Post on 22-Jun-2015
Aspectos Legales del Comercio Internacional
Lic. Otto F. Rivera Valle
orivera@racsa.co.cr
+506 83255430
El contrato; concepto
Definición de Contrato
• Es la manifestación o acuerdo de dos o más voluntades que buscan la consecución de un mismo logro y que califica como acto bilateral o plurilateral… (Rodríguez Azuero)
Contrato definición
• Acuerdo de voluntades• Privado• Oral o escrito• Sobre materia o cosa determinada• Pueden ser exigidas a su cumplimiento
Acuerdo quegenera derechos y obligaciones
El contrato
• Acuerdo entre dos o más partes para producir efectos jurídicos de carácter patrimonial (Víctor Pérez Vargas)
PARTES DEL CONTRATO
• Personas Físicas o Jurídicas
• Ubicados en dos polos o extremos– Una o más personas
Clasificación de los contratos
UNILATERALES / BILATERALES
• Bilaterales– Concurren dos o más personas (voluntades)– Obligaciones para ambas
• Dar / Hacer / Dejar de Hacer
– Ej: Compraventa internacional
• Unilateral– Sólo si nace una obligación para una de las partes– Ej: Depósito civil.
GRATUITOS / ONEROSOS
• Gratuito– Utilidad para una de las partes y la otra
soporta esa consecuencia.
• Oneroso– Utilidad para ambas partes.– Cada parte se obliga en beneficio de su
contraparte
CONMUTATIVOS / ALEATORIOS
• Conmutativos– Las partes desde el inicio aprecian las
ventajas y cargas que adquieren o soportan
• Aleatorios– No existe un equilibrio esperado ni
predeterminado– Posición de una parte o ambas depende del
alea o suerte
PRINCIPALES / ACCESORIOS
• Se relaciona con las obligaciones derivadas del contrato
• Cada contrato es independiente y perfecto en si mismo
• Es principal o accesorio dependiendo si uno nace a la vida jurídica con ocasión del otro.
CONTRATOS DE COLABORACIÓN
• Desarrollo en el tiempo– Tracto sucesivo o contratos sucesivos
• Concurso positivo y creador de las partes intervinientes– No es repetición sino actuación de partes
CONSENSUALES / REALES
• Consensuales– Perfeccionado por acuerdo de partes
• Reales– Perfeccionado por entrega de la cosa
SOLEMNES O FORMALES
• Solemnes– Cumplimiento y observancia de formalidades
establecidas por ley• Escritura pública
– Contratación internacional, los formalismos son obviados
TÍPICOS / ATÍPICOS
• Típicos (nominados):– Establecidos en una norma (regulados)– Ley lo reconoce y establece sus efectos y
modalidades.
• Atípicos:– Nacen a vida jurídica por libre iniciativa de
partes por autonomía privada (tipicos del derecho internacional)
RELATIVOS O INDIVIDUALES / COLECTIVOS
• Relativos o individuales:– Efectos derivados de la celebración del
contrato solo vinculados por intervención o representación.
• Colectivos– Vinculan a a otras personas no presentes, ni
representadas
ADHESION / LIBRE DISCUSION
• Adhesión– Excepción– Modelos preestablecidos con condiciones generales– Se aceptan in integrum o se descarta el contrato.
• Libre discusión– Permite a las partes la negociación– Análisis de Términos, cláusulas y consecuencias
CONTRATO INTERNACIONAL
definición
Contrato Internacional“…es la manifestación o el acuerdo de dos o más
voluntades que buscan la consecución de un mismo logro y que califica como acto bilateral o plurilateral, consensual, oneroso, típico o atípico, formal o informal, de adhesión o libre discusión, principales o accesorios, de colaboración, o individuales; celebrado entre dos sujetos como mínimo (contratantes), que tengan sus establecimientos en Estados diferentes, y cuyas consecuencias afectan a ambos países o Estados”
(Convención de Viena art 1 a 3 y Principios sobre los contratos de comercio internacional, Principios de Unidroit)