Post on 08-Jul-2015
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EQA Licencias Urbanísticas
El 28 de febrero el Pleno del Ayuntamiento de Madrid aprobó la nueva Ordenanza para la apertura de actividades económi-cas en la ciudad de Madrid (OAAE) que entró en vigor hasta tras su publicación el 20 de Marzo de 2014 en el BOAM y BOCM.
Esta nueva Ordenanza mantiene la colaboración publico privada con las hasta ahora denominadas Entidades Colaborado-ras en la tramitación de Licencias Urbanísticas (ECLU) por la OGLUA que pasan a denominarse Entidades Colaboradoras Urbanísticas (ECU).
¿Qué es una ECU?
Tramitación de solicitudes de Certificados de Conformidad realizando funciones de Verificación y Control, estudiando y revisando la documentación recibida y verificando el cumplimiento de la legalidad urbanística para la tramitación de licencias a través de los 2 procedimientos existentes:
Declaración Responsable
Licencia
El certificado de conformidad es aquel documento expedido por la entidad colaboradora (ECU) por el que se acredita el cumplimiento de todos los requisitos exigidos por el ordenamiento urbanístico para la realización de las actuaciones urbanís-ticas solicitadas
Sustituye el informe técnico municipal.
Previo y preceptivo a la solicitud de licencia municipal.
Agiliza la tramitación.
ECU
Funciones
Certificado de Conformidad
Tipos de licencias
Las ECU tramitarán las solicitudes de licencia a través de los dos procedimientos existentes:
Declaración Responsable
LicenciaLicencia
Licencia de funcionamiento
Una vez presentada la declaración responsable junto con toda la documentación exigida, en un plazo máximo de 10 días, se realizará la comprobación formal de la documentación y si está entre las que pueden ser tramitadas por este procedimiento. Si el resultado de la comprobación es favorable se emitirá el correspondiente certificado de conformidad, que se circunscribi-rá a los aspectos indicados y lo presentará en el Registro del Ayuntamiento de Madrid. Opcionalmente el interesado podrá adjuntar a su declaración responsable un informe emitido por EQA Licencias Urbanísticasde adecuación a la normativa aplicable de la actuación pretendida.
Una vez que el interesado ha comunicado la fecha de inicio de la actividad o, en su caso, la fecha de terminación de las obras, EQA Licencias Urbanísticas comprobará su conformidad con la normativa aplicable. Del acto de comprobación se levantará la correspondiente acta de inspección. En actividades de espectáculos públicos y recreativas (LEPAR), serán los servicios municipales quienes realizarán una inspección final en un plazo máximo de 1 mes desde la comunicación de la fecha de inicio de la actividad o de la terminación de las obras.
Tipos de licencias tramitadasa través de las ECU
Declaración Responsable
EQA puede realizar un informe previo a la presentación en registro de la DR que garantice que lo que se va a presentar esta competoy técnicamente es correcto, este informe previo da garantías de que las DR será efectiva con todos sus consecuencias
Presentación de la Declaración Responsable (DR) y documentación
ante EQA
Registro inmediato de la DR junto con toda la documentación diligenciada ( ene efecto desde
la entrada en el Registro del Ayto. de Madrid)
Comprobación formal de la DR por parte de EQA (plazo máximo 10 días)
Documentación correcta
Comunicación al tular y al Ayto. La DR queda sin efecto
Emisión del cer ficado de conformidad de EQA
Comprobación material por parte de EQA (Inspección)
- En ac vidades con superficie ú l de público superior a 150m2, la visita se realizará en un máximo de 3 meses desde la comunicación de la fecha de inicio de la ac vidad o de la de terminación de las obras.
- En el resto de ac vidades la visita se realizará en el plazo máximo de 6 meses desde la comunicación de la fecha de inicio de la ac vidad o de la terminación de las obras.
- Ac vidades LEPAR: Se realizará inspección final de los servicios municipales en el plazo máximo de 1 mes desde la comunicación de la fecha de inicio de la ac vidad o de la terminación de las obras.
Resultado de la Inspección
Desfavorable: deficiencias esenciales
Imposibilidad de con nuar con el ejercicio del derecho o ac vidad afectada
Condicionado: deficiencias no esenciales
Requerimiento de subsanación por parte de EQA (plazo máximo de subsanación 3 meses)
¿Subsanadas deficiencias?
