal, la falta de empleos bien remunerados, la falta de oportunidades para el desarrollo los deja en
situación de especial vulnerabilidad. La criminalización, y discriminación de la que son víctimas, la desintegración y
violencia sufrida en los hogares, y la amenaza constante del crimen organizado que busca cooptar a población cada vez más
joven. Son problemáticas constantes que empujan a la población joven a caer en conductas de riesgo y de delincuencia.
3.6 Derechos vulnerados. El problema social identificado violenta en los jóvenes su derecho a un nivel de vida adecuado,
su derecho a la educación, a un empleo o salario digno. Ante esto, el programa Guardianes por la paz busca coadyuvar a que
los jóvenes accedan a estos derechos al recibir un apoyo económico mensual y realizar actividades en la demarcación de
Azcapotzalco, para generar espacios de esparcimiento para jóvenes; estas acciones contribuyen a fomentar una cultura de la
no violencia, alejar a los jóvenes de algunas conductas de riesgo como el abandono escolar o las adicciones.
3.7. Pertinencia. La evidencia de otros programas similares, como el programa “Jóvenes en Impulso” que realiza el
INJUVE con la brigada de música, muestran que la participación juvenil en espacios públicos donde desarrollan diversas
actividades, incrementa el bienestar en los espacios donde se promueven y ayuda a los jóvenes a mejorar sus relaciones y a
establecer condiciones en el entorno comunitario donde se interviene para el goce de derechos de las diversas poblaciones
en situación de riesgo.
3.8. Línea de base. De acuerdo a los datos estadísticos de la Encuesta Intercensal 2015 del INEGI, la población en la
delegación Azcapotzalco es de 400,161habitantes, de los cuales el 22.11% son jóvenes de entre 15 y 29 años,
aproximadamente 88,458 jóvenes (Estimadores de la Población Total en Viviendas Particulares por Delegación y Grupos
Quinquenales de Edad según Sexo de la Encuesta Intercensal 2015 del INEGI).
124 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
III.3. Definición de la Población Objetivo del Programa Social.
3.9. Población Potencial. 88,458 músicos de entre 18 y 40 años, habitantes de la Delegación Azcapotzalco
3.10. Población Objetivo. Principalmente las y los jóvenes de entre 18 y 40años que se encuentran en situación de riesgo,
así como las y los jóvenes que viven en la demarcación en alguna de las colonias con medio, bajo o muy bajo grado de
desarrollo social.
3.11. Población Beneficiaria.30 mujeres y hombres músicos de entre 18 y 40 años de edad, que vivan en la Delegación
Azcapotzalco que sean profesionales de la música y el interés por integrarse en la banda sinfónica de Azcapotzalco.
3.12 Focalización territorial: En referencia al artículo 11 “Ciudad Incluyente” de la Constitución Política de la Ciudad de
México se establecen los grupos de atención prioritaria, indicando que: La Ciudad de México garantizará la atención
prioritaria para el pleno ejercicio de los derechos de las personas que debido a la desigualdad estructural enfrentan
discriminación, exclusión, maltrato, abuso, violencia y mayores obstáculos para el pleno ejercicio de sus derechos y
libertades fundamentales. Reconoce como grupos de atención prioritaria, al menos y de manera enunciativa a: las mujeres,
las niñas, niños y adolescentes, las personas jóvenes, personas mayores, personas con discapacidad, personas LGBTTTI,
personas migrantes y sujetas de protección internacional, víctimas de violaciones a los derechos humanos o de la comisión
de delitos, personas en situación de calle, personas privadas de su libertad, personas que residen en instituciones de
asistencia social, personas afrodescendientes y personas de identidad indígena.
IV. Objetivos y Alcances.
IV.I. Objetivo General:
4.1. Bienes y/o servicios. Este es un Programa de Transferencia Monetaria.
4.2. La población a la que va dirigido el programa. Mujeres y hombres músicos de entre 18 y 40 años de edad, que vivan
en la Delegación Azcapotzalco y que sean profesionales de la música (indispensable saber leer notas musicales).
4.3. Objetivo. Brindar un apoyo económico hasta 30 músicos mujeres y hombres de entre 18 y 40 años quienes se
integrarán en la Orquesta Sinfónica de Azcapotzalco promoverá la música y los valores culturales musicales de nuestro país.
IV.2. Objetivos Específicos.
4.4. Acciones:
* Conformar el Padrón de beneficiarias y beneficiarios (Apoyo Económico a Músicos Sinfónica de Azcapotzalco).
* Difundir el Programa Apoyo económico a jóvenes, Sinfónica de Azcapotzalco. En los sábados de danzón en el jardín
Hidalgo y promover la música y la cultura, principalmente en las colonias, pueblos y barrios con bajo índice de desarrollo
social.
* Verificar las actividades de promoción cultural.
* Otorgar un apoyo económico hasta 30 músicos mujeres y hombres integrantes de la Orquesta Sinfónica de
Azcapotzalco.
4.5. Estrategias y mecanismos previstos para fomentar la equidad social y la igualdad.
Este programa busca incluir a las y los músicos a generar un proceso de integración social, mediante el trabajo en
comunidad, por medio del apoyo mensual que reciben y pueden generarse mejores condiciones.
IV.3. Alcances
4.6. Este programa es de carácter social y tiene como finalidad lograr que cada miembro de la Orquesta Sinfónica de
Azcapotzalco, impulse y fomente la cultura desarrollando actividades, artísticas.
4.7. El Programa Apoyo Económico a Músicos, Sinfónica de Azcapotzalco, contribuirá a generar un proceso de integración
social, mediante la promoción de actividades artísticas musicales en las comunidades, colonias, pueblos y barrios de la
demarcación, que coadyuvarán a la reestructuración del tejido social y comunitario.
V. Metas Físicas.
5.1. Meta de cobertura. Hasta 30 mujeres y hombres músicos de entre 18 y 40 años que habitan en la demarcación de
Azcapotzalco, de 88,458 músicos de entre 18 y 40 años que habiten en colonias, pueblos, barrios y unidades habitacionales.
5.2. Estrategias de universalidad. El programa no podrá cumplir el principio de universalidad, mandatado en el artículo 27
de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal y artículo 47 de su Reglamento, debido a que no cuenta con el
presupuesto suficiente para dicho fin, por lo que se dará preferencia a los músicos de entre18 y 40 años que habiten en la
Delegación Azcapotzalco.
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 125
5.3. Metas físicas. Se otorgará un apoyo mensual de $5,300.00 (cinco mil trescientos pesos 00/100 M.N) hasta 30 músicos quienes formarán la Orquesta Sinfónica de Azcapotzalco, durante el ejercicio fiscal 2018. El apoyo se dará en ocho exhibiciones, a través de pago en efectivo o transferencia electrónica, beneficiando a 30 músicos de Azcapotzalco, de entre 18 y 40 años de edad y que deseen integrarse en la Orquesta Sinfónica de Azcapotzalco, contribuyendo a través de la práctica musical a generar un proceso de reintegración social, mediante la organización de actividades artísticas musicales en comunidad. 5.4. Resultados cualitativos esperados. Se pretende beneficiar hasta 30 músicos con un apoyo mensual para que realicen actividades encaminadas a coadyuvar a la reestructuración del tejido social y comunitario, Se pretende realizar actividades de manera permanente en los sábados de danzón así como abriendo espacios para el goce y disfrute del acervo cultural musical de México y el mundo, en las colonias, pueblos, barrios y unidades habitacionales de la demarcación priorizando a los espacios de mayor marginación. V.I. Programación Presupuestal 6.1. Y 6.2. Considerando el principio de orientación del presupuesto con responsabilidad social, que permita a la administración pública asegurar la aplicación del mismo de forma eficiente, eficaz, honrada y con transparencia, se asignó mediante la partida 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas” de $1,7000,000.00 (un millón setecientos mil pesos 00/100 MN) de los cuales $1,272.000.00 (un millón doscientos setenta y dos mil pesos 00/100 M. N) para entrega mensual del apoyo económico y la cantidad de $428 000.00 (cuatrocientos veintiocho mil pesos 00/100 M. N.) para la compra de instrumentos musicales.
Total de personas beneficiarias
Monto unitario anual Frecuencia de Ministración
Presupuesto Total Anual
30 integrantes de la Banda Sinfónica de Azcapotzalco
$42,400.00 (cuarenta y dos mil cuatro cientos pesos 00/100 M.N.)
Ocho exhibiciones mensuales de $5,300.00 (cinco mil trescientos pesos 00/100 M.N.)
$1’272,000.00 (un millón doscientos setenta y dos mil pesos 00/100 M.N.)
Total 30 $1’272,000.00 (un millón
doscientos setenta y dos mil pesos 00/100 M.N.)
Calendario del apoyo económico por mes. El apoyo se entregará a los beneficiarios, mediante pago en efectivo o por medio de una transferencia electrónica.
MES MONTO
MARZO $159,000.00
ABRIL $159,000.00
MAYO $159,000.00
JUNIO $159,000.00
JULIO $159,000.00
AGOSTO $159,000.00
SEPTIEMBRE $159,000.00
OCTUBRE $159,000.00
TOTAL $1,272,000.00
CONCEPTO MONTO
ADQUISICIÓN DE INSTRUMENTOS MUSICALES
(1 flauta transversa, 1 oboe, 7 clarinetes, 2 saxofones altos, 2 saxofones tenor, 1 saxofón barítono, 1 fagot, 1 clarinete bajo, 3 cornos franceses, 3 trompetas, 2 barítonos Bb, 2 trombones, 2 tubas, diversas percusiones, 2 timbales, 1 bombo de concierto con base, 1 tarola con base, 1 juego de platos de choque, 1 atril de director y 30 atriles plegables
TOTAL $428,000.00
TOTAL PRESUPUESTO $1,700,000.00
126 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
VII. Requisitos y Procedimientos de Acceso
VII.1. Difusión
7.1. Formas de dar a conocer el programa social. La Delegación Azcapotzalco dará a conocer el programa social y sus
probables cambios a través de los siguientes medios:
- Publicación de las Reglas de Operación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
- Redes Sociales oficiales (FB: /Azcapotzalco MX).
- Periódico impreso oficial (Hormiguero Informativo).
- Sitio web oficial de la Delegación Azcapotzalco (www.azcapotzalco.cdmx.gob.mx/).
7.2. Se realiza la difusión del programa y los requisitos para su ingreso, se realizará en carteles en lugares de mucha
afluencia.
7.3. Solicitar información. Para solicitar información de este programa pueden llamar a la Subdirección de Cultura al
53550376.
VII.2. Requisitos de Acceso.
7.4. Requisitos.
Apoyo Económico a Músicos, Sinfónica de Azcapotzalco.
* Residir en la Delegación Azcapotzalco.
* Tener entre 18 y 40 años.
* Contar con disponibilidad de horario.
* No estar inscrito en algún otro programa de la delegación Azcapotzalco.
* No ser familiar directo de personal de estructura de la delegación.
* Acudir a la plática de inducción establecida para su primer ingreso por la Subdirección de Cultura.
* Llevar a cabo una entrevista en la en la Subdirección de Cultura y con el director de la Banda Sinfónica de Azcapotzalco.
* Saber leer notas musicales.
* Se requiere el siguiente perfil de músicos:
-1 músico para flauta transversa.
-1 músico para oboe.
-7 músicos para clarinete.
-2 músicos para saxofón alto.
-2 músicos para saxofón tenor.
-1 músico para saxofón barítono.
-1 músico para fagot.
-1 músico para clarinete bajo.
-3 músicos para corno francés.
-3 músicos para trompeta.
-2 músicos para barítonos Bb.
-2 músicos para trombones.
-2 músicos para tuba.
-1 músico para percusión.
-1 músico copista, arreglista.
7.5. Documentación y tiempos. Una vez publicadas las reglas de operación, se podrá acceder al programa social mediante una solicitud de acceso que se
hará a petición de los músicos por escrito, donde se registre el nombre completo del solicitante, el domicilio, un número
telefónico local de contacto y/o un correo electrónico personal y programa en el que desea participar, anexando copia de
comprobante de domicilio vigente (agua, boleta predial, teléfono, o recibo de gas natural). El escrito deberá ser dirigido al
Jefe Delegacional en Azcapotzalco, e ingresado a través de la Coordinación del Centro de Servicios y Atención Ciudadana
(CESAC), ubicado en la planta baja del edificio Delegacional, con domicilio en Castilla Oriente s/n, Colonia Azcapotzalco
Centro, de lunes a viernes en un horario de 9:00 a 14:00 hrs. y de 15:00 a 19:00hrs.
Deberá presentar los siguientes documentos:
*Copia de identificación oficial con fotografía vigente. (IFE, INE, Pasaporte, Cedula profesional o Licencia de Conducir)
*Copia del CURP.
*Copia de comprobante de domicilio vigente, no mayor a tres meses de antigüedad (Boleta de predio, Agua, Recibo
Telefónico TELMEX, Luz, Gas Natural.).
*Llenar formato de inscripción del Programa.
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 127
*Comprobante de estudios musicales y currículum vitae.
Los datos personales de las personas solicitantes y beneficiarias y la información adicional generada y administrada, se
regirá por lo establecido en las Leyes de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y de Protección de Datos
Personales del Distrito Federal.
De acuerdo con el artículo 38 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal y el artículo 60 de su Reglamento, todo
material de difusión, convenios, cartas compromiso y otros instrumentos que se suscriban o formalicen con ellos, llevarán
impresa la siguiente leyenda:
“Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen
de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales,
de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en la Ciudad de
México, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”.
7.6. En caso de que se presente una situación de contingencia, desastre o emergencia en la Ciudad de México, los
requerimientos y documentación a presentar para la inclusión de las personas en el programa social, puede variar, en cuyo
caso, se emitirán lineamientos específicos.
VII.3. Procedimientos de Acceso
7.7. Forma de acceder al programa social.
Una vez publicadas las reglas de operación, se podrá acceder al programa social mediante una solicitud de acceso que se
hará a petición de los interesados o interesadas por escrito, donde se registre el nombre completo del solicitante, el
domicilio, un número telefónico local de contacto o un correo electrónico personal y programa en el que desea participar. El
escrito deberá ser dirigido al Jefe Delegacional en Azcapotzalco, e ingresado a través de la Coordinación del Centro de
Servicios y Atención Ciudadana (CESAC), ubicado en la planta baja del edificio Delegacional, con domicilio en Castilla
Oriente s/n, Colonia Azcapotzalco Centro, de lunes a viernes en un horario de 9:00 a 14:00 horas. y de 15:00 a 19:00hrs.
7.8. Procedimientos de acceso.
Las Reglas de Operación del presente programa se podrán consultar en la página electrónica de la Delegación, misma que
estará abierta para la población en general.
Una vez autorizado el programa, podrán solicitar su inclusión al mismo en las oficinas delegacionales del CESAC.
El mecanismo de registro de las y los solicitantes será el siguiente:
a) Presentar en la Coordinación del Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC), la solicitud de ingreso conforme a
lo establecido en el apartado 7.7 de las presentes Reglas de Operación.
b) Llenar el formato de registro correspondiente y copia de una identificación en CESAC.
7.9. Los requisitos, forma de acceso y criterios de selección establecidos por el programa social son públicos. Estos
documentos, además de estar publicados en la gaceta oficial vigente, estarán pegados a la vista en las oficinas de la
Subdirección de Cultura, ubicadas en el Foro Cultural Azcapotzalco, Av. Cuitláhuac s/n, esquina Pino, colonia Liberación.
7.10. Criterios y procedimientos de acceso para poblaciones vulneradas. Este programa es Universal, por lo que no se
tomará en cuenta ninguna forma de discriminación ni revictimización, de cualquiera que fueran las condiciones de las
personas que solicitan acceso al programa.
7.11. Mecanismos, procedimientos, lugares, horarios de atención, y periodos de registro de las personas solicitantes;
señalando las unidades administrativas responsables. Una vez ingresada la solicitud, se seleccionará a las y los candidatos para ingresar al programa, conforme a lo establecido en
los numerales 7.4 y 7.5 de las presentes reglas de operación. El personal de la Subdirección de Cultura se comunicará con
las y los seleccionados al teléfono proporcionado o por medio del correo electrónico personal registrado, donde se le
programará una cita para la plática de inducción y la entrega de la documentación establecida en el apartado 7.5 de este
documento.
Una vez programada la cita, el solicitante deberá presentarse en la Subdirección de Cultura, para la entrega de la
documentación, el cotejo correspondiente y la requisición del formato de registro y la programación de su entrevista.
El horario para el registro será de 9:00 a 18:00hrs. De lunes a viernes excepto días festivos
El periodo de registro estará comprendido a partir de la publicación de las presentes Reglas de Operación en la Gaceta
Oficial de la Ciudad de México y hasta cubrir la meta física.
En caso de que las solicitudes sean mayores a los recursos disponibles, se dará prioridad de acuerdo a la fecha de registro.
Las demás solicitudes integrarán la lista de espera.
Para saber el estado que guarda su trámite, podrán llamar a la Subdirección de Cultura y preguntar por el avance de su
solicitud al teléfono 53550376. La lista de las personas beneficiadas con el Programa, se publicará en la página electrónica
de la Delegación Azcapotzalco, así como en listados expuestos en el CESAC.
La Delegación Azcapotzalco, por medio de la Subdirección de Cultura le entregará a las personas beneficiarias una carta de
aceptación al Programa Apoyo Económico a Músicos Sinfónica de Azcapotzalco.
128 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
Las personas beneficiarias del programa Apoyo Económico a Músicos Sinfónica de Azcapotzalco, formarán parte de un
padrón que será publicado conforme a la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, será de carácter público, siendo
reservados los datos personales de acuerdo a la normatividad vigente.
En ningún caso, las y los servidores públicos podrán solicitar o proceder de manera diferente a lo establecido en las
presentes Reglas de Operación.
7.12. En el artículo 11 “Ciudad Incluyente” de la Constitución Política de la Ciudad de México se establecen los grupos de
atención prioritaria, indicando que: La Ciudad de México garantizará la atención prioritaria para el pleno ejercicio de los
derechos de las personas que debido a la desigualdad estructural enfrentan discriminación, exclusión, maltrato, abuso,
violencia y mayores obstáculos para el pleno ejercicio de sus derechos y libertades fundamentales. Reconoce como grupos
de atención prioritaria, al menos y de manera enunciativa a: las mujeres, las niñas, niños y adolescentes, las personas
jóvenes, personas mayores, personas con discapacidad, personas LGBTTTI, personas migrantes y sujetas de protección
internacional, víctimas de violaciones a los derechos humanos o de la comisión de delitos, personas en situación de calle,
personas privadas de su libertad, personas que residen en instituciones de asistencia social, personas afrodescendientes y
personas de identidad indígena.
