Post on 06-Aug-2015
PROTECCIÓN JURÍDICA DEL SOFTWARE EN EL PERÚ, LA
ARGENTINA Y LA EXPERIENCIA DE EEUU.
Milagros Rojas Sánchez
En nuestra sociedad actual, el hombre necesita realizar sus actividades cotidianas de manera más rápida es por eso que se ve obligado a usar herramientas para lograr tal propósito, como respuesta a esas necesidades se crean software de computación que facilitaran sus actividades ahorrando tiempo y recursos.
Pero como toda industria en constante expansión y crecimiento necesita de algún tipo de protección jurídica es por eso que el presente ensayo tratara acerca de la protección jurídica que se le da a los software y al derecho de propiedad intelectual en algunos países de la región como el caso de la Argentina y los Estados Unidos de Norteamérica.
En lo referente al software en la Argentina como actividad en
expansión tanto en lo económico e intelectual para el
mercado interno como la exportación era necesario dar
un tipo de protección a la creación de dichos software por
lo menos por un tiempo de exclusividad razonable antes de que pase a ser de uso público,
se dieron leyes como la ley 25922 sobre la promoción de la
Industria del Software cuyo finalidad es evitar la obtención ilegal que generaría perdidas
económicas.
En lo referte a los derechos de autor en la Argentina los
tribunales brindan su protección en el ámbito del derecho penal considerado en los artículos 71
y 72 de la ley de Propiedad Intelectual número 11723, LPI.
En lo referte a los derechos de autor en Estados Unidos, la normatividad
sobre “secretos comerciales, copyright y derecho de patentes”, son empleadas comúnmente para proteger la inversión en programas de computación. La utilización del
El copyright en un comienzo se como respuesta a la producción en serie, que abarrotaban las tiendas
de informática así como la protección legal de las patentes.
El derecho de patentes en los Estados Unidos protegerá tanto los métodos que
puedan producir un “resultado útil, concreto y tangible”. Abarcando software, métodos comerciales,
independientemente de una computadora.
Ampliando los registros de patentes de software, sus métodos comerciales y creando el desaliento ante las nuevas creaciones por la duda si estará o no
patentado y los elevados costos para su registro.
La normatividad antes expuesta se refuerza con la normatividad
internacional de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (“OMPI).
Entonces podemos concluir que la protección un software tiene
sus ventajas al ser incluido en el derecho de patentes que le
permite al dueño de la patente que pueda impedir que se use su algoritmo sin previa autorización en la creación de Programas de software que lleven a cabo sus funciones de cierto modo. En lo
referente al derecho de copyright sólo impide la copia una
expresión más no la idea. La experiencia por parte de los
Estados Unidos puede servir de ejemplo a otros países que deseen implementar dicha
normatividad.