Favorable: conformidad con norma va.
Terminación del procedimiento de comprobación, no ficando dicha circunstancia al interesado.
Sí
No
No Sí
EQA podrá emi r un informe técnico previo de adecuación a la norma va aplicable de la actuación pretendida
(opcional)
Tipos de licencias tramitadasa través de las ECU
Más infoclickaquí
http://www.eqa-ecu.es/declaracion_responsable.pdf
En el plazo máximo de un mes desde el alta de la solicitud, una vez realizados los trámites que correspondan, siempre y cuando la documentación sea correcta y completa, EQA Licencias Urbanísticas emitirá, en su caso, el correspondiente certificado de conformidad en el que se hará constar la adecuación del proyecto presentado a las normas generales, sectoriales y técnicas que sean de aplicación a la ejecución del mismo.
Una vez realizadas las obras, el interesado (o en su defecto su representante) deberá remitir a EQA Licencias Urbanísticas el certificado final de obras suscrito por la dirección facultativa, acompañado del plan de autoprotección, los seguros de responsabilidad civil y el contrato de mantenimiento de las instalaciones de protección contra incendios. EQA Licencias Urbanísticas comunicará a los servicios municipales el día y hora previsto para la comprobación final de obra, a los efectos de su conocimiento y, en su caso, control sobre la actuación, así en el plazo máximo de 10 días desde la comunicación, EQA Licencias Urbanísticas llevará a cabo una comprobación final de las obras ejecutadas y de su adecuación al uso y a la actividad a la que vayan a ser destinadas, levantando acta de la misma y emitiendo, en su caso, informe técnico favorable o certificado de conformidad respectivamente, remitiendo una copia al Ayuntamiento en el plazo máximo de cinco días.
Licencia
Tipos de licencias tramitadasa través de las ECU
Tipos de licencias tramitadasa través de las ECU
http://www.eqa-ecu.es/licencia.pdf
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Presentación de la documentación ante la ECU
La ECU podrá realizar un único requerimiento de aporte de documentación y otro de subsanación de deficiencias.
Plazo máximo de subsanación para cada uno de los requerimientos 10 días.
No ficación al tular del procedimiento adecuado
No ficación al tular de las modificaciones
necesarias
¿Procedimiento adecuado?
¿Cumple ordenamiento urbanís co?
Documentación completa y
correcta
¿Subsana deficiencias?
Se en ende que el tular desiste de su pe ción. Se procede a dar de baja la
solicitud
Emisión del certificado de conformidad por parte de la ECU (plazo máximo 1 mes desde el alta, mas el plazo empleado para las subsanaciones necesarias)
En caso de requerir informes precep vos, la ECU los solicitará en un máximo de 5 días desde que la documentación esté completa (se suspende el plazo de emisión del cer ficado de conformidad)
Registro de documentación por parte de la ECU en el Ayto.
Resolución licencia por parte del Ayto (plazo máximo 1 mes)
No ficación por parte del tular de la finalización de las obras y entrega a la ECU de la documentación necesaria para la
obtención de la Licencia de Primera Ocupación y Funcionamiento
Realización visita de comprobación final de las obras y ac vidad por parte de la ECU (plazo máximo 10 días desde la comunicación; en caso de que no se llevase a cabo la comprobación dentro del plazo establecido, el interesado podrá iniciar el ejercicio de la ac vidad bajo su responsabilidad, quedando expuesto a posibles disconformidades que pudieran detectarse una vez se realizase la comprobación).
Ac vidades LEPAR: inspección final de los servicios municipales en el plazo máximo de 1 mes desde la comunicación de fin de obra. Si transcurrido el plazo de 1 mes no se realizase la comprobación, los establecimientos podrán iniciar su ac vidad previa comunicación al Ayto. de esta circunstancia.
Informe inspección
Desfavorable: se no ficará al interesado para que subsane los reparos detectados en el plazo de 1 mes (este requerimiento interrumpe el plazo de resolución).
Favorable: el cer ficado de conformidad de la ECU autoriza la Licencia de Primera Ocupación y Funcionamiento, que deberá resolverse en el plazo máximo de 5 días desde el levantamiento del acta de inspección. La misma habilitará para la puesta en funcionamiento de la ac vidad.
¿Subsana deficiencias?