7.13. La Entidad responsable entregará a las personas solicitantes un comprobante de haber completado su registro al
programa social.
7.14. En el caso de que se presente una situación de contingencia, desastre o emergencia en la Ciudad de México, los
procedimientos de acceso al programa social, pueden variar, en cuyo caso, se emitirán lineamientos específicos.
7.15.Una vez que las personas solicitantes son incorporadas al programa social, formarán parte de un Padrón de Personas
Beneficiarias, que conforme a la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal será de carácter público, siendo
reservados sus datos personales, de acuerdo con la normatividad vigente; los cuales en ningún caso podrán emplearse para
propósitos de proselitismo político, religioso o comercial, ni para ningún otro fin distinto al establecido en las Reglas de
Operación del programa social.
7.16. En ningún caso las y los servidores públicos podrán solicitar o proceder de manera diferente a lo establecido en las
Reglas de Operación.
VII.4. Requisitos de Permanencia, Causales de Baja o Suspensión Temporal
7.16. Requisitos de permanencia
La temporalidad de este programa quedará establecida para el ejercicio fiscal 2018 y la permanencia de las personas
beneficiarias quedará sujeta a los siguientes criterios:
a) La realización de las actividades planteadas y desarrolladas en el esquema operativo, de acuerdo a las siguientes
funciones:
Integrantes de la Apoyo Económico a Músicos Sinfónica de Azcapotzalco:
Asistir con puntualidad a sus ensayos y conciertos que les sean asignados.
Causas de Baja:
a) No presentarse en el periodo establecido para la firma de la carta compromiso.
b) No realizar las actividades proyectadas en el esquema operativo
c) Falsificar información en el registro o durante la operación del presente programa.
d) Realizar conductas que pongan en riesgo o transgredan la integridad de las y los participantes, autoridades competentes y
personal de la Delegación.
e) Por inasistencia a las actividades.
f) No conducirse bajo el respeto a los derechos humanos y la no discriminación.
Suspensión temporal
a) En ningún caso.
7.17. Documentación, forma y tiempos de permanencia, baja o suspensión temporal.
De la permanencia. Los integrantes de la Banda Sinfónica de Azcapotzalco permanecerán en el programa al realizar las
actividades estipuladas en el apartado 7.16 de las presentes reglas.
De la baja: se dará de baja a quien no cumpla con los requisitos establecidos en el apartado 7.16 de las presentes reglas. Al
ser causal de baja se le notificará por medio de coordinador de la banda; la Subdirección de Cultura realizará los trámites
correspondientes para dar de baja del padrón a quien no cumpla con lo establecido en el apartado 7.16.
De la suspensión temporal. No aplica.
VIII. Procedimientos de Instrumentación
VIII.1. Operación
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 129
8.1. Actividades, acciones y gestiones.
Durante la convocatoria, las personas interesadas ingresarán en el CESAC el formato de inscripción al Programa Social
“Apoyo Económico a Músicos Sinfónica de Azcapotzalco”.
El CESAC asignará un folio a la solicitud que será dado a la persona candidata a ingresar en el programa. El CESAC hará
de conocimiento los folios ingresados a la Dirección General de Desarrollo Social, remitiendo las solicitudes a la
Subdirección de Cultura para su análisis.
Una vez recibida la solicitud en la Subdirección de Cultura y analizada la información, se agendará una cita para que el
candidato presente su documentación en la Subdirección de Cultura, ubicada en av. Cuitláhuac s/n, esquina Pino, colonia
Liberación, delegación Azcapotzalco.
Todas las personas solicitantes, sin excepción alguna, deberán acudir el día y hora asignados, a la Subdirección de Cultura,
con toda la documentación requerida en original y copia (para cotejo), para la requisición del formato de registro; en caso de
faltar algún documento (cualquiera que sea este) se le informará a la persona interesada que no cumple con los requisitos y
se cancelará la solicitud.
Las y los solicitantes deberán consultar en el sitio web de la Delegación (www.azcapotzalco.cdmx.gob.mx) o bien acudir a
las oficinas del CESAC y verificar el padrón de personas beneficiarias, expuesto al público para conocer los resultados y, en
caso de resultar beneficiada/o, acudir dentro de los siguientes tres días hábiles a las oficinas de la Subdirección de Cultura,
para la firma de la carta compromiso como beneficiaria o beneficiario del Apoyo Económico a Músicos Sinfónica de
Azcapotzalco. Es importante mencionar que de no acudir personalmente en las fechas indicadas, en caso de ser beneficiario
o beneficiaria su trámite quedará cancelado.
La Subdirección de Cultura elaborará la propuesta del padrón de personas beneficiarias, la lista de espera y casos
desfavorables, la cual se presentará a la Dirección General de Desarrollo Social para su validación, aprobación y
publicación correspondiente, de acuerdo a la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.
El padrón de personas beneficiarias se integrará por 30 solicitantes cuyo trámite haya resultado favorable. Una vez
integrado el padrón de las personas beneficiarias, después de habérsele notificado debidamente a cada una de las personas
beneficiarias el resultado, se cancelará y dará de baja del mismo, a toda aquella persona beneficiaria que no realice las
actividades programadas durante la operación de este programa.
La lista de espera se integrará por las y los solicitantes cuyo trámite haya resultado favorable pero que por falta de
presupuesto ya no pueden ser integradas/os en el Programa.
Las personas solicitantes que se encuentren en lista de espera podrán ingresar al padrón de beneficiarias cuando, por alguna
razón el ingreso de una de las personas beneficiarias se haya cancelado y dado de baja del mismo.
La persona solicitante en lista de espera que deseé conocer el estado de su trámite deberá acudir a la Subdirección de
Cultura para solicitar dicha información, o llamar al teléfono 53550376.
Una vez que la Dirección de Administración defina el mecanismo por el que se entregarán las ministraciones mensuales, se
informará a las y los beneficiarios del dicho mecanismo y, en su caso, solicitarles presentar en los plazos, horarios y lugares
establecidos por la Dirección de Administración, la documentación adicional que se requiera.
Notificar a las beneficiarias el calendario de entrega de ministraciones mensuales.
Al inscribirse y resultar seleccionado en el programa las personas beneficiarias recibirán cursos de formación musical a lo
largo de la duración del programa.
8.2. Unidades administrativas responsables.
1. Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC):
a) Recibir la solicitud de ingreso al Programa y asignación de folio por solicitud.
b) Informar de los folios ingresados a la Dirección General de Desarrollo Social.
c) Remitir las solicitudes ingresadas a la Dirección general de desarrollo social, con una relación de los folios por fecha de
recepción, en un máximo de dos días hábiles a partir del ingreso de la solicitud.
2. Dirección General de Desarrollo Social.
a) Supervisar el desarrollo del Programa, desde la convocatoria, por medio de la Subdirección de Cultura.
b) Gestionar las publicaciones pertinentes en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el sitio web de la Delegación
Azcapotzalco, las redes sociales oficiales, los medios impresos, etc.
3. Subdirección de Cultura.
a) Analizar la información remitida por el CESAC y convocar a los solicitantes seleccionados.
b) Recabar la documentación e información pertinente de los solicitantes.
c) Elaborar el padrón de beneficiarias y la lista de espera de solicitantes e informar a la Dirección General de Desarrollo
Social del mismo.
d) Recibir y programar las mejoras solicitadas por la Delegación o los particulares.
130 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
8.3. Los datos personales de las personas beneficiarias o derechohabientes del programa social, y la información adicional
generada y administrada, se regirá por lo establecido en la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y
Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y la Ley de Protección de Datos Personales del Distrito Federal.
8.4. De acuerdo con el artículo 38 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal, y artículo 60 de su Reglamento, todo
material de difusión, convenios, cartas compromiso y otros instrumentos que se suscriban o formalicen con ellos, deben
llevar impresa la siguiente leyenda:
“Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen
de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales,
de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en la Ciudad de
México, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”.
8.5. Los formatos y los trámites a realizar son gratuitos, o en su caso, desglosar los costos que tiene que cubrir la persona
solicitante.
8.6. Se invitará a las personas participantes o beneficiarias del programa social a diversas actividades de formación e
información como: pláticas, talleres, cursos, encuentros, o foros sobre los diversos tipos y modalidades de violencia de
género, así como la capacitación en materia de derechos de las mujeres, y se proporcionarán materiales de difusión,
relacionados con estos temas y la información respecto a los lugares e instituciones a los cuales pueden tener acceso, para
mayor información y atención, en caso necesario (art. 38 Bis, LDSDF).
8.7. Durante los procesos electorales, en particular en las campañas electorales no se suspenderá el programa social, sin
embargo, atendiendo a los principios de imparcialidad, equidad y neutralidad que deben observarse en los procesos
electorales, los beneficios del programa social no serán entregados en eventos masivos o modalidades que afecten el
principio de equidad en la contienda electoral.
8.8. La ejecución del programa social, se ajustará al objeto y reglas de operación establecidas, evitando su utilización con
fines electorales distintos al desarrollo social, en el marco de los procesos electorales, para evitar en todo momento, su
vinculación con algún partido político, coalición o candidatura particular.
VIII.2. Supervisión y Control
8.9. La supervisión se realizara a través de la remisión delas listas de asistencia que se recabaran mensualmente y la
evidencia fotográfica o audiovisual, remitida con fechas por presentaciones quedando a resguardo de la Subdirección de
Cultura.
8.10. La unidad administrativa responsable de realizar la supervisión y control es la Subdirección de Cultura.
IX. Procedimiento de Queja o Inconformidad Ciudadana
9.1. La ciudadanía podrá interponer una queja directamente a la Coordinación del Centro de Servicios de Atención
Ciudadana (CESAC), ubicado en la planta baja del edificio Delegacional, de lunes a viernes en un horario de 9:00 a
14:00hrs. y de 15:00 a 19:00hrs., con domicilio en Castilla Oriente s/n, Colonia Azcapotzalco, Centro, 53549994 ext. 1355
o directamente en la Subdirección de Cultura, ubicada en Av. Cuitláhuac s/n, esquina pino, colonia Liberación, mediante
escrito libre o llamando al tel. 53520330
Los requisitos mínimos que debe contener el escrito de queja son:
- Nombre, domicilio, número(s) telefónico(s), y en su caso, correo electrónico de la solicitante que presenta la queja.
- Motivo de la queja.
- Descripción precisa del hecho que motivó la queja.
La respuesta a la queja presentada se dará en un plazo máximo de 30 días hábiles a partir de la fecha de recepción, por
escrito o por correo electrónico.
9.2. En el caso de existir quejas, inconformidades y denuncias por incumplimiento de la garantía de acceso a los programas,
sobre el trato, acto, hecho u omisión de las o los servidores públicos responsables del programa, las y los ciudadanos podrán
presentarlas personalmente por escrito al Jefe Delegacional, a través del CESAC.
Así mismo, en caso de no ser resuelta su queja o inconformidad se podrá acudir a la Procuraduría Social de la Ciudad de
México o bien podrán hablar al Servicio Público de Localización Telefónica (LOCATEL), quien deberá turnarla a la
Procuraduría Social de la Ciudad de México y a la Contraloría General de la Ciudad de México.
En un plazo no mayor a 30 días hábiles, la Subdirección de Cultura deberá emitir respuesta a la queja presentada, si cumple
con los requisitos establecidos.
9.3. En caso de que la dependencia o entidad responsable del programa social no resuelva la queja, las personas
beneficiarias o derechohabientes podrán presentar quejas por considerarse indebidamente excluidos de los programas
sociales o por incumplimiento de la garantía de acceso a los programas ante la Procuraduría Social de la Ciudad de México
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 131
o bien registrar su queja a través del Servicio Público de Localización Telefónica, LOCATEL, quien deberá turnarla a la
Procuraduría Social para su debida investigación y en su caso a la instancia correspondiente. De la misma forma a la
Contraloría General de la Ciudad de México.
9.4. Se prohíbe cualquier acto o conducta discriminatoria por acción u omisión por parte de las personas servidoras públicas
en la implementación, seguimiento o evaluación del programa social. La violación a esta disposición será sancionada
conforme al marco jurídico vigente en la Ciudad y las personas beneficiarias podrán acudir al Consejo Para Prevenir para
Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México, COPRED, para su investigación.
9.5. El mecanismo para brindar a la ciudadanía información para denunciar cualquier delito electoral es la línea telefónica
INETEL (01800 433 2000).
X. Mecanismos de Exigibilidad
10.1. La Dirección General de Desarrollo Social a través de la Subdirección de Cultura garantizará la difusión y distribución
de las presentes reglas de operación, así como el resguardo y la publicación del padrón de beneficiarios.
10.2. En caso de existir alguna demanda de exigibilidad por el incumplimiento de un derecho social garantizado a través de
este programa, la persona deberá presentarse en la Subdirección de Cultura en un horario de 9:00 a 18:00 horas., la cual
investigará, atenderá, analizará y determinará las acciones a implementar y/o aclarar la queja o inconformidad en un plazo
no mayor a 30 días hábiles.
10.3. Para hacer exigible el derecho por incumplimiento del programa social, será bajo los siguientes casos:
a) Cuando una persona solicitante cumpla con los requisitos y criterios de inclusión para acceder a determinado derecho
(garantizado por un programa social) y exija a la autoridad administrativa ser derechohabiente del mismo.
b) Cuando la persona derechohabiente de un programa social exija a la autoridad que se cumpla con dicho derecho de
manera integral en tiempo y forma, como lo establece el programa.
c) Cuando no se pueda satisfacer toda la demanda de incorporación a un programa por restricción presupuestal, y éstas
exijan que las incorporaciones sean claras, transparentes, equitativas, sin favoritismos, ni discriminación.”
10.4. Con base en el artículo 51 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal se deberá de señalar de manera
textual que: “Las personas derechohabientes o beneficiarias de los programas sociales, tendrán los siguientes derechos y
obligaciones:
a) A recibir una atención oportuna, de calidad, no discriminatoria y apegada al respeto, promoción, protección y garantía de
sus derechos;
b) En cualquier momento podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, en los términos de
la normativa aplicable;
c) Acceder a la información de los programas sociales, reglas de operación, vigencia del programa social, cambios y ajustes;
de conformidad con lo previsto por las Leyes de Transparencia y de Protección de Datos Personales;
d) A interponer quejas, inconformidades, reclamos, denuncias y/o sugerencias, las cuales deberán ser registradas y atendidas
en apego a la normatividad aplicable;
e) Bajo ninguna circunstancia le será condicionado la permanencia o adhesión a cualquier programa social, siempre que
cumpla con los requisitos para su inclusión y permanencia a los programas sociales;
f) A solicitar de manera directa, el acceso a los programas sociales;
g) Una vez concluida la vigencia y el objetivo del programa social, y transcurrido el tiempo de conservación, la información
proporcionada por las personas derechohabientes o beneficiarias, deberá ser eliminada de los archivos y bases de datos de
la Administración Pública del Distrito Federal, previa publicación del aviso en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México,
con al menos 10 días hábiles de anticipación.
h) Toda persona derechohabiente o beneficiario queda sujeta a cumplir con lo establecido en la normativa aplicable a cada
programa social.
10.5. La Contraloría del Gobierno de la Ciudad de México es el órgano competente para conocer las denuncias de
violaciones e incumplimiento de derechos en materia de desarrollo social.
XI. Mecanismos de Evaluación e Indicadores
XI.1. Evaluación 11.1. Tal como lo establece el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, la Evaluación Externa del
programa social será realizada de manera exclusiva e independiente por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social del
Distrito Federal, en caso de encontrarse considerado en su Programa Anual de Evaluaciones Externas.
11.2. La Evaluación Interna se realizará en apego a lo establecido en los Lineamientos para la Evaluación Interna de los
Programas Sociales, emitidos por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México y que los
resultados serán publicados y entregados a las instancias que establece el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Social para el
Distrito Federal, en un plazo no mayor a seis meses después de finalizado el ejercicio fiscal.
132 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
11.3. La encargada de realizar la evaluación interna será la Subdirección de Cultura, mediante los indicadores establecidos
en el presente programa. En apego a lo establecido en los Lineamientos para la Evaluación Interna de los Programas
Sociales, emitidos por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México y los resultados serán
publicados y entregados a las instancias que establece el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal en
un plazo no mayor a seis meses después de finalizado el ejercicio fiscal.
11.4. Los indicadores de eficacia y eficiencia del presente programa serán la percepción de las y los beneficiarios y de la
población potencial, mediante la aplicación de encuestas a una muestra del padrón de beneficiarios, así como una encuesta
de satisfacción realizada a una muestra de la población que participe en las actividades que realicen las y los guardianes por
la paz.
XI.2 Indicadores de Gestión y de Resultados
Nivel de Objetivo Objetivo Indicador Fórmula de Cálculo Tip de Indicador
Fin Contribuir a integrar
músicos de
Azcapotzalco en la
Orquesta Sinfónica.
Músicos satisfechos al
final del programa.
(Personas
beneficiarias
encuestadas, que
mencionaron una
mejora en la
comunidad /total de
personas encuestadas)
*100
Eficacia
Propósito Organizar actividades
musicales en la
comunidad
Actividades sociales
llevadas a cabo en la
demarcación
(Actividades sociales
realizadas/Actividades
sociales
programadas)*100
Eficacia
Componentes Apoyo económico
para los músicos que
sean beneficiarios del
programa
Becas económicas
autorizadas
(Becas económicas
autorizadas en el
periodo X/ apoyos
programados en el
periodo X)*100
Eficacia
Actividades Difundir el programa
en la demarcación.
Unidades Territoriales
con difusión.
(Unidades
Territoriales con
difusión/ Unidades
Territoriales en la
demarcación)*100.
Eficiencia.
Actividades Recibir solicitudes de
músicos que busquen
ingresar al programa.
Solicitudes ingresadas
por músicos para
ingresar al programa.
(Solicitudes
ingresadas en el
periodo X/ Solicitudes
aceptadas en el
periodo X)*100
Eficiencia
Actividades Entrega de becas
económicas a
músicos beneficiarios
del programa.
Becas económicas
entregadas a los
beneficiarios del
programa.
(Becas económicas
entregados en el
periodo X/ Becas
económicas
programadas en el
periodo X)*100
Eficacia
Actividades Verificar las
actividades realizadas
por los músicos
beneficiarios del
programa.
Personas solicitantes
beneficiadas con el
programa
(Número de personas
beneficiadas por el
programa/ Número de
personas solicitantes
del programa)*100
Eficacia
Actividades Verificar el impacto
que tuvo el programa
en la población.
