I:. •v l l ~ lS

6
S EMARu.N'AT S'ECR!!T:'-RIADr M£010 1\MB TEN'J'E Y RtC' .JRSOS I:. I fll,.l l .,,.. ' "" •v ASEA AGE NOA DE SEGURIDAD. ENERGfAY AMBIENT£ Agencia Nacional de Seguridad In dustri al y de Prot ecd6n al Media Ambie nt e del Sector Hidrocarburos Unidad de Gesti6n, Supervision, lnspecci6n y Vigilancia Comercial Direcci6n General de Gesti6n Comercial Oficio ASEA / UGSIVC/ DGGC/ 5811 / 2018 Ciudad de Mexi co a 21 de Mayo de 2 018 SERGIO MOISES BUSTILLOS BENITEZ fl 1-"x.xv-eto ru SERVICI9S INTEGRADOS DEL SURESTE DE VERACRUZ, S.A. DE C.V. 12 : 3g f PRESENTE ASUNTO: Licencia Am biental Oni ca BITACORA: 09/LUA0178 / 10/ 17 En atenci6n a Ia solicitud ingres ada ·a esta Agericia Nacio nal de Segurid ad Industrial Y. Be P rote cci6n al Media Ambiente de l S ect or Hi drocarburos, en lo sucesivo Ia AGENCIA, el ' 26 de Octu bre de 201 7 y turnada para su ·atenci6n a Ia Di recci6n General de Gesti6n Comercial, adscr ita a Ia Unidad de Gesti6n, Supe rvision, lnspecci6n y Vigilancia-Comercial, par media del cual en su caracter de representante legal del establecimiento SERVICIOS INTEG RADOS DEL SURESTE DE.VERACRUZ, S.A. DE C.V., ESTACION DE SERVICIO. 6738 , con ubicaci6n en KM 23+800 AUTOPISTA TINAJA-SUY.ULA, COLONIA TIERRA ADENTRO, MUNICIPIO TIERRA BLANCA,. .ESTADO DE VERACRU.Z, CODIGO POSTAL 95100, en lo sucesivo el REGULADO, tram ita Lice ncia ·Ambient al Oni ca · (LAU). Una vez ·evaluada Ia i.nformaci6n pr esent ada, y .CONSIDERANDO I. Que esta Direcci6n General de Gesti6n Comerda1 es compete nt e para revisar, evaluar y resol ver sobre Ia Li cenciaAmbiental · On ica so li citada por el REGUL.ADO, de conformidad con lo dispuesto en los art fculos 4 fr acci6n. X):(VH y 3 7 fracci6n XVII I del Reglament o J ' Inte ri or de Ia Agencia Nacional·de. Seguri dad·l nd ust rial y de Protecci 6n al Medio Ambiente del Sectm Hi drocarburos. · .. .. · II. Que el dfa 26 de Octubre .de 201 7 se recibi.6 en· fa A.GENCtA, Ia solicitud de Licencia Amb iental Unica para el esta bl ecimient o SERVIciO.S INTEGRADOS DEL SURESTE DE VERACRUZ, S.A. DE C.V., ·mi·sma que · fL.Je registrada con numero de bitacora 09/LUA0178/10/17 . - · ·_ · .- . . . . . Ill. Qwe cum pl e con los r eq uis i tes necesari os para ei tramit e de AMBIENT f'L UNICA; mismos que present6 dentro de Ia solicitud registrada con bitacora 09/LUA0178/10/17 . Pagina 1 de 6 Boul evard Adolfo R ui z Cortines 4209, J ardines en Ia Montana. Del egaci 6n Tlalpa n, C.P. 142 10, Ci udad de Mexico Tel : (55) 91 26 0100 - www.asea. gob.mx La Agencia National de Seeuridad Industrial y de Protecci6n al Medio Ambience del Sector Hidrocarburos utiliza el acr6ni mo ASEA

Transcript of I:. •v l l ~ lS

Page 1: I:. •v l l ~ lS

S EMARu.N'AT S'ECR!!T:'-RIADr M£010 1\MBTEN'J'E

Y RtC'.JRSOS ~1\TOMLES .

