Post on 27-Jul-2018
“Un hombre sin estudios es un ser incompleto.
La instrucción es la felicidad de la vida; y el ignorante que siempre está próximo a revolcarse en el lodo de la corrupción, se precipita luego infaliblemente en las tinieblas de la incertidumbre”.
Simón Bolívar(Carta a su hermana María Antonia en relación con la educación de su
sobrino, Fernando - 1825)
Pedro Alberto Jedlicka Z.
Los Medios de PruebaConcepto y Características
Diferencia con fuente de la prueba
Sistemas para la fijación de los medios de prueba
Prueba libre Legalidad de los medios Sistema Mixto
Pedro Alberto JedlickaMaterial de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello
Derechos Reservados
Medios de PruebaIntroducción
Pedro Alberto Jedlicka
Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello
Derechos Reservados
Medios de PruebaIntroducción
✦ Fuente de la prueba:
✦ “Hechos percibidos por el Juez y que le sirven para la deducción del hecho que se va a probar”
✦ “Operaciones mentales de donde se obtiene la convicción judicial”
✦ Devis Echandía:
Fuente = De donde se obtiene la prueba
Pedro Alberto Jedlicka
Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello
Derechos Reservados
Medios de PruebaIntroducción
✦ Fuente de la prueba:
✦ “Hechos percibidos por el Juez y que le sirven para la deducción del hecho que se va a probar”
✦ “Operaciones mentales de donde se obtiene la convicción judicial”
✦ Devis Echandía:
Fuente = De donde se obtiene la prueba
Personas
Cosas
Relaciones
Pedro Alberto Jedlicka
Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello
Derechos Reservados
Medios de PruebaIntroducción
✦ “los hechos que sirven para la deducción del hecho que se ha de probar y que están constituidos por la representación de éste”.
✦ Fuente de la prueba (en sentido estricto):
Pedro Alberto Jedlicka
✦ Fuentes de presunción (Carnelutti): “Aquellos hechos que, si bien sirven para deducir el hecho que debe probarse, no están constituidos por la representación de éste”
Hernando Devis Echandía
Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello
Derechos Reservados
Medios de PruebaIntroducción
Objeto: Es el hecho que se prueba
Fuente: Es el hecho que sirve para probar el objeto
Pedro Alberto Jedlicka
Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello
Derechos Reservados
Medios de PruebaIntroducción
✦ En algunos casos se puede confundir con la prueba propiamente dicha o la fuente de la prueba ...
Pedro Alberto Jedlicka
Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello
Derechos Reservados
Medios de PruebaIntroducción
✦ Unos medios de prueba son mecanismos para representar hechos que logren la convicción del Juez
✦ Otros medios se confunden con la prueba en sí misma.
Pedro Alberto Jedlicka
Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello
Derechos Reservados
Hecho Principal
Medios de PruebaIntroducción
= Hecho Probatorio
Se emplea para demos-trar la afirmativa o negativa del hecho
principal
Su existencia oinexistencia se trata de probar
Hecho Principal Hecho ProbatorioFuente de Prueba Medio de prueba
Pedro Alberto Jedlicka
Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello
Derechos Reservados
Medios de PruebaConcepto
Pedro Alberto Jedlicka
Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello
Derechos Reservados
Medios de PruebaConcepto
Sentis Melendo:Instrumentos concedidos
por ley a los sujetos procesales para trasladar hechos al expediente y demostrar afirmaciones
de los litigantes
Carnelutti:Actividad del Juez
mediante la cual busca el hecho a probar. (¿inquisitivo?)
Fuente de prueba: hecho del cual se sirve para
deducir la propia verdad.
Representativas Deductivas
Actividades del Juez
Pedro Alberto Jedlicka
Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello
Derechos Reservados
Pedro Alberto Jedlicka
Medios de PruebaConcepto
Sentis Melendo:Instrumentos concedidos
por ley a los sujetos procesales para trasladar hechos al expediente y demostrar afirmaciones
de los litigantes
Carnelutti:Actividad del Juez
mediante la cual busca el hecho a probar. (¿inquisitivo?)