Personas satisfechas
con el programa.
(Personas satisfechas
con el programa en el
periodo X /Personas
en la demarcación en
el periodo X)*100
Eficacia
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 133
Unidad de
Medida Desagregación Medios de
Verificación Unidad
Responsable Supuestos Metas
% de Músicos beneficiados, mujeres y hombres.
Músicos de entre 18 y 40 años
Encuestas de satisfacción
Subdirección de Cultura
Los músicos que participaron se integraron al programa cultural de la delegación.
Coadyuvar a Reconstruir el tejido social a través de la práctica y difusión musical y fomentar un espacio de convivencia para las personas adultas mayores a partir de los Sábados de Danzón.
% de actividades sociales
Músicos de entre 18 y 40 años
Registros de actividades realizadas en la comunidad.
Subdirección de Cultura
Los vecinos disfrutaron del repertorio trabajado por la Orquesta Sinfónica de Azcapotzalco.
Coadyuvar a Reconstruir el tejido social a través de la práctica y difusión musical y fomentar un espacio de convivencia.
% Becas económicas.
Músicos de entre 18 y 40 años
Registros de becas económicas autorizadas para el programa.
Subdirección de Cultura
La Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México asigna recursos para el programa.
Coadyuvar a Reconstruir el tejido social a través de la práctica y difusión musical y fomentar un espacio de convivencia.
% de Unidades Territoriales.
Músicos de entre 18 y 40 años
Registro de las Unidades Territoriales en donde se difundió el programa. Evidencia fotográfica.
Subdirección de Cultura
Se elaboraron en tiempo y forma los instrumentos de difusión que fueron distribuidos en la demarcación.
Coadyuvar a Reconstruir el tejido social a través de la práctica y difusión musical y fomentar un espacio de convivencia para las personas adultas mayores a partir de los Sábados de Danzón.
% de solicitudes ingresadas.
Músicos de entre 18 y 40 años
Registros de solicitudes ingresadas y aceptadas
Subdirección de Cultura
Los músicos de la demarcación, interesados en el programa, ingresaron su solicitud en tiempo y forma.
Reconstruir el tejido social mediante la práctica y difusión musical, fomentando un espacio de convivencia.
134 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
11.5. Para la construcción de los indicadores se seguirá la Metodología de Marco Lógico.
11.6. Banda Sinfónica de Azcapotzalco, música para la eterna juventud.
11.7 Los avances trimestrales de la Matriz de Indicadores del Programa Social serán reportados de forma acumulada al
Consejo de Evaluación del Desarrollo Social, de acuerdo a la periodicidad y características de los indicadores diseñados,
señalando el área o unidad responsable de realizarlo.
XII. Formas de Participación Social
12.1. Formas de participación
12.2. Modalidad de participación
Participante Etapa en la que participa Forma de Participación Modalidad
Apoyo Económico a
Músicos Sinfónica de
Azcapotzalco.
Ejecución del programa Realizar conciertos que
serán parte de la
programación cultural de
la delegación..
Beneficiarios del programa
XIII. Articulación con Otros Programas y Acciones Sociales Las presentes Reglas de Operación serán aplicables durante la vigencia del programa “Apoyo Económico a Músicos
Sinfónica de Azcapotzalco.” 2018, mediante su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Durante el
ejercicio fiscal 2018 y hasta Septiembre de 2018.
13.1. El programa de Apoyo Económico a Músicos Sinfónica de Azcapotzalco forma parte de la política social que la
Delegación Azcapotzalco, implementado a través de la Subdirección de Cultura, no se articula con ningún programa.
XIV. Mecanismos de Fiscalización
La Contraloría General de la Ciudad de México, conforme a sus atribuciones, vigilará el cumplimiento de los presentes
Lineamientos. En este apartado se debe:
14.1 El Programa de Apoyo Económico a Músicos de Azcapotzalco fue aprobado por el comité de planeación de la Ciudad
de México (COPLADE), en la Primera Sesión Extraordinaria de fecha de marzo de 2018.
14.2. Como parte del informe trimestral remitido a la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México, se enviarán los
avances en la operación del programa social, la población beneficiaria, el monto de los recursos otorgados, la distribución,
según sea el caso, por delegación y colonia.
14.3. La Contraloría General de la Ciudad de México, en el ámbito de su competencia verificará que el gasto guarde
congruencia con lo dispuesto en la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y en el Presupuesto de Egresos
de la Ciudad de México.
14.4. Se proporcionará la información que sea solicitada por la Contraloría o los órganos de control interno, a fin de que
éstas puedan realizar las funciones de fiscalización, inspección y verificación del ejercicio del gasto público.
14.5. Las personas Contraloras Ciudadanas de la Red de Contralorías Ciudadanas que coordina y supervisa la Contraloría
General, vigilarán en el marco de sus derechos y obligaciones establecidos en la Ley de Participación Ciudadana del Distrito
Federal y en los Lineamientos del programa de Contraloría Ciudadana, el cumplimiento de las presentes reglas de
operación, así como de las normas y procedimientos aplicables a la programación y ejecución del programa social y el
ejercicio de los recursos públicos.
XV. Mecanismos de Rendición de Cuentas En este apartado se deberá indicar que:
15.1. De acuerdo con las Obligaciones de Transparencia en materia de Programas Sociales, de Ayudas, Subsidios,
Estímulos y Apoyos establecidas en el artículo 122 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y
Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, la siguiente información se mantendrá impresa para consulta directa, se
difundirá y mantendrá actualizada en formatos y bases abiertas en la Plataforma Nacional de Transparencia e indicar el sitio
de internet de la entidad o dependencia en el que también se podrá disponer de esta información:
- Los criterios de planeación y ejecución del programa, especificando las metas y objetivos anualmente y el presupuesto
público destinado para ello;
- La siguiente información del programa social será actualizada trimestralmente: a) Área; b) Denominación del programa;
c) Periodo de vigencia; d) Diseño, objetivos y alcances; e) Metas físicas; f) Población beneficiada estimada; g) Monto
aprobado, modificado y ejercido, así como los calendarios de su programación presupuestal; h) Requisitos y procedimientos
de acceso; i) Procedimiento de queja o inconformidad ciudadana; j) Mecanismos de exigibilidad; k) Mecanismos de
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 135
evaluación, informes de evaluación y seguimiento de recomendaciones; l) Indicadores con nombre, definición, método de
cálculo, unidad de medida, dimensión, frecuencia de medición, nombre de las bases de datos utilizadas para su cálculo; m)
Formas de participación social; n) Articulación con otros programas sociales; o) Vínculo a las reglas de operación o
Documento equivalente; p) Vínculo a la convocatoria respectiva; q) Informes periódicos sobre la ejecución y los resultados
de las evaluaciones realizadas; r) Padrón de beneficiarios mismo que deberá contener los siguientes datos: nombre de la
persona física o denominación social de las personas morales beneficiarias, el monto, recurso, beneficio o apoyo otorgado
para cada una de ellas, su distribución por unidad territorial, en su caso, edad y sexo.
- El resultado de la evaluación del ejercicio y operación del programa.
XVI. Criterios para la Integración y Unificación del Padrón Universal de Personas Beneficiarias o Derechohabientes
16.1. La Dependencia, Órgano Desconcentrado, demarcación territorial o Entidad de la Administración Pública local de que
se trate y que tiene a su cargo el programa social en cuestión, publicará en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, a más
tardar el último día hábil de la primera quincena del mes de marzo de 2019, el padrón de beneficiarios correspondiente,
indicando nombre, edad, sexo, unidad territorial y demarcación territorial. Considerando que dichos padrones estarán
ordenados alfabéticamente e incorporados en el “Formato para la Integración de Padrones de Beneficiarios de Programas
Sociales de la Ciudad de México”, que para tal fin, el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México
ha diseñado. En donde, adicional a las variables de identificación: “nombre, edad, sexo, unidad territorial y demarcación
territorial”, se precisará el número total de beneficiarios y si se cuenta con indicadores de desempeño de alguna índole, tal
como lo establece el artículo 34 de la LDSDF.
16.2. A efecto de construir en la Ciudad de México un padrón unificado y organizado por cada uno de los programas de las
Dependencias de la Administración Pública local, en el mismo periodo la Dependencia, Órgano Desconcentrado,
Demarcación Territorial o Entidad de la Administración Pública local de que se trate y que tiene a su cargo el programa
social en cuestión, entregará el respectivo padrón de beneficiarios en medios magnético, óptico e impreso a la Comisión de
Vigilancia y Evaluación de Políticas y Programas Sociales de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. Así como la
versión electrónica de los mismos a la Secretaría del Desarrollo Social de la Ciudad de México a efecto de incorporarlos al
Sistema de Información del Desarrollo Social (SIDESO) e iniciar el proceso de integración del padrón unificado de
beneficiarios de la CDMX, de acuerdo a lo establecido en la fracción II del Artículo 34 de la LDSDF.
16.3. La Dependencia, Órgano Desconcentrado, Demarcación Territorial o Entidad de la Administración Pública local de
que se trate y que tiene a su cargo el programa social, cuando le sea solicitado, otorgará a la Contraloría General de la
Ciudad de México toda la información necesaria que permita cumplir con el programa de verificación de padrones de
beneficiarios de programas sociales, diseñado por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México e
implementado por la Contraloría. Ello con la intención de presentar los resultados del mismo al órgano Legislativo de la
Ciudad de México, salvaguardando siempre conforme a la Ley los datos personales de los beneficiarios.
16.4. Señalar el sitio de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia en donde se publicará en formato y bases
abiertas, http://azcapotzalco.cdmx.gob.mx/ y en la Plataforma Nacional de Transparencia
http://www.plataformadetransparencia.org.mx/web/guest/inicio, de manera trimestral, la actualización de los avances de la
integración de los padrones de beneficiarios de cada uno de sus programas sociales que sean operados por la Dependencia,
Órgano Desconcentrado, Demarcación Territorial o Entidad de la Administración Pública local de que se trate, el cual
deberá estar conformado de manera homogénea y contener las variables: nombre, edad, sexo, unidad territorial,
Demarcación Territorial, beneficio otorgado y monto del mismo, de acuerdo a lo establecido en la fracción II del artículo
122 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.
16.5. “el incumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 34 de la LDS DF será sancionado en términos de la
Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos”.
16.6. Una vez emitidos los Lineamientos para la integración del padrón universal, se dará estricto cumplimiento a los
mismos.
TRANSITORIO
Único.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Azcapotzalco Ciudad de México, a 5 de Marzo de 2018
EL JEFE DELEGACIONAL EN AZCAPOTZALCO
(Firma)
DR. PABLO MOCTEZUMA BARRAGÁN
136 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
DELEGACIÓN CUAJIMALPA DE MORELOS
Lic. Alejandro Zapata Sánchez, Director General de Desarrollo Social en Cuajimalpa de Morelos, con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 122 inciso C Base Tercera, Fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 1,87, 104, 105, 112 segundo párrafo y 117, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1,2 párrafo tercero, 3
fracciones III y VII, 10 fracción V, II párrafo sexto, 37, 38 y 39 fracción LVI, de la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Distrito Federal; 1, 3 fracción V, 4, 32, 33 y 35, de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 1, 2, 3,
50, 51 y 52, del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 1, 2, 3 fracción III, 120, 121 y 122
fracción V, 122 Bis Fracción V inciso E, 123 y 128 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito
Federal y el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2016; Acuerdo por el que se
delega en el Director General de Desarrollo Social del Órgano Político Administrativo de Cuajimalpa de Morelos las
facultades que se indican, publicado en la Gaceta Oficial No. 241, de fecha 17 de diciembre de 2015; emite el siguiente:
AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER LA RELACIÓN DE BENEFICIARIOS DE LOS PROGRAMAS
SOCIALES A CARGO DE LA DELEGACIÓN CUAJIMALPA DE MORELOS PARA EL EJERCICIO FISCAL
2017.
PRIMERO.- Se da a conocer la relación de beneficiarios de los Programas Sociales a cargo de la Delegación Cuajimalpa
de Morelos para el ejercicio fiscal 2017, que son:
1. PROGRAMA DE DESARROLLO Y ASISTENCIA SOCIAL (DESPENSA)
2. PROGRAMA DE APOYO A GRUPOS PRIORITARIOS Y VULNERABLES
DISCAPACIDAD
ADULTO MAYOR
JEFAS Y JEFES DE FAMILIA
BECAS PRIMARIA
BECAS SECUNDARIA
3. PROGRAMA DE ALIMENTACIÓN SANA PARA CENDI´S
SEGUNDO.- La relación de beneficiarios de los Programas Sociales se anexa al presente en archivo digital.
TRANSITORIOS
PRIMERO.-Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
SEGUNDO.-El presente aviso entrará en vigor el día siguiente de su publicación
Cuajimalpa de Morelos, Ciudad de México, a los cinco días del mes de marzo del año dos mil dieciocho.
LIC. ALEJANDRO ZAPATA SANCHEZ
(Firma)
___________________________________________
DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL
EN CUAJIMALPA DE MORELOS
(Esta Relación se anexa en archivo digital)
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 137
DELEGACIÓN CUAJIMALPA DE MORELOS
Lic. Alejandro Zapata Sánchez, Director General de Desarrollo Social en Cuajimalpa de Morelos, con fundamento en los
artículos 87 párrafo primero y tercero, 104, 105, 112, 117 Fracciones I y XI del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1,
2 párrafos primero y tercero, 3 Fracciones III y VII, 8, 9, 10 Fracción V, II párrafo quinto, 37, 39 Fracciones XLV, XLIX y
LVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de México; 97 Fracciones I al XII, de la Ley de
Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México, 20 y 48 de la ley de Planeación y Desarrollo del Distrito Federal y 1,
2, Fracción III y 3, 120 y 122 Fracción V, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, 32,34
Fracción I, 1, del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, y
AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LA CONVOCATORIA ABIERTA DE LAS ACCIONES
INSTITUCIONALES A CARGO DE LA DELEGACIÓN CUAJIMALPA DE MORELOS PARA EL EJERCICIO
FISCAL 2018. Las cuales son:
1. “CELEBRACIÓN DE FESTIVIDADES ESPECIALES”
2. “PINTA MÁS Y MEJORA TU INTERIOR”
3. “ENTREGA DE CALENTADORES SOLARES”
4. “ENTREGA DE TENIS A NIÑAS Y NIÑOS QUE CURSAN PRIMARIA”
5. “ENTREGA DE ZAPATOS A NIÑAS Y NIÑOS QUE CURSAN NIVEL PRIMARIA”
6. “ENTREGA DE TABLETAS ELECTRÓNICAS”
7. “ENTREGA DE TINACOS”
8. “ENTREGA DE LÁMINAS”
9. “ENTREGA DE COBIJAS”
10. “ENTREGA DE CHAMARRAS ESCOLARES A NIÑAS Y NIÑOS QUE CURSAN EL NIVEL
PREESCOLAR”
11. “MÁS APOYO A DISCAPACIDAD MOTRIZ” (SILLAS DE RUEDAS)
12. “MÁS POR TI, APOYAMOS TU VISIÓN” (LENTES)
13. “COMPUTADORAS PARA ESCUELAS”
14. “KIT DE HERRAMIENTAS”
15. “MÁS AGUA Y MEJOR SALUD CON UNA CULTURA AMBIENTAL”
De conformidad con lo establecido por el numeral 33 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal, se dan a conocer la
convocatoria del siguiente programa:
1.- “CELEBRACIÓN DE FESTIVIDADES ESPECIALES”
Para la Delegación Cuajimalpa, es prioridad definir políticas de atención que propicien la inclusión social con resultados
favorables en lo inmediato y sentar las bases para el mediano y largo plazo; de esta manera, la política de asistencia social
recobra sentido, al continuar y profundizar esos esfuerzos en beneficio de las niñas, niños, jóvenes; personas adultas y
adultos mayores; así como todas aquellas personas que se encuentren en desventaja social y/o en condición de
vulnerabilidad.
a) Se beneficiará aproximadamente a 62,258 niñas y niños en los eventos programados en la demarcación de
Cuajimalpa de Morelos.
b) El presupuesto total consta de, Roscas $1,104,000.00 (un millón ciento cuatro mil pesos 00/100 M.N.), Leches:
$423,000.00 (cuatrocientos veintitrés mil pesos 00/100 M.N.) Juguetes: $23,433,690.88 (veintitrés cuatrocientos
treinta y tres mil seiscientos noventa pesos. 88/100 M.N.) Dulces: $3,390,000.00 (tres millones trescientos noventa
mil pesos 00/100 M.N.), que será erogado por la Delegación Cuajimalpa de Morelos.
c) Los procedimientos de acceso son:
Requisitos de acceso:
Ser residente de la Delegación Cuajimalpa de Morelos.
138 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
Acudir puntualmente al festejo especial programado por la Delegación Cuajimalpa, en la fecha y hora establecidas las
cuales serán difundida con anterioridad en la página WEB de la Delegación, en redes sociales y lonas informativas
colocadas en lugares de más afluencia poblacional y con los representantes vecinales de cada pueblo y colonias, además
de perifoneo.
El área responsable de la acción es la Dirección General de Desarrollo Social, quien se encargará de los procesos de
planeación, ejecución y supervisión del programa.
2.- “PINTA MÁS Y MEJORA TU INTERIOR”
Para la Delegación Cuajimalpa, es prioridad definir políticas de atención que propicien la inclusión social con resultados
favorables en lo inmediato y sentar las bases para el mediano y largo plazo; de esta manera, la política de asistencia social
recobra sentido, al continuar y profundizar esos esfuerzos en beneficio de personas adultas y adultos mayores; así como
todas aquellas personas que se encuentren en desventaja social y/o en condición de vulnerabilidad.
a) Se beneficiaran aproximadamente a 6000 familias con la entrega de una cubeta de 19 litros de pintura vinílica así
como una brocha y rodillo para pintar su vivienda.
b) El apoyo es una cubeta de pintura vinílica de 19 litros una brocha y un rodillo por familia, lo cual representan un
gasto anual de $10,000,000.00 (diez millones de pesos 00/100 M.N.) y en lo individual tendrían un costo de
$1,666.66 (mil seiscientos sesenta y seis pesos 66/100 M.N.), que será erogado por la Delegación Cuajimalpa de
Morelos.
c) Los procedimientos de acceso son:
Requisitos de acceso:
Ser residente actual de la Delegación Cuajimalpa de Morelos.
Solicitar por escrito Llenar un formato en el cual manifiesta llenar bajo protesta de decir verdad, que su interior
necesita ser pintada.
Documentación requerida:
Solicitud
Credencial de elector.
Comprobante de domicilio
Carta bajo protesta
Croquis del domicilio y Fotografía del interior de la vivienda.