I:. I fll,.l l .,,.. ' "" • •v '-" '~ • ~

ASEA AGENOA DE SEGURIDAD. ENERGfA Y AMBIENT£

l l ~ lS <:~ .tVI

J.._~ /02} 1~

Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Prot ecd6n al Media Ambiente del Sector Hidrocarburos

Unidad de Gesti6n, Supervision, lnspecci6n y Vigilancia Comercial Direcci6n General de Gesti6n Comercial

Oficio ASEA/ UGSIVC/ DGGC/ 5811/ 2018 Ciudad de Mexico a 21 de Mayo de 2 018

SERGIO MOISES BUSTILLOS BENITEZ fl 1-"x.xv-eto ruSERVICI9S INTEGRADOS DEL SURESTE DE VERACRUZ, S.A. DE C.V. 12 :3g f

PRESENTE ASUNTO: Licencia Ambiental OnicaBITACORA: 09/LUA0178/ 10/ 17

En atenci6n a Ia solicitud ingresada ·a esta Agericia Nacional de Seguridad Industrial Y. BeProtecci6n al Media Ambiente del Sect or Hidrocarburos, en lo sucesivo Ia AGENCIA, el ' 26 de Octubre de 201 7 y turnada para su ·atenci6n a Ia Direcci6n General de Gesti6n Comercial, adscrita a Ia Unidad de Gesti6n, Supervision, lnspecci6n y Vigilancia-Comercial, par media del cual en su caracter de representante legal del establecimiento SERVICIOS INTEG RADOS DEL SURESTE DE.VERACRUZ, S.A. DE C.V., ESTACION DE SERVICIO. 6738, con ubicaci6n en KM 23+800 AUTOPISTA TINAJA-SUY.ULA, COLONIA TIERRA ADENTRO, MUNICIPIO TIERRA BLANCA,..ESTADO DE VERACRU.Z, CODIGO POSTAL 95100, en lo sucesivo el REGULADO, tram ita Licencia · Ambiental Onica · (LAU). Una vez ·evaluada Ia i.nformaci6n present ada, y

.CONSIDERANDO

I. Que esta Direcci6n General de Gesti6n Comerda1 es competente para revisar, evaluar y resolver sobre Ia LicenciaAmbiental· Onica solicitada por el REGUL.ADO, de conformidad con lo dispuesto en los art fculos 4 fracci6n. X):(VH y 3 7 fracci6n XVIII del Reglamento J' Interior de Ia Agencia Nacional·de .Seguridad·lndust rial y de Protecci6n al Medio Ambiente del Sectm Hidrocarburos. · .. .. ·

II. Que el dfa 26 de Octubre .de 201 7 se recibi.6 en· fa A.GENCtA, Ia solicitud de Licencia Ambiental Unica para el establecimient o SERVIciO.S INTEGRADOS DEL SURESTE DE VERACRUZ, S.A. DE C.V., ·mi·sma que ·fL.Je registrada con numero de bitacora 09/LUA0178/10/17. - · ·_ · .- . . . . . ~

Ill. Qwe ei .REGU~ADO cumple con los requisites necesarios para ei tramite de LICENCIA~ AMBIENT f'L UNICA; mismos que present6 dentro de Ia solicitud registrada con bitacora 09/LUA0178/10/17.

