Post on 02-Aug-2022
ACTA DE PROTOCOLIZACIÓN DE BASES DE SORTEO
NUMERO DOS MIL DOSCIENTOS SESENTA. ---------------
En Sabadell, mi residencia, a uno de marzo de dos
mil diecisiete. --------------------------------------
Ante mí, Javier Micó Giner, Notario del Ilustre
Colegio de Catalunya, --------------------------------
HAGO CONSTAR
I.- Que Banco Sabadell, S.A. (con CIF número
A08000143), mediante acta por mí autorizada, el día
veintinueve de enero de dos mil nueve, bajo el número
439 de mi protocolo, me requirió a los efectos de pro-
tocolizar diversas Bases de sorteo. --------------------
De dicha acta y como pertinente a este otorgamien-
to, transcribo, conforme a lo dispuesto en el requeri-
miento lo siguiente: -----------------------------------
"I.- Que Banco de Sabadell, S.A., utilizando las
distintas marcas de las que es titular, realiza de ma-
nera habitual -entre determinadas personas que cumplan
una serie de requisitos- promociones, las cuales suelen
implicar: ----------------------------------------------
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1) la necesidad de dejar constancia fehaciente de las
Bases y requisitos del concurso o sorteo; -------------
2) y la necesidad de dejar constancia de la celebración
del sorteo y del resultado del mismo. ------------------
II.- ACTAS DE PROTOCOLIZACION DE BASES DE CONCURSO
O SORTEO.- Que en relación con las actas de protocoli-
zación de Base de concursos o sorteos desea requerirme
para dicha protocolización bajo los requisitos que más
adelante se expondrán. ---------------------------------
...IV.- Que el Reglamento Notarial contempla la posibi-
lidad de ambos requerimientos, prevé incluso el reque-
rimiento hecho por carta y tiene reguladas las actas
relativas a soportes informáticos o a remisión de docu-
mentos por medios informáticos. Que Banco de Sabadell,
S.A. se obliga a la correcta identificación de los en-
víos, señalando el nombre del concurso y al cumplimien-
to de los requisitos de seguridad que la experiencia o
la normativa o las decisiones de la Dirección General
de Registros y del Notariado, todavía no desarrollada,
pudieran exigir en el futuro; igualmente aplicará a los
archivos que remita los formatos y sistemáticas que la
práctica aconseje.". -----------------------------------
Doy fe que en lo omitido no hay nada que altere
condicione o restrinja lo inserto. ---------------------
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II.- Que por tanto en virtud de dicha acta fui re-
querido para protocolizar las Bases de los sorteos ob-
jeto de la presente. -----------------------------------
III.- Que he recibido por correo electrónico desde
un dominio propiedad de la entidad requirente, las Ba-
ses correspondientes a diez sorteos, un sorteo por cada
población participante en la promoción, con la finali-
dad de protocolizarlas. --------------------------------
Imprimo las diez Bases y las incorporo a la presen-
te. ---------------------------------------------------
Igualmente incorporo a la presente la solicitud
recibida para la protocolización de las Bases y la ce-
lebración ulterior de los sorteos. -------------------
IV.- NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DE ÁBACO.- Yo, el
Notario, informé al requirente del acta inicial de la
existencia y características del archivo electrónico
notarial de bases de concursos y sorteos (ÁBACO) y, en
consecuencia, de que remitiré copia de las citadas ba-
ses a la entidad gestora AGENCIA NOTARIAL DE CERTIFI-
CACIÓN (ANCERT). A tal fin, quien aceptó expresamente
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las normas de funcionamiento del archivo, sobre las
cuales le informé expresamente e inserto en esta ma-
triz, la cuales testimonio coinciden bien y fielmente
con las que obran en la página web el Consejo General
del Notariado, del que las he obtenido. ---------------
"1) ÁBACO es un servicio de interés general ofre-
cido por el Consejo General del Notariado y gestionado
por la Agencia Notarial de Certificación S.L. (AN-
CERT), que no constituye publicidad comercial de las
empresas o entidades otorgantes del acta, ni del nota-
rio autorizante. --------------------------------------
Dicho servicio es gratuito para el consultante del
mismo. ------------------------------------------------
2) Su contenido son las bases de concursos, ofer-
tas o sorteos de aquellas empresas o entidades que ha-
yan solicitado su protocolización ante Notario. El
otorgamiento de la correspondiente acta, obligará al
Notario a comunicar las bases depositadas a ÁBACO; so-