El área responsable de la acción es la Dirección General de Desarrollo Delegacional, quien se encargará de los procesos de
planeación, ejecución y supervisión en territorio del programa, así como la clasificación de los expedientes para la
integración del padrón de beneficiarios.
3.-ENTREGA DE CALENTADORES SOLARES
Que las acciones institucionales a cargo de la Delegación Cuajimalpa de Morelos se orientan a ofrecer un mayor beneficio
social entre los sectores de población Cuajimalpense de menores ingresos y en condiciones de vulnerabilidad y
marginación; y las ayudas se otorgan con base a criterios de selectividad, equidad, temporalidad así como transparencia, lo
que no implica discriminación o exclusión a otros sectores de la población que soliciten ser partícipes y beneficiarios de
dichas acciones.
a) Otorgar 1500 calentadores solares al mismo número de familias de la Delegación Cuajimalpa de Morelos
b) El apoyo es en especie, 1 calentador por familia. Gasto total anual $15,000,000.00 (quince millones pesos 00/100
M.N.) y en lo individual de $10,000.00 (diez mil pesos 00/100 M.N.) que será erogado por la Delegación
Cuajimalpa de Morelos.
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 139
c) Los procedimientos de acceso son:
Requisitos:
Ser residente de la Delegación Cuajimalpa de Morelos.
Espacio libre de sombras
Contar con red de agua potable
Contar con cuarto de baño y regadera
El baño debe contar con loza de concreto
Contar con tinaco o tanque de almacenamiento de agua
Documentación requerida:
Solicitud
Credencial de elector
Comprobante de domicilio
Fotografía del lugar donde va a colocar el calentador
El área responsable de la acción es la Dirección General de Desarrollo Delegacional, quien se encargará de los procesos de
planeación, ejecución y supervisión en territorio del Programa:
4.- “ENTREGA DE TENIS A NIÑAS Y NIÑOS QUE CURSAN PRIMARIA”
Que la política de Desarrollo Social de nuestra Ciudad tiene por objeto proteger, promover, y garantizar el cumplimiento de
los Derechos Sociales de sus habitantes y con ello disminuir la desigualdad y la exclusión social en sus diversas formas,
propiciando su desarrollo personal, familiar y social emprendiendo al efecto los programas y acciones necesarias para que
tengan acceso a diversos elementos, apoyos o ayudas materiales para llegar a dicho objetivo.
a) Otorgar 5,700 pares de tenis unisex para niñas y niños de la Delegación Cuajimalpa de Morelos.
b) El apoyo es en especie, un par de tenis por niña o niño. Gasto total anual $ 2,152,500.00 (Dos millones ciento
cincuenta y dos mil quinientos pesos 00/100 M.N.) y en lo individual $377.63 (Trescientos setenta y siete pesos
63/100 M.N.), que será rogado por la Delegación Cuajimalpa de Morelos.
c) Los procedimientos de acceso son:
Requisitos:
Acreditar y ser residente de la Delegación Cuajimalpa de Morelos.
Que los alumnos se encuentren inscritos en Escuelas Públicas de nivel Primaria dentro de la demarcación de
Cuajimalpa de Morelos.
Procedimientos de Acceso: Acudir a la Oficina de la Dirección General de Desarrollo Social, ubicada en el edificio de
José María Morelos y Pavón (Edificio Cultural), 1er. piso, Av. Juárez esq. Con Av. México s/n, Col. Cuajimalpa, los
días Lunes, Miércoles y Viernes en un horario de 10:00 a 15:00 hrs., para llenar solicitud de inscripción, llevando
consigo la documentación requerida.
Documentación requerida:
Solicitud de ingreso al programa con su contra recibo.
Copia de credencial de elector del padre o tutor.
Comprobante de domicilio
Boleto, constancia de estudios o credencial que se encuentra cursando la Primaria
Indicar el número de calzado del tenis de la niña o niño.
El área responsable de la acción es la Dirección General de Desarrollo Social quien se encargará de los procesos de
planeación, ejecución y supervisión del programa.
140 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
5.- “ENTREGA DE ZAPATOS A NIÑAS Y NIÑOS QUE CURSAN PRIMARIA”
Que la política de Desarrollo Social de nuestra Ciudad tiene por objeto proteger, promover, y garantizar el cumplimiento de
los Derechos Sociales de sus habitantes y con ello disminuir la desigualdad y la exclusión social en sus diversas formas,
propiciando su desarrollo personal, familiar y social emprendiendo al efecto los programas y acciones necesarias para que
tengan acceso a diversos elementos, apoyos o ayudas materiales para llegar a dicho objetivo.
a) Otorgar 2850 pares de zapatos a niños y 2850 pares de zapatos a niñas de la Delegación Cuajimalpa de Morelos,
con un total de 5700 pares de zapatos.
b) El apoyo es en especie, un par de tenis por niño o niña. Gasto total anual $2,152,500.00 (Dos millones ciento
cincuenta y dos mil quinientos pesos 00/100 M.N.) y en lo individual $377.63 (Trescientos setenta y siete pesos
63/100 M.N.), que será rogado por la Delegación Cuajimalpa de Morelos.
c) Los procedimientos de acceso son:
Requisitos:
Acreditar y ser residente de la Delegación Cuajimalpa de Morelos.
Que los alumnos se encuentren inscritos en Escuelas Públicas de nivel Primaria dentro de la demarcación de
Cuajimalpa de Morelos.
Procedimientos de Acceso: Acudir a la Oficina de la Dirección General de Desarrollo Social, ubicada en el edificio de
José María Morelos y Pavón (Edificio Cultural), 1er. piso, Av. Juárez esq. Con Av. México s/n, Col. Cuajimalpa, los
días Lunes, Miércoles y Viernes en un horario de 10:00 a 15:00 hrs., para llenar solicitud de inscripción, llevando
consigo la documentación requerida.
Acreditar y ser residente de la Delegación Cuajimalpa de Morelos.
Que los alumnos se encuentren inscritos en Escuelas Públicas de nivel Primaria dentro de la demarcación de
Cuajimalpa de Morelos.
Procedimientos de Acceso: Acudir a la Oficina de la Dirección General de Desarrollo Social, ubicada en el edificio de
José María Morelos y Pavón (Edificio Cultural), 1er. piso, Av. Juárez esq. Con Av. México s/n, Col. Cuajimalpa, los
días Lunes, Miércoles y Viernes en un horario de 10:00 a 15:00 hrs., para llenar solicitud de inscripción, llevando
consigo la documentación requerida.
Documentación requerida:
Solicitud de ingreso al programa con su contra recibo.
Copia de credencial de elector del padre o tutor.
Comprobante de domicilio no mayor a tres meses de antigüedad, donde acredite su residencia en la Delegación
Cuajimalpa.
Boleto, constancia de estudios o credencial que se encuentra cursando la Primaria
Indicar el número de calzado del tenis del niño o niña.
El área responsable de la acción es la Dirección General de Desarrollo Social quien se encargara de los procesos de
planeación, ejecución y supervisión del programa.
6.- “ENTREGA DE TABLETAS ELECTRÓNICAS” Mejor Promedio MÁS Tecnología es una estrategia que impulsa el desarrollo y uso de Tecnologías de la Información y
la Comunicación en el sistema educativo mexicano de educación básica para apoyar el aprendizaje de los estudiantes,
ampliar sus competencias para la vida, desarrollar habilidades digitales y favorecer su inserción en la sociedad a través
del derecho a la tecnología.
a) La Delegación Cuajimalpa de Morelos a través de la Dirección General de Desarrollo Social tiene por objetivo
otorgar a 1200 tabletas electrónicas a niñas y niños de la Demarcación.
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 141
b) El apoyo es en especie, se otorgará una tableta electrónica a cada niña o niño lo cual representan un gasto anual de
$2,000,000.00 (dos millones de pesos 00/100 M.N.), y en lo individual $1,666.66 (un mil seiscientos sesenta y seis
pesos 66/100 M.N.), que será rogado por la Delegación Cuajimalpa de Morelos.
c) Los procedimientos de acceso son
Requisitos:
Cursen Primaria y secundaria.
Tengan promedio mínimo de 8.5 de calificación
Habiten en la Delegación Cuajimalpa de Morelos
Se encuentren inscritos en las Escuelas Públicas en la Delegación Cuajimalpa de Morelos
El trámite para la incorporación al programa, deberá ser realizado por el padre, madre o tutor. Cuando se trate de niñas
y niños que se encuentran albergados en casas de asistencia, el trámite podrá llevarse a través de los representantes
legales de privada.
El promedio se verificará presentando la boleta oficial de calificación firmada y sellada por el Director de la escuela.
Las solicitudes de preinscripción deberán realizarse en las oficinas de la Dirección General de Desarrollo Delegacional
ubicadas en Av. Juárez esq. Av. México S/N Col. Cuajimalpa Centro C.P. 05000 Edificio Principal 1er piso, en la que
se llenará una solicitud de ingreso (preinscripción).
Posteriormente, los niños con promedio mínimo de 9 deberán presentarse con su padre, madre o tutor a las oficinas de
la Dirección General de Desarrollo Delegacional para realizar la incorporación al Programa “Mejor promedio MÁS
Tecnología, para lo cual deberán presentar la siguiente documentación:
Identificación oficial (INE).
Constancia de estudios
Boleta Oficial o constancia
Copia de CURP
Copia del comprobante de domicilio
Solicitud de ingreso.
Una vez que haya sido validada la solicitud de incorporación al programa por la Dirección General de desarrollo
Delegacional y el expediente cuente con la documentación completa, se podrá convocar para que se presente a la
entrega de su tableta electrónica.
La Dirección General de Desarrollo Delegacional, es la que clasifica los expedientes para la integración del padrón de
beneficiarios, dicha clasificación se tendrá como cuando el expediente cuente con la documentación completa y viable para
la incorporación al Programa “Mejor Promedio, MÁS Tecnología” se procederá a solicitar la entrega de una tableta, para la
dispersión correspondiente, se clasificara como incompleto el expediente cuando falte algún documento de los antes
mencionados.
7.- “ENTREGA DE TINACOS” Para la Delegación Cuajimalpa, es prioridad definir políticas de atención que propicien la inclusión social con resultados
favorables en lo inmediato y sentar las bases para el mediano y largo plazo; de esta manera, al continuar y profundizar esos
esfuerzos en el aprovechamiento del agua y en su captación en beneficio de niñas, niños, jóvenes; personas adultas y adultos
mayores; así como todas aquellas personas que se encuentren en desventaja social y/o en condición de vulnerabilidad.
a) Otorgar 1587 tinacos al mismo número de familias de la Delegación Cuajimalpa de Morelos.
142 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
b) El apoyo es 1 tinaco por familia, con un Gasto $ 5,000,000.00 (Cinco millones de pesos 00/100 M.N.) y en lo
individual $3,150.59 (tres mil ciento cincuenta pesos 59/100 M. N.), que será erogado por la Delegación
Cuajimalpa de Morelos.
c) Los procedimientos de acceso son:
Requisitos:
Ser residente de la Delegación Cuajimalpa de Morelos.
Manifestar bajo protesta de decir verdad, no tener tinaco en su hogar o que ya esté en malas condiciones.
Procedimientos de acceso: Acudir a la oficina de la Dirección General de Desarrollo Delegacional, ubicada en el
edificio Principal, primer piso, sito en Av. Juárez, esquina con Av. México sin número, colonia Cuajimalpa los días
lunes, miércoles y viernes en un horario de 10:00 a 15:00 horas, para llenar solicitud de inscripción, llevando consigo la
documentación requerida.
Documentación requerida:
Solicitud
Credencial de elector
Comprobante de domicilio
Carta bajo protesta de decir verdad
Fotografía donde actualmente acumula el agua
El área responsable de la acción es la Dirección General de Gerencia Delegacional, quien se encargará de los procesos de
planeación, ejecución y supervisión en territorial del programa.
8.- “ENTREGA DE LÁMINAS” Resulta indispensable disminuir la desigualdad social en los diversos sectores de la población, bajo los principios de la
universalidad, igualdad, equidad de género y social, justicia distributiva, diversidad, integridad, territorialidad, exigibilidad,
participación, transparencia y efectividad. Que las acciones institucionales a cargo de la Delegación Cuajimalpa de Morelos,
se orientan a ofrecer un mayor beneficio social entre los sectores de la población cuajimalpense de menores ingresos y en
condiciones de alta vulnerabilidad o marginación y las ayudas que se otorgan con base a criterio de selectividad, equidad,
temporalidad, el derecho a una vivienda digna con calidad de vida, así como transparencia, lo que no implica discriminación
o exclusión a otros sectores de la población que lo soliciten ser partícipes y beneficiarios de dichas acciones
a) Otorgar 5000 láminas a familias de la Delegación Cuajimalpa de Morelos.
b) El apoyo es en especie de un paquete de 5 láminas por familia, lo cual representan un gasto anual de $4,610,000.00
(cuatro millones seiscientos diez mil pesos 00/100 M.N.) y en lo individual tendrían un costo de $4,610.00 (cuatro
mil seiscientos diez pesos 00/100 M.N.), que será erogado por la Delegación Cuajimalpa de Morelos.
c) Los procedimientos de acceso son:
Requisitos:
Ser residente de la Delegación Cuajimalpa de Morelos.
Manifestar bajo protesta de decir verdad, no tener láminas en su hogar o que ya esté en malas condiciones
Procedimientos de acceso acudir a la oficina de la Dirección General de Desarrollo Delegacional, ubicada en el Edificio
Principal, primer piso, sito en Av. Juárez, esquina con Av. México, S/N, colonia Cuajimalpa; los días lunes, miércoles y
viernes, en un horario de 10:00 a 15:00 horas, para llenar solicitud de inscripción, llevando consigo la documentación
requerida.
Documentación requerida:
Solicitud
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 143
Credencial de elector.
Comprobante de domicilio
Carta bajo protesta de decir verdad donde manifieste el motivo por el cual solicita las láminas
Fotografía de la vivienda.
El área responsable de la acción es la Dirección General de Desarrollo Delegacional, quien se encargará de los procesos de
planeación, ejecución y supervisión en territorio del programa.
9.- “ENTREGA DE COBIJAS” Que las acciones institucionales a cargo de la Delegación Cuajimalpa de Morelos se orientan a ofrecer un mayor beneficio
social entre los sectores de población Cuajimalpense de menores ingresos y en condiciones de vulnerabilidad y
marginación; y las ayudas se otorgan con base a criterios de selectividad, equidad, temporalidad así como transparencia, lo
que no implica discriminación o exclusión a otros sectores de la población que soliciten ser partícipes y beneficiarios de
dichas acciones.
a) Otorgar 10,000 cobijas al mismo número de familias de la Delegación Cuajimalpa de Morelos.
b) El apoyo es en especie, 1 cobija por familia Gasto total anual $2,200,000.00 (un millón cien mil pesos 00/100
M.N.) y en lo individual $220.00 (Doscientos veinte pesos 00/100 M.N), que será erogado por la Delegación
Cuajimalpa de Morelos
c) Los procedimientos de acceso son:
Requisitos:
Ser residente de la Delegación Cuajimalpa de Morelos.
El área responsable de la acción es la Dirección General de Desarrollo Social, quien se encargará de los procesos de
Planeación, ejecución y supervisión del programa.
10.- “ENTREGA DE CHAMARRAS A NIÑAS Y NIÑOS QUE CURSAN EL NIVEL PREESCOLAR” La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917 establece en el artículo tercero el Derecho de todos los
mexicanos a recibir educación por parte del Estado. La Educación Pública en México, además de ser gratuita y laica, a
tenido como aspiración preparar a las personas para enfrentar la vida en libertad partiendo del valor cívico de la
responsabilidad y desarrollando a plenitud las facultades humanas.
a) -Otorgar 5,500 chamarras al mismo número de niñas y niños en la Delegación Cuajimalpa de Morelos
b) -El apoyo es en especie, 1 chamarra por niña o niño, lo cual representan un gasto anual de $5,500,000.00 (cinco
millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.) y en lo individual tendrían un costo de $1,000.00 (mil pesos 00/100
M.N.), que será erogado por la Delegación Cuajimalpa de Morelos.
c) Los procedimientos de acceso son:
Requisitos:
Ser residente de la Delegación Cuajimalpa de Morelos.
Que los alumnos se encuentren inscritos en Escuelas Públicas de Nivel Preescolar dentro de la demarcación de
Cuajimalpa de Morelos.
Procedimientos de Acceso: Acudir a la Oficina de la Dirección General de Desarrollo Social, ubicada en el edificio de
José María Morelos y Pavón (Edificio Cultural), 1er. piso, Av. Juárez esq. Con Av. México s/n, Col. Cuajimalpa, los
días Lunes, Miércoles y Viernes en un horario de 10:00 a 15:00 hrs., para llenar solicitud de inscripción, llevando
consigo la documentación requerida.
Documentación requerida:
144 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
Solicitud de ingreso al programa con su contra recibo.
Copia de Credencial de elector del padre o tutor.
Comprobante de domicilio
Constancia de Estudios o credencial que se encuentra en Preescolar.
El área responsable de la acción es la Dirección General de Desarrollo Social, quien se encargará de los procesos de
planeación, ejecución y supervisión en territorio del programa.
11.- “MÁS APOYO A DISCAPACIDAD MOTRIZ” (SILLAS DE RUEDAS)
Que las acciones institucionales a cargo de la Delegación Cuajimalpa de Morelos se orientan a ofrecer un mayor beneficio
social entre los sectores de población Cuajimalpense de menores ingresos y en condiciones de vulnerabilidad y
marginación; y las ayudas se otorgan con base a criterios de selectividad, equidad, temporalidad así como transparencia, que
no implica discriminación o exclusión a otros sectores de la población que soliciten ser partícipes y beneficiarios de dichas
acciones.
a) Otorgar 500 sillas de ruedas al mismo número de personas con discapacidad motriz en la Delegación Cuajimalpa
de Morelos.
b) El apoyo es en especie, 1 silla de ruedas, lo cual representan un gasto anual de $2,000,000.00 (dos millones de
pesos 00/100 M.N.) y en lo individual tendrían un costo de $4,000.00 (cuatro mil pesos 00/100 M.N.), que será
erogado por la Delegación Cuajimalpa de Morelos.
c) Los procedimientos de acceso son:
Requisitos:
Ser residente de la Delegación Cuajimalpa de Morelos.
Ser persona con alguna discapacidad motriz que le impide desplazarse por sus propios medios.
