Post on 28-Apr-2022
ARNEDO AYUNTAMIENTO
soid@aytoarnedo.org
PLAN MUNICIPAL DE DROGAS
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR
LA CONTRATACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, DE LA
PRESTACION DEL SERVICIO DENOMINADO “SPEAK & COFFEE –QUEDADAS
EN LA COCINA-“ EN EL MUNICIPIO DE ARNEDO.
1. OBJETO:
Constituye objeto de este contrato la prestación del servicio SPEAK & COFFEE –
QUEDADAS EN LA COCINA- del Ayuntamiento de Arnedo.
La prestación de este servicio se realizará conforme a las prescripciones técnicas
contenidas en el presente Pliego.
El servicio Speak & Coffee –quedadas en la cocina- es un servicio consistente en
potenciar e incrementar la autoestima y el autoconcepto de los y las adolescentes de
la ciudad de Arnedo.
2. TIPOLOGÍA DE LAS ACTUACIONES.
Este servicio incluye:
- Formación de al menos dos grupos de apoyo, con un mínimo de 12 y un máximo de
15 personas en cada uno de los grupos, entre adolescentes con edades
comprendidas entre los 12 y los 15 años y los 16 y los 18 años, desde una perspectiva
de género teniendo en cuenta las características particulares del desarrollo en el
hombre y en la mujer.
Si el número de personas interesadas en cada grupo fuera inferior a 12 el
Ayuntamiento se reserva la facultad de no prestar el servicio. Si solo hubiera número
suficiente para conformar uno de los grupos el pago al contratista se reduciría a la
mitad. Si no hubiera número suficiente de interesados en ninguno de los dos grupos,
se podrá suspender o resolver el contrato sin derecho a indemnización alguna para el
contratista.
Si el número de usuarios se redujera una vez iniciada la prestación del servicio, el
Ayuntamiento previo informe del responsable del contrato y previa audiencia del
contratista, resolverá sobre la continuidad del mismo, sin que la decisión que llegara
tomar generara derecho a indemnización para el contratista.
Estos grupos estarán guiados por un profesional de la psicología y hablarán sobre
temas que interesen a los adolescentes propuestos por ellos mismos o propuestos por
dicho profesional, el objetivo final será el aumento de la autoestima y del
autoconcepto, así como de la confianza en ellos mismos.
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- Coordinación con los equipos directivos y de orientación de los centros educativos de
Arnedo. Se establecerá contacto y coordinación con los equipos de orientación de los
centros educativos para conocer las diferentes necesidades que existen en Arnedo
anteriormente a la composición de los grupos definitivos de intervención.
- Utilización de la cocina y las instalaciones municipales que se encuentran en el
centro joven municipal de Arnedo. Se utilizarán las instalaciones municipales del
centro joven de forma prioritaria, sin menoscabo de realizar algún cambio en la
instalación o el recurso utilizado si fuera necesario o en casos de ocupación o
utilización de estos por otros servicios municipales.
- Conocimientos y contacto con asociaciones y empresas prestadoras de servicios a la
juventud relacionadas con la educación y formación en otros países, ocio y tiempo
libre saludable y relacionados con la salud del municipio de Arnedo o con influencia en
el municipio, se informará de los servicios que puedan ser interesantes tanto para su
formación como para su salud a los que pueden acceder los participantes por sus
características y edad.
- Se servirán refrescos, café e infusiones, sin alcohol, y pastas o bizcochos
(proporcionados por el Ayuntamiento) a lo largo del desarrollo de las sesiones
facilitando un ambiente relajado, cómodo y de confianza entre los participantes.
- Se deberá asegurar la confidencialidad y la protección de los datos de los menores
participantes, según la normativa actual vigente de protección de datos.
3. SERVICIOS EXCLUIDOS
Está excluida de este servicio cualquier tipo de terapia clínica individual sobrevenida
por los encuentros entre el profesional y los participantes ya que no es objeto de este
contrato.
4. HORARIO DEL SERVICIO.
El servicio se prestará una vez por semana en horario de tarde, preferentemente los
viernes y las sesiones tendrán una duración de 60 minutos por cada grupo. Éstos
serán abiertos en su composición, procurando una posterior estabilidad.
La duración será de 9 meses coincidiendo con el calendario escolar, tendrá un paro de
3 meses en verano (desde el 15 de junio hasta el 15 de septiembre).
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5. PRESTACIÓN DEL SERVICIO
5.1. Funcionamiento general.
Al inicio de la actividad será necesaria una coordinación con los servicios sociales
municipales para establecer conjuntamente una reunión informativa y de coordinación
con los equipos directivos y de orientación de los centros educativos de Arnedo.
Conjuntamente se establecerán varios listados de personas susceptibles de participar
y se les consultará su interés informándoles de las características del programa, si
está de acuerdo se facilitarán los documentos de autorización y de protección de datos
para que lo consulten con su familia o tutores responsables.
Posteriormente se crearán los grupos definitivos iniciando las reuniones previstas la
primera semana del mes de octubre.
Se establecerán los horarios definitivos y se reservarán las instalaciones municipales y
los medios necesarios para la realización de la actividad.
Una vez iniciada la actividad se realizará un listado de temas de interés propuestos por
los participantes y se contactará con las asociaciones o entidades prestadoras de
servicios juveniles de interés para su formación y desarrollo.
5.2. Incidencias.
El técnico municipal de prevención de drogodependencias valorará las modificaciones
que pudieran surgir a lo largo del desarrollo de la actividad y de la prestación del
servicio.
Por parte de la empresa sed deberá dar aviso por escrito de cualquier incidencia o
alteración con al menos 2 días de antelación o en caso de urgente necesidad dentro
de las 48 horas siguientes a la realización del necesario y urgente ajuste.