Fuente de prueba: hecho del cual se sirve para
deducir la propia verdad.
Devis Echandía:Dos puntos de vista:
• Actividad del Juez o de las partes, que suministra al primero el conocimiento de los hechos y, por tanto, las fuentes de dónde se extraen motivos para lograr su convicción.
•Instrumentos u órganos que suministran al Juez ese conocimiento y esas fuentes de prueba. Material de Repaso
Exclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés BelloDerechos Reservados
Sistemas para la fijación de los Medios de prueba
Pedro Alberto Jedlicka
Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello
Derechos Reservados
Medios de PruebaSistemas de Fijación de Medios de Prueba
Prueba Libre
Legalidad de los Medios
Sistema Mixto
Pedro Alberto Jedlicka
Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello
Derechos Reservados
Medios de PruebaSistemas de Fijación de Medios de Prueba
Límites de la libertad de prueba
(Art. 398 CPC)
✤ Formalidades Procesales✤ Razones de Moralidad✤ Impertinencia del medio de
prueba✤ Ilegalidad del Medio de
Prueba✤ Utilidad del Medio de Prueba✤ ¿Inconducencia del Medio de
Prueba Libre?Pedro Alberto Jedlicka
Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello
Derechos Reservados
Tipos de Medios de prueba
Pedro Alberto Jedlicka
Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello
Derechos Reservados
Representativos
Medios de PruebaTipos
Pedro Alberto Jedlicka
Deductivos
Legales o Regulados
Libres
Personales
Documentales o instrumentales
Materiales
Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello
Derechos Reservados
Medios de PruebaTipos
Tradicionales: Los Contemplados en el
Código Civil
Los Contemplados en el CPC
Aquellos diseminados por las leyes de la República,
distintas al CCV y al CPC
Los Medios Libres. (Aquellos capaces de trasladar hechos al
proceso y que no están contemplados en leyes)
Pedro Alberto Jedlicka
Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello
Derechos Reservados
Pruebas Simples
Pedro Alberto Jedlicka
Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello
Derechos Reservados
Las Pruebas Simples o Judiciales
Son las deben producirse y que de hecho se producen en el proceso, dentro de la fase de promoción y evacuación de pruebas.
No entran al proceso probando. Necesitan de un proceso de constitución para convertirse en pruebas.
Con ello se busca garantizar el derecho de control de la prueba (derecho de defensa)
PEDRO ALBERTO JEDLICKA
Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello
Derechos Reservados
LAS PRUEBAS A FUTURO
PEDRO ALBERTO JEDLICKAUCAB
PRUEBAS A FUTURO:
๏ Diferencia con las pruebas simples.๏ Pruebas preconstituidas y pruebas anticipadas.๏ El Retardo Perjudicial: Noción, características, procedimiento.๏ Los Justificativos Para Perpetua Memoria: Noción. Características. Procedimiento.
Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello
Derechos Reservados
Pruebas a futuro
Son evacuadas fuera del proceso.
Son incorporadas como pruebas al proceso y no como medios de prueba.
Por lo tanto, entran probando al proceso.
En principio, su valoración depende de la existencia de un temor fundado de que desapareciera la prueba. Ello justifica que se haya adelantado su evacuación.
PEDRO ALBERTO JEDLICKA
Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello
Derechos Reservados
EL RETARDO PERJUDICIAL
NOCIÓN. CARACTERÍSTICAS. PROCEDIMIENTO.
PEDRO ALBERTO JEDLICKAUCAB
Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello
Derechos Reservados
EL RETARDO PERJUDICIAL
• Art. 813 CPC.
• Es un juicio cuya única finalidad es obtener una prueba.