Procedimientos de Acceso: Acudir a la Oficina de la Dirección General de Desarrollo Social, ubicada en el edificio de
José María Morelos y Pavón (Edificio Cultural), 1er. piso, Av. Juárez esq. Con Av. México s/n, Col. Cuajimalpa, los
días Lunes, Miércoles y Viernes en un horario de 10:00 a 15:00 hrs, para llenar solicitud de inscripción, llevando
consigo la documentación requerida.
Documentación requerida:
Solicitud de ingreso al programa con su contra recibo.
Copia de Credencial de elector (en su caso del padre o tutor).
Acta de nacimiento de la persona con discapacidad.
Comprobante de domicilio
Certificado médico de una institución pública que diagnostique el tipo de discapacidad y que contenga el nombre, firma
y cédula profesional del médico que la emite
El área responsable de la acción es la Dirección General de Desarrollo Social, quien se encargará de los procesos de
planeación, ejecución y supervisión en territorio del programa.
12.- “MÁS APOYO A DISCAPACIDAD VISUAL” (LENTES) Que las acciones institucionales a cargo de la Delegación Cuajimalpa de Morelos se orientan a ofrecer un mayor beneficio
social entre los sectores de población Cuajimalpense de menores ingresos y en condiciones de vulnerabilidad y
marginación; y las ayudas se otorgan con base a criterios de selectividad, equidad, temporalidad así como transparencia, lo
que no implica discriminación o exclusión a otros sectores de la población que soliciten ser partícipes y beneficiarios de
dichas acciones
a) Otorgar 1500 anteojos (lentes) al mismo número de personas con discapacidad visual en la Delegación Cuajimalpa
de Morelos.
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 145
b) El apoyo es en especie, 1 anteojos (lentes), lo cual representan un gasto anual de $600,000.00 (seiscientos mil
pesos 00/100 M.N.) y en lo individual tendrían un costo de $400.00 (cuatrocientos pesos 00/100 M.N.), que será
erogado por la Delegación Cuajimalpa de Morelos
c) Los procedimientos de acceso son:
Requisitos:
Ser residente de la Delegación Cuajimalpa de Morelos.
Ser persona con alguna discapacidad visual que amerite el uso de anteojos.
Realizarse estudio de la vista previa cita con nuestros oftalmólogos una vez que acudan a solicitar el apoyo.
Procedimientos de Acceso: Acudir a la Oficina de la Dirección General de Desarrollo Social, ubicada en el edificio de
José María Morelos y Pavón (Edificio Cultural), 1er. piso, Av. Juárez esq. Con Av. México s/n, Col. Cuajimalpa, los
días Lunes, Miércoles y Viernes en un horario de 10:00 a 15:00 hrs., para llenar solicitud de inscripción, llevando
consigo la documentación requerida.
Documentación requerida:
Solicitud de ingreso al programa con su contra recibo.
Copia de Credencial de elector (en su caso del padre o tutor).
Comprobante de domicilio
Resultado de examen de la vista que amerite la solicitud de anteojos
El área responsable de la acción es la Dirección General de Desarrollo Social, quien se encargará de los procesos de
planeación, ejecución y supervisión en territorio del programa.
13.- “COMPUTADORAS PARA ESCUELAS”
La administración 2015-2018 de la Delegación Cuajimalpa pretende contribuir o coadyuvar con la federación y las CDMX
en la entrega de computadoras gratuitas a las escuelas a través del programa de entrega de computadoras escolares,
destinado a alumnos y alumnas inscritos en escuelas Públicas dentro de la demarcación Cuajimalpa de Morelos en el nivel
de educación básica, con él se pretende que todos los estudiantes pertenecientes a la educación primarias reciban apoyo. De
esta forma, todos los alumnos tendrán la misma oportunidad de contar con una educación de calidad y así podrán contribuir,
de manera efectiva, el derecho a la educación gratuita plasmado en la Constitución, a que por falta de Material Escolar los
alumnos dejen de participar en las actividades escolares
a) -Otorgar 200 computadoras a escuelas de la Delegación Cuajimalpa de Morelos
b) -El apoyo es en especie, 1 computadora a escuelas de nivel básico, lo cual representan un gasto anual de
$4,000,000.00 (cuatrocientos mil pesos 00/100 M.N.) y en lo individual tendrían un costo de $20,000.00 (veinte
mil pesos 00/100 M.N.), que será erogado por la Delegación Cuajimalpa de Morelos.
c) Los procedimientos de acceso son:
Requisitos:
Solicitud por escrito de la escuela con firma de la directora, mesa directiva y sello oficial. .-Registro de SEP.
Las solicitudes de inscripción deberán realizarse en las oficinas de la Dirección General de Desarrollo Social en Av.
Juárez esq. Av. México S/N Col. Cuajimalpa Centro C.P. 05000 Edificio cultural 1er piso, en la que se llenará una
solicitud de ingreso.
Una vez que haya sido validada la solicitud de incorporación al programa por la Dirección General de Desarrollo Social
y el expediente cuente con la documentación completa, se podrá convocar para que se presente a la entrega de la
computadora.
146 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
Documentación requerida:
Solicitud de ingreso al programa con contra recibo -Copia Acta de elección de mesa directiva de la escuela. Copia
Credencial de elector (INE) del presidente o integrante de la mesa directiva
El área responsable de la acción es la Dirección General de Desarrollo Social, quien se encargará de los procesos de
planeación, ejecución y supervisión en territorio del programa.
14.- “KIT DE HERRAMIENTAS”
Para la Delegación Cuajimalpa, es prioridad definir políticas de atención que propicien la inclusión social con resultados
favorables en lo inmediato y sentar las bases para el mediano y largo plazo; de esta manera, la política de asistencia social
recobra sentido, al continuar y profundizar esos esfuerzos en beneficio; personas adultas y adultos mayores; así como todas
aquellas personas que se encuentren en desventaja social y/o en condición de vulnerabilidad.
a) Otorgar 1250 kit de herramientas para las familias de los pueblos y colonias que forman parte de la Delegación
Cuajimalpa de Morelos
b) -El apoyo es un kit de herramienta por persona, lo cual representan un gasto anual de $10,000, 000.00 (diez
millones de pesos 00/100 M.N.) y en lo individual tendrían un costo de $8,000.00 (ocho mil pesos 01/100 M.N.),
que será erogado por la Delegación Cuajimalpa de Morelos.
c) Los procedimientos de acceso son:
Requisitos:
Ser residente de la Delegación Cuajimalpa de Morelos.
Llenar un formato de solicitud del kit de herramientas y un contra recibo.
Procedimientos de acceso acudir a la oficina de la Dirección General de Desarrollo Delegacional, ubicada en el Edificio
Principal, primer piso, sito en Av. Juárez, esquina con Av. México, S/N, colonia Cuajimalpa; los días lunes, miércoles y
viernes, en un horario de 10:00 a 15:00 horas, para llenar solicitud de inscripción, llevando consigo la documentación
requerida.
Documentación requerida:
Solicitud de ingreso al programa con contra recibo
Credencial de elector.
Comprobante de domicilio
Carta bajo protesta de decir verdad donde manifieste el motivo por el cual solicita el kit de herramienta.
Fotografía del Vehículo
El área responsable de la acción es la Dirección General de Desarrollo Delegacional, quien se encargará de los procesos de
planeación, ejecución y supervisión en territorio del programa, así como la clasificación de los expedientes para la
integración del padrón de beneficiarios.
15.- “MÁS AGUA Y MEJOR SALUD CON UNA CULTURA AMBIENTAL”
En la Delegación Cuajimalpa de Morelos, es prioridad definir políticas de atención que propicien la inclusión social con
resultados favorables en lo inmediato y sentar las bases para el mediano y largo plazo; de esta manera, la política de
asistencia social surge de la necesidad de dotar de agua a las escuelas donde existen diversas dificultades técnico-
económico para ser abastecidos mediante formas “tradicionales”, siendo la captación de agua de lluvia una alternativa
viable de abasto.
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 147
a) -Otorgar a 52 planteles educativos de la demarcación, 1 cisterna pluvial de 10,000 lts, un filtro pluvial, kit de
canaletas y bomba manual, Escuelas Públicas ubicadas en pueblos y colonias que forman parte de la Delegación
Cuajimalpa de Morelos.
b) -El apoyo es un cisterna pluvial de 10,000 lts, un filtro pluvial, kit de canaletas y bomba manual así como
saneamiento a cisternas, lo cual representan un gasto anual de $30,000,000.00 (treinta millones de pesos 00/100
M.N.) y en lo individual tendrían un costo de $576,923.07 (quinientos setenta y seis mil novecientos veintitrés
pesos 07/100 M.N.), que será erogado por la Delegación Cuajimalpa de Morelos.
c) Los procedimientos de acceso son:
Requisitos:
Solicitud por escrito de la escuela con firma de la Directora, mesa directiva y sello oficial
Las solicitudes de inscripción deberán realizarse en las Dirección General de Desarrollo Delegacional en Av. Juárez
esq. Av. México S/N Col. Cuajimalpa, Centro 05000 Edificio Cultural 1er. Piso, en la que se llenará una solicitud de
ingreso.
Una vez que haya sido validada la solicitud de incorporación al programa por la Dirección General de Desarrollo
Delegacional y el expediente cuente con la documentación completa, se podrá programar para la entrega del material.
Procedimientos de acceso acudir a la Dirección General de Desarrollo Delegacional, ubicada en el Edificio Principal,
primer piso, sito en Av. Juárez, esquina con Av. México, S/N, colonia Cuajimalpa; los días lunes, miércoles y viernes,
en un horario de 10:00 a 15:00 horas, para llenar solicitud de inscripción, llevando consigo la documentación requerida.
Documentación requerida:
Solicitud de ingreso al programa con contra recibo -Copia de acta de elección de mesa directiva de la escuela Copia de
la Credencial de elector (INE) del presidente o integrante de la mesa directiva.
El área responsable de la acción es la Dirección General de Desarrollo Delegacional, quien se encargará de los procesos de
planeación, ejecución y supervisión en territorio del programa, así como la clasificación de los expedientes para la
integración del padrón de beneficiarios.
La presente Convocatoria se encontrará vigente a partir de su publicación y hasta el día 30 de marzo del año 2018
Procedimientos de quejas o inconformidad ciudadana
En caso de que las personas beneficiarias deseen interponer una queja, deberán acudir de manera personal a ingresar un
escrito donde señalen los motivos de su inconformidad Centro de Servicio y Atención Ciudadana CESAC, ubicado en Av.
Juárez, esquina Av. México, Colonia Cuajimalpa, Delegación Cuajimalpa de Morelos, Código Postal 05000, Ciudad de
México, en un horario de 9:00 a 14:00 horas. La oficina responsable la Jefatura de Unidad Departamental de Atención a
Grupos Prioritarios, estará obligada a responder en un plazo no mayor a 8 días hábiles a partir de su recepción.
En caso de que los solicitantes o beneficiarios no queden conformes con la respuesta podrán interponer la queja o denuncia
respectiva ante la Contraloría General de la Ciudad de México, conforme a lo señalado por los artículos 44 y 45 de la Ley
de Desarrollo Social para el Distrito Federal. Asimismo, las y los ciudadanos podrán presentar quejas por incumplimiento
de la garantía de acceso a los programas ante la Procuraduría Social de la Ciudad de México, o bien, registrar su queja a
través del Servicio Público de Localización Telefónica, LOCATEL, mismo que deberá turnarla a la Procuraduría Social
para su debida investigación y, en su caso, a la instancia correspondiente
Se prohíbe cualquier acto o conducta discriminatoria por acción u omisión por parte de las personas servidoras públicas en
la implementación, seguimiento o evaluación del programa social.
148 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
El mecanismo para brindar a la Ciudadanía información para denunciar cualquier delito electoral es la Línea telefónica
INETEL (01800 433 2000)
La presente convocatoria tiene carácter informativo por lo que los interesados deberán ajustarse a lo establecido en los
lineamientos de las Acciones Institucionales a cargo de la delegación Cuajimalpa de Morelos para el ejercicio fiscal 2018
publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del día 6 y 14 de febrero del 2018.
Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen
de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos electorales
de lucro y otros distintos a los establecidos.
Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en el Distrito Federal, será sancionado de acuerdo con la Ley
aplicable y ante la autoridad competente”.
TRANSITORIO
ÚNICO.- Publíquese en Gaceta Oficial de la Ciudad de México
Ciudad de México, a los seis días del mes de marzo del dos mil dieciocho.
LIC. ALEJANDRO ZAPATA SANCHEZ
(Firma)
_________________________________________________
DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL
EN CUAJIMALPA DE MORELOS
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 149
DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC
LIC. BENNELLY JOCABETH HERNÁNDEZ RUEDAS, DIRECTORA GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL
EN CUAUHTÉMOC, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 87,105, 106, 112, segundo párrafo; 117 fracción I y
118 fracciones II, V, VI del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; Artículo 6, 10, fracción VI; 36, 37, 38 y 39
fracciones I, VIII, XIII, XLV, LVI y LXXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de México;
Artículo 11 de la Ley de Procedimientos Administrativos del Distrito Federal; Artículos 97 y 101 de la Ley de Presupuestos
y Gasto Eficiente del Distrito Federal; Artículos 34 fracción XI, 35, 36, 37 y 38 de la Ley de Desarrollo Social para Distrito
Federal; Artículo 122 Fracción II de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas;
Artículos 57 y 58 del Reglamento de la Ley Desarrollo Social para Distrito Federal; Artículos 120, 121, 122 V, 122 Bis
fracción VI, inciso e); 123 fracción IV y 128 del Reglamento Interior de la Administración Pública de la Ciudad de México..
CONSIDERANDO
Que el Programa General de Desarrollo Social 2013-2018 del Gobierno de la Ciudad de México, se inscribe en el marco de
una política social organizada en Cinco Ejes Estratégicos, siendo el que nos compete el de Desarrollo Humano y Equidad e
Inclusión Social, en donde convergen las atribuciones y facultades de la Administración Pública de la Ciudad de México en
torno a los objetivos y estrategias de las cuales se desprenden las acciones que habrán de ordenarse en los programas
sectoriales.
Que dentro de las políticas sociales de la actual administración en Cuauhtémoc se encuentra la de incluir a todos los sectores
de la población en los Programas de Desarrollo Social, particularmente a aquellos que se encuentran en situación de alta
vulnerabilidad, motivo por el cual en el ejercicio 2017 se trabajó con programas sociales de apoyo a los sectores más
desprotegidos de la Demarcación, con el fin de colaborar e impulsar el ejercicio de los derechos sociales para disminuir las
brechas de la desigualdad.
Que los días 31 de enero de 2017 con Número 255 TOMO II, de la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y 20 de junio de
2017 con Número 93 de la Gaceta Oficial de la Ciudad de México; fueron publicadas las Reglas de Operación de los
Programas de Desarrollo Social a cargo del Órgano Político Administrativo Cuauhtémoc para el ejercicio fiscal 2017, lo
que implicó transferencias de recursos monetarios o materiales a personas físicas que residen en la demarcación.
Que los padrones de beneficiarios difundidos deben llevar impresa la siguiente leyenda: “Los datos personales que se
recaben con este programa social y la información adicional generada y administrada serán protegidos y se regirán por lo
establecido en las Leyes de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal y de Protección de Datos
Personales del Distrito Federal”.
De ahí que con el fin de transparentar la operación de los mismos, se hacen del conocimiento público tal y como lo
establece el artículo 34, fracción II de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, los padrones de los ciudadanos
beneficiados durante el ejercicio 2017.
Por lo anterior y con base en las atribuciones que la Ley me confiere, he tenido a bien expedir el siguiente:
AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS PADRONES DE BENEFICIARIOS DE LOS PROGRAMAS
DE DESARROLLO SOCIAL, DURANTE EL EJERCICIO FISCAL 2017, QUE A CONTINUACIÓN SE
ENLISTAN:
Becas Escolares
El Corazón de México Educa
Apoyo Económico de Corazón
Integración a Personas con Discapacidad
Adulto Mayor
Primero las Jefas de Familia
150 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
Considerando lo señalado en la Ley de Austeridad para el Gobierno del Distrito Federal y las Disposiciones de Racionalidad
y Austeridad del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2018, cada uno de los
Padrones de Beneficiarios de los Programas se editan en medio magnético, en archivo PDF y se anexan a la presente
publicación.
TRANSITORIOS
Primero.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Segundo.- Una vez que se hayan hecho públicos los Padrones de Beneficiarios; la Dirección General de Desarrollo Social,
deberá de enviarlos a la H. Asamblea Legislativa del Distrito federal y a la Secretaría de Desarrollo Social de la Ciudad de
México, a fin de que estén disponibles a través del Sistema de Información del Desarrollo Social (SIDESO).
Ciudad de México a 28 de febrero de 2018
(Firma)
_______________________________________
LIC. BENNELLY JOCABETH HERNÁNDEZ RUEDAS
DIRECTORA GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL EN CUAUHTEMOC
(Estos Padrones se anexan en archivo digital)
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 151
ACUERDO POR EL QUE SE DECLARAN Y DAN A CONOCER COMO DÍAS INHÁBILES LOS QUE SE
INDICAN Y EN CONSECUENCIA, SE SUSPENDEN LOS TÉRMINOS INHERENTES PARA LA
ORIENTACIÓN, INFORMACIÓN, RECEPCIÓN, INTEGRACIÓN, REGISTRO, GESTIÓN, RESOLUCIÓN,
ENTREGA Y NOTIFICACIÓN DE DOCUMENTOS QUE SE RELACIONEN CON SOLICITUDES DE ACCESO
A LA INFORMACIÓN PÚBLICA; DE ACCESO, RECTIFICACIÓN, CANCELACIÓN Y OPOSICIÓN DE
DATOS PERSONALES; ATENCIÓN DE RECURSOS DE REVISIÓN, RESOLUCIONES Y DENUNCIAS POR
INCUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA; ASÍ COMO LA RECEPCIÓN,
REGISTRO, CONTROL, SEGUIMIENTO, TURNO Y DESPACHO DE LA CORRESPONDENCIA QUE SE
RECIBA EN LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS DE APOYO TÉCNICO OPERATIVO ADSCRITAS A LA
COORDINACIÓN DE GESTIÓN DELEGACIONAL EN EL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN
MIGUEL HIDALGO, CORRESPONDIENTES AL AÑO 2018 Y AL MES DE ENERO DE 2019.