5.3. Coordinación
Dadas las características de la población beneficiaria es indispensable que el servicio
se preste en un clima de confianza, seriedad y garantizando en todo momento el
respeto y la confidencialidad de los hablado.
Para la correcta coordinación del servicio la entidad adjudicataria designará un
coordinador o responsable del servicio que estará localizable para cuestiones del
propio servicio y tendrá una presencia fisca en Arnedo al menos una vez al mes. Este
profesional tendrá capacidad para llevar una comunicación fluida con los usuarios para
la resolución de quejas o conflictos que puedan surgir. Deberá contar con los medios
necesarios que permitan una correcta comunicación Salud y servicios sociales-
empresa (como mínimo teléfono móvil y correo electrónico).
Las funciones del coordinador-responsable serán:
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- Tener conocimiento y mantener actualizada semanalmente la asistencia y la fidelidad
de los participantes al programa.
- Controlar el correcto desarrollo del servicio velando por el cumplimiento de horarios y
organización del grupo.
- Mantener informado a los técnicos municipales del área de salud y servicios sociales
de la marcha del servicio, asumiendo las directrices que la corporación dicte a la
entidad prestadora en todo lo referente a la adecuada atención a cada usuario y a la
buena marcha del servicio en general.
- Proponer y orientar posible modificaciones en los grupos participantes para que los
técnicos municipales resuelvan al respecto.
En cualquier circunstancia, la entidad adjudicataria no podrá obtener otros datos del
usuario que los aportados por el ayuntamiento de Arnedo. El usuario será informado
tanto por el área de salud y servicios sociales del ayuntamiento de Arnedo como por la
entidad adjudicataria de que ante cualquier eventualidad deberá ponerse en contacto
con el área de salud y Servicios Sociales del ayuntamiento de Arnedo.
5.4. Control
El técnico municipal responsable del área de salud podrá ponerse en contacto con la
entidad adjudicataria siempre que lo considere necesario, a fin de recabar información
sobre los usuarios y la marcha general del servicio, promoviendo para tal fin las
reuniones convenientes.
Así mismo el Ayuntamiento podrá comprobar la materialización y calidad de los
servicios prestados, mediante los medios que considere oportunos.
5.5. Relaciones con los usuarios del servicio.
La entidad y el personal que presta el servicio deberán eludir todo conflicto personal
con los usuarios informando expresamente a través delos canales de coordinación
antes descritos, de todo incidente, al ayuntamiento para que este resuelva.
El personal de la entidad deberá cumplir las normas de seguridad e higiene
establecida en la legislación vigente, así como mantener siempre inexcusablemente el
secreto profesional. En general, deberá realizar sus funciones en relación al usuario de
conformidad a las reglas de la buena fe y diligencia, quedando exonerado de las
responsabilidades que se deriven por este incumplimiento.
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6. OBLIGACIONES DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA.
- Prestar el servicio en la forma que, sin apartarse del contenido del presente pliego de
condiciones, le sea ordenado por el Ayuntamiento de Arnedo.
- Contar en su estructura con un coordinador que será el interlocutor válido frente a la
administración.
- Contar con los medios materiales y personales suficientes en número y cualificación
para atender el servicio objeto de contrato, asumiendo todos los costes derivados de la
relación de dependencia de dicho personal, así como todas las responsabilidades
tanto de los hechos susceptibles de producirlas, como de las relaciones laborales con
dicho personal, que en ningún caso se considerará como personal del Ayuntamiento
de Arnedo.
- Los contratos de trabajo del personal que se adscriba al servicio deberán estar a
disposición del Ayuntamiento de Arnedo en el plazo de un mes siguiente a la fecha de
inicio del servicio y durante toda la vigencia del mismo. En ningún caso podrá
prestarse este servicio sin el oportuno contrato de trabajo.
- Al finalizar este contrato, cualquiera que sea su causa, y se proceda o no a una
nueva adjudicación de este servicio, la administración no se subrogará en ningún caso
en las relaciones de empleo con los trabajadores del contratista saliente que vinieran
prestando sus servicios, ya que la titularidad de dicha relación viene determinada por
el principio de dependencia respecto de un determinado empresario, por lo que tales
trabajadores seguirán adscritos a la empresa que les contrató.
- El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia
fiscal, laboral, de seguridad social y de seguridad y salud en el trabajo respecto del
personal que, por su exclusiva cuenta emplea para la ejecución del contrato. Su
contravención no implicará responsabilidad alguna para el Ayuntamiento de Arnedo.
- El contratista deberá disponer en todo momento de personal suficiente y capacitado
para la prestación del servicio, extremo que acreditará, caso de exigencia de la
administración municipal por cualquier medio idóneo justificativo de conocimientos
exigidos para el trabajo.
- La empresa dispondrá de personal para sustituir de inmediato a cualquier personal
que por distintas causas tenga que faltar al trabajo, sin que el usuario deje de percibir
el servicio.
- Facilitar al Ayuntamiento de Arnedo la inspección del Servicio y la documentación
relacionada con el mismo.
- La empresa asumirá su Responsabilidad Civil y la de su personal a través de las
pólizas de seguros que precise.
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- La empresa dispondrá de Sistemas de Calidad que deberán ser entregados a los
técnicos municipales para conocer su repercusión principalmente en lo referente a
usuarios.
- La empresa colaborará con el Ayuntamiento de Arnedo en la puesta en marcha de
cuantos procedimientos sean necesarios para el establecimiento de sistemas de
control de calidad.
- Colaborará a que se han efectivos los derechos y deberes de los usuarios que se
facilitarán a éstos cuando se produzca el alta en el servicio.
- Anualmente deberá aportar la memoria de la actividad objeto del contrato.
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