Informe desfavorable. Tras ra ficarse por los servicios municipales podrá dar lugar a
la incoación del correspondiente expediente de disciplina urbanís ca
No
Sí
No
Sí
No
Sí
No
Sí
Sí No
El certificado de conformidad emitido por EQA Licencias Urbanísticas bastará para autorizar la licencia de primera ocupa-ción y funcionamiento, que deberá resolverse en el plazo máximo de 15 días desde el levantamiento del acta de inspec-ción; la misma habilitará para la puesta en funcionamiento de la actividad.
La licencia de funcionamiento que establece la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreati-vas de la Comunidad de Madrid, para los locales y establecimientos de actividades incluidas dentro de su ámbito de aplica-ción, se concederá en el mismo acto que la de primera ocupación y funcionamiento por lo que la documentación indicada en los apartados anteriores deberá ser complementada con la establecida por la ley y sus normas de desarrollo.
En estas actividades serán los servicios municipales los que exclusivamente practicarán la inspección final en el plazo máximo de 1 mes desde la comunicación de la finalización de las obras. El informe favorable de los servicios técnicos muni-cipales bastará para autorizar la licencia de primera ocupación y funcionamiento.
En cualquier caso, transcurrido el plazo de 1 mes desde la comunicación de la finalización de las obras sin que se haya verificado la comprobación, los establecimientos podrán iniciar su actividad previa comunicación al Ayuntamiento de esta circunstancia.
Licencia
Tipos de licencias tramitadasa través de las ECU
Una vez realizadas las obras, el interesado (o en su defecto su representante) deberá remitir a EQA Licencias Urbanísticas el certificado final de obras suscrito por la dirección facultativa, acompañado del plan de autoprotección, los seguros de responsabilidad civil y el contrato de mantenimiento de las instalaciones de protección contra incendios. EQA Licencias Urbanísticas comunicará a los servicios municipales el día y hora previsto para la comprobación final de obra, a los efectos de su conocimiento y, en su caso, control sobre la actuación, así en el plazo máximo de 10 días desde la comunicación, EQA Licencias Urbanísticas llevará a cabo una comprobación final de las obras ejecutadas y de su adecuación al uso y a la actividad a la que vayan a ser destinadas, levantando acta de la misma y emitiendo, en su caso, informe técnico favora-ble o certificado de conformidad respectivamente, remitiendo una copia al Ayuntamiento en el plazo máximo de cinco días.
El certificado de conformidad emitido por EQA Licencias Urbanísticas bastará para autorizar la licencia de primera ocupa-ción y funcionamiento, que deberá resolverse en el plazo máximo de 15 días desde el levantamiento del acta de inspec-ción; la misma habilitará para la puesta en funcionamiento de la actividad. .
Licencia de primera ocupación y funcionamiento
Tipos de licencias tramitadasa través de las ECU
La licencia de funcionamiento que establece la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreati-vas de la Comunidad de Madrid, para los locales y establecimientos de actividades incluidas dentro de su ámbito de aplica-ción, se concederá en el mismo acto que la de primera ocupación y funcionamiento por lo que la documentación indicada en los apartados anteriores deberá ser complementada con la establecida por la ley y sus normas de desarrollo.
En estas actividades serán los servicios municipales los que exclusivamente practicarán la inspección final en el plazo máximo de 1 mes desde la comunicación de la finalización de las obras. El informe favorable de los servicios técnicos munici-pales bastará para autorizar la licencia de primera ocupación y funcionamiento.
En cualquier caso, transcurrido el plazo de 1 mes desde la comunicación de la finalización de las obras sin que se haya verifi-cado la comprobación, los establecimientos podrán iniciar su actividad previa comunicación al Ayuntamiento de esta circuns-tancia.
Tipos de licencias tramitadasa través de las ECU
Licencia de primera ocupación y funcionamiento
Tipos de licencias tramitadasa través de las ECU
http://www.eqa-ecu.es/licencia_primera_ocupacion.pdf
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No ficación por parte del tular de la finalización de las obras y entrega a EQA de la documentación necesaria para la
obtención de la Licencia de Primera Ocupación y Funcionamiento
Realización visita de comprobación final de las obras y ac vidad por parte de EQA (plazo máximo 10 días desde la comunicación; en caso de que no se llevase a cabo la comprobación dentro del plazo establecido, el interesado podrá iniciar el ejercicio de la ac vidad bajo su responsabilidad, quedando expuesto a posibles disconformidades que pudieran detectarse una vez se realizase la comprobación).