ING. BERTHA XÓCHITL GÁLVEZ RUÍZ, Jefa Delegacional del Órgano Político Administrativo en Miguel Hidalgo,
con fundamento en lo dispuesto por los artículos 87 tercer párrafo, 104, 105, 117 fracciones I y XI, del Estatuto de Gobierno
del Distrito Federal; 1, 2 párrafo tercero, 3 fracción III, 7, 10 fracción XI, 36, 37, 38 y 39 fracciones XLV y LIV de la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 47 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores
Públicos; 1, 120, 121, 122 bis fracción XI del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 3,
11, 71, 72, 73, 74, y 78 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal y numerales 1 y 33 de los
Lineamientos para la Gestión de Solicitudes de Información Pública y de Datos Personales en la Ciudad de México, y
CONSIDERANDO
1.- Que la Ley Federal del Trabajo, en sus artículos 73 y 74, establece que los trabajadores no están obligados a prestar
servicios en sus días de descanso, y que son días de descanso obligatorio el 1o. de enero, el primer lunes de febrero en
conmemoración del 5 de febrero, el tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo, el 1o. de mayo, el 16 de
septiembre, el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre, el 1o. de diciembre de cada seis años,
cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal, el 25 de diciembre y los que determinen las leyes
federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.
2.- Que el artículo 10 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de cuentas de la Ciudad de
México establece que en todo lo no previsto en esta Ley, se aplicará lo dispuesto en la Ley General de Transparencia y
Acceso a la Información Pública, Tratados Internacionales en los que el Estado Mexicano sea parte, y en orden de
preferencia la Ley de Procedimiento Administrativo local, y, a falta de disposición expresa en ella se estará a lo dispuesto
por el Código de Procedimientos Civiles local y demás ordenamientos relativos en materia de Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de Datos Personales.
3.- Que el Artículo 126 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública señala que los plazos fijados
por dicha Ley en días, se entenderán como hábiles.
4.- Que de acuerdo a lo establecido por el Artículo 206 y 230 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y
Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, los plazos y términos de todas las notificaciones previstas en dicha Ley se
computarán en días hábiles.
5.- Que de conformidad con lo establecido en el artículo 71 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal,
las actuaciones y diligencias en ella previstas se practicarán en días y horas hábiles, considerando como inhábiles los días:
sábados y domingos, 1 de enero, el primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero, el tercer lunes de marzo en
conmemoración del 21 de marzo, el 1 de mayo, el 16 de septiembre, el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20
de noviembre, el 1 de diciembre de cada 6 años, el 25 de diciembre y aquellos en que tengan vacaciones generales las
autoridades competentes o aquellos en que se suspendan las labores, los que se harán del conocimiento público mediante
acuerdo del titular de la dependencia, entidad o delegación respectiva, que se publicará en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal.
152 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
6.- Que el numeral 33 de los Lineamientos para la Gestión de Solicitudes de Información Pública y de Datos Personales en
la Ciudad de México, publicados el 16 de junio de 2016 en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, establece que serán
días hábiles todos los del año a excepción de los sábados, domingos e inhábiles y los que por disposición de ley se
consideren inhábiles y los que se establezcan por acuerdo del Pleno del Instituto, publicados en la Gaceta Oficial de la
Ciudad de México.
Asimismo, serán inhábiles los días en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes o aquellos en que se
suspendan las labores o los términos relativos a los procedimientos previstos en estos Lineamientos, mismos que se
publicarán en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México o en el órgano de difusión oficial que corresponda, además de darse
a conocer en el sitio de Internet del sistema electrónico.
7.- Que en términos de lo dispuesto por los Artículos 160, 163, 164, 165, 166, 167, 168, 200, 203, 209, 212, 215, 227, 236,
239, 243, 244, 246, 251, 252, 257, 259, 261 y 263 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición
de Cuentas de la Ciudad de México, así como lo dispuesto por los Artículos 32, 35, 38 y 40 de la Ley de Protección de
Datos Personales para el Distrito Federal, se establecen plazos perentorios para la atención y trámite de las solicitudes de
acceso a la información pública y las solicitudes de acceso, rectificación, cancelación u oposición de datos personales; la
sustanciación y presentación de los informes relacionados con los recursos de revisión, resoluciones y procedimientos
relacionados con denuncias por el incumplimiento a las obligaciones de transparencia.
8.- Que durante los días declarados inhábiles se suspenderán los plazos y términos en todos aquellos asuntos y
procedimientos competencia de la Coordinación de Gestión Delegacional del Órgano Político Administrativo en Miguel
Hidalgo.
Dicha suspensión de plazos y términos será aplicable en la orientación, información, recepción, integración, registro,
gestión, resolución, entrega y notificación de documentos que se relacionen con solicitudes de acceso a la información
pública; de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos personales; atención de recursos de revisión, resoluciones
y procedimientos relacionados con denuncias por el incumplimiento a las obligaciones de transparencia; así como la
recepción, registro, control, seguimiento, turno y despacho de la correspondencia que se reciba en las unidades
administrativas de apoyo técnico operativo adscritas a la Coordinación de Gestión Delegacional en el Órgano Político
Administrativo en Miguel Hidalgo.
9.- Que en el ejercicio de sus atribuciones y con el objeto de atender las obligaciones de salvaguardar la legalidad, honradez,
lealtad, imparcialidad y eficiencia que deberán ser observadas en el desempeño su cargo y con la finalidad de atender los
principios de certeza eficacia, imparcialidad, independencia, legalidad, máxima publicidad, objetividad, profesionalismo y
transparencia, consagrados en el artículo 11 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de
Cuentas de la Ciudad de México, la Jefa Delegacional en Miguel Hidalgo, emite el Acuerdo por el que se hace del
conocimiento al público en general, los días que serán considerados como inhábiles correspondientes al año 2018 y al mes
de enero de 2019, para efecto de los actos y procedimientos atribuibles a la esfera de competencia de la Coordinación de
Gestión Delegacional del Órgano Político Administrativo en Miguel Hidalgo.
ACUERDO
PRIMERO. Para efectos de los actos y procedimientos específicos y generales, competencia de la Coordinación de Gestión
Delegacional del Órgano Político Administrativo en Miguel Hidalgo, se considerarán días inhábiles del año 2018: el 19 (en
conmemoración del 21 de marzo), 29 y 30 de marzo; el 1 de mayo (en conmemoración por el Día del Trabajo); 16, 17, 18,
19, 20, 23, 24, 25, 26, 27, 30 y 31 de julio correspondientes al primer periodo vacacional; 1 y 2 de noviembre, el 19 de
noviembre (en conmemoración del 20 de noviembre); 17, 18, 19, 20, 21, 24, 25, 26, 27, 28 y 31 de diciembre, así como los
días 1, 2, 3 y 4 de enero de 2019 correspondientes al segundo período vacacional.
SEGUNDO. Para efectos de orientación, información, recepción, integración, registro, gestión, resolución, entrega y
notificación de documentos que se relacionen con solicitudes de acceso a la información pública; de acceso, rectificación,
cancelación y oposición de datos personales; atención de recursos de revisión, resoluciones y procedimientos relacionados
con denuncias por el incumplimiento a las obligaciones de transparencia; así como la recepción, registro, control,
seguimiento, turno y despacho de la correspondencia que se reciba en las unidades administrativas de apoyo técnico
operativo adscritas a la Coordinación de Gestión Delegacional en el Órgano Político Administrativo en Miguel Hidalgo, se
considerarán días inhábiles los señalados en el ACUERDO PRIMERO.
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 153
TERCERO. En razón de lo anterior y durante los días citados, no se computarán los términos relacionados con actos y
procedimientos atribuibles a la esfera de competencia de la Coordinación de Gestión Delegacional del Órgano Político
Administrativo en Miguel Hidalgo.
CUARTO.- Cualquier actuación o promoción realizada ante las unidades administrativas de apoyo técnico operativo
adscritas a la Coordinación de gestión Delegacional en el Órgano Político Administrativo en Miguel Hidalgo, en alguno de
los días considerados como inhábiles por el presente Acuerdo, surtirá efectos hasta el primer día hábil siguiente.
ARTICULO TRANSITORIO
PRIMERO.- Se deja sin efectos el Acuerdo por el que se declaran y dan a conocer como días inhábiles los que se indican y
en consecuencia, se suspenden los términos inherentes para la orientación, información, recepción, integración, registro,
gestión, resolución, entrega y notificación de documentos que se relacionen con solicitudes de acceso a la información
pública; de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos personales; atención de recursos de revisión, resoluciones
y denuncias por incumplimiento a las obligaciones de transparencia; así como la recepción, registro, control, seguimiento,
turno y despacho de la correspondencia que se reciba en las unidades administrativas de apoyo técnico operativo adscritas a
la coordinación de gestión delegacional en el órgano político administrativo en miguel hidalgo, correspondientes al año
2018 y al mes de enero de 2019, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México del pasado 21 de febrero de 2018.
SEGUNDO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
TERCERO.- El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de
México.
Ciudad de México, a 01 días del mes de marzo de 2018.
Jefa Delegacional del Órgano Político Administrativo en Miguel Hidalgo
(Firma)
_____________________________________
ING. BERTHA XÓCHITL GÁLVEZ RUÍZ
154 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
ACUERDO POR EL QUE SE DECLARAN DÍAS INHÁBILES Y EN CONSECUENCIA SE SUSPENDEN
TÉRMINOS PARA LOS TRÁMITES INHERENTES A LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL
ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN MIGUEL HIDALGO
Ingeniera Bertha Xochitl Gálvez Ruiz Jefa Delegacional del Órgano Político Administrativo de Miguel Hidalgo, de
conformidad con lo establecido por los artículos 122 apartado C, Base Tercera, fracción II, de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, 87 último párrafo, 104, 105 y 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2º, 3º fracción
III, 10 fracción XI, 11 párrafo décimo primero, 37, 38, 39 fracciones XLV y LIV de la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Distrito Federal, 11 primer párrafo de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, y 3 fracción
III, 120, 121 y 122 Bis fracción XI del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, y
CONSIDERANDO
I. Que la Delegación Miguel Hidalgo, es un Órgano Político Administrativo Pública del Distrito Federal, con autonomía
funcional en acciones de gobierno en los términos que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y el
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.
II. Que la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, es el ordenamiento legal que regula la actuación de la
Administración Pública de la Ciudad ante los particulares, misa en la que establece que las actuaciones y diligencias de
orden administrativo deben ser ejecutadas en días hábiles, señalando como inhábiles entre otros aquellos en que se
suspenden de manera general las labores de las Dependencias Delegacionales o Entidades de la Administración Pública del
Distrito Federal.
III. Que por lo anterior, la Administración Pública del Distrito Federal de conformidad con la Ley de Procedimiento
Administrativo del Distrito Federal debe determinar la suspensión de labores señalando los días que deberán ser
considerados como inhábiles para efectos del ordenamiento en cita y del Manual de Trámites y Servicios al Público del
Distrito Federal en consecuencia no correrán los términos para las actuaciones gubernamentales de la Administración
Pública Local.
IV. Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 73 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, en los
plazos establecidos por períodos se computarán todos los días; cuando se fijen por mes o por año, se entenderá que el plazo
concluye el mismo número de día del mes o año de calendario que corresponda, respectivamente; cuando no exista el
mismo número de días en el mes de calendario correspondiente, el término será el primer día hábil del siguiente mes de
calendario.
Si el último día del plazo o la fecha determinada son inhábiles o las oficinas ante las que se vaya a hacer el trámite
permanecen cerradas durante el horario normal de labores, se prorrogará el plazo hasta el siguiente día hábil.
V. Que conforme a lo establecido en el artículo 74 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, los
términos se contarán por días hábiles, salvo disposición en contrario. Empezarán a correr a partir del día hábil siguiente al
en que surtan sus efectos las notificaciones respectivas y serán improrrogables.
VI. Que durante los días declarados inhábiles se suspenderán los plazos y términos en todos aquellos asuntos, trámites y
servicios gestionados ante este Órgano Político Administrativo en Miguel Hidalgo, por lo que permanecerán las
instalaciones cerradas al público para cualquier tipo de solicitudes de trámites y servicios, gestión, entrega de resolución
administrativa y desahogo o substanciación de prevenciones a las solicitudes presentadas ante el mismo, durante el período
considerado como días inhábiles en el presente acuerdo. Asimismo, dicha suspensión de plazos y términos será aplicable en
la tramitación y recepción de documentos e informes; tramites, resoluciones, acuerdos, actuaciones, diligencias, inicio,
substanciación, desahogo de procedimientos administrativos, notificaciones, citatorios, emplazamientos, requerimientos,
solicitudes de informes o documentos, recursos de revisión, recursos de inconformidad, revocación o algún otro medio de
impugnación, así como cualquier acto administrativo emitido por los servidores públicos adscritos al Órgano Político
Administrativo, así como todas las áreas de atención ciudadana, trámites y gestiones administrativas en la Delegación
Miguel Hidalgo que incida o afecte la esfera jurídica de los particulares.
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 155
VII. Que con el fin de dar seguridad jurídica a todas las personas relacionadas con los trámites y procedimientos
sustanciados a cargo del Órgano Político Administrativo en Miguel Hidalgo y con el objeto de hacer del conocimiento del
público en general la determinación del titular de la Delegación Migue Hidalgo mediante su publicación en la Gaceta
Oficial de la Ciudad de México, por las consideraciones y fundamentos anteriormente expuestos, en este acto se emite el
siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DECLARAN Y DAN A CONOCER LOS DIAS QUE SE INDICAN, COMO
INHABILES DEL AÑO 2018 Y DEL MES DE ENERO DE 2019, PARA LOS TRÁMITES Y PROCEDIMIENTOS
ADMINISTRATIVOS DEL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN MIGUEL HIDALGO.
PRIMERO.- Para efectos de los actos y procedimientos específicos y generales, competencia de la Coordinación de
Gestión Delegacional del Órgano Político Administrativo en Miguel Hidalgo, se considerarán días inhábiles del año 2018:
el 19 (en conmemoración del 21 de marzo), 29 y 30 de marzo; el 1 de mayo (en conmemoración por el Día del Trabajo); 16,
17, 18, 19, 20, 23, 24, 25, 26, 27, 30 y 31 de julio correspondientes al primer periodo vacacional; 1 y 2 de noviembre, el 19
de noviembre (en conmemoración del 20 de noviembre); 17, 18, 19, 20, 21, 24, 25, 26, 27, 28 y 31 de diciembre, así como
los días 1, 2, 3 y 4 de enero de 2019 correspondientes al segundo período vacacional.
SEGUNDO.- Derivado de lo previsto en el punto anterior el Órgano Político Administrativo en Miguel Hidalgo,
permanecerá cerrado a los trámites administrativos realizados por el público en general durante los días señalados.
TERCERO.- Cualquier actuación o promoción ante el Órgano Político Administrativo en Miguel Hidalgo en alguno de los
días considerados como inhábiles por el presente acuerdo, en su caso, surtirá efectos el primer día hábil siguiente.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Se deja sin efectos el Acuerdo por el que se declaran y dan a conocer como días inhábiles y en consecuencia,
se suspenden términos para los trámites inherentes a los procedimientos administrativos ante las Oficinas de la Dirección
General de Servicios Jurídicos y Gobierno, Ventanilla Única Delegacional y el Centro de Servicios y Atención Ciudadana,
publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México del pasado 21 de febrero de 2018.
SEGUNDO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
TERCERO.- El siguiente acuerdo entrará en vigor y surtirá efectos a partir del primer día siguiente al de su publicación.
Ciudad de México, a 01días del mes de marzo de 2018
Jefa Delegacional del Órgano Político Administrativo en Miguel Hidalgo
(Firma)
_____________________________________
ING. BERTHA XÓCHITL GÁLVEZ RUÍZ
156 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
DELEGACIÓN XOCHIMILCO
ACUERDO POR EL QUE SE ORDENA LA SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES PARA VENDER BEBIDAS
ALCOHÓLICAS EN TODAS SUS GRADUACIONES EN LOS ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES
UBICADOS DENTRO DEL PERÍMETRO QUE COMPRENDE EL PUEBLO DE SAN GREGORIO
ATLAPULCO DE LA DELEGACIÓN XOCHIMILCO, DURANTE LOS DÍAS INDICADOS.
Avelino Méndez Rangel, Jefe Delegacional en Xochimilco, en ejercicio de la facultad que me confiere el “Acuerdo por el
que se delega en los Titulares de los Órganos Políticos Administrativos la facultad de ordenar mediante acuerdos generales,
la suspensión de actividades para vender bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones en los establecimientos mercantiles
ubicados en el territorio de sus respectivas demarcaciones territoriales”, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de
México, el día 23 de junio de 2016, el artículo 5º, fracción II, de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito
Federal, el artículo 55-TER, fracción VI, de la Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos en el Distrito Federal, con
fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 12 fracción III, 87 párrafo primero y tercero, 104, 105 y 117 del Estatuto de
Gobierno del Distrito Federal; artículos 1, 2 párrafo tercero y 3 fracción III, 10 fracción I, 11 párrafo primero y segundo, 36,
37, 38, 39 fracción XLV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y 1 párrafo segundo, 3
fracción III, y 120 y 121 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y
C O N S I D E R A N D O
Que la Administración Pública de la Ciudad de México, cuenta con Órganos Político-Administrativos desconcentrados en
cada demarcación territorial, con autonomía funcional en acciones de gobierno.
Que los Titulares de los Órganos Político-Administrativos, pueden suscribir los contratos y demás actos jurídicos relativos
al ejercicio de sus atribuciones, así como aquellos que le sean señalados por delegación o les correspondan por suplencia,
delegados por el Jefe de Gobierno.
Que es facultad del Jefe de Gobierno instrumentar acciones tendientes a simplificar los procedimientos administrativos que
realizan las diferentes áreas de la Administración Pública Local, a fin de cumplir de manera ágil y oportuna las atribuciones
y obligaciones que le corresponden.
Que con fecha 23 de junio de 2016, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el “Acuerdo por el que se
delega en los Titulares de los Órganos Políticos Administrativos la facultad de ordenar mediante acuerdos generales, la
suspensión de actividades para vender bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones en los establecimientos mercantiles
ubicados en el territorio de sus respectivas demarcaciones territoriales.”
Que de conformidad con lo dispuesto por la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, y el Acuerdo
Delegatorio antes citado, el Jefe Delegacional en Xochimilco tiene la facultad para ordenar mediante Acuerdo, la
suspensión de actividades en los establecimientos mercantiles, que operen alguno de los giros que requieran Aviso o
Permiso para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles, en fechas u horas determinadas, con el objeto de que no
se altere el orden y la seguridad pública.
Que de conformidad con lo dispuesto por la Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos en el Distrito Federal queda
estrictamente prohibida la venta de cualquier tipo de bebida alcohólica, así como de bebidas en general en envase de vidrio,
o en envases similares en la feria a las que se refiere este artículo.