Pagina 1 de 6

Boulevard Adolfo Ruiz Cortines 4209, Jardines en Ia Montana. Delegaci6n Tlalpan, C.P. 142 10, Ciudad de Mexico

Tel: (55) 91 26 0100 - www.asea.gob.mx

La Agencia National de Seeuridad Industrial y de Protecci6n al Medio Ambience del Sector Hidrocarburos tambi~n utiliza el acr6nimo • ASEA •

pp
Typewritten Text
pp
Typewritten Text
pp
Typewritten Text
Domicilio, teléfono y correo electrónico del representante legal Art. 113, Fracción I de la LFTAIP y Art. 116, primer párrafo de la LGTAIP.
pp
Typewritten Text
pp
Typewritten Text
pp
Typewritten Text
pp
Typewritten Text
Firma de la persona física que recibe el oficio Art. 113, Fracción I de la LFTAIP y Art. 116, primer párrafo de la LGTAIP
pp
Typewritten Text
Page 2: I:. •v l l ~ lS

SEMARNAT S<c:;ETA!\IAOE MWIO A'1~1tNJC

Y'IU:C'JR5()) NATtil\.W

ASEA AGENCIA DE SEGURJDAD. ENERG!A Y AMBIENT£

. Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Proteccion al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos

Unidad de Gesti6n, Supervision, lnspecci6n y Vigilancia Comercial Direccifm General de Gesti6n Comercial

Oficio ASEA/UGSIVC/DGGC/5811/2018 Ciudad de Mexico a 21 de Mayo de 2 018

Par Ia tanto, con fundamento en los artfculos 1, 3 fraccion XI, 4, 5 fraccion XVIII y 7 fraccion 11 de Ia Ley de Ia Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Proteccion al Media Ambiente del Sector Hidrocarburos; 110 y 111 BIS de Ia Ley General del Equilibria Ecologico y Ia Proteccion al Ambiente; 6, 16, 17 BIS apartad_o A) fraccion.VI del Reglamento de Ia Ley General del Equilibria Ecologico y Ia Proteccion al Ambiente en materia de Prevencion y Control de Ia Contaminacion de Ia Atmosfera; 4 frac~ion XXVII y 3 7 fraccion XVIII del Reglamento Interior de Ia Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Proteccion al Media Ambiente del Sector Hidrocarburos; y el Acuerdo par el que se reforman y adicionan diversas disposiciones al diverse que establece los procedimientos para obtener Ia licencia ambiental unica, mediante un t ramite unico, asf como Ia actualizacion de Ia informacion de emisiones mediante una cedula de operaci6n anual publicado el 11 de abril de 19 9 7, publicado en el Diario Oficial de Ia Federaci6n el 09 de abri l de 1998, asf:como las demas -disposiciones que resu lt en aplicables, esta Direccion General de Gesti6n Comercial;. ·

RESUELVE

PRIMERO.- Tener par. cumplidos los requisites tecnicos y ·legales pr~sentados par el REGULADO para tramitar y_'obtener Ia Licencic;t Ambiental O~ica.

. . SEGUNDO.- OTORGAR al REGULADO Ia . : . · ·. _

. LICENCIA AMBIENTALUNI.CA :N~· LAU-ASEA/6039-2018

La presente Licencia Ambiental Onica que.da sujet~ al Cl.J.n:pJimief!tO de las siguient es:

CONDICIONANTES

1. la Licencia ampara el funcio.namiento. y Ia op~raci6n del estab.le.cimiento denominado SERVICIOS INTEGRADOS DEL SU.RESTE DE VERACRUZ, S.A. DE. C.V., EST ACION 673& con ub.icacion en KM ·23+.800 NJTOPISTA TINAJA-SUYULA, COLONIA TIERRA ADENTRO, TIERRA BLANCA, COPJGO POSTAL 9 5100, EST ADO DE VERACRUZ, que se dedica a Ia comercializaci6n de gasolina y diesel. El.establecimiento cuenta para· su operacion con las instalaciones descritas en Ia Tabla 1 del presente . .

Pagina 2 de 6 Boulevard Adolfo Ruiz Cortines 4209, Jardines en Ia Montana. Del.egacion Tlalpan. CP. 14210, Ciudad de Mexico

·. Tei: .(55)"9.126D109 -~ w\:vw.asea.gob,mx ·.