• No termina con una sentencia judicial que resuelva el conflicto de intereses provocado por la demanda y su contestación.
• Asegura la intervención de ambas partes. Ello garantiza el control y contradicción de la prueba.
¿Es un procedimiento gracioso, o hay contención?
PEDRO ALBERTO JEDLICKAUCAB
Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello
Derechos Reservados
EL RETARDO PERJUDICIAL
• FORMALIDADES:
• Es una solicitud que debe cumplir con los extremos de una demanda (art. 340 CPC). (Art. 813 habla de la demanda por retardo perjudicial). Ver también Art. 815
• Debe alegarse un temor fundado de que el hecho desaparezca. Este temor fundado debe estar acreditado con un justificativo (otra prueba anticipada). (Art. 814 CPC).
• Se admite mediante un típico auto de admisión de una demanda.
• Se ordena la citación de la contraparte (personal, correo y carteles)
• El Juez competente es el de Primera Instancia del domicilio del demandado o el Juez que será competente para el juicio donde se propondrá la prueba. Art 818 CPC.
PEDRO ALBERTO JEDLICKAUCAB
Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello
Derechos Reservados
EL RETARDO PERJUDICIAL
• FORMALIDADES:
• Es una solicitud que debe cumplir con los extremos de una demanda (art. 340 CPC). (Art. 813 habla de la demanda por retardo perjudicial). Ver también Art. 815
• Debe alegarse un temor fundado de que el hecho desaparezca. Este temor fundado debe estar acreditado con un justificativo (otra prueba anticipada). (Art. 814 CPC).
• Se admite mediante un típico auto de admisión de una demanda.
• Se ordena la citación de la contraparte (personal, correo y carteles)
• El Juez competente es el de Primera Instancia del domicilio del demandado o el Juez que será competente para el juicio donde se propondrá la prueba. Art 818 CPC.
¿Es posible ejercer recurso de apelación?
Art. 817 CPC
PEDRO ALBERTO JEDLICKAUCAB
Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello
Derechos Reservados
EL RETARDO PERJUDICIAL
PRUEBAS QUE PUEDEN EVACUARSE EN EL RETARDO:
Todos los medios de prueba, salvo las posiciones juradas (confesión).
PEDRO ALBERTO JEDLICKAUCAB
Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello
Derechos Reservados
¿Qué sucede si después de iniciado el proceso de retardo, cesa el temor fundado?
EL RETARDO PERJUDICIAL
PEDRO ALBERTO JEDLICKAUCAB
Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello
Derechos Reservados
¿Y si se produce la prueba en el retardo y los hechos o circunstancias nunca desaparecen?
¿Tiene valor o hay que evacuar nuevamente la prueba en el proceso?
EL RETARDO PERJUDICIAL
PEDRO ALBERTO JEDLICKAUCAB
Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello
Derechos Reservados
PROCESOPROMOCIÓN DE PRUEBAS
ACTOR
DEMANDADO
Retardo
Retardo
PEDRO ALBERTO JEDLICKAUCAB
Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello
Derechos Reservados
JUSTIFICATIVOS PARA PERPETUA MEMORIA
NOCIÓN. CARACTERÍSTICAS.
PEDRO ALBERTO JEDLICKAUCAB
Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello
Derechos Reservados
JUSTIFICATIVOS PARA PERPETUA MEMORIA
HECHOS
DERECHOS
Justificativos detestigos
Inspección judicialextra-litem
Títulos Supletorios
PEDRO ALBERTO JEDLICKAUCAB
Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello
Derechos Reservados
JUSTIFICATIVOS PARA PERPETUA MEMORIA
•Son diligencias probatorias instruidas judicialmente fuera del juicio en el cual van a entrar a probar.
•No tienen el mismo valor probatorio que el retardo, aunque también entran probando al proceso y, en algunos casos, hay que ratificarlos en el juicio que se quieran hacer valer.
•Tienen un valor indiciario, ya que no existe control de la otra parte.