Que las actividades relacionadas con la venta de bebidas alcohólicas en los establecimientos mercantiles al ser de alto
impacto social, podrían traer consecuencias negativas para la seguridad pública, si se desarrollan en días en los que con
motivo de festividades populares tradicionales existen grandes concentraciones de personas.
Que mediante oficio MX09-GDF01-02-XOCH13-JLG-0385-2018, firmado por el Jefe de Unidad de Licencias de Giros
Mercantiles y Espectáculos Públicos, informa que se llevará a cabo la celebración de la fiesta patronal del Pueblo San
Gregorio Atlapulco de la Delegación Xochimilco, por lo que en prevención de posibles actos que pudieran trastornar dicho
evento y con el fin de salvaguardar la seguridad e integridad física de participantes y público en general, he tenido a bien
expedir el siguiente:
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 157
ACUERDO
PRIMERO.- Se ordena la suspensión de actividades para vender bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones, de las 00:00
horas a las 24:00 horas durante los días , 10 y 11 de Marzo del 2018, en los establecimientos mercantiles ubicados dentro
del perímetro que comprende las calles Belisario Domínguez, Cuacontle, Acueducto y Actocpan del Pueblo de San
Gregorio Atlapulco en la Delegación Xochimilco, que operen como vinaterías, tiendas de abarrotes, supermercados con
licencia para venta de vinos y licores, tiendas de autoservicio, tiendas departamentales, y en cualquier otro establecimiento
mercantil similar, en el que se expendan bebidas alcohólicas de cualquier graduación o que se instalen temporalmente con
motivo de las ferias, festividades y tradiciones populares en la vía pública; así como en los establecimientos mercantiles con
giro de impacto vecinal previstos en el artículo 19, fracciones II y III, de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito
Federal, siendo restaurantes y establecimientos de hospedaje, así como cantinas, pulquerías, bares, cervecerías, peñas,
cabarets, centros nocturnos, discotecas, salones de baile, salas de cine con venta de bebidas alcohólicas, fondas y cualquier
otro similar, en el que se expendan o consuman bebidas alcohólicas de cualquier graduación, o que se instalen
temporalmente con motivo de esa festividad en la vía pública.
SEGUNDO.- Queda prohibido dentro del perímetro que comprende el Pueblo de San Gregorio Atlapulco en la Delegación
Xochimilco, en la fecha señalada, la venta y expendio gratuito de bebidas alcohólicas en el interior de ferias, romerías,
kermeses, festejos populares y otros lugares en que se presenten eventos similares.
TERCERO.- Las violaciones al presente Acuerdo serán sancionadas de conformidad con las disposiciones de la Ley de
Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal y demás disposiciones aplicables.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- La presente convocatoria entrará en vigor el mismo día de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de
México.
SEGUNDO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y a través de la Delegación Xochimilco, en un diario
de circulación nacional.
Ciudad de México al vigésimo tercer día del mes de Febrero del 2018.
ATENTAMENTE
JEFE DELEGACIONAL EN XOCHIMILCO
Con fundamento en el artículo 25 del Reglamento
Interior de la Administración Pública del Distrito
Federal por ausencia del Jefe Delegacional en
Xochimilco firma el Director General Jurídico y de
Gobierno.
AVELINO MÉNDEZ RANGEL
(Firma)
LIC. CARLOS BOJORQUEZ HERNANDEZ
158 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
DELEGACIÓN XOCHIMILCO
ACUERDO POR EL QUE SE ORDENA LA SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES PARA VENDER BEBIDAS
ALCOHÓLICAS EN TODAS SUS GRADUACIONES EN LOS ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES
UBICADOS DENTRO DEL PERÍMETRO QUE COMPRENDE EL PUEBLO DE SANTIAGO
TEPALCATLALPAN DE LA DELEGACIÓN XOCHIMILCO, DURANTE LOS DÍAS INDICADOS.
Avelino Méndez Rangel, Jefe Delegacional en Xochimilco, en ejercicio de la facultad que me confiere el “Acuerdo por el
que se delega en los Titulares de los Órganos Políticos Administrativos la facultad de ordenar mediante acuerdos generales,
la suspensión de actividades para vender bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones en los establecimientos mercantiles
ubicados en el territorio de sus respectivas demarcaciones territoriales”, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de
México, el día 23 de junio de 2016, el artículo 5º, fracción II, de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito
Federal, el artículo 55-TER, fracción VI, de la Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos en el Distrito Federal, con
fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 12 fracción III, 87 párrafo primero y tercero, 104, 105 y 117 del Estatuto de
Gobierno del Distrito Federal; artículos 1, 2 párrafo tercero y 3 fracción III, 10 fracción I, 11 párrafo primero y segundo, 36,
37, 38, 39 fracción XLV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y 1 párrafo segundo, 3
fracción III, y 120 y 121 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y
C O N S I D E R A N D O
Que la Administración Pública de la Ciudad de México, cuenta con Órganos Político-Administrativos desconcentrados en
cada demarcación territorial, con autonomía funcional en acciones de gobierno.
Que los Titulares de los Órganos Político-Administrativos, pueden suscribir los contratos y demás actos jurídicos relativos
al ejercicio de sus atribuciones, así como aquellos que le sean señalados por delegación o les correspondan por suplencia,
delegados por el Jefe de Gobierno.
Que es facultad del Jefe de Gobierno instrumentar acciones tendientes a simplificar los procedimientos administrativos que
realizan las diferentes áreas de la Administración Pública Local, a fin de cumplir de manera ágil y oportuna las atribuciones
y obligaciones que le corresponden.
Que con fecha 23 de junio de 2016, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el “Acuerdo por el que se
delega en los Titulares de los Órganos Políticos Administrativos la facultad de ordenar mediante acuerdos generales, la
suspensión de actividades para vender bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones en los establecimientos mercantiles
ubicados en el territorio de sus respectivas demarcaciones territoriales.”
Que de conformidad con lo dispuesto por la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, y el Acuerdo
Delegatorio antes citado, el Jefe Delegacional en Xochimilco tiene la facultad para ordenar mediante Acuerdo, la
suspensión de actividades en los establecimientos mercantiles, que operen alguno de los giros que requieran Aviso o
Permiso para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles, en fechas u horas determinadas, con el objeto de que no
se altere el orden y la seguridad pública.
Que de conformidad con lo dispuesto por la Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos en el Distrito Federal queda
estrictamente prohibida la venta de cualquier tipo de bebida alcohólica, así como de bebidas en general en envase de vidrio,
o en envases similares en la feria a las que se refiere este artículo.
Que las actividades relacionadas con la venta de bebidas alcohólicas en los establecimientos mercantiles al ser de alto
impacto social, podrían traer consecuencias negativas para la seguridad pública, si se desarrollan en días en los que con
motivo de festividades populares tradicionales existen grandes concentraciones de personas.
Que mediante oficio MX09-GDF01-02-XOCH13-JLG-0384-2018, firmado por el Jefe de Unidad Departamental de
Licencias de Giros Mercantiles y Espectáculos Públicos, informa que se llevará a cabo la celebración de la fiesta patronal
de Santiago Tepalcatlalpan los días 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, y 24 de Marzo del 2018, por lo que en prevención de
posibles actos que pudieran trastornar dicho evento y con el fin de salvaguardar la seguridad e integridad física de
participantes y público en general, he tenido a bien expedir el siguiente:
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 159
ACUERDO
PRIMERO.- Se ordena la suspensión de actividades para vender bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones, de las 00:00
horas a las 24:00 horas durante los días ,17, 18,19,20,21,22,23 y 24 de Marzo del 2018, en los establecimientos mercantiles
ubicados dentro del perímetro que comprende las Calles Cuauhtémoc, Girasoles, Tepalcatlalpan, Pról. Las Cruces, Pino,
Coatetlan, Del Niño Jesús, Camino A La Herradura, Camino A la Cantera, Rio Antiguo, Camino A Santiago, Sócrates Prol.
Matamoros. Pról. Aquiles Serdán, Antiguo Camino A San Pablo, Arenal, Capulines, Av. 16 De Septiembre, Redención, Rio
Santiago Y Cerrada San Pablo Pueblo de Santiago Tepalcatlalpan en la Delegación Xochimilco, que operen como
vinaterías, tiendas de abarrotes, supermercados con licencia para venta de vinos y licores, tiendas de autoservicio, tiendas
departamentales, y en cualquier otro establecimiento mercantil similar, en el que se expendan bebidas alcohólicas de
cualquier graduación o que se instalen temporalmente con motivo de las ferias, festividades y tradiciones populares en la vía
pública; así como en los establecimientos mercantiles con giro de impacto vecinal previstos en el artículo 19, fracciones II y
III, de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, siendo restaurantes y establecimientos de hospedaje, así
como cantinas, pulquerías, bares, cervecerías, peñas, cabarets, centros nocturnos, discotecas, salones de baile, salas de cine
con venta de bebidas alcohólicas, fondas y cualquier otro similar, en el que se expendan o consuman bebidas alcohólicas de
cualquier graduación, o que se instalen temporalmente con motivo de esa festividad en la vía pública.
SEGUNDO.- Queda prohibido dentro del perímetro que comprende el Pueblo de Santiago Tepalcatlalpan en la Delegación
Xochimilco, en la fecha señalada, la venta y expendio gratuito de bebidas alcohólicas en el interior de ferias, romerías,
kermeses, festejos populares y otros lugares en que se presenten eventos similares.
TERCERO.- Las violaciones al presente Acuerdo serán sancionadas de conformidad con las disposiciones de la Ley de
Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal y demás disposiciones aplicables.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- La presente convocatoria entrará en vigor el mismo día de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de
México.
SEGUNDO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y a través de la Delegación Xochimilco, en un diario
de circulación nacional.
Ciudad de México al vigésimo tercer día del mes de Febrero del 2018.
ATENTAMENTE
JEFE DELEGACIONAL EN XOCHIMILCO
Con fundamento en el artículo 25 del Reglamento
Interior de la Administración Pública del Distrito
Federal por ausencia del Jefe Delegacional en
Xochimilco firma el Director General Jurídico y de
Gobierno.
AVELINO MÉNDEZ RANGEL
(Firma)
LIC. CARLOS BOJORQUEZ HERNANDEZ
CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
EN LA OFICIALÍA MAYOR DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Lic. María de la Luz Urrusquieta Navarro, Directora General de Recursos Materiales y Servicios Generales, en observancia a la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134 párrafo tercero y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 de la Ley del Régimen Patrimonial y del
Servicio Público, 99 del Reglamento Interior de la Administración Pública de la Ciudad de México, así como la norma 32 de las Normas Generales de Bienes
Muebles de la Administración Pública del Distrito Federal, la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Oficialía Mayor de la Ciudad
de México, convoca a las personas físicas y morales interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN/OM/DGRMSG/01/2018, para la
Enajenación de Diversos Desechos de Bienes Muebles, mediante contrato abierto con vigencia anual y un Costo de las bases de $5,000.00 (cinco mil pesos
00/100 M.N), bajo las siguientes especificaciones:
Venta de
Bases
Verificación Física de los
Bienes
Entrega de las
Dudas o
Aclaraciones a
las Bases
Junta de
Aclaración
de Bases
Recepción,
Apertura y
Evaluación de
Ofertas
Emisión de
Fallo de la
Licitación
Pago de los Bienes
Adjudicados
Retiro de los Bienes
Adjudicados
Del 12 al 16
de marzo de
2018,
de 9:30 a
14:00 hrs.
A partir del día de compra
de bases y hasta el 20 de
marzo de 2018, de 9:00 a
15:00 hrs. (días hábiles)
21 de marzo de
2018, de 9:00 a
18:00 hrs.
26 de marzo
2018, a las
11:00 hrs.
02 de abril de
2018, a las
11:00 hrs.
06 de abril de
2018, a las
11:00 hrs.
Dentro de los 8 días
hábiles posteriores a
la fecha de fallo.
de 9:00 a 15:00 hrs.
30 días hábiles
señalados en la Orden
de Entrega de Bienes.
de 9:00 a 15:00 hrs.
DESCRIPCIÓN CANTIDAD
MÍNIMA UNIDAD
PRECIO
UNITARIO IMPORTE
LOTE UNO “Diversos Desechos”
Desecho ferroso mixto contaminado 16,895.00 Kgs. $0.3879 $6,553.57
Desecho ferroso vehicular (refacciones usadas) 5,000.00 Kgs. $2.4952 $12,476.00
Acumuladores 3,000.00 Kgs. $3.1419 $9,425.70
Balastra 22,615.00 Kgs. $1.3902 $31,439.37
Plástico 33,431.00 Kgs. $1.0658 $35,630.76
Leña común 510.00 Kgs. $0.0421 $21.47
Acero inoxidable (baleros, instrumental médico dañado y padacería); Alambre de cobre con
papel; Aluminio; Bronce; Cable de aluminio con forro; Cable cobre y forro de plástico
autosoportado; Cable cobre paralelo con forro; Cobre desnudo; Conductores eléctricos de cobre
con forro de plástico; Desecho ferroso de primera; Desecho ferroso de primera especial; Desecho
ferroso de segunda; Desecho ferroso de tercera; Desecho ferroso proveniente de compactadoras;
Desecho ferroso proveniente de motoconformadoras; Desecho ferroso proveniente de
pavimentadoras; Desecho ferroso proveniente de petrolizadoras; Desecho ferroso proveniente de
tractores; Desecho ferroso proveniente de tractores agrícolas; Fierro colado; Literas tubulares;
Latón; Plomo; Plomo con clavo y pabilo; Transformadores de corriente; Transformadores de
distribución y potencia con aceite; Transformadores de distribución y potencia sin aceite; Aceite
0.00 Kgs. / Pzas. $749.31 $749.31
quemado; Pintura caduca y gelada; Grasa diferentes especificaciones (contaminada); Tubo
fluorescente (roto); Vidrio pedacería; Aisladores de porcelana; Garrafón de plástico de 18 lts.;
Luminaria; Plástico acrílico; Poste de concreto; Poste de madera; Tambos de lamina de 200
lts.(regulares); Tambos de lamina de 200 lts.(mal estado picado o corroído); Tambos de plástico
de 200 lts.; y Trapo colchas, cobijas, sabanas, cortinas, vestuarios, campos, portacharolas, y otros
de tela provenientes de hospitales (limpio).
Suma: - - - 81,451.00 $96,296.18
DESCRIPCIÓN CANTIDAD
MÍNIMA UNIDAD
PRECIO
UNITARIO IMPORTE
LOTE DOS “Desechos de Papel”
Papel archivo; Papel de revoltura; Boleto de metro; Papel archivo con calca; Papel cesto; Papel
con tubo; Papel Kraft; Papel listado de computadora (forma continua); Papel periódico; Papel
pliego impreso; Papel proveniente de imprenta; Papel proveniente de revistas, publicaciones y
folletos; Papel viruta color; Cartón; Cartón de tapas; y Cartoncillo.
0.00 Kgs. $7.55 $7.55
Suma: - - - 0.00 $7.55
Los servidores públicos responsables de la presente licitación son Lic. María de la Luz Urrusquieta Navarro, Directora General de Recursos Materiales y Servicios
Generales; Efraín Nájera López, Director de Almacenes e Inventarios; Daniel Carranza Chávez, Subdirector de Control de Inventarios; Cruz Ibarra Morales, Jefe de
la Unidad Departamental de Desincorporación de Bienes y Jessica Jazmín Ferrer Cruz, Líder Coordinador de Proyectos, todos ellos adscritos a la Dirección General
de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Oficialía Mayor de la Ciudad de México.
Es requisito indispensable para realizar la inscripción cubrir el importe de las Bases de la Licitación mediante depósito bancario a favor de la Secretaría de Finanzas
de la Ciudad de México, en el banco denominado Scotiabank Inverlat en la cuenta 00105899699, con número de referencia 12030516, y presentar el comprobante en
Avenida Tlaxcoaque número 8, Quinto piso, Colonia Centro, C.P. 06090.
Las bases podrán ser revisadas gratuitamente por las personas físicas y morales interesadas, previo a su venta.
La enajenación de los bienes de referencia se hará por lote completo, mismos que se localizan en diferentes domicilios de las Dependencias, Órganos
Desconcentrados, Delegaciones y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México, lo cual se especifica en el Anexo 2 de las Bases de Licitación.
Los interesados podrán verificar físicamente los bienes, en los lugares donde se encuentran concentrados, previo pago de las Bases de Licitación; asimismo, la
garantía de seriedad de la oferta deberá ser por el diez por ciento del precio mínimo de venta de la suma de ambos lotes, que tendrá que ser cubierta con cheque
certificado, de caja o fianza a nombre de la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México.
Ciudad de México, a 06 de marzo del 2018
(Firma)
LA DIRECTORA GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
LIC. MARÍA DE LA LUZ URRUSQUIETA NAVARRO
Administración Pública
Delegación Miguel Hidalgo
Dirección Ejecutiva de Obras Públicas
Licitación Pública Nacional Convocatoria: DMH/LPN/002/2018
Arq. José Bello Alemán, Director Ejecutivo de Obras Públicas de la Delegación Miguel Hidalgo, en cumplimiento a lo dispuesto en la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, y de conformidad con los artículos 3º apartado a fracciones I y IV, 23, 24 inciso A, 25 apartado A), fracción I, 26, 28 y 44
fracción I, inciso a) de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y 120, 121, 122 Bis fracción XI, inciso D) del Reglamento Interior de la Administración Pública del
Distrito Federal, convoca a las personas físicas y morales interesadas en participar en la Licitación Pública de carácter Nacional para la contratación de Obra Pública en
la modalidad de Precios Unitarios por Unidad de Concepto de Trabajo Terminado, conforme a lo siguiente:
No. de licitación Descripción y ubicación de los trabajos Fecha de Inicio Plazo de ejecución Capital Contable
Requerido
DMH/LP/002/2018 Continuación de los Trabajos de Construcción del Nuevo
Edificio Delegacional, Sexta Etapa. 16 de Abril del 2018 100 días naturales $14’000,000.00
Clave FSC (CCAOP) Costo de
las bases
Fecha límite para
adquirir bases Visita al lugar de la obra Junta de aclaraciones
Presentación y
apertura sobre único Acto de fallo
S/C $2,000.00 13 de Marzo de
2018
14 de Marzo de 2018 22 de Marzo de 2018 02 de Abril de 2018 10 de Abril de 2018
09:00 hrs. 09:30 hrs. 09:30 hrs 18:00 hrs.
Los recursos para la realización de los trabajos relativos a la presente Licitación Pública fueron autorizados por la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México, a
través de la Subsecretaría de Egresos, con oficio de inversión número SFCDMX/027/2018 de fecha 08 de enero de 2018.