La Agencia National de Seguridad Industrial y de Protecci6n al Medic Ambience del Sector Hidrocarburos tam bien utiliza el acr6nimo "'ASEA • y las palabras "Agencia de Seguridad, Energia y Ambiente• como pane de su identidad institutional

I

Page 3: I:. •v l l ~ lS

:

=.'· SEMAR_NAT

SEO:.ffiRiA 0~ MFDJO A;\ \B!ENTF. Y ft!OJRSOS N:\TU"l\,\J..ES

ASEA AGENCIA DE SEGURIDAD. ENERGfA Y AMBIENTE

Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protecci6n al Media Ambiente del Sector Hidrocarburos

Unidad de Gesti6n, Supervision, lnspecci6n y Vigilancia Comercial · Direcci6n General de Gesti6n Comercial

Oficio ASEA/ UGSIVC/ DGGC/ 5811 / 2018 Ciudad de Mexico a 21 de Mayo de 2018

I D!spensar!o 3CM_~gn~. Premium)_ ~- . . ,· _ 4 ___ --f _P~tola_s __ _ 'l D1spensano 4(0jesel) _ _ _ _ _ ! _. __ 2_ -+- P!Stolas !

Q§pensari_9_5(Diese!2_ L 2 _j_ Pistolas ==l ._ :Valyl!!a de venteo l _ - I ___ · _- _ . J

II. La presente Licencia Ambiental Onica se expide por (mica ocasi6n y solo para el establecimiento y actividades autori zadas en el Considerando I de Ia presente resoluci6n, en virtud de ella, en el caso en que decida cambiar Ia ubicaci6n o actividad aut orizada debera solicitar una nueva Licenda. Si existe cambio en Ia denominaci6n o raz6n social, aumento en Ia capacidad de almacenamiento, cambios de proceso, ampliaci6n de instalaciones o Ia generaci6ri de nu.evos residuos peligrosos, debera presentar Ia solicitud de act L.ializaci6n a las condkionantes respectivas.

Il l. Las actividades establecida~ · en Ia presente Lidmcia Ambientar Onica, otorgada en materia de prevenci6n y control d~ Ia contamlnacion de Ia atmosfera, deberan coincidir con aquellas amparadas en Ia Autorizaci6h vigente en mat eria de lmpacto Ambiental. Asf mismo, es obligacion del REGULADO contar con los permisos, autorizaciones, licencias, dictamenes vigentes que sean necesarios para Ia realizaci6n de obras, actividades y I o proyectos, conforme a las disposiciones legales aplicables en mat eria de Seguridad industrial,· Seguridad Operat iva y .Prot ecci6n al Media Ambiente.

IV. El REGULADO, hasta en tant o Ia AGENCIA no em ita lineamientos,. directrices, criterios u otras disposiciones administ rat iva$ de caracter general en Ia materia de prevencion y con-trol de Ia contaminacion de la at mosfe-ra, debera remitir a Ia Secretarfa de Media Ambiente y Recursos Naturales su Cedl:ila de Operacion Anual en los terminos vigentes establecidos, a partir del' aiio 2 01 ~t

v.

VI.

El REGULAIJ.O debera incltJ ir en su Cedula de Operacion. Anual informacion referente a

'

los Diawan:asd_dedFuncion1

ami1

ento, .d_qued-' _se~b· ·co~~ru·~-nte condla1

s. areabsl , l~s _actividades y f os equ1pos 1n ·lea os en os p anos e 1stn uc1on v1gentes e est a eCimlent o.

El REGULADO, debera - estimar y reportar. en .Ia Cedula .. de · Operaci6n anual ~ correspondiente, conforme a lo establecido en. el Articulo 20 del Reglamento de Ia Ley Gener.al del Equil ibria Ecol6gico y Ia Prot eccion al Ambiente en materia de Registro de Emisiones y Transferencia de·.cantaminante·s, las emisiories de los contaminantes a Ia atmosfera: hidrocarburos totales, benceno, tolueno, et ilbenceno, xileno y hexano, derivadas de Ia operaci6n de los h mques de almacenamiento y los. dispensarios de gasolinas. Asimismo, en el caso de contar con plantas de emergencla debera est imar y report ar los contaminantes criteria correspondientes.