bre lo cual advertirá expresamente al requirente. -----
3) El Consejo General del Notariado mantendrá pu-
blicadas las bases al menos durante un año contado
desde el día en que se resuelva el concurso o se efec-
túe el sorteo, salvo que existan causas técnicas o de
fuerza mayor que lo impidan. --------------------------
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4) El Consejo General del Notariado, o la entidad
delegada ANCERT, podrán efectuar cambios en la estruc-
tura o configuración de ÁBACO sin necesidad de notifi-
carlos a las empresas o entidades cuyas bases consten
en dicho archivo. ------------------------------------
5) El Consejo General del Notariado no asume nin-
guna responsabilidad en relación con la solvencia de
la empresa anunciante, el contenido de las bases pu-
blicadas ni la celebración y resultado del concurso,
sorteo o evento. -------------------------------------
6) Las empresas o entidades podrán hacer constar
en su publicidad que las bases del concurso o sorteo
se encuentran publicadas en el archivo ÁBACO de la pá-
gina web del Consejo General del Notariado
www.notariado.org. -----------------------------------
En dicha publicidad podrán especificar el nombre
de la empresa y/o el nombre específico de la promoción
objeto de las bases bajo cuyas denominaciones han que-
dado éstas asentadas en el archivo, a fin de facilitar
al usuario su localización. --------------------------
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7) La notificación para que ÁBACO publique las ba-
ses ha de proceder necesariamente del notario ante el
cual se han depositado previamente. El Consejo General
del Notariado no admitirá peticiones de los particula-
res en tal sentido. -----------------------------------
Para publicar bases que ya estén depositadas ante
notario, antes de la entrada en vigor de este archivo,
los requirentes deberán solicitar expresamente al no-
tario autorizante o a su sustituto legal la remisión
de la información al Consejo General del Notariado." --
V.- A efectos de consulta del archivo, figurará
como nombre de la empresa el de BANCO DE SABADELL,
S.A. y como nombre de las promociones PROMOCIO TPV PA-
RA COMERCIOS CREEMOS o CREIEM, en catalán, EN seguido
del nombre de cada una de las poblaciones que se re-
lacionan seguidamente: --------------------------------
- Cerdanyola del Vallès
- Montcada i Reixac
- Manacor
- Alcoi /Alcoy
- Molina de Segura
- Nerja
- Aranda de Duero
- Valdepeñas
- Oñati / Oñate
- Hernani
Acepto el requerimiento que queda cumplido. ---------
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Cumplimiento del RD 1426/89.- Hago constar que los
números de Arancel aplicados son 1, 4, 5, 7 (6 y la
Norma 8ª en su caso) y que el documento carece de bases
de cuantía. --------------------------------------------
REDACCIÓN EN IDIOMA OFICIAL.- Redactado este docu-
mento en idioma oficial elegido por el requirente del
acta inicial, a quien hice las advertencias sobre lo
dispuesto en el art. 14 de la Ley de 7 de Enero de
1.998, de la Generalitat de Catalunya. -----------------
Los datos personales de la sociedad requirente
formarán parte de los ficheros automatizados existen-
tes en la Notaría, con la finalidad de realizar la
formalización de la presente escritura, su facturación
y seguimiento posterior, la realización de las remi-
siones de obligado cumplimiento y el resto de las fun-
ciones propias de la actividad notarial, por lo que su
aportación es obligatoria. Los datos serán tratados y
protegidos según la Legislación Notarial y la L.O.
15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de
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Carácter Personal. El/Los titular/es de los datos po-
drá ejercer los derechos de acceso, rectificación,
cancelación y oposición dirigiéndose por correo postal
al Notario D. Javier Micó Giner, como responsable de
los ficheros, con domicilio en c/ Narcís Giralt, 57,
bajos, 08202 - Sabadell. ------------------------------
Y yo, el Notario, DOY FE (de conformidad con el ar-
tículo 17 bis 2.a de la Ley del Notariado) de todo lo
que se consigna en este instrumento público que queda
extendido sobre cuatro folios de papel timbrado nota-
rial, numerados en orden correlativo inmediato desde el
primero hasta el del presente, siendo todos de la misma
serie.- ------------------------------------------------
Signado.- Javier Micó Giner.- Rubricado.- Está el
sello de la Notaría. ----------------------------------
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