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HISTORIOGRAFIA NACIONAL
Julián Antonio Reyes 10-1972Julián Antonio Reyes 10-1972
Rafael David Tejada 10-1995Rafael David Tejada 10-1995
Emilio Alberto Rosario 10-2749Emilio Alberto Rosario 10-2749
FACULTAD DE DERECHOFACULTAD DE DERECHODERECHO PENAL GENERALDERECHO PENAL GENERAL
LIC. ROSA LIDIA ROSARIOLIC. ROSA LIDIA ROSARIO
Santiago de los Caballeros, 21 de Mayo de 2011
Los Tainos
Periodo Colonial
El Derecho Penal Moderno
TEMAS
Los Tainos
Pocas leyes. Gente muy pacífica y
practicaban el clan de cooperación.
Pocos delitos, registrándose robo y
adulterio, cuyo castigo era una
muerte lenta y dolorosa
Organización Política
Organización Social Grupo de Nobles – Nitaínos -
EL CACIQUESupremo Juez - El LegisladorDistribuía tierra – Jefe Sacerdote
Los Tainos
Mayor asociación con el pasado
indígena dada con la función
biológica del color de la piel «Indio»
Termino popularizado por Trujillo
para separar los dominicanos de piel
mas oscura haitiana.
Relaciones de GeneroLas mujeres responsable de la siembre. Su
fertilidad se traspasa a la cosecha y viceversa.
La mujer no participa en juegos, son comité de
aplausos. Identidad Popular
El Periodo ColonialDerecho en el periodo Colonial
Primer Etapa Del Periodo Colonial 1492 a 1499
El Derecho que rige la isla de Santo Domingo desde 1493
hasta aprox. 1801 provenía de España. Aplicándose Las
Leyes de Indias una adaptación a las nuevas tierras del
Código de las 7 Partidas
Cristóbal Colon aplica las disposiciones legales
capturadas en las Capitulaciones de Santa Fe.
Eliminados los privilegios la administración de justicia
pasa a manos de los alcaldes mayores fungiendo de
tribunal de primera instancia, el gobernador hace de
fiscal de corte de apelación y los Reyes funcionan
como Suprema Corte de Justicia
El Periodo Colonial El Derecho Penal en las nuevas colonias
Sistema «Dual» España y Francia
El Derecho en la Colonia Francesa
Primer Tribunal Colegiado en las Américas creado en año 1511: La Real
Audiencia
Del dominio único Español, se tiene presencia Francesa
a partir de 1795, permitiendo Charles Leclerc aplicar
derecho Francés para los franceses y derecho Español
para los naturales.Medidas Jurídicas mas importantes de la
ocupación francesa, la abolición de esclavitud.
Haití domina parte española desde el año 1821
instalando Constitución y Código haitiano, que
es adaptación de Códigos franceses a la realidad
Americana. Crean tribunales de primera
instancia, cortes de apelación y corte de
casación.
El Derecho Penal ModernoProclama de Independencia
Nueva Anexión a España y Posterior Restauración
Al proclamar independencia en 1845 se recogen los códigos
franceses originales, eliminando el uso del código haitiano, por
razones Políticas.Estos se usan en idioma Francés hasta reunir juristas que lo tradujeran a
Español, para evitar los inconvenientes e inestabilidad jurídica en una
nación ya de por si inestable por ser recién formada.
Falta de fe y temor a nueva dominación haitiano
provoca anexión a España en 1861 y una vuelta a
Código Español.
Restaurada la Republica en 1865 se re-toma el
Código Francés, con una mejor traducción. José de Jesús Castro, Apolinar de Castro, Manuel de Jesús Galván, José
Joaquín Pérez y José Ma. Valencia los 5 abogados dominicanos que
tradujeron y adaptaron el código penal Francés a nuestra realidad.
El Derecho Penal Moderno
Nuevos Cambios y Actual VigenciaNuevos cambios y adaptaciones fueron necesarios,
asignándose al Lic. Arturo Logroño en 1935 para
revisarlos
El Código Penal que nos rige en la actualidad es el
francés de 1832, traducido y con pocas
modificaciones, eso nos pone a siglos de atraso en
materia penal
Un Código Penal con huecos por cumplir siglos
de escrito, no adaptado correctamente a la
sociedad actual, costando años de desarrollo a
nivel de Justicia.
…muchas gracias por su atencion
"Dime y lo olvido, enséñame y lo recuerdo, involúcrame y lo aprendo."
Benjamín Franklin