Pagina 3 de 6 Boulevard Adolfo Ruiz Cortines 4209, ·Jardines·en Ia M.ontafia, Deiegaci6n Tlalpan, C.P .. l4210, Ciudad de Mexico

Tel: (SS)' 9126 0100- www.asea.gob.mx

La Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protecci6n al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos tam bien utiiiza el acronimo • ASEA •

Page 4: I:. •v l l ~ lS

s:..,~~TI Y'RJ:C'.!RSOS NAcTI.iR<\~

ASEA AGENCIA DE SEGURIDAD. ENERGiA Y AMBIENTE

Agencia Nacional ·de Seguridad Industrial y de Proteccion al Media Ambiente del Sector Hidrocarburos

Unidad de Gesti6n, Supervision, lnspecci6n y Vigilancia Comercial Direcci6n General de Gesti6n Comercial

Oficio ASEA/UGSIVC/DGGC/5811/2018 Ciudad de Mexico a 21 de Mayo de 2 018

VII. El REGULADO debera cumplir con lo establecido en los artfculos 13 fraccion II y 17 fracciones I, II, VI, VII, VIII y IX del ~eglamento de Ia Ley General del Equilibria Ecol6gico y Ia Proteccion al Ambiente en materia de Prevenci6n y Control de Ia Contaminaci6n de Ia Atmosfera y a las Normas Oficiales Mexicanas vigent es que les sean aplicables.

VIII. El REGULADO debera dar cumplimiento al articulo 109 bis de Ia Ley General del Equilibria Ecologico y Ia Proteccion al Ambiente y a los artfculos 9 fracci6n I y 18 de su Reglamento en materia de Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes, cuando existan emisiones o transferencias de contaminantes y sust ancias que se encuentren listadas y que cumplen el umbral de reporte establecido en Ia Norma Oficial Mexicana NOM-165-SEMARNAT-2013, Ia cual establece Ia lista de sustancias sujetas a reporte para el registro de emisiones y transferencia de contaminantes; en este mismo arden de ideas, se deberan reportar las emisiones fwgitivas correspondientes.

IX. Para el caso de paras programados por mantenimiento, el· REGULADO debera implementar I?S mejores p'racticas para minimizar las emisiones de contaminantes a Ia atmosfera, hasta en tanto no se emitan lineamientos, directrices, criterios u otras disposiciones administrativas de' caracter ge~eral_.por parte de esta AGENCIA.

. . . X. El REGULAPO debera realizar acciones de mantenimiento periodico a los equipos

indicados en Ia Tabla 1. de Ia presente, mi.smas que debe ran registrarse en una bit acora de operacion que sera sl:ls.ceptible. a ser verifLcada por esta AGENCIA. -

XI. El REGULADO debera. participar ·en lo5; planes de contingencia que instrumenten las autoridades ar:nbientales. locales, cone~ f in de controlar .Ia contaminaci6n que se presente por. condiciones .. meteorologicas. · · desfavo·rables · · o emisiones extr?.ordinarias no controladas. · · · · ·

XII. El REGULADO. deb era conta~ con un .P:Ian de At.enci6n a Contingencias que contenga Ia descripcion de Ia~ acciones, equipo5;, sist~ma? y r:ecursos .human as qwe destinara en el caso que ocurran emisiones de · .olores, ··gases o.. partfculas ·solid as y lfquidas, extraordinarias no controladas, se· presenten fugas· y derrames de materiales y/ o residuos peligrosos que puedan -afectar a Ia atmosfera; asimismo, para controlar incendios y prevenir explos1ones q~e se puedan presentar en el estab:lecimient o. ~