Ac vidades LEPAR: inspección final de los servicios municipales en el plazo máximo de 1 mes desde la comunicación de fin de obra. Si transcurrido el plazo de 1 mes no se realizase la comprobación, los establecimientos podrán iniciar su ac vidad previa comunicación al Ayto. de esta circunstancia.
Informe inspección
Desfavorable: se no ficará al interesado para que subsane los reparos detectados en el plazo de 1 mes (este requerimiento interrumpe el plazo de resolución).
Favorable: el cer ficado de conformidad de EQA autoriza la Licencia de Primera Ocupación y Funcionamiento, que deberá resolverse en el plazo máximo de 5 días desde el levantamiento del acta de inspección. La misma habilitará para la puesta en funcionamiento de la ac vidad.
¿Subsana deficiencias?
Informe desfavorable. Tras ra ficarse por los servicios municipales podrá dar lugar a
la incoación del correspondiente expediente de disciplina urbanís ca
No
Sí
Competencias excluidas de las ECU
Según establece el art. 3 de la OAAE la tramitación a través de ECU tiene las siguientes excepciones:
Uso residencial
Actividades de titularidad pública (Las Administra-ciones Públicas, organismos públicos, Entidades de Dere-cho público. demás entes públicos.
Actividades desarrolladas en bienes de dominio público que precisen la obtención de la correspondiente autorización o concesión demanial salvo si se trata de locales individuales en mercados municipales sujetos al régimen de concesión.
Actuaciones que afecten a los siguientes usos u otros usos que aun no estando recogidos en este listado estén previstos como autorizables o compatibles de alguno de ellos (Dotacional zona verde, Dotacional Servi-cios de las Administraciones Públicas, Dotacional Servi-cios infraestructurales, en sus clases de abastecimiento de agua, saneamiento y residuos sólidos, Dotacional para la Vía Pública, Dotacional para el Transporte)
Actividades que afecten a varios usos ubicados en un mismo inmueble y alguno de esos usos no esté sujeto al trámite de Licencia a través de ECU.
Documentación general necesaria
Impreso normalizado de solicitud, facilitado por la propia ECU.
Proyecto (que deberá incluir la siguiente documentación) Memoria, documento con la descripción de las obras y/o actividad. Planos, del estado actual y estado reformado, de planta, alzado y sección, debidamente acotados Copia de la licencia de la actividad actual o de la actividad anterior Presupuesto de las obras e instalaciones fijas Impreso de identificación Industrial de la actividad.
Algunos procedimientos necesitarán documentación específica para su tramitación (esta documentación necesaria será detallada por EQA Licencias Urbanísti-cas cuando presente la solicitud del Certificado
EQA Licencias Urbanísticas
EQA Licencias Urbanísticas está compuesto por un equipo multidisciplinar con abogados, ingenieros, arquitectos, inspecto-res y personal de apoyo de primer nivel.
Profesionales con amplia experiencia en la gestión y dirección de proyectos relacionada con la promoción urbanística,
la ingeniería y la construcción.
EQA Licencias Urbanísticas garantiza:
Precio mínimo garantizado.
Asesoramiento personalizado en la tramitación y gestión de tu licencia urbanística.
Facilidad y agilidad en la tramitación.
Ahorro de tiempo y dinero.
Desempeño de funciones de consultoría y asistencia técnica dentro de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayunta-
miento de Madrid y como asesores técnicos en el Departamento de Patrimonio Municipal del Suelo.
Cómo y dónde presentomi solicitud de licencia
Puedo presentar mi solicitud de licencia de las siguientes formas:
Oficina centro y Aravaca emailecu@eqa.es
Teléfono91 115 03 60
Cita previawww.eqa-ecu.es
Camino de la Zarzuela, 15 | Bloque 2, 1ª Planta | 28023 Madrid902 44 9001 | +34 91 307 86 48 | Fax: 91 357 40 28
Calle Corazón de María, 7 Bis902 90 76 20 | +34 91 115 03 60 | Fax: 91 130 50 63
Contacto
www.eqa-ecu.es | ecu@eqa.es