Las bases de licitación se encuentran disponibles para consulta en el Portal de la Delegación Miguel Hidalgo. www.miguelhidalgo.gob.mx/obraspublicas y la
adquisición será en la oficina de la Unidad Departamental de Concursos y Contratos en Miguel Hidalgo, ubicada en General José Moran esq. Parque Lira, Col.
Ampliación Daniel Garza, C. P. 11840, Tel. 52-76-77-00 ext. 1036, Ciudad de México, en horario de 10:00 a 14:00 horas, en días hábiles y hasta la fecha límite para
adquirir bases, se entregarán en Medio Electrónicos.
Requisitos para adquirir las bases, planos, especificaciones u otros documentos:
Se deberá entregar copia legible de los siguientes documentos, presentando los originales para cotejo.
Adquisición directa en la oficina de la Unidad Departamental de Concursos y Contratos:
1.- Solicitud por escrito de participación, en papel membretado de la empresa, indicando los datos completos del concurso en el que desea participar y comprobante de
pago de las bases para su adquisición. (Individual, uno por cada concurso que desee participar).
2.- Constancia de Registro de Concursante emitido por la Secretaría de Obras y Servicios del Gobierno del Distrito Federal, actualizada conforme lo establece el
artículo 24 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
3.- En caso de estar en trámite el Registro. (Constancia de registro de trámite).
4.- Documentos comprobantes para el capital contable mínimo.
5.- Declaración Anual del ejercicio fiscal 2017 y parciales del ejercicio fiscal actual (Enero-Febrero 2018), donde se compruebe el capital contable mínimo requerido.
6.- Estados financieros del ejercicio fiscal inmediato anterior, avalados por contador público externo con constancia de renovación en el sistema de contadores
públicos registrados (SAT), copia de la Cédula Profesional del mismo.
7.- La forma de pago de las bases se hará en las oficinas de la J.U.D. de Concursos y Contratos, mediante cheque certificado o de caja, expedido a favor de la Secretaría
de Finanzas de la Ciudad de México, con cargo a una institución de crédito autorizada para operar en la Ciudad de México.
8.- El lugar donde se efectuarán los actos relativos a la Visita de Obra, Junta de Aclaraciones, Apertura de Sobre Único y Fallo, será en las oficinas ubicadas en General
José Moran esq. Parque Lira 3º piso, Col. Ampliación Daniel Garza, C. P. 11840, Delegación Miguel Hidalgo, Tel. 52-76-77-00 ext. 1036, Ciudad de México, y se
partirá de este lugar para realizar la visita de obra, en la Sala de Juntas de la Dirección General de Administración Delegacional se llevarán a cabo los eventos de Juntas
de aclaraciones, Apertura del sobre Único y Fallo; el día y hora indicados anteriormente. Siendo obligatoria la asistencia a los actos anteriormente mencionados, de
personal calificado (arquitecto, ingeniero o técnico en construcción), a la Visita al Sitio de los Trabajos y a la(s) junta(s) de aclaraciones, acreditándose tal calidad
con cédula profesional, certificado técnico o carta de pasante (original y copia para cotejo) y escrito de presentación en hoja membretada de la empresa, signado por el
representante legal de la misma. Se deberá considerar que para el Acto de Visita de Obra se partirá del lugar a la hora establecida en esta convocatoria
PUNTUALMENTE, por lo que deberán de llegar ANTES para su registro, persona que NO ESTE REGISTRADA no podrá asistir a la Visita (No habrá
tolerancia). La asistencia a la visita a la obra, Junta de Aclaraciones y Apertura de sobre Único será obligatoria, asimismo presentarse 15 minutos antes.
9.- No se otorgará anticipo para la ejecución de los trabajos.
10.- Las proposiciones deberán presentarse en idioma español.
11.- La moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será en unidades de moneda nacional.
12.- No se autoriza asociación o subcontratación en la ejecución de los trabajos, de acuerdo al artículo 47 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
13.- La Delegación Miguel Hidalgo, a través de la Dirección Ejecutiva de Obras Públicas, con base en los artículos 40 y 41 de la Ley de Obras Públicas del Distrito
Federal, efectuará el análisis comparativo de las proposiciones admitidas, formulará el dictamen y emitirá el fallo mediante el cual se adjudicará el contrato al
concursante, que reuniendo las condiciones establecidas en la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, su Reglamento, las Bases de Licitación y demás normatividad
en la materia, haya presentado la postura legal, técnica, económica, financiera y administrativa que garantice satisfactoriamente el cumplimiento del contrato y presente
la postura solventemente económica, siendo los criterios generales para la adjudicación del contrato, entre otros aspectos, el cumplimiento de las condiciones legales
exigidas al licitante; que los recursos propuestos por el licitante sean los necesarios para ejecutar satisfactoriamente, conforme al programa de ejecución, las cantidades
de trabajo establecidas; que el análisis, cálculo e integración de los precios unitarios sean acordes con las condiciones de costos vigentes en la zona o región donde se
ejecuten los trabajos.
14.- Ninguna de las condiciones contenidas en las bases de la licitación, así como en las proposiciones presentadas por los concursantes, podrán ser negociadas, de
acuerdo al Artículo 29 Fracción V de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
15.- Las condiciones de pago son mediante estimaciones de trabajos ejecutados, las que deberán realizarse por períodos quincenales o mensuales por concepto de
trabajo terminado, acompañados de la documentación que acredite la procedencia del pago.
16.-La forma de garantizar el cumplimiento del contrato será del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato incluyendo el I.V.A. a favor de la Secretaría de
Finanzas de la Ciudad de México, mediante póliza de fianza expedida por la Institución autorizada y de conformidad con la Ley de Obras Públicas Distrito Federal.
17.-Contra la resolución que contenga el fallo no procederá recurso alguno. La concursante que resulte Adjudicada deberá presentar previo a la firma del contrato, la
constancia de no adeudos y las contribuciones señalados en el código Fiscal del Distrito Federal.
18.-No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos del artículo 37 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
Ciudad de México, a 05 de Marzo de 2018.
(Firma)
Arq. José Bello Alemán
Director Ejecutivo de Obras Públicas.
Administración Pública de la Ciudad de México
Delegación Tláhuac
Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano
Licitación Pública Nacional
Convocatoria 001-18
Ing. Arq. Gabriel Trinidad Mendoza Carrasco, Director General de Obras y Desarrollo Urbano en la Delegación Tláhuac, en observancia a lo dispuesto
en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, y de conformidad con la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal en
sus artículos 24 apartado A, 25 apartado A fracción I y 26. Con fundamento en los artículos; 122 fracción III y 126, del Reglamento Interior de la
Administración Pública del Distrito Federal, convoca a las personas físicas y morales interesadas en participar en la licitación pública de carácter
nacional para la contratación en la modalidad de obra pública a base de precios unitarios y por unidad de concepto de trabajos terminados, conforme a
lo siguiente:
No. Licitación Descripción de la obra Fecha de Capital
contable
requerido Inicio Terminación
30001121-01-18
Presupuesto Participativo 2018 27/03/2018 30/09/2018 $10,701,846
Costo de bases Fecha límite para
adquirir bases
Visita al lugar de la
obra los trabajos Junta de aclaraciones Presentación y apertura de Proposiciones
$3,500.00 12/03/2018 13/03/2018 16/03/2018 22/03/2018
10:00 HRS 11:00 HRS 11:00 HRS
No. Licitación Descripción de la obra Fecha de Capital
contable
requerido Inicio Terminación
30001121-02-18
Obras complementarias a la Escuela No. 126 “Tlahuizcalli” 27/03/2018 30/06/2018 $1,733,333
Costo de bases Fecha límite para
adquirir bases
Visita al lugar de la
obra los trabajos Junta de aclaraciones Presentación y apertura de Proposiciones
$3,500.00 12/03/2018 13/03/2018 16/03/2018 22/03/2018
17:00 HRS 12:00 HRS 12:00 HRS
Lineamientos generales
1.-Los recursos fueron aprobados con el oficio de autorización de inversión de la Subsecretaría de Egresos del Distrito Federal, número SFCDMX/029/2018 de
fecha 08 de enero de 2018. La ubicación del sitio de trabajo está contenida en las bases de la presente licitación.
2.-El pago deberá efectuarse mediante cheque de caja o certificado a favor de la GOB DE LA CDMX SRIA DE FINANZAS TESORERIA DE LA CDMX con
cargo a una institución de crédito autorizada a operar en la Ciudad de México, ( Debe llevar dos firmas de los funcionarios facultados del banco) en las oficinas
de la Unidad Departamental de Concursos de la Dirección Técnica y de Planeación, dependiente de la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano de la
Delegación Tláhuac, ubicada en Av. Mar de las Lluvias N° 17 Colonia Selene, C.P. 13420, Tláhuac, Ciudad de México.
3.-Las bases y sus anexos así como el catálogo de conceptos se entregarán a los interesados, en las oficinas de la Unidad Departamental de Concursos de la
Dirección Técnica y de Planeación dependiente de la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano de la Delegación Tláhuac, previa presentación del recibo
de pago, siendo responsabilidad del interesado su adquisición oportuna.
4.-El lugar de reunión para la visita de obra será en las oficinas de la Unidad Departamental de Concursos de la Dirección Técnica y de Planeación dependiente de
la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano de la Delegación Tláhuac. En los días y horas indicados en esta convocatoria y las bases de la licitación.
5.-Las juntas de aclaraciones se llevarán a cabo en la sala de juntas de la Unidad Departamental de Concursos de la Dirección Técnica y de Planeación
dependiente de la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano de la Delegación Tláhuac. La empresa Concursante deberá de elaborar en papel membretado,
escrito de presentación de la persona que asistirá a la visita de obra y junta de aclaraciones, anexando copia de la cédula profesional del personal técnico
calificado y presentar original para cotejo, la asistencia a la visita de obra y junta de aclaraciones será obligatoria.
6.-El acto de presentación y apertura de propuestas; se llevarán a cabo en la sala de juntas de la Unidad Departamental de Concursos de la Dirección Técnica y de
Planeación dependiente de la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano, de la Delegación Tláhuac, en los días y horas indicados en está convocatoria y las
bases de la licitación.
7.-La venta de bases será a partir del 08 de marzo de 2018 y la fecha límite será el 12 de marzo de 2018, en los días de oficina en el horario de 10:00 a 14:00
horas, donde:
Deberá entregar copia legible de los siguientes documentos, presentando los originales para cotejar.
A Solicitud por escrito para participar en los trabajos objeto de esta convocatoria, manifestando número de la licitación, indicando su objeto social, nombre y
domicilio completo del licitante, en papel membretado de la empresa.
B Manifiesto de estar al corriente de las obligaciones fiscales de acuerdo al Artículo 51 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente, en concordancia con el
Artículo 8° y Cuarto Transitorio del Código Fiscal del Distrito Federal, correspondientes a los últimos cinco ejercicios fiscales (ANEXAR COPIA DE
CONSTANCIA DE ADEUDOS DE LA TESORERÍA DEL D.F. Y/O SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, Ó DEL ACUSE).
C Constancia de registro de concursante definitivo y actualizado, expedida por la Secretaría de Obras y Servicios del Distrito Federal, misma que deberá
expresar el capital contable requerido.
D Para los interesados que decidan agruparse deberán acreditar en forma individual los registros señalados, además de entregar una copia del convenio a
que se refiere el artículo 47 penúltimo párrafo de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y artículo 49 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del
Distrito Federal.E Declaración escrita y bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en los supuestos del artículo 37 de la Ley de Obras Públicas del
Distrito Federal.
8.-Los interesados en la presente licitación pública deberán comprobar experiencia y capacidad técnica mediante la relación de contratos de obras relacionado
con la misma , que tengan o hayan celebrado con la administración pública o con particulares para la ejecución de los trabajos similares a los concursados,
comprobando documentalmente su cumplimiento a satisfacción de la contratante, tales como carátulas de contratos y actas de entrega-recepción; así como
también curriculum de la empresa y del personal técnico a su servicio relativo a las obras similares a las descritas en la presente licitación pública y capacidad
financiera, administrativa y de control según la información que se solicita en las bases de la licitación pública nacional.
A Acta constitutiva y modificaciones, en su caso, cuando se trate de persona moral o acta de nacimiento para persona física y curriculum actualizado.
B Presentar identificación de carácter oficial de la persona física o representante legal, así como los poderes que deberán acreditarse.
C Documentos comprobatorios de capital contable requerido, mediante declaración anual inmediata anterior (para personas morales y físicas) y las
declaraciones parciales a la fecha, estados financieros, balance y estado de resultados como mínimo al 31 de diciembre del 2016, auditados por contador
público titulado con registro en la Administración General de Auditoria Fiscal Federal de la S.H.C.P, anexando copia legible de su cédula profesional y
constancia de su registro, en papel membretado del auditor.
9.-El idioma en que deberán presentarse las proposiciones será el español.
10.-La moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será en pesos mexicanos.
11.-La contratista no podrá subcontratar ningún trabajo relacionado con esta licitación, de no ser indicado en las bases de la presente licitación pública o previa
autorización por escrito de la contratante de acuerdo al artículo 47 párrafo cuarto de la Ley de Obras Publicas del Distrito Federal.
12.-No se otorgaran anticipos.
13.-Los criterios generales para la adjudicación del contrato serán con base a los artículos 40, 41 y 43 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal,
efectuándose el análisis comparativo de las propuestas admitidas, se formulará el dictamen y se emitirá el fallo mediante el cual se adjudicará el contrato al
concursante que, reuniendo las condiciones solicitadas en las bases de la licitación, haya presentado la propuesta que resulte solvente y garantice
satisfactoriamente el cumplimiento del contrato.
14.-Las condiciones de pago, serán verificativas mediante estimaciones quincenales y no mayores de un mes, las que serán presentadas por “El contratista” a la
residencia de supervisión dentro de los 4 días hábiles siguientes a la fecha de corte, que serán los días 15 y 30 de cada mes. Se pagarán dentro de los 20 días
naturales siguientes contados a partir de la fecha en las que hubiere autorizado la residencia de la supervisión, de conformidad con el Artículo 52 de la Ley de
Obras Públicas del Distrito Federal.
15.-Contra la resolución que contenga el fallo no procederá recurso alguno, pero los concursantes podrán presentar ante el Órgano de Control Interno solicitud de
aclaración en términos del Artículo 72 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
(Firma)
Ciudad de México, 05 de marzo de 2018
Ing.Arq. Gabriel Trinidad Mendoza Carrasco
Director General de Obras y
Desarrollo Urbano
09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 167
E D I C T O S
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE MÉXICO
JUZGADO CUARTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE
TOLUCA, MÉXICO.
E D I C T O
PARA EMPLAZAR A: LUCIO SUSANO NOLASCO
En el expediente 880/2015 relativo al JUICIO ORDINARIO CIVIL, promovido por CARLOS ALFONSO ROMERO
GALAN en contra de LUCIO SUSANO NOLASCO y MARIA DEL CARMEN SUSANO BONIFACIO, en el que les
reclama la usucapión respecto de una fracción de 133.28 metros cuadrados del inmueble denominado fracción de terreno de
labor ubicado en San Pedro Totoltepec, Toluca, México; inmueble también conocido como el ubicado en calle Ignacio
Allende sin número, Colonia San Pedro Totoltepec, Toluca, México, con una superficie de 133.28 metros cuadrados, con las
siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: 16.00 metros con propiedad del señor RICARDO y HERMINIA ambos de
apellidos OCAMPO SOLORES; AL SUR: 16.00 metros con propiedad de MERCEDES MARTINEZ ROSALES ,
PATRICIA GARCIA MARTINEZ Y MARIA ELENA MARTINEZ ROSALES; AL ORIENTE: 8.33 metros con
propiedad de RICARDO REYES SUSANO BONIFACIO; AL PONIENTE: 8.33 metros con calle Ignacio Allende;
teniendo como domicilio para emplazar al primero de los codemandados el ubicado en Primera Cerrada de Tepozanco
número 1, Colonia Cuajimalpa de Morelos, México, C.P. 05000; por lo que en términos del auto de fecha catorce de
diciembre de dos mil dieciséis; se ordena la publicación del presente edicto en el periódico oficial Gaceta de Gobierno del
Estado de México, en otro de mayor circulación en esta municipalidad y en el boletín judicial, por tres veces, de siete en
siete días, haciéndole saber al demandado que debe presentarse ante este Juzgado, dentro del plazo de TREINTA DIAS,
contados a partir del siguiente al de la última publicación a dar contestación a la demanda entablada en su contra,
apercibiéndole, que si pasado dicho plazo no comparece por si, por apoderado o por gestor que pueda representarlo, se
seguirá el juicio en rebeldía, haciéndole las ulteriores notificaciones aun las de carácter personal por lista y boletín judicial
que se lleva en este Juzgado.- Toluca, México; a 10 de Enero de 2017. DOY FE.
EN CUMPLIMIENTO AL AUTO DE CATORCE DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECISÉIS.
(Firma)
LIC. AMADA DIAZ ATENOGENES.
SEGUNDO SECRETARIO DE ACUERDOS DEL JUZGADO CUARTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL
DISTRITO JUDICIAL DE TOLUCA, MÉXICO.
168 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018
DIRECTORIO
Jefe de Gobierno de la Ciudad de México
MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA
Consejero Jurídico y de Servicios Legales
VICENTE LOPANTZI GARCÍA
Directora General Jurídica y de Estudios Legislativos
CLAUDIA ANGÉLICA NOGALES GAONA
Director de Legislación y Trámites Inmobiliarios
FLAVIO MARTÍNEZ ZAVALA
Subdirector de Estudios Legislativos y Publicaciones
EDGAR OSORIO PLAZA
Jefe de la Unidad Departamental de Publicaciones y Trámites Funerarios
JUAN ULISES NIETO MENDOZA
INSERCIONES
Plana entera ...................................................................................... $ 1,924.00
Media plana ......................................................................................... 1,034.50
Un cuarto de plana ................................................................................. 644.00
Para adquirir ejemplares, acudir a la Unidad de Publicaciones, sita en la Calle Candelaria de los Patos s/n, Col. 10 de Mayo,
C.P. 15290, Delegación Venustiano Carranza.
Consulta en Internet
www.consejeria.cdmx.gob.mx
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Impresa por Corporación Mexicana de Impresión, S.A. de C.V.
Calle General Victoriano Zepeda No. 22, Col. Observatorio C.P. 11860,
Delegación Miguel Hidalgo, Ciudad de México.
Teléfono: 55-16-85-86 con 20 líneas.
www.comisa.cdmx.gob.mx
(Costo por ejemplar $73.00)