XIII. El REGULADO debera garantizar que el ·manejo dentro y fuera de sus instaladones de los residuos peligrosos; aceite l'ubricante, ·splvente orgim.ico, solidos con metales . pesados, lodos aceitosos, ·otros. di~sel contaminado, soli~o de mante~imiento que genera debera ~umplir cori.lo estab.lecido en. los Artfculos 151, 151 Bjs~ 15 2, 15 2 Bis de / Ia Ley Gene~?l del Equilibria gcolqgico y 'Ia Protecci6n al Ambiente, y de mas relatives y _

.. Pagina 4 de 6 Boulevard Adolfo Ruiz Cortines 4209, Jardines en Ia Montana, Delegaci6n Tlalp(l.n, C.P. 14210, Ciudad de Mexico

Tel: (5S}9l26.01.00,. www.asea.gobmx La Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protecci6n al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos tam bien utiliza el acr6nimo • ASEA •

y las palabras ' Agencia de Seguridad, Energia y Ambienre' como parte de su identidad institutional

Page 5: I:. •v l l ~ lS

s~::~T~ YUC\JR505 N.\Tli!IA!E

ASEA AGENCIA DE SEGURIDAD, ENERGfA Y AMBIENTE

Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protecci6n al Media Ambiente del Sector Hidrocarburos

Unidad d~ Gestion, Supervision, Inspection y Vigilancia Comercial Direction General de Gestion Comercial

Oficio ASEA/UGS ~VC/DGGC/5811/2018 Ciudad de Mexico a 21 de Mayo de 2 018

aplicables de Ia Ley General para Ia Prevenci6n y Gesti6n Integral de. los Residues, su Reglamento y a las Normas Oficiales M·exicanas vigentes aplicables en Ia materia. Estos residuos deberim estar listados en el Registro de Generador de Residuos Peligrosos vigente del REGULADO. .

XIV. El REGULADO debera registrar lo relacionado a Ia SECCION IV. INFORME ANUAL DE GENERACION, MANEJO DE RES I DUOS PELIGROSOS Y SUELOS CONT Afv'INADOS Y REPORTE ANUAL DE TRANSFERENCIA DE RESIDUOS PELIGROSOS de Ia Cedula de Operaci6n Anual a partir del ana 2 0 19. hasta en tanto no se emitan lineamientos, directrices, criterios u otras disposiciones administrativas de caracter general en Ia materia par parte de esta AGENCIA.

XV. El REGULADO, debera garantizar el cumplimiento del articulo 3 5 del Reglamento de Ia Ley General para Ia Prevenci6n y Gesti6n Integral de los Residuos, en el cual se establece el procedimiento para Ia identificaci6n · de los residuos peligrosos, asi como de los articulos 43 y 45 del Reglamento de Ia Ley General para Ia Prevenci6n y Gesti6n Integral de los Residues, en el caso de que el REGULADO genere nuevas residues que par sus caracteristicas sean considerados peligrosos seg(HJ Ia NOM-OS 2-SEMARNAT -2005, debera actualizar su Licencia.

XVI. El REGULADO en Ia operaci6n y funcionamiento de su establecimiento y sin menoscabo a lo establecido en Ia presente .Licencia, debera sujetarse a todas las disposiciones senaladas en Ia Ley General del Equilibria Ecol6gico y Ia Protecci6n al. Ambiente y los Reglamentos que de ella se derivan, asf como en las Norm as Oficiales Mexicanas y otros instrumentos juridicos aplitables a las actividades del mismo.

XVII. El incumplimiento de las condicionantes e?tablecidas en. Ia presente Licencia, Ia Ley General del Equilibria Ecol6gico y Ia Protecci6n al Ambiente; Ia Ley General para Ia Prevenci6n y Gesti6n Integral de los Residuos y los Reglamentos que de elias se derivan,

. asf.como en las Normas Oficiales Mexicanas y otros instrumentos juridicos vigentes que I sean aplicables a Ia · ope:aci6n y funcionamient o del establecimiento, asi como Ia . presentaci6n de quejas en forma justificada y reiterada o Ia ocurrencia de eventos que pongan en pellgro Ia vida humana o que ocasionen danos al media ambiente y a los bienes particulares o nacional·es, podra ser sancionado por parte de Ia AGENCIA, de conformidad con las disposiciones aplicables. ~