•Justificativos de testigos (Art. 936 CPC / 505 CCV)•Inspecciones Judiciales Extralitem (938 CPC / 1428 y ss. CCV)
PEDRO ALBERTO JEDLICKAUCAB
Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello
Derechos Reservados
JUSTIFICATIVOS PARA PERPETUA MEMORIA
•Permiten establecer hechos y, en el caso de los títulos supletorios, es posible establecer derechos.
•Se trata de procedimientos de jurisdicción voluntaria o graciosa y no existe control de parte. No se produce citación ni se produce intervención de ninguna otra parte.
•Autoridad competente: Cualquier Juez Civil / Notario Público
•Justificativos de testigos (Art. 936 CPC / 505 CCV)•Inspecciones Judiciales Extralitem (938 CPC / 1428 y ss. CCV)
PEDRO ALBERTO JEDLICKAUCAB
Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello
Derechos Reservados
JUSTIFICATIVOS PARA PERPETUA MEMORIA
•Títulos Supletorios (Art. 937 CPC)
•Son diligencias donde se instruyen pruebas.
•A diferencia de los anteriores, en estos justificativos el Tribunal dicta un pronunciamiento en el cual, luego de evaluar las pruebas evacuadas, determina la existencia de un derecho en favor del solicitante (la jurisprudencia se refiere exclusivamente al derecho de posesión. Las pruebas constituyen título suficiente que acreditan la existencia del derecho de posesión).
PEDRO ALBERTO JEDLICKAUCAB
Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello
Derechos Reservados
JUSTIFICATIVOS PARA PERPETUA MEMORIA
•Títulos Supletorios (Art. 937 CPC)
•Cabrera sostiene que los títulos supletorios no tienen que ser ratificados en juicio. Sin embargo, la jurisprudencia ha sostenido que sí deben ser ratificados.
•Es un procedimiento voluntario o gracioso. No hay contención.
•Tribunal competente: Tribunal de Primera Instancia del lugar donde se encuentren los bienes de que se trate.
PEDRO ALBERTO JEDLICKAUCAB
Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello
Derechos Reservados
LAS PRUEBAS A FUTURO
PEDRO ALBERTO JEDLICKAUCAB
PRUEBAS A FUTURO:
๏ Diferencia con las pruebas simples.๏ Pruebas preconstituidas y pruebas anticipadas.๏ El Retardo Perjudicial: Noción, características, procedimiento.๏ Los Justificativos Para Perpetua Memoria: Noción. Características. Procedimiento.
Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello
Derechos Reservados
Pruebas a Futuro
Pedro Alberto Jedlicka
PRUEBAS PRECONSTITUIDAS Y PRUEBAS ANTICIPADAS.
Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello
Derechos Reservados
Las pruebas a futuro
• PRUEBAS PRECONSTITUIDAS:
• No está sometida al control de la contraparte.
• El proceso de constitución generalmente viene dado por ley.
• Se presumen erga omnes y su valor probatorio es intrínseco y viene dado por ley.
• Ejemplo: Documento Público.
• Casos interesantes: Traslado de pruebas - Pruebas evacuadas en procesos perimidos
• PRUEBAS ANTICIPADAS:
• Se obtienen por procedimientos especiales regulados en la ley.
• Tienen por fin obtener una prueba fuera del proceso.
• Buscan evitar que las pruebas desaparezcan.
• Es el caso del Retardo Perjudicial y los Justificativos para Perpetua Memoria.
PEDRO ALBERTO JEDLICKA
Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello
Derechos Reservados
Los Medios de PruebaConcepto y Características
Diferencia con fuente de la prueba
Sistemas para la fijación de los medios de prueba
Prueba libre Legalidad de los medios Sistema Mixto
Pedro Alberto Jedlicka
Material de Repaso para
Alumnos de la
Universidad Católica
Andrés Bello
Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello
Derechos Reservados