TERCERO.- La presente resoluci6n se emite en apego al· principia de buena fe al que se refiere el articulo 13 de Ia Ley Federal de Procedimiento Administrative, tomando par veridica Ia informacion tecnica anexa al escrito de ingreso, en caso de existir falsedad de Ia informacion, el REGULADO se hara acreedor a las penas en que incurre quien se conduzca con falsedad de

Pagina 5 de 6

Boulevard Adolfo Ruiz Cortines 4209, Jardines en Ia Montana, Delegaci6n Tlalpan, CP. 14210, Ciudad de Mexico

Tel: (55) 9126 0100 - www.asea.gob.mx

La Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protecci6n al Media Ambiente del Sector Hidrocarburos tambien utiliza el acr6nimo "ASEA"

Page 6: I:. •v l l ~ lS

SEMARl'\TAT t ~AF.fA.O£ M£DIO i>MI\ll'Nlr !

Y REctiR.SOS N.'\TURALES

ASEA AGENCIA DE SEGURIDAD. ENERGfA Y AMBIENTE

Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protecci6n al Media Ambiente del Sector Hidrocarburos

Unidad de Gesti6n, Supervision, lnspecci6n y Vigilancia Comercial Direcci6n General de Gesti6n Comercial

Oficio ASEA/UGSIVC/DGGC/5811/2018 Ciudad de Mexico a 21 de Mayo de 2 o 18

conformidad con Ia dispuesto en las fracciones II y Ill, del articulo 4 20 Quater del C6digo Penal Federal, referente a los delitos contra Ia gesti6n ambiental.

CUARTO.- El incumplimiento de las condicionantes establecidas en Ia presente Licencia, Ia Ley General del Equilibria Ecol6gico y Ia Protecci6n al Ambiente, Ia Ley General para Ia Prevenci6n y Gesti6n Integral de los Residues y los Reglamentos que de elias se derivan, asf como en las Normas Oficiales Mexicanas y otros instrunientos jurfdicos vigentes que sean aplicables a Ia operaci6n y funcionamiento del establecimiento, asf como Ia presentaci6n de quejas en forma justificada y reiterada o Ia ocurrencia de eventos que pongan en peligro Ia vida humana o que ocasionen dafios al media ambiente y a los bienes particulares o nacionales, podra ser sancionado par parte de Ia AGENCIA, de conformidad con las disposiciones jurfdicas aplicables. y, en su caso, podra ser motivo de Revocaci6n de Ia Licencia en terminos de lo establecido en el articulo 171 Fracci6n V de Ia Ley General del Equilibria Ecol6gico y Ia Protecci6n al Ambiente.

QUINTO.- Notiffquese Ia presente resoluci6n a SERGIO MOISES BUSTILLOS BENiTEZ, en su caracter de representante legal del REGULADO, por cualquiera de los medias previstos en el articulo 3 5 de Ia Ley Federal de Procedimiento Administrative.

A TENT AMENTE El DIRECTOR ~ENERAL

lng. Carlos Salvador de Regules Ruiz-Funes.- Director.Ejecu.tivo de Ia ASEA. .. Bioi. Ulises Cardona Torres.- Jefe de Unidad de Gesti6n Industrial

BITACORA: 09/LUA0178/10/17

Pagina 6 de 6 Boulevard Adolfo Ruiz Cortines 4209, Jardines en Ia Montana, Delegacion Tlalpan, C.P. 14210, Ciudad de Mexico

Tel: (55) 9126 0100 - www.asea.gob.mx La Agencia Nacional de Seguridad lnduslrial y de Protecci6n al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos tambien utiliza el acr6nimo "ASEA"

y las palabras "Agencla de Seguridad, Energfa y Ambienr.e· como parte d~ su identidad instituclonal

I